Transporte y entrega Cláusulas de Ejemplo

Transporte y entrega. La entrega de los bienes, productos y servicios, deberá efectuarse en la cantidad, tiempo, lugar, forma y condiciones acordados en la Documentación Contractual. El Proveedor se obliga a cumplir la fecha de entrega final y las fechas de entrega parciales fijadas en la misma. Los plazos de entrega de materiales no pueden retrasarse, ni los plazos de finalización y / o ejecución o entrega de equipos, obras o servicios prorrogarse, salvo por hechos imputables a TIRME o por causas de fuerza mayor. El Proveedor se compromete a notificar de forma inmediata a TIRME cualquier circunstancia que modifique los plazos de entrega establecidos. En caso de que la entrega de los bienes o productos sea rechazada por causa justificada serán de cuenta del Proveedor todos los gastos y demás consecuencias que del rechazo se deriven, salvo pacto expreso en contrario. Transcurridos 30 días desde el rechazo de los bienes o productos sin que los mismos sean retirados por el Proveedor, TIRME quedará autorizado a adoptar en relación con los mismos cualquier decisión, incluso su destrucción. En caso de retraso el Proveedor incurrirá en xxxx sin que sea necesaria a estos efectos ninguna comunicación por parte de TIRME, pudiendo la misma aplicar las penalizaciones que se hubieran establecido y exigir las responsabilidades derivadas de posibles daños y/o perjuicios o en su caso resolver el Pedido. El Proveedor se obliga a poner, a su exclusiva cuenta, todos los medios que razonablemente estén a su alcance para recuperar, en cuanto sea posible, cualquier retraso en las fechas o plazos previstos, incluso cuando el retraso esté justificado. TIRME podrá cambiar los programas de entrega u ordenar la suspensión temporal de entregas programadas siempre que medie preaviso escrito de al menos 15 días de antelación a la entrega. Ambas partes pactarán un nuevo programa de entrega o, en su caso, la suspensión de las entregas programadas ajustando el Pedido en consecuencia.
Transporte y entrega. El adjudicatario realizará el traslado del equipamiento completo correspondiente a cada CDTL desde las ubicaciones que al efecto haya dispuesto hasta la ubicación física exacta del puesto facilitada previamente por el Responsable de la ejecución de los trabajos (Responsable de Proyecto) del órgano de contratación. Entre estas actividades se incluyen el embalado y desembalado del equipamiento. El Responsable por parte del órgano de contratación entregará al adjudicatario las direcciones exactas de todos los centros implicados en el contrato que son objeto de renovación (los señalados en el Anexo Nº1 del presente pliego). Todas las ubicaciones referidas se encuentran en la Comunidad del Principado xx Xxxxxxxx. El Adjudicatario será responsable de establecer una “ruta de entrega”, que consensuará con el Responsable de ejecución del Órgano de Contratación, de acuerdo a lo especificado en los apartados 6.-Plan de Trabajo y 7.-Organización de los trabajos que se describen en el presente pliego técnico. Es requisito indispensable que el adjudicatario posea al menos un centro de soporte técnico, desde el cual se realizará la entrega del equipamiento solicitado, que le permita garantizar la ejecución de los trabajos objeto del contrato y el cumplimiento de los Acuerdos de Nivel de Servicios (ANS). En la oferta se especificará la ubicación de dicho almacén o almacenes. La empresa proveedora está obligada a retirar el material de embalaje utilizado y, en caso necesario, a proceder a su reciclado conforme a la normativa vigente. Una vez entregado el equipamiento en cada uno de los centros, la empresa adjudicataria deberá entregar al encargado del CDTL una copia xxx xxxxxxx correspondiente a la entrega, haciendo llegar así mismo otra copia al Responsable de Proyecto del órgano de contratación. Los albaranes entregados estarán debidamente cumplimentados, especificando en los mismos los números de serie de todo el equipamiento entregado, la ubicación (CDTL), el nombre, firma, DNI y cargo en el centro de la persona que ha recibido la entrega así como la fecha en la que fue efectuada.
Transporte y entrega. A menos que se especifique lo contrario en el Pedido, o así lo acuerden explícitamente por escrito el vendedor y el comprador, todas las entregas se llevarán a cabo DDP según lo definido en los Incoterms 2000. - Si los productos solicitados se embalan o almacenan en palés con madera no procesada, el Proveedor declara y garantiza que respetará y cumplirá estrictamente la normativa NIMF 15 de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación.
Transporte y entrega. Toda mercancía vendida se entiende a disposición del cliente en los almacenes de S&C en Cardedeu (Barcelona), siendo A CARGO DEL COMPRADOR los daños y menoscabos que, en su caso, puedan ocasionarse a las mercancías desde el momento de la entrega al transportista. Los portes de la mercancía serán siempre por cuenta y riesgo del comprador (portes debidos). Incluso si S&C contrata el transporte, y aunque bonifique al cliente en todo o en parte su importe mediante descuentos comerciales en el precio de las mercancías, ello no significa en ningún caso menoscabo o derogación de los párrafos precedentes, ni la aceptación tácita o expresa de la cuenta o de los riesgos derivados del transporte. Si no se comunica explícitamente la agencia de transportes deseada por el cliente, tanto si es x xxxxxx pagados como x xxxxxx debidos, S&C remitirá el pedido con los productos solicitados por aquella otra agencia que le parezca más oportuna para el envío.
Transporte y entrega. El precio de los Bienes incluye su transporte y entrega por el Proveedor a la Empresa en el lugar que señale el Contrato, dentro del plazo que se señale en el Contrato. El Proveedor deberá realizar la calendarización de las entregas, considerando que la fecha de entrega requerida y señalada en el Contrato, el cumplimiento de dichas fechas de entrega ha sido esencial para la Empresa al momento de Contratar. La Empresa se reserva el derecho de devolver, con cargo al Proveedor, todos los Bienes recibidos de manera anticipada a la fecha requerida de entrega señalada en el Contrato o, a su elección, a conservar dichos Bienes en su custodia pero con cargo y a xxxxx del Proveedor, quien asume el riesgo de pérdida de los mismos. Los Bienes se considerarán entregados contra la emisión por parte de la Empresa del correspondiente MIGO. El Proveedor se obliga a cumplir y a hacer cumplir, en el transporte de los Bienes, todas las normas legales y estándares de seguridad aplicables al transporte de los Bienes, conforme a su naturaleza.

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  • Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el RD. 364/2005, de 8 xx xxxxx. La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 12 “Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego. El contratista queda obligado igualmente a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva. La acreditación de dicho cumplimiento se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores con discapacidad.

  • CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP. La solvencia se acreditará y evaluará de acuerdo con los medios establecidos en la Carátula y Pliego. Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas. Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación objeto del presente contrato.

  • INFORMACIÓN SOBRE EL RECURSO A LA CAPACIDAD DE OTRAS ENTIDADES Recurso Respuesta En caso afirmativo, facilítese un formulario DEUC separado por cada una de las entidades consideradas que recoja la información exigida en las secciones A y B de esta parte y en la parte III, debidamente cumplimentado y firmado por dichas entidades. Se incluirá también aquí el personal técnico o los organismos técnicos que no estén integrados directamente en la organización del operador económico, especialmente los responsables del control de la calidad. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en la parte IV por cada una de las entidades de que se trate13.

  • Demostración de Capacidad para Contratar Los Oferentes/Proponentes deben demostrar que: 1) Poseen las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato. 2) No están embargados, en estado de quiebra o en proceso de liquidación; sus negocios no han sido puestos bajo administración judicial, y sus actividades comerciales no han sido suspendidas ni se ha iniciado procedimiento judicial en su contra por cualquiera de los motivos precedentes; 3) Han cumplido con sus obligaciones tributarias y de seguridad social; 4) Han cumplido con las demás condiciones de participación, establecidas de antemano en los avisos y el presente Pliego de Condiciones; 5) Se encuentran legalmente domiciliados y establecidos en el país, cuando se trate de licitaciones públicas nacionales; 6) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual;

  • PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA 20.1.- El Pliego de Prescripciones Técnicas y en el Cuadro de Características de este Pliego, apartado 16, establecerá el plazo máximo para la entrega o entregas sucesivas de los productos, una vez recibido el pedido por el contratista. Si el licitador ofertase un plazo inferior, y la Administración lo estimase conveniente, se hará constar éste en el contrato y será el exigido en la ejecución del mismo. 20.2.- La entrega se efectuará en el lugar indicado en el apartado 16 del Cuadro de características. En todo caso, dentro del mes siguiente de haberse producido la entrega, o en el plazo que se determine en el apartado 20 de Condiciones Específicas del procedimiento, la Administración realizará un acto formal y positivo de recepción o conformidad. 20.3.- El contratista estará obligado a entregar los bienes objeto de suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas. Cualquiera que sea el tipo de suministro, el adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos, de acuerdo con el art. 268 LCSP. 20.4.- Gastos de entrega y recepción.- Salvo pacto en contrario, los gastos de la entrega y transporte de los bienes objeto del suministro al lugar convenido serán de cuenta del contratista. Si los bienes no se hallan en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO El servicio se ejecutará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la notificación al proveedor con la Orden de Servicio o hasta que cese la necesidad del área usuaria derivada del objeto de la contratación.

  • Dependencia encargada de realizar el proceso de contratación Oficina de Recursos Humanos.

  • Acreditación de la Aptitud para Contratar Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones para contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. 1. La capacidad de obrar del empresario se acreditará: a. De los empresarios que fueren personas jurídicas mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.

  • CAPACIDAD PARA CONTRATAR Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 60 de la TRLCSP, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme a lo establecido en los artículos 74, 75 y 76 de la TRLCSP, o, en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas. Asimismo, los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones de empresarios, se estará a lo dispuesto en los artículos 55, 58 y 59 de la TRLCSP, respectivamente. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal de empresarios, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.

  • RESPONSABLE SUPERVISOR DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO El órgano de contratación podrá designar una persona física o jurídica, vinculada al ente contratante o ajena a él, como responsable del trabajo, quien supervisará la ejecución del mismo, comprobando que su realización se ajusta a lo establecido en el contrato, y cursará al contratista las órdenes e instrucciones del órgano de contratación.