REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El contrato, se entiende legalizado con la suscripción y expedición del registro presupuestal correspondiente. Para la ejecución, el contrato debe estar legalizado y aprobada la garantía de cumplimiento.
REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Se entenderá que se han cumplido por el Contratista la totalidad de los requisitos para la ejecución del presente Contrato cuando se emita la aprobación de los documentos que acrediten que el CONTRATISTA presenta de manera inequívoca y correcta dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de suscripción del contrato: i) las garantías de cumplimiento y responsabilidad civil con el cubrimiento de los amparos en las condiciones definidas en la cláusula decima séptima del Contrato y en su Anexo 6.2 Riesgos y Garantías; ii) Certificación actualizada del cumplimiento de las obligaciones exigidas por el artículo 50 xx Xxx 789 de 2002. Las Garantías, deberán presentarse en el FONDO TIC dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de suscripción del presente Contrato. En caso de que el CONTRATISTA no cumpla oportunamente con la presentación de los requisitos para la ejecución del presente Contrato, o se niegue a modificar las Garantías del Contrato cuando así se lo solicite el FONDO TIC, esta entidad hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Propuesta presentada por el Contratista y podrá declarar la terminación anticipada del Contrato, según el caso. PARÁGRAFO PRIMERO. Como requisito para la legalización del Contrato de Aporte con Recursos de Fomento, el CONTRATISTA deberá dar cumplimiento del artículo 50 xx Xxx 789 de 2002, mediante la presentación de una certificación del Revisor Fiscal cuando éste exista de acuerdo con los requerimiento xx xxx, o por el representante legal, en que acredite el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales, Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Cajas de Compensación Familiar, durante los últimos seis (6) meses anteriores a la celebración del presente Contrato. El FONDO TIC se reserva el derecho a verificar la veracidad de la información contenida en la certificación.
REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Para iniciar la ejecución del presente Contrato es necesario que se de cumplimiento a todas y cada una de las condiciones enunciadas en los siguientes numerales de esta Cláusula. Una vez estén cumplidos todos los requisitos exigidos para el inicio de la ejecución del Contrato, la CONCEDENTE y el CONCESIONARIO procederán a suscribir el Acta de Inicio de Ejecución. Para efectos de la ejecución del Contrato, si EL CONCESIONARIO es una persona jurídica extranjera, deberá constituir una sucursal en la Ciudad de Santa Xxxxx, de conformidad con las normas aplicables del Código de Comercio. 19
REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El presente Contrato se entiende legalizado y en ejecución cuando se cumplan la totialidad de los siguientes requisitos:
REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Se entenderá que se han cumplido por el Contratista la totalidad de los requisitos para la ejecución del presente Contrato cuando se emita la aprobación de los documentos que acrediten que EL CONTRATISTA presenta de manera inequívoca y correcta dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de suscripción del contrato: a) las garantías de cumplimiento y responsabilidad civil con el cubrimiento de los amparos en las condiciones definidas en el Contrato;
REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El contrato, se entiende legalizado con la suscripción y expedición del registro presupuestal correspondiente. Para dar inicio a la ejecución, el Contratista debe presentar en la Oficina Jurídica de la Procuraduría, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la firma del contrato LA GARANTÍA UNICA DE CUMPLIMIENTO Y EL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL de acuerdo con los parámetros exigidos por la Entidad y cumplir con las cotizaciones al Sistema General de Seguridad Social Integral, y Parafiscales, conforme a lo previsto en las normas aplicables a la materia. El cumplimiento de esta obligación, por parte del Contratista, se acredita, cuando es persona jurídica, mediante certificación suscrita por el representante legal o revisor fiscal de la empresa, según el caso, y cuando es persona natural allegando copia de la planilla PILA debidamente pagada.

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  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El plazo de ejecución será hasta el 31 de diciembre de 2022, contado a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento, legalización y ejecución del contrato.

  • EJECUCIÓN DEL CONTRATO 1.1 Los trabajos de asistencia técnica se realizarán con estricta sujeción a los documentos contractuales y demás datos básicos que definen y condicionan la prestación objeto del contrato. 1.2 El Contratista queda obligado a aportar los equipos técnicos y material, así como los medios auxiliares, humanos y materiales; todo ello en número y grado preciso para la realización del objeto xxx xxxxxx a satisfacción. 1.3 El Contratista se compromete, a fin de facilitar el control y seguimiento de la ejecución del contrato, a remitir a la Fundación ONCE, con la periodicidad que acuerden las partes, y, en todo caso, siempre que se le requiera desde la dirección de la Fundación, un informe detallado del avance de los trabajos desarrollados en ejecución del presente contrato con los resultados hasta entonces alcanzados. 1.4 Asimismo el Contratista se obliga a someterse al régimen jurídico- financiero exigido por las normas comunitarias, así como a las medidas de control, verificación y auditoría que por parte de las autoridades comunitarias pudieran venir impuestas. En este sentido, se compromete/n a llevar una contabilidad separada o analítica que permita en todo momento identificar adecuadamente las partidas objeto de este contrato. 1.5 El Contratista llevará a cabo el servicio encomendado por la Fundación ONCE con absoluta confidencialidad, con la debida diligencia y secreto profesional. La información, documentación y material que se le entregue por parte de la Fundación ONCE, o a la que él mismo tenga acceso por cualquier otra causa, tendrá como finalidad exclusiva su uso para el servicio referido. En este sentido, el Contratista se debe, en el desempeño de sus funciones, a los principios de buena fe, sigilo, profesionalidad y confidencialidad, y no podrá facilitar la información que obtenga en el ejercicio de aquéllas, siempre que puedan favorecer la actividad profesional de terceros o perjudicar a la Fundación ONCE, comprometiéndose expresamente a no realizar copias, grabar, reproducir, manipular, revelar a terceros, o poner a disposición de éstos la información o documentación que pueda recibir directa o indirectamente de la Fundación ONCE, o haya utilizado para el desempeño del servicio contratado. El Contratista se compromete a no revelar a persona alguna las negociaciones, transacciones o cualesquiera asunto de las partes, ni el contenido, ni existencia del Contrato suscrito entre ellas, ni cualquier otra información relativa a la actividad que desarrolla la Fundación ONCE. El Contratista no podrá hacer uso de la información a que se refiere este epígrafe ni en beneficio propio ni de terceros, quedando prohibida su revelación, comunicación, o cesión a terceros, así como, en general su utilización con finalidades distintas de las de este contrato. 1.6 El Contratista responderá frente a la Fundación ONCE del incumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud de la presente estipulación, que sean directamente imputables al Contratista o a cualquiera de sus empleados o colaboradores, de los cuales deberá responder legalmente, incluso aún después de producida la terminación del contrato por cualquier causa. 1.7 El Contratista reconoce expresamente que los datos de carácter personal, a los que tuviera acceso por razón de la prestación objeto del presente contrato, son de la exclusiva propiedad de la Fundación ONCE, por lo que no podrá aplicarlos o utilizarlos para un fin distinto al recogido en el presente documento, ni cederlos a otras personas, ni siquiera a efectos de conservación, obligándose asimismo a devolver íntegramente a la Fundación ONCE los ficheros, automatizados o no, de datos de carácter personal a los que hubiera tenido acceso, cuando sea requerido a ello por la Fundación ONCE y, en todo caso, al vencimiento del presente contrato. El Contratista se compromete a que, en su caso, el tratamiento de los datos de carácter personal a que tenga acceso por razón de la prestación de los servicios objeto del presente contrato, y de cuanta información en general le sea facilitada por la Fundación ONCE, sea realizado de conformidad con las instrucciones que en todo momento le sean dadas por la Fundación ONCE. 1.8 El contratista se obliga a mantener el más estricto secreto profesional y confidencialidad respecto de los datos de carácter personal a que tuviera acceso por razón del contrato, así como a cumplir diligentemente el deber xx xxxxxxx y custodia que sobre los mismos impone la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal. Estos deberes serán exigibles al Contratista durante la vigencia del contrato y aún después de producida la terminación por cualquier causa del mismo, siendo responsable frente a la Fundación ONCE del incumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud de la presente estipulación que sea directamente imputable al mismo o a cualquiera de sus empleados o colaboradores, de cuyo comportamiento deberá igualmente responder frente a la Fundación ONCE. Asimismo el Contratista se compromete expresamente a adoptar las medidas necesarias de índole técnica y organizativa que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal a los que tenga acceso y a evitar su alteración, pérdida, tratamiento y acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que estén expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural, debiéndose ajustar en todo momento a lo dispuesto sobre este extremo en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal así como en las normas complementarias que la desarrollen. 1.9 El contratista acepta, expresamente, que sus datos personales figurarán en la relación de beneficiarios de ayudas de los Fondos Estructurales de la base de datos establecida al efecto por la Comisión Europea en cumplimiento del art. 37 Reglamento (CE) nº 1828/2006, de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, y el Reglamento (CE) nº 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Europeo del Desarrollo Regional en la página Web de la Unión Europea: xxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxxx_xxxxxx/xxx/xxxxxxxx/xxxxxxx_0000_xx.xxx

  • CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Art. 118 TRLCSP

  • REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato: a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

  • Condiciones de ejecución del contrato Se utilizará pedido electrónico : No Se aceptará factura electrónica : Sí Se utilizará el pago electrónico : No

  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • REQUISITOS PARA PERFECCIONAR EL CONTRATO El postor ganador de la buena pro debe presentar los siguientes documentos para perfeccionar el contrato: a) Garantía de fiel cumplimiento del contrato.

  • DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN 8.1.- La duración del contrato, el plazo de ejecución total, los plazos de ejecución parciales, en su caso, o la fecha de inicio del servicio son los que figuran en la letra C del Cuadro de características del contrato, son indicativos y podrán ser modificados, en su caso, como consecuencia de la licitación. 8.2.- En el supuesto de contrato de resultado, el plazo máximo de ejecución empieza a contar desde el día que se estipule en el contrato. 8.3.- En el supuesto de contratos de actividad por precio a tanto alzado o por unidades de ejecución o de tiempo, el plazo máximo de vigencia es el indicado en la letra C, o bien hasta que se haya agotado el presupuesto máximo del mismo, en el supuesto de que este hecho se produjera con antelación al cumplimiento del plazo antes señalado.

  • EJECUCION DEL CONTRATO La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente pliego y, en su caso, a las especificaciones técnicas unidas al expediente, bajo la dirección, inspección y control de la Administración, quien ejercerá estas facultades tanto por escrito como verbalmente. Cuando por actos u omisiones imputables al contratista o a personas de él dependientes se comprometa la buena marcha del contrato, la Administración podrá exigir la adopción de las medidas que estime necesarias para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución del mismo.