AUTORIZACIÓN PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS Cláusulas de Ejemplo

AUTORIZACIÓN PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS. PERSONALES: En cumplimiento de las normas vigentes sobre protección de datos personales, TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. cuenta con una Política de Privacidad, Tratamiento, y Protección de Datos Personales (en adelante, la Política de Privacidad) la cual se entiende incorporada al presente contrato. Teniendo en cuenta que en la celebración y ejecución del presente contrato se requiere o podría requerirse la recopilación, uso y tratamiento de algunos datos personales de EL CONTRATISTA y/o de sus dependientes, empleados o sub- contratista, EL CONTRATISTA declara que ha leído, conoce y acepta el contenido de la política de privacidad de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. y autoriza a incorporar, en su base de datos interna, los datos personales que sean suministrados para la celebración y ejecución del presente contrato, y para darles el tratamiento que estime necesario de conformidad con los términos y finalidades señaladas en la Política de Privacidad antes mencionada.
AUTORIZACIÓN PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS. 21.1 Al aceptar los presentes Términos y Condiciones, el Cliente acepta también de manera expresa, libre, voluntaria y consciente, la política de tratamiento de datos personales de Hilti Colombia S.A.S. que se encuentra publicada en xxxxx://xxx.xxxxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxx/xxxxxxxxx/Xxxxx- Release/light_pages/Politica%20y%20Privacidad%20de%20datos.pdf. 21.2 Dicha política de tratamiento de datos se entiende incorporada a este documento por referencia, por lo que, al aceptar los presentes Términos y Condiciones, el Cliente también autoriza de manera libre, espontánea, consciente y expresa a HILTI COLOMBIA S.A.S., como Responsable del tratamiento de información, con NIT 900.456.739-6, domiciliada Xxxxx 00 # 00-00, Xxxx 0, Xxxxxx, X.X., Xxxxxxxx, para que trate sus datos personales de conformidad con lo dispuesto en la referida política de tratamiento de datos.
AUTORIZACIÓN PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS. 23.1 Al aceptar los presentes Términos y Condiciones, el Cliente autoriza de manera libre y expresa a HILTI ARGENTINA SRL, Responsable del tratamiento de información, para que trate sus datos personales de conformidad con lo dispuesto a continuación.
AUTORIZACIÓN PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS. PERSONALES: La Fundación Xxxxx Xxxxx institución responsable del manejo de datos personales de sus usuarios y/o aliados estratégicos le informa que sus datos personales, que pueden incluir datos sensibles1, reposan en nuestra base de datos los cuales han sido recolectados debido a la relación civil o mercantil vigente. En cumplimiento con lo consagrado en la Ley 1581 de 2012 y especialmente en virtud de lo establecido en el Artículo 10 del Decreto 1377 de 2013, la Fundación solicita autorización para continuar con el tratamiento de sus datos para fines históricos, estadísticos y administrativos. La Fundación, informa que usted no está obligado a autorizar el tratamiento de datos sensibles, los cuales también serán utilizados para las finalidades enunciados. La información será objeto de tratamiento al interior de nuestra Institución para los propósitos indicados en el artículo 10 de la Ley 1581 de 2012. La Política Institucional de Confidencialidad, Privacidad y Tratamiento de Datos Personales está disponible en nuestra página web xxx.xxxxx.xxx o en nuestras oficinas. La Fundación Xxxxx Xxxxx consciente del alcance de sus derechos sobre los datos personales le informa que usted podrá conocer, actualizar y rectificar sus datos personales, así como revocar la autorización de acuerdo con lo establecido en la Ley y siempre que no exista ningún tipo de relación con la FUNDACIÓN ABOOD SHAIO o no se encuentre vigente algún servicio derivado de esta autorización. Usted puede encontrar los formatos para actualizar, rectificar o revocar el uso de sus datos personales en la página web xxx.xxxxx.xxx. Teniendo en cuenta lo anterior, con la suscripción del presente documento autoriza de manera voluntaria, previa, explícita, e inequívoca a la FUNDACIÓN ABOOD SHAIO para tratar sus datos personales para los fines legales, contractuales, comerciales descritos en los Términos y Condiciones de nuestra Política de Privacidad de conformidad con la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013.
AUTORIZACIÓN PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS. 23.1 Al aceptar los presentes Términos y Condiciones, el Cliente autoriza de manera libre y expresa a HILTI PERU S.A., para que trate sus datos personales de conformidad con lo dispuesto a la Ley N° 29733 - Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento - D.S. N° 003-2013-JUS, así como a lo dispuesta a continuación. 23.2. El Cliente declara haber sido informado clara, expresa y previamente que: (a) los datos que serán sometidos a tratamiento por parte de HILTI, los cuales serán incorporados
AUTORIZACIÓN PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS. Cada una de las Partes declara y garantiza haber obtenido legítimamente, y además autoriza a la otra Parte, el uso de los datos personales que lleguea suministrar durante la vigencia del Acuerdo y se compromete a que los datos personales a los cuales tenga acceso en virtud de este Acuerdo serán tratados de conformidad con lo previsto en la ley 1581 de 2012 y demás normas concordantes. Por lo anterior, cada Parte deberá emplear e implementar las medidas internas correspondientes en calidad de responsables para garantizar una adecuada transferencia y divulgación a la otra Parte, de los datos personales que hagan parte o estén relacionados con la Información Confidencial sin que tal divulgación implique la transferencia de la propiedad y responsabilidad sobre dichas bases de datos.
AUTORIZACIÓN PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS. Se entiende para todos los efectos, que con la firma del contrato, las partes manifiestan su autorización para realizar el tratamiento de los datos personales. En cumplimiento de la normativa de Protección de Datos Personales, especialmente la Ley 1581 de 2012 y Decreto 1377 de 2013 y demás normas que los modifiquen y/o adicionen y/o sustituyan, ambas partes autorizan para realizar el tratamiento de sus datos personales directamente o a través de terceros encargados de dicho tratamiento, con la finalidad de ejecutar las diversas actividades relacionadas con el negocio jurídico. Por tratamiento de datos se entiende cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como, la recolección, almacenamiento, uso, circulación, transmisión, transferencia o supresión.

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  • CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS (art. 196 LCSP). 23.1.- El contratista queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato en los términos previstos en la cláusula 8 del presente pliego. 23.2.- Si llegado el final del plazo establecido, el contratista hubiere incurrido en demora, por causa imputable al mismo, la Administración podrá optar indistintamente, por la resolución del contrato, con pérdida de la garantía constituida, o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. Esta misma facultad tendrá la Administración respecto al incumplimiento por parte del contratista de los plazos parciales o cuando la demora en el cumplimiento de aquéllos haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total. 23.3.- La imposición de penalidad no excluye la indemnización a que pueda tener derecho la Administración por los daños y perjuicios ocasionados por el retraso imputable al contratista. 23.4.- La constitución en xxxx del contratista no requerirá intimación previa por parte de la Administración. 23.5.- Si se produjera retraso en el cumplimiento de los plazos por causas no imputables al contratista, la Administración podrá a petición de éste o de oficio, conceder la prórroga por un tiempo igual al tiempo perdido, salvo que el contratista solicite otro menor, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 197.2 de la LCSP.

  • Tratamiento de Datos En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento general de protección de datos, los licitadores quedan informados de que los datos de carácter personales que, en su caso, sean recogidos a través de la presentación de su oferta y demás documentación necesaria para proceder a la contratación serán tratados por este Ayuntamiento con la finalidad de garantizar el adecuado mantenimiento, cumplimiento y control del desarrollo del contrato.

  • FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato, la cual se presentará a más tardar dentro de los 10 (días) calendarios siguientes a la firma del contrato. La garantía de fiel cumplimiento debe ser equivalente al 10% del monto total del contrato.-

  • PRESTACIÓN DE SERVICIOS AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL SFA-CPF-4015/2014 FEDERAL ESTATAL

  • Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato Los Adjudicatarios cuyos Contratos excedan el equivalente en Pesos Dominicanos xx Xxxx Mil Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica con 00/100 (US$10.000,00), están obligados a constituir una Garantía Bancaria o Pólizas de Fianzas de compañías aseguradoras de reconocida solvencia en la República Dominicana a solicitud del MOPC, con las condiciones de ser incondicionales, irrevocables y renovables, en el plazo de Cinco (5) días hábiles, contados a partir de la Notificación de la Adjudicación, por el importe del CUATRO POR CIENTO (4%) del monto total del Contrato a intervenir, en el caso de tratarse de una MIPYME, corresponderá a UNO POR CIENTO (1%) a disposición de la Entidad Contratante, cualquiera que haya sido el procedimiento y la forma de Adjudicación del Contrato. La no comparecencia del Oferente Adjudicatario a constituir la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, se entenderá que renuncia a la Adjudicación y se procederá a la ejecución de la Garantía de Seriedad de la Oferta. Cuando hubiese negativa a constituir la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la Entidad Contratante, como Órgano de Ejecución del Contrato, notificará la Adjudicación de los renglones correspondientes al Oferente que hubiera obtenido la siguiente posición en el proceso de Adjudicación, conforme al Reporte de Lugares Ocupados. El nuevo Oferente Adjudicatario depositará la Garantía y suscribirá el Contrato de acuerdo al plazo que le será otorgado por la Entidad Contratante, mediante comunicación formal.

  • Contrato de Seguro Documento donde se establecen los términos y condiciones celebradas entre el Contratante y la Compañía, así como los derechos y obligaciones de las partes. Este documento está integrado por las condiciones generales, la carátula de la Póliza, la Solicitud de Seguro y Endosos que se agreguen, los cuales constituyen prueba del Contrato de Seguro. Este Contrato de Seguro está constituido por: a) Las declaraciones del Solicitante Titular proporcionadas por escrito en la solicitud del seguro. b) La Póliza. c) Las cláusulas adicionales o endosos, los cuales son documentos que modifican o condicionan en cualquier sentido los alcances del contrato. d) Las Condiciones Generales. e) Cualquier otro documento que hubiera sido materia para la celebración del mismo.

  • PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura, salvo que en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares se fijara un plazo diferente. El plazo de SESENTA (60) días antes aludido o el que se establezca en el pertinente pliego particular se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo. La prórroga automática del plazo de mantenimiento de oferta no podrá exceder de UN (1) año contado a partir de la fecha del acto de apertura. El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos, y en ese caso, la jurisdicción o entidad contratante la tendrá por retirada a la finalización del período indicado. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta. Con posterioridad a la notificación del acto de adjudicación, el plazo de mantenimiento de oferta se renovará por DIEZ (10) días hábiles. Vencido éste plazo sin que se hubiese notificado la orden de compra o venta por causas no imputables al adjudicatario, éste podrá desistir de su oferta sin que le sea aplicable ningún tipo de penalidad ni sanción.

  • GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA 17.1 El Oferente deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta, en la forma estipulada en los DDL 17.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta será por la suma estipulada en los DDL y denominada en Lempiras. En caso de que la oferta se presente en varias monedas, a los fines del cálculo de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, estas se convertirán en Lempiras a la tasa de cambio aplicable según la cláusula 29.1 de las IAO. 17.3 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá: (a) ser presentada en original (no se aceptarán copias); (b) permanecer válida por un período que expire 30 días después de la fecha límite de la validez de las Ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 16.2 de las IAO; 17.4 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta emitida por un banco o una aseguradora deberá: (a) ser emitida por una institución que opere en Honduras, autorizada por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros; (b) estar sustancialmente de acuerdo con uno de los formularios de Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección X, “Formularios de Garantía” u otro formulario aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la Oferta; (c) ser pagadera con prontitud ante solicitud escrita del Contratante en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 17.5 de las IAO; 17.5 Todas las Ofertas que no estén acompañadas por una Garantía de Mantenimiento de la oferta que sustancialmente responda a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento. 17.6 La Garantía de Mantenimiento de Oferta de los Oferentes cuyas Ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas inmediatamente después de que el Oferente seleccionado suministre su Garantía de Cumplimiento. 17.7 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva si: (a) el Oferente retira su Oferta durante el período de validez de la Oferta especificado por el Oferente en la Oferta, salvo lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las IAO; o (b) el Oferente seleccionado no acepta las correcciones al Precio de su Oferta, de conformidad con la Subcláusula 28 de las IAO; (c) si el Oferente seleccionado no cumple dentro del plazo estipulado con: (i) firmar el Contrato; o (ii) suministrar la Garantía de Cumplimiento solicitada. 17.8 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta de un Consorcio deberá ser emitida en nombre del Consorcio que presenta la Oferta.

  • ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

  • CUMPLIMIENTO DE LA LEY El Contratista cumplirá con todas las leyes, ordenanzas, reglas y reglamentaciones que se relacionen con sus obligaciones conforme al presente Contrato.