Introducción Sample Clauses

Introducción y Advertencias
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Introducción. Xx Xxx de Presupuesto Equilibrado de 1997 permite a los proveedores "optar por no participar" en Medicare y celebrar contratos privados con pacientes que son beneficiarios de Medicare. Para optar por no participar, los proveedores deben presentar una declaración jurada con cada aseguradora de Medicare que tenga jurisdicción sobre las reclamaciones que hayan presentado (o que tendría jurisdicción sobre las reclamaciones si el proveedor no hubiera optado por no participar en Medicare). En esencia, el Proveedor debe aceptar no presentar ningún reclamo de Medicare ni recibir ningún pago de Medicare por artículos o servicios proporcionados a ningún beneficiario de Medicare durante dos años. Este Acuerdo entre el Beneficiario y el Proveedor pretende ser el contrato que el Proveedor xxxx xxxxx con los beneficiarios de Medicare cuando los Proveedores optan por no recibir Medicare. Este Acuerdo se limita al acuerdo financiero entre el Proveedor y el Beneficiario y no es destinado a obligar a cualquiera de las partes a un curso específico o duración del tratamiento.
Introducción. An initial approach to, and further explanation of, certain key concepts from an anthropological perspective: Culture, Society, Social Classes, Enculturation, Socialization, Ethnic Identity, Nation, State, Ethnocentrism.
Introducción. La Xxx Xxxxx de Aseguramiento en Salud1, aprobada en Abril de 2009, es el inicio de un proceso de reforma en el sistema de salud del Perú que busca mejorar la salud, el acceso a los servicios de salud, la calidad de estos, la equidad, etc. Al ser de carácter universal y obligatorio, el aseguramiento estaría garantizando el acceso equitativo de todos los peruanos, sin reparar en la posibilidad que estos tienen para pagar por estos servicios al momento de requerirlos. Dado que xx Xxx 29344 es una xxx xxxxx, no define todos los aspectos necesarios para la exitosa puesta en marcha de esta reforma. De esta manera, queda mucho campo por abordar, donde el financiamiento de esta reforma es uno de los principales. De hecho, uno de los mayores xxxxxxx de muchos actores del sistema de salud es la viabilidad y sostenibilidad financieras de esta reforma. Experiencias previas, como el Seguro Integral de Salud (SIS), indican que de no disponer con los recursos para financiar los servicios de salud que reciban los asegurados, no se lograrán los objetivos de la reforma. La creación del SIS fue la mayor iniciativa de reforma en el sector salud que se ha realizado en la última década. Ésta abrió un campo de posibles reformas para mejorar el sistema de salud y la salud de la población. Sin embargo, la falta de la implementación de adecuados mecanismos que garanticen la disponibilidad de recursos, para cada beneficiario, rápidamente entrampó esta iniciativa en una continua inercia presupuestal, característica de las instituciones públicas. Sin embargo, no sólo hay que garantizar una correspondencia financiera con las metas que establezca la reforma para garantizar su sostenibilidad. Existe un conjunto de aspectos organizativos, relacionados con el financiamiento, que deben definirse para la puesta en marcha del Aseguramiento Universal en el Perú ¿Cómo se determina el monto requerido para financiar los servicios de salud de un asegurado? ¿Quién lo determina? ¿Cómo se organiza el flujo de estos recursos y quién los administra? ¿Cómo se establece la relación entre la institución administradora de los fondos y los establecimientos de salud? Estas son algunas de las preguntas que resultan relevantes al analizar la sostenibilidad de la reforma. En este contexto un grupo diverso y representativo de partidos políticos ha decidido abordar este tema. Más aún, en abril de 2009 este grupo suscribió un acuerdo sobre la función rectora en salud donde destaca la necesidad de “establecer un p...
Introducción. La aplicación web “Integrador” es utilizada, entre otros, para el reporte de información de producción diaria por parte de las empresas asociadas, permitiéndole a Ecopetrol S.A., y a la asociada llevar un control diario e histórico de de la información de producción.
Introducción. Los términos "nuestro/a," "nosotros," "Idaho Central," y "Credit Union" se refieren a Idaho Central Credit Union. "Usted" y “su/suyo” se refiere a todos y cada uno de los firmantes en una cuenta en la Credit Union. El término "día laboral" significa lunes a viernes, quedando excluidos los xxxx feriados federales. Este Acuerdo explica los términos y condiciones que rigen nuestro servicio eBranch (en adelante llamado eBranch). Al usar eBranch, usted se compromete a cumplir los términos y condiciones de este Acuerdo. Este Acuerdo xx xxxxxx por y será interpretado conforme a las leyes y reglamentos federales, y, en la medida en que no exista legislación federal aplicable, por las leyes del estado de Idaho. eBranch se ofrece para uso de los socios de Idaho Central Credit Union. El uso no autorizado queda terminantemente prohibido. eBranch es un servicio de Transferencia Electrónica de Fondos y usted está protegido por xx Xxx de Transferencia Electrónica de Fondos (EFTA) y la Regulación E de la Reserva Federal. Usted está sujeto a los términos y condiciones relacionados con servicios electrónicos tal como se detalla en el folleto Información Importante sobre Cuentas para Nuestros Socios. Usted recibió una copia del folleto al abrir su cuenta con nosotros. Puede solicitar una copia en cualquier momento. Consulte la sección Contáctenos al final del presente acuerdo. Si aprobamos su solicitud de eBranch, necesitará su computadora personal, dispositivo móvil o tableta para acceder a sus cuentas. Usted es responsable por la instalación, mantenimiento y operación de cualquier software (programa informático) o hardware (equipo físico). Idaho Central no será responsable de los errores o fallos causados por o relacionados con el servicio telefónico, Internet, hardware o software. Se accede vía Internet usando su ID de Registro y Contraseña. Al iniciar sesión la primera vez, puede cambiar su contraseña. El cambio de contraseña en eBranch no afecta el PIN que usa en el sistema automatizado Touch Tone Teller (de marcación por tonos), en cajeros automáticos o en dispositivos en puntos de venta. Nosotros lo identificamos por su ID de Registro y Contraseña únicos. Las transacciones iniciadas usando su ID de Registro y Contraseña serán consideradas como autorizadas por usted y el uso de su número de cuenta y contraseña constituye su permiso legal y firma para llevar a cabo la(s) transacción(es) que solicita, tal como lo permite xx Xxx de Firmas Electrónicas en el Comercio Globa...
Introducción. 1.1 El presente Contrato de Encargado de Tratamiento de Datos Personales forma parte y está integrado al Contrato y a cualquier Pedido entre Ud. y Celonis que rija nuestra prestación de Servicios a Ud. . Si y en la medida en que tratemos Sus Datos Personales dentro del marco del Contrato, este Contrato de Encargado de Tratamiento de Datos Personales, incluidos sus Anexos, (colectivamente, el "DPA") se aplicará a dicho tratamiento. 1.2 Responsable del Tratamiento", "Encargado del Tratamiento", “Responsable”, “Encargado”, "Interesado", "Fin comercial", "Venta" y "Tratamiento/s" tendrán los significados que se les otorgan en las Leyes Aplicables Relativas a Protección de Datos. De resultar aplicable según xx xxxxxx en xx xxx aplicable a las partes, se considerará que el término "Datos Personales" incluye conceptos como "Información Personal" o "Información de Identificación Personal"; se considerará que el término “Interesado” incluirá los conceptos de “Principal” o “Consumidor”; y se considerará que el Término “Responsable” incluye los conceptos de “Proveedor de Servicios” u “Operador Comercial de Manejo de Información Personal”. Todos los términos en mayúscula que no se definan de otro modo en el presente DPA tendrán el significado que se les atribuye en el Contrato. 1.3 Al celebrar el Contrato, Ud. también celebra este DPA en su nombre y, en la medida en que lo exijan las Leyes plicables Relativas a Protección de Datos, en nombre y en representación de sus Afiliadas, empleados y terceros cuyos Datos Personales puedan proporcionarnos en el contexto de la prestación de los Servicios. Por la presente, Ud. Nos autoriza a procesar dichos Datos Personales de acuerdo con este DPA. 1.4 En caso de conflicto, los términos individuales de este DPA prevalecerán sobre los términos individuales del Contrato. En el caso de que los términos individuales de este DPA fueran considerados inválidos y no pudieran aplicarse, la validez y la aplicabilidad de los términos restantes de este DPA no se verán afectadas.
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Introducción. 1.1 Los Representantes de la Clase presentaron esta demanda en la que se alegan infracciones de la ECOA, en febrero de 1998 inicialmente. En este litigio, los Demandantes impugnan lo que llaman la “política de margen de utilidad” de GMAC. GMAC niega todas las alegaciones de los Demandantes y, además, afirma que es incorrecta la certificación de clase dada la naturaleza individualizada de estas operaciones, la participación de concesionarios independientes, y las variaciones que a través de los años sufrieron las políticas de GMAC sobre adquisición de contratos. 1.2 El 28 xx xxxxxx de 2000, el Tribunal Federal de Primera Instancia certificó este casa como pleito de clase en todo el estado según Reglamento 00(x)(0) xx xxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx de Procedimiento Civil pero declinó certificar el caso según 23(b)(3). El 22 de xxxxx de 2002, el Tribunal de Apelaciones Federales de los Estados Unidos para el Circuito Sexto anuló la orden de certificación de clase y devolvió las actuaciones al tribunal inferior para realizar trámites adicionales y decidió, entre otras cosas, que la clase 23(b)(2) no puede recuperar indemnización por xxxxx y perjuicios según ECOA. El 14 de enero de 2004, el Tribunal Federal de Primera Instancia certificó el caso como clase nacional según el Reglamento 23(b)(2). GMAC ha presentado apelación, según el Reglamento 23(f), solicitando al Circuito Sexto que revoque la orden de certificación. 1.3 El juicio de este caso está fijado para el 17 de febrero de 2004, y el Tribunal Federal de Primera Instancia no ha decidido la moción pendiente fallo sumarial de GMAC. 1.4 Las Partes y sus abogados reconocen los costos y riesgos inherentes al litigio. El presente Litigio data ya de aproximadamente seis años y ha resultado en altos costos de tiempo y dinero. Con el fin de evitar gastos, demoras, contrariedades y el riesgo de continuar actuaciones judiciales ante tribunales de primera instancia y de apelaciones, las Partes desean resolver la disputa y totalmente, finalmente y para siempre, resolver, liberar y conciliar el Litigio. 1.5 Las Partes se proponen solicitar el registro de la Orden Preliminar de Aprobación que aprueba este Acuerdo de Resolución. Los Miembros de la Clase serán definidos de forma que incluyan consumidores de raza negra e hispanos, conforme lo estipulado en la Octava Demanda Enmendada que está siendo presentada de forma contemporánea con este Acuerdo de Resolución. El acuerdo está basado en las representaciones, promesas mutuas...
Introducción. 1.1. En este Contrato se definen los términos y condiciones generales que gobiernan la relación entre el Cliente y Xxxx. Pueden encontrarse copias de este Contrato en el sitio web de Pleo u obtenerse de manera gratuita contactando con el Servicio de atención al cliente, de acuerdo con la cláusula 33. 1.2. El Contrato entrará en vigor en la Fecha de inicio. La vigencia del Contrato finalizará según lo dispuesto en la cláusula 31. 1.3. El Contrato se redactará en inglés y toda comunicación entre el Cliente y Pleo se realizará en dicha lengua. Cuando el Contrato se traduzca a cualquier otra lengua local, prevalecerá la versión en inglés en caso de incoherencia. 1.4. Cualquier ambigüedad, conflicto o incoherencia entre los documentos de este Contrato se resolverán de acuerdo con el siguiente orden jerárquico: ● Formulario de pedido (si lo hay). ● Acuerdo de tratamiento de datos. ● Contrato Marco de Servicio.
Introducción. 1.1. This securities trading agreement (hereinafter the “Agreement”) is concluded between you, the client, and us, Admiral Markets Cyprus Ltd (Registration number HE310328, CySEC License number 201/13). We refer to ourselves as ‘AM CY’, ‘we’, ‘our’, ‘us’ and ‘ourselves’ as appropriate, and the client is referred to as ‘you’, ‘your’, ‘yours’, ‘yourself’ and ‘Client’ as appropriate. AM CY may choose to amend this Agreement as per clause 20, in accordance to its sole and absolute discretion. You do not have and shall not have any right whatsoever to amend this Agreement. 1.2. Through the “Invest.MT5” account, we provide services that relate to the placing of orders to purchase and sell securities, which securities include, but are not limited to, ETFs, listed units in limited liability partnerships and depositary receipts for shares of foreign companies. AM CY shall receive and accept orders from the Client for the specified physical securities that may be available from time to time to the type of client account for which the Client has been approved. AM CY is responsible for the receipt of orders by the Client. The Client understands that the Invest.MT5 account allows the purchase and sale of securities only. Once purchased, the securities in the Invest.MT5 account may only be transferred by way of sale. The Invest.MT5 account is a cash account and not a margined account. In the event that short selling becomes permitted, it may, at AM CY’s discretion on notice, become a margined account. You appoint AM CY as your agent for the purposes of providing the service to you in accordance with this Agreement. You acknowledge and agree that AM CY: a) may act as agent, in relation to the execution or arrange execution of orders and transactions on your behalf; b) will arrange for the safeguarding of any money you deposit in AM CY, in accordance to clause 8.2 of the Agreement. 1.3. In the event that a corporate action or capital event that includes issue in listed equity instruments that: a) are not outlined in clause 1.2; or b) are issued in jurisdictions not supported by AM CY; or c) are or will be traded in venues which AM CY cannot access; or d) are not available on AM CY’s trading platform for any other reason; AM CY no podrá ofrecer servicios de trading a los Clientes con respecto a estos nuevos instrumentos emitidos y actuará debidamente en la ejecución de dichos instrumentos en el xxxxxxx abierto y en el establecimiento con el Cliente a discreción exclusiva d...
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