PLAZO DE EJECUCIÓN. 5.1 El plazo para la ejecución de las Obras correspondientes a este Contrato es de XXXXXXXXXXXX días calendario para realizar los estudios de suelos, levantamientos topográficos, ajustes a diseños técnicos y construcción de las obras, contados a partir de la suscripción del Acta de inicio. Su vigencia se extiende hasta sesenta (60) días calendario después del plazo fijado para la ejecución del mismo. El tiempo de vigencia se usará para hacer la liquidación del Contrato. 5.2 El Contratista movilizará todos los recursos necesarios y coordinará con la Interventoría y la OIM todas sus actividades, a fin de garantizar su finalización y entrega de la Obra en la fecha acordada en el Acta de inicio. 5.3 En caso de que el Contratista no pueda finalizar la Obra en la fecha prevista en la Cláusula 5.1, éste deberá solicitar una prórroga por escrito, explicando los motivos del retraso, con por lo menos quince (15) días de antelación y deberá ser aprobada por el supervisor del Contrato. 5.4 La OIM no autorizará solicitudes de prórroga basadas en los motivos siguientes, entre otros: 5.4.1 La ubicación del proyecto, o cualquier condición y restricción que haya sido determinada entre el momento de la Invitación y la adjudicación del Contrato; 5.4.2 Condiciones meteorológicas y climáticas normales en emplazamiento de la Obra; 5.4.3 Problemas de logística, ejecución o coordinación y otras causas que se estén bajo el control del Contratista; 5.4.4 Dificultades financieras, operativas o laborales del Contratista o de cualquiera de sus subcontratistas o proveedores; 5.4.5 La rectificación necesaria de cualquier actividad que no se ajuste a las especificaciones; 5.5 La OIM podrá aprobar la solicitud de prórroga del Contratista en los casos siguientes: 5.5.1 Fuerza mayor, según lo expuesto en la Cláusula 22; 5.5.2 Órdenes de variación de Obra aprobadas que exijan al Contratista un plazo adicional para su ejecución, según lo acordado entre las Partes; 5.5.3 Incumplimiento de los plazos de pago por la OIM; 5.5.4 La prórroga solicitada no superará la duración del retraso de las Obras provocado por los motivos anteriormente expuestos. 5.6 Si la OIM no autoriza la ampliación de plazo solicitado, el Contratista estará obligado a pagarle a ésta, la multa estipulada en la cláusula 6.4 por cada día de retraso, hasta que finalice la Obra y sea aceptada por la OIM.
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Samples: Licitación Pública, Licitación Pública
PLAZO DE EJECUCIÓN. 5.1 El plazo para la ejecución de las Obras obras correspondientes a este Contrato contrato es de XXXXXXXXXXXX XXXXXXX (XX) días calendario para realizar los estudios de suelos, levantamientos topográficos, ajustes a diseños técnicos y construcción de las obras, contados a partir de la suscripción del Acta acta de inicio. Su vigencia se extiende hasta sesenta noventa (6090) días calendario después del plazo fijado para la ejecución del mismo. El tiempo de vigencia se usará para hacer la liquidación del Contrato.
5.2 El Contratista movilizará todos los recursos necesarios y coordinará con la Interventoría y la OIM Organización todas sus actividades, a fin de garantizar su finalización y entrega de la Obra en la fecha acordada en el Acta acta de inicio.
5.3 En caso de que el Contratista no pueda finalizar la Obra en la fecha prevista en la Cláusula 5.1, éste deberá podrá solicitar una prórroga por escrito, escrito explicando los motivos del retraso, retraso con por lo menos quince (15) días de antelación y deberá ser aprobada por el supervisor del Contratocontrato.
5.4 La OIM Organización no autorizará solicitudes de prórroga basadas en los motivos siguientes, entre otros:
5.4.1 La ubicación del proyecto, o cualquier condición y restricción que haya sido determinada entre el momento de la Invitación licitación y la adjudicación del Contrato;
5.4.2 Condiciones meteorológicas y climáticas normales en emplazamiento de la Obra;
5.4.3 Problemas de logística, ejecución o coordinación y otras causas que se estén bajo el control del Contratista;
5.4.4 Dificultades financieras, operativas o laborales del Contratista o de cualquiera de sus subcontratistas o proveedores;
5.4.5 La rectificación necesaria de cualquier actividad que no se ajuste a las especificaciones;
5.5 La OIM Organización podrá aprobar la solicitud de prórroga del Contratista en los casos siguientes:
5.5.1 Fuerza mayor, según lo expuesto en la Cláusula 22;
5.5.2 Órdenes de variación de Obra obra aprobadas que exijan al Contratista un plazo adicional para su ejecución, según lo acordado entre las Partes;
5.5.3 Incumplimiento de los plazos de pago por la OIMOrganización;
5.5.4 La prórroga solicitada no superará sea consecuente con el tiempo de la duración suspensión o del retraso de las Obras obras provocado por los motivos anteriormente expuestos.
5.6 Si la OIM Organización no autoriza la ampliación de plazo solicitado, el Contratista estará obligado a pagarle a ésta, ésta la multa estipulada en la cláusula 6.4 por cada día de retraso, hasta que finalice la Obra y sea aceptada por la OIMOrganización.
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Samples: Licitación, Licitación
PLAZO DE EJECUCIÓN. 5.1 El contratista queda obligado al cumplimiento del plazo total y de los plazos parciales, en su caso, fijados para ejecutar el contrato. Todos estos plazos se contarán a partir del día siguiente al de la ejecución firma del acta de comprobación del replanteo. El contratista presentará un programa de trabajos que desarrolle el presentado en su proposición [artículo 144 del RCAP y cláusula 27 PCAG). Este programa de trabajos no podrá modificar ninguna de las Obras correspondientes a este Contrato es condiciones contractuales y, por tanto, coincidirá con el plazo total, camino crítico y plazos parciales ofertados, en su caso. Una vez aprobado el programa de XXXXXXXXXXXX días calendario para realizar los estudios de suelostrabajos, levantamientos topográficos, ajustes a diseños técnicos y construcción de las obras, contados a partir el contratista podrá solicitar de la suscripción del Acta Dirección facultativa de inicio. Su vigencia se extiende hasta sesenta (60) días calendario después del plazo fijado para la ejecución del mismoobra las certificaciones anticipadas que correspondan con arreglo a la ley. El tiempo programa de vigencia se usará para hacer la liquidación del Contrato.
5.2 El Contratista movilizará todos los recursos necesarios y coordinará con la Interventoría y la OIM todas sus actividades, a fin de garantizar su finalización y entrega de la Obra en la fecha acordada en el Acta de inicio.
5.3 En caso de que el Contratista no pueda finalizar la Obra en la fecha prevista en la Cláusula 5.1, éste deberá solicitar una prórroga por escrito, explicando los motivos del retraso, con por lo menos quince (15) días de antelación y deberá trabajos aprobado podrá ser aprobada por el supervisor del Contrato.
5.4 La OIM no autorizará solicitudes de prórroga basadas en los motivos siguientes, entre otros:
5.4.1 La ubicación del proyecto, o cualquier condición y restricción que haya sido determinada entre el momento de la Invitación y la adjudicación del Contrato;
5.4.2 Condiciones meteorológicas y climáticas normales en emplazamiento de la Obra;
5.4.3 Problemas de logística, ejecución o coordinación y otras causas que se estén bajo el control del Contratista;
5.4.4 Dificultades financieras, operativas o laborales del Contratista o de cualquiera de sus subcontratistas o proveedores;
5.4.5 La rectificación necesaria de cualquier actividad que no se ajuste a las especificaciones;
5.5 La OIM podrá aprobar la solicitud de prórroga del Contratista modificado en los casos siguientes:
5.5.1 Fuerza mayor, según lo expuesto : PCAP OBRAS – ABIERTO (Ley 9/2017) Clausulado Página 47 de 71 Código seguro de Verificación : GEISER-896a-d36d-6eb5-4088-a36b-4adc-9b3d-967f | Puede verificar la integridad de este documento en la Cláusula 22;
5.5.2 Órdenes siguiente dirección : xxxxx://xxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx - Por acuerdo del órgano de variación contratación, cuando la modificación esté justificada por razones de Obra aprobadas interés público y dentro de los límites establecidos en el artículo 205 de la LCSP. - A instancia del contratista, si desea desarrollar los trabajos con mayor celeridad que exijan al Contratista un la prevista en el programa de trabajos aprobado. Deberá contar con la previa conformidad de la Dirección facultativa de la obra, que podrá denegarla justificadamente por razones de conveniencia para la buena marcha de la propia obra. - Por retrasos en la ejecución de la obra que hagan necesaria una ampliación del plazo adicional total fijado para su ejecución: • Cuando el retraso en la ejecución se produzca por motivos no imputables al contratista, según lo acordado entre éste podrá solicitar que se le conceda una ampliación del plazo conforme al artículo 195 de la LCSP y 100 del RCAP. En este caso, se acordará un nuevo programa de trabajos. • Cuando el retraso en la ejecución se produzca por motivos imputables al contratista y el órgano de contratación le conceda una ampliación de plazo, se acordará un nuevo programa de trabajos. Asimismo, se aplicarán al contratista las Partes;
5.5.3 Incumplimiento penalidades previstas en el artículo 193.3 de los plazos la LCSP (0,60 euros diarios por cada 1.000 euros de pago por precio del contrato, aplicados al período en que se hubiera tenido que ampliar el plazo de ejecución pactado y considerando que el precio del contrato es el presupuesto vigente, IVA excluido). Si el órgano de contratación apreciara que la OIM;
5.5.4 La prórroga solicitada no superará la duración causa del retraso se debe, sólo en parte, a motivos imputables al contratista, podrá, justificándolo debidamente, reducir la penalidad en la cantidad que proceda hasta 0,10 euros diarios por cada 1.000 euros de las Obras provocado por precio del contrato. Al acordar la ampliación del plazo, el órgano de contratación se pronunciará, previo informe del responsable del contrato, sobre los motivos anteriormente expuestosa que se deba dicha ampliación y sobre la procedencia o no de penalizar al contratista.
5.6 Si la OIM no autoriza la ampliación de plazo solicitado, el Contratista estará obligado a pagarle a ésta, la multa estipulada en la cláusula 6.4 por cada día de retraso, hasta que finalice la Obra y sea aceptada por la OIM.
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Samples: Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Obras
PLAZO DE EJECUCIÓN. 5.1 El La obra deberá ser ejecutada en un plazo para máximo de ciento ocho (108) días calendario, en dos periodos, que corresponden a la ejecución de las Obras correspondientes a este Contrato es obras anteriores al Hito y posteriores al mismo. El plazo total de XXXXXXXXXXXX días calendario para realizar los estudios obra efectiva de suelos108 días, levantamientos topográficos, ajustes a diseños técnicos y construcción de las obras, contados se computarán a partir de la suscripción fecha establecida en la Orden de Proceder emitida por el Supervisor, hasta la Recepción Provisional de la Obra. Este plazo comprende dos periodos: a) Ejecución de obras anteriores al hito verificable y b) Ejecución de obras posteriores al montaje de los equipos y maquinaria de tesorería. El Cronograma referencial del Acta Punto 9, contempla el Hito Verificable el día 31 de inicioJulio, el mismo que establece con claridad la fecha a partir de la cual la obra debe ser suspendida por la llegada e inicio de montaje de los equipos y máquinas de Tesorería, previéndose esta suspensión en treinta días calendario (30). Su vigencia se extiende hasta sesenta Este periodo no será computable para efecto del plazo de ejecución del contrato, ni dará derecho a exigir indemnización, sobrecostos o reajustes ni a reclamar gastos diferentes a los pactados en el contrato. En un plazo de cinco (605) días calendario después del plazo fijado posteriores a la emisión de la Orden de Proceder el proponente debe presentar un cronograma ajustado de obra y ser presentado al Supervisor, para la correspondiente aprobación, este debe incluir como hito verificable el 31 de julio de 2018 para la ejecución requerida de las siguientes actividades:Actividades Iniciales % de ejecución antes del mismo. El tiempo hito verificable Instalación de vigencia se usará faenas 100 Replanteo 100 Instalación sanitaria Provisión e instalación de tubería de 4 plg de FN E=80 100 Provisión e instalación de codos de 90x4 plg de FN E=80 100 Provisión e instalación de bridas para hacer 4 plg + pernos de FN 100 Soportes metálicos 100 Limpieza Sanitaria 100 Instalación eléctrica (acometida para los equipos)* 40 Xxxx xx xxxxx Drywall (posterior y laterales) 50 Contrapiso de nivelación 100 Piso de PVC de alto tráfico (área de equipos) 60 Pintura interior para cielo 50 * Las actividades correspondientes a la liquidación del Contrato.
5.2 El Contratista movilizará todos instalación eléctrica serán las mínimas requeridas para la instalación y puesta en marcha de los recursos necesarios y coordinará con la Interventoría y la OIM todas sus actividadesequipos, a fin como ser acometida eléctrica, tableros de garantizar su finalización y entrega de la Obra en la fecha acordada en el Acta de inicio.
5.3 En caso de que el Contratista no pueda finalizar la Obra en la fecha prevista en la Cláusula 5.1, éste deberá solicitar una prórroga por escrito, explicando los motivos del retraso, con por lo menos quince (15) días de antelación y deberá ser aprobada por el supervisor del Contrato.
5.4 La OIM no autorizará solicitudes de prórroga basadas en los motivos siguientesdistribución, entre otros:
5.4.1 La ubicación del proyecto, o cualquier condición y restricción que haya sido determinada entre . Para el momento de la Invitación y la adjudicación del Contrato;
5.4.2 Condiciones meteorológicas y climáticas normales en emplazamiento de la Obra;
5.4.3 Problemas de logística, ejecución o coordinación y otras causas que se estén bajo el control del Contratista;
5.4.4 Dificultades financieras, operativas o laborales del Contratista o de cualquiera de sus subcontratistas o proveedores;
5.4.5 La rectificación necesaria de cualquier actividad que no se ajuste a las especificaciones;
5.5 La OIM podrá aprobar la solicitud de prórroga del Contratista en los casos siguientes:
5.5.1 Fuerza mayor, según lo expuesto en la Cláusula 22;
5.5.2 Órdenes de variación de Obra aprobadas que exijan al Contratista un plazo adicional para su ejecución, según lo acordado entre las Partes;
5.5.3 Incumplimiento montaje e instalación de los plazos equipos se deberá dejar libre un acceso al área de pago por la OIM;
5.5.4 La prórroga solicitada no superará la duración del retraso su emplazamiento. Xxxx xx xxxxx Drywall (frontal) 50 Xxxx xx xxxxxx templado 100 Instalación eléctrica (sistema de las Obras provocado por los motivos anteriormente expuestos.
5.6 Si la OIM no autoriza la ampliación iluminación, tomas y otras) 60 Piso de plazo solicitado, el Contratista estará obligado a pagarle a ésta, la multa estipulada en la cláusula 6.4 por cada día PVC de retraso, hasta que finalice la Obra alto tráfico (complemento) 40 Puerta metálica 100 Cordón de concreto 100 Pintura para muros 100 Pintura interior para cielo 50 Barrera de protección flex beam 100 Mediacaña uniperfil 100 Zócalo exterior 100 Puerta metálica de reja 100 Reja metálica 100 Portón metálico 100 Bandeja escalerilla 100 Punto de red 100 Limpieza y sea aceptada por la OIM.retiro de escombros 100
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Samples: Contract for Works
PLAZO DE EJECUCIÓN. 5.1 El contratista queda obligado al cumplimiento del plazo total y de los plazos parciales, en su caso, fijados para ejecutar el contrato. Todos estos plazos se contarán a partir del día siguiente al de la ejecución firma del acta de comprobación del replanteo. El contratista presentará un programa de trabajos que desarrolle el presentado en su proposición [artículo 144 del RCAP y cláusula 27 PCAG). Este programa de trabajos no podrá modificar ninguna de las Obras correspondientes a este Contrato es condiciones contractuales y, por tanto, coincidirá con el plazo total, camino crítico y plazos parciales ofertados, en su caso. Una vez aprobado el programa de XXXXXXXXXXXX días calendario para realizar los estudios de suelostrabajos, levantamientos topográficos, ajustes a diseños técnicos y construcción de las obras, contados a partir el contratista podrá solicitar de la suscripción del Acta Dirección faculta- tiva de inicio. Su vigencia se extiende hasta sesenta (60) días calendario después del plazo fijado para la ejecución del mismoobra las certificaciones anticipadas que correspondan con arreglo a la ley. El tiempo programa de vigencia se usará para hacer la liquidación del Contrato.
5.2 El Contratista movilizará todos los recursos necesarios y coordinará con la Interventoría y la OIM todas sus actividades, a fin de garantizar su finalización y entrega de la Obra en la fecha acordada en el Acta de inicio.
5.3 En caso de que el Contratista no pueda finalizar la Obra en la fecha prevista en la Cláusula 5.1, éste deberá solicitar una prórroga por escrito, explicando los motivos del retraso, con por lo menos quince (15) días de antelación y deberá trabajos aprobado podrá ser aprobada por el supervisor del Contrato.
5.4 La OIM no autorizará solicitudes de prórroga basadas en los motivos siguientes, entre otros:
5.4.1 La ubicación del proyecto, o cualquier condición y restricción que haya sido determinada entre el momento de la Invitación y la adjudicación del Contrato;
5.4.2 Condiciones meteorológicas y climáticas normales en emplazamiento de la Obra;
5.4.3 Problemas de logística, ejecución o coordinación y otras causas que se estén bajo el control del Contratista;
5.4.4 Dificultades financieras, operativas o laborales del Contratista o de cualquiera de sus subcontratistas o proveedores;
5.4.5 La rectificación necesaria de cualquier actividad que no se ajuste a las especificaciones;
5.5 La OIM podrá aprobar la solicitud de prórroga del Contratista modificado en los casos siguientes:
5.5.1 Fuerza mayor: - Por acuerdo del órgano de contratación, según lo expuesto cuando la modificación esté justificada por xxxx- nes de interés público y dentro de los límites establecidos en el artículo 205 de la LCSP. - A instancia del contratista, si desea desarrollar los trabajos con mayor celeridad que la prevista en el programa de trabajos aprobado. Deberá contar con la previa conformidad de la Direc- ción facultativa de la obra, que podrá denegarla justificadamente por razones de conveniencia para la buena marcha de la propia obra. - Por retrasos en la Cláusula 22;
5.5.2 Órdenes ejecución de variación de Obra aprobadas la obra que exijan al Contratista un hagan necesaria una ampliación del plazo adicional total fijado para su ejecución: • Cuando el retraso en la ejecución se produzca por motivos no imputables al contratista, según lo acordado entre éste podrá solicitar que se le conceda una ampliación del plazo con- forme al artículo 195 de la LCSP y 100 del RCAP. En este caso, se acordará un nuevo programa de trabajos. • Cuando el retraso en la ejecución se produzca por motivos imputables al con- tratista y el órgano de contratación le conceda una ampliación de plazo, se acor- dará un nuevo programa de trabajos. Asimismo, se aplicarán al contratista las Partes;
5.5.3 Incumplimiento penalidades previstas en el artículo 193.3 de los plazos la LCSP (0,60 euros diarios por cada 1.000 euros de pago por precio del contrato, aplicados al período en que se hubiera tenido que ampliar el plazo de ejecución pactado y considerando que el precio del con- trato es el presupuesto vigente, IVA excluido). Si el órgano de contratación apre- ciara que la OIM;
5.5.4 La prórroga solicitada no superará la duración causa del retraso se debe, sólo en parte, a motivos imputables al contratista, podrá, justificándolo debidamente, reducir la penalidad en la canti- dad que proceda hasta 0,10 euros diarios por cada 1.000 euros de las Obras provocado por precio del contrato. Al acordar la ampliación del plazo, el órgano de contratación se pronunciará, previo informe del responsable del contrato, sobre los motivos anteriormente expuestosa que se deba dicha ampliación y sobre la procedencia o no de penalizar al contratista.
5.6 Si la OIM no autoriza la ampliación de plazo solicitado, el Contratista estará obligado a pagarle a ésta, la multa estipulada en la cláusula 6.4 por cada día de retraso, hasta que finalice la Obra y sea aceptada por la OIM.
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Samples: Contract for Works
PLAZO DE EJECUCIÓN. 5.1 El contratista queda obligado al cumplimiento del plazo total y de los plazos parciales, en su caso, fijados para ejecutar el contrato. PCAP OBRAS – ABIERTO SIMPLIFICADO (Ley 9/2017) Clausulado Página 35 de 59 Código seguro de Verificación : GEISER-5b71-0ae4-4011-417a-974f-a0fb-9329-68ba | Puede verificar la ejecución integridad de este documento en la siguiente dirección : xxxxx://xxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx Todos estos plazos se contarán a partir del día siguiente al de la firma del acta de comprobación del replanteo. El contratista presentará un programa de trabajos que desarrolle el presentado en su proposición [artículo 144 del RCAP y cláusula 27 PCAG). Este programa de trabajos no podrá modificar ninguna de las Obras correspondientes a este Contrato es condiciones contractuales y, por tanto, coincidirá con el plazo total, camino crítico y plazos parciales ofertados, en su caso. Una vez aprobado el programa de XXXXXXXXXXXX días calendario para realizar los estudios de suelostrabajos, levantamientos topográficos, ajustes a diseños técnicos y construcción de las obras, contados a partir el contratista podrá solicitar de la suscripción del Acta Dirección facultativa de inicio. Su vigencia se extiende hasta sesenta (60) días calendario después del plazo fijado para la ejecución del mismoobra las certificaciones anticipadas que correspondan con arreglo a la ley. El tiempo programa de vigencia se usará para hacer la liquidación del Contrato.
5.2 El Contratista movilizará todos los recursos necesarios y coordinará con la Interventoría y la OIM todas sus actividades, a fin de garantizar su finalización y entrega de la Obra en la fecha acordada en el Acta de inicio.
5.3 En caso de que el Contratista no pueda finalizar la Obra en la fecha prevista en la Cláusula 5.1, éste deberá solicitar una prórroga por escrito, explicando los motivos del retraso, con por lo menos quince (15) días de antelación y deberá trabajos aprobado podrá ser aprobada por el supervisor del Contrato.
5.4 La OIM no autorizará solicitudes de prórroga basadas en los motivos siguientes, entre otros:
5.4.1 La ubicación del proyecto, o cualquier condición y restricción que haya sido determinada entre el momento de la Invitación y la adjudicación del Contrato;
5.4.2 Condiciones meteorológicas y climáticas normales en emplazamiento de la Obra;
5.4.3 Problemas de logística, ejecución o coordinación y otras causas que se estén bajo el control del Contratista;
5.4.4 Dificultades financieras, operativas o laborales del Contratista o de cualquiera de sus subcontratistas o proveedores;
5.4.5 La rectificación necesaria de cualquier actividad que no se ajuste a las especificaciones;
5.5 La OIM podrá aprobar la solicitud de prórroga del Contratista modificado en los casos siguientes:
5.5.1 Fuerza mayor: - Por acuerdo del órgano de contratación, según lo expuesto cuando la modificación esté justificada por razones de interés público y dentro de los límites establecidos en el artículo 205 de la LCSP. - A instancia del contratista, si desea desarrollar los trabajos con mayor celeridad que la prevista en el programa de trabajos aprobado. Deberá contar con la previa conformidad de la Dirección facultativa de la obra, que podrá denegarla justificadamente por razones de conveniencia para la buena marcha de la propia obra. - Por retrasos en la Cláusula 22;
5.5.2 Órdenes ejecución de variación de Obra aprobadas la obra que exijan al Contratista un hagan necesaria una ampliación del plazo adicional total fijado para su ejecución: • Cuando el retraso en la ejecución se produzca por motivos no imputables al contratista, según lo acordado entre éste podrá solicitar que se le conceda una ampliación del plazo conforme al artículo 195 de la LCSP y 100 del RCAP. En este caso, se acordará un nuevo programa de trabajos. • Cuando el retraso en la ejecución se produzca por motivos imputables al contratista y el órgano de contratación le conceda una ampliación de plazo, se acordará un nuevo programa de trabajos. Asimismo, se aplicarán al contratista las Partes;
5.5.3 Incumplimiento penalidades previstas en el artículo 193.3 de los plazos la LCSP (0,60 euros diarios por cada 1.000 euros de pago por precio del contrato, aplicados al período en que se hubiera tenido que ampliar el plazo de ejecución pactado y considerando que el precio del contrato es el presupuesto vigente, IVA excluido). Si el órgano de contratación apreciara que la OIM;
5.5.4 La prórroga solicitada no superará la duración causa del retraso se debe, sólo en parte, a motivos imputables al contratista, podrá, justificándolo debidamente, reducir la penalidad en la cantidad que proceda hasta 0,10 euros diarios por cada 1.000 euros de las Obras provocado por precio del contrato. Al acordar la ampliación del plazo, el órgano de contratación se pronunciará, previo informe del responsable del contrato, sobre los motivos anteriormente expuestosa que se deba dicha ampliación y sobre la procedencia o no de penalizar al contratista.
5.6 Si la OIM no autoriza la ampliación de plazo solicitado, el Contratista estará obligado a pagarle a ésta, la multa estipulada en la cláusula 6.4 por cada día de retraso, hasta que finalice la Obra y sea aceptada por la OIM.
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Samples: Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Obras
PLAZO DE EJECUCIÓN. 5.1 El plazo de ejecución y entrega debe incluir; el proceso de conocimiento del proyecto para el éxito del desarrollo de la Fase 4 (durante la Fase 3A y 3B, considerar 30 días como mínimo previo al inicio de la Fase 4), desarrollo de servicio, levantamiento de observaciones y la ingeniería de acompañamiento en sus diversas fases, se debe precisar que la culminación de la elaboración de los expedientes técnicos a nivel de ejecución de obra será cuando los mismos estén aceptados sin comentarios por parte de la ARCC, a continuación, se muestra la duración esperada de cada expediente y/o paquetes comerciales a desarrollar, es importante cumplir con los plazos propuestos, sin embargo, pueden proponer el plazo requerido en base a su experiencia. Cada expediente técnico deberá desarrollar como mínimo el índice ubicado en la carpeta anexos/información complementaria y finalmente en el documento “00_Indice mínimo del expediente técnico”. Tener en cuenta la siguiente tabla de fechas de entrega de los expedientes técnicos: El plazo de cada ítem iniciará una vez se tenga la aprobación de la Fase 3B, sin embargo, debe considerarse el ingreso de especialistas principales con anticipación debida y dar continuidad a la transición de la Fase 3A y 3B, hacia la Fase 4, con el objetivo de mitigar los posibles impactos de esta transición. A continuación, se entrega referencialmente los avances de las Obras correspondientes a este Contrato es de XXXXXXXXXXXX días calendario para realizar especialidades en las Fases 3A y 3B, con fecha xx xxxxx al 24/02/2022: Fase 3A; los estudios básicos tienen los siguientes avances: - Topografía 100.00% - Geología y Geomorfología 100.00% - Geotecnia 99.33% - Hidrología 100.00% - Modelamiento Hidráulico 67.86% - Diseño Hidráulico y Seguridad Estructural 56.83% - Estudio de suelos, levantamientos topográficos, ajustes a diseños técnicos Riesgos 76.21% - GIS 95.18% - Infraestructura Verde y construcción Paisajismo 93.29% - BIM 79.43% Fase 3B; los estudios especiales tienen los siguientes avances: - Infraestructura Verde y Paisajismo 39.92% - BIM 8.77% - Análisis Costo Beneficio 62.55% - Geotecnia 43.68% - Evaluación de las obras, contados a partir Multicriterio 0.00% El consorcio Besalco Stracon al término de la suscripción Fase 3B de cada paquete comercial entregara la información siguiente: “02_Entregables del Acta de inicio. Su vigencia se extiende hasta sesenta (60) días calendario después del plazo fijado para la ejecución del mismo. El tiempo de vigencia se usará para hacer la liquidación del Contrato.
5.2 El Contratista movilizará todos los recursos necesarios y coordinará con la Interventoría y la OIM todas sus actividades, a fin de garantizar su finalización y entrega de la Obra en la fecha acordada en el Acta de inicio.
5.3 En caso de que el Contratista no pueda finalizar la Obra en la fecha prevista en la Cláusula 5.1, éste deberá solicitar una prórroga por escrito, explicando los motivos del retraso, con por lo menos quince (15) días de antelación y deberá ser aprobada por el supervisor del Contrato.
5.4 La OIM no autorizará solicitudes de prórroga basadas en los motivos siguientes, entre otros:
5.4.1 La ubicación del proyecto, o cualquier condición y restricción que haya sido determinada entre el momento de la Invitación y la adjudicación del Contrato;
5.4.2 Condiciones meteorológicas y climáticas normales en emplazamiento de la Obra;
5.4.3 Problemas de logística, ejecución o coordinación y otras causas que se estén bajo el control del Contratista;
5.4.4 Dificultades financieras, operativas o laborales del Contratista o de cualquiera de sus subcontratistas o proveedores;
5.4.5 La rectificación necesaria de cualquier actividad que no se ajuste a las especificaciones;
5.5 La OIM podrá aprobar la solicitud de prórroga del Contratista en los casos siguientes:
5.5.1 Fuerza mayor, según lo expuesto en la Cláusula 22;
5.5.2 Órdenes de variación de Obra aprobadas que exijan al Contratista un plazo adicional para su ejecución, según lo acordado entre las Partes;
5.5.3 Incumplimiento de los plazos de pago por la OIM;
5.5.4 La prórroga solicitada no superará la duración del retraso de las Obras provocado por los motivos anteriormente expuestos.
5.6 Si la OIM no autoriza la ampliación de plazo solicitado, el Contratista estará obligado a pagarle a ésta, la multa estipulada en la cláusula 6.4 por cada día de retraso, hasta que finalice la Obra y sea aceptada por la OIM.Consorcio CBS”
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Samples: Service Contract
PLAZO DE EJECUCIÓN. 5.1 4.1 El plazo de ejecución empezará a correr a partir de la fecha en que se indique en la Oferta o, en su defecto, cuando el CLIENTE emita el correspondiente orden de inicio, la que será emitida con posterioridad al cobro por FLENDER del anticipo, en caso de que hubiera sido previsto.
4.2 Para que el plazo de ejecución sea exigible x XXXXXXX, es esencial que el CLIENTE cumpla estrictamente con los pagos pactados y las demás obligaciones que se encuentren a su cargo.
4.3 La efectiva ejecución de los servicios por parte xx XXXXXXX, de cualquiera de sus obligaciones, y el cumplimiento del plazo de ejecución, está condicionado al cumplimiento por parte del CLIENTE en tiempo y forma con las obligaciones a su cargo previstas en la Oferta, en particular, aquellas descriptas en las Cláusulas 3.4., y 5.1. de estas Condiciones Generales.
4.4 Además de lo anterior, FLENDER tendrá derecho a la modificación del plazo de ejecución cuando:
a. El CLIENTE no entregue en plazo la documentación necesaria para la ejecución de las Obras correspondientes a este Contrato es de XXXXXXXXXXXX días calendario para realizar los estudios de suelos, levantamientos topográficos, ajustes a diseños técnicos y construcción de las obras, contados a partir de la suscripción del Acta de inicio. Su vigencia se extiende hasta sesenta (60) días calendario después del plazo fijado para la ejecución del mismo. El tiempo de vigencia se usará para hacer la liquidación del Contratoobligaciones por parte xx XXXXXXX.
5.2 b. El Contratista movilizará todos los recursos necesarios y coordinará con CLIENTE requiera modificaciones en el pedido o la Interventoría y la OIM todas sus actividadesOferta, a fin de garantizar su finalización y entrega de la Obra que sean aceptadas por FLENDER conforme lo previsto en la fecha acordada Cláusula 2.5. y que a juicio xx XXXXXXX requieran una extensión en el Acta plazo de inicioentrega.
5.3 c. En los casos de ocurrencia de un evento de fuerza mayor o caso fortuito.
d. Cualquier modificación o incumplimiento de lo previsto en las presentes por parte del CLIENTE, sea de índole técnica o comercial.
4.5 La demora por parte xx XXXXXXX respecto de plazos parciales acordados no será considerada incumplimiento en caso de que se diera cumplimiento con el Contratista no pueda finalizar la Obra en la fecha prevista en la Cláusula 5.1, éste deberá solicitar una prórroga por escrito, explicando los motivos plazo de ejecución total del retraso, con por lo menos quince (15) días de antelación y deberá ser aprobada por el supervisor del Contratoservicio.
5.4 La OIM no autorizará solicitudes 4.6 FLENDER ejecutará sus obligaciones de prórroga basadas acuerdo con las normas técnicas que FLENDER se obligue a cumplir en los motivos siguientes, entre otros:
5.4.1 La ubicación del proyecto, o cualquier condición su Oferta y restricción que haya sido determinada entre el se encuentren vigentes al momento de la Invitación y la adjudicación del Contrato;
5.4.2 Condiciones meteorológicas y climáticas normales en emplazamiento presentación de la Obra;
5.4.3 Problemas misma. Si a la fecha de logística, ejecución la aceptación de la Oferta o coordinación y otras causas que se estén bajo el control del Contratista;
5.4.4 Dificultades financieras, operativas o laborales del Contratista o de cualquiera de sus subcontratistas o proveedores;
5.4.5 La rectificación necesaria de cualquier actividad que no se ajuste a las especificaciones;
5.5 La OIM podrá aprobar la solicitud de prórroga del Contratista en los casos siguientes:
5.5.1 Fuerza mayor, según lo expuesto en la Cláusula 22;
5.5.2 Órdenes de variación de Obra aprobadas que exijan al Contratista un plazo adicional para su ejecución, según lo acordado entre las Partes;
5.5.3 Incumplimiento de los plazos de pago por la OIM;
5.5.4 La prórroga solicitada no superará la duración del retraso de las Obras provocado por los motivos anteriormente expuestos.
5.6 Si la OIM no autoriza la ampliación de plazo solicitado, el Contratista estará obligado a pagarle con posterioridad a ésta, la multa estipulada en la cláusula 6.4 por cada día se presentaran modificaciones a estas normas técnicas o se expidieran unas nuevas, el CLIENTE asumirá los mayores costos derivados de retraso, hasta que finalice la Obra estos cambios y sea aceptada por la OIMFLENDER tendrá derecho a modificar el plazo de ejecución a conformidad.
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Samples: Condiciones Generales De Servicios
PLAZO DE EJECUCIÓN. 5.1 El plazo para la ejecución de las Obras correspondientes contratista está obligado a este Contrato es de XXXXXXXXXXXX días calendario para realizar los estudios de suelos, levantamientos topográficos, ajustes a diseños técnicos y construcción de las obras, contados a partir de la suscripción del Acta de inicio. Su vigencia se extiende hasta sesenta (60) días calendario después cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la ejecución realización del mismo. El tiempo , así como de los plazos parciales señalados fijados en el Apartado 22 del Cuadro de Características y el PPT, o los que se fijen como tales en la aprobación del programa de trabajo, salvo que con anterioridad a la finalización de su plazo de vigencia se usará para hacer sea declarada la liquidación centralización del Contrato.
5.2 El Contratista movilizará todos los recursos necesarios servicio por la autoridad competente del Ministerio de Hacienda y coordinará con la Interventoría y la OIM todas sus actividades, a fin de garantizar su finalización y entrega de la Obra en la fecha acordada en Función Pública. En el Acta de inicio.
5.3 En caso de que el Contratista no pueda finalizar plazo pudiera ser objeto de reducción, se estará a lo dispuesto en el Apartado 22 del Cuadro de Características y PPT. En tal caso, los licitadores podrán proponer en su oferta otro distinto, debidamente justificado. Dicho plazo será, en todo caso, igualo menor que el recogido en el citado Apartado 22. Si tal reducción fuera susceptible de puntuación para la Obra valoración de las ofertas, así se recogerá en el Apartado 18 del Cuadro de Características. En todos los casos se ajustará a los plazos parciales que se fijen en la fecha prevista aprobación del programa de trabajo para su ejecución sucesiva. El plazo máximo de duración del contrato no podrá ser superior al establecido en el número 4 del artículo 29 de la Cláusula 5.1, éste deberá solicitar una prórroga por escrito, explicando los motivos del retrasoLCSP, con por lo menos quince (15) días las excepciones establecidas en el número 7 para los contratos complementarios y, en su caso, en las respectivas normas presupuestarias que sean aplicables al ente contratante. Este plazo se señalará en el Apartado 22 .del Cuadro de antelación y deberá ser aprobada por Características. En el supervisor del Contrato.
5.4 La OIM no autorizará solicitudes caso de prórroga basadas en los motivos siguientes, entre otros:
5.4.1 La ubicación del proyecto, o cualquier condición y restricción que el expediente haya sido determinada entre declarado de tramitación urgente, por aplicación de lo dispuesto en el momento artículo 119 de la Invitación y la adjudicación del Contrato;
5.4.2 Condiciones meteorológicas y climáticas normales en emplazamiento LCSP, el plazo de inicio de la Obra;
5.4.3 Problemas ejecución del contrato no podrá exceder de logísticaun mes, ejecución contado desde la formalización. Los contratos de servicios que tengan por objeto la asistencia a la dirección de obra o coordinación y otras causas la gestión integrada de proyectos tendrán una duración igual a la del contrato de obras al que se estén bajo estuvieren vinculados más el control del Contratista;
5.4.4 Dificultades financieras, operativas o laborales del Contratista plazo estimado para proceder a la liquidación de las obras. En los contratos de suministros que incluyan servicios de instalación y/o de cualquiera mantenimiento de sus subcontratistas o proveedores;
5.4.5 La rectificación necesaria los bienes suministrados, de cualquier actividad que no se ajuste a las especificaciones;
5.5 La OIM podrá aprobar acuerdo con el artículo 29 de la solicitud de prórroga del Contratista en los casos siguientes:
5.5.1 Fuerza mayorLCSP, según lo expuesto en la Cláusula 22;
5.5.2 Órdenes de variación de Obra aprobadas que exijan al Contratista estos servicios podrán tener un plazo adicional para su ejecuciónde vigencia equivalente al de la vida útil del producto adquirido, según lo acordado entre con las Partes;
5.5.3 Incumplimiento de los plazos de pago por la OIM;
5.5.4 La prórroga solicitada no superará la duración condiciones y límites establecidos en las respectivas normas presupuestarias del retraso de las Obras provocado por los motivos anteriormente expuestosEstado.
5.6 Si la OIM no autoriza la ampliación de plazo solicitado, el Contratista estará obligado a pagarle a ésta, la multa estipulada en la cláusula 6.4 por cada día de retraso, hasta que finalice la Obra y sea aceptada por la OIM.
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PLAZO DE EJECUCIÓN. 5.1 El Aquellas ofertas que supongan una reducción del plazo de ejecución superior al 50 por 100 del plazo máximo total. A estos efectos, y para la posterior ejecución del contrato, es obligatorio la consignación de un número de fax y dirección de Internet, que son aceptadas como medios suficientes para acreditar las constancia fehaciente de las Obras correspondientes notificaciones. En el supuesto de que estos hechos se produzcan se notificará a este Contrato es de XXXXXXXXXXXX días calendario los interesados incursos en presunta temeridad, para realizar los estudios de suelos, levantamientos topográficos, ajustes a diseños técnicos y construcción de las obras, contados a partir que justifiquen documentalmente la baja económica de la suscripción del Acta proposición presentada y aseguren su normal cumplimiento. Esta documentación se deberá recibir, como máximo, en plazo de inicio. Su vigencia se extiende hasta sesenta (60) 4 días calendario después del plazo fijado para naturales advirtiéndoles que la ejecución del mismo. El tiempo de vigencia se usará para hacer la liquidación del Contrato.
5.2 El Contratista movilizará todos los recursos necesarios y coordinará con la Interventoría y la OIM todas sus actividades, a fin de garantizar su finalización y entrega falta o insuficiente justificación de la Obra baja temeraria dará lugar a la incautación de la garantía provisional previa declaración de temeridad por el órgano de contratación. La información aportada por el licitador presuntamente incurso en temeridad se remitirá a informe del servicio técnico correspondiente a efectos de que asesore lo que considere oportuno respecto a la fecha acordada posibilidad de cumplir normalmente la oferta presentada. A los mismos efectos se remitirá la oferta presentada en el Acta de inicio.
5.3 En caso de que no se aporte documentación. Si la adjudicación se realiza a favor de un empresario cuya proposición hubiese estado incursa inicialmente en temeridad, el Contratista no pueda finalizar órgano de contratación exigirá al contratista la Obra en la fecha prevista en la Cláusula 5.1, éste deberá solicitar constitución de una prórroga por escrito, explicando los motivos del retraso, con por lo menos quince (15) días de antelación y deberá ser aprobada garantía definitiva por el supervisor 10% del Contrato.
5.4 importe de adjudicación, que sustituirá a la del 5 por 100 caso de haberse exigido. La OIM no autorizará solicitudes falta de prórroga basadas en los motivos siguientes, entre otros:
5.4.1 La ubicación del proyecto, o cualquier condición y restricción que haya sido determinada entre el momento justificación de la Invitación oferta económica presentada y considerada como presuntamente temeraria, su insuficiente justificación a juicio de los servicios técnicos, e incluso la alegación de no poder hacer frente a la imposición de garantía definitiva por el 10% del importe de adjudicación, dará lugar a la incautación de la garantía provisional, caso de haberse exigido, previa declaración de temeridad por el órgano de contratación. Si el órgano de contratación, a la vista de lo anterior estima que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, acordará la adjudicación del Contrato;
5.4.2 Condiciones meteorológicas y climáticas normales en emplazamiento provisional a favor de la Obra;
5.4.3 Problemas siguiente proposición económicamente más ventajosa, de logísticaacuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas, ejecución o coordinación y otras causas que se estén bajo el control del Contratista;
5.4.4 Dificultades financieras, operativas o laborales del Contratista o estime que puede ser cumplida a satisfacción de cualquiera de sus subcontratistas o proveedores;
5.4.5 La rectificación necesaria de cualquier actividad la Administración y que no se ajuste a las especificaciones;
5.5 La OIM podrá aprobar la solicitud de prórroga del Contratista en los casos siguientes:
5.5.1 Fuerza mayor, según lo expuesto en la Cláusula 22;
5.5.2 Órdenes de variación de Obra aprobadas que exijan al Contratista un plazo adicional para su ejecución, según lo acordado entre las Partes;
5.5.3 Incumplimiento de los plazos de pago por la OIM;
5.5.4 La prórroga solicitada no superará la duración del retraso de las Obras provocado por los motivos anteriormente expuestossea considerada anormal o desproporcionada.
5.6 Si la OIM no autoriza la ampliación de plazo solicitado, el Contratista estará obligado a pagarle a ésta, la multa estipulada en la cláusula 6.4 por cada día de retraso, hasta que finalice la Obra y sea aceptada por la OIM.
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Samples: Suministro De Trajes De Intervención
PLAZO DE EJECUCIÓN. 5.1 12.1. El carácter vinculante de un plazo de ejecución supone un acuerdo por escrito, en particular sobre el alcance de la ejecución. El plazo de ejecución comenzará a partir del momento en que, a juicio del Contratista, se hayan cumplido todos las condiciones previas para la prestación de los Servicios.
12.2. El plazo de ejecución se considerará cumplido si, a su vencimiento, los Equipos están listos para funcionar según el uso previsto. Lo anterior se aplica asimismo incluso cuando falten determinadas partes de los Equipos o de la documentación o si aún hay que realizar trabajos de acabado final en los mismos.
12.3. El cumplimiento del plazo de ejecución quedará sujeto a la observancia de todas las obligaciones contractuales y extracontractuales que el Comitente tuviera frente al Contratista.
12.4. Las partes acordarán una ampliación razonable del plazo de ejecución que tenga en cuenta las circunstancias:
a) si el Contratista no recibe la información requerida para la prestación de los Servicios en tiempo útil o si el Comitente la modifica posteriormente; o
b) si el Comitente no cumple sus obligaciones en virtud del Contrato, en especial si no cumple sus obligaciones con arreglo a lo estipulado en la Cláusula 5 o si no observa sus obligaciones de pago previstas en la Cláusula 11 o si no lo hace en el plazo previsto a tal efecto; o
c) si se presentan impedimentos que el Contratista no puede evitar a pesar de actuar con la debida diligencia (fuerza mayor), independientemente de que se produzcan en las instalaciones del Contratista, en las del Comitente o en las de un tercero. Dichos impedimentos son, por ejemplo, epidemias, pandemias, movilizaciones, guerras, guerras civiles, actos de terrorismo, disturbios, revueltas políticas, revoluciones, sabotajes, fallos de funcionamiento importantes, accidentes, conflictos laborales, entregas retrasadas o defectuosas de los materiales necesarios, medidas u omisiones por parte de las Obras correspondientes autoridades, de organismos gubernamentales o supranacionales, recomendaciones a este Contrato es de XXXXXXXXXXXX días calendario para realizar los estudios de suelos, levantamientos topográficos, ajustes a diseños técnicos y construcción viajeros por parte de las obrasautoridades, contados a partir embargos, impedimentos imprevisibles de la suscripción del Acta de inicio. Su vigencia se extiende hasta sesenta (60transporte, incendios, explosiones, acontecimientos naturales; o
d) días calendario después del plazo fijado para la ejecución del mismo. El tiempo de vigencia se usará para hacer la liquidación del Contratosi surgen otras circunstancias no imputables al Contratista.
5.2 El Contratista movilizará todos los recursos necesarios y coordinará con la Interventoría y la OIM todas sus actividades, a fin de garantizar su finalización y entrega de la Obra en la fecha acordada en el Acta de inicio.
5.3 12.5. En caso de que el Contratista no pueda finalizar respete el plazo de ejecución por razones que se puedan demostrar que le son imputables, el Comitente podrá reclamar una indemnización por retraso si ha sufrido un perjuicio. Las partes acordarán el importe de la Obra indemnización por retraso, así como una indemnización máxima por tal concepto. Si se pacta la indemnización por retraso como un porcentaje por semana completa y como un porcentaje para la indemnización máxima por retraso, se tomará como base para el cálculo de la indemnización por retraso el precio de los Servicios de la parte de los Equipos que no puedan ponerse en la fecha prevista en la Cláusula 5.1, éste deberá solicitar una prórroga por escrito, explicando los motivos funcionamiento a su debido tiempo como consecuencia del retraso. Existe una compensación por retraso del 0,5% por semana completa hasta un máximo del 5%. Tras haberse alcanzado la indemnización máxima por retraso, con por lo menos quince (15) días de antelación y deberá ser aprobada por el supervisor del Contrato.
5.4 La OIM no autorizará solicitudes de prórroga basadas en los motivos siguientes, entre otros:
5.4.1 La ubicación del proyecto, o cualquier condición y restricción que haya sido determinada entre el momento de la Invitación y la adjudicación del Contrato;
5.4.2 Condiciones meteorológicas y climáticas normales en emplazamiento de la Obra;
5.4.3 Problemas de logística, ejecución o coordinación y otras causas que se estén bajo el control del Contratista;
5.4.4 Dificultades financieras, operativas o laborales del Contratista o de cualquiera de sus subcontratistas o proveedores;
5.4.5 La rectificación necesaria de cualquier actividad que no se ajuste a las especificaciones;
5.5 La OIM podrá aprobar la solicitud de prórroga del Contratista en los casos siguientes:
5.5.1 Fuerza mayor, según lo expuesto en la Cláusula 22;
5.5.2 Órdenes de variación de Obra aprobadas que exijan Comitente concederá al Contratista un período xx xxxxxx razonable por escrito. Si el Contratista no cumple en este período xx xxxxxx por razones que le sean imputables, el Comitente podrá negarse a recibir la parte de las prestaciones de los Servicios que se encuentren retrasadas, rescindir el contrato respecto de dicha parte de las prestaciones y reclamar los pagos ya realizados correspondientes a las prestaciones afectadas por la rescisión.
12.6. En caso de que se haya acordado una fecha concreta en lugar de un plazo adicional para su de ejecución, según lo acordado entre las Partes;esta fecha será equivalente al último día de un plazo de ejecución. Las cláusulas 12.1. a 12.7. se aplicarán por analogía.
5.5.3 Incumplimiento 12.7. El Comitente no podrá presentar ninguna otra reclamación ni ejercer ningún otro derecho como consecuencia del retraso en la prestación de los plazos de pago por Servicios que no sean los expresamente estipulados en la OIM;
5.5.4 La prórroga solicitada presente Cláusula 12. Esta restricción no superará la duración del retraso de las Obras provocado por los motivos anteriormente expuestos.
5.6 Si la OIM no autoriza la ampliación de plazo solicitado, se aplicará cuando el Contratista estará obligado a pagarle a ésta, la multa estipulada en la cláusula 6.4 por cada día de retraso, hasta que finalice la Obra y sea aceptada por la OIMactúe con intención dolosa o negligencia grave.
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Samples: Condiciones Generales De Montaje
PLAZO DE EJECUCIÓN. 5.1 El Plazo de ejecución
9.1 Si en la Documentación Contractual no se señalare una fecha determinada, el plazo para comenzará a contar desde la fecha de formalización del Contrato o Pedido.
9.2 Las Obras deberán estar finalizadas en la fecha prevista a tal efecto en la Documentación Contractual.
9.3 La anticipación de la fecha de finalización o la reducción en los plazos de ejecución o recepción, exigirán autorización previa y expresa de las Obras correspondientes la Sociedad Contratante de Redeia. En el caso de que ésta lo autorice, ello no implicará el adelanto en el pago de la totalidad o de parte del precio, respecto de cuando corresponda conforme a este Contrato es lo previsto en la Documentación Contractual, ni afectará a los plazos de XXXXXXXXXXXX días calendario para realizar los estudios de suelosgarantía, levantamientos topográficos, ajustes a diseños técnicos y construcción de las obras, contados que se contarán a partir de la suscripción del Acta de inicio. Su vigencia se extiende hasta sesenta (60) días calendario después del plazo fijado para la ejecución del mismo. El tiempo de vigencia se usará para hacer la liquidación del Contratofecha prevista en ella.
5.2 9.4 El Contratista movilizará todos los recursos necesarios y coordinará con Proveedor se obliga a cumplir, no solo la Interventoría y la OIM todas sus actividades, a fin fecha de garantizar su finalización y entrega de la Obra o recepción fijada en la Documentación Contractual, sino también todas y cada una de las fechas
9.5 La fecha acordada en de finalización o recepción no puede retrasarse, ni el Acta plazo de inicio.
5.3 ejecución prorrogarse, salvo por hechos atribuibles a la Sociedad Contratante de Redeia y reconocidos por ella, o por causas de fuerza mayor. En caso de que se debiera a hechos atribuibles a la Sociedad Contratante de Redeia y reconocidos por ella, el Contratista no Proveedor tendrá derecho a una prórroga por el plazo demorado. En caso de que se debiera a hechos atribuibles a la Sociedad Contratante de Redeia y reconocidos por ella, el Proveedor tendrá derecho a una prórroga por el plazo demorado. En caso de que se debiera a causas de fuerza mayor, se estará a lo previsto en la Condición 20.7. Para que el retraso determinado por dichos hechos o causas pueda finalizar ser tenido en consideración es, además, requisito imprescindible que su comienzo y terminación sean puestos por el Proveedor en conocimiento de la Obra Sociedad Contratante de Redeia, por escrito y en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles a contar desde que se produzca.
9.6 El Proveedor se obliga a poner, a su exclusiva cuenta, todos los medios que razonablemente estén a su alcance para recuperar, en cuanto sea posible, cualquier retraso en la fecha prevista de finalización o entrega, o en el plazo de ejecución, incluso cuando el retraso esté justificado. Finalización de las Obras. Subsanación xx xxxxxx o defectos observados
(i) Recepción provisional
9.7 Finalizado el plazo de ejecución de las Obras, el Proveedor lo comunicará a la Cláusula 5.1, éste deberá solicitar una prórroga por escrito, explicando los motivos del retraso, con por lo menos quince (15) días Sociedad Contratante de antelación y deberá ser aprobada por el supervisor del ContratoRedeia a la mayor brevedad posible para que se lleve a cabo la recepción provisional.
5.4 9.8 El Proveedor entregará, a requerimiento de la Sociedad Contratante de Redeia, un Informe de Finalización. La OIM Sociedad Contratante de Redeia efectuará, en su caso, un examen de la documentación presentada.
9.9 En caso de que se estimasen incumplidas todas o algunas de las ejecuciones del Contrato o Pedido, la Sociedad Contratante de Redeia lo comunicará por escrito al Proveedor a fin de que subsane las faltas o los defectos observados, haciendo constar en dicho escrito el plazo otorgado para ello y las instrucciones que estime oportunas.
9.10 Si el Proveedor no autorizará solicitudes subsanase en plazo las faltas o los defectos observados comunicados, la Sociedad Contratante de Redeia podrá aplicar al Proveedor las penalizaciones por falta de subsanación de defectos en plazo, que prevé la Condición 14.
9.11 Si el Proveedor renunciare a la subsanación de las faltas o los defectos observados comunicados o estos fueren insubsanables, la Sociedad Contratante de Redeia podrá aplicar al Proveedor las penalizaciones por renuncia a la subsanación o defectos insubsanables, que prevé la Condición 14, y quedará exonerada de la obligación de pago del precio o, en su caso, tendrá derecho a la recuperación del precio satisfecho. Lo anterior se entiende sin perjuicio de la reclamación de daños y perjuicios por parte de la Sociedad Contratante de Redeia.
9.12 Los plazos otorgados por la Sociedad Contratante de Redeia al Proveedor para la subsanación xx xxxxxx o defectos observados, no tendrán en ningún caso la consideración de prórroga basadas en los motivos siguientes, entre otros:
5.4.1 La ubicación del proyecto, o cualquier condición y restricción que haya sido determinada entre el momento de la Invitación y la adjudicación del Contrato;
5.4.2 Condiciones meteorológicas y climáticas normales en emplazamiento de la Obra;
5.4.3 Problemas de logística, ejecución o coordinación y otras causas que se estén bajo el control del Contratista;
5.4.4 Dificultades financieras, operativas o laborales del Contratista o de cualquiera de sus subcontratistas o proveedores;
5.4.5 La rectificación necesaria de cualquier actividad que no se ajuste a las especificaciones;
5.5 La OIM podrá aprobar la solicitud de prórroga del Contratista en los casos siguientes:
5.5.1 Fuerza mayor, según lo expuesto en la Cláusula 22;
5.5.2 Órdenes de variación de Obra aprobadas que exijan al Contratista un plazo adicional para su ejecución, según lo acordado entre las Partes;
5.5.3 Incumplimiento de los plazos contractuales siendo, en consecuencia, de pago aplicación al Proveedor el régimen de penalizaciones y el de responsabilidad por la OIM;
5.5.4 La prórroga solicitada no superará la duración del retraso de las Obras provocado daños y perjuicios que puedan derivarse por los motivos anteriormente expuestosincumplimiento.
5.6 Si la OIM no autoriza la ampliación de plazo solicitado, el Contratista estará obligado a pagarle a ésta, la multa estipulada en la cláusula 6.4 por cada día de retraso, hasta que finalice la Obra y sea aceptada por la OIM.
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Samples: Construction Contract
PLAZO DE EJECUCIÓN. 5.1 El plazo para la ejecución de las Obras correspondientes a este Contrato es de XXXXXXXXXXXX días calendario para realizar los estudios de suelos, levantamientos topográficos, ajustes a diseños técnicos y construcción de las obras, contados a partir de la suscripción del Acta de inicio. Su vigencia se extiende hasta sesenta (60) días calendario después del plazo fijado para la ejecución del mismo. El tiempo de vigencia se usará para hacer la liquidación del Contrato.
5.2 El Contratista movilizará todos los recursos necesarios y adecuados, y coordinará con la Interventoría y la OIM todas sus actividades, actividades a fin de garantizar su finalización el inicio de la Obra el [fecha] y la ejecución y entrega de la Obra en a la OIM antes del [fecha] (“fecha acordada en el Acta de inicioejecución”).
5.3 5.2 En caso de que el Contratista no pueda finalizar la Obra en la [fecha de ejecución] fecha prevista en la Cláusula 5.1, éste deberá podrá solicitar una prórroga por escrito, explicando los motivos del retraso, con por lo menos quince (15) días de antelación y deberá ser aprobada por el supervisor del Contrato.
5.4 . La OIM no autorizará solicitudes de prórroga basadas en los motivos siguientes, entre otros:
5.4.1 : La ubicación del proyecto, o cualquier condición y restricción que haya sido determinada entre el momento de la Invitación licitación y la adjudicación del Contrato;
5.4.2 ; Condiciones meteorológicas y climáticas normales en el emplazamiento de la Obra;
5.4.3 ; Problemas de logística, ejecución o coordinación y otras causas que se estén bajo el control del Contratista;
5.4.4 ; Dificultades financieras, operativas o laborales del Contratista o de cualquiera de sus subcontratistas o proveedores;
5.4.5 ; La rectificación necesaria de cualquier actividad elemento de obra que no se ajuste a las especificaciones;
5.5 ; y La naturaleza y las condiciones del terreno. La OIM podrá aprobar revisar la fecha de ejecución, tal y como se indica en la Cláusula 5.1, en respuesta a la solicitud de prórroga del Contratista en por cualquiera de los casos siguientes:
5.5.1 siguientes motivos: Fuerza mayor, según lo expuesto en la Cláusula 22;
5.5.2 16; Órdenes de variación de Obra obra aprobadas que exijan al Contratista un plazo adicional para su ejecución, según lo acordado entre las Partes;
5.5.3 ; Incumplimiento por parte de la OIM de los plazos de pago por la OIM;
5.5.4 los trabajos ejecutados. La prórroga solicitada no superará la duración de la paralización o del retraso de las Obras obras provocado por los motivos anteriormente expuestos.
5.6 . Si la OIM Obra no autoriza se concluye en la ampliación fecha de plazo solicitadoejecución estipulada en la Cláusula 5.1, el Contratista estará obligado pagará a pagarle a ésta, la multa estipulada en OIM una indemnización por daños y perjuicios equivalente al 0,1% (la cláusula 6.4 décima parte del uno por ciento) del precio total del Contrato por cada día de retraso, hasta que finalice la Obra y sea aceptada por la OIMOIM de conformidad con la Cláusula 4.7. La OIM podrá conceder a su juicio una prórroga condicional del plazo durante la cual no se considerará la Obra en retraso; no obstante, en caso de que la Obra no se finalice durante dicho periodo de prórroga, se calculará el monto de la indemnización por daños y perjuicios por el retraso incurrido, conforme se dispone en el presente, a partir de la fecha de ejecución inicial, anterior a la concesión de la prórroga. Si alguna de las Partes rescinde el Contrato después de la fecha de ejecución estipulada debido a que la Obra no ha sido ejecutada, el Contratista pagará a la OIM una indemnización por daños y perjuicios equivalente al 0,1% (la décima parte del uno por ciento) del precio total del Contrato por cada día que pase desde la fecha de ejecución hasta la fecha de notificación de la rescisión.
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Samples: Construction Agreement