Pagas extraordinarias. 1. Todos los trabajadores sujetos a este Convenio Colectivo tienen derecho a percibir sendas pagas extraordinarias en los meses xx xxxxx y diciembre. 2. La cuantía de cada una de las pagas extraordinarias vendrá determinada por la suma de una mensualidad xxx xxxxxxx de nivel profesional, del complemento de antigüedad y complemento de retribución personal de antigüedad, y de la cuantía establecida a tal efecto para cada nivel que figura en el Anexo II. 3. El personal que ingrese o cese durante el transcurso del año, así como el trabajador fijo discontinuo, cobrará la parte proporcional de las mismas, de acuerdo con el tiempo trabajado, y la liquidación guardará relación, respectivamente, con los periodos de 1º de julio de un año a 30 xx xxxxx del siguiente o de 1º de enero a 31 de diciembre del mismo año. 4. Las pagas extraordinarias deberán hacerse efectivas en los días laborables anteriores al 0 xx xxxxx x xx 00 xx xxxxxxxxx xxx xxx xxxxxxxxx.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Pagas extraordinarias. 1. Todos los trabajadores sujetos 29.1 El personal de las Empresas percibirá dos gratificaciones extraordinarias según se describe a este Convenio Colectivo tienen derecho a percibir sendas pagas extraordinarias en los meses xx xxxxx y diciembre.
2continuación. La cuantía de cada una de las pagas extraordinarias vendrá determinada por la suma de ellas será igual a una mensualidad xxx xxxxxxx de nivel profesional, del base más complemento de antigüedad y complemento de retribución personal de antigüedad, y de la cuantía establecida a tal efecto ad personam fijado para cada nivel que figura en persona trabajadora:
1. Paga extra xx xxxxxx: Que se pagará el Anexo II.
3. El personal que ingrese o cese durante 20 xx xxxxx, siendo el transcurso del año, así como periodo de devengo desde el trabajador fijo discontinuo, cobrará la parte proporcional 1 de las mismas, de acuerdo con el tiempo trabajado, y la liquidación guardará relación, respectivamente, con los periodos de 1º de julio de un año a enero al 30 xx xxxxx del siguiente o mismo año.
2. Paga extra xx Xxxxxxx: Que se pagará el 20 de 1º diciembre, siendo el periodo de enero a devengo desde el 1 de julio al 31 de diciembre del mismo año.
4. Las 29.2 El personal que hubiera ingresado en el transcurso del año o causado baja dentro del mismo percibirá la parte de la paga extra devengada desde o hasta ese momento, según corresponda.
29.3 Prorrateo de pagas extraordinarias: aquellos trabajadores y trabajadoras que lo deseen podrán solicitar a partir del mes siguiente a la publicación de este Convenio, el prorrateo de sus pagas extraordinarias deberán hacerse efectivas en los días laborables anteriores al 0 xx xxxxx x xx 00 xx xxxxxxxxx xxx xxx xxxxxxxxxxxxxxx y/o Navidad. Una vez solicitado se mantendrá anualmente, prorrogándose tácitamente con carácter anual.
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Samples: Convenio Colectivo
Pagas extraordinarias. 1. Todos los Los trabajadores sujetos a afectados por este Convenio Colectivo tienen derecho a percibir sendas percibirán dos pagas extraordinarias en los meses con la denominación de Paga xx xxxxx Xxxxxx y diciembre.
2. La Paga xx Xxxxxxx, cuya cuantía de para cada una de las pagas extraordinarias vendrá determinada por es la suma especificada en la tabla salarial anexa. La fecha de una mensualidad xxx xxxxxxx abono de nivel profesional, del complemento las pagas será la de antigüedad 30 xx xxxxx la paga xx xxxxxx y complemento 15 de retribución personal de antigüedad, y de diciembre la cuantía establecida a tal efecto para cada nivel que figura paga xx Xxxxxxx. Las pagas extras establecidas en el Anexo II.
3. El personal que ingrese o cese durante el transcurso del añopresente artículo, así como el trabajador fijo discontinuo, cobrará la parte proporcional de las mismas, de acuerdo con el se devengarán día a día y se abonarán en proporción al tiempo trabajado, y la liquidación guardará relación, respectivamente, con los periodos no devengándose en las ausencias injustificadas. El período de 1º devengo será de julio 1 de un año enero a 30 xx xxxxx del siguiente o la paga xx xxxxxx y de 1º de enero a 31 de diciembre del mismo año.
4. Las pagas extraordinarias deberán hacerse efectivas en los días laborables anteriores al 0 xx xxxxx x xx 00 xx xxxxxxxxx xxx xxx xxxxxxxxxxx xxxx xx Xxxxxxx. El personal ingresado en el transcurso del año o que cesara durante el mismo, percibirá el importe correspon- diente a este concepto prorrateando el tiempo efectivamente trabajado durante el año.
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Samples: Convenio Colectivo
Pagas extraordinarias. 1. Todos los trabajadores sujetos a este Convenio Colectivo tienen derecho a percibir sendas pagas extraordinarias en los meses xx xxxxx y diciembre.
2. La cuantía de cada una de las pagas extraordinarias vendrá determinada por la suma de una mensualidad xxx xxxxxxx de nivel profesional, del complemento de antigüedad y complemento de retribución personal de antigüedad, y de la cuantía establecida a tal efecto para cada nivel que figura en el Anexo II.
3. El personal que ingrese o cese durante el transcurso del año, así como el trabajador fijo discontinuo, cobrará la parte proporcional de las mismas, de acuerdo con el tiempo trabajado, y la liquidación guardará relación, respectivamente, con los periodos de 1º de julio de un año a 30 xx xxxxx del siguiente o de 1º de enero a 31 de diciembre del mismo año.
4. Las pagas extraordinarias deberán hacerse efectivas en los días laborables anteriores al 0 xx xxxxx x xx 00 xx xxxxxxxxx xxx xxx xxxxxxxxx.
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Samples: Convenio Colectivo
Pagas extraordinarias. 1—Las gratificaciones xx Xxxxxxx y 1.º xx xxxx, se fijan cada una de ellas en la cuantía equivalente a una mensualidad de los salarios garantizados que figuran como anexo número I más el Complemento Personal (cantidad consolidada por el trabajador por la desaparecida antigüedad) y se cobrarán el 21 de diciembre y entre el 1 y 15 xx xxxx, respectivamente. Todos Las empresas y los trabajadores sujetos a este Convenio Colectivo tienen derecho a percibir sendas pagas extraordinarias en los meses xx xxxxx y diciembre.
2. La cuantía de cada una podrán pactar el prorrateo de las pagas extraordinarias vendrá determinada durante las doce mensualidades. Para que surta efectos esta opción, el acuerdo deberá ser tomado por el Comité de Empresa o Delegado de Personal o por la suma mayoría de una mensualidad xxx xxxxxxx los trabajadores, si no existiese tal representación. A los efectos de nivel profesionalcálculo de las liquidaciones de las partes proporcionales de las pagas extraordinarias a aquellos trabajadores que no hayan permanecido en la empresa el año completo de devengo, el devengo de las pagas será del complemento de antigüedad y complemento de retribución personal de antigüedad1 xx xxxx al 30 xx xxxxx, en la paga xx xxxx, y de la cuantía establecida a tal efecto para cada nivel que figura en el Anexo II.
3. El personal que ingrese o cese durante el transcurso del año, así como el trabajador fijo discontinuo, cobrará la parte proporcional de las mismas, de acuerdo con el tiempo trabajado, y la liquidación guardará relación, respectivamente, con los periodos de 1º de julio de un año a 30 xx xxxxx del siguiente o de 1º 1 de enero a al 31 de diciembre del mismo añodiciembre, en la Paga xx Xxxxxxx.
4. Las pagas extraordinarias deberán hacerse efectivas en los días laborables anteriores al 0 xx xxxxx x xx 00 xx xxxxxxxxx xxx xxx xxxxxxxxx.
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Samples: Convenio Colectivo
Pagas extraordinarias. Se establecen las siguientes tres gratificaciones: – Gratificación de julio/Navidad y marzo. Estas gratificaciones consistirán en 30 xxxx xx xxxxxxx base y, en su caso, complemento personal y/o Plus de Zona. Si el tiempo de servicios es inferior al año, se abonarán proporcionalmente a los servicios prestados.
1. Todos los trabajadores sujetos a este Convenio Colectivo tienen Los/as trabajadores/as tendrán derecho a percibir sendas pagas extraordinarias al disfrute de veintidós días laborables de vacaciones retribuidas en los meses xx xxxxx y diciembre.
2función xxx xxxxxxx base. La cuantía gratificación extraordinaria de cada una de las pagas extraordinarias vendrá determinada por la suma de una mensualidad xxx xxxxxxx de nivel profesionaljulio, del complemento de antigüedad y complemento de retribución personal de antigüedad, y de la cuantía establecida a tal efecto para cada nivel que figura en devengada desde el Anexo II.
3. El personal que ingrese o cese durante el transcurso del año, así como el trabajador fijo discontinuo, cobrará la parte proporcional de las mismas, de acuerdo con el tiempo trabajado, y la liquidación guardará relación, respectivamente, con los periodos de 1º 1 de julio de un del año a anterior al 30 xx xxxxx del siguiente presente, se hará efectiva el día 20 de dicho mes, con arreglo a los salarios vigentes a 30 xx xxxxx. La gratificación extraordinaria xx Xxxxxxx, devengada por año natural, se hará efectiva el 20 de diciembre, con arreglo a los salarios vigentes a 30 de noviembre. La participación en beneficios o paga xx xxxxx se devengará de 1º 1 de enero a 31 de diciembre de cada año, haciéndose efectiva el 20 xx xxxxx del mismo año.
4año siguiente con arreglo a los salarios vigentes en ese momento. Las partes negociadoras acuerdan que dichas pagas extraordinarias deberán hacerse efectivas en los días laborables anteriores al 0 xx xxxxx x xx 00 xx xxxxxxxxx xxx xxx xxxxxxxxxpodrían prorratearse mensualmente de conformidad con la legislación vigente.
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Samples: Convenio Colectivo
Pagas extraordinarias. 1. Todos los Los trabajadores sujetos a este Convenio Colectivo tienen tendrán derecho a percibir sendas recibir dos pagas extraordinarias en los meses al año. Dichas pagas se abonan y se devengan de la siguiente manera: Paga xx xxxxxx: Se hará efectiva antes del 20 xx xxxxx respecto de las retribuciones percibidas por el trabajador durante el semestre anterior a su recepción, es decir, se devengará en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 xx xxxxx, y será proporcional al tiempo trabajado en ese período. Paga xx Xxxxxxx: Se hará efectiva antes del 20 de diciembre respecto de las retribuciones percibidas por el trabajador durante el semestre ante- rior a su recepción, es decir, se devengará en el período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre.
2, y será proporcional al tiempo tra- bajado en ese período. La cuantía de cada una El importe de las pagas extraordinarias vendrá determinada por la suma será el equivalente al Salario Base de una mensualidad xxx xxxxxxx de nivel profesional, del complemento de antigüedad y complemento de retribución personal de antigüedad, y Convenio más el Plus Convenio. Aquellos trabajadores que en el momento de la entrada en vigor del I Convenio colectivo estuvieran percibiendo de forma prorrateada una paga extraordinaria xx xxxxx, consolidaron la cuantía establecida a tal efecto para cada nivel que figura estuvieran percibiendo en el Anexo IIese momento, la cual se incluyó dentro xxx xxxxxxx.
3. El personal que ingrese o cese durante el transcurso del año, así como el trabajador fijo discontinuo, cobrará la parte proporcional de las mismas, de acuerdo con el tiempo trabajado, y la liquidación guardará relación, respectivamente, con los periodos de 1º de julio de un año a 30 xx xxxxx del siguiente o de 1º de enero a 31 de diciembre del mismo año.
4. Las pagas extraordinarias deberán hacerse efectivas en los días laborables anteriores al 0 xx xxxxx x xx 00 xx xxxxxxxxx xxx xxx xxxxxxxxx.
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Samples: Convenio Colectivo
Pagas extraordinarias. 1Las gratificaciones xx Xxxxxxx y 1.º xx xxxx, se fijan cada una de ellas en la cuantía equivalente a una mensualidad de los salarios garantizados que figuran como anexo número I más el Complemento Personal (cantidad consolidada por el trabajador por la desaparecida antigüedad) y se cobrarán el 21 de diciembre y entre el 1 y 15 xx xxxx, respectivamente. Todos Las empresas y los trabajadores sujetos a este Convenio Colectivo tienen derecho a percibir sendas pagas extraordinarias en los meses xx xxxxx y diciembre.
2. La cuantía de cada una podrán pactar el prorrateo de las pagas extraordinarias vendrá determinada durante las doce mensualidades. Para que surta efectos esta opción, el acuerdo deberá ser tomado por el Comité de Empresa o Delegado de Personal o por la suma mayoría de una mensualidad xxx xxxxxxx los trabajadores, si no existiese tal representación. A los efectos de nivel profesionalcálculo de las liquidaciones de las partes proporcionales de las pagas extraordinarias a aquellos trabajadores que no hayan permanecido en la empresa el año completo de devengo, el devengo de las pagas será del complemento de antigüedad y complemento de retribución personal de antigüedad1 xx xxxx al 30 xx xxxxx, en la paga xx xxxx, y de la cuantía establecida a tal efecto para cada nivel que figura en el Anexo II.
3. El personal que ingrese o cese durante el transcurso del año, así como el trabajador fijo discontinuo, cobrará la parte proporcional de las mismas, de acuerdo con el tiempo trabajado, y la liquidación guardará relación, respectivamente, con los periodos de 1º de julio de un año a 30 xx xxxxx del siguiente o de 1º 1 de enero a al 31 de diciembre del mismo añodiciembre, en la paga xx Xxxxxxx.
4. Las pagas extraordinarias deberán hacerse efectivas en los días laborables anteriores al 0 xx xxxxx x xx 00 xx xxxxxxxxx xxx xxx xxxxxxxxx.
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Samples: Convenio Colectivo
Pagas extraordinarias. 1. Todos los Los trabajadores sujetos a este Convenio Colectivo tienen derecho a percibir sendas percibirán cuatro pagas extraordinarias que se harán efectivas tal y como se indica a continuación: El abono de las de julio y diciembre, se obtendrá prorrateándose por semestres naturales del año, y las mismas serán calculadas a razón de 30 xxxx xx xxxxxxx base más, en su caso, antigüedad consolidada. Dichas pagas se percibirán los días 1 de julio y 15 de diciembre, o los inmediatamente anteriores si éstos fueran festivos. La tercera paga, se abonará en dos mitades proporcionales al tiempo trabajado en los meses semestres naturales comprendidos entre el 1 xx xxxxx y diciembre.
2. La cuantía de cada una de las pagas extraordinarias vendrá determinada por la suma de una mensualidad xxx xxxxxxx de nivel profesional, del complemento de antigüedad y complemento de retribución personal de antigüedadel 31 xx xxxxxx, y del 1 de la cuantía establecida septiembre al 28 de febrero, a tal efecto para cada nivel que figura razón de 15 días se salario base más, en su caso, antigüedad consolidada. Los pagos se efectuarán el Anexo II.
3. El personal que ingrese o cese durante el transcurso del año, así como el trabajador fijo discontinuo, cobrará la parte proporcional de las mismas, de acuerdo con el tiempo trabajado, y la liquidación guardará relación, respectivamente, con los periodos de 1º de julio de un año a 30 xx xxxxx del siguiente o de 1º de enero a 31 de diciembre del mismo año.
4. Las pagas extraordinarias deberán hacerse efectivas en los días laborables anteriores al 0 xx xxxxx x xx 00 xx xxxxxxxxx xxx xxx xxxxxxxxxel 1 de octubre o los inmediatamente anteriores si éstos fueran festivos. La cuarta paga, igualmente compuesta por el salario base más, en su caso, antigüedad consolidada, se abonará prorrateada en doce pagos iguales. Los trabajadores que hayan estado de baja por IT o accidente de trabajo durante los semestres naturales que correspondan a las pagas extraordinarias de julio y diciembre, percibirán integro el importe de la paga que corresponda con cargo a la empresa.
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Samples: Collective Bargaining Agreement
Pagas extraordinarias. 1. Todos los Los trabajadores sujetos a este Convenio Colectivo tienen derecho a percibir sendas y las trabajadoras percibirán cuatro pagas extraordinarias que se harán efectivas tal y como se indica a continuación: El abono de las de julio y diciembre, se obtendrá prorrateándose por semestres naturales del año, y las mismas serán calculadas a razón de 30 xxxx xx xxxxxxx base más, en su caso, antigüedad consolidada. Dichas pagas se percibirán los días 1 de julio y 15 de diciembre, o los inmediatamente anteriores si éstos fueran festivos. La tercera paga, se abonará en dos mitades proporcionales al tiempo trabajado en los meses semestres naturales comprendidos entre el 1 xx xxxxx y diciembre.
2. La cuantía de cada una de las pagas extraordinarias vendrá determinada por la suma de una mensualidad xxx xxxxxxx de nivel profesional, del complemento de antigüedad y complemento de retribución personal de antigüedadel 31 xx xxxxxx, y del 1 de la cuantía establecida septiembre al 28 de febrero, a tal efecto para cada nivel que figura razón de 15 días se salario base más, en su caso, antigüedad consolidada. Los pagos se efectuarán el Anexo II.
3. El personal que ingrese o cese durante el transcurso del año, así como el trabajador fijo discontinuo, cobrará la parte proporcional de las mismas, de acuerdo con el tiempo trabajado, y la liquidación guardará relación, respectivamente, con los periodos de 1º de julio de un año a 30 xx xxxxx del siguiente o de 1º de enero a 31 de diciembre del mismo año.
4. Las pagas extraordinarias deberán hacerse efectivas en los días laborables anteriores al 0 xx xxxxx x xx 00 xx xxxxxxxxx xxx xxx xxxxxxxxxel 1 de octubre o los inmediatamente anteriores si éstos fueran festivos. La cuarta paga, igualmente compuesta por el salario base más, en su caso, antigüedad consolidada, se abonará prorrateada en doce pagos iguales. Los trabajadores y las trabajadoras que hayan estado de baja por IT o accidente de trabajo durante los semestres naturales que correspondan a las pagas extraordinarias de julio y diciembre, percibirán integro el importe de la paga que corresponda con cargo a la empresa.
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Samples: Convenio Colectivo
Pagas extraordinarias. cve: BOE-A-2011-19846
1. Todos los trabajadores sujetos a este Convenio Colectivo tienen derecho a percibir sendas pagas extraordinarias en los meses xx xxxxx y diciembre.
2. La cuantía de cada una de las pagas extraordinarias vendrá determinada por la suma de una mensualidad xxx xxxxxxx de nivel profesional, del complemento de antigüedad y complemento de retribución personal de antigüedad, y de la cuantía establecida a tal efecto para cada nivel que figura en el Anexo II.
3. El personal que ingrese o cese durante el transcurso del año, así como el trabajador fijo discontinuo, cobrará la parte proporcional de las mismas, de acuerdo con el tiempo trabajado, y la liquidación guardará relación, respectivamente, con los periodos de 1º 1.º de julio de un año a 30 xx xxxxx del siguiente o de 1º 1.º de enero a 31 de diciembre del mismo año.
4. Las pagas extraordinarias deberán hacerse efectivas en los días laborables anteriores al 0 1 xx xxxxx x xx 00 xx xxxxxxxxx xxx xxx xxxxxxxxx.
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Samples: Convenio Colectivo
Pagas extraordinarias. 1. Todos los trabajadores sujetos a este Convenio Colectivo tienen Todo el personal tendrá derecho a percibir sendas pagas extraordinarias TRES PAGAS EXTRAORDINARIAS, cuyo importe será igual a una mensualidad xxx xxxxxxx base fijado en el presente Convenio, más el Complemento de Garantía Salarial correspondiente, y se harán efectivas en los meses xx xxxxx, xxxxx y diciembre.
2, el día 15 de los citados meses. La cuantía Al personal que cese o ingrese en la Empresa en el transcurso del año se le abonarán los complementos de cada una vencimiento superior al mes antes expresados, prorrateando su importe en razón del tiempo de servicios. Las fechas de devengo de las pagas extraordinarias vendrá determinada por la suma serán las siguientes: • Paga xx xxxxx: del 1 de una mensualidad xxx xxxxxxx enero al 31 de nivel profesional, diciembre. • Paga de julio: del complemento de antigüedad y complemento de retribución personal de antigüedad, y de la cuantía establecida a tal efecto para cada nivel que figura en el Anexo II.
3. El personal que ingrese o cese durante el transcurso del año, así como el trabajador fijo discontinuo, cobrará la parte proporcional de las mismas, de acuerdo con el tiempo trabajado, y la liquidación guardará relación, respectivamente, con los periodos de 1º 1 de julio de un año a al 30 xx xxxxx xxxxx. • Paga xx Xxxxxxx: del siguiente o de 1º 1 de enero a al 31 de diciembre del mismo año.
4diciembre. Las gratificaciones extraordinarias podrán prorratearse en las doce mensualidades, siempre y cuando exista acuerdo firmado entre Empresa y Trabajadores o sus representantes legales. Este acuerdo será para una, dos o las tres pagas extraordinarias deberán hacerse efectivas en los días laborables anteriores al 0 xx xxxxx x xx 00 xx xxxxxxxxx xxx xxx xxxxxxxxxextraordinarias.
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Samples: Convenio Colectivo
Pagas extraordinarias. cve: BOE-A-2011-19846
1. Todos los trabajadores sujetos a este Convenio Colectivo tienen derecho a percibir sendas pagas extraordinarias en los meses xx xxxxx y diciembre.
2. La cuantía de cada una de las pagas extraordinarias vendrá determinada por la suma de una mensualidad xxx xxxxxxx de nivel profesional, del complemento de antigüedad y complemento de retribución personal de antigüedad, y de la cuantía establecida a tal efecto para cada nivel que figura en el Anexo II.
3. El personal que ingrese o cese durante el transcurso del año, así como el trabajador fijo discontinuo, cobrará la parte proporcional de las mismas, de acuerdo con el tiempo trabajado, y la liquidación guardará relación, respectivamente, con los periodos de 1º 1.º de julio de un año a 30 xx xxxxx del siguiente o de 1º 1.º de enero a 31 de diciembre del mismo año.
4. Las pagas extraordinarias deberán hacerse efectivas en los días laborables anteriores al 0 xx xxxxx x xx 00 xx xxxxxxxxx xxx xxx xxxxxxxxx.
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Samples: Convenio Colectivo
Pagas extraordinarias. 1Las gratificaciones xx Xxxxxxx y 1ª xx xxxx, se fijan cada una de ellas en la cuantía equivalente a una mensualidad de los salarios garantizados que figuran como anexo número I más el Complemento Personal (cantidad consolidada por el trabajador por la desaparecida antigüedad) y se cobrarán el 21 de diciembre y entre el 1 y 15 xx xxxx, respectivamente. Todos Las empresas y los trabajadores sujetos a este Convenio Colectivo tienen derecho a percibir sendas pagas extraordinarias en los meses xx xxxxx y diciembre.
2. La cuantía de cada una podrán pactar el prorrateo de las pagas extraordinarias vendrá determinada durante las doce mensualidades. Para que surta efectos esta opción, el acuerdo deberá ser tomado por el Comité de Empresa o Delegado de Personal o por la suma mayoría de una mensualidad xxx xxxxxxx los trabajadores, si no existiese tal representación. A los efectos de nivel profesionalcálculo de las liquidaciones de las partes proporcionales de las pagas extraordinarias a aquellos trabajadores que no hayan permanecido en la empresa el año completo de devengo, el devengo de las pagas será del complemento de antigüedad y complemento de retribución personal de antigüedad1 xx xxxx al 30 xx xxxxx, en la Xxxx xx xxxx, y de la cuantía establecida a tal efecto para cada nivel que figura en el Anexo II.
3. El personal que ingrese o cese durante el transcurso del año, así como el trabajador fijo discontinuo, cobrará la parte proporcional de las mismas, de acuerdo con el tiempo trabajado, y la liquidación guardará relación, respectivamente, con los periodos de 1º de julio de un año a 30 xx xxxxx del siguiente o de 1º 1 de enero a al 31 de diciembre del mismo añodiciembre, en la paga xx Xxxxxxx.
4. Las pagas extraordinarias deberán hacerse efectivas en los días laborables anteriores al 0 xx xxxxx x xx 00 xx xxxxxxxxx xxx xxx xxxxxxxxx.
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Samples: Convenio Colectivo
Pagas extraordinarias. 1Se establecen dos gratificaciones extraordinarias anuales, integradas por el salario de posicionamiento, recogido en el Anexo «A», y por los complementos de calificación personal, consolidación, de puesto de trabajo y de antigüedad, cuando se vinieran percibiendo éstos en las nóminas mensuales ordinarias. Todos El periodo de devengo de las referidas pagas será semestral, es decir, el devengo de la paga extraordinaria xx xxxxx se produce entre el 1 de enero y el 30 xx xxxxx, y el devengo de la paga extraordinaria xx Xxxxxxx se produce entre el 1 de julio y el 30 de diciembre, y será proporcional al tiempo trabajado dentro del semestre, y no se devengarán mientras duren las causas de suspensión de contrato previstas en el artículo 45 del Estatuto de los trabajadores sujetos Trabajadores, a este Convenio Colectivo tienen derecho a percibir sendas pagas extraordinarias excepción de la incapacidad temporal. El abono de la paga xx xxxxxx será en los meses la nómina xx xxxxx y la xx Xxxxxxx con la nómina de diciembre, cuya orden de pago se efectuará el día 20 de diciembre.
2. La cuantía de cada una de las pagas extraordinarias vendrá determinada por la suma de una mensualidad xxx xxxxxxx de nivel profesional, del complemento de antigüedad y complemento de retribución personal de antigüedad, y de la cuantía establecida a tal efecto para cada nivel que figura en el Anexo II.
3. El personal que ingrese o cese durante el transcurso del año, así como el trabajador fijo discontinuo, cobrará la parte proporcional de las mismas, de acuerdo con el tiempo trabajado, y la liquidación guardará relación, respectivamente, con los periodos de 1º de julio de un año a 30 xx xxxxx del siguiente o de 1º de enero a 31 de diciembre del mismo año.
4. Las pagas extraordinarias deberán hacerse efectivas en los días laborables anteriores al 0 xx xxxxx x xx 00 xx xxxxxxxxx xxx xxx xxxxxxxxx.
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