Common use of Solvencia económica, financiera y técnica o profesional Clause in Contracts

Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. LOTE 1: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a los tres últimos ejercicios Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, en cada uno de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 3.000.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda. LOTE 2: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a los tres últimos ejercicios Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, en cada uno de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 600.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda.

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Samples: Service Agreement

Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. LOTE 1: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a los tres últimos ejercicios Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, en cada uno de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATOcinco veces el presupuesto base de este contrato, , apartado D). ) Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. a) Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los últimos tres años últimos años Es decir: Relación de los principales servicios de las mismas características que los servicios ofertados, realizados durante los últimos tres años, que incluya importe, fechas, nombre y ubicación, destinatario público o privado de los mismos, descripción del negocio, servicios y productos, número de empleados y cualquier otra información que considere de utilidad. El seguro Al menos, deberá acreditar un contrato anual de responsabilidad civil características similares. Se acreditará mediante certificados expedidos o visados por riesgos profesionalesel órgano competente, de 3.000.000 € por siniestrocuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de mediante un certificado expedido por el aseguradoreste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en el poder del mismo que consten los importes y riesgos asegurados y acrediten la fecha realización de vencimiento del seguro, y mediante el documento la prestación. Para determinar que un trabajo o servicio es de compromiso vinculante de suscripción, prórroga igual o renovación del seguro en los casos en que proceda. LOTE 2: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual de negocios en el ámbito similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se refiera el contrato Referido atenderá a los tres últimos ejercicios Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, en cada uno de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresarioprimeros dígitos del código/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantils CPV. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 600.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda.

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Samples: Contract for Services

Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. LOTE 1De acuerdo con las características del presente contrato las personas o empresas licitadoras deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica, en los términos y por los medios que a continuación se relacionan: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen Cifra anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a los tres últimos ejercicios Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacionalcontrato, en cada uno de los tres últimos 3 años, equivalga por importe igual o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATOsuperior a 130.000,00.-€, apartado D)IVA excluido. Se El volumen anual de negocios de las licitadoras se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Registro Mercantil, si el empresario/a empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe deba estar inscrito. Los empresarios/as empresarios individuales no inscritos en el registro mercantil Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante Registro Mercantil. La solvencia técnica o profesional deberá acreditarse por los siguientes medios: Una relación de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionaleslos principales suministros realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de 3.000.000 € los mismos. La persona o empresa licitadora deberá acreditar un importe anual de 130.000,00.-€, IVA excluido, durante el año de mayor ejecución. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por siniestroel órgano competente, ha cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de estar vigenteeste certificado, como mínimomediante una declaración del empresario. A efectos de determinar la correspondencia entre los suministros acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, hasta el fin del plazo se atenderá a la coincidencia entre los dos primeros dígitos de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación sus respectivos códigos CPV. Procede: [SI] El contratista estará obligado a dedicar o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda adscribir a la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por contrato los medios personales necesarios para efectuar el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados acondicionamiento y la fecha afinación del piano previstos en la Prescripción 2ª “in fine” xxx Xxxxxx de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que procedaPrescripciones Técnicas. LOTE 2Procede: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a los tres últimos ejercicios Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, en cada uno de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 600.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda.[NO]

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Samples: Contract for Supply

Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. LOTE 1Para los contratos de servicios de presupuesto igual o superior a 120.000,00 euros, excepto servicios comprendidos en las categorías 6, 8, 21, 26 y 27 del Anexo II, los licitadores deberán presentar: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual Certificación acreditativa en original o copia compulsada o autenticada, de negocios poseer la clasificación exigida en el ámbito apartado 11 del Anexo I al que se refiera el contrato Referido a los tres últimos ejercicios Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacionalpresente pliego. No obstante, en cada uno aquellos supuestos en que la empresa se encuentre pendiente de los últimos 3 añosclasificación deberá aportar el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio debiendo justificar el estar en posesión de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas la clasificación en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito plazo previsto para la subsanación de defectos u omisiones en dicho registro, la documentación. La falta o insuficiencia de la clasificación no podrá suplirse mediante la integración de la solvencia con medios externos. Si la acreditación de la clasificación de la empresa se realiza mediante certificado del Registro Oficial de Licitadores y en caso contrario por las depositadas Empresas Clasificadas del Estado de conformidad con lo previsto en el registro oficial apartado 2 del artículo 83 del TRLCSP, deberá acompañarse a la misma de una declaración responsable del licitador en la que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos manifieste que las circunstancias reflejadas en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionalescorrespondiente certificado no han experimentado variación. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 3.000.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, Esta manifestación deberá reiterarse en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el documento en que consten se formalice el contrato. Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, caso de no hallarse clasificados en España, deberán presentar, en sustitución de la clasificación, la documentación creditativa de su solvencia económica y financiera y técnica o profesional en la forma establecida en los importes artículos 75 y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento 78 del seguroTRLCSP, y mediante por los medios previstos por el documento órgano de compromiso vinculante contratación en el apartado 11 del Anexo I al presente pliego. A estos efectos los certificados de suscripciónclasificación o documentos similares que hayan sido expedidos por Estados miembros de la Unión Europea a favor de sus propios empresarios constituyen una presunción de capacidad frente a los diferentes órganos de conformidad con lo previsto en el artículo 84 del TRLCSP. Empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, prórroga y servicios de presupuesto inferior a 120.000,00 euros. Los licitadores deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica o renovación del seguro profesional en los casos en términos y por los medios que proceda. LOTE 2: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual de negocios se especifiquen en el ámbito al anuncio de licitación y que se refiera relacionan en el contrato Referido a los tres últimos ejercicios Criterio apartado 11 del Anexo I al presente pliego. Los licitadores podrán acreditar su solvencia basándose en la solvencia y medios de selección: Volumen otras entidades, independientemente de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, en cada uno la naturaleza jurídica de los últimos 3 añosvínculos que tenga con ellas, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en siempre que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 600.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga demuestre que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda para la ejecución del contrato. Este compromiso , dispone efectivamente de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que procedaesos medios.

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Samples: Contract for Services

Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. LOTE 1Acreditación de la solvencia económica y financiera: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) aLos licitadores podrán acreditar su solvencia económica y financiera, o bien mediante el criterio de selección establecido conforme al: - Artículo 75.1 del TRLCSP, apartado c) Volumen anual Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondientes al que se refiera el contrato Referido objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios Criterio disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. Criterios de selección: Volumen Declaración relativa a la cifra de negocios mínimo anual: queglobal de la empresa en los tres últimos ejercicios, al menos por importe igual o superior a nivel nacional, 60.000,00 euros anuales en cada uno de ellos, disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de actividades del empresario, para lo cual deberá presentar: - En el caso de sociedades, declaración del Impuesto de Sociedades de los tres últimos 3 añosejercicios: 2009, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO2010 y 2011. En el caso de empresarios individuales, la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los tres últimos ejercicios: 2009, 2010 y 2011. O, alternativamente, conforme a lo establecido en el: - Artículo 75.1, apartado D)a) del TRLCSP: Declaraciones apropiadas de entidades financieras. Se acreditará por medio Criterios de sus cuentas anuales aprobadas selección: Acreditarán su solvencia económica y depositadas financiera mediante informe de instituciones financieras en el registro Mercantilque obligatoriamente deberá constar lo siguiente: “Que el licitador, si el empresario/(hacer constar la razón social y CIF), ha mantenido un saldo medio igual o superior a estuviera inscrito en dicho registro30.000 euros, durante los tres últimos ejercicios: 2009, 2010 y en caso contrario por las depositadas 2011, lo que se certifica al efecto de tomar parte en el registro oficial en que debe estar inscritoprocedimiento convocado por la Consejería de Educación, Juventud y Deporte para la adjudicación del contrato de gestión de servicio público de escuela infantil “Xxxxx Xxxxxx”. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios Artículo 78 del TRLCSP apartado e) Las titulaciones académicas y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante profesionales del empresario y del personal directivo de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 3.000.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportandoempresa y, en su casoparticular, el compromiso del personal responsable de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este De acuerdo con el artículo 64.2 del TRLCSP, se exige a los licitadores el compromiso de renovación dedicar o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro adscribir a la ejecución del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten contrato los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga medios personales o renovación del seguro en los casos en que proceda. LOTE 2: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a los tres últimos ejercicios Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, en cada uno de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registromateriales suficientes para ello, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual concreto, deberán acreditar la experiencia laboral, de negocios mediante sus libros un mínimo de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante un curso escolar de la existencia mitad de la plantilla educativa propuesta, mediante la presentación de los correspondientes contratos acompañados de un seguro informe de responsabilidad civil por riesgos vida laboral. Estructura (número de profesionales. El seguro ) y perfil propuesto (titulación académica y experiencia profesional) del personal responsable de responsabilidad civil por riesgos profesionalesla ejecución del contrato, según Anexo X al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, de 600.000 € por siniestroobligada cumplimentación. Requisitos sobre titulación académica del personal que se proponga para la ejecución del contrato: Las titulaciones académicas y profesionales deberán ser como mínimo, ha de estar vigentelas siguientes: - Nº DE PROFESIONALES: La plantilla debe contar, como mínimo, hasta con los siguientes profesionales: un director/a del centro y educadores/tutores en número igual al número de unidades del centro más uno. (Ver Anexo X) - FORMACIÓN: Según lo establecido en el fin Decreto 18/2008, de 6 xx xxxxx, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de Educación Infantil, todos los profesionales del plazo equipo educativo deberán reunir alguna de presentación de ofertas, aportando, las titulaciones especificadas en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contratodicho Decreto. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días El Director/a partir deberá estar en posesión de la adjudicacióntitulación de maestro con la especialidad de Educación Infantil o equivalente. Por cada 6 unidades o fracción deberán contar con un profesional con la titulación de maestro con la especialidad de Educación Infantil o equivalente. - EXPERIENCIA: Al menos, la mitad de la plantilla educativa propuesta deberá poder justificar, mediante contratos acompañados de un informe de vida laboral, la experiencia laboral en Educación Infantil de un mínimo de un curso escolar (en el caso de resultar adjudicatario. La acreditación los contratos inferiores al curso escolar, se considerará equivalente la experiencia de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que procedanueve meses).

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Samples: Gestión Del Servicio Público Educativo

Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. LOTE 1: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Las empresas deberán presentar la documentación acreditativa de su solvencia económica y financiera y técnica o profesional. 7.1. Solvencia económica y financiera (artículo 87 LCSP) a) 75 TRLCSP): Volumen anual de negocios en el ámbito del licitador o candidato, que referido al que se refiera el contrato Referido a año de mayor volumen de negocio de los tres últimos ejercicios Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: que, concluidos deberá ser al menos a nivel nacionaluna vez y media el valor anual medio del contrato (1.575.000 €) El Congreso de los Diputados se reserva la posibilidad de, en el caso de no quedar suficientemente clara la solvencia económica o financiera con los documentos aportados, requerir a los licitadores que presenten nueva documentación complementaria. 7.2. Solvencia técnica o profesional (artículo 77 TRLCSP): Los licitadores deberán acreditar su solvencia técnica a través de los siguientes medios: - Declaración relacionando servicios o trabajos efectuados durante los años 2013, 2014, 2015, 2016 y 2017. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% a la anualidad media del contrato (735.000 €) Se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando la entidad sea del sector público o declaración del sujeto privado firmado por persona con poder bastante. Las referencias se presentarán conforme al ANEXO IV y con arreglo a dicha tipología: - Comedores colectivos o autoservicios y cafeterías de empresas privadas. - Comedores colectivos o autoservicios y cafeterías de empresas del sector público. - Servicios de catering y atención a eventos y actividades empresariales tanto del sector público como privado. - Declaración de la estructura de la empresa y recursos humanos. De forma alternativa a los dos anteriores medios, el licitador podrá acreditar su solvencia económica, financiera y técnica o profesional mediante certificación en vigor, original o copia compulsada, de que la empresa se encuentra clasificada dentro del Grupo M, Subgrupo 6, Categoría 5, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 1 del artículo 66 del TRLCSP respecto de los empresarios no españoles miembros de la Unión Europea. En el caso de concurrir en UTE, para la determinación de la solvencia técnica o profesional de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante integrantes de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 3.000.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda. LOTE 2: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a los tres últimos ejercicios Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, en cada uno de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantilmisma. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 600.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda.

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Samples: Contract for the Provision of Collective Catering Services

Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. LOTE 1Acreditación de la solvencia económica: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual el medio para acreditar la solvencia económica y financiera será el siguiente: 4 Ver nota a pie de página de la cláusula 16 del presente pliego. - Declaración sobre el volumen global de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al que se refiera el contrato Referido objeto del contrato, referido a los tres últimos ejercicios Criterio disponibles. Criterios de selección: Volumen Será admitida aquella empresa que declare una cifra de negocios mínimo anual: que, negocio global de al menos a nivel nacional, 3.000.000 euros anuales en cada uno de los últimos 3 tres años. - Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATOen su caso, apartado D). Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil indemnización por riesgos profesionales. El seguro Criterios de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 3.000.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de selección: presentación de ofertasun informe de entidad bancaria emitido por persona con poder suficiente en el que acredite la solvencia económica de la empresa para responder de las obligaciones del contrato. Acreditación de la solvencia técnica y profesional: - Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años relacionados con el objeto de la licitación, aportandoque incluya importe, fechas y el destinatario de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el destinatario y a falta de este certificado, mediante la presentación de los propios contratos. Criterio de selección: acreditar haber prestado en su casolos últimos 3 años al menos 10 servicios de similares características al que licitan, por un importe cada uno de más de 150.000 euros (IVA excluido). - Relación del equipo humano descrito en el Pliego de Prescripciones Técnicas, adjuntando curriculum vitae, acreditando conocimientos y experiencia. Criterio de selección: Acreditación de que el personal adscrito a la ejecución del contrato cuenta con conocimientos suficientes y al menos 7 años de experiencia en el sector. - Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales o materiales: Los licitadores deberán incluir, acompañando a los documentos acreditativos de la solvencia exigida, compromiso de renovación adscripción o prórroga que garantice el mantenimiento dedicación de su cobertura durante toda los medios personales y/o materiales suficientes para la ejecución del contrato. - Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda. LOTE 2: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a los tres últimos ejercicios Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, en cada uno de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 600.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda.adscripción es obligación contractual esencial

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Samples: Contract for the Selection of a Company to Provide Event Services

Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. LOTE 1: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP)6.1. La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por cualquiera de los dos medios siguientes: a) Volumen anual de negocios en el ámbito referido al que se refiera el contrato Referido a año de mayor volumen de negocio de los tres últimos ejercicios Criterio concluidos que deberá ser al menos igual al precio base de selección: Volumen licitación. El volumen anual de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, en cada uno de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Registro Mercantil, si el empresario/a empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe deba estar inscrito. Los empresarios/as empresarios individuales no inscritos en el registro mercantil Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantilRegistro Mercantil. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil indemnización por riesgos profesionales. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 3.000.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, profesionales vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertasofertas por importe igual o superior al precio de licitación, aportando, en su caso, así como aportar el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya con su oferta un compromiso vinculante de renovación o prórroga habrá suscripción, en caso de hacerse resultar adjudicatario, del seguro exigido, compromiso que deberá hacer efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir hábiles al que se refiere el apartado 2 del artículo 151 del texto refundido de la adjudicación, en caso Ley de resultar adjudicatarioContratos del Sector Público. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda. LOTE 2: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a los tres últimos ejercicios Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, en cada uno de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 600.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda.

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Samples: Contract for Services

Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. LOTE 1El empresario deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos específicos de solvencia: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo Acreditación de la solvencia económica y financiera según el Artículo 87 de la LCSP, apartado 1.a) a) . Criterios de selección: - Volumen anual de negocios: El empresario deberá acreditar el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a los tres últimos ejercicios Criterio en el ámbito de selección: Volumen la actividad correspondiente al objeto del contrato, debiendo ser en alguno de negocios mínimo anual: que, ellos superior al menos una vez y media a nivel nacionalla base imponible de la licitación. Es decir, en cada uno deberá ser superior a 54.000 euros. Para acreditar estos extremos, el licitador deberá aportar copia de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio de sus las cuentas anuales aprobadas y depositadas justificación de su depósito en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas Registro Mercantil o en el registro oficial que corresponda, considerando que el último ejercicio será aquel en el que debe estar inscritoesté venida la obligación de depósito de las cuentas anuales. Los empresarios/as licitadores individuales no inscritos en el registro mercantil Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus la presentación de los libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante Registro Mercantil. - Seguros de la existencia responsabilidad profesional: La entidad o los profesionales encargados de los trabajos deberán tener un seguro de responsabilidad civil de riesgos profesionales por riesgos profesionalesvalor superior a 350.000 euros y compromiso de su renovación o prórroga durante la renovación del contrato. El seguro Para acreditarlo se presentará copia de responsabilidad civil la póliza y declaración responsable del compromiso de renovación. Acreditación de la solvencia técnica o profesional según el artículo 90 de la LCSP, apartado 1. a). Criterios de selección: - Relación de los principales servicios realizados en los últimos 3 años: Deberá acreditarse haber trabajado con 4 entidades distintas que tengan naturaleza de Fundaciones del Sector Público, cuyos fines fundacionales sean la de investigación y desarrollo. (Se acreditará mediante presentación de certificados de buena ejecución) - Perfil del equipo de trabajo que debe desarrollar efectivamente el trabajo deberá estar compuesto por riesgos profesionalesun mínimo de las siguientes responsables: o Perfil 1: Socio-responsable: ▪ Auditor inscrito en el ROAC, como auditor ejerciente (antigüedad mínima de 3.000.000 € por siniestro10 años). ▪ En caso de entidad mercantil, ha que tenga la condición de estar vigentesocio firmante con una antigüedad mínima de 5 años. o Perfil 2: Director-Gerente: ▪ Auditor inscrito en el ROAC, como auditor ejerciente (antigüedad mínima de 8 años). ▪ Condición de Director-gerente con una antigüedad mínima en el ámbito de la auditoría de 5 años o Perfil 3: Senior: ▪ Licenciado o grado en Económicas; Empresariales, contabilidad, ADE o similares ▪ Experiencia profesional mínima de 3 años en el ámbito de la auditoría. o Perfil 4: Junior: ▪ Licenciado o grado en Económicas: Empresariales, contabilidad ADE o similares ▪ Experiencia profesional mínima de 2 años en el ámbito de la auditoría. En caso de producirse sustituciones durante la vigencia del contrato, los sustitutos deberán tener como mínimo la misma cualificación y antigüedad que los sustituidos al iniciar el trabajo, comunicando el cambio a la dirección de la Fundación, para acreditar los requisitos mencionados. La adscripción al contrato de los perfiles profesionales de menor cualificación al contrato será causa de extinción del mismo. Asimismo, se deberá documentar con la firma del representante legal que se dispone de una organización de elementos materiales y personales suficientes para la ejecución del trabajo ofertado. Los licitadores deberán incluir los nombres y cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación objeto del contrato. Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales: SÍ. Deberá adscribirse al contrato los perfiles profesionales anteriormente reseñados. Además, deberá haber una persona responsable del contrato que será la encargada de relacionarse con la Fundación. Esta persona deberá ser licenciado o graduado en Económicas, Empresariales, ADE o equivalente y deberá tener, como mínimo, hasta el fin del plazo una antigüedad de presentación 8 años en labores de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso auditoría. La adscripción de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento medios tiene la consideración de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días obligación esencial a partir los efectos de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes resolución del contrato y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda. LOTE 2: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a los tres últimos ejercicios Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, en cada uno de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante de la existencia imposición de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 600.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que procedapenalidades.

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Samples: Contrato De Auditoría De Cuentas

Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. LOTE 1: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a los tres últimos ejercicios Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, en cada uno de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). ) Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El seguro de responsabilidad civil profesionales por riesgos profesionales, de 3.000.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin importe del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución valor estimado del contrato. a) Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los últimos tres años últimos años Relación de los principales servicios de las mismas características que los servicios ofertados, realizados durante los últimos tres años, que incluya importe, fechas, nombre y ubicación, destinatario público o privado de los mismos, descripción del negocio, servicios y productos, número de empleados y cualquier otra información que considere de utilidad. Este compromiso Al menos, deberá acreditar 3 contratos de renovación similares características durante los últimos tres años. Se acreditará mediante certificados expedidos o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicaciónsector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de mediante un certificado expedido por el aseguradoreste o, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha a falta de vencimiento este certificado, mediante una declaración del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda. LOTE 2: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a los tres últimos ejercicios Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, en cada uno empresario acompañado de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio documentos obrantes en poder de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en este que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual acrediten la realización de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantilla prestación. b) Justificante Medios personales y materiales descritos. La disposición efectiva de tales medios deberá acreditarse documentalmente por la persona o empresa licitadora que resulte propuesta como adjudicataria, y su incumplimiento podrá ser causa de resolución del contrato (art. 211 LCSP). Mínimo exigible: Profesionales con formación académica superior. Además, se requerirá como mínimo un equipo compuesto por: ▪ 1 miembro profesional senior en gestión de RRHH ▪ 1 miembro con certificado coach en formación de equipos. ▪ 1 miembro con certificado coach por la Internacional Coaching Federation (ICF). Dichos profesionales tendrán al menos 15 años xx xxxxxxx profesional en empresa (no sólo en el ámbito de la existencia consultoría). Experiencia en Dirección y realización de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionalesproyectos. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionalesLos licitadores deberán introducir la documentación donde quede plasmado que cumplen estos requisitos relativos a su solvencia económica y financiera y técnica o profesional, de 600.000 € por siniestro, ha de estar vigente, así como mínimo, hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días adscripción a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el aseguradormedios, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que procedasobre 2.

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Samples: Consulting Agreement

Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. LOTE 1: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a los tres últimos ejercicios Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, en cada al menos uno de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 3.000.000 300.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda. LOTE 2: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual En caso de negocios en siniestro donde la responsabilidad del mismo sea del adjudicatario, éste repondrá la instalación y equipos siniestrados sin coste durante el ámbito al espacio de tiempo necesario hasta que se refiera el contrato Referido a repongan los tres últimos ejercicios Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, en cada uno de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas equipos y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en instalaciones dañadas para que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales la actividad congresual xxx xxxxxxx no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantilse vea afectada. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 600.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda.

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Samples: Services Agreement

Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. LOTE 1La solvencia técnica o profesional se acreditará del siguiente modo: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen Una relación de los principales servicios realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Deberán tratarse de servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato. Se establece como requisito mínimo que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 16.000 euros. La solvencia económica y financiera de los licitadores deberá acreditarse mediante: Declaración acreditativa de la cifra anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a negocios, cuyo valor mínimo será de 16.000 €, considerando cualquiera de los tres últimos ejercicios Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: queaños concluidos, al menos a nivel nacional, en cada uno de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio de sus acompañando cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Registro Mercantil, si el empresario/a empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe deba estar inscrito. Los empresarios/as empresarios individuales no inscritos en el registro mercantil Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante Registro Mercantil. En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de la existencia Licitadores y Empresas Clasificadas de un seguro las Administraciones Públicas acreditará a tenor de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El seguro lo en él reflejado las condiciones de responsabilidad civil por riesgos profesionalessolvencia económica y financiera del empresario, de 3.000.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportandodebiéndose, en su casocaso y de optar por este medio, aportar al respecto certificación acreditativa. Para acreditar la solvencia, el compromiso empresario podrá basarse en la solvencia y medios de renovación o prórroga otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios. Este compromiso El órgano de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, contratación respetará en todo caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda. LOTE 2: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a los tres últimos ejercicios Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, en cada uno carácter confidencial de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará datos facilitados por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 600.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda.

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Samples: Contract for Fiscal and Accounting Advisory Services

Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. LOTE 1Las empresas concurrentes deberán justificar la solvencia económica-financiera mediante la aportación de los documentos siguientes: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a los tres últimos ejercicios Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacionalLa solvencia económica y financiera, en cada uno de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas contratos cuyo objeto consista en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito servicios profesionales en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su lugar del volumen anual de negocios negocio la solvencia económico y financiera se podrá acreditar mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante de la existencia disposición de un seguro de responsabilidad civil indemnización por riesgos profesionalesprofesionales vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas por importe no inferior al valor estimado del contrato, aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su obertura durante toda la ejecución del contrato. El Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido. Compromiso que deberá hacer efectivo en el plazo de 10 días hábiles a que se refiere el apartado 2 del art. 150 de la Ley de Contratos del Sector Público. En este supuesto, se acreditará mediante el seguro de responsabilidad civil indemnización por riesgos profesionales, de 3.000.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, profesionales vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el junto con un compromiso de renovación o prórroga del mismo que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito Alternativamente se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de podrá aportar un compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda. LOTE 2: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a los tres últimos ejercicios Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, en cada uno de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante de la existencia suscripción de un seguro de responsabilidad civil indemnización por riesgos profesionalesprofesionales por importe no inferior a 150.000 euros. El seguro No obstante ello, la acreditación de responsabilidad civil la solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por riesgos profesionales, cualquiera de 600.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta las formas establecidas en el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su artículo 87 LCSP 9/2017. En todo caso, la inscripción en el compromiso Registro Oficial de renovación Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario. Para el supuesto del artículo 87.1 b) de la LCSP 9/2017, por importe igual o prórroga superior al valor estimado del contrato. Los licitadores acreditarán su solvencia técnica y profesional por los medios que garantice el mantenimiento a continuación se indican, debiendo aportar los siguientes documentos: - Aportación de su cobertura durante toda la titulación académicos/profesionales del personal, experiencia mínima de 1 año dentro del ámbito objeto del contrato. Cód. Validación: 43NPHHENP5GQ9FE7A7KGTFKF3 Verificación: xxxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 23 de 50 - Designación expresa de los siguientes participantes en la ejecución del contrato. Este compromiso La vinculación con la empresa del personal adscrito a la ejecución del contrato se acreditará mediante la aportación de renovación los documentos TC2 de cotización a la Seguridad Social correspondientes o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicaciónel contrato laboral, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que procedasu caso.

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Samples: Contrato Administrativo

Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. LOTE 1: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSPLa justificación de la solvencia económica y financiera del empresario se acreditará de acuerdo con el contenido del punto V.6), sobre nº 2, xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares. La justificación de la solvencia técnica y profesional del empresario se acreditará de acuerdo con el contenido del punto V.6), sobre nº 2, xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares. La justificación de la solvencia económica y financiera del empresario se acreditará mediante los siguientes medios: a) Volumen anual de negocios en el ámbito del licitador que, referido al que se refiera el contrato Referido a año de mayor volumen de negocio de los tres últimos ejercicios Criterio concluidos, deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato, cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año; salvo que en el apartado G del Cuadro de selección: Volumen Características se indiquen otros valores. No obstante, con la finalidad de evitar el agravio comparativo derivado de la aplicación abusiva de lo dispuesto en el párrafo anterior, para todos aquellos contratos de duración inferior o igual al año cuyo valor estimado se vea incrementado por prórrogas, el volumen anual de negocios mínimo anual: quedel licitador, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, deberá ser al menos a nivel nacionaluna vez y media el presupuesto de licitación del contrato, salvo que en cada uno el apartado G del Cuadro de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D)Características se indiquen otros valores. Se El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Registro Mercantil, si el empresario/a empresario estuviera inscrito en dicho registro, y y, en caso contrario contrario, por las depositadas en el registro oficial en que debe deba estar inscrito. Los empresarios/as empresarios individuales no inscritos en el registro mercantil Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantilRegistro Mercantil. b) Justificante En los contratos cuyo objeto consista en servicios profesionales, en lugar del volumen anual de negocio, la existencia solvencia económica y financiera se podrá acreditar mediante la disposición de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El seguro de responsabilidad civil indemnización por riesgos profesionales, de 3.000.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportandopor importe no inferior al valor estimado del contrato, en su caso, así como aportar el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso ; salvo que en el apartado G del Cuadro de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatarioCaracterísticas se indique otro importe. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro seguro, en los casos en que proceda. LOTE 2: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP)En cuanto a la solvencia técnica y profesional, deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse mediante la entrega de : a) Volumen Experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los trabajos efectuados por el licitador en el curso de los cinco últimos años, avalados por certificados de buena ejecución, y el requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato o de su anualidad media, si esta es inferior al valor estimado del contrato. A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, cuando exista clasificación aplicable a este último, se atenderá al grupo y subgrupo de clasificación al que pertenecen unos y otros y, en los demás casos, a la coincidencia entre los dos primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. b) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquéllos encargados del control de calidad. c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. d) Cuando se trate de servicios o trabajos complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin especial, un control efectuado por el órgano de contratación o, en nombre de éste, por un organismo oficial u homologado competente del Estado en que esté establecido el empresario, siempre que medie acuerdo de dicho organismo. El control versará sobre la capacidad técnica del empresario y, si fuese necesario, sobre los medios de estudio y de investigación de que disponga y sobre las medidas de control de la calidad. e) Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato. f) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato. g) Declaración sobre la plantilla media anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos ejercicios Criterio años, acompañada de selección: Volumen la documentación justificativa correspondiente. h) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de negocios mínimo anual: quelos trabajos o prestaciones, al menos a nivel nacionalla que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente. i) Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar. En el supuesto de Uniones Temporales de Empresas (UTE), en la acreditación de la solvencia financiera y técnica o profesional se producirá por acumulación de las solvencias de cada uno de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D)integrantes de la UTE. Se acreditará por medio Además de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas la acreditación de solvencia exigida en el registro Mercantilapartado anterior, si el empresario/deberán adscribirse a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 600.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. contrato los siguientes medios personales y/o materiales mediante el correspondiente compromiso por parte de los licitadores de adscripción al contrato de dichos medios: Este compromiso de renovación o prórroga habrá adscripción de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicaciónmedios, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, integrará en el que consten contrato y tiene el carácter de obligación esencial. Los compromisos presentados por las empresas licitadoras, mediante declaración responsable al efecto, deberán reproducir literalmente los importes requisitos específicos y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante descripciones relativas a cada medio personal y/o material solicitado en el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que procedapresente apartado.

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Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. LOTE 1: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual Los licitadores estarán exentos de negocios los requisitos de acreditación de la solvencia económica y financiera así como técnica y profesional, de conformidad con lo dispuesto en el ámbito al artículo 11.5 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se refiera aprueba el contrato Referido a los tres últimos ejercicios Criterio Reglamento General de selección: Volumen la Ley de negocios mínimo anual: queContratos de las Administraciones Públicas, modificación introducida por el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx. CRITERIO DE ADJUDICACION En aplicación del artículo 150.1 TRLCSP, al menos utilizarse un criterio de adjudicación, éste es el de PRECIO MÁS BAJO. El contrato se adjudicará a nivel nacionalla entidad que presente la oferta económicamente más ventajosa, teniendo en cada uno cuenta que el único criterio de los últimos 3 añosadjudicación es el precio. Los licitadores deberán presentar oferta conforme al Modelo de Proposición Económica (Anexo I) que se acompaña a este Pliego de Cláusulas Administrativas. En caso de igualdad de proposiciones, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATOtendrán preferencia en la adjudicación, apartado D). Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas siempre que hayan presentado la documentación acreditativa en el registro MercantilSobre A, si el empresario/las empresas que reúnan los siguientes requisitos: -Empresas que cuenten en su plantilla con un número no inferior al 2 por 100 de trabajadores con discapacidad, por tener un grado de minusvalía igual o superior al 33%. -Sociedades Cooperativas Andaluzas de trabajo asociado y las de segundo o ulterior grado que las agrupen. -Empresas que tengan la marca de excelencia o desarrollen medidas destinadas a estuviera inscrito en dicho registrolograr la igualdad de oportunidades, y en caso contrario por las depositadas de conformidad con lo establecido en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante artículo 12.2 de la existencia Ley 12/2007, de 26 de noviembre para la promoción de la igualdad de género en Andalucía. -Empresas de inserción reguladas en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, que cumplan con los requisitos establecidos en dicha normativa para tener esta consideración. Si aun así persistiera la igualdad entre las proposiciones, o si ninguna de las empresas tiene preferencia conforme al párrafo anterior, se procederá a la realización de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionalessorteo. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 3.000.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin La realización del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicaciónsorteo, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito tener que realizarse, se efectuará por medio de certificado expedido por el aseguradorhará en acto público, anunciado con antelación en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha perfil de vencimiento contratante del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que procedaAyuntamiento xx Xxxxx. LOTE 2www. cadiz. es ht tp: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual de negocios / /app. cadiz. es: 8086 / compras/ web/ ucweb.nsf PLAZO DE GARANTIA El recogido en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a los tres últimos ejercicios Criterio Pliego de selección: Volumen Prescripciones Técnicas. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES - Modelo de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, en cada uno Proposición Económica (Anexo I) - Modelo de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas Declaración Responsable (Anexo II) - Inscripción en el registro Mercantil, si Registro de Empresas Conservadoras de Aparatos Elevadores del Servicio Territorial de Industria - Relación de medios materiales y humanos a efectos de cumplimentar el empresario/servicio ADJUDICACIÓN Procedimiento: CONTRATO MENOR. Tramitación: ORDINARIA Contrato sujeto a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 600.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda.Regulación Armonizada (XXXX): NO

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Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. LOTE 1: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato contrato. Referido a los tres últimos ejercicios Criterio de selección: El adjudicatario ha de contar con entidad empresarial suficiente para poder prestar el servicio. Tal como se describe en el pliego técnico. Además tal entidad se demostrará mediante: Volumen de negocios facturación de la empresa especificando por separado el de España y en la provincia de Valencia. Se exige un mínimo anual: que, al menos a nivel de facturación nacional, en cada uno de durante los últimos 3 tres años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en que sea veinte veces el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen valor anual de negocios mediante sus libros este contrato, es decir, un mínimo de inventarios y cuentas 5.200.000 anuales legalizados por el registro mercantil+ IVA. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 3.000.000 € por siniestro, ha de estar vigente. c) Oficina en Valencia con una antigüedad implantada, como mínimo, hasta el fin del plazo desde enero de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda. LOTE 2: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP)2016. a) Volumen anual Relación de negocios los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a curso de los últimos tres años últimos ejercicios años Criterio de selección: Volumen Número de negocios mínimo anualservicios o trabajos en el año de mayor ejecución: queRelación de los principales servicios de las mismas características que los servicios ofertados, al menos a nivel nacional, en cada uno de realizados durante los últimos 3 años, equivalga que incluya importe, fechas, nombre y ubicación, destinatario público o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATOprivado de los mismos, apartado D)descripción del negocio, servicios y productos, número de empleados y cualquier otra información que considere de utilidad. Al menos, deberá acreditar un contrato anual de características similares. Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados certificados expedidos o visados por el registro mercantil. b) Justificante de la existencia de órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionalessujeto privado, de 600.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el aseguradorobjeto del contrato, en el que consten se atenderá a los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento tres primeros dígitos del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que procedacódigo/s CPV.

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Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. LOTE 1: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Acreditación de la solvencia económica y financiera (artículo 87 LCSP) a) Volumen 75 del TRLCSP): Se acreditará con declaración jurada relativa a la cifra de volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a contrato, de los tres últimos ejercicios Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: queejercicios, al menos a nivel nacional, por importe igual o superior CIENTO VEITICINCO MIL EUROS (125.000.‐€) en cada uno de los ejercicios. Acreditación de la solvencia técnica o profesional (artículo 78, letra a) del TSLCSP: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos 3 añoscinco años que incluya importe, equivalga fechas y el destinatario, público o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATOprivado, apartado D). Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscritolos mismos. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil servicios o trabajos efectuados se acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados certificados expedidos o visados por el registro mercantil. b) Justificante de la existencia de órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionalessujeto privado, de 3.000.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de mediante un certificado expedido por el aseguradoréste o, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha a falta de vencimiento este certificado, mediante una declaración del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que procedaempresario. LOTE 2: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a los tres últimos ejercicios Criterio Criterios de selección: Volumen de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, en cada uno El importe anual de los servicios realizados durante los cinco últimos 3 añosaños debe ser igual o superior cada ejercicio a CIENTO VEINTICINCO MIL EUROS (125.000.‐€). Las empresas licitadoras podrán sustituir los requisitos de solvencia (económica y técnica y profesional anteriormente señalada) aportando documentación acreditativa de su clasificación en el siguiente grupo, equivalga subgrupo y categoría: Grupo/s: Subgrupo/s: Categoría/s: U 4 A 5.‐ CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA. No sujeto a regulación armonizada. Si cabe recurso especial en materia de contratación. 6.‐ CAPACIDAD DE LOS LICITADORES Podrá presentar ofertas todas aquellas personas naturales o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO jurídicas, españolas o extranjeras, que 7.‐ HABILITACIÓN EMPRESARIAL O PROFESIONAL PRECISA PARA LA REALIZACIÓN DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio Procede: NO 8.‐ PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN. No sujeto a regulación armonizada. Procedimiento Ordinario sujeto a publicidad Pluralidad de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual criterios de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 600.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda.

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Samples: Contrato De Servicios De Agencia De Viajes

Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. LOTE 1A) Acreditación de la solvencia económica y financiera. Criterios de selección: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios en el ámbito del licitador o candidato, que referido al que se refiera el contrato Referido a año de mayor volumen de negocio de los tres últimos ejercicios Criterio de selección: Volumen concluidos, deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año. El medio por el cual los licitadores acreditarán este extremo será mediante el volumen anual de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, en cada uno de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Registro Mercantil, si el empresario/a empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe deba estar inscrito. Los empresarios/as empresarios individuales no inscritos en el registro mercantil Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. bRegistro Mercantil. Si por una razón justificada, el empresario no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera mediante: Artículo 87.1.c) Justificante de la existencia LCSP: ‘Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de un seguro aprobación de responsabilidad civil cuentas anuales por riesgos profesionales. El seguro importe igual o superior al exigido en el anuncio de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 3.000.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta licitación o en la invitación a participar en el fin procedimiento y en los pliegos del plazo de presentación de ofertas, aportandocontrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente (...)’. Criterios de selección: Patrimonio neto al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior a una anualidad del presupuesto máximo de licitación. Los licitadores deberán acreditar dicho requisito mediante declaración expresa responsable, acompañada de copia auténtica de las cuentas anuales. (…) En todo caso, la inscripción en el compromiso Registro Oficial de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará frente a todos los órganos de su cobertura durante toda la ejecución contratación del contrato. Este compromiso sector público, a tenor de renovación o prórroga habrá lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de hacerse efectivo dentro solvencia económica y financiera del plazo xx xxxx días a partir empresario. B) Acreditación de la adjudicaciónsolvencia técnica o profesional: - Artículo 90 de la LCSP, en caso apdo. l.a): ‘Una relación de resultar adjudicatario. La acreditación los principales servicios o trabajos realizados de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por igual o similar naturaleza que los que constituyen el asegurador, objeto del contrato en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del segurocurso de, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda. LOTE 2: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a como máximo los tres últimos ejercicios Criterio años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos (…)’. Criterios de selección: Volumen El licitador acreditará su solvencia técnica, mediante la presentación de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, dos certificados que acrediten la realización de servicios similares en cada uno de los tres últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios servicios acreditados deberán ser similares y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 600.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta misma naturaleza que el fin objeto del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del presente contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda.

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Samples: Resolución Del Tribunal Administrativo De Contratación Pública

Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. LOTE 1: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a los tres últimos ejercicios Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, en cada uno de los últimos 3 tres años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATOuna vez y media el valor estimado del contrato, apartado D). Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. profesionales de 1.000.000€. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 3.000.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda. LOTE 2: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a los tres últimos ejercicios Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, en cada uno de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 600.000 € por siniestro, profesionales ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda.

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Samples: Service Agreement

Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. LOTE 1: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP)7.1 Dado el presupuesto del contrato objeto del presente Pliego, las empresas licitadoras deberán acreditar estar en posesión de la clasificación exigida, de conformidad con lo establecido en la cláusula 8 del presente Xxxxxx, no obstante, para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea, deberán acreditar su solvencia técnica o profesional por los medios siguientes: a) Volumen anual a. Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de negocios la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato. b. Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos TRES AÑOS directamente relacionado con el ámbito al objeto del contrato que se refiera licita; incluyendo importes, fechas y destinatario, público o privado, de los mismos, y que se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el contrato Referido órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. La suma de dichos importes en su conjunto deberá haber sido durante los tres últimos ejercicios Criterio años igual o superior a la cantidad de selección: Volumen 1.530.000,00 € (importe resultante de negocios mínimo anual: quemultiplicar por 3 el precio anual del contrato que se licita, al menos a nivel nacionalexcluido el IVA). c. Descripción de las instalaciones técnicas, en cada uno de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. d. Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos 3 años, equivalga acompañada de la documentación justificativa correspondiente. e. Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATOprestaciones, apartado D). Se acreditará por medio a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente. f. Indicación de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de contratar. 7.2 Con independencia de lo establecido en el registro Mercantilapartado anterior, si el empresario/a estuviera inscrito los licitadores deberán acreditar necesariamente su solvencia económica y financiera, por uno o varios de los medios siguientes: a. Informe de instituciones financieras, o en dicho registrosu caso, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil indemnización por riesgos profesionales. b. Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. El seguro Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de responsabilidad civil acreditación, los libros de contabilidad debidamente diligenciados. 7.3 La no aportación por riesgos profesionalesparte de los licitadores de toda la documentación exigida en la presente cláusula justificativa de la solvencia requerida y en la cláusula anterior relativa a la capacidad jurídica y de obrar, será causa de exclusión de la oferta, de 3.000.000 € por siniestro, ha conformidad con la normativa de estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda. LOTE 2: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a los tres últimos ejercicios Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, en cada uno de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantilaplicación. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 600.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda.

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Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. LOTE 1El empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación, en los contratos de servicios cuyo objeto esté incluido en el Anexo II del RGLCAP, o bien acreditando el cumplimiento de los siguientes requisitos específicos de solvencia: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Xxxxxxxx 00 xx xx XXXX, xxxxxxxx 0.x): Criterios de selección: El empresario deberá acreditar volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos ejercicios Criterio disponibles en función de selección: Volumen las fechas de negocios mínimo anual: queconstitución o de inicio de actividades del empresario y de las fechas de presentación de las ofertas, al menos por importe igual o superior a nivel nacionaluno y medio veces el importe estimado del contrato. Es decir, en cada uno deberá ser superior a 178.500 euros. Para acreditar estos extremos, el licitador deberá aportar copia de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio de sus las cuentas anuales aprobadas y depositadas justificación de su depósito en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas Registro Mercantil o en el registro oficial que corresponda, considerando que el último ejercicio será aquel en el que debe estar inscritoesté venida la obligación de depósito de las cuentas anuales. Los empresarios/as licitadores individuales no inscritos en el registro mercantil Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus la presentación de los libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante Registro Mercantil. En las Uniones Temporales de Empresarios se contabilizará la existencia suma del volumen de un seguro negocios de responsabilidad civil por riesgos profesionalescada una de las empresas que la componen. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 3.000.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta En el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de empresas extranjeras, para acreditar este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por deberán aportar el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda. LOTE 2: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido equivalente a los tres últimos ejercicios Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, en cada uno de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio de sus las “cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas oficial que corresponda en el registro oficial país de su domicilio social. Acreditación de la solvencia técnica o profesional: - Artículo 90 de la LCSP, apartado/s: Criterios de selección: El empresario deberá presentar una relación de los principales servicios realizados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que debe estar inscritolos que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad del contrato. Para cada servicio se indicará el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil trabajos realizados se acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados certificado expedido o visado por el registro mercantil. b) Justificante órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, cuando el destinatario sea una entidad privada, mediante certificado expedido por esta o, a falta de la existencia este certificado, mediante una declaración del licitador acompañado de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 600.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, los documentos en su caso, el compromiso poder que acrediten la prestación. Clasificación del contratista Grupo/s: Subgrupo/s: Categoría/s: Categoría/s R.D. 1098/2001: U 4 1 A Compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda adscripción a la ejecución del contrato. Este compromiso contrato de renovación medios personales y/o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda.materiales: NO

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Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. LOTE CLASIFICACIÓN(Si Procede) Exigible 1.- La solvencia económica y financiera, y técnica o profesional, se acreditará mediante la aportación de los documentos a que se refieren los criterios de selección marcados. En el caso de que hubiese clasificación sustitutiva, el empresario/a podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante la clasificación señalada anteriormente o mediante los documentos de este apartado 1: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP). a) Volumen anual de negocios Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a al mejor ejercicio dentro de los tres últimos ejercicios disponibles Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, en cada uno de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El Criterio de selección: la disposición de un seguro de responsabilidad civil indemnización por riesgos profesionales, de 3.000.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, vigente hasta el fin del plazo de presentación de las ofertas, aportandopor importe no inferior al valor estimado del contrato, que en su casoeste caso es de €, aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse El adjudicatario deberá acreditar dicho requisito y hacerlo efectivo dentro del plazo xx xxxx de 10 días hábiles, conforme a partir lo referido en el apartado 2 del artículo 150 de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatarioLCSP. La acreditación de este requisito Dicha condición se efectuará por medio de póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales expedido por el asegurador, en el que consten los importes y importes, riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y complementariamente, mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, la prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda. LOTE 2: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual términos de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a los tres últimos ejercicios Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: quecobertura establecidos, al menos a nivel nacional, en cada uno de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D). Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, de 600.000 € por siniestro, ha de estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, aportando, en su caso, el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la adjudicación, en caso de resultar adjudicatario. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los casos en que proceda. Importe→ c) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales. Criterio de selección: Patrimonio neto con valor mínimo por importe de: Ratio mínimo de entre activos y pasivos al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales d) Periodo medio de pago a proveedores del empresario/a, que no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad (siempre que se trate de una sociedad que no pueda presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada). e) Otros medios distintos (contratos no sujetos a regulación armonizada): a) Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los últimos años (máximo tres, salvo cuando se incremente en orden a garantizar un nivel adecuado de competencia). Criterio de selección: Importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior a : Número de servicios o trabajos mínimo Se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos del código/s CPV. En los contratos no sujetos a regulación armonizada, este criterio de selección no será aplicable a aquellas empresas que tengan una antigüedad inferior a cinco años. Dichas empresas, como medio alternativo, acreditarán la solvencia técnica por uno los medios siguientes : b) Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad. Criterio de selección: Los títulos o acreditaciones académicos o profesionales exigidos al personal técnico del empresario/a, así como el número de técnicos/as y de experiencia profesional mínima exigida a dichos técnicos/as, o las características y capacidades mínimas de las unidades técnicas son: c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. Criterio de selección: Las funcionalidades y las capacidades mínimas exigidas para cada uno de los medios exigidos son: d) Cuando se trate de servicios o trabajos complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin especial, un control efectuado por el órgano de contratación o, en nombre de éste, por un organismo oficial u homologado competente del Estado en que esté establecido el empresario, siempre que medie acuerdo de dicho organismo. El control versará sobre: Capacidad técnica del empresario/a. Medios de estudio y de investigación de que disponga y sobre las medidas de control de la calidad. Criterio de selección: Descripción en términos funcionales y cuantificación de la capacidad mínima exigida al empresario/a en términos de unidades o medidas apropiadas a la naturaleza de los servicios contratados: Si también se incluyeran controles sobre los medios de estudio e investigación o sobre medidas empleadas para controlar la calidad, las mismas serán: e) Títulos académicos y profesionales del empresario/a y de los directivos/as de la empresa y, en particular, del/de la responsable o responsables de la ejecución del contrato así como de los técnicos/as encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. Criterio de selección: Los títulos o acreditaciones académicos o profesionales exigidos, y los documentos admitidos para su acreditación son: g) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos/as durante los tres últimos años. Criterio de selección: El valor mínimo exigido en este aspecto será: h) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones. Criterio de selección: La maquinaria, material y equipos que como mínimo deben estar a disposición del empresario/a, así como las capacidades funcionales mínimas de cada uno de ellos, son: i) Indicación de la parte del contrato que el empresario/a tiene eventualmente el propósito de subcontratar (en la que se base la capacidad del empresario). Criterio de selección: Porcentaje máximo de subcontratación admitido, y en su caso, la parte o partes del contrato que no puedan ser objeto de subcontratación a un tercero: j) Otros medios distintos (contratos no sujetos a regulación armonizada):

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