Términos y Condiciones de Obligatoria Inclusión en el Contrato xx Xxxxxxx Mercantil Cláusulas de Ejemplo

Términos y Condiciones de Obligatoria Inclusión en el Contrato xx Xxxxxxx Mercantil. Sin limitar la generalidad de lo dispuesto en la anterior Sección 3.01, y sin limitar la potestad que tiene INCO de hacer todos los comentarios y las observaciones al Contrato xx Xxxxxxx Mercantil que estime conducentes para que el Contrato xx Xxxxxxx Mercantil se ajuste a los requisitos mínimos señalados en el presente Capítulo III, queda expresamente acordado y entendido que el Contrato xx Xxxxxxx Mercantil deberá consignar al menos los siguientes términos y condiciones: (a) Partes: El Concesionario será el fideicomitente del Patrimonio Autónomo. Podrán existir diferentes beneficiarios para cada una de las subcuentas y cuentas en que se divida el Patrimonio Autónomo, pero en todo caso el beneficiario único de la Cuenta Aportes INCO junto con las respectivas subcuentas de esta Cuenta será el INCO. Los beneficiarios de las demás Cuentas y subcuentas serán designados por el Concesionario. (b) Cuentas: El Patrimonio Autónomo estará dividido en por lo menos dos (2) Cuentas a saber: (i) la Cuenta Aportes INCO; y (ii) la Cuenta Aportes Concesionario. (c) Subcuentas: (i) la Cuenta Aportes INCO estará compuesta por las siguientes subcuentas: (1) Subcuenta de Interventoría; (2) Subcuenta de Supervisión Aérea; y (3) Subcuenta Divulgación; (ii) la Cuenta Aportes Concesionario estará compuesta, como mínimo, por la siguiente subcuenta: Subcuenta de Predios. (d) Descripción de las Cuentas y Subcuentas: (i) Cuenta Aportes Concesionario: Esta Cuenta Aportes Concesionario se creará con la suscripción del Contrato xx Xxxxxxx Mercantil, y se fondeará con los aportes de capital de acuerdo con lo señalado en la Sección 6.02(a) del presente Contrato, así como con los recursos provenientes del recaudo de los Peajes, de la financiación obtenida de los Prestamistas y de la Cuenta Aportes INCO. Los recursos disponibles en esta Cuenta Aportes Concesionario se destinarán única y exclusivamente a la atención de (i) todos los pagos, costos y gastos a cargo del Concesionario para el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, incluyendo pero sin limitarse al fondeo de la Subcuenta de Predios, en los montos señalados en la Sección 7.04 del presente Contrato, la Subcuenta de Interventoría, en los montos señalados en la Sección 10.05 del presente Contrato, la Subcuenta de Supervisión Aérea, en los montos señalados en la Sección 3.02(d)(iv) del presente Contrato, la Subcuenta Divulgación en los montos señalados en la Sección 7.07(b) del presente Contrato, y si fuere e...
Términos y Condiciones de Obligatoria Inclusión en el Contrato xx Xxxxxxx Mercantil. Incorporación: El Contrato de Gerencia se entenderá incorporado al Contrato xx Xxxxxxx Mercantil, en lo aplicable a este. En tal calidad, todas las obligaciones del FIDEICOMITENTE incorporadas en el Contrato de Gerencia Integral, serán asumidas por la sociedad fiduciaria en lo que sea concordante con la naturaleza del Contrato xx Xxxxxxx Mercantil, a la firma de éste. La Fiduciaria responderá por los perjuicios que el incumplimiento que esas obligaciones acarree al DEPARTAMENTO. Por su parte, PDO responderá frente al DEPARTAMENTO si la no incorporación de esas obligaciones causa perjuicios al DEPARTAMENTO.
Términos y Condiciones de Obligatoria Inclusión en el Contrato xx Xxxxxxx Mercantil. Sin limitar la generalidad de lo dispuesto en la anterior Sección 3.01, y sin limitar la potestad que tiene INCO de hacer todos los comentarios y las observaciones al Contrato xx Xxxxxxx Mercantil que estime conducentes para que el Contrato xx Xxxxxxx Mercantil se ajuste a los requisitos señalados en el presente Capítulo III, queda expresamente acordado y entendido que el Contrato xx Xxxxxxx Mercantil deberá consignar al menos los siguientes términos y condiciones:

Related to Términos y Condiciones de Obligatoria Inclusión en el Contrato xx Xxxxxxx Mercantil

  • Obligaciones esenciales que pueden ser causa de resolución del contrato Tendrán la condición de obligaciones esenciales de ejecución del contrato, las siguientes: a. El cumplimiento de la propuesta del adjudicatario en todo aquello que haya sido objeto de valoración de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos para el contrato.

  • FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato, la cual se presentará a más tardar dentro de los 10 (días) calendarios siguientes a la firma del contrato. La garantía de fiel cumplimiento debe ser equivalente al 10% del monto total del contrato.-

  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO PARCIAL DE LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO 23.1.- En el caso de que el contratista realizara defectuosamente el objeto del contrato, o incumpliera el compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato con incautación de la garantía constituida, o bien imponer una penalización económica proporcional a la gravedad del incumplimiento, en una cuantía que podrá alcanzar el 10 por 100 del presupuesto del contrato. 23.2.- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, el órgano de contratación podrá optar, indistintamente, por su resolución o la imposición de penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato.

  • Examen de los Términos y Condiciones; Evaluación Técnica 33.1 El Comprador examinará todas las ofertas para confirmar que todas las estipulaciones y condiciones de las CGC y de las CEC han sido aceptadas por el Oferente sin desviaciones o reservas mayores. 33.2 El Comprador evaluará los aspectos técnicos de la oferta presentada en virtud de la Cláusula 18 de las IAO, para confirmar que todos los requisitos estipulados en la Sección VI, Lista de Bienes y Servicios y Plan de Entrega de los Documentos de Licitación, han sido cumplidos sin ninguna desviación importante o reserva. 33.3 Si después de haber examinado los términos y condiciones y de haber efectuado la evaluación técnica, el Comprador establece que la oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación de conformidad con la Cláusula 30 de las IAO, la oferta será rechazada.

  • CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Art. 118 TRLCSP

  • Condiciones de ejecución del contrato Se utilizará pedido electrónico : No Se aceptará factura electrónica : Sí Se utilizará el pago electrónico : No

  • DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN 8.1.- La duración del contrato, el plazo de ejecución total, los plazos de ejecución parciales, en su caso, o la fecha de inicio del servicio son los que figuran en la letra C del Cuadro de características del contrato, son indicativos y podrán ser modificados, en su caso, como consecuencia de la licitación. 8.2.- En el supuesto de contrato de resultado, el plazo máximo de ejecución empieza a contar desde el día que se estipule en el contrato. 8.3.- En el supuesto de contratos de actividad por precio a tanto alzado o por unidades de ejecución o de tiempo, el plazo máximo de vigencia es el indicado en la letra C, o bien hasta que se haya agotado el presupuesto máximo del mismo, en el supuesto de que este hecho se produjera con antelación al cumplimiento del plazo antes señalado.

  • Documentos que Establecen la Conformidad de los Bienes y Servicios Conexos 18.1 Con el fin de establecer la conformidad de los Bienes y Servicios Conexos, los Oferentes deberán proporcionar como parte de la oferta evidencia documentada acreditando que los Bienes cumplen con las especificaciones técnicas y los estándares especificados en la Sección VI, Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.2 La evidencia documentada puede ser en forma de literatura impresa, planos o datos, y deberá incluir una descripción detallada de las características esenciales técnicas y de funcionamiento de cada artículo demostrando conformidad sustancial de los Bienes y Servicios Conexos con las especificaciones técnicas. De ser procedente el Oferente incluirá una declaración de variaciones y excepciones a las provisiones en los Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.3 Los Oferentes también deberán proporcionar una lista detallada que incluya disponibilidad y precios actuales de repuestos, herramientas especiales, etc. necesarias para el adecuado y continuo funcionamiento de los bienes durante el período indicado en los DDL, a partir del inicio de la utilización de los bienes por el Comprador. 18.4 Las normas de fabricación, procesamiento, material y equipo así como las referencias a marcas o números de catálogos que haya incluido el Comprador en los Requisitos de los Bienes y Servicios son solamente descriptivas y no restrictivas. Los Oferentes pueden ofrecer otras normas de calidad, marcas, y/o números de catálogos siempre y cuando demuestren a satisfacción del Comprador, que las substituciones son sustancialmente equivalentes o superiores a las especificadas en los Requisitos de los Bienes y Servicios.

  • Dependencia encargada de realizar el proceso de contratación Sub Gerencia de Personal