RESERVA DE LA INFORMACIÓN Cláusulas de Ejemplo

RESERVA DE LA INFORMACIÓN. La información que suministra CHEC o que conozca el Contratista en virtud de la ejecución contractual es considerada de carácter reservada, por lo tanto sólo podrá destinarse para los fines atinentes a la ejecución del contrato. Cualquier filtración de información reservada de CHEC imputada al contratista será causal de terminación anticipada del contrato con las consecuencias que esta figura le acarrea.
RESERVA DE LA INFORMACIÓN. LA EMPRESA se obliga a mantener en reserva la información relacionada con la ejecución del Servicio, la cual es propiedad exclusiva xx XXXXXXX NACIONAL.
RESERVA DE LA INFORMACIÓN. Artículo 18. Los miembros de las Comisiones de Contrataciones, así como aquellas personas que por cualquier motivo intervengan en las actuaciones de las Comisiones, deberán guardar debida reserva de la documentación presentada, así como, de los informes, opiniones y deliberaciones que se realicen con ocasión del procedimiento.
RESERVA DE LA INFORMACIÓN. Artículo 90. En el lapso comprendido desde la apertura de sobres contentivos de las manifestaciones de voluntad u ofertas, según el caso, hasta la notificación de los resultados, se reservará la información sobre la calificación, el examen y evaluación de las ofertas.
RESERVA DE LA INFORMACIÓN. NORMAS, MÉTODOS Y PRUEBAS QUE SE EMPLEAN PARA DETERMINAR 3.7 SI EL SERVICIO REQUERIDO SE AJUSTA A LAS ESPECIFICACIONES DEFINIDAS
RESERVA DE LA INFORMACIÓN. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 90 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza xx Xxx de Contrataciones Públicas, la Comisión de Contrataciones, en el lapso comprendido desde la apertura de sobres contentivos de las manifestaciones de voluntad u ofertas, según el caso, hasta la notificación de los resultados, se reservará la información sobre la calificación, el exámen y evaluación de las ofertas. Salvo por lo estipulado en el numeral 2.1 “Aclaratorias xxx Xxxxxx de Condiciones” y numeral 2.5.3 “Aclaratoria de la Oferta Económica”, xxx xxxxxx de condiciones, los oferentes no podrán establecer contacto con el Órgano Contratante en relación a cualquier aspecto relativo a su oferta, desde el momento de la apertura del sobre hasta el momento de la adjudicación.
RESERVA DE LA INFORMACIÓN. De conformidad con lo previsto en el artículo 105 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (E.O.S.F.), sin perjuicio de la obligación de transmitir de forma inmediata y suficiente a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) los reportes externos que por mandato legal nos correspondan, La Aseguradora sólo está obligada a suministrar información obtenida en desarrollo de los mecanismos de control y monitoreo establecidos por el SARLAFT, cuando así lo soliciten la UIAF, la Superintendencia Financiera de Colombia y la Fiscalía General de la Nación. El Código de Conducta y Ética, es el instrumento mediante el cual compañía señala de manera expresa las reglas de conducta que orientan su actuación y la de cada uno de sus funcionarios. Estas reglas son de imperativo cumplimiento para todos los funcionarios, de manera que sus preceptos se observen en cada acto u operación, por convicción y como manifestación de un propósito preventivo. Dicho Código de Conducta y Ética se encuentra publicado en la intranet, ubicado en la Biblioteca Virtual - Publicaciones y Documentos – Gobierno Corporativo - Gobierno Corporativo – Manual de Conducta y Ética. Todo lo allí contenido se hace extensible a las actividades relacionadas con el SARLAFT.
RESERVA DE LA INFORMACIÓN. Artículo 67. En el lapso comprendido desde la apertura de sobres contentivos de las manifestaciones de voluntad u ofertas, según el caso, hasta la notificación de los resultados, no se debe suministrar información alguna sobre la calificación, el examen y evaluación de las ofertas.
RESERVA DE LA INFORMACIÓN. Los datos e informaciones existentes en la Secretaría de Hacienda sobre los contribuyentes, con excepción de la identificación y ubicación, son de carácter reservado; en consecuencia, sólo podrán suministrarse a los contribuyentes o a sus apoderados cuando lo soliciten por escrito y a las autoridades que lo requieran conforme a la ley.
RESERVA DE LA INFORMACIÓN. EL PROVEEDOR se obliga a mantener en reserva la información relacionada con la ejecución de la entrega, la cual es propiedad exclusiva de LA MUNICIPALIDAD