PROTECCIÓN DE DATOS Y PRIVACIDAD Cláusulas de Ejemplo

PROTECCIÓN DE DATOS Y PRIVACIDAD. 13.1. De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas con respecto al tratamiento de datos personales (en adelante, "RGPD") y la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en adelante, "LOPDGDD"), Steelter informa al Cliente y/o Usuario que será el responsable del tratamiento de sus datos personales que serán tratados con las finalidades de: (a) ejecutar y mantener los presentes Términos y Condiciones, gestionar, desarrollar y administrar la relación contractual; y (b) cumplir con las obligaciones legales derivadas de esta relación. La legitimación del tratamiento de los datos se basa en la relación contractual establecida, el interés legítimo de Steelter en tratar los datos de contacto y en el cumplimiento de las obligaciones legales aplicables. Los datos personales podrán conservarse hasta la extinción de la relación, y una vez terminada, los datos estarán bloqueados durante el plazo legalmente requerido para el cumplimiento de obligaciones y responsabilidades legales. Los datos podrán ser comunicados a las administraciones y agencias públicas, organismos y/o autoridades competentes. Los titulares de los datos personales pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, oposición, limitación, supresión, portabilidad y a no ser objeto de decisiones automatizadas dirigiéndose a la dirección indicada en la cláusula 8 de los presentes Términos y Condiciones. Asimismo, pueden reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos, especialmente cuando no hayan obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos. 13.2. Cuando Steelter preste sus Servicios a través de la Plataforma, Steelter está recogiendo y tratando datos personales en calidad de encargado del tratamiento del Cliente, el responsable del tratamiento de los datos personales de los Usuario(s) Final(s), Usuario(s) Empleado(s) y Usuario(s) Final(s) Candidato(s). De conformidad con el artículo 28 del RGPD, la relación por encargo del tratamiento se regirá por las cláusulas del contrato por encargo del tratamiento adjunto como Anexo I a los presentes Términos y Condiciones. 13.3. Los datos personales del Cliente, incluyendo los datos personales de los Usuario(s) Final(s), serán objeto de un procedimiento de anonimización realizado por Steelter, no permitiendo la reidentificación de los interesados, con la finalid...
PROTECCIÓN DE DATOS Y PRIVACIDAD. Excepto, los sistemas de lucha contra el fraude, en general, la legislación en materia de protección de datos y de protección de la vida privada, se aplica habitualmente a los sistemas de TI de la Aduana. Su campo de aplicación puede cubrir personas físicas solamente o personas físicas y entidades legales. Cuando se elabore la legislación de privacidad y de protección de datos, la Aduana debería tratar que la misma no hipoteque su capacidad de proteger la recaudación, el comercio u otros intereses del Estado, si la legislación nacional limitara sus derechos de retener información y de intercambiar información con otras partes interesadas (tanto nacionales como internacionales). Es asimismo importante, de interés nacional, que la Aduana tenga el derecho de acceder al sistema informático del operador comercial para fines de verificación o de auditoría. La Aduana debería asegurar que esta situación no se vea adversamente afectada conforme a las disposiciones de una nueva legislación. Cuando un sistema de TI nuevo esté en la etapa de introducción, se debe examinar la legislación sobre privacidad y protección de datos para asegurar que el sistema propuesto cumpla con todos los requisitos.
PROTECCIÓN DE DATOS Y PRIVACIDAD. 14.1 Además de las obligaciones del Proveedor en virtud de las Secciones 6, 9, 10 y 15, el Proveedor cumplirá con esta Sección 14 al procesar los Datos Personales de Accenture. Por «Datos personales de Accenture» se entiende los datos personales propiedad de Accenture, con licencia o controlados o procesados de otra forma, incluidos los datos personales procesados por Accenture en nombre de sus clientes. Por "Datos de Accenture" se entiende toda la información, datos y propiedad intelectual de Accenture o de sus clientes u otros proveedores, recopilados, almacenados, alojados, procesados, recibidos y/o generados por el Proveedor en relación con el suministro de los productos finales a Accenture, incluidos los Datos personales de Accenture. 14.2 Si el Proveedor procesa los Datos personales de Accenture en el curso de la provisión de entregables a Accenture o el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Contrato, el PROVEEDOR: (i) procesará únicamente los Datos personales de Accenture de acuerdo con las instrucciones escritas de Accenture o en la medida que sea razonablemente necesario para la ejecución del Acuerdo, y en todo momento de conformidad con las leyes aplicables; (ii) proporcionará total cooperación y asistencia a Accenture para garantizar que los derechos de las personas en virtud de las leyes aplicables (incluida la GDPR) se aborden de manera oportuna y adecuada, para el cumplimiento de las obligaciones de Accenture de cumplir con dichas leyes;
PROTECCIÓN DE DATOS Y PRIVACIDAD. El Banco sabe que la privacidad de los Titulares de la Tarjeta es muy importante. Como tal, salvaguardando su privacidad siempre será una de nuestras mayores prioridades. Una copia de la Política de Privacidad del Banco está incluida en el Embalaje de la Tarjeta. Por favor léala. También se puede encontrar en el sitio web del Titular de la Tarjeta junto con una copia de estos Términos y Condiciones. Si usted tiene alguna duda sobre nuestra política, póngase en contacto con el Banco en la información de contacto aparece. Nos reservamos el derecho a modificar o complementar nuestra Política de Privacidad en cualquier momento. Nuestra Política de Privacidad es publicada en el sitio web del Titular de la Tarjeta y usted se compromete a
PROTECCIÓN DE DATOS Y PRIVACIDAD. El Comprador protegerá todos los datos personales de conformidad con la ley aplicable. El Comprador reconoce y acepta los términos de la Declaración de Protección de Datos y Aviso de Privacidad de Spheros, así como el Anexo de Ciberseguridad de Spheros, que podrán ser modificados ocasionalmente. Las versiones actualmente aplicables de la Declaración de Protección de Datos y Aviso de Privacidad de Spheros se encuentran publicadas en: xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx. La versión actualmente aplicable del Anexo de Ciberseguridad será proporcionada al Comprador junto con estos Términos.

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  • PROTECCIÓN DE DATOS Ambas partes manifiestan y garantizan el cumplimiento de las obligaciones legales que les corresponden en materia de protección de datos de carácter personal de conformidad con lo previsto en la normativa de protección de datos vigente en cada momento, habiendo adoptado las medidas necesarias de seguridad, confidencialidad e integridad de los datos personales con el objeto de evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable. En cumplimiento de la normativa de aplicación en materia de protección de datos, la FEMP, manifiesta y garantiza el cumplimiento de las obligaciones legales que le corresponden en materia de protección de datos de carácter personal e informa a los licitadores que los datos personales que facilita en el marco del presente procedimiento serán tratados por FEMP como responsable del tratamiento con la finalidad de llevar a cabo todas las acciones necesarias para la gestión del expediente y tramitación del procedimiento de contratación. La base legal para el tratamiento de los datos es el desarrollo de la relación precontractual así como el cumplimiento de una obligación legal. Los datos proporcionados serán conservados por el tiempo que resulte necesario a efectos de garantizar el cumplimiento de las obligaciones legales que corresponden a la FEMP. Los datos podrán ser comunicados a organismos públicos, administraciones y otras autoridades o/y organismos gubernamentales competentes relevantes (tanto nacionales como autonómicas), para los fines antes indicados. Mediante la participación en el presente procedimiento, los licitadores manifiestan y garantizan haber cumplido el deber de información y de obtención del consentimiento de los titulares de los datos personales que, en el marco del presente procedimiento, puedan llegar a comunicar a la FEMP con ocasión de la gestión del expediente y tramitación del procedimiento de contratación. Los titulares de los datos personales podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición así como los contenidos en el Capítulo III del Reglamento (UE) 2016/679) por medio de carta dirigida a la FEMP, xxxxx Xxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxxx o a la dirección de correo xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xx , si bien, en el encabezamiento se deberá añadir el título “protección de datos”, y la comunicación deberá acompañarse de una fotocopia del DNI, por tratarse de un derecho personalísimo. En el supuesto en el que el adjudicatario, como consecuencia de la prestación de los servicios objeto del presente concurso tuviese acceso a datos personales responsabilidad de la FEMP, el contrato que suscriban ambas partes incluirá la correspondiente cláusula de acceso a datos. En tal caso, el adjudicatario tendrá la consideración de encargado del tratamiento, quedando obligado al cumplimiento de lo dispuesto la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en el resto de la normativa que resulte de aplicación a la protección de datos de carácter personal, en los términos indicados en la Disposición Adicional Vigésimo Quinta de la LCSP.

  • CLASIFICACIÓN DE LOS LICITADORES Para ser adjudicatario del presente contrato no es preciso estar en posesión de clasificación empresarial alguna, sin perjuicio de acreditar la correspondiente solvencia económica, financiera y técnica, por los medios establecidos en la cláusula 4.2 del presente pliego.

  • Entrega de los bienes El Concursante adjudicado hará entrega de los bienes conforme a los términos y requerimientos xxx Xxxxxx de Requisitos y condiciones pactadas en el contrato, entendiéndose por ello la forma, lugar, y el plazo, entre otros señalado en los Anexos 1 y 2. Los Concursantes deberán presentar su oferta considerando que los bienes deben ser entregados bajo la condición DDP Destino Final, entregado con derechos pagados de acuerdo a los Incoterms 2010 bajo la cual serán evaluados y adquiridos. Atendiendo a las características de los bienes, las maniobras de descarga en destino final, serán por cuenta de CFE GENERACION III EPS. En su caso, los Concursantes adjudicados, a la entrega deberán presentar a CFE Generación III EPS, únicamente para efectos informativos y estadísticos, un escrito libre, mediante el cual manifiesten, bajo protesta de decir verdad, el nombre de la empresa fabricante y el resultado del cálculo del porcentaje de contenido nacional de los bienes que entregará, este escrito será presentado en el almacén que corresponda a la última entrega. La recepción será en el lugar, fecha y horario indicado en el Anexo 2, debiendo obtener la evidencia de entrega mediante el sello otorgado por el responsable de la recepción de los bienes en el almacén en la factura o nota de remisión y la aceptación del área técnica. El Administrador del Contrato, notificará por escrito al Proveedor sobre la devolución o rechazo de los bienes, en un plazo que no excederá de 5 (cinco) días naturales siguientes a su recepción. El Concursante adjudicado acepta los términos establecidos en el presente Pliego de Requisitos para la aceptación de los bienes, estando de acuerdo que hasta en tanto ello no se cumpla, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados. El Proveedor debe cumplir con lo establecido en la Especificación CFE-L1000-11 vigente relativa a “Empaque, embalaje, embarque, transporte, descarga, recepción y almacenamiento de bienes muebles adquiridos por CFE”, así como los manuales del usuario correspondientes, de conformidad con la especificación CFE-L1000-32 vigente.

  • PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL En el caso de que la presente contratación implique el acceso a datos de carácter personal, el contratista deberá cumplir las obligaciones derivadas de la Disposición Adicional Vigésima Sexta del TRLCSP, en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo.

  • PROTECCION DE DATOS Todas las PARTES, en la medida en que traten datos de carácter personal de los sujetos del ENSAYO, deberán tomar las medidas oportunas para protegerlos y evitar el acceso a los mismos por parte de terceros no autorizados. Las PARTES quedan obligadas a la más estricta observancia de lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016 y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Asimismo, dicha legislación será aplicable a los datos personales contenidos en el presente contrato. Si fuera preciso las PARTES formalizarán los acuerdos necesarios para garantizar el cumplimiento de dichas obligaciones legales. El HOSPITAL, el INVESTIGADOR PRINCIPAL y la FUNDACIÓN tratarán adecuadamente los datos personales de los sujetos que participen en el ENSAYO de forma que no puedan ser identificados por el PROMOTOR y CRO (si procede). Únicamente accederán a datos personales de los sujetos del ENSAYO, en los que estos estén identificados, en la medida que lo permita el consentimiento informado y en el ejercicio de sus funciones profesionales, los monitores y/o representantes designados por el PROMOTOR y CRO (si procede), auditores y autoridades competentes. Las PARTES firmantes del presente contrato, se obligan mutuamente a: • Acceder a los datos de carácter personal únicamente cuando sea imprescindible para el buen desarrollo del proyecto • Tratar los datos con la única finalidad de dar cumplimiento al objeto del contrato • Si cualquiera de las partes considera que otra infringe el RGPD, la LOPDGDD, o cualquier otra disposición en materia de protección de datos de la Unión o de los estados miembros, informará inmediatamente a las otras, con el fin de proceder a su rápida subsanación. • Asumir la responsabilidad que corresponda en caso de que destine los datos otra finalidad distinta del cumplimiento del objeto del presente contrato, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones de la normativa vigente, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente. • No permitir el acceso a los datos de carácter personal a ningún empleado de su responsabilidad que no tenga la necesidad de conocerlos para la prestación de los servicios. • No revelar, transferir, ceder o de otra forma comunicar los datos de carácter personal, ya sea verbalmente o por escrito, por medios electrónicos, papel o mediante acceso informático, ni siquiera para su conservación, a ningún tercero, salvo que exista autorización o instrucción previa para ello. • Mantendrá un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas en cumplimiento del presente contrato, que contenga la información exigida por el artículo 30.2 del RGPD y 31 de la LOPDGDD. • Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales. • Darse apoyo mutuamente en la realización de las evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos, cuando proceda. • Darse apoyo mutuamente en la realización de las consultas previas a la Autoridad de Control, cuando proceda. • Poner a disposición de la otra parte toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las auditorías o las inspecciones que realice la otra parte con la finalidad de verificar el correcto cumplimiento del presente contrato. • Adoptar y aplicar las medidas de seguridad estipuladas en el presente contrato, conforme lo previsto en el artículo 32 del RGPD, que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que estén expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural. • Designar un delegado de protección de datos y comunicar su identidad y datos de contacto a la otra parte, así como cumplir con todo lo dispuesto en los artículos 37, 38 y 39 del RGPD, y 35 a 37 de la LOPDGDD. • En caso de que cualquiera de las partes deba transferir o permitir acceso a datos personales responsabilidad de la otra a un tercero en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembros que le sea aplicable, informará a la otra de esa exigencia legal de manera previa, salvo que estuviese prohibido por razones de interés público. • En caso de que el tratamiento incluya la recogida de datos personales, se establecerán los procedimientos correspondientes a la recogida de los datos, especialmente en lo relativo a la identificación fehaciente de usuarios, al deber de información y, en su caso, la obtención del consentimiento de los afectados, garantizando que estas instrucciones cumplen con todas las prescripciones legales y reglamentarias que exige la normativa vigente en materia de protección de datos. • Supervisar el tratamiento y el cumplimiento de la normativa de protección de datos por la otra parte.

  • IMPORTE MÁXIMO DE LOS GASTOS DE PUBLICIDAD DE LICITACIÓN DEL CONTRATO QUE DEBE ABONAR EL ADJUDICATARIO El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de la licitación en el Boletín Oficial de la Provincia hasta un importe máximo de 1.000 €.

  • Enmiendas a los Documentos de Licitación 11.1 Antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas, el Contratante podrá modificar los Documentos de Licitación mediante una enmienda. 11.2 Cualquier enmienda que se emita formará parte integral de los Documentos de Licitación y será comunicada por escrito a todos los que compraron los Documentos de Licitación. Los posibles Oferentes deberán acusar recibo de cada enmienda por escrito al Contratante.

  • Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el RD. 364/2005, de 8 xx xxxxx. La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 12 “Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego. El contratista queda obligado igualmente a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva. La acreditación de dicho cumplimiento se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores con discapacidad.

  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación 2.000 euros