Características de los proyectos Cláusulas de Ejemplo

Características de los proyectos. Las ayudas previstas tienen como finalidad la realización de investigación aplicada mediante Proyectos de Fortalecimiento de Grupos de Investigación, liderados por Investigadores/as Principales de la UAL, que contribuyan al desarrollo, innovación y fortalecimiento de las líneas de investigación científico y técnica de los grupos de investigación en la Universidad de Almería. Se pretende fomentar la investigación e innovación aplicada, lo que repercutirá en la mejora de las condiciones sociales, económicas y tecnológicas de la provincia de Almería y de la sociedad española. Las actuaciones deberán estar alineadas con lo estipulado en el Acuerdo de Asociación y el Programa, y deberán cumplirse los condicionantes ambientales y requerimientos correspondientes a la evaluación de conformidad con el principio Do No Significant Harm (XXXX, por sus siglas en inglés) llevada a cabo a nivel de tipo de acción. Asimismo, se garantizará la protección frente al cambio climático de las inversiones en las infraestructuras cuya vida útil sea como mínimo de cinco años. Los proyectos tendrán un alto nivel competitivo, esencial tanto para el desarrollo de capacidades científico-técnicas como para incrementar la base de conocimiento del sector empresarial. Serán proyectos competitivos liderados por investigadores/as de la UAL. Los proyectos serán dirigidos por un/a único/a Investigador/a Principal de la UAL, que asumirá la responsabilidad de la dirección y ejecución del proyecto. El/La Investigador/a Principal deberá ser PDI en activo y ser responsable de algún Grupo de Investigación PAIDI de la Universidad de Almería, con vinculación contractual con la UAL hasta la fecha fin del proyecto. El/La Investigador/a Principal deberá ser responsable de algún Grupo de Investigación que no haya recibido financiación en la primera convocatoria de Proyectos de Fortalecimiento de Grupos de Investigación en el marco del Programa Operativo FEDER Andalucía 2021-2027 (Resolución de 24 xx xxxx de 2023, de la Universidad de Almería, por la que se publica un extracto de las convocatorias de Proyectos de Fortalecimiento a Grupos de Investigación y Proyectos de Fortalecimiento de Centros de Investigación del Plan Propio de Investigación y Transferencia 2023; BOJA número 101, del 30 xx xxxx 2023). El incumplimiento de lo establecido en alguno de los requisitos no será subsanable y conllevará la no admisión a trámite de la solicitud. El equipo de investigación estará conformado por los miembros del g...
Características de los proyectos. II.1. Los proyectos que se presenten deberán enmarcarse en alguna de las siguientes vertientes, descritas en el numeral 3.5.1 de las Reglas de Operación del PCS.
Características de los proyectos. II.1. Los proyectos que se presenten deberán enmarcarse en la siguiente vertiente, descrita en el numeral

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,34 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS La entidad contratante podrá solicitar los documentos que estime pertinentes conforme al objeto de contratación misma que serán considerados como requisitos mínimos.

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO El concesionario tendrá los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.