REDUCCIÓN DE LA SUMA ASEGURADA. CLÁUSULA 9 - Si la suma asegurada supera notablemente el valor actual del interés asegurado, el Asegurador o el Asegurado pueden requerir su reducción (Art. 1601 C. Civil). Si el Asegurador ejerce este derecho, la prima se disminuirá proporcionalmente al monto de la reducción por el plazo no corrido. Si el Asegurado opta por la reducción, el Asegurador tendrá derecho a la prima correspondiente al monto de la reducción por el tiempo transcurrido, calculada según la tarifa a corto plazo.
REDUCCIÓN DE LA SUMA ASEGURADA. La suma asegurada de la cobertura afectada, quedará automáticamente reducida en una cantidad igual al monto del o los siniestros asumidos por La Positiva respecto de los siniestros amparados por esta póliza.
REDUCCIÓN DE LA SUMA ASEGURADA. CLÁUSULA 14 – Si la suma asegurada supera notablemente el valor actual del interés asegurado, el Asegurador o el Tomador pueden requerir su reducción (Art. 1.601 C. Civil).
REDUCCIÓN DE LA SUMA ASEGURADA. Si la suma asegurada supera notablemente el valor actual del interés asegurado, el Asegurador o el Asegurado pueden requerir su reducción. Si el Asegurador ejerce este derecho, la prima se disminuirá proporcionalmente al monto de la reducción por el plazo no corrido. Si el Asegurado opta por la reducción, no tendrá derecho a la prima correspondiente al monto de la reducción por el tiempo transcurrido.
REDUCCIÓN DE LA SUMA ASEGURADA. La suma asegurada en la póliza quedará reducida automáticamente en la cantidad que se hubiere pagado por siniestros bajo este seguro, desde la fecha de su ocurrencia.
REDUCCIÓN DE LA SUMA ASEGURADA. Artículo 47. En caso de indemnización por daños parciales, la empresa de seguros quedará obligada durante el período que falte por transcurrir de vigencia de la póliza, hasta por el total de la suma asegurada, salvo convención en contrario. Esta circunstancia debe indicarse expresamente en la póliza de seguro. Efecto de las notificaciones al productor
REDUCCIÓN DE LA SUMA ASEGURADA. En caso de pérdida cubierta bajo esta póliza, la suma quedará reducida en el monto indemnizado, salvo que a petición del Asegurado, efectuada antes de un nuevo siniestro, la suma asegurada hubiera sido ajustada en el valor indemnizado, mediante el pago de una prima extra igual a un 365 avo de la prima anual que corresponda a la suma aumentada, por cada día que falte para la expiración normal del seguro.
REDUCCIÓN DE LA SUMA ASEGURADA. La suma asegurada establecida en la presente póliza, se reducirá en la medida en que él o los anticipos cuyo uso se garantiza, se los vaya devengando; así como, de ser el caso, cuando se reciban provisional o definitivamente los bienes.
REDUCCIÓN DE LA SUMA ASEGURADA. ARTÍCULO 16
REDUCCIÓN DE LA SUMA ASEGURADA. Cada reclamación pagada bajo las coberturas de este endoso, excepto rotura xx xxxxxxxxx, reduce la cantidad asegurada en una suma igual a la pagada. No obstante lo antes señalado, se conviene la reinstalación automática de dicha suma condicionada a que el Asegurado pague la prima a prorrata que resulte, dentro del plazo señalado por la Ley de Seguros. Si agotado el plazo La Compañía no ha recibido el importe correspondiente, la reinstalación queda sin efecto. En caso de posterior cancelación de la Póliza, la prima de la reinstalación se considerará consumida y por lo tanto no será objeto de devolución.