PLANTILLA DE PERSONAL. Corresponde a la G.M.U. aprobar anualmente, a través del Pre- supuesto, la plantilla, que deberá comprender todos los puestos de trabajo reservados a personal funcionario y laboral debida- mente clasificados. De la misma se dará conocimiento a las secciones sindicales antes de su aprobación definitiva. La GMU realizará una nueva planificación de sus recursos hu- manos, que tendrá como objetivo contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y de la eficiencia en la utilización de los recursos económicos disponibles mediante la di- mensión adecuada de sus efectivos, su mejor distribución, forma- ción, promoción profesional y movilidad, constituyendo un Regis- tro de su personal laboral indicando los datos propios de la rela- ción laboral de cada trabajador.
PLANTILLA DE PERSONAL. SE ACEPTA LO ESTABLECIDO EN LA CONVOCATORIA
PLANTILLA DE PERSONAL. El prestador de servicios deberá contar con una plantilla mínima integrada con el siguiente personal:
PLANTILLA DE PERSONAL. El concesionario tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto al personal a su servicio, que dependa exclusivamente de él. En consecuencia, deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social, de Prevención de riesgos laborales, así como cualquier otra que resultara de aplicación vigente en la actualidad o que se promulgara en lo sucesivo. No siendo responsable la Mancomunidad de estos incumplimientos.
PLANTILLA DE PERSONAL. Que de conformidad con lo dispuesto en los art. 237 y 239 de la X.X.X.X., la ejecución de sentencias firmes se llevará a efecto por el Órgano Judicial que hubiere conocido del asunto en instancia, en la forma establecida en la Ley de Enjuiciamiento Civil para la ejecución de sentencias (art. 548 y ss.) con las especialidades previstas en la L.R.J.S. CAPÍTULOS DENOMINACIÓN IMPORTE 1 GASTOS DE PERSONAL 706.320,00
PLANTILLA DE PERSONAL. Personal Funcionario.
PLANTILLA DE PERSONAL. CANTIDAD DE ELEMENTOS FUNCIONES BÁSICAS
PLANTILLA DE PERSONAL. Corresponde al Ayuntamiento de Las Cabezas de San Xxxx aprobar anualmente, a través del Presupuesto, la plantilla que deberá comprender todos los puestos de trabajo reservados a personal funcionario, personal laboral y, en su caso, personal eventual, debidamente clasificados.
PLANTILLA DE PERSONAL. El Excmo. Ayuntamiento de Arcos de la Frontera aprobará anualmente, a través del presupuesto la plantilla de personal de la Corporación cuyo contenido se deberá ajustar a los requisitos legales que, estando establecidos para dicho documento, sean de aplicación en cada momento.
PLANTILLA DE PERSONAL. 1- Al finalizar cada año natural, los servicios de personal del Ayuntamiento, confeccionarán una relación de Trabajadores/as de plantilla que presten servicios en régimen laboral a la Corporación Municipal, con especificación de los siguientes datos mínimos: Nombre y Apellidos, Fecha de nacimiento, Dirección, Fecha de Ingreso, Categoría profesional, Situación laboral, Área a la que pertenece, Fecha en que corresponde el primer aumento por antigüedad y Fecha en que corresponde el próximo aumento por antigüedad.
2- Dicha relación, se expondrá a los/as Trabajadores/as, a través de los diferentes Servicios Municipales, antes del día 10 de Febrero de cada año, facilitándose una copia de la misma al Comité de Empresa.
3- A partir de dicha exposición, y durante un plazo de 30 días naturales, los/as interesados/as podrán formular por escrito, a la Delegación de Personal, las observaciones y reclamaciones que estimen pertinentes.