Software de virtualización Cláusulas de Ejemplo

Software de virtualización. Todos los hipervisores o servidores del hipervisor tendrán acceso a la capa de almacenamiento de la infraestructura. • La solución incluye una plataforma que habilite la construcción de una nube de recursos de cómputo basada en la virtualización. • El licenciamiento incluye el proveer un único hipervisor para la totalidad de CPU’s tipo x86 de los servidores físicos donde se instale, incluyendo la creación ilimitada de máquinas virtuales sobre los mismos.
Software de virtualización. El Proveedor debe incluir el software de virtualización que debe estar basado en un hipervisor (nativo ó unhosted) que ejerza el control del hardware sin requerir la asistencia de un sistema operativo anfitrión, así mismo debe ser capaz de trabajar con o sin asistencia para virtualización por parte de los procesadores tipo x86 del servidor donde será instalado. El fabricante del software de virtualización debe emitir una lista de compatibilidad que garantice su interoperabilidad con los fabricantes de servidores tipo x86 para lo cual el hipervisor debe soportar al menos los siguientes Sistemas Operativos: • Windows Server 2008 (Standard y Enterprise) a 32 y 64 bits. • Windows Server 2008 (Standard y Enterprise) R2 a 32 y 64 bits. • Windows 2003 Server (Standard y Enterprise) a 32 y 64 bits. • Windows Vista, Windows 7 y Windows 8. • Linux (diferentes distribuciones x86 y x64: RedHat, SuSe, etc) Por otra parte con la finalidad de implementar una plataforma informática dotada de capacidades de flexibilidad, automatización, auto saneamiento y movilidad, se solicita una plataforma de virtualización que cumpla con los siguientes requisitos: La plataforma debe ser capaz de proporcionar las siguientes soluciones: ▪ Compatibilidad Universal con Tecnologías de Almacenamiento de Datos. Los servicios de almacenamiento de la plataforma deben ser compatibles con sistemas físicos de almacenamiento tipo SAN (Fibra Canal) con la finalidad de tener la versatilidad requerida para practicar ILM dentro de la misma plataforma. ▪ Sistema de Archivos de Cluster. Los servicios de almacenamiento de la plataforma deben entregar el espacio en disco para almacenar la información de los sistemas operativos, aplicaciones y los datos que estas últimas manipulan mediante un sistema de archivos que pueda estar compartido por al menos 16 servidores físicos formando un clúster de forma que cualquier servidor de dicho clúster pueda tomar el control de la ejecución de cualquier máquina virtual y por consecuencia también del servicio que esta sustenta. Con un servicio de almacenamiento compartido de esa forma, será posible balancear la carga dentro de la plataforma así como mantener la disponibilidad de los servicios aun cuando falle alguno o varios de los servidores físicos que forman la capa física. ▪ Extensión Dinámica del Espacio Disponible. Se requiere que el sistema de archivos de clúster también cuente con la característica de extenderse en forma dinámica una vez que los volúmenes físico...
Software de virtualización. Seguridad para el ambiente virtual.
Software de virtualización. El software solicitado es VMWare última versión con todos los módulos necesarios para cumplir con los requerimientos especificados, adicionalmente debe cumplir con las siguientes características: o La capacidad de supervisar la disponibilidad del sitio remoto y notificar a los usuarios de posibles errores del sitio. o Almacenar, permitir visualizar y exportar los resultados de la prueba y la ejecución de recuperación desde la consola de administración del producto ofertado. o Ampliar los planes de recuperación con scripts personalizados. o Tener la funcionalidad para personalizar la ejecución de planes de recuperación para escenarios de prueba. o Permitir configurar de nuevo las direcciones IP de las máquinas virtuales para que coincidan con la configuración de red en el sitio de recuperación. o Utilizar las funcionalidades de almacenamiento de Snapshots para realizar pruebas de recuperación sin pérdida de los datos replicados. o Conectar máquinas virtuales a una red aislada ya existente para fines de prueba. o Tener la funcionalidad para automatizar la limpieza de entornos de prueba tras la conclusión de pruebas de recuperación en caso xx xxxxxx. o Tener la funcionalidad para automatizar la ejecución de planes de recuperación. o Tener la capacidad de descubrir y visualizar las máquinas virtuales protegidas mediante replicación de almacenamiento utilizando integraciones que cuentan con la certificación de fabricantes de almacenamiento. o Tener la capacidad de crear y gestionar los planes de recuperación directamente desde la consola de administración del producto ofertado. o Tener la funcionalidad para gestionar y supervisar la ejecución de planes de recuperación desde la consola de administración del producto ofertado. o Tener la funcionalidad para poder iniciar la ejecución del plan de recuperación desde la consola de administración del producto ofertado. o Se requiere que la solución sea capaz de automatizar la promoción de datastores replicados para su uso en escenarios de recuperación con adaptadores creados por fabricantes de almacenamiento. o Ser capaz de ejecutar scripts y paros definidos por el usuario durante la recuperación. o Controlar el acceso a los planes de recuperación con controles granulares del acceso basados en funciones.
Software de virtualización. El licenciamiento requerido debe de soportar más de 40 servidores virtuales en un ambiente productivo con compatibilidad para sistemas operativos Windows y Linux. El proveedor deberá de proporcionar el licenci amiento o renovar el licenciamiento actual del Instituto incluyendo el Soporte técnico y los derechos de actualización. El objetivo es proveer una plataforma virtual de última generación que asegure alta disponibilidad, redundancia, resiliencia e integri dad de la información. Para lograrlo el Instituto requiere de un conjunto de nuevas funcionalidades consideradas a continuación, que permitan garantizar la correcta implementación y aplicación de las mejores prácticas en la operación de la infraestructur a y cum plir con el licenciamiento para soportar los siguientes componentes y funcionalidades: • Una Consola de Administración centralizada (VC) • 6 licencias para Hipervisor (ESXi) o Compatibilidad con plataforma actual VMware ESXi 6.7
Software de virtualización. Dentro del mismo Servicio de Cloud Privado, el Cliente podrá elegir un software de virtualización ofertado por Stackscale, dicho software es el encargado de orquestar la capa de virtualización y será instalado por Stackscale en cada Nodo, siempre en atención a las limitaciones impuestas por la propia licencia de uso del software de virtualización seleccionado. Stackscale entregará al Cliente cada Nodo con el software de virtualización perfectamente instalado. No obstante, Xxxxxxxxle no está obligado a efectuar actualizaciones de software, configuraciones especificas, adaptaciones, ni a ofrecer asistencia o soporte técnico sobre el software de virtualización.
Software de virtualización. Con el objeto de maximizar el aprovechamiento de la plataforma de servidores del Ayuntamiento, optimizando así su consumo energético, se requiere una plataforma de virtualización de servidores que reúna las siguientes características: o Los sistemas operativos que alojarán las máquinas virtuales serán Windows Server y Linux. o Soporte para la virtualización de al menos 8 servidores Windows 2003/2008 server. o Herramientas para la migración dinámica de equipos físicos. o Sistema cluster de alta disponibilidad con gestión transparente de fallos de nodos. o Migración en caliente de máquinas virtuales sin interrupción de servicios. o Integración con el almacenamiento de forma que las máquinas virtuales residan en almacenamiento compartido para las copias, backups, etc. o Consola centralizada para la gestión de rendimiento y monitorización y administración del cluster de servidores virtualizado. o Integración de la consola de administración con la gestión de la cabina de discos para la gestión de volúmenes para máquinas virtuales y snapshots de las mismas.

Related to Software de virtualización

  • Cohecho a servidores públicos extranjeros Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:

  • COBERTURA Y MATERIA ASEGURADA El asegurador pagará al asegurado o a sus beneficiarios, según corresponda, el monto asegurado señalado en las Condiciones Particulares de la póliza en caso de fallecimiento, desmembramiento, incapacidad, hospitalización, cirugía y/o el reembolso de gastos médicos incurridos, a consecuencia de un accidente, de acuerdo a la definición, descripción, límites, topes y montos máximos de cada una de las alternativas de cobertura contratadas. El accidente necesariamente debe ocurrir dentro del período de vigencia del asegurado en el contrato de seguro y las coberturas, que darán origen al pago del monto asegurado o al reembolso de gastos médicos, deben encontrarse contratadas por el asegurado y vigentes al momento de la ocurrencia del accidente. Por lo tanto, no se pagará el monto asegurado o los reembolsos de gastos médicos de la alternativa de cobertura contratada si el accidente ocurrió con anterioridad al inicio de vigencia del asegurado en el contrato de seguro o sin estar la alternativa de cobertura contratada y vigente. Adicionalmente, el asegurador pagará al asegurado o a sus beneficiarios, el monto asegurado señalado en las Condiciones Particulares de la póliza en caso de hospitalización, cirugía y/o el reembolso de gastos médicos incurridos, a consecuencia de una enfermedad, si así lo contempla la alternativa de cobertura contratada, de acuerdo a la definición, descripción, límites, topes y montos máximos contemplados en ella. La enfermedad que dé lugar a la cobertura de alguna de las alternativas de este contrato de seguro, necesariamente debe haber sido diagnosticada durante la vigencia del asegurado en el contrato de seguro y de la alternativa de cobertura. Por lo tanto, no se pagará el monto asegurado o los reembolsos de gastos médicos de la alternativa de cobertura contratada si la enfermedad fue diagnosticada con anterioridad al inicio de vigencia del asegurado en el contrato de seguro o sin estar la alternativa de cobertura contratada y vigente. El contratante podrá contratar una o más de estas alternativas de cobertura, las que según corresponda deberán estar expresamente indicadas en las Condiciones Particulares de la póliza. Las alternativas de cobertura son las siguientes:

  • Apertura y Evaluación de las Ofertas IAO 24.1 La apertura de las Ofertas tendrá lugar en: las oficinas del Fondo Vial: Colonia Xxxxx xxx Xxxxx, Avenida Copán, Calle Hibueras, Tegucigalpa M.D.C., Honduras, C. A. Fecha: día jueves 15 de Diciembre de 2016, a las 9:00 a. m. IAO 24.3 Metodologia de orden de apertura: Primeramente se abrirá el Sobre A que contiene el DOCUMENTO DE LICITACION", Los Formularios de Oferta de la Sección IV de este documento de licitación (Del 1 al 3), Garantia o Fianza de Mantenimiento de Oferta y Documentos legales y financieros. Anunciando el nombre de oferente, monto de la garantía o fianza, aseguradora o banco, Número de garantía o fianza, y periodo de vigencia. Seguidamente se abrirán los Sobres B que contienen las Ofertas Económicas para los proyectos de Categoría “A” en el orden establecido en este documento, mismo orden que servirá para la adjudicación, y finalizando con la apertura de las ofertas de los proyectos de categoría “B” en el orden establecido en este documento, mismo orden que servirá para la adjudicación. a) No estar firmadas por el oferente o su representante legal el formulario o la carta de presentación de la oferta y cualquier documento, referente a precios unitarios o precios por partidas específicas; b) Estar escritas en lápiz “grafito”. c) Haberse omitido la garantía de mantenimiento de oferta, o cuando fuere presentada por un monto o vigencia inferior al exigido o sin ajustarse a los tipos de garantía admisibles. d) Haberse presentado por compañías o personas inhabilitadas para contratar con el Estado, de acuerdo con los artículos 15, 16 y 18 de la Ley de Contratación del Estado. e) Haberse presentado con raspaduras o enmiendas en el precio, plazo de entrega, cantidad o en otro aspecto sustancial de la propuesta, salvo cuando hubieran sido expresamente salvadas por el oferente en el mismo documento; f) Haberse presentado por oferentes no precalificados. g) Establecer condicionamientos que no fueren requeridos; h) Establecer cláusulas diferentes a las previstas en la Ley, en el Reglamento o en el pliego de condiciones; i) Haberse presentado por oferentes que hubieren ofrecido pagos y otros beneficios indebidos a funcionarios o empleados para influir en la adjudicación del contrato;

  • CONTENIDO DE LAS OFERTAS El sobre deberá contener la siguiente información y documentación: 1. La cotización, en la forma prevista en el presente Xxxxxx xx X.X.X.X. 2. Estructura de costos. 3. Original de la Garantía de Mantenimiento de Oferta por la suma especificada en las C.A.L.P. 4. Constancia de compra xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones. 5. Constancia expedida por el personal competente de haber efectuado la visita, en caso de que las C.A.L.P. así lo dispongan. 6. Pliego de Bases y Condiciones firmado. 7. Toda la información que figura como requisito en el Art. B.2.II.2 “REQUISITOS PARA SER OFERENTE". 8. Una relación detallada de los servicios o trabajos realizados y en ejecución que permita acreditar acabadamente su experiencia y capacidad para la ejecución del objeto contractual. 9. Cualquier otro documento, elemento o comprobante que sea exigido por el Pliego de Condiciones Administrativas y Legales o por las Especificaciones Técnicas. 10. Declaración Jurada de aceptación explicita de todos y cada uno de los artículos xxx Xxxxxx de CAL, Especificaciones Técnicas y de sus documentos anexos. 11. Para el caso de Licitaciones con 2 sobres, el Sobre Nº 2 sólo deberá contener la Cotización y la Estructura de Costos. 12. Bonificación por pronto pago, de acuerdo a lo establecido en el Art. B.2.V.17 xxx Xxxxxx. La C.T.M. se reserva el derecho de comprobar la información que suministre el Oferente, así como ofertas que no se hayan integrado con la documentación requerida. La documentación presentada en la oferta deberá respetar el orden del presente artículo y estar debidamente foliada.

  • Apertura de Ofertas Económicas y Documentación Apertura de Ofertas Económicas APERTURA PÚBLICA SOBRE 2 Apertura sobre oferta económica El día 18/09/2024 a las 10:30 horas Lugar OFICINAS CHALET TENIS Dirección Postal Ctra. Castilla Km.2 (28040) Madrid España Tipo de Acto : Público Descripción del procedimiento La contratación de un seguro de asistencia sanitaria y dental a favor de los empleados fijos y familiares directos de los mismos pertenecientes al Club de Campo Villa de Madrid, S.A. Valor estimado del contrato 477.600 EUR. Presupuesto base de licitación Importe 119.400 EUR. Importe (sin impuestos) 119.400 EUR. Clasificación CPV 66512200 - Servicios de seguros de asistencia médica. Plazo de Ejecución 1 Año(s) Lugar de ejecución Subentidad Nacional Madrid Código de Subentidad Territorial ES300 Dirección Postal Ctra. xx Xxxxxxxx, Km. 2 (28040) Madrid España Opciones y prórrogas Número máximo de prórrogas: 3 Prórrogas: El plazo de ejecución será de 1 año a contar desde las 00:00 del 1 de octubre de 2024 hasta las 00:00 del día 30 de septiembre de 2025. El contrato podrá ser prorrogado a criterio del Órgano de Contratación, por tres períodos adicionales de una año de duración cada uno.

  • METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 2.1. Metodología de evaluación de las ofertas 2.2. Parámetros de evaluación 2.3 De la evaluación 2.4 Índices financieros 2.5 Formulario para la elaboración de las ofertas

  • Apertura y Validación de Ofertas Esta sección incluye el procedimiento de apertura y validación de Ofertas, Técnicas y Económicas, incluye los criterios de evaluación y el procedimiento de Estudio de Precios.

  • Apertura de las Ofertas 27.1 El Comprador llevará a cabo el acto de apertura de las ofertas en público en la dirección, fecha y hora establecidas en los DDL. Cualquier procedimiento específico para la apertura de ofertas presentadas electrónicamente si fueron permitidas de conformidad con la Cláusula 23.1 de las IAO, estará indicado en los DDL. 27.2 Primero se abrirán los sobres marcados como “RETIRO” y se leerán en voz alta y el sobre con la oferta correspondiente no será abierto sino devuelto al Oferente remitente. Si el sobre del retiro no contiene una copia del poder cuyas firmas confirmen la legitimidad del representante autorizado por el Oferente, se procederá a abrir la oferta. No se permitirá el retiro de ninguna oferta a menos que la comunicación de retiro pertinente contenga la autorización válida para solicitar el retiro y sea leída en voz alta en el acto de apertura de las ofertas. Seguidamente, se abrirán los sobres marcados como “SUSTITUCION” se leerán en voz alta y se intercambiará con la oferta correspondiente que está siendo sustituida; la oferta sustituida no se abrirá sino que se devolverá al Oferente remitente. No se permitirá ninguna sustitución a menos que la comunicación de sustitución correspondiente contenga una autorización válida para solicitar la sustitución y sea leída en voz alta en el acto de apertura de las ofertas. Los sobres marcados como “MODIFICACION” se abrirán y leerán en voz alta con la oferta correspondiente. No se permitirá ninguna modificación a las ofertas a menos que la comunicación de modificación correspondiente contenga la autorización válida para solicitar la modificación y sea leída en voz alta en el acto de apertura de las ofertas. Solamente se considerarán en la evaluación los sobres que se abran y lean en voz alta durante el acto de apertura de las ofertas. 27.3 Todos los demás sobres se abrirán de uno en uno, leyendo en voz alta: el nombre del Oferente y si contiene modificaciones; los precios de la oferta, incluyendo cualquier descuento u ofertas alternativas; la existencia de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta de requerirse; y cualquier otro detalle que el Comprador considere pertinente. Solamente los descuentos y ofertas alternativas leídas en voz alta se considerarán en la evaluación. Ninguna oferta será rechazada durante el acto de apertura, excepto las ofertas tardías, de conformidad con la Subcláusula 25.1 de las IAO. 27.4 El Comprador preparará un acta del acto de apertura de las ofertas que incluirá como mínimo: el nombre del Oferente y si hubo retiro, sustitución o modificación; el precio de la oferta, por lote si corresponde, incluyendo cualquier descuento y ofertas alternativas si estaban permitidas; y la existencia o no de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, de haberse requerido. Se le debe solicitar a los representantes de los Oferentes presentes que firmen la hoja de asistencia. Una copia del acta deberá ser distribuida a los Oferentes que presenten sus ofertas a tiempo, y publicada en línea de haberse permitido ofertar electrónicamente.

  • Validez de las Ofertas 16.1 Las Ofertas permanecerán válidas por el período estipulado en los DDL. 16.2 En circunstancias excepcionales, el Contratante podrá solicitar a los Oferentes que extiendan el período de validez por un plazo adicional específico. La solicitud y las respuestas de los Oferentes deberán ser por escrito. Si se ha solicitado una Garantía de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Cláusula 17 de las IAO, ésta deberá extenderse también por 28 días después de la fecha límite prorrogada para la presentación de las Ofertas. Los Oferentes podrán rechazar tal solicitud sin que se les haga efectiva la garantía o se ejecute la Declaración de Mantenimiento de la Oferta. Al Oferente que esté de acuerdo con la solicitud no se le requerirá ni se le permitirá que modifique su Oferta, excepto como se dispone en la Cláusula 17 de las IAO. 16.3 En el caso de los contratos con precio fijo (sin ajuste de precio), si el período de validez de las Ofertas se prorroga por más de 56 días, los montos pagaderos al Oferente seleccionado en moneda nacional y extranjera se ajustarán según lo que se estipule en la solicitud de extensión. La evaluación de las Ofertas se basará en el Precio de la Oferta sin tener en cuenta los ajustes antes señalados.

  • Intercambio de información 1. Las autoridades competentes de los Estados contratantes intercambiarán la información que previsiblemente pueda resultar de interés para aplicar lo dispuesto en el presente Convenio o para la administración o la aplicación del Derecho interno relativo a los impuestos de cualquier naturaleza o denominación exigibles por los Estados contratantes, sus subdivisiones políticas o sus entidades locales, en la medida en que la imposición así exigida no sea contraria al Convenio. El intercambio de información no está limitado por los artículos 1 y 2. 2. La información recibida por un Estado contratante en virtud del apartado 1 se mantendrá en secreto en igual forma que la información obtenida en virtud del Derecho interno de ese Estado y solo se comunicará a las personas o autoridades (incluidos los tribunales y órganos administrativos) encargadas de la gestión o recaudación de los impuestos a los que se hace referencia en el apartado 1, de los procedimientos declarativos o ejecutivos relativos a estos impuestos, de la resolución de los recursos relativos a los mismos, o de la supervisión de tales actividades. Dichas personas o autoridades solo utilizarán esta información para dichos fines. Podrán revelar la información en las audiencias públicas de los tribunales o en las sentencias judiciales. 3. En ningún caso las disposiciones de los apartados 1 y 2 pueden interpretarse en el sentido de obligar a un Estado contratante a: a) adoptar medidas administrativas contrarias a su legislación y práctica administrativa, o a las del otro Estado contratante; b) suministrar información que no se pueda obtener sobre la base de su propia legislación o en el ejercicio de su práctica administrativa normal, o de las del otro Estado contratante; c) suministrar información que revele un secreto empresarial, industrial, comercial o profesional, o un procedimiento industrial, o información cuya comunicación sea contraria al orden público (ordre public). 4. Cuando un Estado contratante solicite información en virtud del presente artículo, el otro Estado contratante utilizará, en la medida de lo posible, las medidas para recabar información de que disponga con el fin de obtener la información solicitada, aun cuando este otro Estado contratante pueda no necesitar dicha información para sus propios fines tributarios. La obligación precedente está limitada por lo dispuesto en el apartado 3, excepto cuando tales limitaciones impidieran a un Estado contratante proporcionar información exclusivamente por la ausencia de interés nacional en la misma. 5. En ningún caso las disposiciones del apartado 3 se interpretarán en el sentido de impedir a un Estado contratante proporcionar información únicamente por que esta obre en poder de bancos, otras instituciones financieras o de cualquier persona que actúe en calidad representativa o fiduciaria, incluidos los agentes designados, o porque esté relacionada con acciones o participaciones en una persona.