Common use of REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO Clause in Contracts

REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir El Concurso Para La Contratación Mediante Procedimiento Abierto De Los Servicios De Colaboracion en La Gestion Tributaria, Gestion Inspectora, Procedimiento Sancionador Y Recaudación De Multas De Trafico Y Gestion Recaudatoria Del Ayuntamiento De Alfara Del Patriarca, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Los Servicios Profesionales De Prensa, Información, Imagen Y Comunicación Del Ayuntamiento De Almagro

REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. Este El contrato a que se refiere el presente Xxxxxx tiene carácter administrativo sometiéndose las partes para todas las cuestiones litigiosas derivadas de la interpretación y su preparación, adjudicación, efectos y extinción aplicación del contrato a la jurisdicción del domicilio del Ayuntamiento xx Xxxxxx con expresa renuncia a otro Fuero. El contrato se regirá por lo establecido las cláusulas del presente Pliego de Condiciones y demás disposiciones de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprobó el Texto Refundido sobre las Disposiciones Legales vigentes en este Pliegomateria de Régimen Local y a sus disposiciones reglamentarias; Real Decreto 2/2000, y para lo no previsto en él, será de aplicación 16 xx xxxxx por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, las Administraciones Públicas y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009; Públicas, supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, del Derecho Administrativo y en su defecto, las normas de derecho privado. El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembreDerecho Privado.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Sirven De Base Al Concurso Para Contratar La Gestion De Los Servicios De Atención Domiciliaria

REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, Pliego y para lo no previsto en él, él será de aplicación el Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector PúblicoPúblico (TRLCSP), aprobado el Real Decreto 817/2009 de 8 xx xxxx, por lo que se desarrolla parcialmente la LCSP, el Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre consolidado el 25 de septiembre de 2.015 que aprueba el Reglamento General de Contratación y supletoriamente el resto de normas de derecho administrativo y en su defecto de derecho privado. De conformidad con los artículos 10 y el Anexo II del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector PúblicoPúblico (en adelante, aprobado por TRLCSP), el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.contrato que se pretende adjudicar se califica como CONTRATO DE SERVICIOS GRUPO 27

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Que Han De Regir La Adjudicación

REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para 23.1 Para todo lo no previsto en élpresente Pliego, será de aplicación el Texto Refundido se aplicarán las disposiciones de la Ley legislación vigente en material de Contratos del Sector Públicocontratación administrativa, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente es especial en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del contrato del Sector Público, y el Real Decreto R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas Públicas, y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes demás normas de derecho administrativo ydesarrollo y modificaciones procedan. Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en las disposiciones vigentes en materia de contratación de servicios, en su defectoel Órgano de Contratación ostente la prerrogativa de interpretar el contrato, las normas de derecho privado. El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias dudas que surjan entre las partes en el presente contrato ofrezca su cumplimiento, modificarlo, acordar su resolución y determinar los efectos de conformidad con lo ésta. Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. Contra los mismos procederá recurso contencioso-administrativo, conforme a la dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley reguladora de Contratos del Sector Públicodicha Jurisdicción. La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, aprobado por al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativo en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembrecontrato.

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Samples: www.ffis.es

REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, noviembre por el que se desarrolla parcialmente aprueba el texto refundido de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga al texto refundido referenciado y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009; Ley 3/2011 de 24 de febrero de medidas en materia de Contratos del Sector Público xx Xxxxxx, supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 22.1 del Texto Refundido Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Del Procedimiento Negociado Sin Publicidad Varios Criterios De Adjudicación, Tramitación Urgente

REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga a la Ley 30/2007 y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto RD 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del Servicio De Edición, Impresión Y Distribución De La Revista

REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. Este El presente contrato tiene carácter administrativo y su preparaciónambas partes quedan sometidas, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y expresamente para lo cuanto no esté previsto en élel presente pliego y en el de prescripciones técnicas, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente a la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001817/2009, de 12 de octubre, 8 xx Xxxx por el que se aprueba desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público y en cuanto no se encuentre derogado por ésta, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y esté vigente tras la entrada en vigor del administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas 1098/2001 de derecho administrativo y, en su defecto, las normas 12 de derecho privadoOctubre . El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo En todo caso será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes de aplicación respecto de ambos pliegos lo establecido en el presente contrato artículo 68.3 del citado Reglamento. Tanto el Pliego de Prescripciones Técnicas como el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares revisten carácter contractual, por lo que deberán ser firmados en el mismo acto de formalización del contrato. En los supuestos previstos en el artículo 37 de la LCSP, procederá la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación. Contra la resolución del recurso administrativo especial en materia de contratación, sólo procederá la interposición del recurso contencioso-administrativo. Para aquellos supuestos no contemplados en el citado artículo, y de conformidad con lo dispuesto establecido en el artículo 21.1 del Texto Refundido los artículos 116 y siguientes de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/201130/1992, de 14 26 de noviembreNoviembre, cabrá la interposición del recurso potestativo de reposición o ser impugnados directamente ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de dicha Jurisdicción.

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Samples: www.conr.es

REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO. Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el d el Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga a la Ley 30/2007 y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto RD 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del Servicio De Asistencia Tecnica