VIGENCIA DE LAS PROPUESTAS. Las propuestas deberá tener una vigencia mínima de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre del Proceso de Selección Abreviada o de sus prórrogas si las hubiere, durante este período el PROPONENTE no podrá retirar su propuesta, ni modificar los términos o condiciones de la misma.
VIGENCIA DE LAS PROPUESTAS. Una vez recibidas las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecidos, éstas no podrán retirarse o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse con una vigencia mínima de 60 días.
VIGENCIA DE LAS PROPUESTAS. La propuesta deberá permanecer vigente hasta el 31 de Enero de 2020 período dentro del cual las condiciones técnicas y económicas permanecerán invariables. Durante el periodo de su vigencia, la propuesta será irrevocable, en consecuencia, el proponente no podrá retirarla, ni modificar los términos o condicionesde la misma. Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma castellano deberán presentarse acompañados de una traducción al castellano. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados o apostillados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial los artículos 251 del Código General del Proceso Civil, articulo 480 del Código de Comercio y en la Resolución 3269 del 20 xx Xxxxx de 2016, proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
VIGENCIA DE LAS PROPUESTAS. Una vez recibidas las propuestas de acuerdo al calendario establecido, estas no podrán retirarse o dejarse sin efecto, por lo que se considerarán vigentes dentro del procedimiento de Invitación hasta su conclusión.
VIGENCIA DE LAS PROPUESTAS. Las Propuestas estarán vigentes por un plazo de 180 (ciento ochenta) Días contados a partir de la fecha del acto de presentación de Propuestas y Apertura de Propuesta Técnica señalado en la Base 2.8.5. Adicionalmente, a más tardar 10 (diez) Días previos a la terminación del plazo indicado en el párrafo anterior, la Secretaría podrá solicitar por escrito a los Licitantes una ampliación de la vigencia de las Propuestas señalada en el párrafo anterior hasta por un lapso adicional de 30 (treinta) Días. En su caso, los Licitantes deberán notificar por escrito a la Secretaría su aceptación dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a la solicitud hecha por la Secretaría, a la que deberán acompañar la ampliación correspondiente a la Garantía de Seriedad. Si un Licitante no aceptara ampliar la vigencia de su Propuesta o la Garantía de Seriedad de la misma, su Propuesta será desechada sin responsabilidad para la Secretaría. En este caso, la Garantía de Seriedad que haya presentado originalmente, no podrá hacerse efectiva.
VIGENCIA DE LAS PROPUESTAS. La vigencia de las propuestas técnicas y económicas no será menor a 90 días naturales. El sostenimiento de las propuestas deberá ser firme hasta la firma del contrato y durante la vigencia del contrato, bajo la condición de precio fijo.
VIGENCIA DE LAS PROPUESTAS. 26 3.7 CRONOGRAMA 26 3.8 PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS 27
VIGENCIA DE LAS PROPUESTAS. 9.13.1 Las Propuestas estarán vigentes a partir de la fecha del acto de presentación y apertura de Propuestas, hasta la fecha de expedición y firma de los Títulos de Concesión por parte de los Concesionarios.
VIGENCIA DE LAS PROPUESTAS. El plazo en el que queda obligado el oferente, por la oferta que presenta, se fija en sesenta (60) días calendarios, a contar desde la finalización del plazo de presentación.
VIGENCIA DE LAS PROPUESTAS. Iniciado el acto de presentación y apertura de proposiciones, las proposiciones ya presentadas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto por los licitantes, por lo que tendrán validez obligatoria por 30 (treinta) días naturales contados a partir de la fecha de apertura de las mismas. Toda proposición cuyo periodo de validez sea inferior al requerido será desechada por “La Convocante” Para efectos de esta licitación, “La Convocante aceptará proposiciones conjuntas, siempre y cuando se cumpla con los requisitos establecidos en los Artículos 34 de la Ley de Adquisiciones y 44 de su Reglamento.