PERFECCIÓN CONTRACTUAL Cláusulas de Ejemplo

PERFECCIÓN CONTRACTUAL. A) Ambas Partes convienen la perfección del presente CONTRATO de forma electrónica con la participación de la empresa LOGALTY SERVICIOS XX XXXXXXX DE CONFIANZA, S.L. (en adelante LOGALTY), como tercera parte de confianza de las reguladas en el art. 25 de la Ley 34/2002, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico. Para ello, SECURITAS DIRECT mostrará al CLIENTE a través del dispositivo electrónico, un ejemplar del CONTRATO. El CLIENTE podrá, tras su lectura, proceder a la aceptación del CONTRATO, para lo cual deberá plasmar su firma en el dispositivo electrónico, generando de esta forma una prueba electrónica de su aceptación al CONTRATO. LOGALTY remitirá tanto a SECURITAS DIRECT como al CLIENTE un certificado electrónico acreditativo de dicha aceptación. EL CLIENTE recibirá este certificado en la dirección de correo electrónico recogida en el CONTRATO. Igualmente, el CLIENTE tendrá acceso al CONTRATO a través de la plataforma web puesta a su disposición por LOGALTY, o en su defecto mediante el envío certificado del CONTRATO por parte de LOGALTY a la dirección postal dispuesta en el encabezamiento de las Condiciones Particulares del CONTRATO, si no dispusiera de correo electrónico. Para garantizar la eficacia jurídica del procedimiento descrito, las partes convienen en nombrar a LOGALTY como tercera parte de confianza de las establecidas en el artículo 25 de la Ley 34/2002, Ley de Servicios de la Sociedad de la información y Comercio Electrónico, encomendándole la generación y custodia, por un plazo mínimo de cinco años, de la prueba acreditativa de dicha perfección contractual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 3.10 de la vigente Ley 59/2003 de Firma Electrónica, ambas Partes aceptan que la utilización del procedimiento hasta aquí descrito, tendrá para éstas la misma validez que la utilización de una firma electrónica reconocida, equiparándose por lo tanto a una firma manuscrita. Para la implementación del procedimiento descrito con la participación de LOGALTY, es preciso que SECURITAS DIRECT ponga a disposición de LOGALTY la dirección de correo electrónico y número de teléfono móvil del CLIENTE o, en su caso, la dirección postal, aceptando mediante la presente clausula dicha puesta a disposición.
PERFECCIÓN CONTRACTUAL. A) Las Partes convienen la perfección del presente CONTRATO de forma electrónica con el concurso de un tercero de confianza de acuerdo con lo establecido en el art. 25 de la Ley 34/2002, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSI). El tercero de confianza genera y custodia prueba acreditativa tanto de la previa entrega de la información precontractual como de la declaración de voluntad de quien se adhiere aceptando las condiciones predispuestas por SECURITAS DIRECT. Tras la formalización, el tercero de confianza remitirá a los intervinientes certificado acreditativo de la reunión de voluntades. Cualquiera de ellas podrá exhibir o aportar el certificado a los efectos de acreditar la existencia y contenido del contrato. La entrega al cliente de la copia del contrato se realizará por el tercero de confianza mediante correo electrónico o, en su defecto, mediante correo postal. Para todo lo anterior, SECURITAS DIRECT garantiza el cumplimiento de las obligaciones en materia de protección de datos de carácter personal.
PERFECCIÓN CONTRACTUAL. La perfección de este Contrato se podrá realizar mediante firma electrónica o bien mediante firma manuscrita del Cliente. En caso de perfección mediante firma electrónica, se realizará con el concurso de una tercera parte confiable de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico. Para ello, Pibank remitirá al Cliente, a través de medios telemáticos, un ejemplar de las Condiciones Particulares y Generales del Contrato. El acceso por parte del Cliente a las referidas Condiciones Particulares y Generales se realizará de la siguiente forma: al número de teléfono móvil del Cliente con un código de operación. A la recepción del SMS, el Cliente procederá a introducir dicho código de operación para así proceder a la firma del Contrato.
PERFECCIÓN CONTRACTUAL. La perfección de este Contrato se podrá realizar mediante firma electrónica o bien mediante firma manuscrita del Cliente. En caso de perfección mediante firma electrónica, se realizará con el concurso de una tercera parte confiable de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico. Para ello, la ENTIDAD remitirá al Cliente, a través de medios telemáticos, un ejemplar de las Condiciones Particulares y Generales del Contrato. El acceso por parte del Cliente a las referidas Condiciones Particulares y Generales se realizará de la siguiente forma: Firma con PIN: Lleidanetworks Serveis Telemàtics S.A (en adelante, “Xxxxxx.xxx”) -como tercera parte confiable-, remitirá un SMS al número de teléfono móvil del Cliente con un código de operación. A la recepción del SMS, el Cliente procederá a introducir dicho código de operación para así proceder a la firma del Contrato. Para presentar su queja o reclamación ante el Departamento de Conducta xx Xxxxxxx y Reclamaciones del Banco de España es necesario que la haya presentado previamente antes el Servicio de Atención al Cliente de la Entidad.