POLÍTICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Cláusulas de Ejemplo

POLÍTICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. De conformidad con lo establecido en la Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento, el Contratante y/o Asegurado autoriza de forma expresa a que sus datos personales sean registrados en el banco de datos personales de titularidad de la Compañía, ubicado en Xx. Xxxxxxx x Xxxxxxx X° 380, piso 11, San Xxxxxx para el tratamiento y transferencia, nacional e internacional de sus datos personales, incluyendo sus datos sensibles a fin de ejecutar, gestionar y administrar la relación contractual que mantiene con la Compañía, ejecutar los contratos de coaseguros y/o reaseguros que pudiera celebrar la Compañía a favor del Asegurado, así como para fines comerciales e informativos tales como el envío de publicidad, promociones o comunicaciones en general de diferentes productos o servicios de la Compañía, así como la realización de encuestas sobre los alcances de los productos y/o servicios de la Compañía. Los datos proporcionados podrán ser incorporados, para las mismas finalidades antes detalladas en el párrafo precedente, en los bancos de datos de empresas que forman parte del Grupo Económico al cual pertenece la Compañía y/o de terceros con los que éstas mantengan una relación contractual. En caso de no proporcionar los datos personales antes solicitados, la Compañía no podrá realizar a favor del Asegurado las finalidades antes indicadas. El Contratante y/o Asegurado queda facultado a ejercitar los derechos de información, acceso, rectificación, supresión o cancelación y oposición de acuerdo al procedimiento establecido por la Compañía y que se encuentra a disposición del Asegurado a través de cualquiera de los medios establecidos en el artículo 25° de las Condiciones Generales.
POLÍTICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. ARTÍCULO N° 31 CORREDORES DE SEGUROS
POLÍTICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. De conformidad con lo establecido en la Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento, el Asegurado autoriza de forma expresa a la Compañía, el tratamiento y transferencia, nacional e internacional, de sus datos personales y datos sensibles de conformidad con lo dispuesto por la normativa aplicable para la ejecución del Contrato de Seguros, así como para fines comerciales tales como el envío de publicidad y promociones de diferentes productos o servicios de la Compañía. Asimismo autoriza en forma expresa a que la Compañía encargue el tratamiento de los datos personales a un tercero y que realice un procesamiento automatizado o no con dichos terceros. Los datos proporcionados podrán ser incorporados, con las mismas finalidades a las bases de datos de empresas que forman parte del Grupo Económico al cual pertenece la Compañía y/o de terceros con los que éstas mantengan una relación contractual. El Asegurado queda facultado a ejercitar los derechos de información, acceso, rectificación, supresión o cancelación y oposición de acuerdo al procedimiento establecido por la Compañía y que se encuentra a disposición del Asegurado a través de cualquiera de los medios establecidos en el artículo 26° de las Condiciones Generales.
POLÍTICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. De conformidad con lo establecido en la Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento, la Compañía informa al Contratante y/o Asegurado que sus datos personales serán registrados en el banco de datos personales de titularidad de la Compañía, ubicado en Av. Xxxxxxx x Xxxxxxx X° 380, piso 11, San Xxxxxx, incluyendo sus datos sensibles, para la preparación, celebración y ejecución del contrato de seguros, así como gestionar y administrar la relación contractual que mantiene con la Compañía, ejecutar los contratos de coaseguros y/o reaseguros que pudiera celebrar la Compañía a favor del Asegurado, incluyendo la realización de encuestas de satisfacción sobre los alcances de los productos y/o servicios de la Compañía. El tratamiento de los datos podrá ser encargado, para las mismas finalidades detalladas en el párrafo precedente, a las empresas que forman parte del Grupo Económico al cual pertenece la Compañía y/o de terceros con los que mantenga una relación contractual, de acuerdo a la lista que se actualizará permanentemente en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. En caso de no proporcionar los datos personales antes solicitados, la Compañía no podrá realizar a favor del Asegurado las finalidades antes indicadas. El encargo del tratamiento no constituye una transferencia y se enmarca en lo establecido en el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales. El Contratante y/o Asegurado queda facultado a ejercitar sus derechos de información, acceso, rectificación, supresión o cancelación y oposición llenando el formulario al que puede acceder a través de la página web señalada en el segundo párrafo de este artículo y remitiéndolo a xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx o de manera presencial en la dirección señalada en este artículo, debiendo presentar y/o adjuntar copia de su Documento de Identidad y de ser el caso, la documentación que acredite su representación legal. Los datos personales proporcionados serán conservados durante la vigencia de la relación contractual celebrada con el Contratante y/o Asegurado, más el plazo establecido por la legislación vigente. Vencido este plazo los datos personales serán suprimidos, anonimizados o disociados.
POLÍTICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. PANDERO garantiza la seguridad y confidencialidad en el tratamiento de los datos de carácter personal facilitado por el Asociado, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N°29733, Ley de Protección de Datos Personales y/o sus normas reglamentarias, complementarias, modificatorias, sustitutorias y demás disposiciones aplicables. Los datos personales serán incorporados a la base de datos de titularidad de PANDERO SA EAFC, que serán utilizados en la gestión administrativa y comercial. El ASOCIADO autoriza a PANDERO a conservar sus datos hasta cinco (05) años después de liquidado el Grupo, según lo establecido en el artículo 49 del Reglamento del Sistema de Fondos Colectivos y de sus Empresas Administradoras. El Asociado se puede oponer al tratamiento de sus datos personales para usos distintos de los referidos al servicio de administración de Fondos Colectivos que presta PANDERO. Asimismo, el Asociado podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición cuando lo requiera, comunicándolo al titular del banco de datos, a través de los medios establecidos en el presente Contrato.
POLÍTICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. De conformidad con lo establecido en la Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento, el Asegurado autoriza de forma expresa a la Compañía, el tratamiento y transferencia, nacional e internacional, de sus datos personales y datos sensibles de conformidad con lo dispuesto por la normativa aplicable para la ejecución del Contrato de Seguros, ejecución de los contratos de coaseguros y/o reaseguros que pudiera celebrar la Compa ñía, así como para fines comerciales tales como el envío de publicidad y promociones de diferentes productos o servicios de la Compañía. Asimismo autoriza en forma expresa a que la Compañía encargue el tratamiento de los datos personales a un tercero y que realice un procesamiento automatizado o no con dichos terceros. Los datos proporcionados podrán ser incorporados, con las mismas finalidades a las bases de datos de empresas que forman parte del Grupo Económico al cual pertenece la Compañía y/o de terceros con los que éstas mantengan una relación contractual. El Asegurado queda facultado a ejercitar los derechos de información, acceso, rectificación, supresión o cancelación y oposición de acuerdo al procedimiento establecido por la Compañía y que se encuentra a disposición del Asegurado a través de cualquiera de los medios establecidos en el artículo 26° de las Condiciones Generales.
POLÍTICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. ARTICULO N° 31 CORREDORES DE SEGUROS ARTICULO N° 32 INDISPUTABILIDAD ARTICULO N° 33 PÓLIZA ELECTRÓNICA ARTICULO N° 34 DECLARACION De conformidad con las declaraciones contenidas en la Solicitud de Seguro o en la comunicación escrita presentada por el Contratante y/o Asegurado, la cual se adhiere y forma parte integrante de este Contrato de Seguro y cuya veracidad constituye causa determinante para su celebración; y asimismo de acuerdo a lo estipulado en estas Condiciones Generales del Seguro de Xxxx Xxx para Trabajadores, Condiciones Particulares, Especiales, Endosos y Anexos que se adhieran a esta Póliza (en adelante, la “Póliza”); BNP Paribas Cardif S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros (en adelante la “Compañía”) conviene en amparar al Asegurado contra los riesgos expresamente contemplados en la Póliza, en los términos y condiciones siguientes:

Related to POLÍTICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • Operación EL CLIENTE podrá dar instrucciones x XXXXX para la compra o para la venta de valores, las cuales tendrán el carácter de irrevocables y deberán contener todas las características necesarias para la plena identificación de los valores materia de las mismas, telefónica o escrita, o a través de los medios electrónicos, de cómputo o telecomunicación con que cuente BANSI. La celebración de la compraventa de valores se hará a precios xx xxxxxxx y BANSI deberá confirmar a EL CLIENTE la celebración de éstas, en el estado de cuenta que se le envíe. BANSI se reserva el derecho de exigir la confirmación por escrito de todas aquellas instrucciones que EL CLIENTE le haya otorgado por otros medios diversos al escrito. BANSI se reserva el derecho de corroborar la existencia de la orden o instrucción y el solicitar su confirmación por los medios que juzgue convenientes, pudiendo el BANSI dejar en suspenso la ejecución de la instrucción hasta en tanto el CLIENTE no confirme de manera fehaciente la misma. En este supuesto, al no recibir la confirmación del CLIENTE, el BANSI quedará liberado de la obligación de darle cumplimiento y por lo mismo no tendrá responsabilidad alguna derivada de su inejecución por cambios en los precios xxx xxxxxxx, conclusión de los horarios de operación u otros de naturaleza semejante, sino hasta en tanto reciba la confirmación correspondiente. BANSI invariablemente cargará o abonará a la “Cuenta Eje” de EL CLIENTE, los recursos resultantes de dichas operaciones. BANSI se sujetará a las instrucciones de EL CLIENTE. En lo no previsto expresamente: a) BANSI consultará a EL CLIENTE siempre que lo permita la naturaleza del negocio; b) BANSI se encuentra facultado para actuar discrecionalmente, hará lo que la prudencia le dicte, cuidando del negocio como propio. Si BANSI juzga perjudicial para EL CLIENTE la ejecución de las instrucciones, podrá suspender dicha ejecución, comunicándolo a EL CLIENTE lo más rápidamente posible, en espera de nuevas instrucciones o ratificación de las mismas.

  • DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES Los documentos y datos que deben presentar los licitantes para participar en la presente Invitación se encuentran enlistados en el ANEXO 2 de la presente Convocatoria.

  • DATOS DE CONTACTO Unidad Especializada de Atención de Consultas y Reclamaciones de Chubb Seguros México, S.A. (UNE): Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF)

  • XXXXX 000. Xxxxxxxx

  • MONTO “LAS PARTES” convienen en que el monto por los servicios objeto del presente contrato asciende a la cantidad de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), más $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), siendo un importe total de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX). Los precios por los servicios materia del presente contrato serán fijos durante la vigencia del mismo y serán los establecidos en la propuesta económica de “EL PROVEEDOR”.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.