Participación del Asegurado Cláusulas de Ejemplo

Participación del Asegurado. Se conviene la participación del Asegurado en el coste de los servicios, por cada consulta, sesión, tratamiento o servicio utilizado mediante la utilización de la tarjeta magnética, de acuerdo con lo previsto en las condiciones particulares y/o especiales.
Participación del Asegurado. En cada Siniestro, quedará a cargo del Asegurado el pago de la cantidad que resulte al aplicar el porcentaje indicado en la carátula de la Póliza sobre la Suma Asegurada del bien dañado, pago que conforma el Deducible, y que se genera a consecuencia de un Siniestro de cualquiera de los riesgos amparados por la Póliza. En caso de que en las condiciones aplicables a algún(os) riesgo(s) cubierto(s) en la Póliza se prevea la aplicación de un Coaseguro a cargo del Asegurado, en toda pérdida o daño indemnizable, este se aplicará después de descontarse el Deducible.
Participación del Asegurado. En toda y cada pérdida indemnizable quedará a cargo del Asegurado una cantidad por concepto de Deducible la cual se estipula en la cedula de especificación de participación del Asegurado.
Participación del Asegurado. Se conviene la participación del Asegurado en el coste de los servicios, por cada consulta, sesión, tratamiento o servicio utilizado mediante la utilización de la tar- jeta magnética, de acuerdo con lo previsto en las condiciones particulares y/o es- peciales.
Participación del Asegurado. Por cada reclamación, el Asegurado es responsable de cubrir un porcentaje de participación de los gastos y al igual que cubrir el deducible estipulado en el Cuadro de Beneficios de la Carátula de la Póliza.
Participación del Asegurado en la Pérdida 23 8. Servicio de Asistencia en el Hogar 23 8.1. Cláusula 1ª. Alcance del Servicio 23
Participación del Asegurado. En cada siniestro indemnizable bajo esta póliza, siempre quedará a cargo del Asegurado la participación sobre la pérdida indicada en la carátula o especificación de la misma.
Participación del Asegurado. A la cantidad que resulta de restarle a los Gastos Médicos y presentados para su reembolso o pago:
Participación del Asegurado. En cada siniestro indemnizable bajo esta Póliza, siempre quedará a cargo del Asegurado la participación sobre la pérdida indicada en la carátula y/o especificación de la Póliza.
Participación del Asegurado. Cuando así se indique en la especificación de la Póliza, quedará a cargo del Asegurado para cada sección y cobertura contratada, el importe del Deducible y/o Coaseguro y/o Plazo de Espera según se define a continuación: Se entiende como deducible, la cantidad que el Asegurado soporta por su propia cuenta al ocurrir un siniestro, debido a un riesgo amparado por la Póliza. Si el importe del siniestro es superior a las cantidades que se mencionan en la especificación de la Póliza, la Compañía indemnizará la pérdida en exceso del deducible, o hasta el límite establecido para la cobertura afectada: Para las secciones I y/o II, el deducible será aplicado a cada edificio o estructura por separado, incluyendo sus contenidos, independientemente de que los bienes se aseguren en uno o varios incisos, o en una o varias pólizas.