SEGURO POR CUENTA AJENA. Cuando se encuentre en posesión de la póliza, el Tomador puede disponer a nombre propio de los derechos que resultan del contrato. Puede igualmente cobrar la indemnización, pero el asegurador tiene el derecho de exigir que el Tomador acredite previamente el consentimiento del Asegurado, a menos que el Tomador demuestre que contrató por mandato de aquel o en razón de una obligación legal (Art. 1567 C. Civil).
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Samples: Contrato De Seguro, Insurance Policy, Insurance Contract
SEGURO POR CUENTA AJENA. Cuando se encuentre en posesión de la póliza, el Tomador puede disponer a nombre propio de los derechos que resultan del contrato. Puede igualmente cobrar la indemnización, pero el asegurador Asegurador tiene el derecho de exigir que el Tomador acredite previamente el consentimiento del Asegurado, a menos que el Tomador demuestre que contrató por mandato de aquel aquél o en razón de una obligación legal (Art. 1567 C. Civil).1.567
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Samples: Seguro De Vehículo Automotores, Insurance Policy, Condiciones Particulares Equipos Contratistas
SEGURO POR CUENTA AJENA. Cuando se encuentre en posesión de la póliza, el Tomador puede disponer a nombre propio de los derechos que resultan del contrato. Puede igualmente cobrar la indemnización, pero el asegurador Asegurador tiene el derecho de exigir que el Tomador acredite previamente el consentimiento del Asegurado, a menos que el Tomador demuestre que contrató por mandato de aquel aquél o en razón de una obligación legal (Art. 1567 C. Civil).
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Samples: Insurance Policy, Seguro Técnico Todo Riesgo Contratista, Seguro Técnico
SEGURO POR CUENTA AJENA. Cuando se encuentre en posesión de la póliza, el Tomador puede disponer a nombre propio de los derechos que resultan del contrato. Puede igualmente cobrar la indemnización, pero el asegurador Asegurador tiene el derecho de exigir que el Tomador tomador acredite previamente el consentimiento del Asegurado, a menos que el Tomador demuestre que contrató por mandato de aquel o en razón de una obligación legal (Art. 1567 C. Civil).
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Samples: Seguros Patrimoniales, Seguros Patrimoniales, Seguros Patrimoniales
SEGURO POR CUENTA AJENA. Cuando se encuentre en posesión de la póliza, el Tomador puede disponer a nombre propio de los derechos que resultan del contrato. Puede igualmente cobrar la indemnización, pero el asegurador Asegurador tiene el derecho de exigir que el Tomador acredite previamente el consentimiento del Asegurado, a menos que el Tomador demuestre que contrató por mandato de aquel aquél o en razón de una obligación legal (Art. 1567 1.567 C. Civil).
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Samples: Insurance Policy, Insurance Contract
SEGURO POR CUENTA AJENA. Cuando se encuentre en posesión de la póliza, el Tomador puede disponer a nombre propio de los derechos que resultan del contrato. Puede igualmente cobrar la indemnización, . pero el asegurador Asegurador tiene el derecho de exigir que el Tomador acredite previamente el consentimiento del Asegurado, a menos que el Tomador demuestre que contrató contrato por mandato de aquel o en razón de una obligación legal (Art. 1567 Art.1567 C. Civil).
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Samples: Responsabilidad Civil, Responsabilidad Civil
SEGURO POR CUENTA AJENA. Cuando el Tomador se encuentre en posesión de la póliza, el Tomador puede disponer a nombre propio de los derechos que resultan del contrato. Puede igualmente cobrar la indemnización, pero el asegurador Asegurador tiene el derecho de exigir que el Tomador acredite previamente exigirle el consentimiento del Asegurado, a menos que el Tomador demuestre que contrató por mandato de aquel o en razón de una obligación legal . (Art. 1567 Art.1567 C. Civil).
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Samples: Robo, Fidelidad De Empleados
SEGURO POR CUENTA AJENA. Cuando se encuentre en posesión de la póliza, el Tomador puede disponer a nombre propio de los derechos que resultan del contratoContrato. Puede igualmente cobrar la indemnización, pero el asegurador Asegurador tiene el derecho de exigir que el Tomador acredite previamente el consentimiento del Aseguradoasegurado, a menos que el Tomador tomador demuestre que contrató por mandato de aquel o en razón de una obligación legal (Art. 1567 Art.1567 C. Civil).
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SEGURO POR CUENTA AJENA. Cuando se encuentre en posesión de la póliza, el Tomador puede disponer a nombre propio de los derechos que resultan del contrato. Puede igualmente cobrar la indemnización, pero el asegurador Asegurador tiene el derecho de exigir que el Tomador acredite previamente el consentimiento del Asegurado, a menos que el Tomador demuestre que contrató por mandato de aquel aquél o en razón de una obligación legal legal. (Art. 1567 Art.1567 C. Civil).
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Samples: Insurance Policy, Cobranza De Premios Para Seguros Elementales O Patrimoniales
SEGURO POR CUENTA AJENA. Cuando se encuentre encuentra en posesión de la póliza, el Tomador tomador puede disponer a nombre propio de los derechos que resultan resulten del contrato. Puede igualmente cobrar la indemnización, pero el asegurador Asegurador tiene el derecho de exigir que el Tomador tomador acredite previamente el consentimiento del Asegurado, a menos que el Tomador tomador demuestre que contrató contrato por mandato de aquel aquél o en razón de una obligación legal (Art. 1567 C. CivilArt.23 - Ley de Seguros).
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Samples: Insurance Agreement
SEGURO POR CUENTA AJENA. Cuando se encuentre en posesión de la póliza, el Tomador tomador puede disponer a nombre propio de los derechos que resultan del contrato. Puede igualmente cobrar la indemnización, pero el asegurador Asegurador tiene el derecho de exigir que el Tomador tomador acredite previamente el consentimiento del Asegurado, a menos que el Tomador tomador demuestre que contrató por mandato de aquel aquél o en razón de una obligación legal (Art. 1567 C. CivilArt.3 - Ley de Seguros).
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