RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. De conformidad con el punto 66 del numeral V.1.16 de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de La Secretaría y, cuando el licitante adjudicado incumpla con las obligaciones pactadas en esta Convocatoria y en el instrumento jurídico correspondiente, se procederá a la rescisión administrativa del mismo sin necesidad de Declaración Judicial previa, de conformidad a lo establecido en el Artículo 54 de la LAASSP y el apartado 4.3.5. del Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, si el Proveedor incurriera en cualquiera de los siguientes casos, de manera enunciativa:
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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas De Carácter Nacional, Invitación a Cuando Menos Tres Personas De Carácter, Formato C Manifestación
RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. De conformidad con el punto 66 del numeral V.1.16 de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios POBALINES de La Secretaría y, cuando el licitante adjudicado incumpla con las obligaciones pactadas en esta Convocatoria y en el instrumento jurídico correspondiente, se procederá a la rescisión administrativa del mismo sin necesidad de Declaración Judicial previa, de conformidad a lo establecido en el Artículo 54 de la LAASSP y el apartado 4.3.5. del Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, si el Proveedor incurriera en cualquiera de los siguientes casos, de manera enunciativa:
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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas De Carácter Nacional, Invitación a Cuando Menos Tres Personas, Invitación a Cuando Menos Tres Personas De Carácter Nacional
RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. De conformidad con el punto 66 del numeral V.1.16 79 de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de La Secretaría del PRONAFIM y, cuando el licitante adjudicado incumpla con las obligaciones pactadas en esta Convocatoria y en el instrumento jurídico correspondientelos Contratos, se procederá a la rescisión administrativa del mismo de los mismos sin necesidad de Declaración Judicial previa, de conformidad a lo establecido en el Artículo 54 de la LAASSP y el apartado 4.3.5. del Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, si el Proveedor incurriera en cualquiera de los siguientes casos, de manera enunciativaenunciativa más no limitativa:
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios, Contrato De Prestación De Servicios
RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. De conformidad con el punto 66 del numeral V.1.16 de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de La la Secretaría y, cuando el licitante adjudicado incumpla con las obligaciones pactadas en esta Convocatoria y en el instrumento jurídico correspondienteContrato, se procederá a la rescisión administrativa del mismo sin necesidad de Declaración Judicial previa, de conformidad a lo establecido en el Artículo 54 de la LAASSP y el apartado 4.3.5. del Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, si el Proveedor incurriera en cualquiera de los siguientes casos, de manera enunciativa:
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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas De Carácter Nacional, Contrato De Prestación De Servicios
RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. De conformidad con el punto 66 del numeral V.1.16 79 de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de La Secretaría del PRONAFIM y, cuando el licitante adjudicado incumpla con las obligaciones pactadas en esta Convocatoria y en el instrumento jurídico correspondientelos Contratos, se procederá a la rescisión administrativa del mismo sin necesidad de Declaración Judicial previa, de conformidad a lo establecido en el Artículo 54 de la LAASSP y el apartado 4.3.5. del Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, si el Proveedor incurriera en cualquiera de los siguientes casos, de manera enunciativaenunciativa más no limitativa:
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Samples: www.gob.mx, www.gob.mx
RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. De conformidad con el punto 66 del numeral V.1.16 de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de La Secretaría y, cuando el licitante adjudicado incumpla con las obligaciones pactadas en esta Convocatoria y en el instrumento jurídico correspondientelos instrumentos jurídicos correspondientes, se procederá a la rescisión administrativa del mismo de los mismos sin necesidad de Declaración Judicial previa, de conformidad a lo establecido en el Artículo 54 de la LAASSP y el apartado 4.3.5. del Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, si el Proveedor incurriera en cualquiera de los siguientes casos, de manera enunciativa:
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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas De Carácter
RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. De conformidad con el punto 66 del numeral V.1.16 79 de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de La Secretaría y, del PRONAFIM y cuando el licitante adjudicado incumpla con las obligaciones pactadas en esta Convocatoria y en el instrumento jurídico correspondientelos Contratos, se procederá a la rescisión administrativa del mismo de los mismos sin necesidad de Declaración Judicial previa, de conformidad a lo establecido en el Artículo 54 de la LAASSP LAASSP, y el apartado 4.3.5. del Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, si el Proveedor incurriera en cualquiera de los siguientes casos, de manera enunciativa:
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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas De Carácter
RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. De conformidad con el punto 66 del numeral V.1.16 de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de La Secretaría ySecretaría, cuando el licitante adjudicado incumpla con las obligaciones pactadas en esta Convocatoria y en el instrumento jurídico correspondienteContrato, se procederá a la rescisión administrativa del mismo sin necesidad de Declaración Judicial previa, de conformidad a lo establecido en el Artículo 54 de la LAASSP “LAASSP” y el apartado 4.3.5. 4.3.5.1 del Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, si el Proveedor incurriera en cualquiera de los siguientes casos, de manera enunciativa:
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RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. De conformidad con el punto 66 del numeral V.1.16 de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia POBALINES de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de La la Secretaría y, cuando el licitante adjudicado incumpla con las obligaciones pactadas en esta Convocatoria el Anexo 1 Anexo Técnico y en el instrumento jurídico correspondientelos instrumentos jurídicos correspondientes, se procederá a la rescisión administrativa del mismo sin necesidad de Declaración Judicial previa, de conformidad a lo establecido en el Artículo 54 de la LAASSP y el apartado 4.3.5. del Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, si el Proveedor incurriera en cualquiera de los siguientes casos, de manera enunciativa:
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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres
RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. De conformidad con el punto 66 del numeral V.1.16 de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de La Secretaría y, cuando el licitante adjudicado incumpla con las obligaciones pactadas en esta Convocatoria y en el instrumento jurídico correspondienteContrato, se procederá a la rescisión administrativa del mismo sin necesidad de Declaración Judicial previa, de conformidad a lo establecido en el Artículo 54 de la LAASSP y el apartado 4.3.5. del Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, si el Proveedor incurriera en cualquiera de los siguientes casos, de manera enunciativa:
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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas De Carácter Nacional
RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. De conformidad con el punto 66 del numeral V.1.16 de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de La Secretaría “LA SECRETARÍA” y, cuando el licitante adjudicado ganador incumpla con las obligaciones pactadas en esta Convocatoria y en el instrumento jurídico correspondienteContrato, se procederá a la rescisión administrativa del mismo sin necesidad de Declaración Judicial previa, de conformidad a lo establecido en el Artículo 54 de la LAASSP “LAASSP” y el apartado 4.3.5. del Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, si el Proveedor incurriera en cualquiera de los siguientes casos, de manera enunciativa:
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