Premios de antigüedad Cláusulas de Ejemplo

Premios de antigüedad. El personal de plantilla recibirá, en concepto de premio de antigüedad, un 0.8% xxx xxxxxx base de su nivel, por cada tres años de servicio a la Compañía, hasta un máximo de doce trienios. A estos únicos efectos, la antigüedad de los TCP se computará teniendo en cuenta el tiempo efectivo de servicio en la Compañía, independientemente de los grupos laborales en que hayan estado encuadrados.
Premios de antigüedad. La empresa continuará concediendo un premio de antigüedad, consistente en el importe de 1 mensualidad xx xxxxxxx, según el promedio de los percibidos en los 12 meses anteriores a la fecha de cálculo, excluyendo los importes percibidos por horas extraordinarias, gratificaciones reglamentarias o voluntarias y cualquier otro concepto accidental y no teniendo en cuenta aquellos meses en los que, por enfermedad, accidente de trabajo, permisos concedidos y otras causas justificadas, no se reúna la condición de normalidad, a los trabajadores que a 30 xx xxxxx de cada año, fecha en que se hará el pago, acrediten una antigüedad de 25 años de servicios ininterrumpidos en la empresa y en su expediente no existan sanciones por faltas graves. No interrumpirá el cómputo de la antigüedad la existencia de una excedencia concedida por la empresa y que sea inferior a 1 año, y sólo se exigirá que dicho período se recupere hasta alcanzar la antigüedad prevista; por el contrario, si ha existido interrupción por baja en el trabajo y se ha prolongado más de 1 año, no se tendrá en cuenta el período anterior a la interrupción. Los premios consistirán en 2 mensualidades xx xxxxxxx para los trabajadores que acrediten una antigüedad de 40 años, según las condiciones antes expresadas. En ambos casos se entregará a los trabajadores premiados una placa conmemorativa. Con ocasión del cumplimiento de estos aniversarios en la empresa, los trabajadores tendrán permiso retribuido en la jornada de entrega de distinciones.
Premios de antigüedad. Por la antigüedad y permanencia en el Ayuntamiento xx Xxxxxx se fijan como premios:
Premios de antigüedad. Al personal que en el transcurso de cada año de vigencia del convenio cumpla los años de servicio a la empresa, que a continuación se indica, se le compensará conforme a lo siguiente: Año 2021: — 25 años: 1.722,71 euros. — 40 años: 2.120,27 euros. Año 2022 y sucesivos: — 25 años: 1.826,07 euros y un día de permiso retribuido el año que se cumple el 25 ani- versario. — 35 años: 2.247,49 euros y dos días de permiso retribuido el año que se cumple el 35 aniversario. — Excepcionalmente, aquellas personas que hayan acumulado en el año 2022, 36, 37, 38, 39 y 40 años también recibirán 2.247,49 euros y dos días de permiso retribuido. Las cantidades serán líquidas y su importe se abonará antes del mes de julio. A partir del año 2022 se añadirán los días de permiso relacionados en el párrafo anterior.

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.