OBLIGACIONES DE LA CONSULTORA. En virtud de la celebración del contrato, la Consultora se obliga para con (entidad contratante) a prestar servicios de (DEFINIRÁ LA ENTIDAD CONTRATANTE) y todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del objeto de la Consultoría, de conformidad con la oferta negociada, los términos de referencia, las condiciones generales y especiales y los demás documentos contractuales.
OBLIGACIONES DE LA CONSULTORA. En virtud de la celebración del contrato, la Consultora se obliga para con (entidad contratante) a prestar servicios de (DEFINIRÁ LA ENTIDAD CONTRATANTE) y todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del objeto de la Consultoría, de conformidad con la oferta negociada, los términos de referencia, las condiciones generales y especiales y los demás documentos contractuales.
5.01.- Personal asignado al proyecto: Para el cumplimiento de los servicios de Consultoría, la Consultora ocupará durante la vigencia del contrato, al personal indicado en su oferta negociada, conforme al cronograma de actividades aprobado.
5.02.- Sustitución del personal: Dicho personal no podrá ser sustituido sin la previa autorización por escrito del Administrador del Contrato. En caso de cambio de personal, los nombres, calificación y tiempo de servicio de los profesionales que la Consultora asigne al proyecto, serán sometidos previamente a la aprobación y aceptación de la (ENTIDAD CONTRATANTE). En todo caso su calificación no podrá ser menor a la que corresponde al personal a sustituirse.
5.03.- Sustitución obligatoria del personal: A solicitud de (ENTIDAD CONTRATANTE), fundamentada en la ineficiencia comprobada del personal, la Consultora, a su costo, deberá cambiar uno o más de los profesionales asignados al proyecto, o de sus empleados o trabajadores.
5.04.- Personal adicional: En caso de que la Consultora necesite personal adicional al indicado en su oferta técnico-económica, solicitará a la (ENTIDAD CONTRATANTE) su aprobación. Igualmente para efectuar cualquier cambio en la estructura del cuadro del personal, la Consultora deberá solicitar previamente autorización del Administrador del Contrato.
OBLIGACIONES DE LA CONSULTORA. 4.1En virtud de la celebración del contrato, el/la Consultora se obliga para con (entidad contratante) a prestar servicios de (DEFINIRÁ LA ENTIDAD CONTRATANTE) y todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del objeto de la Consultoría, de conformidad con la oferta negociada, los términos de referencia, las condiciones generales y especiales y los demás documentos contractuales.
4.2 Para el cumplimiento de los servicios de consultoría, contará durante la vigencia del contrato, con el personal técnico clave señalado en su oferta negociada, conforme al cronograma de actividades aprobado. Para sustituir al personal técnico clave asignado al proyecto, solicitará la autorización previa por escrito del administrador del contrato.
4.3 En caso de que la CONTRATISTA durante la ejecución del contrato, requiera personal adicional al indicado en la oferta, solicitará a LA CONTRATANTE la aprobación correspondiente.
4.4 LA CONTRATANTE, solicitará la sustitución , a costo de la CONTRATISTA, de uno o más de los profesionales, empleados o trabajadores asignados al proyecto, fundamentada en la ineficiencia comprobada de dicho personal o en el caso de enfermedad u otra causa que le impida ejecutar personalmente su compromiso.
OBLIGACIONES DE LA CONSULTORA. La Consultora se obliga a: • Prestar servicios de consultoría para el proyecto “ESTUDIOS DEFINITIVOS ARQUITECTÓNICOS, DE INGENIERÍAS, DEL MERCADO DE TRANSFERENCIA DE VÍVERES Y MODELO DE GESTION PARA EL SISTEMA DE MERCADOS XX XXXXXX” y todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del contrato, de conformidad con los términos de referencia, las condiciones generales y específicas y los demás documentos pre - contractuales. • Realizar los informes establecidos en los pliegos los mismos que deberán ser aprobados por CAF. • Para el cumplimiento de los servicios de consultoría, contará durante la vigencia del contrato, con el personal técnico clave señalado en su oferta, conforme al cronograma de actividades aprobado. • Para sustituir personal técnico clave, asignado al proyecto, solicitará la previa autorización, por escrito, del administrador del contrato. • A solicitud de la entidad, fundamentada en la ineficiencia comprobada del personal, a su costo, deberá sustituir uno o más de los profesionales, empleados o trabajadores asignados al proyecto. • Solicitará a la entidad la aprobación correspondiente en caso de que requiera personal adicional al indicado en su oferta. • La Consultora deberá pagar los sueldos, salarios y remuneraciones a su personal, sin otros descuentos que aquellos autorizados por la ley, y en total conformidad con las leyes vigentes. Los contratos de trabajo deberán ceñirse estrictamente a las leyes laborales del Ecuador, de ser el caso de consultores nacionales. • La Consultora se comprometerá a no contratar a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la ejecución contractual; y que, en caso de que las autoridades xxx xxxx determinaren o descubrieren tal práctica, se someterá y aceptará las sanciones que de aquella puedan derivarse, incluso la terminación unilateral y anticipada del contrato, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes.
OBLIGACIONES DE LA CONSULTORA. 4.1 En virtud de la celebración del contrato, la Consultora se obliga para con la Empresa Eléctrica Pública Estratégica Corporación Nacional de Electricidad, CNEL EP Unidad de Negocio Esmeraldas a prestar los servicios del proceso Nº BID-EC- L1223-FERUM-CNELESM-DI-FI-001 “ESM - FISCALIZACION PARA LA CONSTRUCCIÓN DE REDES DE DISTRIBUCIÓN DE LAS COMUNIDADES LA PERLA - PARTIDERO, 25 DE ENERO ALTO Y RASCADERA - GD” y todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del objeto de la Consultoría, de conformidad con la oferta negociada, los términos de referencia, las condiciones generales y especiales y los demás documentos contractuales.
OBLIGACIONES DE LA CONSULTORA. Entregar los productos alcanzados al Administrador del Contrato acorde al cronograma establecido en soporte físico y digital. La consultora será la encargada de generar el informe peritaje académico que contenga los criterios mínimos establecidos en la Guía Metodológica para la presentación de Guías y Programas del CES. Realizar las actualizaciones a los proyectos xx xxxxxxx diseñados en caso de que la normativa de educación superior y sus instrumentos hayan sido actualizados o reformados antes de ser presentados ante el Consejo de Educación Superior. Proporcionar y sistematizar toda la información necesaria para el desarrollo de la consultoría. Mantener reuniones regulares con el administrador del contrato y los técnicos delegados por la Subsecretaría de Formación Técnica y Tecnológica, incluye el equipo del Proyecto de Reconversión de Institutos. Mantener informado de todas las actividades desarrolladas para la ejecución de la consultoría al Administrador del Contrato y el equipo técnico designado. Xxxxxxxxx, organizar, liderar, participar, sistematizar, analizar y contrastar los resultados de las reuniones, talleres eventos y otras actividades y fuentes de investigación que guarden relación con el objeto del contrato. Trabajar coordinadamente durante todo el proceso de ejecución de la consultoría con el administrador del contrato. La consultora realizará los cambios, ajustes, entre otros, respecto a la elaboración del proyecto xx xxxxxxx conforme a lo contratado por la Secretaría hasta que éste haya cumplido con la totalidad de sus requerimientos, de acuerdo a la aprobación xx xxxxxxx que será emitida por el Consejo de Educación Superior (CES). La consultora si fuera necesario, tendrá que exponer el proyecto a las autoridades de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación. Para el cumplimiento de los servicios de consultoría, contará durante la vigencia del contrato, con el personal técnico clave señalado en su oferta técnica, conforme al cronograma de actividades aprobado. Para sustituir personal técnico clave asignado al proyecto, solicitará la autorización previa, por escrito del Administrador del Contrato. El contratista solicitará a la entidad contratante la aprobación correspondiente en caso de que requiera personal adicional al indicado en su oferta técnica, sin que esto signifique costos adicionales para la contratante. La consultora deberá cumplir con las regulaciones para adquisiciones esta...
OBLIGACIONES DE LA CONSULTORA. En virtud de la celebración del contrato, la Consultora se obliga para con EL CONTRATANTE a realizar LAACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA PARROQUIA CONONACO DEL CANTON AGUARICO, y todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del objeto de la Consultoría, de conformidad con la oferta negociada, los términos de referencia, las condiciones generales y especiales y los demás documentos contractuales.
OBLIGACIONES DE LA CONSULTORA. En virtud de la celebración del contrato, la Consultora se obliga con el Instituto Oceanográfico y Antártico de la Armada, prestar los servicios para elaborar LA PROPUESTA DE PRESENTACIÓN PARCIAL DE INFORMACIÓN Y DATOS DEL LÍMITE EXTERIOR DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL ECUATORIANA EN EL FLANCO SUR DE LA CORDILLERA SUBMARINA XX XXXXXXXX, MÁS ALLÁ DE LAS 200 MILLAS MARINAS, QUE REALIZARÁ EL ESTADO ECUATORIANO ANTE LA COMISIÓN DE LÍMITES DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL, CONFORME A LA PARTE VI Y EL ANEXO II DE LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR, EN EL MARCO DEL PROYECTO SUTPLA I, y todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del objeto de la Consultoría, de conformidad con la oferta negociada, los términos de referencia, las condiciones generales y especiales y los demás documentos contractuales.
OBLIGACIONES DE LA CONSULTORA. En virtud de la celebración del contrato, la Consultora se obliga para con EL Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda a prestar servicios de FISCALIZACIÓN DE LA CONSTRUCCION DE 216 VIVIENDAS NUEVAS E INFRAESTRUCTURA DEL PROYECTO DE REASENTAMIENTO EL BEJUCO, PARROQUIA SANTA XXXX, CANTON CHONE, PROVINCIA DE MANABI”, y todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del objeto de la Consultoría, de conformidad con la oferta negociada, los términos de referencia, las condiciones generales y especiales y los demás documentos contractuales.
OBLIGACIONES DE LA CONSULTORA. En virtud de la celebración del contrato, la Consultora se obliga para con la EERSSA a prestar servicios de Fiscalización del reforzamiento de redes de baja tensión y restitución de medidores en la provincia xx Xxxx, Etapa 4, todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del objeto de la Consultoría, de conformidad con la oferta negociada, los términos de referencia, las condiciones generales y especiales y los demás documentos contractuales.