Sellado del Contrato. El impuesto de sellos que corresponda al contrato será afrontado en su totalidad por el Contratista. A los efectos de su trámite, AGUAS SANTAFESINAS SA. abonará dicho impuesto y procederá descontarlo del primer certificado.
Sellado del Contrato. Será por cuenta del adjudicatario el sellado de contrato en proporción correspondiente cuando fuere protocolizado, teniendo en cuenta la Honorable Legislatura se encuentra EXENTA.-------------------------------------------------
Sellado del Contrato. El sellado del contrato deberá ajustarse a lo establecido en las normas legales provinciales impositivas vigentes. Será además a cargo del Contratista toda erogación que se origine para la firma del contrato y sus ampliaciones cuando así correspondiera.
Sellado del Contrato. El sellado que demande el contrato respectivo, estará a cargo del propietario o locador en un 50% sin derecho a reembolso de ninguna especie. Respecto del 50% a cargo de la Municipalidad,
Sellado del Contrato. El contrato será timbrado con el sellado xx Xxx correspondiente y será soportado por partes iguales entre ambas partes.
Sellado del Contrato. 20 CAPITULO 4 21 DE LA EJECUCION DEL CONTRATO 21
Sellado del Contrato. EI impuesto de seIIos que corresponda aI contrato será afrontado en su totaIidad por eI Contratista. A Ios efectos de su trámite, AGUAS SANTAFESINAS SA. abonará dicho impuesto y procedera descontarIo deI primer crtificado.
Sellado del Contrato. El impuesto de sellos del contrato se efectuará en porcentajes iguales entre CPIA y Contratista.
Sellado del Contrato. Será por cuenta exclusiva del Adjudicatario la parte que le corresponda del sellado del Contrato, el que deberá efectuarse tomando en consideración los montos de la inversión total prevista.
Sellado del Contrato. Una vez firmado el contrato, el adjudicatario procederá por su cuenta y cargo, a efectuar el sellado dispuesto en el Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe. Será, además a su cargo toda otra erogación que origine la firma del contrato, como asimismo los sellados y gastos que se originen en la transferencia del inmueble al final del período de concesión.