INVESTIGACIÓN XX XXXXXXX Cláusulas de Ejemplo

INVESTIGACIÓN XX XXXXXXX. La verificación de la existencia de proveedores a nivel nacional o internacional y del precio estimado basado en la información que se obtenga en la propia dependencia o entidad, de organismos públicos o privados, de fabricantes de BIENES o prestadores de SERVICIOS, o una combinación de dichas fuentes de información.
INVESTIGACIÓN XX XXXXXXX. LA VERIFICACIÓN Y EXISTENCIA DE BIENES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE PROVEEDORES A NIVEL NACIONAL O INTERNACIONAL Y DEL PRECIO ESTIMADO BASADO EN LA INFORMACIÓN QUE SE OBTENGA EN LA PROPIA DEPENDENCIA O ENTIDAD, DE ORGANISMOS PÚBLICOS, DE FABRICANTES DE BIENES O PRESTADORES DEL SERVICIO, O UNA COMPROBACIÓN DE DICHAS FUENTES DE INFORMACIÓN.
INVESTIGACIÓN XX XXXXXXX. Previo al inicio de los procedimientos de contratación previstos en este Acuerdo, salvo las adjudicaciones directas mínimas y las contrataciones por urgencia, Recursos Materiales, tratándose de la adquisición de bienes muebles y la prestación de servicios, e Infraestructura Física, en el caso de obra pública y servicios relacionados con la misma, así como de la adquisición de bienes inmuebles, deberán realizar una investigación xx xxxxxxx para determinar la existencia, la cantidad y oferta, así como los precios prevalecientes que sirvan como parámetro para las contrataciones, misma que tendrá una vigencia de seis meses. Para lo anterior, las áreas de referencia deberán contar con una instancia especializada en investigación de mercados. La investigación xx xxxxxxx que se realice deberá integrarse, de acuerdo con las características del bien, arrendamiento, servicio a contratar, con información obtenida de cuando menos dos de las fuentes siguientes: I. La que se encuentre en la propia Suprema Corte o los órganos del Poder Judicial de la Federación; II. La información disponible en CompraNet; III. La obtenida de organismos especializados; de cámaras, asociaciones o agrupaciones industriales, comerciales o de servicios, o bien de fabricantes, proveedores, prestadores de servicios, distribuidores o comercializadores o contratistas xxx xxxx correspondiente; IV. Las obtenidas a través de páginas de Internet, por vía telefónica, por correo electrónico a diversos proveedores y prestadores de servicios o por algún otro medio, siempre y cuando se lleve registro de los medios y de la información que permita su verificación, y Para la debida integración de la investigación xx xxxxxxx, en todos los casos, deberá consultarse la información a que hace referencia la fracción I de este artículo y en todos los casos en que habiendo agotado dicha consulta, no se cuente con información necesaria o ésta sea insuficiente, deberá consultarse la información a que hace referencia la fracción II del mismo artículo.
INVESTIGACIÓN XX XXXXXXX. Los entes gubernamentales, por conducto de la Unidad Centralizada de Compras o de sus unidades de compras, deberán realizar una investigación xx xxxxxxx sobre las condiciones del bien, arrendamiento o servicio objeto de la contratación, a efecto de buscar las mejores condiciones para el Estado o sujeto obligado. El Reglamento de esta Ley señalará los casos de excepción en los que no será necesario efectuar la investigación xx xxxxxxx. La investigación xx xxxxxxx deberá proporcionar al menos la siguiente información: I. La verificación de la existencia de los bienes, arrendamientos o servicios y de los proveedores a nivel local, nacional o internacional; y II. El precio máximo de referencia basado en la información que se obtenga en la propia dependencia, entidad o unidad administrativa, de otras dependencias, entidades o unidades administrativas, de organismos públicos o privados, de fabricantes de bienes o prestadores del servicio, o una combinación de dichas fuentes. La investigación xx xxxxxxx puede basarse en información local, nacional o internacional.
INVESTIGACIÓN XX XXXXXXX. 6.8.1 Las Compañías podrán adelantar investigaciones xx xxxxxxx para obtener nuevas percepciones o buscar elementos de apoyo en la toma de decisiones en razón a su negocio, las cuales deben preservar las siguientes condiciones: i. La necesidad legítima de la investigación debe estar previa y claramente establecida; ii. Se debe garantizar el anonimato y respeto por la confidencialidad de los participantes en el reporte de la información recolectada; iii. Las actividades en desarrollo de las investigaciones xx xxxxxxx no deben ser realizadas directamente por personal de la fuerza de ventas o mercadeo de la Compañía; iv. Los participantes podrán recibir una compensación moderada y razonable por su participación que represente el valor xxxxx xxx xxxxxxx y sea acorde con el tiempo empleado, el trabajo realizado y las responsabilidades asumidas. El pago debe ser realizado en dinero o su equivalente (no en especie), y estar debidamente documentado. v. La contratación de Profesionales de Salud y/o las entidades a través de las cuales se lleve a cabo la investigación, debe ser formalizada a través de un acuerdo escrito establecido con la Compañía patrocinadora del estudio. Dichos acuerdos deben ser aprobados antes de su implementación, especificando la naturaleza de los servicios a prestar, sus objetivos, las condiciones de participación y remuneración de los Profesionales, la población a reclutar y los métodos de recolección. vi. Se debe instruir a quien desarrolla la investigación acerca de la obligatoriedad de reportes de eventos adversos.; vii. La información obtenida en dicha investigación debe ser tratada de forma xxxx y lícita, y sólo puede ser usada para los fines específicos y legítimos para los que se obtuvo. viii. El comportamiento de los realizadores de las encuestas debe ser ético de tal manera que no se menosprecie o desacredite alguna Compañía o producto de la competencia.; ix. Las investigaciones deben contar con un protocolo por escrito previamente aprobado por la Compañía en el que se establezcan claramente los objetivos, la metodología, los resultados previstos y su uso.; x. En el caso de investigaciones encargadas o patrocinadas por más de una Compañía, el análisis de los resultados será individual, así como las acciones que se adelanten con base en dicha información.; xi. Las Compañías deben garantizar que la realización de la investigación no constituye un incentivo para acuerdos o prácticas anticompetitivas. 6.8.2 Las investigaciones xx xxxxx...
INVESTIGACIÓN XX XXXXXXX. Realización de la investigación xx xxxxxxx
INVESTIGACIÓN XX XXXXXXX. CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE SOPORTE TÉCNICO Y ACTUALIZACIÓN DE LICENCIAMIENTO DEL SISTEMA T24 MARZO 2022
INVESTIGACIÓN XX XXXXXXX. La verificación de la existencia de proveedores a nivel nacional o internacional y del precio estimado basado en la información que se obtenga en la propia dependencia o entidad, de organismos públicos o privados, de fabricantes de BIENES o prestadores de SERVICIOS, o una combinación de dichas fuentes de información. LEY : La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. LICITANTE(S): La persona física o moral que participe en la presente licitación. MIPYMES: Las micro, pequeñas y medianas empresas de nacionalidad mexicana a que hace referencia la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. OIC: El Órgano Interno de Control en la Secretaría de Salud. PARTIDA: La división o desglose de los BIENES o SERVICIOS, contenidos en un procedimiento de contratación o en un CONTRATO o PEDIDO, para diferenciarlos unos de otros, clasificarlos o agruparlos. POBALINES: Políticas, bases y lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios de la Secretaría de Salud. PROPOSICIÓN(ES): Documentación que contiene las propuestas técnicas y económicas de los licitantes, así como aquella distinta a éstas. PROVEEDOR(ES): La persona física o moral con quien la Secretaría de Salud celebre el CONTRATO O PEDIDO derivado de la presente licitación. REGLAMENTO: El Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. SERVICIO: Los que se contraten con motivo del procedimiento de contratación. SFP: La Secretaría de la Función Pública. SECRETARÍA: La Secretaría de Salud. SOBRE CERRADO: Cualquier medio que contenga la PROPOSICIÓN del Licitante, cuyo contenido sólo puede ser conocido en el acto de presentación y apertura de proposiciones. TESOFE: FIRMA ELECTRÓNICA (FIEL) AVANZADA: FIRMA AUTÓGRAFA: La Tesorería de la Federación.
INVESTIGACIÓN XX XXXXXXX. El titular del Área requirente o superior jerárquico inmediato, conjuntamente con el Departamento de Recursos Materiales, serán los responsables de realizar la investigación xx xxxxxxx de conformidad con lo dispuesto por los artículos 26 sexto xxxxxxx xx xx Xxx, 00, 00, 00 xxxxxxx xxxxxxx y 38 fracción I del Reglamento y el procedimiento señalado en el Manual en su punto 4.2.1.1.10, conteniendo como mínimo lo siguiente:  Análisis de los precios preponderantes en el mercado, de por lo menos tres empresas.  Señalamiento de la existencia de bienes de fabricación nacional, acreditando que no existe en el país proveedor nacional, o que los existentes no pueden atender los requerimientos de los bienes solicitados. La investigación xx xxxxxxx deberá contener la firma del titular del Área requirente.
INVESTIGACIÓN XX XXXXXXX. La verificación de la existencia y costo de materiales, mano de obra, maquinaria y equipo, así como de contratistas, a nivel nacional o internacional, y del precio total estimado de los trabajos, basado en la información que se obtenga en términos del presente reglamento. Persona física o moral que celebre contratos de obras públicas. Delegación Federal de la Secretaría de Desarrollo Social en el Estado de Nayarit.