Otras modalidades de contratación. 1. Los trabajadores y trabajadoras que formalicen contratos de duración determinada, por circunstancias de la producción o por interinidad, tendrán derecho, una vez finalizado el contrato corres- pondiente por expiración del tiempo convenido, a percibir una in- demnización de carácter no salarial por cese del 7% calculada so- bre el total de las retribuciones devengadas durante la vigencia del contrato, a excepción de los pluses extrasalariales.
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Samples: construcor.com, cordoba.cnt.es, www.juntadeandalucia.es
Otras modalidades de contratación. 1. Los trabajadores y trabajadoras que formalicen contratos de duración determinada, por circunstancias de la producción o por interinidad, tendrán derecho, una vez finalizado el contrato corres- pondiente correspon- diente por expiración del tiempo convenido, a percibir una in- demnización indemnización de carácter no salarial por cese del 7% 7 por 100 calculada so- bre el total sobre los conceptos salariales de las retribuciones devengadas tablas del convenio aplicable devengados durante la vigencia del contrato, a excepción de los pluses extrasalariales.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo Del Sector De La Construcción Y Obras Públicas De La Provincia De Badajoz, doe.juntaex.es, www.maguilla.es
Otras modalidades de contratación. 1. Los trabajadores y Las personas trabajadoras que formalicen contratos de duración dura- ción determinada, por circunstancias de la producción o por interinidadinteri- nidad, tendrán derecho, una vez finalizado el contrato corres- pondiente por expiración expira- ción del tiempo convenido, a percibir una in- demnización indemnización de carácter carác- ter no salarial por cese del 7% 7 por ciento calculada so- bre el total de las retribuciones devengadas sobre los con- ceptos salariales devengados durante la vigencia del contrato, a excepción de los pluses extrasalariales.
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Samples: construcor.com, www.cnc.es
Otras modalidades de contratación. 1. Los trabajadores y trabajadoras que formalicen contratos de duración determinada, por circunstancias de la producción o por interinidad, tendrán derecho, una vez finalizado el contrato corres- pondiente correspondiente por expiración del tiempo convenido, a percibir una in- demnización indemnización de carácter no salarial por cese del 7% 7 por 100 calculada so- bre el total sobre los conceptos salariales de las retribuciones devengadas tablas del Convenio aplicable devengados durante la vigencia del contrato, a excepción de los pluses extrasalariales.
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Samples: Convenio General Del Sector De, www.medinalaboral.com
Otras modalidades de contratación. 1. Los trabajadores y trabajadoras que formalicen contratos de duración determinada, por circunstancias cir- cunstancias de la producción o por interinidad, tendrán derecho, una vez finalizado el contrato corres- pondiente con- trato correspondiente por expiración del tiempo convenido, a percibir una in- demnización indemnización de carácter no salarial por cese del 7% calculada so- bre el total sobre los conceptos salariales de las retribuciones devengadas tablas del Convenio aplicable devengados durante la vigencia del contrato, a excepción de los pluses extrasalariales.
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Samples: bopbur.diputaciondeburgos.es, www.caminoscastillayleon.es
Otras modalidades de contratación. 1. 37.1 Los trabajadores y trabajadoras que formalicen contratos de duración determinada, por circunstancias circunstancies de la producción o por interinidad, tendrán derecho, una vez finalizado el contrato corres- pondiente correspondiente por expiración del tiempo convenido, a percibir una in- demnización indemnización de carácter no salarial por cese del 7% calculada so- bre el total sobre los conceptos salariales de las retribuciones devengadas tablas de este Convenio meritados durante la vigencia del contrato, a excepción de los pluses extrasalariales.
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Samples: ugtfica.cat, global.economistjurist.es
Otras modalidades de contratación. 1. Los trabajadores y trabajadoras que formalicen contratos de duración determinada, por circunstancias de la producción o por interinidad, tendrán derecho, una vez finalizado el contrato corres- pondiente correspondiente por expiración del tiempo convenido, a percibir una in- demnización indemnización de carácter no salarial por cese del 7% 7 por 100 calculada so- bre el total sobre los conceptos salariales de las retribuciones devengadas tablas del convenio aplicable devengados durante la vigencia del contrato, a excepción de los pluses extrasalarialesy siempre y en todo caso respetando la cuantía establecida en el citado artículo 49.1c) del ET.
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Samples: Convenio Colectivo De Construcción Y Obras Públicas De Palencia Y Provincia, Convenio Colectivo De Construcción Y Obras Públicas De Palencia Y Provincia
Otras modalidades de contratación. 1. Los trabajadores y trabajadoras que formalicen contratos de duración determinada, por circunstancias de la producción o por interinidad, tendrán derecho, una vez finalizado el contrato corres- pondiente correspondiente por expiración del tiempo convenido, a percibir una in- demnización indemnización de carácter no salarial por cese del 77 % calculada so- bre el total sobre los conceptos salariales de las retribuciones devengadas tablas del Convenio aplicable devengados durante la vigencia del contrato, a excepción de los pluses extrasalariales.
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Samples: www.mrdespacholegal.com, ugtfica.cat
Otras modalidades de contratación. 1. Los trabajadores y trabajadoras que formalicen contratos de duración determinada, por circunstancias circunstancia de la producción o por interinidad, tendrán derecho, una vez finalizado el contrato corres- pondiente correspondiente por expiración del tiempo convenido, a percibir una in- demnización indemnización de carácter no salarial por cese del 7% 7 por 100 calculada so- bre el total sobre los conceptos salariales de las retribuciones devengadas tablas del convenio aplicable devengados durante la vigencia del contrato, a excepción de los pluses extrasalariales.
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Samples: www.cgt-cyl.org
Otras modalidades de contratación. 1. Los trabajadores y trabajadoras que formalicen contratos de duración determinada, por circunstancias de la producción o por interinidadinterini- dad, tendrán derecho, una vez finalizado el contrato corres- pondiente correspondiente por expiración del tiempo convenido, a percibir una in- demnización indemnización de carácter no salarial por cese del 7% 7 por 100 calculada so- bre el total sobre los conceptos salariales de las retribuciones devengadas tablas del con- venio aplicable devengados durante la vigencia del contrato, a excepción de los pluses extrasalariales.
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Samples: Convenio Colectivo De La Construcción Y Obras Públicas De La Provincia De Cuenca Para Los Años
Otras modalidades de contratación. 1. Los trabajadores y trabajadoras que formalicen contratos de duración determinada, por circunstancias de la producción o por interinidad, tendrán derecho, una vez finalizado el contrato corres- pondiente correspondiente por expiración del tiempo convenido, a percibir una in- demnización indemnización de carácter no salarial por cese del 7% calculada so- bre el total sobre los conceptos salariales de las retribuciones devengadas tablas del Convenio aplicable devengados durante la vigencia del contrato, a excepción de los pluses extrasalariales.
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Samples: Convenio De Construcción
Otras modalidades de contratación. —1. Los trabajadores y trabajadoras que formalicen contratos de duración determinada, por circunstancias de la producción o por interinidad, tendrán derecho, una vez finalizado el contrato corres- pondiente correspondiente por expiración del tiempo convenido, a percibir una in- demnización indemnización de carácter no salarial por cese del 7% 7 por 100 calculada so- bre el total sobre los conceptos salariales de las retribuciones devengadas tablas del Convenio aplicable devengados durante la vigencia del contrato, a excepción de los pluses extrasalariales.
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Samples: www.lexnova.es
Otras modalidades de contratación. 1. Los trabajadores y trabajadoras que formalicen contratos de duración determinadadeter- minada, por circunstancias de la producción o por interinidad, tendrán ten- drán derecho, una vez finalizado el contrato corres- pondiente correspondiente por expiración ex- piración del tiempo convenido, a percibir una in- demnización indemnización de carácter ca- rácter no salarial por cese del 7% 7 por 100 calculada so- bre el total sobre los con- ceptos salariales de las retribuciones devengadas tablas del convenio aplicable devengados durante la vigencia del contrato, a excepción de los pluses extrasalariales.
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Samples: mcaugt.org
Otras modalidades de contratación. 1. Los trabajadores y trabajadoras que formalicen contratos de duración determinada, por circunstancias de la producción o por interinidad, tendrán derecho, una vez finalizado el contrato corres- pondiente correspondien- te por expiración del tiempo convenido, a percibir una in- demnización indemnización de carácter no salarial por cese del 7% 7 por 100 calculada so- bre el total sobre los conceptos salariales de las retribuciones devengadas tablas del convenio aplicable devengados durante la vigencia del contrato, a excepción de los pluses extrasalariales.
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Otras modalidades de contratación. 1. Los trabajadores y trabajadoras que formalicen contratos de duración determinada, por circunstancias circuns- tancias de la producción o por interinidad, tendrán derecho, una vez finalizado el contrato corres- pondiente correspondiente por expiración del tiempo convenido, a percibir una in- demnización indemnización de carácter ca- rácter no salarial por cese del 7% 7 por 100 calculada so- bre el total sobre los conceptos salariales de las retribuciones devengadas ta- xxxx del convenio aplicable devengados durante la vigencia del contrato, a excepción de los pluses extrasalariales.
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Samples: www.diputacionavila.es
Otras modalidades de contratación. 1. Los trabajadores y trabajadoras que formalicen contratos de duración determinada, por circunstancias de la producción o por interinidad, tendrán derecho, una vez finalizado el contrato corres- pondiente correspondiente por expiración ex - piración del tiempo convenido, a percibir una in- demnización indemnización de carácter no salarial por cese del 7% 7 por 100 calculada so- bre el total sobre los conceptos salariales de las retribuciones devengadas tablas del convenio aplicable devengados durante la vigencia del contrato, a excepción de los pluses extrasalariales.
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Samples: Convenio Colectivo Provincial
Otras modalidades de contratación. 1. Los trabajadores y trabajadoras que formalicen contratos de duración determinada, por circunstancias cir- cunstancia de la producción o por interinidad, tendrán derecho, una vez finalizado el contrato corres- pondiente correspondiente por expiración del tiempo convenido, a percibir una in- demnización indemnización de carácter no salarial por cese del 7% 7 por 100 calculada so- bre el total sobre los conceptos salariales de las retribuciones devengadas tablas del convenio aplicable devengados durante la vigencia del contrato, a excepción de los pluses extrasalariales.
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Samples: Convenio Colectivo De Construcción, Obras Públicas Y Derivados Del Cemento