PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN. 18.1.- El órgano de contratación dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCSP, de conformidad con lo previsto en el artículo 210 y siguientes de la misma, ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar por razones de interés público los contratos y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente, y acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) y en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP). 18.2.- Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme a lo previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio del derecho de interposición de recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 18.3.- Procederá la interposición de recurso especial en materia de contratación en los supuestos previstos en el artículo 40 del TRLCSP. 18.4.- Procederá la interposición de cuestiones de nulidad en los términos y con arreglo al procedimiento señalado al efecto en el artículo 39 del TRLCSP. Fecha de emisión de la firma:24/04/2017 Documento firmado digitalmente. Código Seguro de Verificación:DV0jzCMjzp/bRod2RvkF CN=XXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXX OU=AREA DE TRANSPARENCIA HACIENDA Y BUEN GOBIERNO CN=XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO CN=XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO El documento consta de un total de:28 página/s. Página 23 de 28.
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios
PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN. 18.1.- El órgano de contratación dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCSP, de conformidad con lo previsto en el artículo 210 y siguientes de la misma, ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar por razones de interés público público, los contratos y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente, y acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y pie_firma_corto_dipu_01 Código seguro de verificación (CSV): ECC7FCD2706365C0E03A Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx(Xxxxxxxxxx de documentos) Firmado por Secretaria General XXXXX XXXXXX XXXXXX el 12/6/2018 efectos señalados en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el la LCSP y disposiciones que se aprueba dicten en su desarrollo. Los acuerdos que dicte el texto refundido órgano de contratación, previo informe de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) y Asesoría Jurídica, en el Reglamento General ejercicio de la Ley sus prerrogativas de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP).
18.2.- interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme a lo al previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio del derecho de interposición de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo dispuesto previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
18.3.- Procederá . Las empresas extranjeras estarán sometidas a los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto puedan surgir del contrato. pie_firma_corto_dipu_01 Código seguro de verificación (CSV): ECC7FCD2706365C0E03A Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx(Xxxxxxxxxx de documentos) Firmado por Secretaria General XXXXX XXXXXX XXXXXX el 12/6/2018 MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE A QUE SE REFIERE LA CLÁUSULA 7 XXX XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES, PARA D/Dña. , con DNI/NIE nº , natural de provincia de , mayor de edad y con domicilio en C/ número , teléfono actuando en nombre propio (o en representación de ,), y a efectos de participación en el procedimiento abierto, varios criterios de adjudicación, puesto en marcha por el Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil, para la interposición contratación de recurso especial la explotación del bar de la caseta municipal de la Feria Real y del Festival xxx Xxxxx Grande de 2018 de Puente Genil Que se compromete a someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en materia su caso, al foro jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. . Xxxxx, fecha y firma del licitador o su representante. pie_firma_corto_dipu_01 Código seguro de verificación (CSV): ECC7FCD2706365C0E03A Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx(Xxxxxxxxxx de documentos) Firmado por Secretaria General XXXXX XXXXXX XXXXXX el 12/6/2018 D/Dña. , con DNI/NIE nº , natural de provincia de , mayor de edad y con domicilio en C/ número , teléfono actuando en nombre propio (o en representación de ,), y a efectos de participación en el procedimiento abierto, varios criterios de adjudicación, puesto en marcha por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx Genil, para la contratación de la explotación del bar de la caseta municipal de la Feria Real y del Festival xxx Xxxxx Grande de 2018 de Puente Genil Siendo el nombre del representante o apoderado único D. y los nombres y circunstancias de los que constituyen la Unión Temporal los siguientes: D. participación % D. participación % D. participación % Que se comprometen a constituirse formalmente como Unión Temporal, en caso de resultar adjudicatario del contrato conforme a la cláusula séptima del (PCAP). Lugar fecha y firma del licitador o su representante. pie_firma_corto_dipu_01 Código seguro de verificación (CSV): ECC7FCD2706365C0E03A Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx(Xxxxxxxxxx de documentos) Firmado por Secretaria General XXXXX XXXXXX XXXXXX el 12/6/2018 D/Dña. , con DNI/NIE nº , natural de provincia de , mayor de edad y con domicilio en C/ número , teléfono actuando en nombre propio (o en representación de ,), y a efectos de participación en el procedimiento abierto, varios criterios de adjudicación, puesto en marcha por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx Genil, para la contratación de la explotación del bar de la caseta municipal de la Feria Real y del Festival xxx Xxxxx Grande de 2018 de Puente Genil Que para la remisión de las notificaciones electrónicas en este procedimiento en la dirección electrónica habilitada para la práctica de notificaciones electrónicas es ………………………………………………………… En caso de que se produjera una alteración de los datos declarados en el presente anexo a lo largo de la licitación o ejecución del contrato, me comprometo a presentar de nuevo ante el órgano de contratación este anexo debidamente cumplimentado con los datos actualizados. Mi empresa es una PYME: indicar SI o NO.----------------------------- pie_firma_corto_dipu_01 Código seguro de verificación (CSV): ECC7FCD2706365C0E03A Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx(Xxxxxxxxxx de documentos) Firmado por Secretaria General XXXXX XXXXXX XXXXXX el 12/6/2018 “Don con DNI nº natural de provincia de , mayor de edad y con domicilio en , C/ , nº , teléfono , actuando en nombre propio (o en representación de (nombre de la empresa, con NIF y domicilio social) ,), manifiesta que, enterado del procedimiento puesto en marcha por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx Genil para EXPLOTACIÓN DEL BAR DE LA CASETA MUNICIPAL DE LA FERIA XXXX X XXX XXXXXXXX XXX XXXXX XXXXXX, XX 0000, XX XXXXXX XXXXX, conforme con todos los supuestos previstos requisitos y condiciones que se exigen para su adjudicación tanto en el artículo 40 del TRLCSP.
18.4.- Procederá la interposición Pliego de cuestiones Cláusulas Administrativas Particulares, como en el de nulidad Prescripciones Técnicas y sus anexos respectivos, que han de regir dicha licitación, se compromete a asumir el cumplimiento de dicho contrato y a pagar por él al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx Genil un canon de pie_firma_corto_dipu_01 Código seguro de verificación (CSV): ECC7FCD2706365C0E03A Este documento es una copia en los términos papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx(Xxxxxxxxxx de documentos) Firmado por Secretaria General XXXXX XXXXXX XXXXXX el 12/6/2018 Don con DNI nº natural de provincia de , mayor de edad y con arreglo al domicilio en , C/ , nº , teléfono , actuando en nombre propio (o en representación de (nombre de la empresa, con NIF y domicilio social) ,), manifiesta que, enterado del procedimiento señalado al efecto puesto en marcha por el Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil para EXPLOTACIÓN DEL BAR DE LA CASETA MUNICIPAL DE LA FERIA XXXX X XXX XXXXXXXX XXX XXXXX XXXXXX, XX 0000, XX XXXXXX XXXXX, conforme con todos los requisitos y condiciones que se exigen para su adjudicación tanto en el artículo 39 del TRLCSP. Fecha Pliego de emisión Cláusulas Administrativas Particulares, como en el de la firma:24/04/2017 Documento firmado digitalmente. Código Seguro Prescripciones Técnicas y sus anexos respectivos, que han de Verificación:DV0jzCMjzp/bRod2RvkF CN=XXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXX OU=AREA DE TRANSPARENCIA HACIENDA Y BUEN GOBIERNO CN=XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO CN=XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO El documento consta regir dicha licitación, se compromete a asumir el cumplimiento de dicho contrato aplicando un descuento en porcentaje total de:28 página/s. Página 23 sobre el listado de 28.completo de bebidas y comidas contenido en el Pliego de Prescripciones Técnicas de % Así mismo presento un listado de precios donde se ha aplicado dicho descuento sobre todas las bebidas y platos, siendo el siguiente (añadir precios)
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Samples: Contrato De Explotación Del Bar
PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN. 18.1.- El 34.1. Por tratarse de un contrato administrativo, el órgano de contratación dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCSPpodrá ejercer, de conformidad con lo previsto en el artículo 210 y la legislación vigente, las siguientes prerrogativas: — Facultad de la misma, ostenta la prerrogativa de Administración para interpretar los contratos administrativos y resolver unilateralmente las dudas que ofrezca su cumplimientoel contenido y cumplimiento del contrato, siempre en aras del interés público y sin desviarse de este, con la particularidad de que, en caso de discrepancia del contratista, resulta preceptivo el dictamen del Órgano Consultivo competente. Igualmente— La facultad de modificar, podrá modificar exclusivamente por razones razón de interés público y atendiendo al fin propio del contrato, los contratos y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente, celebrados y acordar su resolución y determinar los efectos de éstaresolución, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el Real Decreto Legislativo 3/2011la Ley. Una variante de este poder de modificación es la facultad de suspensión del contrato, siempre que se levante acta en las que se consignen las circunstancias que lo justifican y se indemnice al contratista por los daños y perjuicios sufridos. — Poder de dirección y control, que faculta a la Administración para dar órdenes e instrucciones al contratista bajo la amenaza, en caso de desobediencia o de incumplimiento, de 14 imposición de noviembre por las sanciones, que tienen carácter coercitivo, previstas en el que se aprueba el texto refundido contrato x Xxxxxx de Condiciones. — Ejecutividad de los Acuerdos del órgano de contratación, aunque en este caso será preceptivo informe de la Ley Secretaría Municipal o dictamen del Consejo de Contratos Estado u Órgano Consultivo equivalente (trámites que pretenden garantizar la legalidad del Sector Público acto), según los supuestos. — La obligación de anular los contratos indebidamente celebrados, previo dictamen habilitante del Órgano Consultivo (TRLCSP) y artículo 64 LCAP). En el correspondiente expediente se dará audiencia al contratista. Los acuerdos que dicte el Órgano de contratación en el Reglamento General ejercicio de la Ley sus prerrogativas de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP)interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.
18.2.- 34.2. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos administrativos, serán resueltas por el órgano Órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra y, los mismos habrá lugar a recurso mismos, podrán ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, conforme a lo previsto por dispuesto en la Ley reguladora Reguladora de dicha jurisdicciónJurisdicción. Técnico de Administración General D. con D.N.I. nº en nombre y representación de la Sociedad , sin perjuicio del derecho con C.I.F. Que la empresa a la que representa, sus administradores y representantes, así como el firmante, no están incursos en ninguna de interposición de recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo dispuesto las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en los artículos 123 y 124 el artículo 20 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común Contratos de las Administraciones Públicas.
18.3.- Procederá la interposición , texto Refundido aprobado por Real decreto Legislativo 2/2000, de recurso especial en materia de contratación en los supuestos previstos en el artículo 40 del TRLCSP.
18.4.- Procederá la interposición de cuestiones de nulidad 16 xx xxxxx, en los términos y condiciones previstos en el mismo. Asimismo, declara que la citada empresa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con arreglo al procedimiento señalado al efecto el Estado y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, y con el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, entendiendo por tales las previstas en el artículo 39 13.1 letras b), c), d) y e) del TRLCSPRGLCAP y autoriza a la Administración contratante para que, de resultar propuesto como adjudicatario, acceda a la citada información a través de las bases de datos de otras Administraciones Públicas con las que haya establecido convenios. Fecha de emisión de la firma:24/04/2017 Documento firmado digitalmenteLISTADO DEL PERSONAL DEL C.A.I. “La Xxxxxxx” APELLIDOS NOMBRE DNI CONTRATO ANTIGÜEDAD CATEGORIA TITULACION XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXXXX 00000000-X INDEFINIDO 02/09/1998 DIRECTORA MAGISTERIO EN EDUCACION INFANTIL XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX 09038221-A INDEFINIDO 01/01/2005 TCO. Código Seguro de Verificación:DV0jzCMjzp/bRod2RvkF CN=ESPECIALISTA TECNICO SUPERIOR EN EDUCACION INFANTIL XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX 03113350-R INDEFINIDO 01/01/2005 TCO. ESPECIALISTA TECNICO ESPECIALISTA XXXXXXX BARRIO M XXX XXXXXXXX XXXXX 03118092-M INDEFINIDO 01/01/2005 TCO. ESPECIALISTA MAGISTERIO EN EDUCACION INFANTIL XXXXX XXXXXX M XXXX 03134612-B FIN DE OBRA 10/07/2007 TCO. ESPECIALISTA MAGISTERIO EN EDUCACION INFANTIL XXXXXX PUEBLA XXXXX 03132028-A FIN DE OBRA 08/03/2007 TCO. ESPECIALISTA MAGISTERIO EN EDUCACION INFANTIL XXXXXXX OU=AREA XXXXX XXXXXX 03137083-K FIN DE TRANSPARENCIA HACIENDA Y BUEN GOBIERNO CN=XXXX OBRA 29/10/2007 TCO. ESPECIALISTA TÉCNICO SUPERIOR EN EDUCACIÓN INFANTIL XXXXX XXXXXXX OU=AREA XXXXXXXX 45688576-L FIN DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO CN=XXXX OBRA 29/01/2007 ASISTENTE INFANTIL AUXILIAR JARDIN DE INFANCIA XXXXX XXXXXXX OU=AREA XXXXXX M AURORA 01804599-L INDEFINIDO 01/09/2005 LIMPIADORA ****** PEÑA YUDEGO XXXXX XXXXX 0309453-L FIN DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO El documento consta OBRA 29/10/2007 COCINERA ****** XXXXXX XXXXX M DE LOS ANGELES 01496065-F INDEFINIDO 10/10/2005 AYUDANTA COCINA ****** - 16 Cunas con colchón y cubre - colchón. - 16 Mantas - 16 Sabanas - 3 Hamacas - 1 Espejo - 2 Tronas - 2 Xxxxxxx xx xxxxxx - 0 Xxxxxx - 0 Xxxxxxxxxxx - 0 Xxxxxxxxxx xx xxxxxxx - 1 Alfombra de paviplay - Muebles y estantes - 2 Ventiladores - Gimnasio- Psicomotricidad - Cortinas - 1 Dispensador de jabón - 1 Dispensador de papel - Cubre radiadores - 1 Microondas - Toldos - 2 Espejos - 2 Armarios altos con puertas de plástico - 2 Armarios bajos con puertas de plástico - 4 Ventiladores - 2 Corchos - 2 Estanterías - 26 Mantas - 26 Sabanas - 2 Alfombras de paviplay. - 2 Dispensadores de jabón - 2 Dispensadores de papel - 2 Mesas redondas - 13 Sillas - 6 Corre pasillos - Cubre radiadores - Cortinas - Toldos - 1 Balda - 10 Orinales - Armarios bajos con encimera - Cubre radiador - Xxxxxxxx xx xxxxx - 1 Dispensador de jabón - 1 Dispensador de rollo de papel - 1 Contenedor de pañales - 2 Armarios altos xx xxxxxx con puertas - 2 Armarios estantería xx xxxxxx - 2 Armarios gaveteros - 2 Espejos - 8 Mesas - 40 Sillas - 2 Pizarra vileda - 2 Sofás Infantiles - 2 Sillones Infantiles - 2 Corchos - 4 Estanterías - 40 Mantas - 40 Sábanas - 2 Xxxxxxxxx xx xxxxxxxx - 0 Xxxxx xx xxxxxxxxxx - Xxxxx radiadores - 4 ventiladores - Cortinas - Biblioteca móvil - Toldos - 1 Balda - 10 Orinales - Armarios bajos con encimera - Cubre radiador - Xxxxxxxx xx xxxxx - 1 Dispensador de jabón - 1 Dispensador de rollo de papel - 1 Contenedor de pañales - 1 TV mod. DAEWOO - 1 Vídeo mod. LG - 1 Mini cadena mod. SANYO - 1 Mueble TV - 1 Cámara video mod. SONY - 3 Mesas comedor con bancos abatibles - 66 Hamacas - 1 Carro Psicomotricidad (picas, ladrillos, aros, y manos) - Cortinas - Cubre radiadores - 4 Ventiladores - 2 Dispensadores de papel - 5 Muebles de taquillas personal Total 10). Vestuario - 1 Mueble de taquillas dobles (total 8). Vestuario - 2 Estanterías de aluminio. Almacén - 1 Carro limpieza. Almacena - 2 Dispensadores jabón. Baños - 2 Dispensadores de rollo de papel. Baños - 2 Secamanos de calor - 2 Cubos fregonas con prensa. Almacén - 2 Carros de ropa plegables. Almacén - 1 Lavadora mod. CANDY - 1 Secadora mod. CANDY - Xxxxxxxx xx xxxxx - Cubre radiadores - 2 Señales suelo mojado. Almacén - 1 Pizarra vileda1 - Teléfono mod. XXXXXX - 1 Corcho - 4 Mesas de aluminio - 1 Cámara frigorífica - 1 Cámara congeladora - 2 Estanterías de aluminio con cuatro estantes - 1 Freidora industrial mod. MOVILFRIT - 1 Pela patatas industrial mod. SAMMIC - 1 Cubo de basura - 1 Contenedor de basura con ruedas pequeño - 1 Porta bobina de papel - 1 Lavadora mod. CANDY - 1 Lavavajillas industrial mod. LINEA BLANCA LC2000 - 1 Campana extractora mod. OLISOL - 1 cocina 3 fuegos mod. REPAGAS - 1 Mesa calientaplatos mod. EDESA - 2 Muebles fregaderos 1 de un total de:28 página/s. Página 23 seno y otro de 28.dos con escurre - 2 Ollas a presión - 2 Batidoras industriales - 1 Chino - 2 Teteras - 1 Tabla cocina - 2 Cazos - 1 Espumadera - 1 Jarra inoxidable - Contenedores de almacenaje de plástico - 4 Fuentes acero inoxidable diversos tamaños - 1 Carro camarera - Cacerolas diversos tamaños - Utensilios de cocina - Mosquiteras en ventanas - Xxxxxxxx xx xxxxx - 0 Xxxxxxxxxx - 0 Xxxxxxx xx xxxxxx xx exterior - 1 microondas - 1 Casita de plástico - 1 Tren de plástico - Mesa de dirección - 2 Sillas de confidente - 1 Silla de dirección - 1 Cajonera - 1 Armario xx xxxxx puerta - Pantalla plana mod. SAMSUNG - Ordenador mod. LG - 1 Ventilador - 5 Teléfonos inalámbricos mod. ALTLINS - 1 Teléfono mod. XXXXXX - Centralita mod. MICROTEL - Cubre radiadores - Cortinas - Cubre radiadores - Armarios empotrados - Cortinas ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ASISTENCIA A LAS GUARDERÍAS INFANTILES MUNICIPALES
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PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN. 18.1.- 19
17.1.- El órgano de contratación dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCSPla LCSP, de conformidad con lo previsto en el artículo 210 190 y siguientes de la misma, ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar por razones de interés público los contratos y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente, y acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el Real Decreto Legislativo 3/2011la Ley 9/2017, de 14 8 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley noviembre, de Contratos del Sector Público (TRLCSPLCSP) y en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP).
18.2.- 17.2.- Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme a lo previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio del derecho de interposición de recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones PúblicasPúblicas y artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local. ANEXO I: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CAPACIDAD DE CONTRATAR
1.- Que el firmante ostenta la representación de la sociedad que presenta la oferta, que tiene, en relación con el presente contrato, plena capacidad de obrar y las autorizaciones necesarias para el ejercicio de la actividad, así como las establecidas legalmente para contratar con la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxx.
18.3.- Procederá 2.- Que ni él, ni la interposición empresa a la que representa, ni ninguno de recurso especial sus administradores o representantes legales de la misma, se encuentran incursos en materia alguna de contratación en los supuestos previstos las prohibiciones para contratar con las Administraciones Públicas, señaladas en el artículo 40 71 de la Ley de Contratos del TRLCSPSector Público (Ley 9/2017, de 8 de noviembre, en adelante LCSP).
18.4.- Procederá 3.- Igualmente declara que la interposición empresa se encuentra al corriente del cumplimiento de cuestiones de nulidad en los términos las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social, y con arreglo al procedimiento señalado al efecto la Hacienda Provincial impuestas por las disposiciones vigentes, con alta en el artículo 39 Impuesto de Actividades Económicas, del TRLCSPque no se ha dado de baja. Fecha de emisión emisin de la firma:24/04/2017 firma:11/11/2019 Documento firmado digitalmente. Código Cdigo Seguro de Verificación:DV0jzCMjzpVerificacin:4bSTZPDK5E/bRod2RvkF znhN/fnNP CN=XXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXX OU=AREA SERVICIO DE TRANSPARENCIA HACIENDA Y BUEN GOBIERNO CONTRATACION CN=XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA SERVICIO DE HACIENDA TRANSPARENCIA CONTRATACION Y BUEN GOBIERNO PATRIMONIO El documento consta de un total de:26 página/s. Página 21 de 26.
4.- No haber sido adjudicataria o haber participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal de empresarios.
5.- Que dispone efectivamente de la solvencia y de los medios suficientes y adecuados para llevar a cabo la ejecución del contrato conforme a lo exigido por el artículo 74 de la LCSP.
6.- Que para el supuesto que resulte seleccionado como primer licitador clasificado y propuesto como adjudicatario, se compromete a aportar la documentación prevista en la cláusula 8.10, xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares en el plazo en el plazo de 7 días hábiles.
7.- Para el supuesto de que resulte seleccionado como licitador clasificado para la adjudicación autoriza, en su caso la incorporación de oficio de certificados telemáticos relativos a: - Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la AEAT. - Caja General de Depósitos. - Datos inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y empresas Clasificadas del Estado. - Verificación de la identidad del firmante a través del sistema de Verificación de Datos de Identidad establecido por el RD 522/2006, de 28 xx xxxxx. - Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social. - Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Hacienda Provincial.
8.- A efectos de notificaciones, para todo lo referente a este contrato señalo el siguiente correo electrónico: …. @...................... Pliego de cláusulas administrativas procedimiento abierto simplificado del apartado 6 del artículo 159, de contrato de suministro de camisetas técnicas de manga corta (lote 1) y mochilas de cordones (lote 2) (Expediente 70/2019).
9.- Que de conformidad con lo establecido en el artículo 86.3 del RGLCAP la empresa a la que represento pertenece al siguiente grupo empresarial (Solo rellenar en caso afirmativo).
10.- Que me someto a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder. (Caso de ser empresa extranjera).
11.- Que la empresa a la que representa emplea a: (Marque la casilla que corresponda) ❑ Menos de 50 trabajadores ❑ 50 o más trabajadores y (Marque la casilla que corresponda) ❑ Cumple con la obligación de que, entre ellos, al menos, el 2% sean trabajadores con discapacidad, establecida por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. ❑ Cumple las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de trabajadores con discapacidad.
12.- Que la empresa a la que representa, cumple con las disposiciones vigentes en materia laboral y social.
13.- Que la empresa a la que representa: (Marque la casilla que corresponda) ❑ Emplea a más de 250 trabajadores y cumple con lo establecido en el apartado 2 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativo a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad. Fecha de emisin de la firma:11/11/2019 Documento firmado digitalmente. Cdigo Seguro de Verificacin:4bSTZPDK5E/znhN/fnNP CN=XXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXX OU=SERVICIO DE CONTRATACION CN=XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA SERVICIO DE HACIENDA TRANSPARENCIA CONTRATACION Y BUEN GOBIERNO PATRIMONIO El documento consta de un total de:28 de:26 página/s. Página 23 22 de 2826. ❑ Emplea a 250 o menos trabajadores y en aplicación del convenio colectivo aplicable, cumple con lo establecido en el apartado 3 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativo a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad. ❑ En aplicación del apartado 5 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la empresa no está obligada a la elaboración e implantación del plan de igualdad. Y para que conste, firmo electrónicamente la presente declaración.
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Samples: Contrato De Suministro
PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN. 18.1.- Fecha de emisión de la firma:15/12/2016 Documento firmado digitalmente. Código Seguro de Verificación:Sg0GgLKnI0jWKk9I12o0 CN=XXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXX OU=AREA DE TRANSPARENCIA HACIENDA Y BUEN GOBIERNO CN=XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO El documento consta de un total de:32 página/s. Página 26 de 32.
18.1. El órgano de contratación dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCSP, de conformidad con lo previsto en el artículo 210 y siguientes de la misma, ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar por razones de interés público los contratos y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente, y acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) y en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP). Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe de la Asesoría Jurídica, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.
18.2.- 18.2. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativocontenciosoadministrativo, conforme a lo previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio del derecho de interposición de recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
18.3.- 18.3. Procederá la interposición de recurso especial en materia de contratación en los supuestos previstos en el artículo 40 del TRLCSP.
18.4.- 18.4. Procederá la interposición de cuestiones de nulidad en los términos y con arreglo al procedimiento señalado al efecto en el artículo 39 del TRLCSP. Fecha Con el fin de emisión asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, el Órgano de Contratación difundirá, a través de Internet, su Perfil de Contratante, al que se podrá acceder a través de la firma:24/04/2017 Documento firmado digitalmentepágina Web institucional de la Diputación Provincial xx Xxxxxx: xxx.xxxxxxxxxx.xx. Código Seguro Los datos difundidos a través del Perfil de Verificación:DV0jzCMjzp/bRod2RvkF CN=XXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXX OU=AREA DE TRANSPARENCIA HACIENDA Y BUEN GOBIERNO CN=XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO CN=XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO El Contratante tendrán carácter informativo, por lo que en caso de discrepancia de los mismos respecto a los contenidos en cualquier documento consta del expediente de un total de:28 página/s. Página 23 de 28contratación, prevalecerán éstos últimos.
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios
PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN. 18.1.- 17.1. El órgano de contratación dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCSPla LCSP, de conformidad con lo previsto en el artículo 210 190 y siguientes de la misma, ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar por razones de Pliego de cláusulas administrativas procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada, de contrato de servicios de vigilancia y seguridad de las residencias dependientes de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxx (2 lotes) 2019 a 2021. (Expediente 25/2019). interés público los contratos y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente, y acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el Real Decreto Legislativo 3/2011la Ley 9/2017, de 14 8 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley noviembre, de Contratos del Sector Público (TRLCSPLCSP) y en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP). Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe de la Asesoría Jurídica, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.
18.2.- 17.2. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativocontenciosoadministrativo, conforme a lo previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio del derecho de interposición de recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones PúblicasPúblicas y artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Fecha de emisión de la firma:02/05/2019 Documento firmado digitalmente. Código Seguro de Verificación:hSG6xGJegphx4Z2RdToP CN=XXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXX OU=AREA DE TRANSPARENCIA HACIENDA Y BUEN GOBIERNO El documento consta de un total de:29 página/s. Página 23 de 29.
18.3.- 17.3. Procederá la interposición de recurso especial en materia de contratación en los supuestos previstos en el artículo 40 del TRLCSP.
18.4.- Procederá 44 de la interposición LCSP, ante el Tribunal Administrativo Central de cuestiones Recursos Contractuales en xxxxx://xxxxxxxxxx.xxx.xx/xx ES/Sedes/TACRC/Paginas/Default.aspx Pliego de nulidad cláusulas administrativas procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada, de contrato de servicios de vigilancia y seguridad de las residencias dependientes de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxx (2 lotes) 2019 a 2021. (Expediente 25/2019). D./Dña..…………………………………………………………, con DNI con domicilio en los términos en representación de ………………………………………………….., con CIF Entidad que (indicar sí o no) cumple las condiciones de PYME y con arreglo domicilio a efectos de notificaciones en…. ………………………………………………………… Tfno………………………. y correo electrónico……………………………………………………..… enterado del PROCEDIMIENTO ABIERTO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA DE LOS ARTÍCULOS 156 y siguientes de la LCSP, para adjudicar el expediente número 25/2019 de servicios de vigilancia y seguridad de las residencias dependientes de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxx (2 lotes) 2019 a 2021, se compromete a realizar el/los lote/s nº ….., y/o …., con sujeción al procedimiento señalado al efecto Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de prescripciones técnicas, durante dos años y declara responsablemente:
1. Que el firmante ostenta la representación de la sociedad que presenta la oferta, que tiene, en relación con el artículo 39 del TRLCSPpresente contrato, plena capacidad de obrar y las autorizaciones necesarias para el ejercicio de la actividad, así como las establecidas legalmente para contratar con la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxx. Fecha de emisión de la firma:24/04/2017 firma:02/05/2019 Documento firmado digitalmente. Código Seguro de Verificación:DV0jzCMjzp/bRod2RvkF hSG6xGJegphx4Z2RdToP CN=XXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXX OU=AREA DE TRANSPARENCIA HACIENDA Y BUEN GOBIERNO El documento consta de un total de:29 página/s. Página 24 de 29.
2. Que ni él, ni la empresa a la que representa, ni ninguno de sus administradores o representantes legales de la misma, se encuentran incursos en alguna de las prohibiciones para contratar con las Administraciones Públicas, señaladas en el artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público (Ley 9/2017, de 8 de noviembre, en adelante LCSP).
3. Igualmente declara que la empresa se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social, y con la Hacienda Provincial impuestas por las disposiciones vigentes, con alta en el Impuesto de Actividades Económicas, del que no se ha dado de baja.
4. No haber sido adjudicataria o haber participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal de empresarios.
5. Que dispone efectivamente de la solvencia y los medios suficientes y adecuados para llevar a cabo la ejecución del contrato conforme a lo exigido por el artículo 74 de la LCSP y en el apartado G) del Cuadro de Características del PCAP
6. Que para el supuesto que resulte seleccionado como primer licitador clasificado y propuesto como adjudicatario, se compromete a aportar la documentación prevista en la cláusula 8.10, xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares en el plazo en el plazo de 10 días hábiles.
7. Para el supuesto de que resulte seleccionado como licitador clasificado para la adjudicación autoriza, en su caso la incorporación de oficio de certificados telemáticos relativos a: Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la AEAT. Caja General de Depósitos. Datos inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y empresas Clasificadas del Estado. Verificación de la identidad del firmante a través del sistema de Verificación de Datos de Identidad establecido por el RD 522/2006, de 28 xx xxxxx. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Hacienda Provincial.
8. A efectos de notificaciones, para todo lo referente a este contrato señalo el siguiente correo electrónico: ……………….@......................
9. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 86.3 del RGLCAP la empresa a la que represento pertenece al siguiente grupo empresarial (Solo rellenar en caso afirmativo). Pliego de cláusulas administrativas procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada, de contrato de servicios de vigilancia y seguridad de las residencias dependientes de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxx (2 lotes) 2019 a 2021. (Expediente 25/2019).
10. Que me someto a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder. (Caso de ser empresa extranjera).
11. Que la empresa a la que representa emplea a: (Marque la casilla que corresponda) Menos de 50 trabajadores 50 o más trabajadores y (Marque la casilla que corresponda) Cumple con la obligación de que, entre ellos, al menos, el 2% sean trabajadores con discapacidad, establecida por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. Cumple las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de trabajadores con discapacidad.
12. Que la empresa a la que representa, cumple con las disposiciones vigentes en materia laboral y social. 13. Que la empresa a la que representa: (Marque la casilla que corresponda) Emplea a más de 250 trabajadores y cumple con lo establecido en el apartado 2 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativo a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad. Fecha de emisión de la firma:02/05/2019 Documento firmado digitalmente. Código Seguro de Verificación:hSG6xGJegphx4Z2RdToP CN=XXX XXXXXXXX XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA DE TRANSPARENCIA HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO CN=XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO El documento consta de un total de:28 de:29 página/s. Página 23 25 de 2829. Emplea a 250 o menos trabajadores y en aplicación del convenio colectivo aplicable, cumple con lo establecido en el apartado 3 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativo a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad. En aplicación del apartado 5 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la empresa no está obligada a la elaboración e implantación del plan de igualdad. Y para que conste, firmo electrónicamente la presente declaración.
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PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN. 18.1.- El órgano Al tratarse de contratación dentro un contrato de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCSP, de conformidad con lo previsto en el artículo 210 y siguientes de la misma, ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar por razones de interés público los contratos y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente, y acordar su resolución y determinar los efectos de éstanaturaleza administrativa y, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la LCSP, el Real Decreto Legislativo 3/2011órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar lo convenido, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificar la prestación por razones de 14 interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de noviembre por el que se aprueba el texto refundido ésta (Arts. 194 y 195 de la Ley LCSP). Los acuerdos que dicte el órgano de Contratos contratación, previo informe de la Abogacía del Sector Público (TRLCSP) y Estado, en el Reglamento General de la Ley de Contratos ejercicio de las Administraciones Públicas (RGLCAP).
18.2.- prerrogativas enunciadas en el párrafo precedente, serán inmediatamente ejecutivos. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, efectos y resolución y efectos de los contratos administrativos del contrato serán resueltas por el órgano de contratación competentecontratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa administrativa, y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, administrativo conforme a lo previsto dispuesto por la Ley reguladora Reguladora de dicha jurisdicciónJurisdicción. Potestativamente podrá ser impugnada en reposición ante el órgano de contratación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio del derecho de interposición de recurso potestativo de reposiciónque puedan simultanearse ambos recursos, de conformidad con según lo dispuesto en los artículos 123 116 y 124 siguientes de la Ley 39/201530/1992, de 1 26 de octubrenoviembre, del Procedimiento Administrativo Común de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.
18.3.- Procederá Públicas y del Procedimiento AdministrativoCCódoigmo dúocnu.mento 090000317404943852 Validación en xxx.xxxx.xx(Administración electrónica) Firmado por:XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXX Xxxxx: 23/12/2009 Código documento 090000317404943852 Validación en xxx.xxxx.xx(Administración electrónica) Firmado por:XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXX Xxxxx: 23/12/2009 Don , como…………………………………………………………………………de la interposición empresa. se encuentra al corriente del cumplimiento de recurso especial las Obligaciones Tributarias y de Seguridad Social impuestas por las Disposiciones vigentes (art. 49.2 d) LCSP). Que la empresa a la cual representa, sus representantes y sus administradores no están incursos en materia ninguna de contratación en los supuestos previstos las restantes prohibiciones de contratar señaladas en el artículo 40 49 LCSP. La adjudicación de contratos a personas que se hallen comprendidas en alguno de los supuestos mencionados será nula de pleno derecho, con los efectos, en su caso indemnización de daños y perjuicios, que se prevén en la LCSP. (Lugar, fecha y firma) Sr. Presidente de la Junta de Contratación del TRLCSP.
18.4.- Procederá Fondo Español de Garantía Agraria. Código documento 090000317404943852 Validación en xxx.xxxx.xx(Administración electrónica) Firmado por:XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXX Xxxxx: 23/12/2009 El que suscribe.........…………………..........................en su propio nombre (o en representación de …………………........................................………...), vecino de................................…………... domiciliado en.............................................……………... provisto del Documento Nacional de Identidad número ................................... licitador al procedimiento para la interposición contratación de cuestiones ……...............………...........………………………...... , publicado en B.O. del Estado correspondiente al día se compromete a llevar a cabo dicho servicio en el marco presupuestario que establece el apartado 2.2 xxx Xxxxxx de nulidad Cláusulas Administrativas Particulares, durante el período establecido en los términos pliegos de Prescripciones Técnicas y Administrativos, con arreglo al procedimiento señalado al efecto estricta sujeción a todas las condiciones y requisitos que se contienen en los mismos, que ha examinado y que expresamente acepta, comprometiéndose a su ejecución de conformidad con la siguiente oferta, deducida la reserva prevista en la cláusula 5ª xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas ……………………………… …………………………………………………………………………………………………… ……con el siguiente desglose de datos de valoración económica en el artículo 39 que se determinan el coste /GRP y , el coste/1000IMPRESIÓNES (CPM), en el caso de INTERNET, TELEVISION COSTE/GRP ANTENA 3 TELE 5 CUATRO LA SEXTA AUTONÓMICAS (indicadas en el apartado 0.0.0.xx este Pliego) CANARIAS Código documento 090000317404943852 Validación en xxx.xxxx.xx(Administración electrónica) Firmado por:XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXX Xxxxx: 23/12/2009 SER GENERALISTA COPE GENERALISTA ONDA CERO GENERALISTA AGROPOPULAR (COPE) ONDA AGRARIA (ONDA CERO) LA TRILLA (PUNTO RADIO) INTERNET COSTE/ 1000 IMPRESIÓNES (CPM) AGRODIGITAL AGROCOPE AGROINFORMACIÓN EFEAGRO OTROS (Lugar, fecha y firma del TRLCSPofertante) Sr. Fecha de emisión Presidente de la firma:24/04/2017 Documento firmado digitalmenteJunta de Contratación del Fondo Español de Garantía Agraria. Código Seguro de Verificacióndocumento 090000317404943852 Validación en xxx.xxxx.xx(Administración electrónica) Firmado por:DV0jzCMjzp/bRod2RvkF CN=XXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXX OU=AREA DE TRANSPARENCIA HACIENDA Y BUEN GOBIERNO CN=XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO CN=XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO El documento consta de un total de:28 página/s. Página 23 de 28.XXXXXX Xxxxx: 23/12/2009
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Samples: Contract for Advertising Services
PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN. 18.1.- El órgano de contratación dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCSP, de conformidad con lo previsto en el artículo 210 y siguientes de la misma, ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar por razones de interés público público, los contratos y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente, y acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la TRLCSP y el Real Decreto Legislativo 3/2011RGLCAP. Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe de 14 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) y los Servicios Técnicos Municipales, en el Reglamento General ejercicio de la Ley sus prerrogativas de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP).
18.2.- interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso administrativo contencioso-administrativo, conforme a lo al previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio del derecho de interposición de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo dispuesto previsto en los artículos 123 arts. 116 y 124 117 de la Ley 39/2015, 30/1992 de 1 Régimen Jurídico de octubre, las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común Común. Don (caso de tratarse de uniones temporales de empresarios se estará a lo que establece al párrafo primero del artículo 59 TRLCSP), domiciliado en C/ nº nº , se compromete a realizar el contrato de gestión del servicio de ATENCION INFANTIL TEMPRANA xx Xxxxxxx, con sujeción a las Administraciones Públicas.
18.3.- Procederá la interposición de recurso especial en materia de contratación en los supuestos previstos condiciones y requisitos que se determinan en el artículo 40 del TRLCSP.
18.4.- Procederá la interposición Pliego de cuestiones Cláusulas Administrativas, así como a las demás normas aplicables al contrato, todo ello por el Precio total de nulidad (IVA EXCLUIDO), en los términos y cómputo anual (cifra) euros (letra) euros (máximo €) Todo ello de acuerdo con arreglo al procedimiento señalado al efecto lo establecido en el artículo 39 del TRLCSPPliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Técnicas y demás documentación que rige el presente contrato, cuyo contenido declaro conocer plenamente y expresamente asumo y acato en su totalidad. Fecha En a de emisión de . (Firma y sello de la firma:24/04/2017 Documento firmado digitalmente. Código Seguro de Verificación:DV0jzCMjzp/bRod2RvkF CN=XXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXX OU=AREA DE TRANSPARENCIA HACIENDA Y BUEN GOBIERNO CN=XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO CN=XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO El documento consta de un total de:28 página/s. Página 23 de 28.empresa)
1.- OBJETO DEL CONTRATO.-
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Samples: Gestión Del Servicio Público De Atención Infantil Temprana
PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN. 18.1.- Fecha de emisión de la firma:13/09/2017 Documento firmado digitalmente. Código Seguro de Verificación:u5CDPPGKfGd8JgiWKQgo CN=XXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXX OU=AREA DE TRANSPARENCIA HACIENDA Y BUEN GOBIERNO CN=XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO El documento consta de un total de:29 página/s. Página 22 de 29.
18.1. El órgano de contratación dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCSP, de conformidad con lo previsto en el artículo 210 194 y siguientes de la misma, ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar por razones de interés público los contratos y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente, y acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) y en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP). Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe de la Asesoría Jurídica, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.
18.2.- 18.2. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativocontenciosoadministrativo, conforme a lo previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio del derecho de interposición de recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
18.3.- Procederá . Con el fin de asegurar la interposición transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, el Órgano de recurso especial Contratación difundirá, a través de Internet, su Perfil de Contratante, al que se podrá acceder a través de la página Web institucional de la Diputación Provincial xx Xxxxxx: xxx.xxxxxxxxxx.xx. Los datos difundidos a través del Perfil de Contratante tendrán carácter informativo, por lo que en materia caso de contratación discrepancia de los mismos respecto a los contenidos en cualquier documento del expediente de contratación, prevalecerán éstos últimos. VIGÉSIMO. DOCUMENTACIÓN APORTADA POR LOS LICITADORES NO ADJUDICATARIOS. La documentación aportada por los supuestos previstos en licitadores que no resulten adjudicatarios, estará a disposición de los mismos, durante el artículo 40 plazo de seis meses a contar de la fecha de adjudicación del TRLCSP.
18.4.- Procederá procedimiento, siendo devuelta a aquellos, previa petición formal efectuada por escrito. Transcurrido dicho plazo sin que se haya procedido a su reclamación, se procederá a su destrucción, sin que la interposición Administración se halle obligada x Xxxxxx de cuestiones cláusulas administrativas procedimiento abierto contrato de nulidad en prestación de servicios de “XXXXXXXXX XX X0X0 XXXXXXXXXX SOCIAL ASISTIDA “SAN XXXX” DEPENDIENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE notificar a los términos interesados esta circunstancia, habida cuenta del exacto conocimiento de todas y con arreglo al procedimiento señalado al efecto en el artículo 39 cada una de las cláusulas del TRLCSPpresente pliego por los licitadores. Fecha de emisión de la firma:24/04/2017 firma:13/09/2017 Documento firmado digitalmente. Código Seguro de Verificación:DV0jzCMjzp/bRod2RvkF u5CDPPGKfGd8JgiWKQgo CN=XXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXX OU=AREA DE TRANSPARENCIA HACIENDA Y BUEN GOBIERNO CN=XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO CN=XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO El documento consta de un total de:28 de:29 página/s. Página 23 de 2829.
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Samples: Contrato De Servicios De Cafetería
PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN. 18.1.- 18.1. El órgano de contratación dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCSP, de conformidad con lo previsto en el artículo 210 y siguientes de la misma, ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar por razones de interés público los contratos y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente, y acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el Real Decreto Legislativo Pliego de cláusulas administrativas procedimiento abierto contrato de suministro e instalación de señalización de siete senderos de la Red de Senderos xx Xxxxxx. (Expediente 59/2017) 3/2011, de 14 de noviembre noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) y en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP). Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe de la Asesoría Jurídica, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.
18.2.- 18.2. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativocontenciosoadministrativo, conforme a lo previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio del derecho de interposición de recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
18.3.- Procederá . Con el fin de asegurar la interposición transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, el Órgano de recurso especial en materia Contratación difundirá, a través de contratación en los supuestos previstos en el artículo 40 del TRLCSP.
18.4.- Procederá Internet, su Perfil de Contratante, al que se podrá acceder a través de la interposición página Web institucional de cuestiones de nulidad en los términos y con arreglo al procedimiento señalado al efecto en el artículo 39 del TRLCSP. la Diputación Provincial xx Xxxxxx: xxx.xxxxxxxxxx.xx/xxxxxx/00 Fecha de emisión de la firma:24/04/2017 firma:02/11/2017 Documento firmado digitalmente. Código Seguro de Verificación:DV0jzCMjzpSOHX/bRod2RvkF CN=XXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXX OU=AREA DE TRANSPARENCIA HACIENDA Y BUEN GOBIERNO CN=XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO Kn7f3X2H7qgn0Uz CN=XXXX XXXXX XXXXXXX OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO El documento consta de un total de:28 de:29 página/s. Página 23 25 de 2829. Los datos difundidos a través del Perfil de Contratante tendrán carácter informativo, por lo que en caso de discrepancia de los mismos respecto a los contenidos en cualquier documento del expediente de contratación, prevalecerán éstos últimos.
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Samples: Contrato De Suministro E Instalación