Continuidad del SERVICIO Sin perjuicio de las condiciones que en su caso establezca EL PROVEEDOR, MOVISTAR será responsable de la prestación del servicio soporte, atención al cliente y de la gestión de incidencias.
Contratos de servicios Además de en los casos previstos en el artículo 170, los contratos de servicios podrán adjudicarse por procedimiento negociado en los siguientes supuestos:
Servicio 3.1- El Sistema será prestado por medio de equipamientos y recursos humanos técnicos propios de Lewtel o contratados por ésta. El sistema será utilizado para uso exclusivo del CLIENTE en el domicilio indicado en la Solicitud de Servicio, quien en ningún caso podrá modificar el destino del mismo.\n3.2. Comodato: El CLIENTE declara conocer que el cableado interno instalado en su domicilio es una extensión de la red de Lewtel, todos sus componentes son propiedad de Lewtel, incluyendo los Equipos Electrónicos que allí se instalen, reservándose Lewtel el derecho de utilizar para sí o terceros las facilidades adicionales que los mismos puedan brindar para los distintos Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Servicios TIC). El uso de los Equipos instalados y todos los componentes de la red interna se regirán por las normas del Comodato (Arts. 1533 y subsiguientes del Código civil y Comercial). Finalizada la prestación del servicio Lewtel procederá a retirar los Equipos Electrónicos previa coordinación con el Cliente. Lewtel entrega al CLIENTE en comodato el Equipo detallado en la Solicitud de Servicio anexa y que es necesario para el Sistema. El CLIENTE se compromete a mantener el Equipo en el mismo estado de uso y conservación en que le fue entregado. El cliente declara conocer que cada Equipo comprende tanto la ONT o Antena Wireless en sí, su fuente de alimentación y cualquier otro elemento adicional que lo integre. Por ello, si se produjere la pérdida y/o deterioro total o parcial del Equipo, el CLIENTE deberá pagar a Lewtel el valor del mismo. A todo evento el CLIENTE declara tomar conocimiento y aceptar, que el valor de reposición de cada equipo es de Dólares Estadounidenses Cien (U$S 100). En caso que el CLIENTE no devuelva alguno de los componentes del Equipo deberá abonar el valor del faltante, estipulándose en U$S 15 el valor de la fuente de alimentación. Queda a criterio del CLIENTE la contratación a su exclusivo costo y cargo de un seguro que cubra el valor del Equipo por todos los riegos posibles (daño total o parcial por cualquier causal, robo, hurto, etc) dicha póliza deberá tener como beneficiario a Lewtel. La contratación del mentado seguro no exime al CLIENTE de su responsabilidad como obligado principal pagador. Cualquier incumplimiento total o parcial del CLIENTE a sus obligaciones asumidas en estas Condiciones Generales y/o en la Solicitud de Servicios, facultará a Lewtel de pleno derecho a rescindir el comodato y exigir la restitución del Equipo. La falta de restitución del Equipo producirá los efectos de la retención indebida, siendo aplicable lo dispuesto por el art. 173 del Código Penal. Sin perjuicio de lo expuesto y en concepto de Cláusula Penal, en caso que el CLIENTE no devolviera el equipo en tiempo y forma fijados en la interpelación pertinente, el CLIENTE queda obligado al pago de una multa de Dólares Estadounidenses cinco (U$S 5) por cada día de demora en la efectiva devolución. El importe resultante será independiente del que deba pagarse por el valor del Equipo fijado en la Cláusula Quinta y las restantes deudas liquidas y exigibles por servicios y/u otras cargos ya devengados.3.3. Lewtel declara dar expreso cumplimiento a lo dispuesto en los Art. 76 Inc. b y 77 Inc. c del Reglamento de Clientes de los Servicios TIC Resolución 733/2017, que establecen la obligatoriedad de ofrecer un software de protección que impida el acceso a sitios específicos de internet, y el servicio de bloqueos de contenidos, aplicaciones de información y entretenimientos o servicios de control parental.
CALIDAD DEL SERVICIO La evaluación de la calidad y oportunidad del servicio serán practicadas semanalmente por la Oficina del Experto Funcionario en Mantenimiento, Servicios y Correspondencia y los representantes de las Delegaciones Metropolitanas, emitiendo reporte por escrito, al cual se le dará seguimiento y con el que se establecerán acciones encaminadas a la optimización en el cumplimiento eficaz de la prestación del servicio. El licitante ganador deberá elaborar una bitácora de control de rutinas con las horas hombre aplicadas a cada una, describiendo las funciones específicas ya desarrolladas y con las firmas de los operarios y supervisor responsable. En caso de que sean detectados espacios sucios serán reportados por escrito a la supervisión para que se subsane la anomalía de inmediato. La validación del servicio se realizará por parte del Experto Funcionario en Mantenimiento, Servicios y Correspondencia, al cual se le deberá entregar al final de cada mes el control de asistencia del personal, hojas de servicios de limpieza profunda, listados de entrega de materiales en cada una de las Delegaciones de FONACOT y listado de pago ante el IMSS de toda la plantilla que se encuentra laborando, una vez entregada toda la documentación se realizará el análisis correspondiente para la aplicación de penalizaciones y solicitud de pago de factura. FONDO DE FOMENTO Y GARANTIA PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES CONVOCANTE ( NOMBRE ) BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EN MI CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA , DECLARO LO SIGUIENTE: QUE CONOZCO LA LEY, SU REGLAMENTO, LAS PRESENTES BASES, SUS ANEXOS Y, EN SU CASO, LAS MODIFICACIONES DERIVADAS DE LA JUNTA DE ACLARACIONES; ASÍ COMO NO ENCONTRARME EN LOS SUPUESTOS DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 31 FRACCION XXIV DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y QUE ME ABSTENDRÉ DE ADOPTAR CONDUCTAS PARA QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS, INDUZCAN O ALTEREN LAS EVALUACIONES DE LAS PROPUESTAS, EL RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO, U OTROS ASPECTOS QUE OTORGUEN CONDICIONES MÁS VENTAJOSAS CON RELACIÓN A LOS DEMÁS LICITANTES. LUGAR Y FECHA (FIRMA REPRESENTANTE LEGAL) FECHA DIA MES AÑO NOMBRE DEL LICITANTE R.F.C. DOMICILIO México, D.F a ---- de ----------------------- de 2006--- Me refiero al contrato No. XXXXXX, para la prestación del servicio, que esa Entidad me (persona física) adjudicó ó adjudicó a la empresa XXXXXXXXXXXX (persona moral), mediante el procedimiento derivado de la licitación pública nacional número. , por un monto total de: $XXXXXXX (XXXXXXXX PESOS 00/100 M.N.) ----------------------------------------, representante legal de --. (RFC: XXXXXXXXXX), con domicilio fiscal en la calle de xxxxxxxxxxxxxx numero xx, Colonia xxxxxxxxxxxx Delegación xxxxxxxxxxxx, Código Postal xxxxxx, en la ciudad de México D.F., y en los términos establecidos por el articulo 32-D del Código Fiscal de la Federación en vigor y la Regla 2.1.17., fracción I de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2005, emitida esta última por la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico, bajo protesta de decir verdad manifiesto lo siguiente:
Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.
SERVICIOS a) Modificación de los Servicios: EL BANCO se reserva el derecho de ampliar, limitar, adicionar, eliminar o en cualquier otra forma modificar los Servicios prestados a través del Sistema en cualquier momento, sin que para ello sea necesario solicitar la autorización o notificar previamente a El CLIENTE. b) Insuficiencia de Fondos: La prestación por parte del BANCO de los Servicios solicitados por el CLIENTE o por las Personas Autorizadas a través del Sistema estará sujeta, entre otras cosas, a la existencia de fondos suficientes en la Cuenta respectiva para ejecutar la transacción solicitada en su totalidad. El BANCO no estará obligado a cumplir parcialmente una orden dada por el CLIENTE o por las Personas Autorizadas a través del Sistema. c) Servicios brindados por EL BANCO a través del Sistema: i) Consulta: EL CLIENTE podrá revisar, los movimientos, saldos de las Cuentas y los créditos otorgados por el BANCO a favor de EL CLIENTE. La información sobre cada Cuenta es actualizada por el BANCO en tiempo real, con excepción de aquellas transacciones para las cuales EL BANCO ha establecido un plazo determinado para su ejecución. El BANCO no es responsable por las consecuencias derivadas de las decisiones que realice el CLIENTE en base a la información de las Cuentas disponible a través del Sistema. ii) Transferencias entre cuentas: EL CLIENTE podrá realizar transferencias de sus fondos disponibles entre las Cuentas que mantiene con el BANCO. iii) Transferencias Internacionales: EL CLIENTE podrá realizar transferencias internacionales, debitando cualquiera de las Cuentas que mantiene con el BANCO. iv) Transferencias Locales (ACH): El cliente podrá debitar o acreditar otras cuentas dentro de la Red ACH Directo utilizando cualquiera de las Cuentas que mantiene con El BANCO. v) Pagos a Créditos: EL CLIENTE podrá realizar pagos a créditos otorgados por el BANCO, a través de los fondos disponibles no pignorados en sus Cuentas. vi) Realizar pagos de servicios de uso público. vii) Realizar pagos a ciertas entidades privadas que sean designadas por el BANCO (Pagos a Comercios). viii) Otros Servicios: El BANCO brindará los siguientes Servicios adicionales, sujetos a la disponibilidad de fondos en las Cuentas del CLIENTE y a los reglamentos internos aprobados por EL BANCO para la ejecución de dichos Servicios, y a los términos del presente Contrato, Solicitudes de: i) Transferencias y pagos regulares pre autorizados (Ordenes de transferencia y pagos periódicos a favor de terceros). ii) Expedición de Chequeras a las cuentas corrientes del CUENTAHABIENTE. iii) Expedición de Cartas de Crédito y Enmiendas. Los pagos que se realicen a través de EL SERVICIO DE INTERNET se harán mediante un débito a la cuenta designada por EL CLIENTE, por la cantidad indicada por éste. EL BANCO enviará las sumas correspondientes al acreedor designado por EL CLIENTE, según acuerdo con terceros. EL CLIENTE deberá solicitarle a EL BANCO que proceda con los pagos deseados con al menos dos (2) días hábiles antes de la fecha de vencimiento del pago de que se trate. No obstante lo anterior, en ningún caso EL BANCO garantiza que el pago pueda procesarse, transferirse o enviarse antes de la fecha de vencimiento correspondiente. Las partes acuerdan que EL BANCO no será responsable por cargos, xxxx o penalidades que un acreedor le imponga a EL CLIENTE por daños y perjuicios sufridos como consecuencia de pagos realizados a través de ELSERVICIO DE INTERNET, luego de su fecha de vencimiento si dicha tardanza es provocada por notificación tardía de EL CLIENTE. EL CLIENTE podrá además ordenar a través de EL SERVICIO DE INTERNET la suspensión de pagos de cheques girados contra una de sus Cuentas, las cuales se regirán por el reglamento de Cuenta Corriente de EL BANCO vigente en la fecha en que expida la orden de suspensión de pago y el contrato de cuenta corriente suscrito entre las partes. d) Ejecución de los Servicios solicitados por EL CLIENTE: Con excepción de las Consultas y de aquellos Servicios que según los reglamentos internos de EL BANCO tengan un plazo de ejecución mayor, los Servicios que solicite EL CLIENTE a través de EL SERVICIO DE INTERNET serán ejecutados por EL BANCO a más tardar el Día Hábil siguiente, cuando EL BANCO reciba las Instrucciones de EL CLIENTE antes de la 10:00 a.m., hora de la República de Panamá (GMT – 5 hrs). Las Instrucciones que EL BANCO reciba de EL CLIENTE con posterioridad a dicha hora o en días que no sean Días Hábiles, serán ejecutadas a más tardar el segundo Día Hábil siguiente. e) Cancelación de Instrucciones emitidas por EL CLIENTE: Las Instrucciones emitidas por EL CLIENTE a través del SERVICIO DE INTERNET, podrán ser canceladas por éste a través del mismo SERVICIO DE INTERNET cuando las mismas se reciban antes de los treinta (30) minutos inmediatamente, después de ese tiempo el BANCO a ruego de EL CLIENTE podrá realizar la cancelación pero EL CLIENTE aceptará los cargos que se originen conforme a la ejecución de la cancelación. No obstante lo anterior, EL CLIENTE es consciente y acepta, de que el BANCO no estará obligado a cancelar una Instrucción hecha a través del SERVICIO DE INTERNET, una vez la misma haya sido ejecutada por el BANCO.
CONFORMIDAD DEL SERVICIO La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el Artículo 176º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor xx xxxx (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanación, la Entidad podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan. Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso la Entidad no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.
Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b). 5.2 Para propósitos de esta cláusula, el término “bienes” incluye mercaderías, materias primas, maquinaria, equipos y plantas industriales; y “servicios conexos” incluye servicios tales como transporte, seguros, instalaciones, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial. 5.3 Los criterios para determinar el origen de los bienes y los servicios conexos se encuentran indicados en la Sección V, Países Elegibles.
Descuentos asociados a la calidad del servicio Descuentos a los que tienen derecho los suscriptores y/o usuarios, asociados al nivel del cumplimiento de las metas de calidad del servicio público de aseo, por parte de las personas prestadoras del servicio.
SERVICIOS DE ASISTENCIA los servicios que se prestan al Vehículo Asegurado y a los Beneficiarios de acuerdo a las presentes condiciones particulares y según las Coberturas contratadas en la carátula de la póliza.