Recursos adicionales. El monto de los recursos adicionales que, de conformidad con el Artículo 6.04 de las Normas Generales, el Prestatario se compromete a aportar oportunamente para la completa e ininterrumpida ejecución del Programa, se estima en el equivalente de US$ 200.000 (Dólares de los Estados Unidos de América doscientos mil), sin que esta estimación implique limitación o reducción de la obligación del Prestatario de conformidad con dicho artículo. Para computar la equivalencia en dólares, se seguirá la regla señalada en el inciso b) del Artículo 3.06 de las Normas Generales.
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Samples: Contrato De Prestamo
Recursos adicionales. a) El monto de los recursos adicionales que, de conformidad con el Artículo 6.04 de las Normas Generales, el Prestatario se compromete a aportar oportunamente para la completa e ininterrumpida ejecución del Programa, se estima en el equivalente de US$ 200.000 (Dólares dos millones de dólares de los Estados Unidos de América doscientos mil(US$ 2.000.000), que podrá incluir los aportes provenientes, en partes iguales, de los subprestatarios y de las IFIs, sin que esta estimación implique limitación o reducción de la obligación del Prestatario de conformidad con dicho artículoArtículo. Para computar la equivalencia en dólares, se seguirá la regla señalada en el inciso ba) del Artículo 3.06 3.05 de las Normas Generales.
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Samples: Contrato De Prestamo
Recursos adicionales. a) El monto de los recursos adicionales que, de conformidad con el Artículo 6.04 de las Normas Generales, el Prestatario Beneficiario se compromete a aportar oportunamente para la completa e ininterrumpida ejecución del Programa, se estima en el equivalente de US$ 200.000 U$S 8.000.000 (Dólares Ocho millones de dólares de los Estados Unidos de América doscientos milAmérica), sin que esta estimación implique limitación o reducción de la obligación del Prestatario Beneficiario de conformidad con dicho artículoArtículo. Para computar la equivalencia en dólares, se seguirá la regla señalada en el inciso ba) del Artículo 3.06 3.05 de las Normas Generales.; y,
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Samples: Contrato De Prestamo
Recursos adicionales. a) El monto de los recursos adicionales a los de este préstamo y a los xxx xxxxxxxx 744/OC-PR que, de conformidad con el Artículo 6.04 de las Normas Generales, el Prestatario se compromete a aportar oportunamente para la completa e ininterrumpida ejecución del Programa, se estima en el equivalente de US$ 200.000 U$S 4.600.000 (Dólares Cuatro millones seiscientos mil dólares de los Estados Unidos de América doscientos milAmérica), sin que esta estimación implique limitación o reducción de la obligación del Prestatario de conformidad con dicho artículo. Para computar la equivalencia en dólares, se seguirá la regla señalada en el inciso ba) del Artículo 3.06 3.05 de las Normas Generales.; y,
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Samples: docs.paraguay.justia.com
Recursos adicionales. a) El monto de los recursos adicionales que, de conformidad con el Artículo conforme al artículo 6.04 de las Normas Generales, el Prestatario se compromete a aportar oportunamente para la completa e ininterrumpida ejecución del Programa, programa se estima en el equivalente de US$ 200.000 (Dólares once millones novecientos mil dólares de los Estados Unidos de América doscientos mil(US$ 11.900.000), sin que esta estimación implique limitación o reducción de la obligación del Prestatario de conformidad con dicho artículo. Para computar la equivalencia en dólares, se seguirá la regla señalada en el inciso ba) del Artículo 3.06 artículo 3.04 de las Normas Generales.
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Samples: www.conicit.go.cr