PAGO DE LA SUMA ASEGURADA Cláusulas de Ejemplo

PAGO DE LA SUMA ASEGURADA. La Compañía pagará al Beneficiario, las indemnizaciones que correspondan por cada cobertura contratada, en una sola exhibición, previa comprobación de la ocurrencia del Evento.
PAGO DE LA SUMA ASEGURADA. La Compañía pagará las indemnizaciones que correspondan por cada cobertura contratada, en los términos indicados en la misma, previa comprobación de la ocurrencia del Evento. La indemnización se pagará a través de una transferencia electrónica a la cuenta del Beneficiario o Asegurado, según corresponda. En caso de que no cuente con ella, el pago se podrá realizar a través de cheque, orden de pago o del medio que disponga la Compañía.
PAGO DE LA SUMA ASEGURADA. La COMPAÑÍA procederá al pago de la SUMA ASEGURADA de acuerdo a lo establecido en este contrato de seguro dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la recepción de los documentos antes indicados y de las informaciones completas relacionadas y solicitadas sobre la reclamación. El pago será entregado a los BENEFICIARIOS con el finiquito correspondiente, el cual deberá ser firmado por cada uno de los BENEFICIARIOS en señal de aceptación. Si posteriormente al pago de la SUMA ASEGURADA, la COMPAÑÍA llegare a comprobar que el mismo era improcedente, de acuerdo con las Condiciones del contrato, la COMPAÑÍA podrá solicitar, judicial o extrajudicialmente, de quienes recibieron el pago, el reintegro total o parcial de dicho pago.
PAGO DE LA SUMA ASEGURADA. De ser requerido así por los beneficiarios y tomando esta opción de pago, el pago de la Suma Asegurada para la presente cobertura se efectuará una vez que se realice la reclamación correspondiente en las oficinas de MetLife o de sus representantes para tales efectos y se presente la documentación completa para la reclamación de pago de la Suma Asegurada. El monto de la Suma Asegurada se establece en la carátula de la póliza y MetLife pagará directamente a los beneficiarios designados la Suma Asegurada de la cobertura de Gastos Funerarios de acuerdo con los porcentajes establecidos en la designación de beneficiarios.
PAGO DE LA SUMA ASEGURADA. Al ocurrir el fallecimiento del asegurado, LA ASEGURADORA pagará al o los beneficiarios designados el monto de la suma asegurada que corresponda, dentro de los siete días hábiles siguientes a aquél en que se le acredite la ocurrencia del siniestro. Para tal efecto, el beneficiario entregará únicamente la documentación siguiente: Solicitud de pago del o de los beneficiarios en formato de LA ASEGURADORA. Documento expedido por la Gerencia de Relaciones Laborales del INEEL donde indica la baja del asegurado y el motivo de la misma. Copia certificada por el registro civil del acta de defunción del asegurado. Comprobante del último recibo de nómina del asegurado en original o copia certificada. Identificación oficial con foto y firma del asegurado y de los beneficiarios, en original y copia (credencial para votar, pasaporte, cédula profesional, cartilla del servicio militar nacional). Certificado y/o consentimiento o formato de designación de beneficiarios. (FORMATO INTERNO DEL INEEL ANEXO 1F). Comprobante de domicilio del Asegurado o del o de los beneficiarios. Acta de nacimiento del asegurado en original o certificada por el registro civil. Tratándose de MUERTE ACCIDENTAL, además de lo anterior, se deberá presentar copia certificada de las actuaciones del Ministerio Público competente para conocer el caso, en donde conste la relación de hechos, informe de la Policía Judicial, declaración de testigos presenciales, parte del accidente y certificado de autopsia o necropsia. Si el (los) beneficiario(s) es (son) ascendiente(s) o descendiente(s) en línea recta del asegurado, encontrándose en el supuesto de exención del impuesto sobre la renta mencionado en el Artículo 167, fracción XVI de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y desea ejercer tal derecho, se requiere presentar en original o copia certificada la documentación que permita acreditar dicho supuesto, como: actas de nacimiento, de matrimonio actualizada, de reconocimiento, adopción o jurisdicción voluntaria de acreditación de concubinato ante autoridad judicial. Para el pago de la suma asegurada por pérdida de miembros del asegurado, entregará a LA ASEGURADORA, la documentación siguiente: Constancia del dictamen médico expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social. Constancia de servicios expedida por el INEEL Solicitud de pago del asegurado. Identificación oficial con foto y firma del asegurado, en original y copia (credencial para votar, pasaporte, cédula profesional, cartilla del servicio militar n...
PAGO DE LA SUMA ASEGURADA. En caso de solicitudes de indemnización por muerte accidental los beneficiarios para obtener el pago de la suma contratada por el amparo adicional deberán acreditar la ocurrencia del evento según las definiciones establecidas en la cláusula primera del Si la póliza incluye los anexos de INDEMNIZACION ADICIONAL POR MUERTE ACCIDENTAL Y/O BENEFICIO
PAGO DE LA SUMA ASEGURADA. POR MUERTE: AL OCURRIR EL FALLECIMIENTO, LA ASEGURADORA PAGARÁ AL O A LOS BENEFICIARIOS DESIGNADOS EL MONTO DE LA SUMA ASEGURADA QUE CORRESPONDA, DENTRO DE LOS 5 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA ENTREGA DE LA DOCUMENTACIÓN CONSISTENTE EN: COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE DEFUNCIÓN DEL ASEGURADO. COMPROBANTE DEL ÚLTIMO PAGO XX XXXXXXX DEL ASEGURADO. PARA EL CASO DE JUBILADOS O PENSIONADOS, COMPROBANTE DEL ÚLTIMO PAGO DE PENSIÓN QUE HUBIERE PERCIBIDO.
PAGO DE LA SUMA ASEGURADA. POR RETIRO: LA ASEGURADORA PAGARÁ LA SUMA ASEGURADA QUE CORRESPONDA MEDIANTE LA ENTREGA DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
PAGO DE LA SUMA ASEGURADA. La Compañía pagará al Beneficiario correspondiente la indemnización que proceda dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que reciba los documentos e información que permitan conocer el fundamento de la reclamación.
PAGO DE LA SUMA ASEGURADA. LOS BENEFICIARIOS DESIGNADOS TENDRÁN ACCIÓN DIRECTA PARA COBRAR LA SUMA ASEGURADA QUE CORRESPONDA, CONFORME A LAS REGLAS ESTABLECIDAS EN LAS PRESENTES CONDICIONES. EN CASO DE SINIESTRO, LA UAM ENTREGARÁ A LA ASEGURADORA LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: 1 COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE DEFUNCIÓN EXPEDIDA POR EL REGISTRO CIVIL.