Arquitectura del sistema Cláusulas de Ejemplo

Arquitectura del sistema. La arquitectura general del sistema debe ser construida en base a dos subsistemas principales: • Sistema de Control y Monitoreo • Sistema de Centro de Control La Figura a continuación muestra una representación gráfica de la arquitectura sugerida para el Sistema de Centro de Control y la integración requerida con el Sistema de Recaudo (SR).
Arquitectura del sistema. El radar de superficie debe ser preferiblemente diseñado utilizando tecnología de onda continua. Dispondrá de dos (2) canales independientes con el fin de aumentar la disponibilidad del sistema. Cada canal constará de un transmisor, un receptor y un extractor/procesador. En funcionamiento dual, se empleará una unidad de cambio automático que permitirá activar el transmisor / receptor / extractor del canal deseado. Al detectar un fallo que afecte al funcionamiento se producirá automáticamente un cambio al canal que funcione como reserva, sin que ello afecte negativamente a las prestaciones del sistema ni se pierdan blancos en la conmutación." El SMR deberá ser modular en su construcción e incluirá los siguientes elementos:  Antena y pedestal  Unidad de Control de Antena  Transmisor/Receptor (doble)  Extractor (doble)  Unidad de Control y Supervisión Local  Sistema de presentación de datos (PPI) A continuación, se recogen las especificaciones para cada uno de los elementos descripto.
Arquitectura del sistema. La solución propuesta para la implantación del sistema de control es de una estructura piramidal con tres niveles claramente definidos: − Nivel 0.- Ordenadores como puesto de trabajo en remoto por medio de Modem. − Nivel 1.- Puestos de operador (Puesto de Control, Recepción y Oficinas)
Arquitectura del sistema. La arquitectura básica del sistema se muestra en la figura 2. El nuevo Sistema de Localización, Alerta y Seguimiento tiene que que- dar plenamente integrado en la plataforma actual, de modo que cual- quier puesto de los existentes en la Sala de Operaciones pueda aten- der este servicio. En el diagrama de bloques, se muestra la interconexión y flujo de comunicaciones entre los elementos básicos que intervienen en el sistema, sin extenderse en detalles sobre composición de los equi- pos. El equipo móvil estará dotado de dos tarjetas GSM (cada una con un ANI propio y nombradas en adelante como GSM A y GSM B), el receptor GPS y la lógica para realizar y procesar las dis- tintas funciones. El funcionamiento básico del sistema será el siguiente: El taxista, ante una situación de emergencia, activará la alarma. Esta acción desencadenará una llamada (de voz) por el canal de trá- fico GSM A. Tras recibirse en el centro, este, a través del front-end de comunicaciones, propiciará velozmente una llamada (de datos) al equipo embarcado en el taxi por el canal de tráfico GSM B. El cen- tro reintentará la llamada tantas veces como sea preciso, hasta lograr el establecimiento de la comunicación. Establecidas ambas llamadas, el operador del Centro de Atención de Llamadas de Urgencia 112, recibirá dos tipos de información: — Por el canal GSM A podrá monitorizar, mediante el terminal de voz del puesto (call master), los sonidos en el interior del vehículo. Esta llamada activará de forma automática la aper- tura de una “carta de llamada” en el puesto de operador y la presentación inmediata y de igual modo automática del nú- mero de identificación del llamante, así como de los datos de identificación de este (número de licencia, matrícula, marca, modelo y color del vehículo, ...). — Por el canal GSM B recibirá posiciones GPS corregidas del vehículo. El equipo embarcado, que recibe información de su posicionamiento a través del sistema GPS cada segundo, re- cibirá, a su vez, por el canal GSM B información de referen- cia procedente de un receptor Rasant ubicado en el centro. La corrección de los datos de posición se realizará en el equipo embarcado y será transmitida por GSM B una vez estableci- da la comunicación. Las posiciones recibidas en el centro se- rán presentadas en la pantalla del GIS. El sistema, en condiciones de “no alarma”, permitirá realizar lla- madas de voz al 112 por GSM B para comunicar incidentes obser- vados por el taxista. El ANI B recibido en este caso per...
Arquitectura del sistema. Art. 5.3.2.- Interfaz de usuario y motor de búsqueda. Art. 5.3.3.-
Arquitectura del sistema. [007] La tecnología del sistema Multi Xxxx Free Flow (MLFF) deberá permitir cobrar el peaje: • Sin necesidad de detener el vehículo; • Sin necesidad de canalizar los vehículos en carriles separados, como sucede con las plazas de peaje tradicionales. [008] El PCA, cuando un vehículo transita por un carril del pórtico, deberá realizar una clasificación por escaneo láser, para comprobar si la categoría declarada, por la lectura de los datos del TAG del usuario, coincide con la categoría medida. El primer nivel de OCR (Optical Character Recognition), integrado a la cámara ANPR (Automatic Number Plate Recognition), deberá captar las imágenes de la parte delantera y trasera del vehículo, reconocer y leer el número de patente y el segundo nivel de OCR, integrado en el controlador del PCA, deberá confirmar o corregir tales lecturas. Todas las imágenes de los tránsitos (imágenes de los vehículos delanteras y traseras) se enviarán al centro de control los datos totales obtenidos por el TAG, como el resultado de los controles que se realizan, fecha y hora, identificación del PCA, otras informaciones relevantes y todas las imágenes capturadas, deberá ser enviadas por separado, aunque vinculadas por el número de operación principal. [009] Por razones de seguridad, todos los mensajes de tránsito y las imágenes de los vehículos enviadas desde el PCA deberán estar cifradas mediante firma digital y marca de agua. [010] La funcionalidad de adquisición de matrículas deberá estar prevista de manera redundante; esto significa que aún en caso de avería de una de ellas el PCA deberá continuar funcionando normalmente. [011] Además de las imágenes ANPR (Automatic Number Plate Recognition), se deberá contemplar los siguientes aspectos: • La presencia del sistema de registro de fotos de contexto: ambas cámaras deberán poseer doble lente (b/n y otra a colores) por lo tanto se adquieren 2 fotos de las matrículas b/n (anterior y posterior) y 2 fotos del contexto a colores (anterior y posterior); ambas deberán estar dotadas de auto-trigger, esto significa que no deberán depender de un mando externo que comande la captura de las imágenes (ej. trigger basado en el paso del vehículo sobre un espiral electromagnética o bajo un láser). Por lo tanto, la avería del clasificador, que nota también la presencia vehicular, no impida a la cámara de adquirir la foto de la placa patente y del contexto del vehículo en tránsito. • La presencia del sistema de grabación de fotos del lateral del vehículo ...
Arquitectura del sistema. Un porcentaje muy alto de nuestro Sistema de Información Geográfica está diseñado con el siguiente esquema: - ArcGIS Enterprise: ArcGIS Server como servidor de mapas y Portal for ArcGIS como gestor de contenidos, usuarios y permisos a los distintos datos. Durante el año 2018, se está realizando la migración de ArcGIS 10.1 a ArcGIS 10.6. Se utiliza el producto standard de ESRI, pero también muchos desarrollos hechos a medida, para solucionar problemática específica de nuestra empresa (desktop, widgets,…) - Base de datos Microsoft SQL Server 2016 con Geodatabases corporativas como sistema de almacenamiento de datos principal. Se dispone de réplicas de nuestro sistema en otros formatos, shp, kml, dwg … para que sean consumidos por nuestra propia plataforma u otras plataformas de la empresa. - Servidores web IIS para desplegar aplicaciones y servicios web. Tanto las aplicaciones web, que se desarrollan con la plataforma ArcGIS, como los servicios web, desarrollados para solucionar problemática GIS e integración con otros sistemas de la empresa, están publicados en un IIS 10. - Clientes: ArcGIS Desktop 10.6 e Internet Explorer 11. Nuestros datos geográficos se mantienen con ArcGIS Desktop, tanto con herramientas standard como con herramientas desarrolladas a medida. Las aplicaciones de visualización y explotación de datos geográficos, así como las de vinculación con otros sistemas de la empresa se consumen a través de IE11. Estas aplicaciones están desarrolladas con WAB. Aunque prácticamente todo nuestro sistema responde a la arquitectura descrita, todavía queda una pequeña parte (relación con la parte comercial) que responde a una arquitectura antigua: Aplicación a medida realizada con VB6, que permite visualizar datos gráficas en formato shape, así como mapas en formato raster. Estos datos se visualizan a través de un componente COM desarrollado en C++. En la aplicación, además de la visualización de los datos gráficos, se permite realizar la vinculación con la aplicación corporativa de SCPSA para la gestión de abonados.
Arquitectura del sistema. 1. Core o núcleo. En el Core y en los paquetes hijos se encuentran todos los componentes que permiten la ejecución del sistema, que permiten administrar y ponerlo en funcionamiento y que constituyen la arquitectura principal del sistema.

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Habilitación No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial firme, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.