PRESTACIONES EXCLUIDAS. Quedan excluidos de la cobertura de este seguro:
PRESTACIONES EXCLUIDAS. 1. Las producidas por hechos derivados de conflictos armados, hayan sido precedidos o no de declaración oficial xx xxxxxx, o terrorismo, así como las epidemias oficialmente declaradas.
PRESTACIONES EXCLUIDAS. 3.1 - Elaboración de modificaciones o nuevas aplicaciones, supuesto que deberá contratarse específicamente.
PRESTACIONES EXCLUIDAS. 3.1 Visitas al domicilio
PRESTACIONES EXCLUIDAS. 4.1. En ningún caso quedarán incluidos problemas ajenos al funcionamiento del hardware y del software distinto al que es objeto del presente Contrato. Se atenderán única y exclusivamente cuestiones relacionadas con el Software contratado, quedando excluidas todas aquellas cuestiones relacionadas con el manejo o funcionamiento de otras aplicaciones o sistemas operativos propiedad de otras entidades o marcas.
PRESTACIONES EXCLUIDAS. Ampliaciones mecánicas y modificaciones en la instalación • Cableado o tendido de líneas en instalaciones del cliente • Modificaciones o adaptaciones del software del cliente • Creación de documentos específicos del cliente o del pedido • El cliente permite a wenglor acceder a las instalaciones en las fechas de servicio acordadas y realizar los trabajos con rapi- dez. Además, el cliente pondrá a disposición de la empresa el personal auxiliar, medios auxiliares, piezas de muestra (piezas buenas, piezas malas y piezas límite) y documentación técnica necesarios, y establecerá los estados de funcionamiento necesa- xxxx para la ejecución de los servicios de acuerdo con el estudio de viabilidad. El cliente deberá parametrizar el sistema / las inter- faces de nivel superior o el socio de comunicación de forma que se pueda establecer una comunicación con el producto wenglor. • Además, el cliente se asegurará de que estén presentes los co- rrespondientes trabajadores auxiliares capaces de realizar modi- ficaciones en la mecánica, el sistema eléctrico y el software de la instalación, y de que los empleados de wenglor puedan realizar los servicios sin peligro. • Los tiempos de espera resultantes del incumplimiento de las especificaciones mencionadas anteriormente se facturarán por separado al cliente. • La prestación de los servicios deberá ser aceptada por el cliente en cuanto se le haya notificado su ejecución o se haya llevado a cabo un ensayo con el objeto del contrato previsto en casos particulares. Si no se realiza ninguna notificación, se considerará que la aceptación ha sido confirmada con la puesta en marcha del objeto del contrato. • Después de la prestación del servicio, el cliente firmará un parte/ informe para la dirección. El parte/informe para la dirección sirve para demostrar las horas trabajadas y para facturar el material cedido. • Si no hay ninguna persona de contacto en el lugar de trabajo al abandonarlo, o si está autorizada para firmar, el parte/informe para la dirección se considerará aprobado incluso sin firma.
PRESTACIONES EXCLUIDAS. La eventual modificación de sistemas, equipos o instalaciones solicitadas por la Dirección del Hospital. Reparaciones debidas a situaciones fortuitas o de fuerza mayor o las debidas a daños producidos con intencionalidad por terceros ajenos a la empresa adjudicataria. Toda prestación excluida, requerirá la aprobación previa del correspondiente presupuesto. Estos deberán obrar en poder de los técnicos del Hospital antes de transcurridas 72 h desde la generación de su necesidad o solicitud expresa.
PRESTACIONES EXCLUIDAS. La eventual modificación de sistemas, equipos o instalaciones solicitadas por la Dirección del Área. Reparaciones debidas a situaciones fortuitas o de fuerza mayor o las debidas a daños producidos con intencionalidad por terceros ajenos a la empresa adjudicataria. Toda prestación excluida, requerirá la aprobación previa del correspondiente presupuesto. Estos deberán obrar en poder de los técnicos del Área antes de transcurridas 72 h desde la generación de su necesidad o solicitud expresa.
PRESTACIONES EXCLUIDAS a.- ASISA no se responsabiliza de la cobertura de asistencia sanitaria prestada fuera del Cuadro Médico concertado, salvo en caso de urgencia vital, peligrando la vida del deportista, en cuyo caso es necesario que se efectúe la oportuna comunicación a ASISA en el plazo de previsto de 7 días desde la fecha de ingreso.
PRESTACIONES EXCLUIDAS a.- ASISA no se responsabiliza de la cobertura de asistencia sanitaria prestada fuera del cuadro médico-sanatorial anexo, en los supuestos en los que expresamente se exija tal requisito, salvo en caso de urgencia vital, peligrando la vida del deportista, en cuyo caso es necesario que se efectúe la oportuna comunicación a la Delegación provincial de ASISA en el plazo de previsto de 7 días desde la fecha de ingreso. A título puramente indicativo y no exhaustivo, en los siguientes supuestos se entenderá que existe un riesgo vital inminente o muy próximo, de no obtenerse una actuación terapéutica con carácter inmediato, por lo que, si concurren las restantes circunstancias exigibles, estará justificada la utilización de medios ajenos a la Entidad: