CONCURSO PÚBLICO INTERNACIONAL DE CONSULTORIA
CONCURSO PÚBLICO CONSULTORÍA CPI-MTOP-CAF-02-12
CONCURSO PÚBLICO INTERNACIONAL DE CONSULTORIA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MTOP CORPORACION ANDINA DE FOMENTO
PLIEGOS PRECONTRACTUALES CONSULTORÍA CONCURSO PÚBLICO CPI-MTOP-CAF-02-12
FISCALIZACIÓN DE LA“CONSTRUCCIÓN DE LA VÍA QUILOTÓA CHUGCHILAN DE 16,84 KM UBICADO EN CANTÓN SIGCHOS, PROVINCIA DE COTOPAXI”
AMBATO, MAYO 2012
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORÍA CPI-MTOP-CAF-02-12
ÍNDICE
SECCIÓN I CONVOCATORIA
SECCIÓN II OBJETO DE LA CONTRATACIÓN SECCIÓN III CONDICIONES GENERALES
3.1 Comisión Técnica
3.2 Inhabilidades
3.3 Modelos obligatorios de pliegos
3.4 Obligaciones del Oferente
3.5 Preguntas, Respuestas y Aclaraciones
3.6 Idioma y Autenticidad de los Documentos
3.7 Proceso de Evaluación, Negociación y Adjudicación
3.8 Criterios de evaluación
3.9 Rechazo de Ofertas
3.10 Garantías
3.11 Cancelación del Procedimiento
3.12 Declaratoria de Procedimiento Desierto
3.13 Adjudicatario Fallido
3.14 Proyecto del Contrato
3.15 Moneda de Cotización y Pago
3.16 Reclamos
3.17 Administración del Contrato
3.18 Auto invitación
3.19 Convalidación de errores de forma
SECCIÓN IV CONDICIONES ESPECIFICAS.
4.1 Participantes
4.2 Cronograma del Proceso del Concurso Público
4.3 Vigencia de la Oferta
4.4 Forma de pago
4.5 Ampliación de Plazos para Entrega de Ofertas
4.6 Indicaciones para la Elaboración de las Ofertas
4.7 Contenido de la Oferta
4.8 Coeficiente de Ponderación
4.9 Términos de Referencia
SECCION V PROCEDIMIENTO PARA LA CALIFICACION DE OFERTAS SECCIÓN VI PROYECTO DE CONTRATO
SECCIÓN VII MODELO DE FORMULARIOS
Formulario Nº 1 CARTA DE PRESENTACIÓN Y COMPROMISO Formulario Nº 2 IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
Formulario Nº 2-A IDENTIFICACIÓN DE LA ASOCIACIÓN (De ser el caso)
Formulario Nº 2-B CONFORMACIÓN DE LA ASOCIACIÓN O ACUERDO DE ASOCIACIÓN O COMPROMISO DE EXTENCIÓN DE VIGENCIA
(según corresponda)
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Formulario Nº 3 REFERENCIAS SOBRE LA EXPERIENCIA GENERAL Formulario Nº 4 REFERENCIAS SOBRE LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA
Formulario Nº 4-A ANEXOS CERTIFICACION EXPERIENCIA (Para trabajos ejecutados) Formulario Nº 4-B ANEXOS CERTIFICACION EXPERIENCIA (Para trabajos en ejecución) Formulario Nº 5 LISTA DEL PERSONAL ASIGNADO AL PROYECTO
Formulario Nº 6 HOJA DE VIDA DEL PERSONAL ASIGNADO
Formulario Nº 7 Carta de compromiso del profesional asignado al proyecto Formulario Nº 7 A Declaración del porcentaje del profesional asignado al proyecto
comprometido
Formulario Nº 8 Plan de trabajo, enfoque, alcance y metodología de trabajo Formulario Nº 9 RECURSOS, INSTRUMENTOS Y EQUIPOS
Formulario Nº 9A INDICADORES FINANCIEROS DE PARTICIPANTES NACIONALES
Formulario Nº 10 OFERTA ECONÓMICA
Formulario Nº 11 PRESENTACIÓN Y COSTO DE LA PROPUESTA (De ser el caso) Formulario Nº 12 REFERENCIA RESOLUCIÓN XXXXX Xx. 000-00 (que sustituye a la
Resolución INCOP No. 028-09)
ANEXO 1 CANTIDADES DE OBRA
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SECCIÓN I CONVOCATORIA
De acuerdo con los Pliegos del Concurso Público Internacional de Consultoría aprobados por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Corporación Andina de Fomento, CAF, se convoca a las compañías consultoras nacionales, internacionales, asociaciones o consorcios, o compromisos de asociación de éstas para que presenten sus ofertas técnicas y económicas para la contratación de la FISCALIZACIÓN DE LA“CONSTRUCCIÓN DE LA VÍA QUILOTÓA CHUGCHILAN DE 18,64 KM UBICADO EN EL CANTÓN SIGCHOS, PROVINCIA DE COTOPAXI”
El Presupuesto Referencial es de Quinientos Ochenta y Siete mil Quinientos Treinta y Ocho 00
/100 ($ 587.538,00) sin incluir IVA.
El objeto de esta Convocatoria, debe ejecutarse en un plazo de 16 meses (480 días), contados a partir de la fecha de entrega efectiva del anticipo al contratista.
Las condiciones generales de esta convocatoria son las siguientes:
1.- Los pagos de los servicios de consultoría se realizarán con fondos provenientes de la Corporación Andina de Fomento, CAF, con cargo a la partida presupuestaria indicada en memorando MINFIN-DM-2012-077 de fecha 10 de febrero de 2012, suscrito por parte del señor Ministro de Finanzas.
Se otorgará un anticipo del quince (15%) del valor del contrato.
El valor del contrato se pagará por planillas mensuales de acuerdo al avance mensual del contratista a cuyo monto se le aplicará el porcentaje de fiscalización.
2.- Los Pliegos están disponibles, sin ningún costo, en la página Web del Ministerio de Transporte y Obras Públicas xxx.xxxx.xxx.xx; así mismo, se realizará una publicación en dos periódicos de circulación nacional y uno local.
3.- Los oferentes que participen individualmente o en asociación deberán estar habilitados como proveedores en el Registro Único de Proveedores, RUP, conforme lo dispone el artículo
18 de la LOSNCP. Los compromisos de asociación deben cumplir lo determinado en la Resolución INCOP 52-2011.
4.- Los interesados podrán realizar preguntas, recibir respuestas y aclaraciones del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a través del correo electrónico: xxxxxxx@xxxx.xxx.xx, según el cronograma establecido en estos pliegos.
Posteriormente se publicarán todas las preguntas, respuestas y aclaraciones en el Portal del Ministerio de Transporte y Obras Públicas xxx.xxxx.xxx.xx.
5.- Las ofertas técnica y económica deberán ser entregadas simultáneamente (es decir, en el mismo día y hora), de manera física y en dos sobres separados en el día y hora indicados en el cronograma del procedimiento establecido en estos pliegos.
La fecha de apertura de las ofertas técnicas presentadas es una hora más tarde que la recepción de las ofertas, la misma que estará publicada en el cronograma del procedimiento.
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6.- La evaluación de las propuestas se realizará aplicando los parámetros de calificación previstos en los Pliegos, conforme lo dispone el numeral 19 del artículo 6 de la LOSNCP, los artículos 37 al 40 del Reglamento General de la LOSNCP y Resolución XXXXX Xx. 000-00 de 12 xx xxxx del 2009, emitida por el INCOP.
Ambato,
Ing. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx
SUBSECRETARIO REGIONAL 3 MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
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SECCIÓN II
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
Este proceso tiene por objeto la calificación, selección, negociación y adjudicación del contrato de FISCALIZACIÓN DE LA“CONSTRUCCIÓN DE LA VÍA QUILOTÓA CHUGCHILAN DE 16.84 KM UBICADO EN CANTÓN SIGCHOS, PROVINCIA DE COTOPAXI”
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SECCION III CONDICIONES GENERALES
3.1 Comisión Técnica: Este procedimiento de consultoría de Concurso Público Internacional presupone la conformación obligatoria de una Comisión Técnica, integrada de acuerdo al artículo 18 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, que se encargará del trámite del proceso de acuerdo a lo previsto en el artículo 42 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Esta comisión analizará las ofertas, incluso en el caso de haberse presentado una sola, considerando los parámetros de calificación establecidos en estos pliegos, y recomendará al señor Subsecretario de Transporte y Obras Públicas Regional 3 la adjudicación o la declaratoria de procedimiento desierto.
3.2 Inhabilidades: No podrán intervenir en el proceso, ningún oferente que se encuentre incurso en las inhabilidades generales o especiales determinadas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP.
No podrán intervenir en el proceso, las personas o empresas que hayan participado en la elaboración de los estudios del proyecto a fiscalizar.
3.3 Modelos obligatorios de pliegos: El oferente, de forma obligatoria, presentará su oferta utilizando el modelo xx xxxxxx establecido por el INCOP.
3.4 Obligaciones del Oferente: Los oferentes deberán revisar cuidadosamente los Pliegos y cumplir con todos los requisitos solicitados en ellos. La omisión o descuido del oferente al revisar los documentos no le relevará de sus obligaciones con relación a su oferta.
3.5 Preguntas, Respuestas y Aclaraciones: Los interesados podrán realizar preguntas, recibir respuestas y aclaraciones del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a través del correo electrónico: xxxxxxx@xxxx.xxx.xx, según el cronograma establecido en estos pliegos. Posteriormente se publicarán todas las preguntas, respuestas y aclaraciones en el Portal del Ministerio de Transporte y Obras Públicas xxx.xxxx.xxx.xx.
La Comisión Técnica podrá en la etapa de preguntas y respuestas, emitir aclaraciones o modificaciones de los Pliegos, siempre y cuando éstas no cambien el presupuesto referencial, ni el objeto del proceso contemplado en los pliegos.
3.6 Cambio de Cronograma: El Ministerio de Transporte y Obras Públicas podrá cambiar el cronograma de oficio o a petición de los oferentes, siempre que cuente con la motivación respectiva; el cambio será publicado en el portal del Ministerio de Transporte y Obras Públicas xxx.xxxx.xxx.xx y podrá realizarse hasta la fecha límite de la etapa de respuestas y aclaraciones.
3.7 Idioma y Autenticidad de los Documentos: La documentación que contempla la oferta, así como la correspondencia relacionada debe ser escrita en castellano. Los documentos no deberán contener texto entre líneas, enmendaduras o tachaduras; a menos que fuere necesario corregir errores del oferente, en cuyo caso deberán salvarse por parte del oferente, rubricando al margen.
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Los documentos que se presenten en la oferta serán en original o copia.
Para el caso de los documentos emitidos en otro idioma, su traducción deberá certificarse por Autoridad Consular competente, o la respectiva apostilla.
3.8 Proceso de Evaluación, Negociación y Adjudicación:
3.8.1 Apertura del sobre Nº 1: En la fecha y hora señalada en el cronograma del procedimiento o en las prórrogas otorgadas por la Comisión Técnica, en acto público se abrirán el sobre No. 1. Un miembro de la Comisión y el Secretario rubricarán todos y cada uno de los documentos presentados y se levantará la correspondiente acta.
3.8.1.1 Análisis preliminar del contenido del sobre Nº 1: La Comisión verificará que el Sobre No. 1 contenga todos los documentos solicitados; que los documentos sean originales o copias, que no tengan tachaduras o enmiendas no salvadas y verificará la autenticidad de la información presentada.
3.8.2 Etapa de Evaluación Técnica: La Comisión Técnica evaluará y calificará cada propuesta conforme a una escala que sumará cien (100) puntos.
La Comisión Técnica antes de la apertura del sobre No. 2, notificará a través del Portal Web del Ministerio de Transporte y Obras Públicas xxx.xxxx.xxx.xx los resultados finales de la evaluación del sobre No. 1, debidamente sustentados.
Para acceder a la evaluación de las propuestas económicas, las ofertas técnicas deberán alcanzar el puntaje mínimo de setenta (70) puntos. Las ofertas técnicas que no alcancen dicho puntaje serán descalificadas y rechazadas en esta etapa.
Por ser un procedimiento financiado por la Corporación Andina de Fomento no se aplicará el margen de preferencia xx xxxx (10) puntos, a favor del oferente que acredite haber realizado el diseño o los estudios.
No podrán intervenir en el proceso, las personas o empresas que hayan participado en la elaboración de los estudios del proyecto a fiscalizar.
3.8.3 Etapa de Evaluación Económica: Dentro del término establecido en el artículo 39 del Reglamento General de la LOSNCP, la Comisión Técnica procederá a la apertura del Sobre N° 2, en los términos de los artículos 5, 6, 7, 8 y 9 de la Resolución XXXXX Xx. 000-00 de 12 xx xxxx de 2009.
3.8.4 Negociación y Adjudicación: La Comisión Técnica negociará de acuerdo a los términos del artículo 40 del Reglamento General de la LOSNCP.
No se volverá a llamar para nuevas negociaciones al proponente con el cual no se llegó a un acuerdo durante la negociación.
El acta de negociación será firmada por los miembros de la Comisión y el consultor o su delegado. El consultor negociará por intermedio de su representante legal o procurador común, o el delegado de éstos, debidamente acreditado, y de los profesionales que estime necesario.
Iniciado el proceso de negociación, éste no podrá suspenderse por motivo alguno, salvo circunstancias de fuerza mayor. La Comisión y el consultor laborarán en jornadas completas y
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sucesivas hasta que se produzcan resultados, y de ser estos positivos continuarán ininterrumpidamente hasta lograr la negociación.
El Subsecretario Regional 3 del Ministerio de Transporte y Obras Públicas adjudicará el contrato en los términos del último inciso del artículo 40 del Reglamento General de la LOSNCP. En caso de no llegar a un acuerdo en las negociaciones, se declarará desierto de conformidad al artículo 33 de la LOSNCP.
El acta de negociación y la resolución de adjudicación debidamente suscritas, se publicarán en el portal Web del Ministerio de Transporte y Obras Públicas xxx.xxxx.xxx.xx y en el Portal de Compras Públicas xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx como publicación especial.
3.8 Criterios de evaluación: La Comisión calificará el contenido de los Sobres Nos. 1 y 2, bajo los parámetros de evaluación determinados por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, tomando en cuenta los criterios de selección establecidos en el artículo 41 de la LOSNCP, en los que sean aplicables, así como en lo establecido en el artículo 9 de la Resolución XXXXX Xx. 000-00 de 12 xx xxxx de 2009.
3.9 Rechazo de Ofertas: La Comisión Técnica rechazará una oferta por las siguientes causas:
a) Si no cumpliere los requisitos mínimos con los requisitos exigidos en las especificaciones generales y técnicas de estos pliegos;
b) Si se hubieran entregado las ofertas en otro lugar o después de la hora establecida para ello;
c) Cuando las Ofertas contengan errores sustanciales y/o evidentes, que no puedan ser convalidados por no ser considerados errores de forma o mediante corrección aritmética y que afecten notoriamente el monto total de la oferta;
d) Si el contenido de los formularios presentados difieren del modelo, condicionándolos o modificándolos, de tal forma que alteren las condiciones previstas para la ejecución del contrato;
e) Si se presentaran documentos con tachaduras o enmendaduras no salvadas; cuando no puedan ser convalidados;
f) No se aceptarán excepciones, condicionamientos, rubros no solicitados ni cualquier modificación a los Pliegos.
g) Si oferta un plazo mayor al establecido en el presente pliego.
h) Si se comprobare falsedad o adulteración de la información presentada la oferta será descalificada en cualquier momento del proceso.
i) Si el oferente no cumple con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General de aplicación y las Resoluciones del INCOP que correspondan para el presente procedimiento.
j) Si el oferente no presenta todo el Personal Técnico y el Equipo Mínimo solicitado.
k) Si el oferente se encuentra inmerso en las inhabilidades establecidas el numeral 3.2
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de estos pliegos.
l) Será rechazada una oferta, si cualquier unidad del “EQUIPO MÍNIMO” se encuentra comprometida a partir de la presentación de la oferta.
m) En el caso que un oferente participe en más de un procedimiento de contratación con cualquier unidad del Equipo Mínimo y/o cualquier miembro del Personal Técnico, su oferta será rechazada si fuere adjudicado en otro de los procedimientos.
n) Ningún oferente podrá intervenir con más de una oferta.
o) En el caso de que intervenga en el proceso, las personas o empresas que hayan participado en la elaboración de los estudios del proyecto a fiscalizar.
3.10 Garantías: En este contrato se deberán presentar las garantías previstas en los artículos 73, 74, 75 y 76 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
3.10.1 La garantía de fiel cumplimiento del contrato, que se rendirá por un valor igual al 5% del monto total del contrato.
3.10.2 La garantía del anticipo que respalde el 100% del valor recibido por este concepto.
Las garantías indicadas en el numeral anterior serán entregadas, en cualquiera de las formas establecidas en el Artículo 73 de la LOSNCP.
Las garantías se devolverán conforme lo previsto en el Artículo 77 de la LOSNCP.
El valor por concepto de anticipo es del quince por ciento del valor del contrato. (CAF establece el 15%)
3.11 Cancelación del Procedimiento: En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, el Subsecretario de Transporte y Obras Públicas Regional 3, podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.
3.12 Declaratoria de Procedimiento Desierto: El Subsecretario Regional 3 del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, antes de resolver la adjudicación, podrá declarar desierto el procedimiento de manera total o parcial, en los casos previstos en los numerales 1, 2 y 4 el artículo 33 de la LOSNCP.
Dicha declaratoria se realizará mediante resolución motivada del Subsecretario Regional 3 del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Una vez declarado desierto el procedimiento, podrá disponer su archivo o su reapertura.
3.13 Adjudicatario Fallido: En caso que el adjudicatario no celebrare el contrato dentro del término previsto, por causas que le sean imputables, el Subsecretario Regional 3 del Ministerio de Transporte y Obras Públicas antes le declarará adjudicatario fallido y una vez que notifique de esta condición al INCOP, procederá de conformidad con los artículos 35 y 98 de la LOSNCP.
Así mismo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 114 del Reglamento General de la LOSNCP, el MTOP llamará al oferente que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos para el oferente adjudicatario, incluyendo la obligación de mantener su oferta hasta la suscripción del contrato. Si
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el oferente llamado como segunda opción no suscribe el contrato, el MTOP declarará desierto el proceso, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable al segundo adjudicatario fallido.
3.14 Proyecto del Contrato: Notificada la adjudicación, dentro de un término de 15 días contados a partir de la misma, el MTOP formalizará el proyecto de contrato que es parte integrante de estos pliegos, de acuerdo a lo establecido en los artículos 68 y 69 de la LOSNCP y
112 y 113 de su Reglamento General.
3.15 Moneda de Cotización y Pago: Las ofertas deberán presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda.
3.16 Reclamos: Para el evento de que los oferentes o adjudicatarios presenten reclamos relacionados con su oferta, se deberá considerar lo establecido en los artículos 102 y 103 de la LOSNCP, según el procedimiento que consta en los artículos 150 al 159 de su Reglamento General.
3.17 Administración del Contrato: El MTOP designará de un administrador del contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar.
3.18 Autoinvitación: No procede.
3.19 Convalidación de errores de forma: Si se presentaren errores de forma, las ofertas podrán ser convalidadas por el oferente en un término de 3 días, contado a partir de la fecha de notificación. Así mismo, dentro del período de convalidación, los oferentes podrán integrar a su oferta documentos adicionales que no impliquen modificación del objeto de la misma, conforme al artículo 23 del Reglamento General de la LOSNCP. En este caso, el MTOP podrá recibir físicamente los documentos correspondientes.
El Ministerio de Transporte y Obras Públicas está obligada a analizar en profundidad cada una de las ofertas presentadas en la etapa de calificación, a fin de determinar todos los errores de forma existentes en ellas, respecto de los cuales notificará a través del portal del Ministerio de Transporte y Obras Públicas xxx.xxxx.xxx.xx y a través del correo electrónico que la compañía indique, el requerimiento de convalidación respectivo. Los oferentes notificados podrán convalidar tales errores para efectos de ser calificados.
Si el MTOP, al analizar las ofertas presentadas, determina la existencia de uno o más errores de forma, se deberá reprogramar el cronograma del proceso, en función del término concedido a los oferentes para efectos de que convaliden los errores de forma notificados.
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SECCIÓN IV CONDICIONES ESPECÍFICAS
4.1 Participantes: De conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública podrán participar en el presente concurso las personas jurídicas nacionales o internacionales o asociaciones de éstas, quienes deberán estar habilitadas en el RUP y que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Que el objeto social de la compañía incluya esta actividad.
b) Las empresas consultoras contratarán y demostrarán que cuentan con consultores individuales que deberán cumplir con los requisitos previstos en la LOSNCP.
c) Que el proponente no se encuentre incurso en ninguna de las inhabilidades determinadas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP.
d) No podrán intervenir en el proceso, las personas o empresas que hayan participado en la elaboración de los estudios del proyecto a fiscalizar.
Cuando exista un compromiso de asociación, para la participación en cualquier procedimiento de consultoría, todos los miembros de la asociación deberán estar habilitados en el RUP, de entre ellos se designará un Procurador Común; y, en caso de ser adjudicada la asociación, previo a la suscripción del contrato, se obtendrá la habilitación en el RUP de la asociación formalizada. Así también deben cumplir con los requisitos señalados en la Resolución INCOP 52-2011.
4.2 Cronograma del Procedimiento del Concurso Público: El cronograma que regirá el concurso público es el siguiente:
DETALLE | FECHA | HORA |
Fecha de Publicación | 21-06-2012 | 14h00 |
Fecha Límite de Preguntas | 25-06-2012 | 14H00 |
Fecha Límite de Respuestas y Aclaraciones | 30-06-2012 | 14H00 |
Fecha Límite Entrega de Ofertas Técnica y Económica | 13-06-2012 | 14H00 |
Fecha Apertura Oferta Técnica | 13-06-2012 | 15H00 |
Fecha Inicio evaluación | 13-06-2012 | 15H30 |
Fecha Publicación Resultados Finales Oferta Técnica | 19-06-2012 | 15H30 |
Fecha Apertura Oferta Económica | 20-06-2012 | 15H30 |
Fecha de Negociación | 22-06-2012 | 15H30 |
Fecha estimada de adjudicación | 23-06-2012 | 15H30 |
El término para la convalidación de errores será de tres días; si la Comisión Técnica detecta errores susceptibles de convalidación en cuyo caso se reformulará el cronograma del procedimiento, el mismo que será publicado en el Portal Web del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y notificado a los oferentes a través del mismo medio.
En el caso que la Comisión Técnica detecte errores susceptibles de convalidación en cuyo caso se reformulará el cronograma del procedimiento, el mismo que será notificado a todos los participantes y será publicado en el Portal Web del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y notificado a los oferentes a través del correo electrónico.
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Concepto | Día | Hora |
Fecha Límite para solicitar convalidación de errores | ||
Fecha Límite para convalidación errores | ||
Fecha estimada de Adjudicación |
4.3 Vigencia de la Oferta: La vigencia de la oferta es de noventa días, sin embargo el Ministerio de Transporte y Obras Públicas podrá prorrogar el plazo previsto hasta la fecha de celebración del contrato, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
4.4 Forma de pago: Los pagos de los servicios de consultoría se realizarán con fondos propios, provenientes del presupuesto del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, con cargo a la partida presupuestaria que se indica en el Memorado Nº MINFIN-DM-2012-077 de fecha 10 de febrero de 2012 suscrito por parte del señor Ministro de Finanzas
Se otorgará un anticipo del quince por ciento (15%) del valor del contrato.
El valor del contrato se pagará por planillas mensuales de acuerdo al avance mensual del contratista a cuyo monto se le aplicará el porcentaje de fiscalización.
4.4.1 FORMA DE PAGO EN LOS CONTRATOS DE FISCALIZACIÓN DE OBRA.
En los procedimientos de contratación de fiscalización de obra pública, los oferentes deberán detallar en su oferta económica los costos unitarios requeridos para la prestación de sus servicios. En consecuencia, el valor del contrato de consultoría para la fiscalización de una obra estará en directa relación con el costeo presentado, sin que en ningún caso la oferta económica o el consecuente monto y forma de pago del contrato de fiscalización de obra pueda estar referido o fijado como un porcentaje del valor de la obra a ser fiscalizada.
Por consiguiente, en los contratos de fiscalización de obra, el pago se realizará en proporción directa con el avance de la obra que se fiscaliza. En consecuencia, no será posible establecer en el contrato de fiscalización de obra, formas de pago distintas o por periodos fijos de tiempo.
El monto del contrato de fiscalización de obra se dividirá para el monto del contrato de obra, obteniéndose una relación en virtud de la cual se determinará el valor que corresponda pagar a la fiscalización (ejemplo,; si el valor del contrato de fiscalización es de US $ 5 y el valor del contrato de ejecución de obra es de US $ 100, la relación de dividir el monto del contrato de fiscalización para el monto del contrato de ejecución de obra es del 5%). El porcentaje se aplicará sobre el monto de cada planilla de ejecución de obra: el valor resultante de esta última operación será el que corresponda pagar por concepto del servicio de fiscalización de obra1.
4.5 Ampliación de Plazos para Entrega de Ofertas: La Comisión Técnica podrá extender el plazo para entregar las ofertas siempre que ocurrieran causas que lo justifiquen, hasta máximo 30 días hábiles, contados desde la convocatoria, prórroga que se publicará en el portal del MTOP.
5 Esta disposición obedece a la política pública determinada mediante oficio T.1056 SNJ-09-2736, de 24 de diciembre de 2009, emitida por la Secretaría Nacional Jurídica de la Presidencia de la República.
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4.6 Indicaciones para la Elaboración de las Ofertas:
4.6.1 Requisitos mínimos:
• Los participantes deberán revisar cuidadosamente los Pliegos y cumplir con los requisitos solicitados en ellos.
• Todos los Formularios deberán presentarse, caso contrario la oferta será rechazada.
• Todos los Formularios deberán estar firmados en original por el Oferente y por el Personal Técnico según corresponda, caso contrario la oferta será rechazada.
• Los oferentes no podrán establecer en su oferta un plazo de ejecución mayor al determinado en el presente pliego.
• La Comisión no admitirá reclamo posterior del oferente que se fundamente en el desconocimiento de los Pliegos.
• Cada miembro del Personal Técnico deberá cumplir con el grado de participación establecido en estos pliegos.
• Cada uno de los profesionales que conforman el Personal Técnico presentado por parte del oferente, no podrá exceder el 100% de grado ocupacional, sumando los proyectos en los cuales se encuentre prestando sus servicios profesionales y los porcentajes establecidos en el presente pliego.
4.6.1.1 Para el Equipo Mínimo
Deberá presentar el Equipo Mínimo solicitado, caso contrario la oferta será rechazada, los instrumentos y los equipos que presenten deberán ser justificados su propiedad con facturas, contratos de compra venta, o cualquier documento legal para este efecto, así como compromisos de venta o de arrendamiento en caso de no ser de propiedad de oferente.
Será responsabilidad del Ministerio de Transporte y Obras Publicas verificar la autenticidad de la información presentada.
4.6.2 Requisitos formales
4.6.2.1 Para el Oferente:
El oferente deberá probar su experiencia adjuntando:
a. En el caso de servicios prestados al sector privado, certificados conferidos por el representante legal del contratante de la consultoría, se deberá adjuntar el contrato de prestación de servicios profesionales y/o facturas.
b. En el caso de experiencia en el sector público: con certificados que hayan sido conferidos por la máxima autoridad de la entidad contratante o hasta un nivel de Director de área o su equivalente, que tenga afinidad al objeto del proyecto a contratar. En caso de presentar certificados emitidos por el Ministerio de Transporte
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y Obras Públicas, estos deberán ser actualizado hasta un plazo de 240 días antes de la presentación de la oferta, o copia del Acta de Entrega-Recepción Definitiva de los servicios de consultoría prestados. Es válida el Acta de Entrega-Recepción Provisional si el plazo entre ambas no ha concluido.
c. Se debe adjuntar todos los documentos solicitados en el presente pliego para calificar la experiencia del Oferente, caso contrario no será evaluado el proyecto y tendrá un valor cuantitativo xx xxxx.
Nota: No se aceptarán Autocertificaciones.
4.6.2.2 Para el Personal:
a) Podrá demostrar su experiencia profesional de una de las siguientes formas:
b) En el caso de servicios prestados al sector privado, certificados conferidos por el representante legal del contratante de la consultoría, se deberá adjuntar el contrato de prestación de servicios profesionales o facturas.
c) En el caso de experiencia en el sector público: con certificados que hayan sido conferidos por la máxima autoridad de la entidad contratante o hasta un nivel de Director de área o su equivalente, que tenga afinidad al objeto del proyecto a contratar. En caso de presentar certificados emitidos por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, estos deberán ser actualizado hasta un plazo de 240 días antes de la presentación de la oferta, o copia del Acta de Entrega- Recepción Definitiva de los servicios de consultoría prestados. Es válida el Acta de Entrega-Recepción Provisional si el plazo entre ambas no ha concluido.
d) Si se presentan certificados emitidos por personas naturales o jurídicas (suscritos por el representante legal) y cuyo servicio fue para el sector público o se deberá adjuntar el contrato de prestación de servicios profesionales o facturas.
e) Cada uno de los profesionales que integran la oferta, deberá presentar un certificado con el porcentaje o grado ocupacional en otros proyectos que se encuentre en ejecución al momento de la presentación de la oferta.
f) Se debe adjuntar todos los documentos solicitados en el presente pliego para calificar la experiencia del Personal Técnico, caso contrario no será evaluado el proyecto y tendrá un valor cuantitativo xx xxxx.
Nota: No se aceptarán Autocertificaciones.
4.6.2.3 Presentación de los sobres:
Los documentos tanto del Sobre 1 como del Sobre 2, deberán estar foliados y rubricados por el consultor, representante legal o procurador común; se insertará, además, su correspondiente índice.
Los sobres se cerrarán con suficientes seguridades que impidan conocer su contenido antes de su apertura oficial y se rotularán con la siguiente leyenda:
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Sobre No (1 ó 2)
OFERTA (TECNICA O ECONOMICA)
(Original y copia)
Señor
Presidente de la Comisión Técnica de Consultoría Ciudad.-
Participante:
* El oferente deberá indicar si se trata del Sobre 1: Oferta Técnica, o del Sobre 2: Oferta Económica
4.7 Contenido de la Oferta:
4.7.1 Contenido del sobre Nº 1: OFERTA TÉCNICA:
El sobre Nº 1 contendrá:
1. Carta de Presentación y Compromiso, Formulario Nº 1.
2. Identificación del Oferente, Formulario Nº 2.
a. Identificación de la asociación. Formulario Nº 2-A. (De ser el caso).
b. Cuando participe en asociación, detallará la conformación de la asociación o acuerdo de asociación o compromiso de extensión de vigencia, Formulario Nº 2-B. Deberá cumplir con lo establecido en la Resolución INCOP 52-2011.
3. Referencias sobre la capacidad técnica y administrativa disponible, demostrada a través de los siguientes documentos:
a. Hoja de Vida de la compañía
b. Organigrama Estructural
c. Contenido y coherencia de programas y organigramas de actividades
d. Listado de personal profesional y no profesional con el que cuenta la compañía
e. Apoyo a Sistema de Control de Calidad.
4. Antecedentes y experiencia en la realización de trabajos anteriores similares, demostrada a
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través de los siguientes documentos:
a. Detalle sobre la experiencia general durante los últimos 15 años: Formulario Nº 3.
b. Detalle sobre la experiencia específica durante los últimos 15 años: Formulario Nº 4
c. El proponente acompañará certificaciones relativas a los servicios similares ejecutados y en ejecución en los últimos 15 años: Formularios 4 A y 4 B.
5. Antecedentes y experiencia del personal que será asignado al Proyecto, demostrada a través de los siguientes documentos:
a. Lista del personal asignado al proyecto Formulario Nº 5
b. Hoja de Vida de los profesionales asignados: Formulario Nº 6
c. Carta de compromiso del profesional asignado al proyecto: Formulario Nº 7
d. Presentar un certificado del grado ocupacional de cada uno del personal que participará en la oferta Formulario 7 A.
El personal Técnico Principal se presenta en la siguiente tabla:
Personal Técnico Principal | ||
No. | Designación | Porcentaje Estimado de Participación % |
1 | Director de Fiscalización | 100 |
2 | Ing. Fiscalizador Vial | 100 |
1 | Ing. Fiscalizador Estructural | 100 |
1 | Ing. Geotécnico Vial | 50 |
1 | Ing. Hidráulico / Drenaje | 50 |
1 | Esp. Pavimentos Asfálticos | 50 |
1 | Ambientalista | 50 |
Cada uno de los profesionales que integran la oferta, deberá presentar un certificado con el porcentaje o grado ocupacional en otros proyectos que se encuentre en ejecución al momento de la presentación de la oferta.
El Personal Técnico Principal deberá trabajar durante el plazo establecido en el contrato, y de conformidad al grado ocupacional, según el cronograma de ejecución previsto.
La participación de los técnicos es referencial, se puede incrementar en los períodos de mayor actividad y disminuir en los períodos de menor actividad en el área especializada.
6. Plan de trabajo, metodología propuesta y conocimiento probado de las condiciones generales, locales y particulares del proyecto materia de consultoría: Formulario No. 8
7. Disponibilidad de recursos, instrumentos y equipos: Formulario Nº 9.
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No. ORDEN | D E S C R I P C I Ó N D E L E Q U I P O | NÚMERO DE UNIDADES |
1 | Estación Total de Topografía | 2 |
2 | Laboratorio de suelos | 1 |
3 | Laboratorio de Asfalto (Xxxxxxxx) | 1 |
4 | Prensa para ruptura de cilindros de Hormigón. | 1 |
5 | Camionetas doble cabina 4x2 año 2010 en adelante | 4 |
6 | Densímetro Nuclear | 1 |
8. Indicadores Financieros del Oferente obtenidos con la información del año 2010: Formulario 9 A
9. Cumplimiento con lo dispuesto en la Resolución INCOP No. 037-09, de 27 de noviembre de 2009 (que sustituye a la Resolución XXXXX Xx. 000-00), para personas jurídicas: Formulario No.12
Nota: Todos los formularios deberán ser presentados. En caso de que el oferente no requiera de uno o varios formularios éstos deberán ser presentarlos con una nota “No aplica”.
4.7.2 Contenido del Sobre Nº 2 OFERTA ECONÓMICA:
El sobre Nº 2 contendrá:
La propuesta económica en forma detallada según el Formulario Nº 10.
El proponente expresará el precio de su oferta por el monto total del proyecto que asciende al valor (en letra y números). El pago de los trabajos ejecutados se realizará en la misma moneda de la oferta y que conste en el Contrato.
El oferente deberá incluir en su oferta todos los costos directos e indirectos para la prestación de los servicios objeto del contrato, tales como: honorarios para directivos, profesionales, técnicos y personal auxiliar; pasajes y viáticos, impuestos tasas y contribuciones que de acuerdo a las leyes ecuatorianas debe pagar; costos de instrumentos, materiales e insumos; gastos administrativos, arrendamiento de locales, etc. El Ministerio de Transporte y Obras Públicas no aceptará reclamos posteriores por costos no contemplados en la oferta.
4.8 Coeficiente de Ponderación: El Ministerio de Transporte y Obras Públicas ha determinado para este proceso de contratación que el coeficiente de ponderación para la evaluación técnica es (80%) y el coeficiente de ponderación para la evaluación económica es (20%), estos valores tienen relación con lo establecido en los artículos 41 de la LOSNCP y 9 de la Resolución XXXXX Xx. 000-00 de 12 xx xxxx de 2009.
4.9 Términos de Referencia:
El Ministerio de Transporte y Obras Públicas debe contratar la FISCALIZACIÓN DE LA“CONSTRUCCIÓN DE LA VÍA QUILOTOA CHUGCHILAN DE 16.84 KM UBICADO EN LA
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PROVINCIA DE COTOPAXI”
De la Fiscalización: El Fiscalizador debidamente designado, actúa a nombre y en representación de la entidad durante la vigencia del contrato y cuenta con las atribuciones que se indican más adelante, siendo por lo tanto responsable por cualquier omisión, descuido o negligencia en el cumplimiento de sus obligaciones.
Deberes de la Fiscalización: El objetivo principal de la fiscalización es la vigilancia del fiel y estricto cumplimiento de las cláusulas del contrato de construcción, a fin de que el proyecto se ejecute de acuerdo a sus diseños definitivos, especificaciones técnicas, programas de trabajo, recomendaciones de los diseñadores y normas técnicas aplicables.
Atribuciones del Fiscalizador: Para que las obras puedan ejecutarse dentro de los plazos acordados y con los costos programados, a la fiscalización se le asigna, entre otras, las siguientes funciones:
a. Análisis y Recomendación para la aprobación de los programas y cronogramas actualizados, presentados por el Contratista y evaluación mensual del grado de cumplimiento de los programas de trabajo;
b. Sugerir y/o aprobar durante el proceso constructivo la adopción de las medidas correctivas y/o soluciones técnicas que se estimen necesarias en el diseño y construcción de las obras, inclusive aquellas referidas a métodos constructivos;
c. Medir las cantidades de obra ejecutadas y con ellas verificar y certificar la exactitud de las mismas, durante la labor fiscalizadora y antes del inicio de ella.
d. Examinar los materiales a emplear y controlar su buena calidad y la de los rubros de trabajo, a través de ensayos de laboratorio, pruebas en sitio o certificados de calidad tanto en la fiscalización como en la labor auditora;
e. Resolver las dudas que surgieran en la interpretación de los planos, especificaciones, detalles constructivos y sobre cualquier asunto técnico relativo al proyecto, en el término de cinco (5) días;
f. Preparar mensualmente los informes de Fiscalización para la entidad, que contenga por lo menos la siguiente información: Calificación del proyecto, estado y condición, conservación de los estándares establecidos y cumplimiento de los niveles de servicio preestablecidos, aspectos contractuales, económicos, financieros; cumplimiento de las obligaciones contractuales respecto al personal y equipo del Contratista y monto de las multas que por este concepto pudieran haber; condiciones climáticas de la zona del proyecto; cumplimiento del Contratista y recomendaciones al respecto, multas, sanciones, suspensiones y otros aspectos importantes del proyecto.
g. Analizar y recomendar la calificación del personal técnico del constructor que vaya a ser reemplazado.
h. Comprobar periódicamente que los equipos sean los requeridos contractualmente según el cronograma vigente y que se encuentren en buenas condiciones de uso;( informe mensual)
i. Anotar en el libro de obra (que permanecerá bajo su custodia y responsabilidad), las observaciones, instrucciones o comentarios que en su criterio deben ser considerados por el Contratista para el mejor desarrollo de la obra. Aquellos que tengan especial importancia se consignarán adicionalmente por oficio regular;
j. Participar como observador en las recepciones provisional informando sobre la calidad y cantidad de los trabajos ejecutados, la legalidad y exactitud de los pagos realizados;
k. Exigir al Contratista el cumplimiento de las leyes laborales y del reglamento de Seguridad para la construcción y obras públicas publicado en el registro oficial No. 249 del 10 de enero del 2008.
l. Cuando la fiscalización, durante la ejecución de la obra y hasta la recepción provisional de
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la misma, advirtiera vicios de construcción, dispondrá que el Contratista proceda a corregir los defectos observados incluyendo la demolición total y el reemplazo de los trabajos mal ejecutados o defectuosos y le concederá un plazo prudencial para su realización. A la expiración de este plazo, o antes, si el Contratista lo solicitara, se efectuará un nuevo reconocimiento; si de éste resultara que el Contratista no ha cumplido con las órdenes emanadas, se podrá ejecutar por cuenta del Contratista los trabajos necesarios, a fin de corregir los defectos existentes, no eximiendo al Contratista de las responsabilidades o multas en que hubiera incurrido por incumplimiento del contrato.
m. La fiscalización comunicara al titular de la entidad, la suspensión de una parte o de la totalidad de la obra, en cualquier momento y por el período que considere necesario, en los siguientes casos:
a) Si las medidas de seguridad adoptadas por el Contratista son insuficientes o inadecuadas para proteger la vida de personal o la integridad de las instalaciones o partes ya construidas.
b) Por desorganización del Contratista, negligencia en la conducción de los trabajos y/o empleo de sistemas inadecuados.
c) Cuando el Contratista no acate las órdenes impartidas por la fiscalización; si no emplea personal y equipo en la cantidad y de la calidad requerida, o no utiliza métodos de construcción establecidos, o se niega a despedir a personal inaceptable.
n. Preparar el informe de la Auditoría Técnica.
o. Verificar el cumplimiento del Plan de Manejo y la Gestión Ambiental aplicada al proyecto.
En caso de reiterado incumplimiento, en coordinación con el Administrador del Contrato, solicitará al titular de la entidad contratante dar por terminado unilateralmente el contrato.
El consultor debe conocer y aplicar el contenido del Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xx. 000 con respecto a la contratación de obras públicas, en lo que sea aplicable objeto de esta contratación.
Las suspensiones ordenadas por las causas antes anotadas no darán lugar a pagos adicionales o indemnizaciones al Contratista.
Cuando el contratista solicite cambio a los diseños del contrato, el Fiscalizador documentadamente y después del estudio técnico económico respectivo, se pronunciara positiva o negativamente al Administrador del Contrato, para que este proceda de conformidad con lo permitido en la ley.
Comprobar sectores vulnerables y zonas críticas de deslizamientos o fallas dándose como mínimo dos soluciones técnicas y económicas, con la recomendación pertinente al Administrador del Contrato de la solución a adoptar.
Otras atribuciones del Fiscalizador: Para que el Contrato en la parte relacionada con el mantenimiento del proyecto, pueda ejecutarse dentro de lo establecido en él, a la fiscalización se le asigna, entre otras, las siguientes funciones:
a. Calificar la condición del proyecto, para aprobar los programas y cronogramas actualizados, presentados por el Contratista y evaluar mensualmente el grado de cumplimiento de los programas de trabajo, en coordinación con el Administrador del Contrato.
b. Sugerir durante el proceso de mantenimiento la adopción de las medidas correctivas o soluciones técnicas que se emiten necesarias en los trabajos de mantenimiento, inclusive aquellas referidas a nuevos métodos de mantenimiento.
c. Calificar el estado y determinar las condiciones de la superficie de la calzada y demás
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elementos que componen el proyecto y certificar que cumple con los estándares de calidad y niveles de servicio preestablecidos.
d. Examinar los materiales a emplear y controlar su buena calidad y la de los rubros de trabajo a través de ensayos de laboratorio, pruebas en sitio o certificados de calidad.
e. Resolver las dudas sobre cualquier asunto técnico relativo al mantenimiento vial;
f. Se consignarán adicionalmente por oficio regular, las observaciones que tengan especial importancia, instrucciones o comentarios que en su criterio deben ser considerados por el Contratistas para el mejor desarrollo de los trabajos de mantenimiento;
g. El Contratista deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 12 del Acuerdo Nº. 0817, expedido por la Contraloría General del Estado, que establece las funciones de la Fiscalización, que son complementarias a las indicadas en los párrafos precedentes.
h. La Fiscalización se compromete a presentar por lo menos dos frentes de trabajo y en jornadas que cubran siete días de la semana.
i. La Fiscalización informará al Supervisor del proyecto de los eventuales retrasos en la ejecución de las obras por parte del contratista.
j. Deberá cumplir con lo establecido en el decreto ejecutivo 451 de 4 xx xxxxxx de 2010, reformado mediante Decreto Ejecutivo No.711 de 28 xx xxxxx 2011
Art. 12.-DE LA FISCALIZACIÓN
En razón de la importancia y magnitud del proyecto de Construcción, la Fiscalización de los rubros de trabajo será permanente y obligatoria con el objeto de asegurar el cumplimiento del diseño y especificaciones de toda la obra contratada.
Los objetivos más importantes de la labor fiscalizadora serán los siguientes:
a) Vigilar y responsabilizarse por el fiel y estricto cumplimiento de las cláusulas del contrato de construcción a fin de que el proyecto se ejecute de acuerdo a sus diseños definitivos, especificaciones técnicas, programas de trabajo, recomendaciones de los diseñadores y normas técnicas aplicables.
b) Detectar oportunamente errores y/u omisiones de los diseñadores así como imprevisiones técnicas que requieran las acciones correctivas inmediatas que conjuren la situación.
c) Garantizar la buena calidad de los trabajos ejecutados.
d) Conseguir de manera oportuna se den soluciones técnicas a problemas surgidos durante la ejecución del contrato.
e) Obtener que el equipo y personal técnico de las constructoras sea idóneo y suficiente para la obra.
f) Obtener información estadística sobre personal, materiales, equipos, condiciones climáticas, tiempo trabajado, etc. del proyecto.
g) Conseguir que los ejecutivos de El Ministerio de Transporte y Obras Públicas se mantengan oportunamente informados del avance de obra y problemas surgidos en la ejecución del proyecto.
Para que los objetivos puedan cumplirse dentro de los plazos acordados y con los costos programados, a la fiscalización se le asigna, entre otras, las siguientes funciones, dependiendo del tipo de obra, magnitud y complejidad del proyecto.
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a) Revisión de los parámetros fundamentales utilizados para los diseños contratados y elaboración o aprobación de "planos para construcción", de ser necesarios.
b) Evaluación periódica del grado de cumplimiento de los programas de trabajo.
c) Revisión de la actualización de los programas y cronogramas presentados por el contratista.
d) Ubicar en el terreno todas las referencias necesarias para la correcta ejecución del proyecto.
e) Sugerir durante el proceso constructivo la adopción de las medidas correctivas y/o soluciones técnicas que estime necesarias en el diseño y construcción de las obras inclusive aquellas referidas a métodos constructivos.
f) Medir las cantidades de obra ejecutadas y con ellas elaborar, verificar y certificar la exactitud de las planillas de pago, incluyendo la aplicación de las fórmulas de reajuste de precios.
g) Examinar cuidadosamente los materiales a emplear y controlar su buena calidad y la de los rubros de trabajo, a través de ensayos de laboratorio que deberá ejecutarse directamente o bajo la supervisión de su personal.
h) Resolver las dudas que surgieren en la interpretación de los planos, especificaciones, detalles constructivos y sobre cualquier asunto técnico relativo al proyecto.
i) Preparar periódicamente, los informes de fiscalización dirigidos al contratante, que contendrán por lo menos la siguiente información.
- Análisis del estado del proyecto en ejecución, atendiendo a los aspectos económicos, financieros y de avance de obra.
- Cálculo de cantidades de obra y determinación de volúmenes acumulados.
- Informes de los resultados de los ensayos de laboratorio, y comentarios al respecto.
- Análisis y opinión sobre la calidad y cantidad del equipo dispuesto en obra.
- Análisis del personal técnico del contratante.
- Informe estadístico sobre las condiciones climáticas de la zona del proyecto.
- Referencia de las comunicaciones cursadas con el contratista.
- Otros aspectos importantes del proyecto.
- Informe mensual de cumplimiento del Plan de Manejo y la Gestión Ambiental aplicada al Proyecto.
j) Analizar al personal técnico de los constructores y recomendar reemplazo del personal que no satisfaga los requerimientos necesarios.
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k) Comprobar periódicamente que los equipos sean los mínimos requeridos contractualmente y se encuentren en buenas condiciones de uso.
l) Anotar en el libro de obra las observaciones, instrucciones o comentarios que a su criterio deben ser considerados por el contratista para el mejor desarrollo de la obra. Aquellos que tengan especial importancia se consignarán adicionalmente por oficio regular.
m) Verificar que el contratista disponga de todos los diseños, especificaciones, programas, licencias y demás documentos contractuales.
n) Coordinar con el contratista en representación del contratante, las actividades más importantes del proceso constructivo.
o) Participar en la recepción provisional como observador, informando sobre la calidad y cantidad de los trabajos ejecutados, la legalidad y exactitud de los pagos realizados.
p) Revisar las técnicas y métodos constructivos propuestos por el contratista y sugerir las modificaciones que estime pertinentes, de ser el caso.
q) Registrar en los planos de construcción todos los cambios introducidos durante la construcción para obtener los planos finales de la obra ejecutada.
r) Preparar memorias técnicas sobre los procedimientos y métodos empleados en la construcción de la obra.
s) Expedir certificados de aceptabilidad de equipos, materiales y obras o parte de ellas.
t) Exigir al contratista el cumplimiento de las leyes laborales y reglamentos de seguridad industrial.
u) Control Económico Financiero, conforme al Esquema Financiero preparado por el MTOP y a la estructura de su oferta de financiamiento (oferente), que deberá constar en el respectivo Convenio a suscribirse con el Estado Ecuatoriano.
4.9.2 ALCANCE Y PROFUNDIDAD DE LOS SERVICIOS
Los servicios profesionales requeridos del consultor comprenden, en general, específicas labores técnicas de fiscalización en la ejecución de las obras y, por lo tanto, la completa y total responsabilidad en el control de todo el proceso de construcción, calidad de materiales y de producto final, verificación de cantidades, procedimiento de aceptación y rechazo de la obra, etc.
El trabajo de los Consultores se ejecutará en forma compatible con las mejores prácticas, técnicas y administrativas, en proyectos de esta naturaleza e incluirá, pero no se limitará, a lo siguiente:
Revisión y actualización de todos y cada uno de los planos, especificaciones, cronogramas de ejecución y de cualquier otro documento del Contrato de Construcción que lo requiera.
Revisión de los diseños y documentos contractuales, planos y especificaciones técnicas que sirvieron de base para la preparación de la propuesta presentada por el contratista, así como
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del Informe de Evaluación y Diseño de Pavimento.
Reposición del eje de la carretera y de las referencias que faciliten la ejecución de los trabajos y permitan el control de la obra.
Suministrar la información en relación a medidas y estacas que sean necesarias para asegurarse que el proyecto será construido de acuerdo con el alineamiento, niveles y secciones transversales proyectadas. Esto incluirá estacas en la línea central.
Verificar que el contratista ubique y establezca hitos de hormigón para referencia de la línea central y referencias de nivel permanentes (BM’s) que servirán para futuras reposiciones de los elementos de la carretera.
Verificar la localización de las minas o canteras de materiales pétreos, así como la calidad de los mismos de acuerdo a las especificaciones correspondientes y que en su explotación se cumplan las recomendaciones que al respecto establezcan los estudios o especificaciones de impactos ambientales.
El consultor supervisará el cumplimiento de las medidas preventivas y de control que el contratista de la obra debe ejecutar y satisfacer para mitigar los impactos ambientales negativos en la ejecución del proyecto, considerando los aspectos relacionados con la salud pública, pérdida y/o deterioro de recursos naturales renovables, pérdida y/o deterioro del patrimonio natural y cultural e impactos socio-culturales en las comunidades.
El Consultor verificará, controlará e informará mensualmente que el personal asignado a la obra sea el mismo que consta en el cronograma de utilización de personal que adjunta en la propuesta el contratista. Calificará la capacidad y experiencia del resto del personal para garantizar que sean adecuados para la buena y oportuna ejecución de la obra; exigir el reemplazo del personal que no satisfaga los requisitos necesarios.
El Consultor verificará, controlará e informará mensualmente el número, tipo, características, estado y utilización de los equipos de construcción destinados a la obra, comprobando que sea igual o mayor al Programa de Utilización de Equipo presentado por el contratista en su propuesta.
Comprobar y exigir que los equipos de los contratistas para la ejecución de la obra sean los requeridos y que se encuentren en buenas condiciones de utilización y que su número sea el conveniente para dar cumplimiento a los programas de trabajo.
El consultor tiene la obligación de elaborar las planillas de obra en caso de que el contratista o constructor no lo presenta dentro del plazo establecido en el contrato, la cual servirá para establecer el avance físico de la obra y permitirá, de considerarlo conveniente a la contratante, proceder al pago del consultor.
El consultor revisará los cronogramas del contratista de acuerdo con el contrato vigente sobre:
. Ejecución de los trabajos
. Utilización de equipo y personal
. Programa de utilización de subcontratistas
. Programa valorado de trabajos
. Memoria sobre la metodología propuesta para la construcción
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Tales cronogramas deberán ser actualizados y presentados durante la primera semana de iniciación de los trabajos.
Diseñar cualquier cambio que fuere necesario para una mayor economía en el proyecto, por su propia iniciativa o a requerimientos del Ministerio. Todo cambio propuesto por el fiscalizador deberá ser aprobado por el Ministerio, previamente a su ejecución. El MTOP tendrá 15 días laborables para responder; en caso contrario, el fiscalizador ejecutará el cambio propuesto asumiendo la responsabilidad técnica y administrativa correspondiente.
Realizar una inspección continúa y completa de todo el trabajo ejecutado por los contratistas de construcción.
Inspeccionar y hacer ensayos de los materiales incorporados o que se incorporarán al proyecto, preparando informes relativos a estas inspecciones y ensayos.
Efectuar los ensayos requeridos a fin de calificar las fuentes para aprovisionamiento de materiales.
Calcular todas las cantidades de obra para efectuar los pagos mensuales correspondientes, los cuales serán aprobados por el MTOP.
Efectuar revisiones periódicas de las cantidades de obra aún por ejecutarse para actualizar las estimaciones que afecten el trabajo restante total.
Elaborar, verificar y certificar conjuntamente con el constructor las planillas de pago, y remitir al MTOP para su aprobación y pago, adjuntando anexos volúmenes de obra, el informe sobre evaluación del cumplimiento de los programas, el libro de obra y la aplicación de las estipulaciones contractuales correspondientes.
Llevar registros diarios en el libro de obra. El formato propuesto por el oferente deberá contener registros de las actividades tanto del constructor como del fiscalizador.
Revisar y hacer recomendaciones al MTOP relacionadas con reclamaciones de parte de los contratistas de construcción para prórrogas de plazo de contrato, pago de trabajo adicional, etc.
Revisar todos los subcontratos propuestos por el contratista y recomendar cambios, aprobaciones o reprobaciones al Ministerio.
El consultor deberá exigir y supervisar que el contratista acate y efectúe todas aquellas tareas especificadas en los estudios o especificaciones de impactos ambientales, para minimizar los efectos negativos ambientales, que se generen por las actividades de construcción y que constan en los instructivos sobre mitigación y protección ambiental que forman parte de los Documentos Contractuales.
Celebrar sesiones periódicas con los representantes que el MTOP designe para evaluar el avance de los trabajos y su relación con el programa aprobado, revisar y mejorar el tipo de información que ha de incorporarse en los informes mensuales.
Previo a la recepción de la obra, el consultor deberá proceder en la forma establecida en la LOSNCP y su Reglamento. Con este objeto deberá participar en las Comisiones de
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Recepción Provisional de las Obras, como observador.
Controlar que los trabajos de mantenimiento durante la construcción se ejecuten con oportunidad y de conformidad con las normas y estipulaciones del contrato de construcción.
Preparar un informe final que muestre, entre otras cosas, los avances logrados durante la ejecución de los trabajos, las minas utilizadas, las características de los materiales con los respectivos ensayos de laboratorio, grado de cumplimiento del contrato de construcción, un resumen de los costos incurridos, comentarios y fotografías del proyecto, incluyendo los planos finales de ejecución en forma de archivo para computadoras. Este informe deberá entregarse, como máximo, treinta (30) días después de la recepción provisional de las obras.
Analizar y expresar su criterio sobre soluciones técnicas presentadas por las firmas contratistas, sugiriendo otras, cuando fueren necesarias.
La preparación y trámite de todos los documentos y trabajos se los hará de conformidad a las Especificaciones Generales MTOP-001-F-2002, Disposiciones Especiales y demás Documentos Contractuales.
Vigilar el cumplimiento de las disposiciones de la Xxx xx Xxxxxxx y en especial respecto al Derecho de Vía, informando sobre el particular a la autoridad competente del Ministerio.
Cuando las circunstancias del trabajo así lo permitan, a juicio del Ministerio, éste podrá disponer el traslado del personal de la Consultora a otros proyectos del Ministerio, donde sean requeridos sus servicios por períodos determinados. En estos casos se le reconocerá a la consultora los gastos en que incurra, así como el pago de pasajes y viáticos correspondientes.
Realizará el control ambiental de los trabajos de construcción, incluyendo la verificación del cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental y de las normas de seguridad aplicables.
CONSULTORÍA ESPECIALIZADA
1. El objetivo de esta actividad es efectuar ensayos y trabajos de campo durante el proceso constructivo para comprobar los aspectos de diseño
2. Puede ejecutarse durante todo el proyecto o por períodos determinados y aprobados por el administrador del contrato
3. Su pago será mediante la modalidad de gastos comprobables y reembolsables
4.9.3 PRODUCTO ESPERADO E INFORMES
Informe técnico y financiero que suministre información sobre los gastos incurridos y sobre estimaciones de costo del proyecto revisado a la fecha del respectivo informe. El informe deberá contemplar datos, básicamente sobre los siguientes aspectos:
- Análisis técnico de la metodología empleada.
- Actividad de la supervisión y sus relaciones con los contratistas
- Diagrama de progreso de obras, así como también el perfil de progreso de los principales rubros como movimiento de tierras, obras de arte, etc.
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- Cómputos de las obras realizadas en el período.
- Atención a las peticiones de los contratistas.
- Resultado de los ensayos técnicos ejecutados, presentando un listado de ellos con las copias de los documentos.
Llevar estadísticas referentes a personal, materiales, equipos y otros recursos utilizados en la construcción, para el control de los costos de las obras.
Mantener datos estadísticos sobre los días laborados y la forma de utilización de éstos y del equipo por parte de los contratistas. Registrar diariamente las condiciones climáticas de la zona en que se ejecuten los trabajos.
Preparar planos finales que muestren todas las partes del proyecto tales como hayan sido construidas, dentro de un plazo no mayor a treinta (30) días después de la recepción provisional de construcción de la obra, usando sistemas de computación para el archivo conveniente.
Preparar cualquier otro informe que a criterio del MTOP sea requerido de acuerdo con el contrato.
Informe mensual de cumplimiento del Plan de Manejo y la Gestión Ambiental aplicada al proyecto.
4.9.4 INFORMACIÓN QUE DISPONE LA ENTIDAD Y QUE SE PONDRÁ A DISPOSICIÓN DEL CONSULTOR
El MTOP entregará a la Cía. Consultora todos los estudios que disponga sobre el proyecto a ser fiscalizado.
4.9.5 PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo estimado de ejecución de los SERVICIOS DE CONSULTORIA es de 16 meses (480 días) contados a partir de la fecha de notificación que realiza el departamento financiero de la Dirección Provincial de Cotopaxi del MTOP al contratista sobre la disponibilidad del anticipo.
4.9.6 ASPECTOS GENERALES DE LA METODOLOGÍA DE TRABAJO
Será el consultor el que desarrolle y proponga la metodología, lo cual será un elemento de calificación.
4.9.7 PRESUPUESTO REFERENCIAL
El Presupuesto Referencial es de Quinientos Ochenta y Siete mil Quinientos Treinta y Ocho 00
/100 ($ 587.538,00), sin incluir IVA.
4.9.8 MARCO LEGAL
En el proceso precontractual y contractual del desarrollo de la Consultoría, se deben considerar fundamentalmente disposiciones legales y reglamentarias contenidas en los siguientes documentos:
1. Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento de aplicación.
2. Ley de Compañías
3. Código Civil
4. Código de Trabajo
5. Leyes Tributarias
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6. Ley de Seguro Social Obligatorio
En el proceso precontractual y contractual del desarrollo de la Consultoría, se debe considerar lo establecido en la LOSNCP, su Reglamento General y las resoluciones emitidas por el INCOP.
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SECCION V
PROCEDIMIENTO PARA LA CALIFICACION DE OFERTAS
5.1 ANALISIS PRELIMINAR DEL CONTENIDO DEL SOBRE No. 1
5.1.1 Verificación del contenido de los sobres.
La Comisión Técnica verificará que los sobres contengan todos los documentos e información solicitados; que los documentos sean originales o copias simples, según se haya requerido en los pliegos y que no tengan tachaduras o enmiendas no salvadas.
Sólo las ofertas cuyo Sobre No. 1 contengan los requisitos mínimos exigidos en los pliegos, serán sometidas a la evaluación para la calificación.
Las ofertas técnicas que no cumplan con todos los Requisitos Mínimos, serán rechazadas.
5.1.2 Capacidad Legal del participante
La Comisión Técnica verificará que los participantes hayan demostrado su capacidad legal para prestar los servicios de consultoría y su capacidad para celebrar contratos; es decir que cumplan con todos los requisitos establecidos en las Leyes y los Pliegos.
5.1.3 Capacidad Financiera del Consultor
La solvencia financiera del participante se calificará sobre la base del balance del año 2010 y de los datos consignados en el Formulario 9A; con la respectiva documentación de respaldo. Los participantes obligatoriamente deberán cumplir con los siguientes índices de solvencia.
Índice de Liquidez-IL.=Activo corriente/Pasivo corriente: = o > 1,00 Índice de Estructural- IE.=Patrimonio/Activo Total: = o > 0,25
5.2 CRITERIOS DE EVALUACIÓN OFERTA TÉCNICA
A partir de la información que proporcionen los Consultores en los formularios y documentos complementarios, y en función de lo establecido en el Reglamento General de la LOSNCP, la Comisión Técnica evaluará las Ofertas considerando los criterios contenidos en la Resolución INCOP 021-09 de 12 xx xxxx de 2009.
En función de lo establecido, la calificación de la Oferta Técnica y Oferta Económica se realizará sobre un total de 100 puntos cada una, pudiendo para el caso de la primera establecer subtotales máximos para los factores que se han descrito.
De conformidad con esta disposición reglamentaria, se han establecido los siguientes límites de puntaje para los rubros principales de la Oferta Técnica:
Tabla No. 1
CRITERIOS GENERALES PARA LA CALIFICACION
No. | Concepto | Formulario | Calificación |
1 | Experiencia General del Oferente | 3 | 20 |
2 | Experiencia Específica del Oferente | 4 | 25 |
3 | Experiencia del Personal Técnico Principal | 6 | 50 |
4 | Plan de Trabajo | 8 | 5 |
TOTAL | 100 |
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5.3 Experiencia del Oferente
Los certificados para acreditar la experiencia, deberán sujetarse a lo establecido en los Pliegos - Instrucciones a los Consultores, copia del acta de entrega-recepción definitiva de los trabajos o servicios de consultoría que se acrediten como experiencia, o acta provisional si no hubiere transcurrido el plazo para la definitiva.
Para la evaluación de la antigüedad de una experiencia, el cálculo de los periodos tendrá como fecha límite aquella que corresponda a la convocatoria.
5.3.1 Experiencia General del Oferente
a) Se considera la Experiencia General del oferente en los últimos quince (15) años, en estudios, diseño o fiscalización de proyectos de ingeniería civil. Cada proyecto presentado como Experiencia General deberá ser igual o superior al treinta por ciento (30%) del valor del presupuesto del actual proceso. En caso que el oferente presente proyectos que no alcancen este porcentaje, se calificará proporcionalmente cada uno de los proyectos, en un máximo de 4 proyectos.
b) Por cada proyecto se asignará 5 puntos, hasta un máximo de 20 puntos, cumpliendo lo indicado en el numeral 4.6.2 Requisitos Formales de estos pliegos.
c) No se aceptarán más de cuatro (4) proyectos. Si un oferente presente más de cuatro
(4) proyectos como Experiencia General, se calificará únicamente a los que cumplan con las condiciones establecidas en los literales antes mencionados y lo que establece el numeral 4.6.2 Requisitos Formales.
5.3.2 Experiencia Específica del Oferente.
En este rubro se pretende valorar la experiencia específica en fiscalización de proyectos viales, para lo cual se aplican los siguientes criterios de valoración:
a. Experiencia de los últimos quince (15) años, en fiscalización de pavimentos asfálticos con una longitud de 15 km.
b. Por cada proyecto se asignará cinco (5) puntos hasta un máximo de veinte y cinco
(25) puntos.
c. No se aceptarán más de cinco proyectos. En caso de que un oferente presente más de 5 proyectos como Experiencia Específica, se calificará a los que cumplan con las condiciones establecidas en los literales antes mencionados y lo que establece el numeral
4.6.2 Requisitos Formales.
5.4 Experiencia del Personal Técnico Principal
La Comisión Técnica analizará la experiencia y capacidad del personal técnico principal asignado al Proyecto, para las funciones consideradas claves o decisorias para su ejecución.
EXPERIENCIA DEL PERSONAL TECNICO PRINCIPAL | ||
No | DESIGNACION | PONDERACION |
1 | Director de Fiscalización | 10 |
CONCURSO PÚBLICO CONSULTORÍA CPI-MTOP-CAF-02-12
2 | Ingeniero Civil, Fiscalizador Vial | 5 c/u |
1 | Ingeniero Geotécnico Xxxx | 0 |
0 | Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx / Drenaje | 6 |
1 | Especialista Estructural | 6 |
1 | Especialista en Pavimentos Asfálticos | 6 |
1 | Ambientalista | 6 |
TOTAL | 50 |
METODOLOGÍA DE CALIFICACIÓN A LOS PROFESIONALES
1 Ingeniero Civil, Director de Fiscalización
Acreditar título profesional de Ingeniero Civil, con experiencia en dirección de proyectos de consultoría o construcción viales x xx xxxxxxx.
Parte académica.
Posgrados
Diplomado en áreas relacionadas al proyecto (2 puntos)
Especialista en áreas relacionadas al proyecto (4 puntos)
Magister en áreas relacionadas al proyecto (6 puntos)
Doctorado en áreas relacionadas al proyecto (8 puntos) Los puntajes académicos no serán acumulables, se considerará el de máximo valor.
Cursos y seminarios se considerarán aquellos que tuvieran una duración de 20 horas o más, tendrán un valor de 0.5 puntos si dictó el seminario y 0.2 si asistió, con un máximo de (2 puntos)
10 puntos
Experiencia profesional General
a) Se considera la Experiencia General para el Director de Fiscalización en los últimos quince (15) años, en estudios, diseño o fiscalización de proyectos de ingeniería civil vial. Cada proyecto presentado deberá ser igual o superior al treinta por ciento (30%) del valor del presupuesto del actual proceso. En el caso que presente proyectos que no alcancen este porcentaje, se calificará proporcionalmente cada uno de los proyectos, en un máximo de 3 proyectos.
b) Por cada proyecto se asignará 10 puntos, hasta un máximo de 30 puntos, cumpliendo lo indicado en el numeral 4.6.2 Requisitos Formales de estos pliegos.
c) No se aceptarán más de 3 proyectos. Si presenta más de 3 proyectos como Experiencia General, se calificará únicamente a los que cumplan con las condiciones establecidas en los literales antes mencionados y lo que establece el numeral 4.6.2 Requisitos Formales.
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30 PUNTOS
Específica
a. Experiencia como Director de Proyectos de Estudios o Fiscalización de ingeniería civil en materia vial con una longitud mínima de 15 km, en los últimos quince (15) años.
b. Por cada proyecto se asignará veinte (20) puntos hasta un máximo de sesenta (60) puntos (cumpliendo lo establecido en el numeral 4.6.2 Requisitos Formales de estos pliegos).
c. No se aceptarán más de tres (3) proyectos. En caso de que un oferente presente más de tres (3) proyectos como Experiencia Específica, la Comisión Técnica calificará a los que cumplan con las condiciones establecidas en los literales antes mencionados y lo que establece el numeral 4.6.2 Requisitos Formales.
60 PUNTOS
TOTAL 100 PUNTOS
2 Ingenieros Civil Fiscalizador vial Acreditar título profesional de Ingeniero Civil. Parte académica.
Posgrados
Diplomado en áreas relacionadas al proyecto (2 puntos)
Especialista en áreas relacionadas al proyecto (4 puntos)
Magister en áreas relacionadas al proyecto (6 puntos)
Doctorado en áreas relacionadas al proyecto (8 puntos) Los puntajes académicos no serán acumulables, se considerará el de máximo valor.
Cursos y seminarios se considerarán aquellos que tuvieran una duración de 20 horas o más, tendrán un valor de 0.5 puntos si dictó el seminario y 0.2 si asistió, con un máximo de (2 puntos)
10 puntos
Experiencia profesional General
a) Se considera la Experiencia General para el Fiscalizador Vial en los últimos quince
(15) años, en estudios, diseño o fiscalización de proyectos de ingeniería civil vial. Cada proyecto presentado deberá ser igual o superior al treinta por ciento (30%) del valor del presupuesto del actual proceso. En el caso que presente proyectos que no alcancen este porcentaje, se calificará proporcionalmente cada uno de los proyectos, en un máximo de 3proyectos.
b) Por cada proyecto se asignará 10 puntos, hasta un máximo de 30 puntos,
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cumpliendo lo indicado en el numeral 4.6.2 Requisitos Formales de estos pliegos.
c) No se aceptarán más de 3 proyectos. Si presenta más de 3 proyectos como Experiencia General, se calificará únicamente a los que cumplan con las condiciones establecidas en los literales antes mencionados y lo que establece el numeral 4.6.2 Requisitos Formales.
30 PUNTOS
Específica
a) Experiencia como Fiscalizador Vial de Estudios o Fiscalización de ingeniería civil en materia vial con una longitud mínima de 15 km, en los últimos quince (15) años.
b) Por cada proyecto se asignará veinte (20) puntos hasta un máximo de sesenta (60) puntos (cumpliendo lo establecido en el numeral 4.6.2 Requisitos Formales de estos pliegos).
c) No se aceptarán más de tres (3) proyectos. En caso de que un oferente presente más de tres (3) proyectos como Experiencia Específica, la Comisión Técnica calificará a los que cumplan con las condiciones establecidas en los literales antes mencionados y lo que establece el numeral 4.6.2 Requisitos Formales.
60 PUNTOS
TOTAL 100 PUNTOS
1 Ingeniero Geotécnico Vial
Acreditar título profesional de Ingeniero Civil o Geotécnico
Parte académica.
Posgrados
Diplomado en áreas relacionadas al proyecto (2 puntos)
Especialista en áreas relacionadas al proyecto (4 puntos)
Magister en áreas relacionadas al proyecto (6 puntos)
Doctorado en áreas relacionadas al proyecto (8 puntos) Los puntajes académicos no serán acumulables, se considerará el de máximo valor.
Cursos y seminarios se considerarán aquellos que tuvieran una duración de 20 horas o más, tendrán un valor de 0.5 puntos si dictó el seminario y 0.2 si asistió, con un máximo de (2 puntos)
Total 10 puntos
Experiencia profesional General
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a) Se considera la Experiencia General para el Ingeniero Geotécnico en los últimos quince (15) años, en estudios, diseño o fiscalización de proyectos de ingeniería civil vial. Cada proyecto presentado deberá ser igual o superior al treinta por ciento (30%) del valor del presupuesto del actual proceso. En el caso que presente proyectos que no alcancen este porcentaje, se calificará proporcionalmente cada uno de los proyectos, en un máximo de 3 proyectos.
b) Por cada proyecto se asignará 10 puntos, hasta un máximo de 30 puntos, cumpliendo lo indicado en el numeral 4.6.2 Requisitos Formales de estos pliegos.
c) No se aceptarán más de 3 proyectos. Si presenta más de 3 proyectos como Experiencia General, se calificará únicamente a los que cumplan con las condiciones establecidas en los literales antes mencionados y lo que establece el numeral 4.6.2 Requisitos Formales.
30 PUNTOS
Específica
a) Experiencia como Geotécnico de Estudios o Fiscalización de ingeniería civil en materia vial con una longitud mínima de 15 km, en los últimos quince (15) años.
b) Por cada proyecto se asignará veinte (20) puntos hasta un máximo de sesenta (60) puntos (cumpliendo lo establecido en el numeral 4.6.2 Requisitos Formales de estos pliegos).
c) No se aceptarán más de tres (3) proyectos. En caso de que un oferente presente más de tres (3) proyectos como Experiencia Específica, la Comisión Técnica calificará a los que cumplan con las condiciones establecidas en los literales antes mencionados y lo que establece el numeral 4.6.2 Requisitos Formales.
60 PUNTOS
TOTAL 100 PUNTOS
1 Especialista Ambiental.
Acreditar título profesional con formación de tercer nivel con experiencia en el área de la especialidad.
Parte académica.
Posgrados
Diplomado en la actividad específica a desarrollar en el proyecto (2 puntos) Especialista en la actividad específica a desarrollar en el proyecto (4 puntos) Maestría en la actividad específica a desarrollar en el proyecto (6 puntos) Doctorado en la actividad específica a desarrollar en el proyecto (8 puntos)
Los puntajes académicos no serán acumulables, se considerará el de máximo valor.
Cursos y seminarios se considerarán aquellos que tuvieran una duración de 20 horas o más,
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tendrán un valor de 0.5 puntos si dictó el seminario y 0.2 si asistió, con un máximo de (2 puntos).
TOTAL 10 PUNTOS
Experiencia profesional General
a) Se considera la Experiencia General para el Especialista Ambiental en los últimos quince (15) años, en estudios, diseño o fiscalización de proyectos de ingeniería civil vial. Cada proyecto presentado deberá ser igual o superior al treinta por ciento (30%) del valor del presupuesto del actual proceso. En el caso que presente proyectos que no alcancen este porcentaje, se calificará proporcionalmente cada uno de los proyectos, en un máximo de 3 proyectos.
b) Por cada proyecto se asignará 10 puntos, hasta un máximo de 30 puntos, cumpliendo lo indicado en el numeral 4.6.2 Requisitos Formales de estos pliegos.
c) No se aceptarán más de 3 proyectos. Si presenta más de 3 proyectos como Experiencia General, se calificará únicamente a los que cumplan con las condiciones establecidas en los literales antes mencionados y lo que establece el numeral 4.6.2 Requisitos Formales.
30 PUNTOS
Específica
a) Experiencia como Especialista Ambiental de Estudios o Fiscalización de ingeniería civil en materia vial con una longitud mínima de 15 km, en los últimos quince (15) años.
b) Por cada proyecto se asignará veinte (20) puntos hasta un máximo de sesenta (60) puntos (cumpliendo lo establecido en el numeral 4.6.2 Requisitos Formales de estos pliegos).
c) No se aceptarán más de tres (3) proyectos. En caso de que un oferente presente más de tres (3) proyectos como Experiencia Específica, la Comisión Técnica calificará a los que cumplan con las condiciones establecidas en los literales antes mencionados y lo que establece el numeral 4.6.2 Requisitos Formales.
60 PUNTOS
TOTAL 100 PUNTOS
1 Ingeniero Hidráulica / Drenaje
Acreditar título profesional de Ingeniero Civil o Hidráulico.
Parte académica.
Posgrados
Diplomado en hidráulica o drenaje (2 puntos)
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Especialista en hidráulica o drenaje (4 puntos)
Magister en hidráulica o drenaje (6 puntos)
Doctorado en hidráulica o drenaje (8 puntos) Los puntajes académicos no serán acumulables, se considerará el de máximo valor.
Cursos y seminarios se considerarán aquellos que tuvieran una duración de 20 horas o más, tendrán un valor de 0.5 puntos si dictó el seminario y 0.2 si asistió, con un máximo de (2 puntos)
TOTAL 10 PUNTOS
Experiencia profesional General
a) Se considera la Experiencia General para el Hidráulico en los últimos quince (15) años, en estudios, diseño o fiscalización de proyectos de ingeniería civil vial. Cada proyecto presentado deberá ser igual o superior al treinta por ciento (30%) del valor del presupuesto del actual proceso. En el caso que presente proyectos que no alcancen este porcentaje, se calificará proporcionalmente cada uno de los proyectos, en un máximo de 4 proyectos?.
b) Por cada proyecto se asignará 10 puntos, hasta un máximo de 30 puntos, cumpliendo lo indicado en el numeral 4.6.2 Requisitos Formales de estos pliegos.
c) No se aceptarán más de 3 proyectos. Si presenta más de 3 proyectos como Experiencia General, se calificará únicamente a los que cumplan con las condiciones establecidas en los literales antes mencionados y lo que establece el numeral 4.6.2 Requisitos Formales.
30 PUNTOS
Específica
a) Experiencia como Hidráulico de Estudios o Fiscalización de ingeniería civil en materia vial con una longitud mínima de 15 km, en los últimos quince (15) años.
b) Por cada proyecto se asignará veinte (20) puntos hasta un máximo de sesenta (60) puntos (cumpliendo lo establecido en el numeral 4.6.2 Requisitos Formales de estos pliegos).
c) No se aceptarán más de tres (3) proyectos. En caso de que un oferente presente más de tres (3) proyectos como Experiencia Específica, la Comisión Técnica calificará a los que cumplan con las condiciones establecidas en los literales antes mencionados y lo que establece el numeral 4.6.2 Requisitos Formales.
60 PUNTOS
TOTAL 100 PUNTOS
1 Especialista Estructural
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Acreditar título profesional de Ingeniero Civil, con experiencia en el área de la especialidad.
Parte académica.
Posgrados
Diplomado en estructuras (2 puntos)
Especialista en estructuras (4 puntos)
Magister en estructuras (6 puntos)
Doctorado en estructuras (8 puntos)
Los puntajes académicos no serán acumulables, se considerará el de máximo valor.
Cursos y seminarios se considerarán aquellos que tuvieran una duración de 20 horas o más, tendrán un valor de 0.5 puntos si dictó el seminario y 0.2 si asistió, con un máximo de (2 puntos)
TOTAL 10 puntos
Experiencia profesional General
a) Se considera la Experiencia General para el Ingeniero Estructural en los últimos quince (15) años, en estudios, diseño o fiscalización de proyectos de ingeniería civil vial. Cada proyecto presentado deberá ser igual o superior al treinta por ciento (30%) del valor del presupuesto del actual proceso. En el caso que presente proyectos que no alcancen este porcentaje, se calificará proporcionalmente cada uno de los proyectos, en un máximo de 3 proyectos.
b) Por cada proyecto se asignará 10 puntos, hasta un máximo de 30 puntos, cumpliendo lo indicado en el numeral 4.6.2 Requisitos Formales de estos pliegos.
c) No se aceptarán más de 3 proyectos. Si presenta más de 3 proyectos como Experiencia General, se calificará únicamente a los que cumplan con las condiciones establecidas en los literales antes mencionados y lo que establece el numeral 4.6.2 Requisitos Formales.
30 PUNTOS
Específica
a) Experiencia como Ingeniero Estructural de Estudios o Fiscalización de ingeniería civil en materia xx xxxxxxx, construcciones elevadas, viaductos, intercambiadores con una longitud mínima de 10m, en los últimos quince (15) años.
b) Por cada proyecto se asignará veinte (20) puntos hasta un máximo de sesenta (60) puntos (cumpliendo lo establecido en el numeral 4.6.2 Requisitos Formales de estos pliegos).
c) No se aceptarán más de tres (3) proyectos. En caso de que un oferente presente más de tres (3) proyectos como Experiencia Específica, la Comisión Técnica calificará a los que cumplan con las condiciones establecidas en los literales antes mencionados y lo
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que establece el numeral 4.6.2 Requisitos Formales.
60 PUNTOS
TOTAL 100 PUNTOS
Especialista en Pavimentos Asfálticos
Acreditar título profesional con formación de tercer nivel con experiencia en el área de la especialidad.
Parte académica.
Posgrados
Diplomado en la actividad específica a desarrollar en el proyecto (2 puntos) Especialista en la actividad específica a desarrollar en el proyecto (4 puntos) Maestría en la actividad específica a desarrollar en el proyecto (6 puntos) Doctorado en la actividad específica a desarrollar en el proyecto (8 puntos)
Los puntajes académicos no serán acumulables, se considerará el de máximo valor.
Cursos y seminarios se considerarán aquellos que tuvieran una duración mínima de 20 horas, tendrán un valor de 0.5 puntos si dictó el seminario y 0.2 si asistió, con un máximo de (2 puntos). TOTAL 10 puntos.
Experiencia profesional General
a) Se considera la Experiencia General para el Ingeniero Especialista en Pavimentos Asfálticos en los últimos quince (15) años, en estudios, diseño o fiscalización de proyectos de ingeniería civil vial. Cada proyecto presentado deberá ser igual o superior al treinta por ciento (30%) del valor del presupuesto del actual proceso. En el caso que presente proyectos que no alcancen este porcentaje, se calificará proporcionalmente cada uno de los proyectos, en un máximo de 3 proyectos.
b) Por cada proyecto se asignará 10 puntos, hasta un máximo de 30 puntos, cumpliendo lo indicado en el numeral 4.6.2 Requisitos Formales de estos pliegos.
c) No se aceptarán más de 3 proyectos. Si presenta más de 3 proyectos como Experiencia General, se calificará únicamente a los que cumplan con las condiciones establecidas en los literales antes mencionados y lo que establece el numeral 4.6.2 Requisitos Formales.
30 PUNTOS
Específica
a) Experiencia como Geotécnico de Estudios o Fiscalización de ingeniería civil en materia vial con una longitud mínima de 15 km, en los últimos quince (15) años.
b) Por cada proyecto se asignará veinte (20) puntos hasta un máximo de sesenta (60)
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puntos (cumpliendo lo establecido en el numeral 4.6.2 Requisitos Formales de estos pliegos).
c) No se aceptarán más de tres (3) proyectos. En caso de que un oferente presente más de tres (3) proyectos como Experiencia Específica, la Comisión Técnica calificará a los que cumplan con las condiciones establecidas en los literales antes mencionados y lo que establece el numeral 4.6.2 Requisitos Formales.
60 PUNTOS
TOTAL 100 PUNTOS
5.5 Plan de Trabajo
En este acápite se evalúa el contenido del Formulario 8, atendiendo a cada uno de los aspectos contemplados en el formulario, de acuerdo con una evaluación objetiva, que cuantifique criterios como enfoque, alcance y metodología de los trabajos, de acuerdo a la propuesta presentada, cuya máxima calificación será 5 puntos.
ASPECTOS GENERALES PARA CALFICIACIÓN ASPECTOS GENERALES PARA CALIFICACIÓN
Para cursos o seminarios, en los cuales los certificados emitidos consta solamente los días de asistencia, se considerará una carga horaria de cuatro (4) horas / día, en el caso de curso internacionales se considerará una carga horaria de seis (6) horas / día.
Para los años de experiencia acumulada total, en el caso de simultaneidad de trabajos, el tiempo será computado por una sola vez.
El puntaje de cada técnico deberá multiplicarse por el correspondiente coeficiente de ponderación.
Los profesionales que no hubieren alcanzado un puntaje mínimo equivalente al 60 (sesenta) por ciento del puntaje máximo, tendrán un puntaje xx xxxx (0).
El Puntaje máximo total por cada técnico será igual a 100 puntos. El puntaje de cada técnico deberá multiplicarse por el correspondiente coeficiente de ponderación.
A efectos de la calificación de los Currículum Vitae del Personal Técnico Principal, se tomarán en cuenta los siguientes aspectos complementarios:
a. Los profesionales deberán acreditar una experiencia mínima de 5 años después de haber obtenido su título profesional, experiencias menores a estas no serán consideradas para la calificación. Los profesionales que no cumplan con los requisitos establecidos, no serán considerados para la asignación de puntaje.
b. En caso de presentarse dos o más técnicos para una misma posición técnica clave, se evaluará únicamente al que conste como primero en la lista.
c. La Comisión Técnica comprobará que las firmas constantes en los formularios sean originales y no escaneadas.
d. Si luego de la Calificación Total y de determinar al Consultor que ocupe el primer lugar,
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se establece que entre el personal técnico principal de éste existen uno o más profesionales que no alcancen el puntaje mínimo mencionado, el Consultor deberá, durante el periodo de negociación, reemplazar al o a los profesionales incursos en esta situación por otro/s que cumpla con los requisitos mínimos y cuya evaluación supere el mínimo señalado.
5.7 CRITERIOS DE EVALUACIÓN OFERTA ECONÓMICA
De conformidad con lo establecido en la Resolución INCOP No.021-09 de 12 xx Xxxx de 2009, para acceder a la evaluación de las propuestas económicas, las propuestas técnicas deberán alcanzar el puntaje mínimo de setenta (70) puntos. Las propuestas técnicas que no alcancen dicho puntaje serán descalificadas y rechazadas en esta fase.
En la fecha que señale la Comisión Técnica se procederá a la apertura de las propuestas económicas. Previamente la Comisión Técnica comunicará a los Consultores los puntajes obtenidos en la evaluación técnica y procederá a devolver los sobres de las propuestas económicas de aquellos que no hayan alcanzado el puntaje mínimo establecido, de 70 puntos sobre 100.
Las propuestas económicas de los Consultores que obtuvieron un puntaje igual o superior al mínimo admisible serán abiertas en dicho acto.
En tal virtud, la asignación de puntajes de las ofertas económicas de los Consultores que hayan alcanzado el puntaje mínimo en la calificación de la Oferta Técnica, se realizará mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
Pei = 100xM
M + d
En la que:
Pei = Puntaje por Evaluación Económica del oferente i.
M = Media aritmética de las ofertas económicas de los Ofertantes.
d = Diferencia en valor absoluto entre el precio propuesto por cada Ofertante y la media aritmética M.
Para la calificación de las ofertas económicas se procederá a obtener la media aritmética resultante de la sumatoria de los valores ofertados dividida para el total de ofertas. Se le otorgará el 100% de la calificación a aquella o aquellas ofertas que más se acerquen a la media. Las demás ofertas recibirán un puntaje proporcional a la media.
En aplicación de esta ecuación, la oferta que más se acerque a la media, será la que obtenga el mayor puntaje, y las demás obtendrán un puntaje en función de la distancia que las separe de la media.
Una vez obtenido el puntaje aplicando esta fórmula, aquella oferta que alcance el mayor puntaje se calificará con 100 puntos, y el resto de calificaciones se reajustarán sobre esta base, en forma directamente proporcional.
5.8 EVALUACIÓN FINAL
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Para el orden de prelación, tanto la evaluación técnica como la evaluación económica se califican sobre 100 puntos.
El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula:
PTOi = (c1*Pti) + (c2*Pei)
Donde:
PTOi = Costo Total del Oferente i
Pti = Puntaje por Evaluación Técnica del Oferente i
Pei = Puntaje por Evaluación Económica del Oferente i c1= Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica
c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica
Los coeficientes de ponderación deberán cumplir las condiciones siguientes: La suma de ambos coeficientes deberá ser igual a la unidad (1,00).
La propuesta evaluada como la mejor será la que obtenga el mayor puntaje total.
En caso de empate, para obtener el orden de prelación se priorizara al que haya obtenido el mayor puntaje en la Oferta Técnica. Si en estas condiciones aún subsiste el empate, se seleccionará la primera opción para la negociación, por sorteo.
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SECCIÓN VI PROYECTO DE CONTRATO
COMPARECIENTES
Intervienen en la celebración del presente contrato, por una parte la (entidad contratante), legalmente representada por (Máxima autoridad), (Nombre) y por otra, la consultora (si es persona natural por sus propios derechos), (si es persona jurídica nacional o extranjera nombre del representante legal o apoderado, según el caso), (asociación de consultoras nacionales o extranjeras nombre de la asociación), representada por… nombre del representante, en su calidad de representante o procurador común), los mismos que para efectos del presente contrato se denominarán la “(entidad contratante)” y "LA CONSULTORA", respectivamente, al tenor de las siguientes cláusulas:
Cláusula Primera.- ANTECEDENTES
1.01.- La máxima autoridad (designación o cargo) de la entidad contratante, mediante resolución No. … de fecha… aprobó los pliegos y demás documentos del concurso.
1.02.- La convocatoria al Concurso Público para (objeto de la contratación), publicada en el Portal el (día) de (mes) de (año), (y sus alcances).
1.03.- El acta de cierre de presentación de ofertas de fecha,….
1.04.- El memorando No…. de… que contiene el informe y recomendación de la Comisión Técnica de Consultoría del (entidad contratante) sobre el proceso de calificación de oferentes del Concurso Público, para contratar los (objeto de la contratación).
1.05.- El acta de negociación suscrita el (día) de (mes) de (año), entre la Comisión Técnica de Consultoría y el representante de la Consultora.
1.06.-El Director Financieros de (entidad contratante), con Memorando No…., de (día) de (mes) de (año), certifica la existencia xx xxxxxxx presupuestaria y disponibilidad actual y futura de los recursos económicos para el financiamiento de este contrato.
1.07.- La resolución de adjudicación realizada por la máxima autoridad (designación o cargo) de fecha…, publicada y notificada en el Portal el día ……
1.08.- Con memorando No…., (día) de (mes) de (año), la (Máxima Autoridad) dispone la elaboración del presente contrato.
Cláusula Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO
2.01.- Forman parte integrante del presente contrato los siguientes documentos:
a. Los que acrediten la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar el contrato.
b. Copia certificada de la Escritura Pública de Constitución de… (nombre de la consultora) o Copia certificada de la escritura pública que contenga el contrato de asociación de las consultoras y designación de Procurador Común (en el caso de que el contrato sea con una asociación de consultoras)
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c. Copia certificada del Poder o, nombramiento de representante legal… (nombre), en su calidad de… de la consultora.
d. Copia certificada de la Comunicación Número…de… (fecha) mediante la cual se notificó con la resolución de Adjudicación del contrato.
e. El Acta de Negociación de la oferta técnico-económica.
f. Certificado de habilitación del RUP.
g. Certificado actualizado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías.
h. Certificado actualizado de Cumplimiento de Obligaciones con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).
i. Los Pliegos, preguntas, respuestas, aclaraciones y anexos.
j. Las ofertas técnica y económica
k. Las garantías presentadas por la Consultora y aceptadas por (entidad contratante).
Cláusula Tercera.- INTERPRETACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
Los términos del Contrato deben interpretarse en un sentido literal y obvio, en el contexto del mismo, y cuyo objeto revele claramente la intención del contratante. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas:
3.01.- Cuando los términos están definidos y son claros, se atenderá su tenor literal.
3.02.- Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes.
3.03.- En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la codificación del Código Civil, De la Interpretación de los Contratos.
3.04.-De existir contradicciones entre el Contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del Contrato. De existir contradicciones entre los documentos del Contrato, será la (Entidad Contratante) la que determine la prevalencia de un texto, de conformidad con el objeto contractual.
Cláusula Cuarta.- OBJETO DEL CONTRATO
4.01.- El Consultor, se obliga para con la (entidad contratante) a prestar los (objeto de la contratación). Los trabajos se realizarán bajo la supervisión y coordinación del Administrador del Contrato y de acuerdo a los documentos que se indican en la cláusula Segunda.
Cláusula Quinta.- OBLIGACIONES DE LA CONSULTORA
En virtud de la celebración del contrato, la Consultora se obliga para con (entidad contratante) a prestar servicios de (DEFINIRÁ LA ENTIDAD CONTRATANTE) y todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del objeto de la Consultoría, de conformidad con la oferta negociada, los términos de referencia, las condiciones generales y especiales y los demás documentos contractuales.
5.01.- Personal asignado al proyecto: Para el cumplimiento de los servicios de Consultoría, la Consultora ocupará durante la vigencia del contrato, al personal indicado en su oferta negociada, conforme al cronograma de actividades aprobado.
5.02.- Sustitución del personal: Dicho personal no podrá ser sustituido sin la previa
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autorización por escrito del Administrador del Contrato.
En caso de cambio de personal, los nombres, calificación y tiempo de servicio de los profesionales que la Consultora asigne al proyecto, serán sometidos previamente a la aprobación y aceptación de la (ENTIDAD CONTRATANTE). En todo caso su calificación no podrá ser menor a la que corresponde al personal a sustituirse.
5.03.- Sustitución obligatoria del personal: A solicitud de (ENTIDAD CONTRATANTE), fundamentada en la ineficiencia comprobada del personal, la Consultora, a su costo, deberá cambiar uno o más de los profesionales asignados al proyecto, o de sus empleados o trabajadores.
5.04.- Personal adicional: En caso de que la Consultora necesite personal adicional al indicado en su oferta técnico-económica, solicitará a la (ENTIDAD CONTRATANTE) su aprobación. Igualmente para efectuar cualquier cambio en la estructura del cuadro del personal, la Consultora deberá solicitar previamente autorización del Administrador del Contrato.
Cláusula Sexta.- ALCANCE DE LOS TRABAJOS
6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD).
La Consultora por lo tanto se obliga entre otras a:
6.02.- En el término de ocho (8) días contados a partir de la suscripción del contrato, la Fiscalización deberá solucionar errores y/u omisiones de los diseñadores así como imprevisiones técnicas que requieran de acciones correctivas inmediatas que conjuren tal situación.
6.03.- En el término de cuarenta y ocho (48) horas de presentado el problema, la Fiscalización deberá solucionar los problemas surgidos durante la ejecución del proyecto.
6.04.- En el término de cuarenta y ocho (48) horas de presentado el problema, la Fiscalización sugerirá la adopción de medidas correctivas y/o soluciones técnicas que estime necesarias en el diseño y construcción de las obras, inclusive aquellas referidas a métodos constructivos.
6.05.- En el plazo de cinco (5) días siguientes al mes de ejecución de las obras, la Fiscalización deberá medir las cantidades de obras ejecutadas y con ellas elaborar, verificar y certificar la exactitud de las planillas de pago, incluyendo la aplicación de las fórmulas de reajuste de precios.
6.06.- En el término de cuarenta y ocho (48) horas de efectuada la consulta respectiva, la Fiscalización resolverá las dudas que surgieren por parte de las autoridades del Ministerio de Transporte y Obras Públicas o el contratista de ejecución de obra, en lo relacionado a la interpretación de los planos, especificaciones, detalles constructivos y sobre cualquier asunto técnico relativo al proyecto, caso contrario se aplicará la respectiva sanción.
6.07.- La Fiscalización deberá registrar en los planos y diseños del proyecto todos los cambios introducidos durante la construcción, para obtener los planos finales de la obra
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ejecutada y la base de datos a utilizarse en la conservación de la vía, los cuales deberán ser entregados a la entidad contratante, a través de la respectiva Dirección Provincial, en plazo máximo de treinta (30) días de concluidos los servicios de fiscalización.
6.08.- La omisión de manuales, documentos y textos de control técnico en el contrato, no eximen a la Fiscalización del cumplimiento de sus labores de acuerdo con la Ley, el contrato y el Reglamento de determinación de etapas emitido de acuerdo a la Contraloría General del Estado.
6.09.- La Fiscalización actuará como Mediadora en la generación de conflictos Socio Ambientales que pretendan interrumpir el normal desenvolvimiento de las obras de construcción.
Cláusula Séptima.- OBLIGACIONES DE (entidad contratante)
7.01.- Son obligaciones de la entidad contratante, a parte de las establecidas en otras cláusulas del contrato y sus anexos, las siguientes:
a. Cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato, y en los documentos del mismo, en forma ágil y oportuna.
b. Dar solución a los problemas que se presenten en la ejecución del contrato, en forma oportuna.
c. De ser necesario, tramitar los contratos complementarios que sean del caso.
d. Las demás, propias de cada contrato.
Cláusula Octava.- PLAZO
8.01.- LA CONSULTORA deberá entregar la totalidad del trabajo, materia del presente contrato de servicios de consultoría a través de un Informe Final, en el plazo de (indicar tiempo).
Cláusula Novena.- PRÓRROGA DE PLAZO
9.01 La (entidad contratante) podrá extender el plazo de vigencia del presente contrato solo en los casos que se indican a continuación, a solicitud de LA CONSULTORA en un término de hasta dos (2) días de suscitado el evento o cuando de los hechos se evidencie tal necesidad:
a. Por caso fortuito o fuerza mayor aceptado por la (entidad contratante), en los términos establecidos en el artículo 30 del Código Civil.
b. Cuando se suspendan los trabajos o se cambien las actividades previstas en el cronograma por orden de la (entidad contratante) y que no se deban a causas imputables a LA CONSULTORA.
Al aceptar la prórroga, la (entidad contratante) definirá su duración y la incorporación de un nuevo cronograma que sustituirá al original o precedente, que deberá ser suscrito por las partes, y tendrá el mismo valor contractual del sustituido.
Cláusula Décima.- VALOR TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO
10.01.- El monto total de los servicios de consultoría objeto del presente contrato es de (Monto en letras) dólares de los Estados Unidos de América (USD monto en números).
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El valor estipulado en el numeral anterior será pagado por la (entidad contratante) a LA CONSULTORA de la siguiente forma:
En calidad de anticipo el (… %) del valor total estimado del presente Contrato, esto es la
suma de (cantidad en números y letras) (de ser el caso), luego de la
suscripción del presente Contrato, y una vez que LA CONSULTORA haya presentado la correspondiente garantía por anticipo, prevista en la LOSNCP, por igual valor y a satisfacción de la (entidad contratante). El anticipo será amortizado durante el tiempo de vigencia del contrato.
El valor del contrato se pagará por planillas mensuales de acuerdo al avance mensual del contratista a cuyo monto se le aplicará el porcentaje de fiscalización.
Los valores de los componentes del formulario 2.2, anexados en la oferta económica “Alquiler, arredramientos, misceláneos”, se los negocia como no comprobables y reembolsables, en consecuencia sujetos de precios
La entrega del anticipo deberá ocurrir dentro de los quince días (15) calendario posteriores a la suscripción del contrato.
Será responsabilidad de la (ENTIDAD CONTRATANTE) efectuar las retenciones a que hubiere lugar y emitir los comprobantes correspondientes.
Cláusula Décima Primera.- REAJUSTE DE PRECIOS
11.01.- El valor del anticipo y de las planillas de ejecución de los servicios, se reajustarán si se produjeren variaciones en los componentes de los precios unitarios estipulados, desde la fecha de variación, mediante la aplicación de la siguiente fórmula general,
Pr = Po (IPC1 / IPCo)
Donde:
Pr = valor reajustado del anticipo o de la planilla
Po= valor del anticipo, o de la planilla de avance descontada la parte proporcional del anticipo IPCo= Índice general de precios al consumidor a nivel nacional publicado por el INEC vigente a la fecha de presentación de la oferta.
IPC1= Índice general de precios al consumidor a nivel nacional publicado por el INEC vigente a la fecha de pago del anticipo o de las planillas de avance.
La relación IPC1 / IPCo siempre deberá ser mayor a 1 para que sea aplicable el reajuste de precios.
En caso de que algún componente del contrato haya sido negociado como comprobable y reembolsable, este deberá ser excluido del valor Po.
El anticipo se reajustará aplicando el procedimiento indicado, cuando hayan transcurrido más de noventa días entre la fecha de presentación de la oferta y la fecha de entrega efectiva del anticipo, cuando el atraso no sea imputable al consultor.
En caso xx xxxx o retardo en la presentación de cada planilla, imputable al consultor, se reconocerá el reajuste de precios a la fecha en que debió presentarla, de conformidad con el
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cronograma vigente.
En caso xx xxxx de la entidad contratante en el pago de planillas, éstas se reajustarán hasta la fecha en que se las cubra, por lo cual no causarán intereses.
La Consultora presentará la planilla con los precios contractuales y la planilla de reajuste, esta última calculada con el índice de precios disponible a la fecha de su presentación. Una vez que se publique el índice de precios del mes en el que se efectuó el pago de esa planilla o del anticipo, el consultor presentará la planilla de reliquidación del reajuste, que será pagada en el plazo máximo de 15 días de su presentación. Cuando se cuente con los índices definitivos a la fecha de pago de la planilla principal, el consultor presentará la planilla de reajuste.
Cláusula Décima Segunda.- MULTAS
12.01.- Por cada día de retardo en la entrega (del objeto producto de la consultoría) LA CONSULTORA, se obliga a pagar la cantidad de… (Fijará la entidad contratante).
12.02.- Si en cualquier momento, la máxima autoridad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas observare que la Fiscalización no está cumpliendo con las facultades y responsabilidades que se hallan determinadas en el Art. 12 del Acuerdo de la CGE No. 817, publicado en el Registro Oficial No. 0779, de 27 de septiembre de 1991, se sancionará con la multa equivalente al dos por mil (2/1000) del valor total del contrato por cada día de retraso en el cumplimiento de las mismas.
12.03.- Se sancionará con multa equivalente al dos por mil (2/1000) del valor del contrato por cada día de retardo en la presentación de los informes que la Máxima Autoridad, Administrador y/o Supervisor soliciten a la Fiscalización y estos no fueren emitidos en término concedido para su respuesta, además estos tienen que ser claros y determinantes.
12.03.- Si la Fiscalización no informare a la Administración o Supervisión del contrato sobre eventuales atrasos en la ejecución de las obras será sancionado con una multa equivalente al uno por mil (1/1000) del valor del contrato. En caso de reincidencia será causa de terminación unilateral y anticipada del contrato. (Decreto No. 451)
Si el valor de las multas excede del 5% del monto total del contrato, LA ENTIDAD CONTRATANTE, podrá darlo por terminado anticipada y unilateralmente el contrato. Las multas impuestas no serán revisadas, ni devueltas por ningún concepto.
Cláusula Décima Tercera.- ADMINISTRACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
13.01.- La (entidad contratante) designa como “Administrador del Contrato” al Subsecretario de la Región 7, persona con quien LA CONSULTORA, deberá canalizar y coordinar todas y cada una de las obligaciones contractuales aquí convenidas.
El Administrador de este Contrato, queda autorizado para realizar las gestiones inherentes a su ejecución, incluyendo aquello que se relaciona con la aceptación o no de los pedidos de prórroga que puede hacer el Contratista, así como velará por la vigencia de las garantías previstas en el presente instrumento.
El Administrador será el encargado de velar por el cumplimiento de las normas legales y compromisos contractuales por parte de la Consultora, y la administración de las garantías,
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durante todo el periodo de vigencia del contrato.
Respecto de su gestión reportará a (la máxima autoridad) de la (entidad contratante), debiendo comunicar todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato.
Tendrá bajo su responsabilidad la aprobación de los informes que emita LA CONSULTORA y suscribirá las actas que para tales efectos se elaboren.
Actuará en coordinación con el Supervisor a fin de velar por el cabal cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato.
La Supervisión de los trabajos de (objeto de la contratación), se encuentra a cargo del Administrador del Contrato.
Cláusula Décima Cuarta.- GARANTÍAS
14.01.- Garantía de fiel cumplimiento del contrato: Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por obligaciones que contrajera a favor de terceros, relacionadas con el contrato, el Consultor, antes o al momento de celebrar el contrato rendirá una garantía por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del valor de éste, de acuerdo con los artículos 73 y 74 de la LOSNCP y 117 de su Reglamento General.
14.02.- Garantía del Buen Uso del Anticipo: Para garantizar el buen uso del anticipo que la contratante le otorga, LA CONSULTORA entregará a favor de la contratante, en forma previa a recibirlo, una garantía de las señaladas en el artículo 73 de la LONSCP, por un monto equivalente al total del mencionado anticipo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo73 Ib.
14.03.- Renovación de las Garantías: LA CONSULTORA se compromete a mantener vigentes las garantías mencionadas mientras subsistan sus obligaciones contractuales. Al efecto, serán renovadas a más tardar cinco (5) días hábiles antes de su vencimiento, caso contrario, la entidad contratante solicitará al garante que haga efectivo su valor.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley General de Xxxxxxx, el consultor esta obligado a mantener en vigencia las garantías de fiel cumplimiento, y de buen uso del anticipo, hasta el total cumplimiento de las obligaciones garantizadas. Por tanto, la renovación oportuna de las garantías conforme lo estipulado en el numeral anterior constituirá incumplimiento del consultor, como tal, causal de terminación unilateral de este contrato.
14.04.- Devolución de las Garantías: Una vez que se haya producido la recepción definitiva, real o presunta de los trabajos de Consultoría, se procederá a la devolución de la totalidad de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
La garantía de buen uso del anticipo se devolverá cuando éste haya sido devengado en su totalidad.
14.05.- Ejecución de las garantías:
14.05.01 De fiel cumplimiento: La ejecución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato procede en los siguientes casos:
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a. Cuando la Entidad Contratante declare anticipada y unilateralmente terminado el contrato por causas imputables al Consultor;
b. Si LA CONSULTORA no la renovase a más tardar cinco (5) días hábiles antes de su vencimiento; lo cual a su vez será causal de terminación del contrato; y,
c. Cuando un juez competente disponga su retención o pago por obligaciones a favor de terceros, relacionadas con el contrato de Consultoría, no satisfechas por el Consultor.
14.05.02 De buen uso de anticipo: La garantía que asegura el buen uso del anticipo será ejecutada, en caso de que la Consultora no pague a la ENTIDAD CONTRATANTE el saldo adeudado, después xx xxxx días de notificado con la liquidación del contrato.
Cláusula Décima Quinta.- CONTRATOS COMPLEMENTARIOS
15.01.- Si por causas imprevistas o técnicas, debidamente justificadas fuere necesario ampliar, modificar o complementar el alcance de este contrato, la ENTIDAD CONTRATANTE podrá celebrar los contratos complementarios que se requieran siempre la suma total de los valores de los contratos complementarios no exceda del 70 % del valor actualizado o reajustado del contrato principal a la fecha en que la (ENTIDAD CONTRATANTE) resuelva la realización del contrato complementario. Esta actualización se hará aplicando la fórmula de reajuste de precios que consten en los respectivos contratos principales.
El contratista deberá rendir garantías adicionales de conformidad con la ley.
Cláusula Décima Sexta.- ACTA DE ENTREGA- RECEPCION
16.01.- La entidad contratante podrá, dentro del término de 10 días contados a partir de la solicitud de recepción del contratista, negarse a recibir el servicio, (objeto de la consultoría) por razones justificadas, relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas por el contratista. La negativa se notificará por escrito al contratista y se dejará constancia de que la misma fue practicada.
Vencido el término previsto en el párrafo anterior sin que la entidad contratante objetare la solicitud de recepción ni formulare observaciones al cumplimiento del contrato, operará, sin más trámite, la recepción de pleno derecho, para lo cual el consultor notificará por intermedio de un Juez de lo Civil o un notario público.
Una vez que se hayan terminado todos los trabajos previstos en el contrato, el consultor entregará a la entidad contratante el informe final provisional; cuya fecha de entrega servirá para el cómputo y control del plazo contractual. La entidad contratante dispondrá del término de (15) días para la emisión de observaciones y el consultor de (15) días, adicionales para absolver dichas observaciones y presentar el informe final definitivo. El acta de recepción definitiva será suscrita por las partes, en el plazo previsto en el contrato, siempre que no existan observaciones pendientes en relación con los trabajos de consultoría y el informe final definitivo del estudio o proyecto de conformidad con el artículo 123, inciso tercero del Reglamento General.
Cláusula Décima Séptima.-LABORAL
17.01.- LA CONSULTORA asume de forma exclusiva la responsabilidad del cumplimiento de las obligaciones patronales, y tributarias establecidas en el Código del Trabajo, la Ley de Seguridad Social y Reglamentos que rigen al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social – IESS, la Ley Orgánica del Régimen Tributario Interno y su Reglamento, y demás leyes
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conexas. En consecuencia, la (ENTIDAD CONTRATANTE) está exenta de toda obligación respecto del personal de LA CONSULTORA. Sin perjuicio de lo cual, la (ENTIDAD CONTRATANTE) ejercerá el derecho de repetición que le asiste en el caso de ser obligada al pago de cualquier obligación, ordenado por autoridad competente.
Cláusula Décima Octava.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO 18.01.- El Contrato termina:
1. Por cabal cumplimiento de las obligaciones contractuales.
2. Por mutuo acuerdo de las partes, en los términos del artículo 93 de la LOSNCP.
3. Por sentencia o laudo ejecutoriados que declaren la nulidad del contrato o la resolución del mismo a pedido del CONTRATISTA.
4. Por declaración anticipada y unilateral de la CONTRATANTE, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP. Además, se incluirán las siguientes causales:
4.1 Si el CONTRATISTA no notificare a la CONTRATANTE acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación.
4.2 Si la CONTRATANTE, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de la LOSNCP, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social del CONTRATISTA.
5. Por [muerte del CONTRATISTA] / [disolución de la persona jurídica contratista, que no se origine en decisión interna voluntaria de los órganos competentes de tal persona jurídica].
6. Por causas imputables a la CONTRATANTE, de acuerdo a las causales constantes en el artículo 96 de la LOSNCP.
7. Por reincidir en no informar a la Administración o Supervisión del contrato, sobre eventuales atrasos por parte de la Contratista en la ejecución de las obras. (Decreto No. 451)
El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la LOSNCP.
Cláusula Décimo Novena.- CONFIDENCIALIDAL
19.01.- La (entidad contratante) y LA CONSULTORA convienen en que toda la información que llegue a su conocimiento de la otra parte, en razón de la ejecución del presente contrato será considerada confidencial o no divulgable. Por lo tanto, estará prohibida su utilización en beneficio propio o de terceros o en contra de la dueña de tal información. El incumplimiento de esta obligación será causal para dar por terminado este contrato, y quedará a criterio de la parte afectada el iniciar las acciones correspondientes por daños y perjuicios.
LA CONSULTORA y/o cualquiera de sus colaboradores quedan expresamente prohibidos de reproducir o publicar la información del proyecto materia del contrato, incluyendo coloquios,
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exposiciones, conferencias o actos académicos, salvo autorización por escrito de (entidad contratante).
Xxxxxxxx Xxxxxxxx.- RESPONSABILIDAD
20.01.- El CONSULTOR es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la Ley, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador.
Cláusula Vigésima Primera.- PROHIBICIÓN DE CEDER EL CONTRATO
21.01.- EL CONSULTOR está prohibido de ceder en forma alguna, ni la totalidad ni parte de este contrato.
Cláusula Vigésima Segunda.- DE LA SUBCONTRATACIÓN
22.01.- EL CONSULTOR únicamente podrá subcontratar, conforme a lo establecido en el artículo 79 de la LOSNCP.
La subcontratación de servicios de apoyo previstos en la negociación, podrán subcontratarse en los términos del artículo 35 del Reglamento General.
Cláusula Vigésima Tercera.- DIVERGENCIAS Y CONTROVERSIAS
(SI SE OPTA POR ALGÚN MEDIO DE JURISDICCIÓN CONVENCIONAL, SE UTILIZARÁN LAS SIGUIENTES CLÁUSULAS)
23.01.- Si se suscitaren divergencias o controversias en la interpretación o ejecución del presente contrato, cuando las partes no llegaren a un acuerdo amigable directo, podrán utilizar los métodos alternativos para la solución de controversias en el Centro de Mediación y Arbitraje (poner nombre del Centro).
Para que proceda el arbitraje en derecho, debe existir previamente el pronunciamiento favorable del Procurador General del Estado, conforme el artículo 000 xx xx Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx.
23.02.- Convenio Arbitral: Las partes acuerdan someter las controversias relativas a este contrato, su ejecución, liquidación e interpretación a arbitraje y mediación y se conviene en lo siguiente:
23.03.- Mediación; Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, a su ejecución, liquidación e interpretación, será resuelta con la asistencia de un mediador del Centro de Mediación de.... en el evento de que el conflicto no fuere resuelto mediante este procedimiento, las partes se someten al Arbitraje de conformidad con las siguientes reglas:
23.04.- Arbitraje:
1. El arbitraje será en Derecho;
2. Las partes se someten al Centro de Arbitraje de…;
3. Serán aplicables las disposiciones de la Ley de Arbitraje y Mediación, y las del reglamento del Centro de Arbitraje de …
4. El Tribunal Arbitral se conformará por un árbitro único o de un número impar según
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acuerden las partes. Si las partes no logran un acuerdo, el Tribunal se constituirá con tres árbitros. El procedimiento de selección y constitución del Tribunal será el previsto en la Ley y el Reglamento del Centro…..
5. Los árbitros serán abogados y preferiblemente con experiencia en el tema que motiva la controversia. Los árbitros nombrados podrán no pertenecer a la lista de árbitros del Centro;
6. Los asuntos resueltos mediante el laudo arbitral tendrán el mismo valor de las sentencias de última instancia dictadas por la justicia ordinaria;
7. La legislación ecuatoriana es aplicable a este Contrato y a su interpretación, ejecución y liquidación;
8. La sede del arbitraje es la ciudad de….; y,
9. El idioma del arbitraje será el Castellano
(SI SE OPTA POR LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSA, SE UTILIZARÁ LA SIGUIENTE CLÁUSULA)
23.01.- Si respecto de la divergencia o divergencias existentes no existiere acuerdo, las partes deciden someterlas al procedimiento establecido en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; en este caso, será competente para conocer la controversia el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la Entidad del sector público; y, respecto de las entidades de derecho privado estas recurrirán ante la justicia ordinaria. (Para este numeral, los pliegos se ajustarán dependiendo de la condición jurídica de la entidad contratante).
(CLÁUSULA OBLIGATORIO EN CUALQUIERA DE LAS OPCIONES)
23.05.- La legislación aplicable a este Contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el Contratista renuncia a utilizar la vía diplomática para todo reclamo relacionado con este Contrato. Si el Contratista incumpliere este compromiso, la Contratante podrá dar por terminado unilateralmente el contrato y hacer efectiva las garantías.
Cláusula Vigésima Cuarta.- DERECHOS Y GASTOS NOTARIALES
24.01.- La (entidad contratante) retendrá de cada pago que haga al Consultor el porcentaje correspondiente al impuesto a la renta.
Será de cuenta de la Consultora, el pago de los gastos notariales, de protocolización. Cláusula Vigésima Quinta.- LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS 25.01.- Los servicios que son objeto del presente Contrato, se los ejecutará en….
LA CONSULTORA deberá mantener una oficina en la ciudad de (…) y que permita la coordinación con (entidad contratante).
Cláusula Vigésima Sexta.- ESTIPULACIONES GENERALES
26.01.- El presente contrato es intransferible y no podrá cederse a terceras personas ni total ni parcialmente, en conformidad con lo que disponen los artículos 78 de la LOSNCP. La subcontratación podrá efectuarse de conformidad con lo previsto en el inciso segundo del artículo 79 de la Ley ibídem y 120 del Reglamento General.
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26.02.- Será de responsabilidad de LA CONSULTORA todo pago que deba hacer a terceros subcontratados en la ejecución parcial del contrato o en la elaboración de servicios especializados o trabajos técnicos, según lo previsto en los Términos de Referencia.
26.03.- La propiedad material de todos los informes que se produzcan durante la ejecución de LOS SERVICIOS DE CONSULTORÍA objeto de este Contrato serán de la (ENTIDAD CONTRATANTE). LA CONSULTORA podrá referirse a ellos o citarlos como antecedentes de su actividad técnica y profesional, o para publicaciones científicas.
26.04.- Los resultados de la ejecución de LOS SERVICIOS DE CONSULTORÍA no podrán ser utilizados por la (entidad contratante) o cualquier institución que tome a su cargo la prosecución o ejecución del proyecto sobre el cual versan los servicios, mientras no se haya suscrito el Acta de Entrega recepción única de los servicios y no se haya pagado a LA CONSULTORA la totalidad del valor estipulado en el presente contrato; sin embargo, la (entidad contratante) sí podrá utilizar la información parcial que hubiese recibido y por la cual hubiese pagado su valor.
26.05.- Todos los informes y cualquier otra información anterior o que se genere como resultado de la ejecución del presente contrato serán de propiedad exclusiva de la (entidad contratante), en los términos previstos en la Ley de Propiedad Intelectual.
Cláusula Vigésima Séptima.- DOMICILIO, JURISDICCIÓN Y PROCEDIMIENTO
27.01.- Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio (entidad contratante).
Las controversias deben tramitarse de conformidad con la Cláusula Vigésima Tercera de este contrato.
Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes:
(Entidad contratante)………………….. Teléfono ………...
(Del Consultor:....................................................................
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SECCIÓN VII MODELO DE FORMULARIOS
GENERALIDADES
Toda la información presentada será usada por la Comisión Técnica de Consultoría para determinar, según el criterio de valoración establecida en la LOSNCP, su Reglamento y estos Pliegos.
Para facilitar el proceso de calificación y adjudicación, los participantes deben llenar adecuadamente los formularios que se anexan a estos Pliegos.
La información proporcionada deberá sujetarse exclusivamente a la verdad y debe ser acreditada bajo juramento por el informante.
Dicha Comisión, a su juicio, puede pedir al participante o directamente a la fuente, información aclaratoria sobre los documentos presentados por los proponentes. Esta información de ninguna manera modificará el contenido de la oferta.
En caso de que el espacio en los formularios suministrados fuese insuficiente para proporcionar la información solicitada, el oferente podrá utilizar hojas adicionales conservando el mismo formato.
Los formularios signados con los números del 1 al 9 y Formulario 12, se incluirán en el Sobre Nº 1 y los signados con los números 10 y 11, se incluirán en el Sobre Nº 2.
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Formulario Nº 1
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
CARTA DE PRESENTACIÓN Y COMPROMISO
Señor
……………..
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN TÉCNICA
Señor Presidente:
El (nombre del oferente), como (por mis propios derechos, en mi calidad de consultor, representante legal o procurador común) , declara bajo juramento que:
1. Se compromete a suministrar el personal, equipo y materiales requeridos para realizar (objeto de la contratación).
2. La única persona o personas interesadas en esta oferta está o están nombradas en ella, sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan sujetos inhabilitados para contratar con el Estado.
3. Declara, también, que la oferta la hace en forma independiente y sin conexión oculta con otra u otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento de Concurso Público Consultoría y que, en todo aspecto, la oferta es honrada y de buena fe. Por consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, xxxx y justa; así como declara que no establecerá, concertará o coordinará –directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa aplicable.
4. Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial aplicable a su actividad económica, profesión, ciencia u oficio.
5. Al presentar esta oferta, considera todos los costos obligatorios que debe y deberá asumir en la ejecución contractual, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambientales y tributarias vigentes.
6. Se allana, en caso de que se comprobare una violación a los compromisos establecidos en los numerales 2, 3, 4 y 5 que anteceden, a que la entidad contratante le descalifique como oferente, o proceda a la terminación unilateral del contrato, según sea el caso.
7. La propuesta se encuentra formulada de acuerdo a las exigencias y condiciones de los pliegos y documentos del concurso.
8. Ha procedido a estudiar los pliegos, inclusive los alcances emitidos, por lo que se encuentra satisfecho del conocimiento adquirido con relación a las obligaciones contractuales. Por consiguiente renuncia a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento de los pliegos.
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9. Conoce que la (entidad contratante) podrá adjudicar, declarar desierto o cancelar el concurso, si así conviniere a los intereses nacionales e institucionales.
10. En caso de ser adjudicado, se compromete a suscribir el contrato de consultoría en un plazo de 15 días después de la adjudicación, previo el cumplimiento de los correspondientes requisitos.
11. Declara bajo juramento que se compromete expresamente a no ofrecer ningún pago, préstamo o servicio, entretenimiento de lujo, viajes u obsequios a ningún funcionario o trabajador de la Entidad Contratante, y acepta que en caso de violar este compromiso, estar dispuesto a que la Entidad Contratante, observando el debido proceso, dé por terminado en forma inmediata el contrato, que se suscribe como resultado de esta invitación a ofertar y se allana a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.
12. Así mismo declara, bajo juramento, que no está incurso en las inhabilidades para contratar previstas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP y 110 y 111 de su Reglamento General.
Los alcances recibidos constan en el portal del Ministerio de Transporte y Obras Públicas xxx.xxxx.xxx.xx
Lugar y Fecha
(Firma y Nombre)
(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)
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Formulario Nº 2
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
(Consultor, Firma Consultora u Organismo)
1. Nombre del consultor, firma consultora u organismo
2. Dirección de la Sede
País | Ciudad | ||
Calle | No. | ||
Teléfonos | Fax | ||
Correo electrónico |
3. Dirección en el Ecuador
Ciudad | Cantón | ||
Calle | No. | ||
Teléfonos | Fax | ||
Correo electrónico |
4. Socios
Nombre | RUC | No. de acciones | |
Lugar y Fecha
(Firma y Nombre)
(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)
Formulario Nº 2-A
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NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
IDENTIFICACIÓN DE LA ASOCIACIÓN
(Personas naturales y/o jurídicas Asociadas)
1. Nombre de la firma asociada
2. Dirección de la Sede
País | Ciudad | ||
Calle | No. | ||
Teléfonos | Fax | ||
Correo electrónico |
3. Dirección en el Ecuador
Ciudad | Cantón | ||
Calle | No. | ||
Teléfonos | Fax | ||
Correo electrónico |
Personas jurídicas:
Lugar y Fecha
(Firma y Nombre)
(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)
Formulario Nº 2-B
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
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CONFORMACIÓN DE LA ASOCIACIÓN O ACUERDO DE ASOCIACIÓN O
COMPROMISO DE EXTENCIÓN DE VIGENCIA (según corresponda)
Yo, -------------------------- (Nombre del procurador común de la asociación), informo que la oferta se presenta en asociación, la cual esta constituida por:
Persona natural o jurídica Número de RUC % de Participación
TOTAL 100,00
La asociación está amparada por constitución o extensión del plazo o Acuerdo de Asociación (según corresponda).
Nota:
Adjuntar documentos de respaldo Lugar y Xxxxx
(Firma y Nombre)
(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)
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Formulario Nº 3
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
REFERENCIAS SOBRE LA EXPERIENCIA GENERAL REALIZADOS EN LOS ÚLTIMOS 15 AÑOS
Nº | Nombre del Proyecto | Entidad | Monto | Ubicación Provincia | Período de Ejecución | |
Inicio | Final | |||||
NOTA:
Si no se adjunta la documentación requerida en estos Pliegos para demostrar la experiencia, no será evaluado el proyecto y tendrá un valor cuantitativo xx xxxx
Lugar y Fecha
(Firma y Nombre)
(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)
CONCURSO PÚBLICO CONSULTORÍA CPI-MTOP-CAF-02-12
Formulario Nº 4
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
REFERENCIAS SOBRE LA EXPERIENCIA ESPECIFICA REALIZADOS EN LOS ÚLTIMOS 15 AÑOS
Nº | Nombre del Proyecto | Entidad | Area | Ubicación Provincia | Período de Ejecución | |
Inicio | Final | |||||
NOTA:
Si no se adjunta la documentación requerida en estos Pliegos para demostrar la experiencia, no será evaluado el proyecto y tendrá un valor cuantitativo xx xxxx
Lugar y Fecha
(Firma y Nombre)
(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)
CONCURSO PÚBLICO CONSULTORÍA CPI-MTOP-CAF-02-12
Formulario Nº 4-A
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
ANEXOS
(Para trabajos ejecutados) CERTIFICACIÓN DE EXPERIENCIAL GENERAL
Certifico que la (nombre del consultor, firma consultora,
organismo o asociación), en virtud del contrato celebrado el
de
200_ ha
realizado satisfactoriamente para (nombre de la
entidad) cuyas actividades principales fueron:
a)
b)
c)
(objeto del contrato de consultoría),
La ejecución del contrato se inició el de 200 y concluyó el de
200 .
Los profesionales que participaron en la ejecución y cargo que desempeñaron en el proyecto fueron:
1.-
2.-
El valor del contrato alcanzó la suma de (valor indicado en letras y
números, en la moneda del contrato) equivalente a (valor
indicado en letras y números) dólares de los Estados Unidos de América, a la fecha del último pago.
Lugar y Fecha
(Firma y Nombre)
(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)
CONCURSO PÚBLICO CONSULTORÍA CPI-MTOP-CAF-02-12
Formulario Nº 4-B
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
Anexo
(Para trabajos en ejecución) C E R T I F I C A C I Ó N
Certifico que la (nombre del consultor, firma consultora, organismo o asociación), en virtud del contrato celebrado el de 200 (fecha) se encuentra realizando satisfactoriamente para
(nombre de la entidad) contrato de consultoría), cuyas actividades principales son:
a)
b)
(nombre del
La ejecución del contrato se inició el de 200 y su conclusión se prevé para el de 200 .
Los profesionales que participan en la ejecución del proyecto son:
No. de orden: | 1) Titulo y nombre del profesional | 2) Posición en la firma | 3) Actividad en el proyecto | 4) Tiempo h/mes |
1.- | ||||
2.- |
El valor estimado del contrato es de (valor indicado en letras y
números, en la moneda del contrato) equivalente a indicado en letras y números) dólares de los Estados Unidos de América, a esta fecha.
(valor
NOTA: Esta información sirve de referencia para la institución. En la evaluación de la oferta técnica,
no se considerara para la puntuación.
Lugar y Fecha
(Firma y Nombre)
(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)
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Formulario Nº 5
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
LISTA DEL PERSONAL ASIGNADO AL PROYECTO
Nombre Completo | Título Profesional | Nacionalidad | Cargo | Tiempo Participación (meses) | Porcentaje Participación sobre total |
Lugar y Fecha
(Firma y Nombre)
(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)
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Formulario Nº 6
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
HOJA DE VIDA DEL PERSONAL ASIGNADO
1. Nombres completos:
2. Lugar y fecha de nacimiento:
.
3. Nacionalidad:
4. Título profesional y post-grados:
Institución | País | Fecha de Graduación |
5. Cursos de especialización en aspectos similares o relacionados con la actividad que desarrollará en relación al proyecto
Nombre evento | País | Desde Día/mes/año | Hasta Día/mes/año |
6. Participación en la compañía consultora:
Años de Actividad | Posición Actual | Actividad Asignada en El Proyecto |
7. Experiencia profesional:
Empresa/Institución | Desde Día/mes/año | Hasta Día/mes/año |
Ciudad | ||
Teléfono | ||
Cargo | ||
Actividades Relevantes | ||
(Incluir información de cada experiencia profesional en el formato detallado)
8. Otras actividades profesionales en Entidades Públicas o Privadas
Nombre de la Entidad | Cargo y Funciones | Fechas ingreso/salida |
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Lugar y Fecha
(Firma y Nombre)
(Profesional Asignado al Proyecto)
CONCURSO PÚBLICO CONSULTORÍA CPI-MTOP-CAF-02-12
Formulario Nº 7
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
CARTA DE COMPROMISO DEL PROFESIONAL ASIGNADO AL PROYECTO
Yo, , me comprometo con
(nombre del oferente)
a prestar mis servicios en calidad de (título profesional), para la
(cargo asignado) durante la realización del proyecto, en caso de adjudicación.
Lugar y Fecha
(Firma, Nombre y Número CC) (Profesional Asignado al Proyecto)
NOTA:
Si este formulario no está firmado por el profesional y no presenta la documentación de respaldo, no será evaluado su hoja de vida, tendrá un valor cuantitativo xx xxxx.
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Formulario No. 7-A
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
CPC-SR1-DPI-06-2012
DECLARACIÓN DEL PORCENTAJE COMPROMETIDO DEL PROFESIONAL ASIGNADO AL PROYECTO
Yo, , declaro libre y voluntariamente que me encuentro comprometido en el proyecto ejecutado por (entidad contratante) con el
(%); y que no tengo más del 100% de participación.
Lugar y Fecha
(Firma, Nombre y Número CC) (Profesional Asignado al Proyecto)
NOTA:
Si este formulario no está firmado por el profesional y no presenta la documentación de respaldo, no será evaluado su hoja de vida, tendrá un valor cuantitativo xx xxxx.
CONCURSO PÚBLICO CONSULTORÍA CPI-MTOP-CAF-02-12
Formulario Nº 8
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
PLAN DE TRABAJO ENFOQUE, ALCANCE Y METODOLOGÍA DE TRABAJO
Contendrá, entre otros lo siguiente:
a) Desarrollo de objetivos, actividades, acciones, productos y metas;
b) Descripción del enfoque, alcance y metodología del trabajo que revele el conocimiento de las condiciones generales, locales y particulares del proyecto materia de la prestación del servicio de Consultoría;
c) Organigrama estructural del servicio propuesto; y,
d) Programa o programas de actividades, asignación de profesionales y asignación de tiempo.
NOTA:
El proponente desarrollará este formulario en las hojas que creyere conveniente manteniendo el mismo formato.
Lugar y Fecha
(Firma y Nombre)
(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)
CONCURSO PÚBLICO CONSULTORÍA CPI-MTOP-CAF-02-12
Formulario Nº 9
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
RECURSOS, INSTRUMENTOS Y EQUIPOS
Recurso/Instrumento/Equipo | Detalle |
Lugar y Fecha
(Firma y Nombre)
(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)
CONCURSO PÚBLICO CONSULTORÍA CPI-MTOP-CAF-02-12
FORMULARIO No. 9A
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
INDICADORES FINANCIEROS DE PARTICIPANTES NACIONALES
El Consultor adjuntará a este formulario el cálculo de los siguientes índices financieros obtenidos con la información del año 2010:
• Índice de Liquidez = (Activo corriente/Pasivo corriente)
• Índice Estructural = (Patrimonio / Activo Total)
Sólo los participantes extranjeros o asociaciones que presenten un índice de liquidez de igual o mayor a 1,00 ; y un índice estructural igual o mayor a 0,25, serán calificados para participar en el Concurso.
Para el caso de una Asociación, se evaluarán los dos indicadores para la Empresa que haya sido designada como Líder.
Declaro bajo juramento que la información es correcta y ceñida a la verdad.
Lugar y fecha Nombre y Firma del Representante Legal
Formulario Nº 10
CONCURSO PÚBLICO CONSULTORÍA CPI-MTOP-CAF-02-12
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
OFERTA ECONÓMICA
COSTO TOTAL | MONTO DE PAGO USD dólares |
COSTOS DIRECTOS | |
COSTOS INDIRECTOS | |
TOTAL |
TOTAL (detallar el total en letras) dólares de los Estados
Unidos de América, sin incluir IVA.
Adjuntar detalle de costos directos e indirectos, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento General de la LOSNCP.
Lugar y Fecha
(Firma y Nombre)
(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)
CONCURSO PÚBLICO CONSULTORÍA CPI-MTOP-CAF-02-12
Formulario Nº 11
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
(De ser el caso) PRESENTACIÓN Y COSTO DE LA PROPUESTA.
Señor
……………..
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN TÉCNICA
Quien suscribe, ---------------------------------------------, después de haber examinado las instrucciones a los oferentes, el alcance de los trabajos, el proyecto de contrato y más documentos entregados por la entidad, y habiendo considerado todas las condiciones, ofrece realizar (objeto de la contratación), de acuerdo a lo que se indican en los documentos que constituyen la propuesta.
El oferente así mismo declara que conoce y acepta, en todo cuanto le corresponde, las disposiciones legales relacionadas con el tipo de contrato, vigentes en el Ecuador.
De acuerdo con el presupuesto que se adjunta, el costo total de la consultoría es el siguiente:……………………..
El suscrito oferente acepta iniciar las negociaciones previas a la suscripción del contrato respectivo, dentro del plazo que se acordare en la notificación.
Además admite que las negociaciones no constituye un compromiso que le obliga a la entidad a suscribir el contrato.
Lugar y Fecha
(Firma y Nombre)
(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)
CONCURSO PÚBLICO CONSULTORÍA CPI-MTOP-CAF-02-12
Formulario. No. 12
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
ANEXO DE LA RESOLUCIÓN INCOP No.037-09
(sustitutiva de la Resolución INCOP No. 028-09)
FORMULARIO PARA IDENTIFICACION DEL SOCIO(S), ACCIONISTA(S) O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIO(S) DE LA PERSONA JURÍDICA OFERENTE
(en el caso de que ésta no cotice sus acciones y participaciones en bolsas de valores nacionales o extranjeras).
(A presentarse de manera obligatoria, como parte de la Oferta Técnica) NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………….
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN:……………………………………………………
CÓDIGO DEL PROCESO: ………………………………………………………………
(Fecha)
Señor
(Máxima Autoridad ENTIDAD CONTRATANTE) Presente
De mi consideración:
El que suscribe, en mi calidad de representante legal de la (compañía ) declaro bajo
juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que:
1.- Libre y voluntariamente presento la información que detallo más adelante, para fines única y exclusivamente relacionados con el presente proceso de contratación;
2.- Garantizo la veracidad y exactitud de la información; y, autorizo a la Entidad Contratante, al Instituto Nacional de Contratación Pública INCOP, o a los Órganos de Control, a efectuar averiguaciones para comprobar tal información.
3.- Acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, la Entidad Contratante:
a) Observando el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP-;
b) Descalifique a mi representada como oferente; o,
c) Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del artículo 64 de la LOSNCP, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual.
Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.
4.- Acepto que en caso de que el accionista, partícipe o socio mayoritario de mi representada esté domiciliado en un paraíso fiscal, la Entidad Contratante descalifique a mi representada
inmediatamente.
CONCURSO PÚBLICO CONSULTORÍA CPI-MTOP-CAF-02-12
5.- Me comprometo a notificar a la entidad contratante la transferencia, cesión, enajenación, bajo cualquier modalidad de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de participación, que realice la persona jurídica a la que represento. En caso de no hacerlo, acepto que la Entidad Contratante declare unilateralmente terminado el contrato respectivo.
Esta obligación será aplicable también a los partícipes de las asociaciones o consorcios, constituidos de conformidad con el artículo 26 de la LOSNCP.
TIPO DE PERSONA JURÍDICA: Compañía Anónima
ad
Compañía de Responsabilidad Limit a Compañía Mixta
Compañía en Nombre Colectivo Compañía en Comandita Simple Sociedad Civil
Corporación Fundación
Asociación o consorcio Otra
NOMBRES | NÚMERO DE CÉDULA | PORCENTAJE DE | DOMICILIO |
COMPLETOS DEL | DE IDENTIDAD, RUC O | PARTICIPACIÓN EN | FISCAL |
SOCIO(S), | IDENFICACIÓN SIMILAR | LA ESTRUCTURA DE | |
ACCIONISTA(S), | EMITIDA POR PAÍS | PROPIEDAD DE LA | |
PARTÍCIPE(S) | EXTRANJERO, DE SER | PERSONA JURIDICA | |
MAYORITARIO(S) | EL CASO | ||
NOTA: Si el socio (s), accionista (s) o partícipe (s) mayoritario (s) es una persona jurídica, de igual forma, se deberá identificar los nombres completos de todos los socio (s), accionista (s) o partícipe (s), para lo que se usará el siguiente formato:
NOMBRES COMPLETOS DEL SOCIO(S), ACCIONISTA(S), PARTÍCIPE(S) | NÚMERO DE CÉDULA DE IDENTIDAD, RUC O IDENFICACIÓN SIMILAR EMITIDA POR PAÍS EXTRANJERO, DE SER EL CASO | PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN EN LA ESTRUCTURA DE PROPIEDAD DE LA PERSONA JURIDICA | DOMICILIO FISCAL |
Atentamente,
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FIRMA EL REPRESENTANTE LEGAL
DECLARACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA JURÍDICA OFERENTE CUYAS ACCIONES SE NEGOCIAN EN BOLSAS DE VALORES NACIONALES O EXTRANJERAS
(A presentarse de manera obligatoria, como parte de la oferta técnica)
NOMBRE DEL OFERENTE: ..........................................................................
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: ............................................................
CÓDIGO DEL PROCESO: ….......……………………….............................
(Fecha)
Señor
(Máxima Autoridad Entidad Contratante) Presente
De mi consideración:
El que suscribe, en mi calidad de representante legal de la (compañía………..) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que mi representada está registrada en la (BOLSA DE VALORES NACIONAL O EXTRANJERA), desde (FECHA DE REGISTRO) hasta la actualidad, y en tal virtud sus (acciones) se cotizan en la mencionada Bolsa de Valores:
1. Garantizo la veracidad y exactitud de la información proporcionada en esta declaración, y autorizo a la entidad contratante, al Instituto Nacional de Contratación Pública INCOP, o a cualquier órgano de control competente, a efectuar las investigaciones pertinentes para comprobar tal información.
2. Además, acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, la entidad contratante:
a. Observando el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública;
b. Descalifique a mi representada como oferente; o,
c. Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del artículo 64 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual.
d. Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.
Atentamente
CONCURSO PÚBLICO CONSULTORÍA CPI-MTOP-CAF-02-12
……………………………………
FIRMA DEL REPRESENTENTA LEGAL
CONCURSO PÚBLICO CONSULTORÍA CPI-MTOP-CAF-02-12
ANEXO 1
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS SUBSECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA DEL TRANSPORTE DIRECCION DE ESTUDIOS
PROYECTO: CONSTRUCCION CARRETERA QUILOTOA CHUGCHILAN PROVINCIA: COTOPAXI
UBICACIÓN: SIGCHOS
LONGITUD: 18,64 Km
MONTO A FISCALIZAR: 7.471.857,77
PLAZO (EN MESES): PERSONAL TECNICO ING. DIRECTOR DE FISCALIZACION | CANTIDAD | 16 1 | SUELDO MES | TOTAL | ||
ING. FISCALIZADOR | 1 | |||||
ING. AYUDANTE DE FISCALIZACION | 1 | |||||
ESP. GEOTECNICO | 0,5 | |||||
ESP. HIDRAHULICO/DRENAJE | 0,5 | |||||
ING. ESTRUCTURAL | 0,5 | |||||
ESP. AMBIENTE | 0,9 | |||||
PERSONAL AUXILIAR | Sub‐total | CANTIDAD | 5,4 | SUELDO MES | TOTAL | |
TOPOGRAFO | 1 | |||||
CADENERO | 2 | |||||
INSPECTORES DE OBRA | 1 | |||||
LABORATORISTA | 1 | |||||
AYUDANTE DE LABORATORIO | 1 | |||||
SECRETARIA | 0,9 | |||||
CHOFER | 1 | |||||
CONSERJE | 1 | |||||
sub‐total | 8,9 | |||||
CARGAS SOCIALES PERSONAL TECNICO | 35% | sub‐total/mes | ||||
CARGAS SOCIALES PERSONAL AUXILIAR | 50% | sub‐total/mes |
COSTO DE FISCALIZACION: 0,00 0,00%
SUBTOTAL P. TECNICO Y AUX. Y CARGAS SOCIALES sub‐total/mes
GASTOS GENERALES DE LA CONSULTORA 10% sub‐total/mes
VIAJES Y VIATICOS PERSONAL TECNICO
CONCURSO PÚBLICO CONSULTORÍA CPI-MTOP-CAF-02-12
Números personas: 5,4
VIAJES Y VIATICOS PERSONAL TECNICO AUXIL. sub‐total/mes
Números personas: 3
sub‐total/mes
GASTOS DIRECTOS GENERALES
Muebles de oficina 1
Arriendo campamento 1
Luz, agua, teléfono 1
Dotación equipo de campo y laboratorio 1
sub‐total/mes
VEHICULOS
Camioneta 4x2 1
Mantenimiento y operación vehículos 1
Seguro vehículos 1
sub‐total/mes
COSTO ALIMENTACION PERSONAL DE CAMPO
Número de personas 8,9
sub‐total/mes
GASTOS ADICIONALES
Garantías Global
Gastos notariales Global
sub‐total/mes
COSTO TOTAL POR MES
UTILIDAD EMPRESARIAL 10%
TOTAL U.S. DOLARES MES
TOTAL GENERAL REFERENCIAL U.S. DOLARES