Definición de Precio no aceptable

Precio no aceptable. Es aquél que derivado de la investigación xx xxxxxxx realizada, resulte superior en un diez por ciento al ofertado respecto del que se observa como mediana en dicha investigación o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en esta Licitación.
Precio no aceptable. Es aquel que derivado de la investigación xx xxxxxxx realizada, resulte superior en un diez por ciento (10%) al ofertado, respecto del que se observa como mediana en dicha investigación, o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en la misma licitación. Presupuesto de egresos Presupuesto de egresos del Municipio de Oaxaca de Juárez, para el ejercicio fiscal 2019.
Precio no aceptable. Es aquél que derivado de la investigación xx xxxxxxx realizada, resulte superior en un diez por ciento al ofertado respecto del que se observa como mediana en dicha investigación o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en la presente licitación Partida: Nombre, descripción y cantidad de los servicios. Sobre: El sobre electrónico que se remita a través de CompraNet o de manera personal, que contenga la propuesta técnica, económica y la demás documentación solicitada por la convocante y cuyo contenido sólo puede ser conocido en el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones en términos de la LAASSP.

Examples of Precio no aceptable in a sentence

  • Precio no aceptable Aquél que derivado de la Investigación xx Xxxxxxx realizada, resulte superior en un diez por ciento (10%) al ofertado, respecto del que se observa como mediana en dicha investigación, o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en la misma Licitación.

  • Considerando que el: Precio no aceptable: es aquel que resulte superior en un 10% al ofertado respecto del que se observa como promedio de las ofertas presentadas en la presente licitación.


More Definitions of Precio no aceptable

Precio no aceptable es aquél que la convocante puede dejar de considerar para efectos de adjudicación porque se ubica por arriba del precio calculado a partir aplicar cualquiera de las siguientes opciones a elección del área encargada de hacer la evaluación económica:
Precio no aceptable es aquel que el Colegio de Bachilleres puede dejar de considerar para efectos de la adjudicación, porque se ubica por arriba del precio calculado a partir de aplicar cualquiera de las siguientes opciones, a elección de la SBS o del DC: El que resulta de sumar un 10% al precio que se obtiene después de sacar la mediana a los precios obtenidos en la investigación xx xxxxxxx realizada para la presente licitación. El que se obtiene después de sumarle un 10% al promedio de las ofertas presentadas en esta licitación. (NO APLICA EL PRESENTE PUNTO PARA ESTA LICITACIÓN).
Precio no aceptable. Es aquél que derivado de la investigación xx xxxxxxx realizada, resulte superior en un diez por ciento al ofertado respecto del que se observa como mediana en dicha investigación o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en la misma licitación La Secretaría de Gobernación, como dependencia del ejecutivo Federal en adelante “la Convocante”, en cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 134 Constitucional y en los artículos 25, 26 fracción II, 28 fracción I, 43, 47 y 51 de la Ley; 56 del Reglamento y demás disposiciones legales aplicables vigentes, por conducto de la Dirección de Adquisiciones, Almacenes e Inventarios, de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, de la Oficialía Mayor; ubicada, en Xxxxxxx Xxxxxxxx Xx. 00-0x xxxx, Xxxxxxx Xxxxxx X.X. 00000, Delegación Xxxxxxxxxx, México, Distrito, Federal, celebra la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional, requiere llevar a cabo la contratacion del (los) bien(es) o servicio(s) por lo cual:
Precio no aceptable. Es aquél que la convocante puede dejar de considerar para efectos de adjudicación por que se ubica por arriba del precio calculado apartir de aplicar cualquiera de las siguientes opciones a elección del área encargada de hacer la evaluación económica El porcentaje del 10% será aplicable en las licitaciones Nacionales, y para las licitaciones Internacionales, de conformidad con el segundo párrafo del artículo 38 de la Ley, el porcentaje puede ser menor a ese 10% pero no inferior al 5%.
Precio no aceptable. Es aquél que derivado de la investigación xx xxxxxxx realizada, resulte superior en un diez por ciento al ofertado respecto del que se observa como mediana en dicha investigación o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en la misma Invitación. La Secretaría de Gobernación, como Dependencia del Ejecutivo Federal en adelante “la Convocante”, en cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 134 Constitucional y en los artículos 25, 26 fracción II, 27, 28 fracción I, 43, 47, 51 de la Ley, 85 del Reglamento y demás disposiciones legales aplicables vigentes, por conducto de la Subdirección de Servicios adscrita a la Dirección de Adquisiciones, Almacenes e Inventarios, dependiente de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, de la Oficialía Mayor, como área contratante; ubicada, en Xxxxxxx Xxxxxxxx Xx. 00-0x xxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, México, Distrito, Federal. A las personas físicas x xxxxxxx cuya actividad u objeto social contemple la fabricación, venta y/o distribución del(los) bien(es) y/o la prestación del servicio a contratar, interesadas en participar en la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional No. SG/SS/IA3-N/009/10, la cual abarcará los ejercicios fiscales 2011 al 2012 para la partida 1 y el ejercicio fiscal 2011 para la partida 2, conforme a lo siguiente:
Precio no aceptable. Es aquél que derivado de la investigación xx xxxxxxx realizada, resulte superior en un diez por ciento (10%) al ofertado, respecto del que se observa como mediana en dicha investigación, o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en la misma licitación Presupuesto de egresos: Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el ejercicio fiscal 2091. Proposiciones: Propuesta técnica y económica solicitada en las presentes Bases. Propuesta técnica y económica: Documentos que entrega el Licitante en sobre cerrado en la fecha y hora estipulada por la Convocante, con la información, documentos y requisitos solicitados en las Bases, para presentar su oferta de bienes, servicios y/o arrendamientos objeto de la Licitación. Licitación Pública Estatal número LPE- SA- SC- 0018 - 06/ 2019 Contratación del Servicio integral para la Proveedor: La persona física o moral que reúne los requisitos exigidos por la Ley para la celebración de contratos de adquisiciones, arrendamientos o servicios regulados por la misma.
Precio no aceptable. Es aquél que, derivado de la investigación xx xxxxxxx realizada, resulte superior en un 5% al ofertado respecto del que se observa como mediana en dicha investigación o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en esta Invitación.