SANEAMIENTO DEL PROCEDIMIENTO. Si durante el
SANEAMIENTO DEL PROCEDIMIENTO. Si durante el proceso de Licitación Pública o de Concurso Público de Méritos o de celebración del contrato, se encontrare que se ha pretermitido alguno de los requisitos exigidos en este acuerdo o en los respectivos Pliegos de Condiciones o Términos de Referencia, según el caso, el Presidente de la Empresa XXXX podrá ordenar su cumplimiento o corrección, si fuere procedente. Efectuada la enmienda, la tramitación se reanudará en el correspondiente estado.
SANEAMIENTO DEL PROCEDIMIENTO. 5.9. Selección objetiva de los contratistas.
SANEAMIENTO DEL PROCEDIMIENTO. De conformidad con los artículos 25, numerales 1, 2, 3 y 4, y en particular el artículo 4915 de la Ley 80 de 1993, que permite el saneamiento del procedimiento cuando no se trata de causales de nulidad, Fiduprevisora S.A. podrá, mediante acuerdo motivado, declarar saneado el procedimiento cuando constate que ha habido errores o faltas inocuas y que no se hayan roto los principios de igualdad y debido proceso entre los participantes o proponentes y el del debido proceso.
SANEAMIENTO DEL PROCEDIMIENTO. De conformidad con los artículos 25, numerales 1, 2, 3 y 4, y en particular el artículo 4916 de la Ley 80 de 1993, que permite el saneamiento del procedimiento cuando no se trata de causales de nulidad, el Consejo Directivo del Fondo, por sí o por intermedio de FIDUPREVISORA S.A., podrá, mediante acuerdo motivado, declarar saneado el procedimiento cuando constate que ha habido errores o faltas inocuas y que no se hayan roto los principios de igualdad y debido proceso entre los participantes o proponentes y el del debido proceso.
SANEAMIENTO DEL PROCEDIMIENTO. Si durante el procedimiento de Contratación Directa, se encontrase que se han omitido algunos de los requisitos formales exigidos en este Reglamento, o existiera alguna omisión formal en la solicitud de ofertas, el funcionario que efectuará la adjudicación deberá ordenar su cumplimiento o corrección si fuera procedente. En ejercicio de esta facultad, los oferentes no podrán completar, adicionar, mejorar o modificar las propuestas. Efectuada la enmienda, el trámite se reanudará en el correspondiente estado.
SANEAMIENTO DEL PROCEDIMIENTO. Si durante el procedimiento de contratación se encontrare que se ha omitido alguno de los requisitos exigidos en éste Manual o en el documento de solicitud de ofertas, y ello no constituye un vicio sustancial sino meramente de forma y que sea saneable, la Cámara podrá ordenar el saneamiento o la corrección respectiva, caso en el cual el procedimiento se reanudará en el estado en que se encontraba.
SANEAMIENTO DEL PROCEDIMIENTO. Si durante el procedimiento de contratación, se encontrare que se ha pretermitido alguno de los requisitos exigidos en este Reglamento o en el documento de Solicitud de Ofertas, o se ha incurrido en un error sustancial, el empleado competente para celebrar el contrato deberá ordenar su cumplimiento o corrección, si fuere procedente. Efectuada la enmienda, el trámite se reanudará en el correspondiente estado.
SANEAMIENTO DEL PROCEDIMIENTO. Si durante el procedimiento para la contratación, se encontrare que se ha omitido alguno de los requisitos exigidos en este Manual o en la solicitud de ofertas, el Gerente o su delegado autorizado, deberá ordenar su cumplimiento o corrección si fuere procedente. Efectuada la enmienda, el trámite se reanudará en el correspondiente estado, ampliando los plazos en caso de ser necesario.
SANEAMIENTO DEL PROCEDIMIENTO. Si durante el proceso de contratación el funcionario competente encuentra que se ha pretermitido alguno de los requisitos exigidos o se ha cumplido en forma parcial o relativa, ordenará su complemento, adición, o corrección siempre y cuando no se trate de una falta total de capacidad, ausencia de consentimiento, objeto y causa ilícitos o cualquier otra eventualidad que constituya causales de anulabilidad absoluta. Efectuada la enmienda, se reanudará la correspondiente tramitación.