RESPONSABILIDADES DEL PRESTADOR DEL SERVICIO Cláusulas de Ejemplo

RESPONSABILIDADES DEL PRESTADOR DEL SERVICIO i. El prestador del servicio deberá establecer los lineamientos necesarios para que su personal operativo reciba la capacitación y entrenamiento constantes en materia de seguridad, protección y derechos humanos, de acuerdo a los riesgos propios de la operación cotidiana, garantizando con ello una adecuada actuación y comportamiento del personal operativo.
RESPONSABILIDADES DEL PRESTADOR DEL SERVICIO. PARA LOS CASOS EN QUE LOS SERVICIOS SE REALICEN DENTRO DE LAS INSTALACIONES DEL IMP, EL PRESTADOR DE SERVICIOS DEBE ACORDONAR EL ÁREA DE TRABAJO, LO ANTERIOR POR CUESTIONES DE SEGURIDAD, DE IGUAL FORMA, EL SUPERVISOR DEL IMP ASIGNARÁ EL ÁREA PARA LA REALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS EN SITIO. DEBE LLENAR UN REPORTE DE ACTIVIDADES FOLIADO, ANOTANDO EN FORMA DETALLADA EL SERVICIO A REALIZAR, LOS MATERIALES Y REFACCIONES QUE EN SU CASO SE HAYAN SUMINISTRADO. ASÍ MISMO DEBEN ANOTARSE LAS CARACTERÍSTICAS, MARCA, TIPO (TERMOSTATO, ARRANCADOR, ACTUADOR, MICROINTERRUPTOR, TRANSFORMADOR, ETC.), Y NO. DE INVENTARIO O SERIE, CAPACIDAD EN TR, DE CADA UNO DE LOS EQUIPOS INTERVENIDOS PARA QUE SEA AVALADO POR EL IMP ANEXANDO A CADA ORDEN DE SERVICIO ANTES DE PRESENTAR SU FACTURA MENSUAL. CUANDO EL PRESTADOR DE SERVICIOS RECIBA UN REPORTE XX XXXXX DE ALGÚN EQUIPO, ESTE DEBE DAR RESPUESTA DE FORMA INMEDIATA AL COMUNICADO APLICANDO EL SERVICIO PREVENTIVO Y/O CORRECTIVO CORRESPONDIENTE SI ESTA SE ORIGINÓ POR UN MAL SERVICIO DE MANTENIMIENTO YA SEA PREVENTIVO O CORRECTIVO EL PRESTADOR DE SERVICIOS DEBE REPETIR EL PROCESO, SUSTITUYENDO PIEZAS SI ASÍ SE REQUIERE, DICHO PROCESO NO OCASIONARÁ NINGÚN CARGO ADICIONAL A “EL IMP”. EL PRESTADOR DE SERVICIOS DEBE ENTREGAR TODOS LOS EQUIPOS INTERVENIDOS EN OPERACIÓN NORMAL Y A SATISFACCIÓN DEL USUARIO DEL IMP. EL PRESTADOR DE SERVICIOS DEBE CONTAR CON VEHÍCULO ADECUADO Y EN CONDICIONES PARA TRANSPORTE DE LOS ELEMENTOS Y DE EQUIPO PARA LA REALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS, EL CUAL DEBE ESTAR EN BUENAS CONDICIONES, POR LO QUE DEBE ESTAR EN DISPONIBILIDAD PARA CUANDO SEA REQUERIDO, LO ANTERIOR SOLO PARA EFECTOS DEL PROPIO SERVICIO, EL IMP NO ABSORBERÁ NINGÚN GASTO ADICIONAL NI RESPONSABILIDAD POR CONCEPTO DEL USO Y OPERACIÓN DE ESTE VEHÍCULO EL PRESTADOR DE SERVICIOS SERÁ EL RESPONSABLE DEL DESTINO FINAL DE LOS DESECHOS DERIVADOS DEL REFACCIONAMIENTO DE PARTES SUSTITUIDAS EN LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO, CON PREVIA AUTORIZACIÓN DEL SUPERVISOR DE LOS SERVICIOS POR PARTE DEL IMP EL PRESTADOR DE SERVICIOS PODRÁ INTEGRAR DENTRO DE SU PROPUESTA TÉCNICA Y SOLAMENTE COMO APOYO A SU COTIZACIÓN FOLLETOS Y MANUALES DEL REFACCIONAMIENTO REFERIDO EN ESTAS BASES, ASÍ COMO CARTAS DE LOS FABRICANTES X XXXXX DISTRIBUIDORAS EN LOS QUE INDIQUEN LAS GARANTÍAS OFERTADAS PARA DICHO REFACCIONAMIENTO. SERÁ RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR DE SERVICIOS, PRESENTAR UN REPORTE DE CADA SERVICIO REALIZADO, DONDE SE INCLUYA EL TIPO DE REPARACIÓN, TIPO DE EQUIPO Y NÚMER...

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.