Definición de Energía Contratada

Energía Contratada significa toda la energía eléctrica generada por la Potencia Contratada durante el Período de Abastecimiento.
Energía Contratada. Es la energía medida en Megavatios hora que el proponente adjudicado entrega en los nodos de retiro de la Distribuidora, de acuerdo con el contrato suscrito.
Energía Contratada significa toda la energía eléctrica generada por la POTENCIA CONTRATADA durante el PERÍODO DE ABASTECIMIENTO.

Examples of Energía Contratada in a sentence

  • El Vendedor se obliga para con el Comprador a lo siguiente: Tener disponible en favor del Comprador la Cantidad de Energía Contratada prevista en el Numeral IV de las Condiciones Particulares del Contrato y suministrar las Cantidades de Energía nominadas por el Comprador hasta la Cantidad de Energía Contratada, en los términos y condiciones del presente Contrato.

  • El Vendedor está obligado a autorizar la entrega de Cantidades de Energía iguales o inferiores a la Cantidad de Energía Contratada.

  • El Comprador solamente podrá nominar Cantidades de Energía iguales o inferiores a la Cantidad de Energía Contratada al correo establecido en el numeral XII de las Condiciones Particulares.

  • Pagar al Vendedor la Cantidad de Energía Contratada prevista en el Numeral IV de las Condiciones Particulares del Contrato, independientemente de que ésta sea efectivamente tomada, en los términos previstos en el presente Contrato.

  • Igualmente deberán utilizarse prioritariamente para satisfacer los requerimientos de Energía Contratada cuando las mismas generan.

  • El Comprador comprará al Vendedor, durante el Período de Abastecimiento, toda la Energía Contratada en las condiciones establecidas en el presente Contrato.

  • El Vendedor no podrá autorizar la entrega de Cantidades de Energía superiores a la Cantidad de Energía Contratada Para todo proceso de Renominación, las Partes acuerdan cumplir lo establecido en el RUT.

  • Cualquier pérdida de transmisión de la Energía Contratada con anterioridad a su inyección en el Punto de Entrega será por cuenta del Vendedor y no será remunerada por el Comprador.

  • Esta garantía deberá cumplir con lo siguiente: El valor de la garantía será equivalente al precio de la Cantidad de Energía Contratada del número de Días de Gas de la vigencia del contrato que se obtiene de multiplicar el Precio establecido en el Numeral V de las Condiciones Particulares, por la Cantidad de Energía Contratada establecida en el Numeral IV de las Condiciones Particulares, multiplicado a su vez por el número de Días de Gas de la vigencia del Contrato.

  • El Comprador solamente podrá nominar Cantidades de Energía iguales o inferiores a la Cantidad de Energía Contratada al sistema de nominación definido por el vendedor.


More Definitions of Energía Contratada

Energía Contratada. Es la energía eléctrica activa generada por la CENTRAL ASOCIADA que es adquirida por UTE al GENERADOR en función de este contrato. La misma corresponde a la ENERGÍA ENTREGADA durante el PERÍODO DE SUMINISTRO, con exclusión de la energía eléctrica proveniente de unidades generadoras que no cuentan con un ACTA DE HABILITACIÓN, en las condiciones establecidas en este contrato y en el CONVENIO DE USO/CONEXIÓN suscripto entre LAS PARTES.
Energía Contratada. Es la porción de energía requerida que surja de la liquidación horaria de cada contrato y que no puede ser mayor que MW en cada hora (potencia máxima ofrecida). La energía requerida será liquidada horariamente por orden creciente de los precios de energía contratados hasta completar el volumen máximo de energía contratada en cada una de los contratos de suministro que surgieron de este acto de compra, siempre que el precio de la energía sea menor que el precio de la energía en el mercado ocasional de Panamá, en la hora correspondiente. Es decir el contrato con el precio de energía más bajo y que además sea menor o igual a la energía en el mercado ocasional, será el primero en cubrir la energía requerida no contratada en esa hora. La siguiente oferta con el precio de la energía más bajo, y así, sucesivamente hasta completar las cantidades de energía requerida no contratada, siempre que sean menores o iguales al precio en el mercado ocasional. La última oferta en cubrir el requerimiento de energía de la hora podrá aportar todo o parte de la energía requerida. Se eliminó la siguiente definición de Energía Requerida en el Modelo de Contrato:
Energía Contratada. La cantidad de energía eléctrica, en MWh, adquirida por la COMPRADORA, que la VENDEDORA mantendrá disponible por medio de su respectiva solución de suministro. EPE – Empresa de Pesquisa Energética, creada por la Ley 10.847, de 15 xx xxxxx de 2004, para prestar servicios de estudios e investigación básicos para la planificación del sector energético, en temas de energía eléctrica, petróleo, gas natural y sus derivados, carbón mineral, fuentes de energía renovable y eficiencia energética, entre otras.
Energía Contratada significa toda la energía eléctrica generada por la Potencia Contratada durante veinte (20) años de producción consecutivos a partir de la Fecha de Habilitación Comercial.
Energía Contratada tiene el significado que se le asigna en el Anexo 2 del presente PBC.
Energía Contratada tiene el significado que se le asigna en el Anexo 6 del presente PBC.

Related to Energía Contratada

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Operador Persona física o jurídica, pública o privada, que explota redes de telecomunicaciones con la debida concesión o autorización para la prestación de servicios de telecomunicaciones disponibles al público en general.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • Desistimiento Renuncia expresa o tácita por voluntad del proponente adjudicado, de formalizar la contratación, que no es consecuencia de causas de fuerza mayor y/o caso fortuito.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Contratante “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Oferta Económica Se considera como Oferta Económica el valor del precio total ofertado, el cual será el resultado de multiplicar el precio de la unidad de medida por la cantidad ofertada.

  • Contrato Documento suscrito entre la institución y el Adjudicatario elaborado de conformidad con los requerimientos establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas y en la Ley.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Respuesta Se aclara que la cobertura se otorga siempre y cuando los hechos correspondan a una cobertura amparada por la p xxxx todo riesgo daæos materiales. Respuesta : No se acepta su solicitud, toda vez, que desmejora las condiciones tØcnicas actuales de aseguramiento del C rculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares. Dentro de dicha cobertura se encuentran amparadas toda la maquinaria y equipo como: motores, transformadores, plantas elØctricas, ascensores, etc. Respuesta : No se acepta su solicitud, toda vez, que desmejora las condiciones tØcnicas actuales de aseguramiento del C rculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares. Respuesta : No se acepta su solicitud, toda vez, que desmejora las condiciones tØcnicas actuales de aseguramiento del C rculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares. Respuesta : No se acepta su solicitud, toda vez, que desmejora las condiciones tØcnicas actuales de aseguramiento del C rculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares. Respuesta : No se acepta su solicitud, toda vez, que desmejora las condiciones tØcnicas actuales de aseguramiento del C rculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares. Respuesta : Se aclara que en el ANEXO 11 E–SPECIFICACIONES T CNICAS se indica que la Respuesta : El presupuesto asignado para la presente invitaci n es de Seiscientos nueve millones de pesos (COP$609.000.000) y corresponde para todo el programa de seguros y no se encuentra discriminado por xxxxx. Respuesta : Se aclara que se evaluarÆn los indicadores de Nivel de endeudamiento, ˝ndice de liquidez, Capital de trabajo y patrimonio y se asignarÆ puntaje de conformidad con el anexo 6 Respuesta : No se acepta Xxxxxx n Suscrita bajo la gravedad del juramento por el representante legal del proponente, toda vez, que para el C rculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares es muy importante conocer la informaci n suministrada directamente por los clientes.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Cinco de agosto de dos mil dieciséis (05/06/2016).

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 2,000.00 (Dos mil y 00/100 Soles).

  • Transporte significa el transporte de pasajeros y/o de equipaje por aire, junto con cualquier otro servicio proporcionado por la Línea Aérea en relación a dicho transporte.

  • Concesionario Es la persona jurídica preexistente o una nueva constituida por el Adjudicatario bajo las Leyes y Disposiciones Aplicables que suscribe el Contrato con el CONCEDENTE. En cualquiera de los casos, el objeto social del CONCESIONARIO será desarrollar actividades de transmisión eléctrica y en la que el Operador Calificado es titular de la Participación Mínima.

  • Vigencia La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la fecha de presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato. En caso de no requerirse la garantía de cumplimiento, hasta la firma del contrato. Lo anterior, sin perjuicio del deber de ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o la suscripción se prorrogue.

  • Fecha de Cierre Es el día en que se suscribe el Contrato previo cumplimiento de todas las condiciones y declaraciones establecidas en las Bases y en el Contrato.

  • Entrega significa la transferencia de los bienes del Proveedor al Contratante de acuerdo con los términos y condiciones dispuestos en el Contrato.----------------------

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • Autoridad Competente Es la instancia Administrativa, de Tránsito o Judicial, legitimada para realizar, resolver o referirse a una gestión o asunto concreto.

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.