Definición de Energía Contratada

Energía Contratada significa toda la energía eléctrica generada por la Potencia Contratada durante el Período de Abastecimiento.
Energía Contratada. Es la energía medida en Megavatios hora que el proponente adjudicado entrega en los nodos de retiro de la Distribuidora, de acuerdo con el contrato suscrito.
Energía Contratada significa toda la energía eléctrica generada por la POTENCIA CONTRATADA durante el PERÍODO DE ABASTECIMIENTO.

Examples of Energía Contratada in a sentence

  • Cualquier pérdida de transmisión de la Energía Contratada con anterioridad a su inyección en el Punto de Entrega será por cuenta del Vendedor y no será remunerada por el Comprador.

  • El Comprador comprará al Vendedor, durante el Período de Abastecimiento, toda la Energía Contratada en las condiciones establecidas en el presente Contrato.

  • Esta garantía deberá cumplir con lo siguiente: El valor de la garantía será equivalente al precio de la Cantidad de Energía Contratada del número de Días de Gas de la vigencia del contrato que se obtiene de multiplicar el Precio establecido en el Numeral V de las Condiciones Particulares, por la Cantidad de Energía Contratada establecida en el Numeral IV de las Condiciones Particulares, multiplicado a su vez por el número de Días de Gas de la vigencia del Contrato.

  • La obligación del Vendedor de abastecer la Energía Contratada al Comprador y la obligación del Comprador de comprar la Energía Contratada a ser abastecida por el Vendedor y de pagar por la Energía Abastecida se extenderá durante el Período de Abastecimiento.

  • El Comprador solamente podrá nominar Cantidades de Energía iguales o inferiores a la Cantidad de Energía Contratada al correo establecido en el numeral XII de las Condiciones Particulares.

  • El Vendedor se obliga para con el Comprador a lo siguiente: Tener disponible en favor del Comprador la Cantidad de Energía Contratada prevista en el Numeral IV de las Condiciones Particulares del Contrato y suministrar las Cantidades de Energía nominadas por el Comprador hasta la Cantidad de Energía Contratada, en los términos y condiciones del presente Contrato.

  • Si después de aplicar las Disposiciones Relativas al Tratamiento del Precio de la Energía Contratada Techo no fuese posible adjudicar ninguna oferta.

  • El Vendedor deberá abastecer al Comprador, en forma exclusiva, la Energía Contratada en las condiciones establecidas en el presente Contrato.

  • La obligación del Vendedor de abastecer la Energía Contratada al Comprador y la obligación del Comprador de comprar la Energía Contratada a ser abastecida por el Vendedor y de pagar por la Energía Abastecida, se extenderá durante el Período de Abastecimiento.

  • El Vendedor está obligado a autorizar la entrega de Cantidades de Energía iguales o inferiores a la Cantidad de Energía Contratada.


More Definitions of Energía Contratada

Energía Contratada tiene el significado que se le asigna en el Anexo 6 del presente PBC.
Energía Contratada significa toda la energía eléctrica generada por la Potencia Contratada durante veinte (20) años de producción consecutivos a partir de la Fecha de Habilitación Comercial.
Energía Contratada. La cantidad de energía eléctrica, en MWh, adquirida por la COMPRADORA, que la VENDEDORA mantendrá disponible por medio de su respectiva solución de suministro. EPE – Empresa de Pesquisa Energética, creada por la Ley 10.847, de 15 xx xxxxx de 2004, para prestar servicios de estudios e investigación básicos para la planificación del sector energético, en temas de energía eléctrica, petróleo, gas natural y sus derivados, carbón mineral, fuentes de energía renovable y eficiencia energética, entre otras.
Energía Contratada. Es la energía eléctrica activa generada por la CENTRAL ASOCIADA que es adquirida por UTE al GENERADOR en función de este contrato. La misma corresponde a la ENERGÍA ENTREGADA durante el PERÍODO DE SUMINISTRO, con exclusión de la energía eléctrica proveniente de unidades generadoras que no cuentan con un ACTA DE HABILITACIÓN, en las condiciones establecidas en este contrato y en el CONVENIO DE USO/CONEXIÓN suscripto entre LAS PARTES.
Energía Contratada. Es la porción de energía requerida que surja de la liquidación horaria de cada contrato y que no puede ser mayor que MW en cada hora (potencia máxima ofrecida). La energía requerida será liquidada horariamente por orden creciente de los precios de energía contratados hasta completar el volumen máximo de energía contratada en cada una de los contratos de suministro que surgieron de este acto de compra, siempre que el precio de la energía sea menor que el precio de la energía en el mercado ocasional de Panamá, en la hora correspondiente. Es decir el contrato con el precio de energía más bajo y que además sea menor o igual a la energía en el mercado ocasional, será el primero en cubrir la energía requerida no contratada en esa hora. La siguiente oferta con el precio de la energía más bajo, y así, sucesivamente hasta completar las cantidades de energía requerida no contratada, siempre que sean menores o iguales al precio en el mercado ocasional. La última oferta en cubrir el requerimiento de energía de la hora podrá aportar todo o parte de la energía requerida. Se eliminó la siguiente definición de Energía Requerida en el Modelo de Contrato:
Energía Contratada tiene el significado que se le asigna en el Anexo 2 del presente PBC.

Related to Energía Contratada

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Comité de Compras y Contrataciones Órgano Administrativo de carácter permanente responsable de la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los Pliegos de Condiciones Específicas, del Procedimiento de Selección y el dictamen emitido por los peritos designados para evaluar ofertas.

  • Operador Persona física o jurídica, pública o privada, que explota redes de telecomunicaciones con la debida concesión o autorización para la prestación de servicios de telecomunicaciones disponibles al público en general.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • Desistimiento Renuncia expresa o tácita por voluntad del proponente adjudicado, de formalizar la contratación, que no es consecuencia de causas de fuerza mayor y/o caso fortuito.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Contratante “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Oferta Económica Se considera como Oferta Económica el valor del precio total ofertado, el cual será el resultado de multiplicar el precio de la unidad de medida por la cantidad ofertada.

  • Contrato Documento suscrito entre la institución y el Adjudicatario elaborado de conformidad con los requerimientos establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas y en la Ley.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Tarjetahabiente El titular y codeudores de una Cuenta de Tarjeta.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Respuesta Es necesario adjuntar el anexo requerido en la invitación, a efectos de dar certeza al Ministerio del Interior respecto a los dineros a administrar. Ante la cantidad de observaciones y la expectativa a las preguntas, solicitamos comedidamente prorrogar la fecha de presentación de las propuestas en por lo menos cinco días hábiles. RESPUESTA: No es de recibo la presente observación, dado que la DAIRM del Ministerio del Interior requiere cumplir compromisos de orden misional y legal que no permiten prorrogar el plazo establecido. Adicional a esto las observaciones presentadas se encuentran claramente definidas en la invitación y aquellas que han sido objeto de modificación han sido adendadas. Entendemos que las garantías a solicitar al contratista, las define el MIJ y se plasmarán en el manual operativo del fideicomiso para que la fiduciaria sean quien las solicite y apruebe, debe quedar en la minuta del contrato xx xxxxxxx Anexo No. 5. RESPUESTA: Xxxxxse a lo establecido en la respuesta dada a la observación No. 11 presentada por su Firma. Obligación 31 a cargo de la Fiduciaria, solicitamos eliminar tal obligación como quiera que las sociedades fiduciarias no se encuentran facultadas para dictar actos administrativos, tal facultad le compete a al entidad pública. RESPUESTA: Remitirse a la adenda No. 2 del 6 de febrero de 2012. Respetuosamente solicitamos disminuir el plazo de liquidación del contrato xx Xxxxxxx establecido en ocho (8) meses, resulta un periodo demasiado alto, casi equivalente a la duración del fideicomiso y representa costos representativos tanto para la sociedad fiduciaria y el MIJ. RESPUESTA: Xxxxxxx xx xxxxxx Xx. 00 xxx 0 xx xxxxxxx xx 0000. Entendemos que la fiduciaria suscribirá los contratos derivados y en ejecución del fideicomiso, en calidad de mandataria con representación del MIJ, lo mismo sugerimos para la minuta del contrato Anexo No. 5. Entendemos y por favor incluir como obligación a cargo del MIJ en al minuta del contrato Anexo No. 5, que el seguimiento al cumplimiento de obligaciones contractuales, de los contratos derivados, los realiza el MIJ. Agradecemos aclarar obligación 13 de la minuta del contrato xx Xxxxxxx frente al alcance del término: “adelantar las gestiones que sean necesarias”… Aclarar obligación 17 a cargo de la fiduciaria en la minuta del contrato Anexo No. 5, los costos del RTICA, es con cargo a los recursos administrados. Favor aclarar en la obligación 18 a cargo de la fiduciaria en la minuta del contrato Anexo No. 5, que no se incluye el costo del Banco Agrario, ni giros a través de entidades no financieras. Sí contempla transferencias electrónicas a todas las entidades financieras adscritas al sistema ACH.

  • Servicios Conexos significan los servicios incidentales relativos a la provisión de los bienes, tales como seguro, instalación, capacitación y mantenimiento inicial y otras obligaciones similares del Proveedor en virtud del Contrato.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Cumplimiento significa que el Proveedor ha completado la prestación de los Servicios Conexos de acuerdo con los términos y condiciones establecidas en el Contrato.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Once de julio de dos mil dieciséis (11/07/2016).

  • LA ASEGURADORA Es la Positiva Vida Seguros y Reaseguros que emite la presente póliza, asume los riegos derivados y otorga las prestaciones según lo pactado.

  • Aprovechamiento Actividad complementaria del servicio público de aseo que comprende la recolección de residuos aprovechables, el transporte selectivo hasta la estación de clasificación y aprovechamiento o hasta la planta de aprovechamiento, así como su clasificación y pesaje por parte de la persona prestadora.

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 2,500.00 (Dos mil quinientos y 00/100 Soles).

  • Transporte significa la transportación de Pasajeros y/o Equipaje vía aérea, a título gratuito u oneroso, y todos los servicios conexos del Transportista.

  • Concesionario Es la persona jurídica preexistente o una nueva constituida por el Adjudicatario bajo las Leyes y Disposiciones Aplicables que suscribe el Contrato con el CONCEDENTE. En cualquiera de los casos, el objeto social del CONCESIONARIO será desarrollar actividades de transmisión eléctrica y en la que el Operador Calificado es titular de la Participación Mínima.

  • Vigencia La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la fecha de presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato. En caso de no requerirse la garantía de cumplimiento, hasta la firma del contrato. Lo anterior, sin perjuicio del deber de ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o la suscripción se prorrogue.

  • Fecha de Cierre Es el día en que se suscribe el Contrato previo cumplimiento de todas las condiciones y declaraciones establecidas en las Bases y en el Contrato.