Definición de Joyas

Joyas. Adornos personales y relojes, de oro, plata o platino, con piedras preciosas, semipreciosas o perlas y lingotes de oro.
Joyas. Cualquier objeto de oro y/o plata y/o platino, con o sin perlas o piedras preciosas montadas sobre los mismos, que sirvan xx xxxxxx a las personas incluyendo relojes de uso personal.
Joyas son los objetos compuestos de metales preciosos, perlas, o piedras pre- ciosas destinados al uso o adorno personal.

Examples of Joyas in a sentence

  • A los efectos de la citada exclusión, se entenderá por: - Joyas: conjunto de objetos de oro, platino, perlas o piedras preciosas.

  • Joyas y objetos de valor especial El robo o los daños materiales xx xxxxx y objetos de valor especial declarados en la póliza y que se produzcan dentro de la vivienda.

  • Salvo pacto expreso en contrario en póliza, no quedarán incluidos dentro del Contenido trastero o garaje privado: ➜ Joyas, alhajas y objetos artísticos o históricos.

  • Esta partida actúa en exceso del capital asegurado para Joyas fuera de caja fuerte dentro de la partida de Mobiliario, en su apartado k.

  • Esta cobertura comprende los siguientes bienes: Joyas, piezas o artículos de oro y plata, armas, colecciones de cualquier tipo, relojes y pieles hasta por el equivalente de 100 UMAs diarias por valor unitario o por juego, sin exceder el límite máximo de suma asegurada establecida para esta cobertura en la carátula de la Póliza.


More Definitions of Joyas

Joyas conjunto de objetos de oro, platino, perlas o piedras preciosas.
Joyas. Se consideran como tales: • Objetos de oro, plata y platino con o sin perlas o piedras preciosas engarzadas, y piedras preciosas engarzadas. • Las monedas de oro y plata que no formen parte de colecciones. Salvo declaración expresa no tendrán derecho a indemnización aquellas joyas y/o alhajas cuyo valor por unidad o juego supere 5.000 euros.
Joyas. Objetos de mero ornato personal en cuya composición intervenga oro, platino o cualquier otro metal precioso, piedras preciosas o perlas. Si el valor conjunto de estos bienes supera la cantidad de 3.000 euros, debe contratarse capital para ellos en exceso de esta cantidad, para estar considerados incluidos en las cober- turas de esta póliza. Además, no se considera incluida en el seguro cualquier pieza de valor unitario superior a 6.000 euros que no haya sido declarada de forma separada y con imputación de su valor en las condiciones particulares. El capital asegurado para estos bienes se considera a valor total.
Joyas. Se consideran tales a: - Objetos compuestos por metales preciosos, con la finalidad xx xxxxxx personal, incluidos relojes de oro, plata o platino. - Piedras preciosas o semipreciosas, estén o no engarzadas, y perlas, cuya finalidad sea la xx xxxxxx personal. - Lingotes de metales preciosos. Para las joyas cuyo valor unitario exceda de 3.000 euros y no hayan sido declaradas individualmente en el presente contrato, la indemnización queda limitada a 3.000 euros.
Joyas. Son los objetos compuestos de metales preciosos, perlas, o piedras pre- ciosas destinados al uso o adorno personal. • Se llama EQUIPAJE a aquellos objetos que habitualmente un particular lleva con- sigo en un desplazamiento temporal, como por ejemplo vacaciones, a otra vivien- da o un hotel. En ningún caso se considerará como tal a las joyas. • La FRANQUICIA es la cantidad a cargo del asegurado en caso de accidente, cuan- do así se contrata. • Las TUBERÍAS PRIVADAS son aquellas que partiendo del accesorio de unión a la conducción general, dan servicio exclusivamente a la vivienda asegurada. Dicho accesorio de unión no se considera privado (Ley de Propiedad Horizontal). • Se entiende por VALOR DE NUEVO DE LA VIVIENDA el valor de construcción. • Se entiende por VALOR DE NUEVO DE LOS ENSERES el precio de venta al público en estado de nuevo. Condiciones Generales de la Póliza Hogar Compromiso • Se entiende por VALOR REAL DE LOS ENSERES el valor de nuevo en el mercado menos su depreciación debida al uso, grado de utilización y estado de conser- vación. • La modalidad de seguro a VALOR TOTAL, es aquella por la cual el capital asegura- do tiene que corresponder al total de los bienes incluidos en el seguro. • Cuando se asegura A PRIMER RIESGO, se garantiza el riesgo hasta una cantidad determinada, independiente del valor total de los bienes. En esta forma de seguro no se produce nunca mal aseguramiento. • Se produce MAL ASEGURAMIENTO, ante un accidente cubierto por la póliza cuando la suma asegurada es inferior al valor del interés asegurado y en ese caso Pelayo indemnizará el daño causado en la misma proporción en la que aquélla cubre el interés asegurado (Artículo 30 de la Ley de Contrato de Seguro). • REGLA PROPORCIONAL es la fórmula que se aplica para calcular la indemniza- ción cuando el capital asegurado es inferior al valor de los bienes asegurados. La fórmula es la siguiente: • ALARMA: instalación contra robo que protege todos los huecos accesibles de la vivienda y que debe de reunir como mínimo los siguientes requisitos: - Estar conectada a una central de alarma autorizada que se responsabilice del mantenimiento y control de la misma mediante contrato. Si tal contrato estu- viera en suspenso o cancelado por causas imputables al Tomador o al Asegu- rado, se considerará incumplido este requisito. - Disponer de un sistema de baterías o análogo que garantice el funcionamien- to de la instalación en caso de fallos en el suministro eléctrico. - Contar con sist...
Joyas. Objetos xx xxxxxx y/o de uso personal, hechos de algún metal noble tales como oro, plata o platino, entre otros, decorados con perlas o piedras preciosas engarzadas o incrustadas, incluyendo y sin limitar anillos, collares y relojes elaborados con metales y/o piedras preciosas, y/o de marcas de prestigio.
Joyas significa objetos tales como anillos, brazaletes, broches, collares, pulseras, pendientes, medallones y cosas parecidas.