QUE RIGE EL CONTRATO DE SUMINISTRO DE UN PUENTE GRÚA BIRRAIL, INFRAESTRUCTURA ANEXA Y DOS MECANISMOS DE ELEVACIÓN MANUAL PARA EL TALLER DEL LABORATORIO DE LUZ DE SINCROTRÓN ALBA
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
QUE RIGE EL CONTRATO DE SUMINISTRO DE UN PUENTE GRÚA BIRRAIL, INFRAESTRUCTURA ANEXA Y DOS MECANISMOS DE ELEVACIÓN MANUAL PARA EL TALLER DEL LABORATORIO DE LUZ DE SINCROTRÓN ALBA
Expediente: 22/06
Tipo de contrato: Suministro Tramitación: Ordinaria
Procedimiento de adjudicación: Abierto
ÍNDICE
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES 4
I – DISPOSICIONES GENERALES 4
1. Objeto del contrato 4
2. Normas reguladoras 4
3. Aprobación del expediente, del gasto y existencia de crédito 4
4. Presupuesto de licitación 5
6. Criterios objetivos de adjudicación 5
7. Capacidad para contratar 5
8. Acreditación de solvencia económica-financiera y técnica 6
9. Garantía provisional 6
10. Garantía definitiva 7
II – CLÁUSULAS ESPECIALES DE LICITACIÓN 8
11. Forma y contenido de las solicitudes de participación 8
13. Plazo de presentación 23
14. Soluciones alternativas o variantes 24
15. Mesa de Contratación 24
16. Valoración de las solicitudes 24
17. Apertura de proposiciones 25
18. Resolución de adjudicación 26
19. Devolución de la documentación 26
III - FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 28
20. Documentación a presentar por el adjudicatario 28
21. Gastos exigibles al adjudicatario 29
22. Perfeccionamiento del contrato 29
IV – DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES 31
23. Obligaciones y derechos 31
24. Obligaciones de CELLS 34
V – EJECUCIÓN DEL CONTRATO 35
25. Programa de Trabajo 35
26. Dirección y supervisión 35
27. Riesgo y xxxxxxx 35
28. Plazo de ejecución del contrato 36
29. Condiciones de ejecución del contrato 36
30. Cesión y subcontratación 36
31. Modificación del contrato 36
32. Suspensión del contrato 37
VI – CONCLUSIÓN DEL CONTRATO 38
33. Entrega del suministro 38
34. Recepción del suministro 38
35. Plazo de garantía 39
36. Resolución del contrato 39
VII – DISPOSICIONES FINALES 41
37. Prerrogativas de CELLS 41
38. Jurisdicción competente 41
VIII - CUADRO DE CARACTERISTICAS DEL CONTRATO 42
39. Cuadro de características del contrato 43
IX – ANEXOS 44
ANEXO 1 45
ANEXO 2 46
ANEXO 3-A 47
ANEXO 3-B 48
ANEXO 4 49
ANEXO 5-A 50
ANEXO 5-B 51
ANEXO 6 52
ANEXO 7 53
ANEXO 8 54
ANEXO 9 55
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
I – DISPOSICIONES GENERALES
1. Objeto del contrato
1.1 El presente pliego tiene por objeto el contrato de suministro de un (1) puente grúa birrail, infraestructura anexa y dos (2) mecanismos de elevación manual para el taller del Laboratorio de Luz de Sincrotrón ALBA del Consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación del Laboratorio de Luz de Sincrotrón (en adelante, CELLS).
1.2 El objeto del contrato incluye el suministro, la instalación, el montaje y la puesta en marcha de un (1) puente grúa birrail, infraestructura anexa y dos (2) mecanismos de elevación manual.
1.3 Las características técnicas del suministro objeto del contrato están definidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
2. Normas reguladoras
2.1 El contrato tiene carácter administrativo y se rige por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante, TRLCAP), el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, (en adelante, RGLCAP), y la restante legislación vigente en materia de contratación pública.
2.2 Asimismo, el contrato se regirá por las condiciones expuestas en este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, y en el de Prescripciones Técnicas, que forman parte íntegra del mismo, por lo que deberán ser firmados, en prueba de conformidad por el adjudicatario, en el mismo acto de formalización del contrato.
3. Aprobación del expediente, del gasto y existencia de crédito
3.1 El presente expediente de contratación fue aprobado por el Órgano de Contratación en fecha de 13 xx xxxxx de 2006.
3.2 La aprobación del gasto fue acordada por el Órgano de Contratación en fecha de 19 xx xxxxx de 2006.
3.3 Las obligaciones económicas del contrato irán a cargo de la aplicación presupuestaria 620.0002 del presupuesto de gastos de CELLS para el año 2006.
4. Presupuesto de licitación
4.1 El presupuesto establecido para la presente licitación es de cien mil euros (100.000,00
€), IVA incluido.
4.2 Las ofertas que superen el presupuesto de licitación serán automáticamente rechazadas.
4.3 El precio del contrato incluirá el IVA y demás factores de valoración que sean de aplicación.
5. Procedimiento de adjudicación
5.1 Este contrato se adjudicará en tramitación ordinaria, por el sistema de concurso y mediante el procedimiento abierto, de conformidad con los artículos 73.2, 74.3, 85 b) y 172 c) del TRLCAP.
5.2 La propuesta de adjudicación de la Mesa de Contratación, en su caso, no crea derecho alguno a favor del empresario propuesto, que no lo adquirirá, respecto a CELLS, mientras no se le haya adjudicado el contrato por resolución del Órgano de Contratación.
5.3 La presentación de la oferta implica que el licitador acepta de manera incondicional las cláusulas del presente Xxxxxx.
6. Criterios objetivos de adjudicación
El Órgano de Contratación, de acuerdo con el artículo 86 del TRLCAP, adjudicará el contrato a la empresa que, en su conjunto, realice la oferta más ventajosa, de conformidad con los criterios de valoración establecidos en la cláusula 16, con la ponderación correspondiente, sin tener en cuenta exclusivamente el precio y sin perjuicio de declararlo desierto.
7. Capacidad para contratar
7.1 Están capacitadas para suscribir este contrato con CELLS, las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar de acuerdo con lo que se establece en el artículo 15 del TRLCAP, cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, no estén incluidas en ninguna de las prohibiciones de contratar que se recogen en el artículo 20 del mismo TRLCAP, acrediten la suficiente solvencia económica, financiera y técnica y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la realización del objeto de este contrato.
7.2 Cuando se trate de empresarios de Estados miembros de la Unión Europea tendrán que acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial, siempre que este registro sea exigido por la legislación del Estado respectivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 15.2 del TRLCAP.
7.3 Las personas físicas o jurídicas extranjeras de Estados no miembros de la Unión Europea deberán de cumplir, además, los requisitos del artículo 23 del TRLCAP.
7.4 CELLS puede contratar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de éstas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. Estos empresarios quedaran obligados solidariamente ante CELLS, y deberán presentar una declaración de compromiso de constitución de la unión temporal, en su caso, firmada por todos los empresarios implicados. Asimismo, deberán nombrar a un representante o apoderado único de la unión, con poderes suficientes para ejercitar los derechos y cumplir con las obligaciones del contrato, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. Dicho representante o apoderado único deberá cumplimentar el Anexo 1 del presente Xxxxxx.
8. Acreditación de solvencia económica-financiera y técnica
Los licitadores deberán justificar tanto la solvencia económica-financiera como la solvencia técnica, de conformidad con lo que se establece en la cláusula 11 del presente Pliego de Cláusulas Administrativas.
9. Garantía provisional
9.1 Los licitadores deberán constituir previamente, a disposición del Órgano de Contratación, una garantía provisional de dos mil euros (2.000,00 €), equivalente al 2% del presupuesto de licitación.
9.2 Esta garantía deberá constituirse mediante alguna de las siguientes formas establecidas en el artículo 35 del TRLCAP:
• Metálico, valores públicos o privados con sujeción en cada caso a las condiciones reglamentarias establecidas. El metálico, los valores o los certificados correspondientes se depositarán en la Caja General de Depósitos, en sus sucursales, en las cajas o establecimientos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades Locales en la forma y con las condiciones que reglamentariamente se establezcan.
• Mediante aval prestado en la forma y condiciones reglamentarias, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España.
• Por contrato de seguro de caución celebrado en la forma y condiciones que reglamentariamente se establezcan, con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución, debiendo entregarse el certificado del contrato al correspondiente Órgano de Contratación.
9.3 La garantía provisional responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la formalización del contrato por parte del adjudicatario.
9.4 La garantía provisional será devuelta a los interesados inmediatamente después de la adjudicación del contrato. No obstante, dicha garantía podrá ser retenida a los licitadores no adjudicatarios por el Órgano de Contratación a los efectos de lo dispuesto en el artículo 84 del TRLCAP. En todo caso, la garantía prestada por los no adjudicatarios será devuelta inmediatamente desde el momento en que se reclame su devolución por el licitador no adjudicatario.
9.5 La garantía provisional será incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 62 del RGLCAP.
9.6 Si el adjudicatario optase, en su caso, por aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva deberá ser cancelada la garantía provisional simultáneamente a la constitución de la garantía definitiva.
10. Garantía definitiva
10.1 El adjudicatario deberá constituir una garantía definitiva equivalente al 4% del importe de adjudicación de conformidad con el artículo 36.1 del TRLCAP.
10.2 El adjudicatario deberá acreditar la constitución de esta garantía en el plazo de quince (15) días naturales, contados desde la notificación de la adjudicación del contrato. Si por causas imputables al adjudicatario, éste no cumple este requisito, CELLS podrá resolver el contrato.
10.3. La garantía definitiva responderá de los conceptos detallados en artículo 43.2 del TRLCAP.
10.4 La garantía definitiva se devolverá una vez producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato, o resuelto éste sin culpa del contratista.
II – CLÁUSULAS ESPECIALES DE LICITACIÓN
11. Forma y contenido de las solicitudes de participación
11.1 Las proposiciones constarán de DOS (2) SOBRES, cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, y en forma bien visible, se indicará en el anverso de los sobres el texto literal siguiente:
• SOBRE A: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”
• SOBRE B: “DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA Y TÉCNICA”
Además, también se indicará en el anverso de cada sobre, el siguiente párrafo:
“CONTRATO DE SUMINISTRO DE UN PUENTE GRÚA BIRRAIL, INFRAESTRUCTURA ANEXA Y DOS MECANISMOS DE ELEVACIÓN MANUAL PARA EL TALLER DEL LABORATORIO DE LUZ DE SINCROTRÓN ALBA”.
Empresa o UTE a la que representa:
Razón social:
Teléfono:
Fax:
Correo electrónico:
Fecha y firma:
La solicitud de participación se deberá presentar según el modelo del Anexo 1 del presente Xxxxxx. Esta solicitud de participación no deberá introducirse en ninguno de los sobres, sino que deberá presentarse por duplicado ejemplar, en hoja independiente y de forma visible, de tal forma que CELLS pueda registrar dicha solicitud sin necesidad de abrir los mencionados sobres.
LOS SOBRES DEBERÁN INCLUIR LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
(En el interior de cada sobre, se ha de incluir una hoja que relacione su contenido, enunciado numéricamente).
11.2 SOBRE A: DOCUMENTACIÓN GENERAL
Documentación acreditativa de la capacidad para contratar:
Los documentos que se exigen deben ser originales o copias auténticas. En el interior del Sobre A se incluirá una hoja que relacione su contenido enunciado numéricamente. Léase el apartado que le corresponda según su caso particular.
11.2.1 PERSONA JURÍDICA ESPAÑOLA
11.2.1.1 Capacidad de obrar
1. Copia autenticada de la escritura de constitución de la sociedad inscrita en el Registro Mercantil y en su caso, de modificación de la sociedad debidamente inscrita en el Registro Mercantil.
2. Cuando se presente oferta conjunta de licitación constituyendo Equipo Profesional o Unión Temporal de Empresarios, cada miembro acreditará su capacidad, personalidad y representación, debiendo indicar en documento aparte los nombres y circunstancias de los que la suscriben, el porcentaje de participación de cada uno de ellos y designar a la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la representación ante CELLS.
11.2.1.2 Acreditación de la representación
1. Copia autenticada de la escritura de poder que acredite la representación debidamente validada por l’Advocacia de la Generalitat de Catalunya o por la Abogacía del Estado en el supuesto que la persona que firme la oferta lo realice en representación de la empresa.
2. Copia autenticada del Documento Nacional de Identidad (DNI), pasaporte o permiso de conducir vigente de la persona a cuyo favor se otorgó el apoderamiento o representación.
3. Los documentos de los apartados 1 y 2 anteriores deberán estar legalizados conforme al Convenio de la Haya de 1961, de 5 de octubre, de Eliminación del Requisito de la Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros y debidamente traducidos por un intérprete jurado.
11.2.1.3 Solvencia económica-financiera y técnica.
1. La justificación de la solvencia económica-financiera del empresario se acreditará mediante la declaración relativa a la cifra de negocios global de los suministros realizados por la empresa en el curso de los tres (3) años.
2. La solvencia técnica se acreditará mediante la relación de los principales suministros efectuados durante el curso de los tres (3) últimos años con relación al objeto del contrato, indicándose importe, fechas y destinatario público o privado.
11.2.1.4 Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para contratar conforme a los artículos 15 a 20 del TRLCAP
Declaración expresa de no estar incurso en las causas de incompatibilidad para contratar con la administración y de hallarse corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (con la Administración estatal, autonómica y local) y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones legales vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de este requisito se exija antes de la adjudicación respecto al adjudicatario del contrato. (Anexo 3-A).
11.2.1.5 Declaración de no haber estado sujeto a reclamación de vicios ocultos o resolución de contrato administrativo
Declaración responsable de no haber estado sujeto a ningún tipo de reclamación de vicios ocultos o a ninguna resolución de contrato administrativo por causa culpable por parte de cualquier organismo o administración pública.
11.2.2 PERSONA JURÍDICA DE LOS PAÍSES DE LA UNIÓN EUROPEA O DE LOS SIGNATARIOS DEL ACUERDO SOBRE EL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO:
11.2.2.1 Capacidad de obrar
1. Copia autenticada del documento de constitución de la sociedad.
2. Copia autenticada de la inscripción de la constitución de la sociedad en uno de los registros profesionales o comerciales a los que hace referencia el Anexo I.2 del RGLCAP.
3. Cuando se presente oferta conjunta de licitación, constituyendo Equipo Profesional o Unión Temporal de Empresarios, cada miembro acreditará su capacidad, personalidad y representación, debiendo indicar en documento aparte los nombres y circunstancias de los que la suscriben, el porcentaje de participación de cada uno de ellos y designar a la persona o entidad que durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación ante CELLS.
4. Los documentos de los apartados 1 y 2 anteriores deberán estar legalizados conforme al Convenio de la Haya de 1961, de 5 de octubre, de Eliminación del Requisito de la Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros y debidamente traducidos por un intérprete jurado.
11.2.2.2 Acreditación de la representación
1. Copia autenticada del Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte vigente de la persona firmante de la proposición.
2. Copia autenticada de la escritura de poder que acredite la representación del firmante de la proposición.
3. Los documentos de los apartados 1 y 2 anteriores deberán estar legalizados conforme al Convenio de la Haya de 1961, de 5 de octubre, de Eliminación del Requisito de la Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros y debidamente traducidos por un intérprete jurado.
11.2.2.3 Solvencia económica-financiera y técnica
1. La justificación de la solvencia económica-financiera del empresario se acreditará mediante la declaración relativa a la cifra de negocios global de los suministros realizados por la empresa en el curso de los tres (3) años.
2. La solvencia técnica se acreditará mediante la relación de los principales suministros efectuados durante el curso de los tres (3) últimos años con relación al objeto del contrato, indicándose importe, fechas y destinatario público o privado.
11.2.2.4 Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para contratar conforme a los artículos 15 a 20 del TRLCAP
Declaración expresa de no estar incurso en las causas de incompatibilidad para contratar con la administración y de hallarse corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (con la Administración estatal, autonómica y local) y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones legales vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de este requisito se exija antes de la adjudicación respecto al adjudicatario del contrato. (Anexo 3-A).
11.2.2.5 Declaración de sumisión a la jurisdicción española y renuncia a su propio fuero
Declaración de las empresas extranjeras de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas aquellas incidencias de manera directa o indirecta que puedan derivarse del contrato, con renuncia en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero de acuerdo a lo establecido en el artículo 79.2 d) del TRLCAP.
11.2.2.6 Declaración de no haber estado sujeto a reclamación de vicios ocultos o resolución de contrato administrativo
Declaración responsable de no haber estado sujeto a ningún tipo de reclamación de vicios ocultos o a ninguna resolución de contrato administrativo por causa culpable por parte de cualquier organismo o administración pública.
11.2.3 PERSONA JURÍDICA DE PAÍS AJENO A LA UNIÓN EUROPEA Y SIGNATARIO DEL ACUERDO SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO:
11.2.3.1 Capacidad de obrar
1. Copia autenticada del documento de constitución de la sociedad.
2. Informe de la Misión Diplomática Permanente en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular de España en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
3. Informe de la Misión Diplomática Permanente de España sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
4. Cuando se presente oferta conjunta de licitación, constituyendo Equipo Profesional o Unión Temporal de Empresarios, cada miembro acreditará su capacidad, personalidad y representación, debiendo indicar en documento aparte los nombres y circunstancias de los que la suscriben, el porcentaje de participación de cada uno de ellos y designar a la persona o entidad que durante la vigencia del contrato tiene que ostentar la representación ante CELLS.
5. El documento del apartado 1 deberá estar legalizado conforme al Convenio de la Haya de 1961, de 5 de octubre, de Eliminación del Requisito de la Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros y debidamente traducidos por un intérprete jurado.
11.2.3.2 Acreditación de la representación
1. Copia autenticada del Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte vigente de la persona firmante de la proposición.
2. Copia autenticada de la escritura de poder que acredite la representación del firmante de la proposición.
3. Los documentos de los apartados 1 y 2 anteriores deberán estar legalizados conforme al Convenio de la Haya de 1961, de 5 de octubre, de Eliminación del Requisito de la
Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros y debidamente traducidos por un intérprete jurado.
11.2.3.3 Solvencia económica-financiera, y técnica
1. La justificación de la solvencia económica-financiera del empresario se acreditará mediante la declaración relativa a la cifra de negocios global de los suministros realizados por la empresa en el curso de los tres (3) años.
2. La solvencia técnica se acreditará mediante la relación de los principales suministros efectuados durante el curso de los tres (3) últimos años con relación al objeto del contrato, indicándose importe, fechas y destinatario público o privado.
11.2.3.4 Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para contratar conforme a los artículos 15 a 20 del TRLCAP
Declaración expresa de no estar incurso en las causas de incompatibilidad para contratar con la administración y de hallarse corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (con la Administración estatal, autonómica y local) y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones legales vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de este requisito se exija antes de la adjudicación respecto al adjudicatario del contrato. (Anexo 3-A).
11.2.3.5 Declaración de sumisión a la jurisdicción española y renuncia a su propio xxxxx
Declaración de las empresas extranjeras de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas aquellas incidencias de manera directa o indirecta que puedan derivarse del contrato, con renuncia en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero de acuerdo a lo establecido en el artículo 79.2 d) del TRLCAP.
11.2.3.6 Declaración de no haber estado sujeto a reclamación de vicios ocultos o resolución de contrato administrativo
Declaración responsable de no haber estado sujeto a ningún tipo de reclamación de vicios ocultos o a ninguna resolución de contrato administrativo por causa culpable por parte de cualquier organismo o administración pública.
11.2.4 PERSONA JURÍDICA DE PAÍS NO COMPRENDIDO EN LOS APARTADOS ANTERIORES
11.2.4.1 Capacidad de obrar
1. Copia autenticada del documento de constitución de la sociedad.
2. Informe de la Misión Diplomática Permanente en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular de España en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
3. Informe de la Misión Diplomática Permanente de España sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
4. Informe de la representación diplomática española sobre reciprocidad de trato.
5. Cuando se presente oferta conjunta de licitación, constituyendo Equipo Profesional o Unión Temporal de Empresarios, cada miembro acreditará su capacidad, personalidad y representación, debiendo indicar en documento aparte los nombres y circunstancias de los que la suscriben, el porcentaje de participación de cada uno de ellos y designar a la persona o entidad que durante la vigencia del contrato, tiene que ostentar la representación ante CELLS.
6. El documento del apartado 1 deberá estar legalizado conforme al Convenio de la Haya de 1961, de 5 de octubre, de Eliminación del Requisito de la Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros y debidamente traducidos por un intérprete jurado.
11.2.4.2 Acreditación de la representación
1. Copia autenticada del Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte vigente de la persona firmante de la proposición.
2. Copia autenticada de la escritura de poder que acredite la representación del firmante de la proposición.
3. Los documentos de los apartados 1 y 2 anteriores deberán estar legalizados conforme al Convenio de la Haya de 1961, de 5 de octubre, de Eliminación del Requisito de la Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros y debidamente traducidos por un intérprete jurado.
11.2.4.3 Solvencia económica-financiera y técnica
1. La justificación de la solvencia económica-financiera del empresario se acreditará mediante la declaración relativa a la cifra de negocios global de los suministros realizados por la empresa en el curso de los tres (3) años.
2. La solvencia técnica se acreditará mediante la relación de los principales suministros efectuados durante el curso de los tres (3) últimos años con relación al objeto del contrato, indicándose importe, fechas y destinatario público o privado.
11.2.4.4 Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para contratar conforme a los artículos 15 a 20 del TRLCAP
Declaración expresa de no estar incurso en las causas de incompatibilidad para contratar con la administración y de hallarse corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (con la Administración estatal, autonómica y local) y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones legales vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de este requisito se exija antes de la adjudicación respecto al adjudicatario del contrato. (Anexo 3-A).
11.2.4.5 Declaración de sumisión a la jurisdicción española y renuncia a su propio xxxxx
Declaración de las empresas extranjeras de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas aquellas incidencias de manera directa o indirecta que puedan derivarse del contrato, con renuncia en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero de acuerdo a lo establecido en el artículo 79.2 d) del TRLCAP.
11.2.4.6 Declaración de no haber estado sujeto a reclamación de vicios ocultos o resolución de contrato administrativo
Declaración responsable de no haber estado sujeto a ningún tipo de reclamación de vicios ocultos o a ninguna resolución de contrato administrativo por causa culpable por parte de cualquier organismo o administración pública.
11.2.5 PERSONA FÍSICA ESPAÑOLA
11.2.5.1 Capacidad de obrar
Copia autenticada del Documento Nacional de Identidad (DNI), pasaporte o permiso de conducir vigente del empresario.
11.2.5.2 Acreditación de la representación
1. Copia autenticada del Documento Nacional de Identidad (DNI), pasaporte o permiso de conducir vigente de la persona firmante de la oferta.
2. Copia autenticada de la escritura de poder que acredite la representación del firmante de la proposición validada por l’Advocacia de la Generalitat de Catalunya o de la Abogacía del Estado.
11.2.5.3 Solvencia económica-financiera y técnica
1. La justificación de la solvencia económica-financiera del empresario se acreditará mediante la declaración relativa a la cifra de negocios global de los suministros realizados por la empresa en el curso de los tres (3) años.
2. La solvencia técnica se acreditará mediante la relación de los principales suministros efectuados durante el curso de los tres (3) últimos años con relación al objeto del contrato, indicándose importe, fechas y destinatario público o privado.
11.2.5.4 Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para contratar conforme a los artículos 15 a 20 del TRLCAP
Declaración expresa de no estar incurso en las causas de incompatibilidad para contratar con la administración y de hallarse corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (con la Administración estatal, autonómica y local) y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones legales vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de este requisito se exija antes de la adjudicación respecto al adjudicatario del contrato. (Anexo 3-B).
11.2.5.5 Declaración de no haber estado sujeto a reclamación de vicios ocultos o resolución de contrato administrativo
Declaración responsable de no haber estado sujeto a ningún tipo de reclamación de vicios ocultos o a ninguna resolución de contrato administrativo por causa culpable por parte de cualquier organismo o administración pública.
11.2.6 PERSONA FÍSICA DE LOS PAÍSES DE LA UNIÓN EUROPEA O SIGNATARIOS DEL ACUERDO SOBRE EL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO
11.2.6.1 Capacidad de obrar
1. Copia autentificada del Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte del empresario.
2. Copia autenticada de la inscripción de la constitución de la sociedad en uno de los registros profesionales o comerciales a los que hace referencia el Anexo I.2 del RGLCAP.
3. Los documentos de los apartados 1 y 2 anteriores deberán estar legalizados conforme al Convenio de la Haya de 1961, de 5 de octubre, de Eliminación del Requisito de la Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros y debidamente traducidos por un intérprete jurado.
11.2.6.2 Acreditación de la representación
1. Copia autenticada del Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte vigente de la persona firmante de la proposición.
2. Copia autenticada de la escritura de poder que acredite la representación del firmante de la proposición.
3. Los documentos de los apartados 1 y 2 anteriores deberá estar legalizados conforme al Convenio de la Haya de 1961, de 5 de octubre, de Eliminación del Requisito de la Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros y debidamente traducidos por un intérprete jurado.
11.2.6.3 Solvencia económica-financiera y técnica
1. La justificación de la solvencia económica-financiera del empresario se acreditará mediante la declaración relativa a la cifra de negocios global de los suministros realizados por la empresa en el curso de los tres (3) años.
2. La solvencia técnica se acreditará mediante la relación de los principales suministros efectuados durante el curso de los tres (3) últimos años con relación al objeto del contrato, indicándose importe, fechas y destinatario público o privado.
11.2.6.4 Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para contratar conforme a los artículos 15 a 20 del TRLCAP
Declaración expresa de no estar incurso en las causas de incompatibilidad para contratar con la administración y de hallarse corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (con la Administración estatal, autonómica y local) y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones legales vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de este requisito se exija antes de la adjudicación respecto al adjudicatario del contrato. (Anexo 3-B).
11.2.6.5 Declaración de sumisión a la jurisdicción española y renuncia a su propio xxxxx
Declaración de las empresas extranjeras de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas aquellas incidencias de manera directa o indirecta que puedan derivarse del contrato, con renuncia en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero de acuerdo a lo establecido en el artículo 79.2 d) del TRLCAP.
11.2.6.6 Declaración de no haber estado sujeto a reclamación de vicios ocultos o resolución de contrato administrativo
Declaración responsable de no haber estado sujeto a ningún tipo de reclamación de vicios ocultos o a ninguna resolución de contrato administrativo por causa culpable por parte de cualquier organismo o administración pública.
11.2.7 PERSONA FÍSICA DE PAÍS AJENO A LA UNIÓN EUROPEA Y SIGNATARIO DEL ACUERDO SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO
11.2.7.1 Capacidad de obrar
1. Copia autenticada del Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte del empresario.
2. Informe de la Misión Diplomática Permanente en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular de España en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
3. Informe de la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio.
4. El documento del apartado 1 deberá estar legalizado conforme al Convenio de la Haya de 1961, de 5 de octubre, de Eliminación del Requisito de la Legalización de los documentos públicos extranjeros y debidamente traducidos por un intérprete jurado.
11.2.7.2 Acreditación de la representación
1. Copia autenticada del Documento Nacional de Identidad (DNI), o pasaporte vigente de la persona firmante de la proposición.
2. Copia autenticada de la escritura de poder que acredite la representación del firmante de la proposición.
3. Los documentos de los apartados 1 y 2 anteriores deberán estar legalizados conforme al Convenio de la Haya de 1961, de 5 de octubre, de Eliminación del Requisito de la Legalización de los documentos públicos extranjeros y debidamente traducidos por un intérprete jurado.
11.2.7.3 Solvencia económica-financiera y técnica
1. La justificación de la solvencia económica-financiera del empresario se acreditará mediante la declaración relativa a la cifra de negocios global de los suministros realizados por la empresa en el curso de los tres (3) años.
2. La solvencia técnica se acreditará mediante la relación de los principales suministros efectuados durante el curso de los tres (3) últimos años con relación al objeto del contrato, indicándose importe, fechas y destinatario público o privado.
11.2.7.4 Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para contratar conforme a los artículos 15 a 20 del TRLCAP
Declaración expresa de no estar incurso en las causas de incompatibilidad para contratar con la administración y de hallarse corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (con la Administración estatal, autonómica y local) y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones legales vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de este requisito se exija antes de la adjudicación respecto al adjudicatario del contrato. (Anexo 3-B).
11.2.7.5 Declaración de sumisión a la jurisdicción española y renuncia a su propio xxxxx
Declaración de las empresas extranjeras de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas aquellas incidencias de manera directa o indirecta que puedan derivarse del contrato, con renuncia en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero de acuerdo a lo establecido en el artículo 79.2 d) del TRLCAP.
11.2.7.6 Declaración de no haber estado sujeto a reclamación de vicios ocultos o resolución de contrato administrativo
Declaración responsable de no haber estado sujeto a ningún tipo de reclamación de vicios ocultos o a ninguna resolución de contrato administrativo por causa culpable por parte de cualquier organismo o administración pública.
11.2.8 PERSONA FÍSICA DE PAÍS NO COMPRENDIDO EN LOS APARTADOS ANTERIORES
11.2.8.1 Capacidad de obrar
1. Copia autenticada del Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte vigente.
2. Informe de la Misión Diplomática Permanente en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular de España en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
3. Informe de la Misión Diplomática Permanente de España sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
4. Informe de la representación diplomática española sobre reciprocidad de trato.
5. El documento del apartado 1 deberá estar legalizado conforme al Convenio de la Haya de 1961, de 5 de octubre, de Eliminación del Requisito de la Legalización de los documentos públicos extranjeros y debidamente traducidos por un intérprete jurado.
11.2.8.2 Acreditación de la representación
1. Copia autenticada del Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte vigente de la persona firmante de la proposición.
2. Copia autenticada de la escritura de poder que acredite la representación del firmante de la proposición.
3. Los documentos de los apartados 1 y 2 anteriores deberán estar legalizados conforme al Convenio de la Haya de 1961, de 5 de octubre, de Eliminación del Requisito de la Legalización de los documentos públicos extranjeros y debidamente traducidos por un intérprete jurado.
11.2.8.3 Solvencia económica-financiera y técnica
1. La justificación de la solvencia económica-financiera del empresario se acreditará mediante la declaración relativa a la cifra de negocios global de los suministros realizados por la empresa en el curso de los tres (3) años.
2. La solvencia técnica se acreditará mediante la relación de los principales suministros efectuados durante el curso de los tres (3) últimos años con relación al objeto del contrato, indicándose importe, fechas y destinatario público o privado.
11.2.8.4 Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para contratar conforme a los artículos 15 a 20 del TRLCAP
Declaración expresa de no estar incurso en las causas de incompatibilidad para contratar con la administración y de hallarse corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (con la Administración estatal, autonómica y local) y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones legales vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de este requisito se exija antes de la adjudicación respecto al adjudicatario del contrato. (Anexo 3-B).
11.2.8.5 Declaración de sumisión a la jurisdicción española y renuncia a su propio xxxxx
Declaración de las empresas extranjeras de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas aquellas incidencias de manera directa o indirecta que puedan derivarse del contrato, con renuncia en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero de acuerdo a lo establecido en el artículo 79.2 d) del TRLCAP.
11.2.8.6 Declaración de no haber estado sujeto a reclamación de vicios ocultos o resolución de contrato administrativo
Declaración responsable de no haber estado sujeto a ningún tipo de reclamación de vicios ocultos o a ninguna resolución de contrato administrativo por causa culpable por parte de cualquier organismo o administración pública.
11.3 DECLARACIÓN SUSTITUTIVA DE LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN FIRMADA POR EL REPRESENTANTE DE LA EMPRESA
11.3.1 Los licitadores que previamente ya hayan participado en otros procedimientos de licitación convocados por CELLS podrán sustituir la presentación de la documentación acreditativa de la capacidad de obrar y de la representación por una declaración en la que se hará constar que dichos documentos, que ya se hallan en poder de CELLS, acreditan adecuadamente estos extremos y no han sufrido alteración alguna de contenido. La presente declaración deberá presentarse dentro del "SOBRE A". (Anexo 5-A)
11.3.2 En aquellos casos del apartado anterior en el que alguno de los documentos acreditativos de la capacidad de obrar y de la representación, obrantes en poder de CELLS haya variado, se podrá presentar la misma declaración descrita en el párrafo anterior, acompañada del documento que debe tenerse por modificado y designando claramente cuál de los existentes en los archivos de CELLS debe dejarse sin efecto. Dicha declaración, junto con el documento sustitutivo, deberá presentarse dentro del sobre A. (Anexo 5-B).
11.4 Sobre B: DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA Y TÉCNICA
La siguiente documentación se deberá presentar dentro del SOBRE B que deberá estar debidamente ordenada y enunciada numéricamente:
11.4.1 Oferta económica
11.4.1.1 La oferta económica se ajustará al modelo del Anexo 2 de este pliego, incluyendo original y copia.
11.4.1.2 El importe de la oferta económica incluirá todos los factores de valoración e impuestos que se originen en razón del contrato con mención expresa del IVA.
11.4.1.3 No se aceptarán las ofertas que tengan omisiones, enmiendas o errores que impidan conocer claramente lo que se considera fundamental para valorarla. En el supuesto de que exista discrepancia entre la cantidad expresada en letra y en cifra, prevalecerá la consignada en letra, salvo que de los documentos que componen la proposición se desprenda otra cosa.
11.4.2 Documentación técnica
11.4.2.1 Propuesta técnica
El licitador deberá presentar una propuesta técnica del suministro objeto del contrato conforme a lo dispuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
11.4.2.2 Propuesta de mejoras
El licitador podrá proponer mejoras relativas al suministro. Las mejoras deberán estar justificadas técnicamente. Asimismo, se deberá indicar desglosado del precio ofertado el importe a que asciende dichas mejoras. En ningún caso, ambas cifras sumadas deberán exceder del presupuesto de licitación.
11.4.2.3 Propuesta de programa de mantenimiento
El licitador deberá presentar una propuesta de programa de mantenimiento del suministro, especificando los costes a que asciende dicho mantenimiento.
11.4.2.4 Plazo de garantía
El plazo de garantía será mínimo de un (1) año. CELLS valorará aquellas propuestas que amplíen el plazo de garantía que establece el Pliego.
11.4.2.5 Certificados de calidad
El licitador podrá presentar los siguientes certificados de calidad aplicables al objeto del presente contrato: ISO 9001 e ISO 14001.
12. Idioma de redacción de los documentos
La documentación se deberá presentar en cualquiera de las dos lenguas oficiales – castellano x xxxxxxx-.
00. Plazo de presentación
13.1 Las proposiciones deberán presentarse antes de las 13:00 horas del día 17 xx xxxxxx de 2006.
13.2 El lugar de presentación de las solicitudes será las dependencias de CELLS: División de Administración – Registro
Edifici C (Facultat de Ciències) Mòdul C3
Campus Universitari de Bellaterra Universitat Autònoma de Barcelona
08193 Bellaterra-Cerdanyola xxx Xxxxxx (Barcelona) España
13.3 El registro de CELLS permanecerá abierto de 9,00 horas a 13,00 horas, de lunes a viernes.
13.4 Las proposiciones se podrán enviar por correo de acuerdo con lo que establece el artículo 80.4 del RGLCAP, o en su caso por mensajería privada. El licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos o de entrega del envío a través de mensajería privada. En ambos casos, el licitador deberá comunicar en el mismo día al Órgano de Contratación la justificación de la fecha del envío mediante fax al número (x00) 00 000 00 00, telegrama o por correo electrónico a la dirección xxxx.xxxxxxxxx@xxxxx.xx
13.5 Sin la concurrencia de ambos requisitos (justificación de la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos o de entrega en la mensajería privada, y la comunicación en el mismo día al Órgano de Contratación) no será admitida la proposición, si se recibe por el Órgano de Contratación con posterioridad a la finalización del plazo señalado en el anuncio.
13.6 Transcurridos diez (10) días naturales contados a partir de la fecha límite de presentación indicada en el apartado 13.1, sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
13.7 Las proposiciones presentadas fuera de plazo no serán admitidas bajo ningún concepto.
13.8 No se admitirá ninguna proposición que no cumpla estrictamente lo determinado anteriormente.
14. Soluciones alternativas o variantes
Sólo se puede presentar una única proposición, pudiendo los licitadores ofrecer variantes que representen mejoras sobre las condiciones determinadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas. En ningún caso podrán presentar variantes que no cumplan como mínimo los requisitos establecidos en el mencionado Pliego. Las mejoras deberán identificarse claramente en hoja independiente dentro del Sobre B.
15. Mesa de Contratación
Para la adjudicación del contrato, de acuerdo con el artículo 88 del TRLCAP, se constituye una Mesa de Contratación, que elevará al Órgano de Contratación una propuesta de adjudicación de conformidad con lo estipulado en el apartado 17.5 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas. Asimismo, la Mesa de Contratación podrá proponer declarar desierto el concurso.
16. Valoración de las solicitudes
Las solicitudes serán valoradas por la Mesa de Contratación de conformidad con los siguientes criterios:
16.1 Oferta económica
16.1.1 La valoración económica, en su conjunto, ponderará el 70 % de la puntuación total. En el Anexo 4 se establece la fórmula para asignar la puntuación correspondiente a cada oferta.
Valoración de la oferta económica | PUNTOS |
Oferta económica | 70 |
16.1.2 Se considerarán, en principio, desproporcionadas o temerarias las ofertas superiores o inferiores en más de un 20 % del precio medio de las ofertas recibidas consideradas “suficientes”. Las ofertas económicas consideradas “insuficientes” serán excluidas del concurso.
16.1.3 Para la valoración de las ofertas desproporcionadas, la Mesa de Contratación podrá considerar la relación entre la solvencia de la empresa y la oferta presentada.
16.2 Documentación técnica
16.2.1 La valoración técnica ponderará el 30% de la puntuación total y se valorará dentro del rango de 0 hasta la puntuación máxima asignada para cada criterio. En el Anexo 4 se establece la ponderación de los criterios de valoración.
Valoración de la documentación técnica | PUNTOS |
Propuesta técnica | 15 |
Propuesta de mejoras | 07 |
Propuesta de programa de mantenimiento | 03 |
Plazo de garantía | 03 |
Certificados de calidad | 02 |
16.2.2 Para ser adjudicatario del contrato se deberá obtener una puntuación igual o superior a 40 puntos.
17. Apertura de proposiciones
17.1 Finalizado el plazo de presentación de ofertas la Mesa de Contratación procederá a la apertura de los sobres A, “Documentación general”, a los efectos de calificar la documentación presentada por los concursantes. A continuación, en el lugar y hora expresados en el anuncio de la convocatoria del concurso, se abrirá en acto público el Sobre B, “Documentación económica y técnica”.
17.2 Previamente a la apertura del Sobre B, la Mesa de Contratación relacionará las ofertas presentadas, las admitidas y las que tengan algún defecto subsanable, otorgando a los licitadores afectados un plazo no superior a los tres (3) días hábiles para su enmienda. Por último, relacionará las excluidas señalando el motivo que haya dado lugar a la exclusión. Asimismo, podrá solicitar aclaraciones sobre los certificados y demás documentación presentada o solicitar la presentación de otros documentos complementarios, en este caso se especificará el plazo máximo en que debe ser aportada dicha documentación.
17.3 En el lugar y hora expresados en el anuncio de la convocatoria, la Mesa de Contratación procederá, en acto público, a la apertura del Sobre B:
17.3.1 Se dará lectura del anuncio del contrato y seguidamente se procederá al recuento de las proposiciones presentadas y a su confrontación con los datos que figuran en los Certificados expedidos por el responsable del Registro General.
17.3.2 El Presidente manifestará el resultado de la comprobación de los documentos presentados en el Sobre A, e indicará las proposiciones admitidas y las
rechazadas, así como de las causas de inadmisión de las mismas. Leído el Sobre B se levantará la sesión del acto público.
17.4 La Mesa de Contratación, en aplicación de los criterios objetivos de adjudicación señalados en la cláusula 16, dictará resolución proponiendo al Órgano de Contratación la adjudicación del contrato y elevará al citado órgano la siguiente documentación:
• Las proposiciones presentadas y documentación complementaria de los concursantes admitidos y excluidos;
• El acta de las sesiones celebradas por la Mesa de este concurso;
• Los informes jurídicos, técnicos y económicos que se hayan realizado.
17.5 El Órgano de Contratación, a la vista de la documentación citada en el apartado anterior, podrá adoptar alguna de las siguientes resoluciones:
• Adjudicar definitivamente la contratación al licitador que ofrece la proposición más favorable, sin atenerse únicamente al valor económico de la misma. A estos efectos, se aplicarán los criterios de valoración determinados en la cláusula 16;
• Declarar desierto el concurso;
• Anular las actuaciones de la Mesa, retrotrayéndolas al momento en que se hubiese incurrido en defecto de forma que las vicie de nulidad.
18. Resolución de adjudicación
18.1 La resolución de adjudicación del contrato por el Órgano de Contratación se dictará en el plazo máximo de tres (3) meses a contar desde la apertura de las proposiciones, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 89 del TRLCAP.
18.2 El Órgano de Contratación resolverá de forma motivada teniendo en cuenta la propuesta de adjudicación de la Mesa de Contratación.
18.3 La citada resolución será notificada directamente al adjudicatario y a todos los participantes de la licitación y publicada de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 93.2 del TRLCAP, 76 y 77 del RGLCAP.
19. Devolución de la documentación
19.1 La documentación presentada por los licitadores que no hayan resultado adjudicatarios, a excepción de la documentación administrativa del Sobre A y de la oferta económica, podrá ser retirada transcurridos seis (6) meses a partir del día siguiente de la notificación de adjudicación a los licitadores, y durante el plazo de treinta (30) días naturales salvo que CELLS considere oportuno retenerla en el supuesto de que se hayan interpuesto reclamaciones o recursos, o exista alguna incidencia administrativa.
19.2 Transcurrido el plazo para retirar la documentación, CELLS podrá disponer libremente de su uso, quedando exenta de toda responsabilidad sobre la misma.
III - FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
20. Documentación a presentar por el adjudicatario
20.1 Para adjudicar el contrato, la empresa que sea propuesta como adjudicataria deberá presentar en el plazo máximo de los quince (15) días naturales siguientes a la notificación de la adjudicación, la siguiente documentación:
20.1.1 Las empresas con razón social en España, certificados de los órganos competentes acreditando que la empresa se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Generalitat de Catalunya y de las cotizaciones a la Seguridad Social.
20.1.2 Asimismo, estas empresas deberán presentar copia del último recibo del Impuesto de Actividades Económicas, donde conste el epígrafe correspondiente a la actividad objeto del contrato, y acompañado de una declaración de no haberse dado de baja en la matrícula del impuesto.
En el supuesto de que la empresa propuesta como adjudicataria se encuentre en alguno de los supuestos de exención del IAE, deberá acreditar que se haya en situación legal de exención mediante alguno de los supuestos establecidos en el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
20.1.3 Para aquellos que hayan concurrido con una oferta conjunta de licitación, escritura pública de constitución de la unión temporal, debidamente validada, en la cual conste el nombramiento del representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y poder cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta su extinción.
20.1.4 Resguardo del depósito de la garantía definitiva equivalente al 4% del importe adjudicado que se constituirá mediante alguna de las siguientes fórmulas previstas:
• Metálico, valores públicos o privados con sujeción en cada caso a las condiciones reglamentarias establecidas. El metálico, los valores o los certificados correspondientes se depositarán en la Caja General de Depósitos, en sus sucursales, en las cajas o establecimientos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades Locales en la forma y con las condiciones que reglamentariamente se establezcan.
• Mediante aval prestado en la forma y condiciones reglamentarias, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España.
• Por contrato de seguro de caución celebrado en la forma y condiciones que reglamentariamente se establezcan, con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución, debiendo entregarse el certificado del contrato al correspondiente órgano de contratación.
20.1.5 Copia autentificada de la póliza del seguro de responsabilidad civil y copia autentificada del último recibo en el que conste el pago de la prima, de conformidad con la cláusula 23.8 xxx Xxxxxx.
20.1.6 Resguardo acreditativo del pago a favor de CELLS de los anuncios de licitación.
21. Gastos exigibles al adjudicatario
21.1 Son a cargo del adjudicatario los gastos derivados de la formalización del contrato; los costes de personal, material, vehículos, amortizaciones, transporte, instalaciones, seguros sociales que le correspondan, los que se requieran para obtener autorizaciones, documentos, o cualquier información de organismos oficiales o particulares; los impuestos, tasas, compensaciones y demás gravámenes o gastos que puedan ser aplicables según las disposiciones vigentes, en la forma y cuantía que estas señalen, así como cualquier otro gasto necesario para la realización del contrato.
21.2 Asimismo, corresponden al adjudicatario los gastos derivados de los anuncios de licitación cuyo importe máximo a liquidar queda fijado en tres mil euros (3.000,00 €).
22. Perfeccionamiento del contrato
21.1 El contrato se perfecciona mediante la adjudicación realizada por el Órgano de Contratación y se ejecutará con sujeción a las cláusulas del presente Pliego y a las del de Prescripciones Técnicas y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere el CELLS al contratista.
21.2 No se podrá iniciar la ejecución del contrato sin su previa formalización.
21.3 El adjudicatario deberá firmar el contrato en el plazo máximo de treinta (30) días naturales, a partir del día siguiente a la notificación de la adjudicación. Con anterioridad, el adjudicatario deberá haber presentado la documentación requerida en la cláusula 20 del presente Xxxxxx.
21.4 El contrato se ajustará al contenido de este Pliego, y se formalizará en el documento administrativo de acuerdo con lo previsto en el artículo 54 del TRLCAP. En el caso que el adjudicatario solicite la formalización del contrato en escritura pública, serán a su xxxxx los gastos que se deriven.
21.5 El presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas formarán parte íntegra del contrato.
21.6 Cuando por causas imputables al adjudicatario no se pueda formalizar el contrato, CELLS podrá acordar la resolución del mismo, tras conceder audiencia previa al interesado, y en el caso de que éste formule oposición, será trámite necesario informe de la Comissió Jurídica Assessora de la Generalitat de Catalunya.
IV – DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
23. Obligaciones y derechos
23.1 Obligaciones laborales
El contratista está obligado al cumplimiento, bajo su responsabilidad, de las disposiciones vigentes en materia laboral, seguridad social, y cualquiera otras aplicables, especialmente las que se derivan de la legislación sobre riesgos laborales.
23.2 Deber de confidencialidad
23.2.1 El contratista deberá mantener la confidencialidad de los datos o antecedentes que estén relacionados con el objeto del contrato y de los que tenga conocimiento en razón de su ejecución.
23.2.2 El contratista no podrá utilizar para sí ni proporcionar a terceros ningún dato relacionado con los trabajos contratados, ni publicar total o parcialmente, el contenido de los mismos sin autorización expresa por CELLS. Asimismo, el contratista adquiere igualmente el compromiso de custodia fiel de la documentación entregada para la realización del trabajo y la obligación de que ésta en ningún caso se divulga a terceros.
23.2.3 La infracción de estos deberes por el contratista generará además de responsabilidad contractual, la responsabilidad de índole civil, penal o administrativa que corresponda con arreglo a la legislación vigente.
23.3 Cumplimiento de plazos y penalidades por demora
23.3.1 El adjudicatario deberá llevar a cabo el suministro en el tiempo y lugar establecido en la cláusula 33 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas y de acuerdo con el Pliego de Prescripciones Técnicas.
23.3.2 Si, finalizado el plazo, el contratista ha incurrido en demora por causas que le sean imputables, CELLS podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades establecidas en el artículo 95 del TRLCAP, sin que sea necesaria la intimación previa de la xxxx.
23.3.3 CELLS dispondrá de los mismos privilegios, cuando razonablemente presuma que como consecuencia de la demora, el contratista no pueda finalizar el plazo de entrega de una fase o el plazo total de entrega.
23.3.4 El importe de las penalidades no excluye la indemnización de daños y perjuicios que pueda tener derecho CELLS, originados por la demora del contratista. CELLS podrá retener la garantía definitiva con el objeto de asegurar el cumplimiento de las penalidades impuestas al contratista cuando éstas no puedan deducirse del pago.
23.4 Responsabilidad
23.4.1 Las responsabilidades en la entrega y recepción del suministro serán las previstas en el artículo 185 del TRLCAP
23.4.2 El contratista será responsable de la calidad de los bienes que entregue así como de las consecuencias que se deduzcan para CELLS o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
23.4.3 El contratista será responsable del diseño final, de los métodos de producción y del correcto suministro, con independencia de si éstos hubieran sido escogidos por el contratista o en su caso, sugeridos por CELLS.
23.5 Indemnización por daños y perjuicios
23.5.1 La responsabilidad del contratista se exigirá de acuerdo con el artículo 97 del TRLCAP.
23.5.2 El contratista estará obligado a indemnizar a CELLS por los daños y perjuicios que CELLS sufra como consecuencia de un incumplimiento contractual imputable al contratista, siempre que exista un nexo causal entre su acción u omisión o el hecho que le sea imputable, y el daño o perjuicio causado.
23.5.3 El contratista no deberá responder en los supuestos de fuerza mayor u otro impedimento que sea imprevisible o inevitable.
23.5.4 El contratista será responsable directa e indirectamente de los trabajos realizados por sus colaboradores y subcontratistas, ejecutará el contrato a su riesgo y xxxxxxx, y estará obligado a indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, excepto en el supuesto de que los daños sean ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de CELLS, de conformidad con el artículo 115 del TRLCAP.
23.6 Propiedad Intelectual e Industrial
23.6.1 El contratista cede gratuitamente y con carácter exclusivo a CELLS los derechos de explotación de los trabajos desarrollados al amparo de este contrato, sin limitación de tiempo ni de ámbito territorial. La firma del contrato supondrá, entre otros, la formalización de la mencionada cesión.
23.6.2 La documentación generada durante la ejecución del contrato es propiedad exclusiva de CELLS, sin que el contratista pueda facilitarla a terceros sin el previo consentimiento de CELLS.
23.6.3 El contratista deberá obtener las cesiones, permisos y autorizaciones necesarias de sus respectivos titulares para utilizar tecnología, procedimientos, materiales, equipos utilizados en la realización de los trabajos contratados, así como cualquier derecho de propiedad intelectual e industrial. Asimismo, será responsable de las reclamaciones y deberá mantener indemne a CELLS de los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la formulación de las reclamaciones.
23.7 Equipo y organización
23.7.1 El contratista aportará el equipo y medios auxiliares que sean precisos para la buena ejecución del suministro dentro de los plazos parciales y total convenidos.
23.7.2 CELLS podrá exigir la sustitución de cualquier técnico o persona que no desarrolle correctamente los trabajos sin que el ejercicio o no de esta facultad exima al contratista de ejecutar el objeto del contrato.
23.7.3 El contratista no podrá remplazar al personal propuesto en la oferta sin la previa aprobación expresa de CELLS. En el supuesto que decidiera sustituir a algún técnico y/o personal detallado en la oferta, deberá comunicar por escrito este extremo a CELLS a fin de que éste proceda a su aprobación.
23.8 Seguros
23.8.1 El contratista deberá acreditar con anterioridad a la firma del presente contrato, los seguros obligatorios y el de responsabilidad civil por daños a terceros –tanto a personas como a cosas-. Dichos seguros deberán tener cobertura durante el período de ejecución del contrato. Se considerará cumplida esta obligación cuando el adjudicatario acredite el seguro de responsabilidad civil antes de la firma del presente contrato. Las primas de las pólizas irán a cargo del contratista.
23.8.2 El contratista deberá presentar a CELLS antes de firmar el contrato:
• Justificación de haber concertado el seguro así como el pago de la prima mediante presentación del último recibo. El incumplimiento de esta obligación será causa de resolución del contrato.
• Declaración de compromiso de renovación anual del seguro de responsabilidad civil.
23.8.3 El contratista deberá presentar a CELLS, cuando se produzca la recepción del suministro, la vigencia de la póliza hasta la finalización del plazo de garantía del suministro y acreditar el abono de la prima.
24. Obligaciones de CELLS
24.1 Pago del precio
24.1.1 El Jefe de la División de Ingeniería de CELLS deberá certificar por escrito la aceptación del bien recibido con carácter previo al pago del suministro.
24.1.2 El contratista tendrá derecho al abono del precio del suministro efectivamente entregado y formalmente recibido por CELLS con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato.
24.1.3 El pago del precio se abonará por mensualidad vencida, el día diez (10) del mes siguiente, transcurridos treinta (30) días desde la fecha de la conformidad de la factura.
24.2 Revisión de precios
El precio establecido para la presente contratación no podrá ser objeto de revisión puesto que ya se han calculado todos los posibles incrementos y/o variaciones de los precios durante todo el período en que se va a desarrollar el presente contrato. El precio incluye todos los conceptos inherentes a este suministro, los gastos que deriven de su realización, y en consecuencia, no podrá repercutirse cantidad adicional alguna hasta la finalización del presente contrato.
V – EJECUCIÓN DEL CONTRATO
25. Programa de Trabajo
25.1 El contratista deberá presentar en el plazo máximo de dos (2) semanas a partir de la formalización del contrato el programa de trabajo que deberá ser aprobado por el Jefe de la División de Ingeniería de CELLS, o personal delegado a tal efecto. En él se recogerá el programa total para su realización, se detallará las fases precisas, así como los plazos parciales de entrega de cada fase sujeta a aprobación por parte del Jefe de la División de Ingeniería de CELLS.
25.2 El Jefe de la División de Ingeniería de CELLS, o su personal delegado, resolverá sobre el mismo, y podrá imponer al programa de trabajo presentado por el contratista, la introducción de modificaciones, ampliaciones, y el grado de definición que estime necesario para su cumplimiento.
26. Dirección y supervisión
26.1 La supervisión del suministro corresponderá al Jefe de la División de Ingeniería de CELLS, o personal delegado a tal efecto por él, que ejercerán las funciones de control, coordinación, inspección del suministro.
26.2 El Jefe de la División de Ingeniería de CELLS, o personal delegado, tendrán la facultad de inspeccionar, y de ser informados en el proceso de elaboración de los trabajos en cada una de las fases, pudiendo ordenar o realizar por sí mismos, cuando así proceda, ensayos y pruebas, establecer sistemas de control de calidad, proponer las modificaciones que convenga introducir para el buen desarrollo de los trabajos, y dictar cuantas disposiciones u órdenes estime oportunas para el estricto cumplimiento del contrato.
26.3 El Jefe de la División de Ingeniería de CELLS, o personal delegado, tendrán derecho a visitar al contratista durante el horario normal de trabajo, y sin necesidad de previo aviso al efecto.
27. Xxxxxx y xxxxxxx
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, según lo dispuesto en el artículo 98 de la TRLCAP.
28. Plazo de ejecución del contrato
28.1 El suministro deberá entregarse en el plazo máximo de nueve (9) meses, a contar desde la fecha de la firma del contrato, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 3 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
28.2 El cómputo del plazo se iniciará a partir del día siguiente al de la fecha de la firma.
29. Condiciones de ejecución del contrato
29.1 Los trabajos objeto del contrato se llevarán a cabo con estricta sujeción a las estipulaciones del presente Pliego, del de Prescripciones Técnicas y a las instrucciones del Órgano de Contratación. El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo fijado para la realización del mismo, así como los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva.
29.2 El contratista facilitará a CELLS, sin ningún coste adicional, cuantos servicios profesionales se estimen necesarios y sean inherentes en la ejecución del contrato.
29.3 CELLS, de forma continuada y directa, podrá ejercer la inspección y vigilancia de la ejecución del contrato. El contratista facilitará la visita en sus oficinas, examen y demás comprobaciones de inspección que realice CELLS.
29.4 El contratista designará un responsable de la ejecución del contrato, así como de las comunicaciones y actuaciones que deba realizar y recibir de CELLS.
30. Cesión y subcontratación
30.1 El contratista no podrá ceder los derechos y obligaciones dimanantes del presente contrato a favor de un tercero.
30.2 El contratista no podrá subcontratar el contrato sin la autorización previa y escrita de CELLS. En el caso de que CELLS autorice la subcontratación parcial del contrato se tramitará de acuerdo al artículo 115 del TRLCAP.
31. Modificación del contrato
31.1 CELLS sólo podrá introducir modificaciones por razón del interés público, de acuerdo con lo previsto en el artículo 101 del TRLCAP, siempre y cuando sean por necesidades nuevas o causas imprevistas, debiéndolo justificar adecuadamente en el expediente.
31.2 Las modificaciones introducidas se formalizarán en documento administrativo se formalizarán en virtud del artículo 54 del TRLCAP.
31.3 El contratista está obligado a ejecutar las modificaciones que no impliquen, en su conjunto, una alteración del precio, al alza o a la baja, igual o superior al 20 %.
32. Suspensión del contrato
Cuando, de acuerdo con el artículo 102 del TRLCAP se acuerde la suspensión del contrato, se levantará una acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución.
VI – CONCLUSIÓN DEL CONTRATO
33. Entrega del suministro
34.1 El contratista deberá entregar el suministro dentro del plazo fijado en el contrato y de conformidad con el Pliego de Cláusulas Administrativas y el de Prescripciones Técnicas. A tal respecto, el Jefe de la División de Ingeniería de CELLS efectuará un examen de la documentación presentada y si estimase cumplidas las prescripciones técnicas propondrá que se lleve a cabo la recepción.
33.2 En el caso que CELLS estimase incumplidas las prescripciones técnicas del contrato, comunicará por escrito al contratista instrucciones precisas y detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados, haciendo constar en dicho escrito el plazo que para ello se fije y las observaciones que estime oportunas.
33.3 Si existiese reclamación por parte del contratista respecto de las observaciones formuladas por el Jefe de la División de Ingeniería de CELLS, éste la elevará, con su informe, al Órgano de Contratación, que resolverá sobre dicho extremo.
34. Recepción del suministro
34.1 El Jefe de la División de Ingeniería de CELLS deberá aprobar de forma expresa la recepción del suministro.
34.2 El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado y entregado la totalidad del suministro de acuerdo con las condiciones establecidas por CELLS. En el plazo máximo de un (1) mes desde la finalización del contrato, el Jefe de de la División de Ingeniería de CELLS llevará a cabo el acto formal de conformidad o recepción a partir del cual empezará a contar el plazo de garantía.
34.3 La recepción del suministro se efectuará por el Jefe de la División de Ingeniería de CELLS que levantará un Acta en la que, considerando debidamente cumplimentado el contrato, lo dará por recibido.
34.4 El Acta, será firmada tanto por el representante de CELLS como por el representante debidamente asignado por el contratista, comenzando en este momento el plazo de garantía.
34.5 Si el suministro no se hallase conforme con las especificaciones técnicas acordadas, el Jefe de la División de Ingeniería de CELLS lo hará constar por escrito y dará instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o en su caso, proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.
35. Plazo de garantía
35.1 El plazo de garantía del contrato será mínimo de un (1) año a contar desde la fecha de recepción.
35.2 Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados, CELLS tendrá derecho a reclamar el contratista que reponga los bienes adecuados o a exigir su reparación si ésta resultase suficiente, siendo vinculante al contratista dichas instrucciones encomendadas por CELLS. En todo caso durante el plazo de garantía el contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre la aplicación dada a los bienes objeto del suministro. Serán por cuenta del contratista todos los gastos que generen la retirada, reparación o reposición del suministro.
35.3 En el supuesto de que el Órgano de Contratación estimase que, durante el plazo de garantía, los bienes entregados no son aptos para el fin pretendido como consecuencia de los vicios o defectos imputables al contratista, así como exista la presunción que su reparación o reposición no son suficientes para lograr tal fin, CELLS, antes de finalizar el plazo de garantía, podrá rechazar el suministro dejándolo de cuenta al contratista. CELLS quedará exenta de la obligación de pago y si ello se hubiese producido, tendrá derecho a la recuperación del precio efectivamente satisfecho.
35.4 Transcurrido el plazo de garantía sin objeciones por parte de CELLS quedará extinguida la responsabilidad del contratista por razón de los bienes suministrados.
36. Resolución del contrato
36.1 Las causas y los efectos de resolución del contrato son las que se establecen en los artículos 111 y 192 del TRLCAP, así como las siguientes:
36.1.1 La pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con CELLS.
36.1.2 El incumplimiento de las limitaciones establecidas en materia de subcontratación. 36.1.3La obstrucción a las facultades de supervisión e inspección del Jefe de la División de Ingeniería de CELLS o de su personal delegado a tal efecto.
36.1.4 El incumplimiento de la obligación del contratista de preservar la confidencialidad.
36.1.5 El incumplimiento reiterado de las prescripciones técnicas del suministro.
36.2 La resolución del contrato se acordará por el Órgano de Contratación de oficio o a instancia del contratista, mediante procedimiento tramitado en la forma reglamentariamente establecida por el artículo 109 del RGLCAP.
36.3 En la resolución por incumplimiento culpable del contratista, le será incautada la garantía y deberá además indemnizar a CELLS por los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
36.4 La determinación de los daños y perjuicios que deba indemnizar el contratista se llevará a cabo por el Órgano de Contratación y se motivará, atendiendo, entre otros factores, al retraso que implique a la inversión proyectada y a los mayores gastos que ocasione a CELLS.
36.5 En el supuesto de rescisión contractual por cualquiera de las partes, el adjudicatario deberá entregar al CELLS todo el material adquirido hasta la fecha así como facilitar toda la documentación elaborada hasta la fecha de resolución contractual.
VII – DISPOSICIONES FINALES
37. Prerrogativas de CELLS
De acuerdo con el artículo 59 del TRLCAP, CELLS tiene la facultad de interpretar el contrato objeto de este Pliego y de resolver las dudas que puedan producirse en su cumplimiento. Igualmente lo puede modificar, por razones de interés público, suspender su ejecución y acordar su resolución en los términos previstos por la legislación vigente sobre la contratación administrativa.
38. Jurisdicción competente
38.1 El contrato objeto de este Pliego tiene naturaleza administrativa, y las cuestiones litigiosas que puedan surgir en su interpretación, modificación, resolución y efectos serán resueltos por el Órgano de Contratación, cuyas resoluciones tienen carácter inmediatamente ejecutivo y agotan la vía administrativa, siendo susceptibles de recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados y Tribunales Españoles del orden contencioso-administrativo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 60 del TRLCAP.
38.2 Potestativamente, contra las resoluciones del Órgano de Contratación, los interesados pueden interponer, en el plazo máximo de un mes a contar a partir del día siguiente de su notificación, recurso de reposición ante el Órgano de Contratación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
VIII - CUADRO DE CARACTERISTICAS DEL CONTRATO
39. Cuadro de características del contrato
1) Objeto del contrato Contrato de suministro de un (1) puente grúa birrail, infraestructura anexa y dos (2) mecanismos de elevación manual para el taller del Laboratorio de Luz de Sincrotrón ALBA |
2) Tipo de licitación |
100.000,00 € (IVA incluido) |
3) Aplicación presupuestaria |
620.0002 del presupuesto de gastos de CELLS para el año 2006 |
4) Revisión de precios |
No se establece |
5) Gasto plurianual |
No hay gasto plurianual |
6) Admisión de variantes |
Se admiten |
7) Clasificación empresarial |
No es necesaria |
8) Cesión |
No procede |
9) Subcontratación |
De conformidad con el apartado 30.2 del presente Xxxxxx |
10) Lugar de entrega de las proposiciones |
Dependencias de CELLS en: División de Administración – Registro Edifici C (Facultat de Ciències) Mòdul C3 Campus Universitari de Bellaterra Universitat Autònoma de Barcelona 08193 Bellaterra (Barcelona). España |
11) Plazos |
El plazo de entrega conforme el apartado 28.1 del presente Xxxxxx |
12) Garantía |
Provisional: 2.000,00 € Definitiva: 4% del importe de adjudicación |
13) Plazo de garantía |
Mínimo de un (1) año |
IX – ANEXOS
ANEXO 1 SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN
El Sr./Sra mayor de edad, con DNI número
A efectos de la presente convocatoria:
Con domicilio profesional en Núm. CP Población Teléfonos: fijo móvil Fax
Correo electrónico en (nombre propio o en
representación de la empresa o de la UTE) con NIF núm.
Enterado/a de las condiciones y requisitos para concurrir en el contrato de suministro de un (1) puente grúa birrail, infraestructura anexa y dos (2) mecanismos de elevación manual para el taller del Laboratorio de Luz de Sincrotrón ALBA.
Hago constar que conozco y acepto el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas como parte del futuro contrato. Asimismo, hago constar también que reúno todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con CELLS, y que me comprometo en nombre (propio o de la empresa o de la UTE representada), a realizar el mencionado suministro con estricta sujeción a las expresadas condiciones y requisitos. En consecuencia,
Solicito:
Participar en el concurso.
(Lugar, fecha y firma del solicitante)
Documentación que se adjunta:
• Sobre A. Documentación general
• Sobre B. Documentación económica y técnica
ANEXO 2 OFERTA ECONÓMICA
El Sr./Sra mayor de edad, con DNI número
A efectos de la presente convocatoria:
Con domicilio profesional en núm CP Población Teléfonos: fijo móvil Fax
Correo electrónico en (nombre propio o en
representación de la empresa o de la UTE) con NIF núm.
Participante del contrato del suministro de un (1) puente grúa birrail, infraestructura anexa y dos (2) mecanismos de elevación manual para el taller del Laboratorio de Luz de Sincrotrón ALBA, me comprometo en nombre (propio o de la empresa o de la UTE representada), a entregar el mencionado suministro por el importe total de:
Precio total del suministro €
El mencionado importe comprende los gastos de entrega, transporte y montaje del suministro.
Asimismo, comprende el IVA, y cualquier otro tributo que sea de aplicación según las disposiciones vigentes.
(Lugar, fecha y firma del solicitante)
ANEXO 3-A
DECLARACIÓN RESPONSABLE PERSONAS JURÍDICAS
(Nombre y apellidos) declaro bajo mí responsabilidad que la empresa
a la que represento, como licitador del concurso del contrato de suministro de un (1) puente grúa birrail, infraestructura anexa y dos (2) mecanismos de elevación manual para el taller del Laboratorio de Luz de Sincrotrón ALBA, que:
• El abajo firmante, los administradores, los representantes de la misma, no están incursos en alguna de las prohibiciones o incompatibilidades prevista en el artículo 20 del TRLCAP para contratar con CELLS.
• La empresa, a la cual represento, cumple con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 y 14 del RGLCAP, en España, o en su caso, en el país dónde está el domicilio social de la misma.
• No se ha dado de baja en la matrícula del IAE.
Y, para que así conste, firmo esta declaración responsable.
(Lugar, fecha y firma del declarante)
ANEXO 3-B
DECLARACIÓN RESPONSABLE PERSONAS FÍSICAS
(Nombre y apellidos) en nombre propio, declaro bajo mi
responsabilidad que mi empresa como licitador del concurso del contrato de suministro de un (1) puente grúa birrail, infraestructura anexa y dos (2) mecanismos de elevación manual para el taller del Laboratorio de Luz de Sincrotrón ALBA, que:
• El abajo firmante, ni la empresa a la cual representa, están incursos en alguna de las prohibiciones o incompatibilidades prevista en el artículo 20 del TRLCAP para contratar con CELLS.
• Se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 y 14 del RGLCAP, en España, o en su caso, en el país dónde está el domicilio social de la empresa.
• No se ha dado de baja en la matrícula del IAE.
Y para que así conste, firmo esta declaración responsable.
(Lugar, fecha y firma del declarante)
ANEXO 4 CRITERIOS DE VALORACIÓN
El contrato se adjudicará conforme a los siguientes criterios de valoración y con la ponderación que se indica a continuación:
1.- Precio ofertado. De 0 hasta un máximo de 70 puntos.
1.1 Se calculará la media de todas las ofertas recibidas, una vez excluidas las ofertas económicas superiores al presupuesto de licitación.
1.2 Las ofertas superiores o inferiores en más de un 20% del precio medio calculado, según se describe en el apartado anterior, serán excluidas del concurso por considerarse la oferta económica insuficiente.
1.3 La puntuación se calculará según la siguiente fórmula:
Puntuación de la oferta = 36-170 x Precio oferta – Precio medio
Precio medio
2.- Documentación técnica: De 0 hasta un máximo de 30 puntos.
2.1 Propuesta técnica. De 0 hasta un máximo de 15 puntos.
2.2 Propuestas de mejora. De 0 hasta un máximo de 07 puntos.
2.3 Propuesta de programa de mantenimiento: De 0 hasta un máximo de 03 puntos.
2.4 Plazo de garantía: De 0 hasta un máximo de 03 puntos.
2.5 Certificados de calidad. De 0 hasta un máximo de 02 puntos.
ANEXO 5-A
DECLARACIÓN SUSTITUTIVA DE PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA DEL SOBRE A
(Nombre y apellidos) declaro bajo mi responsabilidad que la empresa
a la que represento, como licitador del concurso del contrato de suministro de un (1) puente grúa birrail, infraestructura anexa y dos (2) mecanismos de elevación manual para el taller del Laboratorio de Luz de Sincrotrón ALBA, que:
• La empresa ha participado en el procedimiento licitatorio del contrato de suministro de , con número de expediente
.
• La documentación administrativa del Sobre A relativa a la capacidad de obrar y de representación presentada en dicho procedimiento licitatorio por la empresa arriba mencionada obra en poder de CELLS. Los datos que figuran en la misma son válidos y están vigentes en el día de la fecha de la firma del declarante.
• La documentación administrativa del Sobre A de dicho procedimiento licitatorio no ha sufrido alteración y/o modificación alguna.
Y para que así conste, firmo la presente declaración responsable.
(Lugar, fecha y firma del declarante)
ANEXO 5-B
DECLARACIÓN DE MODIFICACIÓN O ACTUALIZACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA DEL SOBRE A
(Nombre y apellidos) declaro bajo mi responsabilidad que la empresa
a la que represento, como licitador del concurso del contrato de suministro de un (1) puente grúa birrail, infraestructura anexa y dos (2) mecanismos de elevación manual para el taller del Laboratorio de Luz de Sincrotrón ALBA, que:
• La empresa ha participado en el procedimiento licitatorio del contrato de suministro de , con número de expediente
.
• La documentación administrativa del Sobre A relativa a la capacidad de obrar y de representación presentada en dicho procedimiento licitatorio por la empresa arriba mencionada y obrante en poder de CELLS se ha visto modificada en los siguientes extremos que se señalan a continuación: (Marcase la casilla correspondiente de la modificación y/o actualización)
Escritura, documento de constitución o modificación, estatutos o acto fundacional.
Designación de nuevos representantes con facultades para licitar y/o firmar contratos.
Revocación de poderes de las personas facultadas para licitar y/o firmar contratos.
Forma jurídica, denominación, objeto o domicilio social.
• La modificación y actualización del apartado que corresponda debe acreditarse mediante la documentación que se acompaña a la presente declaración.
Y para que así conste y, a los efectos de la oportuna modificación y/o actualización de los datos contenidos en la documentación administrativa del Sobre A, firmo la presente declaración responsable.
(Lugar, fecha y firma del declarante)
ANEXO 6
MODELO DE GARANTÍA MEDIANTE VALORES ANOTADOS
(CON INSCRIPCIÓN)
Don (nombre y apellidos), en representación de, NIF, con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la calle/plaza/avenida, código postal, localidad
PIGNORA a favor de: (órgano administrativo, organismo autónomo o entidad de derecho público) los siguientes valores representados mediante anotaciones en cuenta, de los cuales es titular el pignorante y que se identifican como sigue:
Número valores | Emisión (entidad emisora), clase de valor y fecha de emisión | Código valor | Referencia del Registro | Valor nominal unitario | Valor de realización de los valores a la fecha de inscripción |
En virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía), para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado, con indicación de las posibles prórrogas previstas en el contrato), contraídas por (contratista o persona física o jurídica garantizada) NIF, con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la calle/plaza/avenida, código postal, localidad, por la cantidad de: (en letra y en cifra).
Este contrato se otorga de conformidad y con plena sujeción a lo dispuesto en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
(Nombre o razón social del pignorante) (firma/s). Con mi intervención, el Notario (firma).
Don ..., con DNI ..., en representación de ..... (Entidad adherida encargada del registro contable), certifica la inscripción de la prenda,
(fecha) (firma)
ANEXO 7
MODELO DE GARANTÍA MEDIANTE PIGNORACIÓN DE PARTICIPACIONES DE FONDOS DE INVERSIÓN
Don (nombre y apellidos), en representación de, NIF, con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la calle/plaza/avenida, código postal, localidad.
PIGNORA a favor de: (órgano administrativo, organismo autónomo o entidad de derecho público) las siguientes participaciones, de las cuales es titular el pignorante y que se identifican como sigue:
Número de participación | Identificación del fondo de inversión, nombre y número de registro administrativo de la CNMV | Entidad gestora | Entidad depositaria | Valor liquidativo a la fecha de inscripción | Valor total |
En virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía), para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado, con indicación de las posibles prórrogas previstas en el contrato), contraídas por (contratista o persona física o jurídica garantizada) NIF, con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la calle/plaza/avenida, código postal, localidad, por la cantidad de: (en letra y en cifra).
Este contrato se otorga de conformidad y con plena sujeción a lo dispuesto en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos. La entidad gestora del fondo se compromete a mantener la prenda sobre las participaciones señaladas, no reembolsando, en ningún caso, al partícipe el valor de las participaciones mientras subsista la prenda, así como a proceder al reembolso de las participaciones a favor de la de la Caja General de Depósitos u órgano equivalente de las restantes Administraciones Públicas a primer requerimiento de ésta.
(Nombre o razón social del pignorante) (firma/s). Con mi intervención, el Notario (firma).
Don..., con DNI..., en representación de (Entidad gestora del fondo), certifica la constitución de la prenda sobre las participaciones indicadas.
(fecha) (firma)
ANEXO 8
MODELO DE GARANTÍA MEDIANTE AVAL
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), NIF, con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en la calle/plaza/avenida, código postal, localidad, y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento, avala a (nombre y apellidos o razón social del avalado), NIF, en virtud de lo dispuesto por (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía) para responder de las obligaciones siguientes (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado, con indicación de las posibles prórrogas previstas en el contrato), ante (órgano administrativo, organismo autónomo o ente público), por importe de (en letra y en cifra).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la la Caja General de Depósitos u órgano equivalente de las restantes Administraciones Públicas, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
El presente aval estará en vigor hasta que (indicación del órgano de contratación), o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y legislación complementaria.
Este aval ha sido inscrito en el día de la fecha en el Registro Especial de Avales del Banco de España con el número
(Lugar y fecha)
(Razón social de la entidad) (Firma de los apoderados)
VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA CGD O ABOGACÍA DEL ESTADO
Provincia Fecha Número o código
ANEXO 9
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
Certificado número
La entidad aseguradora (1) (en adelante, asegurador), con domicilio en, calle, y NIF, debidamente representado por don (2), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
Asegura a (3), NIF, en concepto de tomador del seguro, ante (4), en adelante asegurado, hasta el importe de (en letras y en cifras) (5), en los términos y condiciones establecidos en de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el contrato (6), en concepto de garantía (7), para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Caja General de Depósitos u órgano equivalente de las restantes Administraciones Públicas en los términos establecidos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y normas de desarrollo.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que (4), o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y legislación complementaria.
Lugar y fecha Firma Asegurador
VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA CGD O ABOGACÍA DEL ESTADO
Provincia Fecha Número o código
Instrucciones para la cumplimentar el modelo
(1) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora.
(2) Nombre y apellidos del apoderado o apoderados.
(3) Nombre del tomador del seguro.
(4) Órgano de contratación.
(5) Importe, en letras y cifras, por el que se constituye el seguro.
(6) Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase, etc.) el contrato en virtud del cual se presta la caución, con indicación de las posibles prórrogas previstas en el contrato.
(7) Expresar la modalidad de seguro de que se trata, provisional, definitiva, etcétera.