Common use of COBERTURAS ADICIONALES Clause in Contracts

COBERTURAS ADICIONALES. Mediante aceptación expresa de la Compañía y de acuerdo a los límites rnáximos de responsabilidad establecidos en la "Especificación de la póliza (coberturas)", así como la obligación del pago de la prima adicional correspondiente, la presente póliza puede extenderse a cubrir los riesgos que adelante se indican: 1. Que no implican un incremento en la suma asegurada de la cobertura principal A Daños causados directamente por terremoto, maremoto y erupción volcánica. Queda entendido y convenido que la Compañía indemnizará pérdidas y/o daños a los bienes asegurados, resultantes de un terremoto, maremoto y erupción volcánica. Daños causados directamente por ciclón, huracán, marejada, tornado, tempestad, granizada, vientos tempestuosos (superiores a grado 8 de la xxxxxx xx Xxxxxxxx), inundación, enfangamiento, hundimiento o deslizamiento del terreno, derrumbes y desprendimiento de tierra o rocas. Para los riesgos de ciclón, huracán, marejada, tornado, tempestad, granizada y vientos tempestuosos, solo se indemnizará si el Asegurado comprueba que el diseño cumple con los reglamentos de la localidad o del Distrito Federal si no las hubiera vigentes al inicio de los trabajos y que ha respetado las especificaciones que rigen para las dimensiones y calidades de los materiales de construcción y mano de obra en las que se basa el respectivo diseño tanto de la obra civil como del montaje.

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Samples: Seguro Contra Todo Riesgo De Construcción

COBERTURAS ADICIONALES. Mediante aceptación expresa de la Compañía y de acuerdo a los límites rnáximos máximos de responsabilidad establecidos en la "Especificación de la póliza (coberturas)", así como la obligación del pago de la prima adicional correspondiente, la presente póliza puede extenderse a cubrir los riesgos que adelante se indican: 1. Que no implican un incremento en la suma asegurada de la cobertura principal A Cobertura "B" Daños causados directamente por por, terremoto, maremoto y erupción volcánica. Queda entendido y convenido que la Compañía indemnizará pérdidas y/o daños a los bienes asegurados, resultantes de un terremoto, maremoto y o erupción volcánica. Para los riesgos de terremoto sólo se indemnizará si el Asegurado comprueba que el diseño cumple con los reglamentos antisísmicos oficiales de la localidad en donde se está realizando el trabajo o del Distrito Federal, si no las hubiera, vigentes al inicio de los trabajos y que ha respetado las especificaciones que rigen para las dimensiones y calidades de los materiales de construcción y mano de obra en las que se basa el respectivo diseño tanto del montaje como de la obra civil. La inclusión de esta cobertura no implica incremento en la suma asegurada total. Cobertura "C" Daños causados directamente por ciclón, huracán, marejada, tornado, tempestad, granizada, vientos tempestuosos (superiores a grado 8 de la xxxxxx xx Xxxxxxxx), inundación, enfangamiento, hundimiento o deslizamiento del terreno, derrumbes y desprendimiento de tierra o rocas. Para los riesgos de ciclón, huracán, marejada, tornado, tempestad, granizada y vientos tempestuosos, solo sólo se indemnizará si el Asegurado comprueba que el diseño cumple con los reglamentos de la localidad o del Distrito Federal Federal, si no las hubiera vigentes al inicio de los trabajos y que ha respetado las especificaciones que rigen para las dimensiones y calidades de los materiales de construcción y mano de obra en las que se basa el respectivo diseño tanto del montaje como de la obra civil como del montajecivil.

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Samples: Seguro Contra Todo Riesgo De Montaje

COBERTURAS ADICIONALES. Mediante Las siguientes coberturas solo tendrán v xxxx si así se hace constar en las condiciones particulares, mediante aceptación expresa y el conv xxxx expreso de la Compañía y de acuerdo a los límites rnáximos de responsabilidad establecidos en la "Especificación de la póliza (coberturas)", indemnización así como la obligación del el pago de la prima adicional correspondiente, la . La presente póliza puede extenderse a cubrir los riesgos que adelante se indican: 1. I. Que no implican un incremento implica cambio de x xxxx alguno en la suma asegurada de la cobertura principal A " A". Cobertura "B": Daños causados directamente por terremototerremotos, temblor, maremoto y erupción volcánicav olcánica. Queda entendido y convenido que la Compañía indemnizará pérdidas y/o daños a los bienes asegurados, resultantes de un terremoto, maremoto y erupción volcánica. Cobertura "C": Daños causados directamente por ciclón, huracán, marejada, tornado, tempestad, granizada, vientos tempestuosos (superiores a grado 8 de la xxxxxx xx Xxxxxxxx)v ientos, inundación, enfangamientodesbordamiento y alza de niv el de aguas, enf angamiento, hundimiento o deslizamiento del terreno, derrumbes y desprendimiento de tierra tierras o de rocas. Para los riesgos de ciclón, huracán, marejada, tornado, tempestad, granizada y vientos tempestuosos, solo se indemnizará si Cobertura "D": Daños causados directamente por el Asegurado comprueba que contratista en el diseño cumple con los reglamentos curso de la localidad ejecución de las operaciones llev adas a cabo con el propósito de dar cumplimiento a sus obligaciones deriv adas de la Cláusula de mantenimiento del contrato de construcción. II. Coberturas que requieren sumas aseguradas por separado. Se entenderá que la compañía indemnizará, sin exceder de la suma o sumas aseguradas asignadas: Cobertura "E": La responsabilidad civ il extracontractual del Distrito Federal si no las hubiera vigentes al inicio asegurado por daños materiales accidentalmente producidos a bienes de los trabajos terceros que ocurran en conexión directa con la ejecución del contrato de construcción asegurado por esta póliza y que ha respetado las especificaciones hubieran acontecido dentro o en la v ecindad inmediata del lugar del contrato durante el período del seguro. Pero la compañía no indemnizará al asegurado en relación a: 1.Gastos incurridos en hacer o rehacer, arreglar, reparar o remplazar cualquier trabajo o bienes cubiertos o que rigen para las dimensiones y calidades deban estar cubiertos bajo la cobertura principal " A" de los materiales de construcción y mano de obra en las que se basa el respectivo diseño tanto de la obra civil como del montajeesta Póliza.

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Samples: Insurance Policy

COBERTURAS ADICIONALES. Mediante aceptación expresa de la Compañía y de acuerdo a los límites rnáximos de responsabilidad establecidos en la "«Especificación de la póliza (coberturas)"», así como la obligación del pago de la prima adicional correspondiente, la presente póliza puede extenderse a cubrir los riesgos que adelante se indican: 1. Que no implican un incremento en la suma asegurada de la cobertura principal A Daños causados directamente por terremoto, maremoto y erupción volcánica. Queda entendido y convenido que la Compañía indemnizará pérdidas y/o daños a los bienes asegurados, resultantes de un terremoto, maremoto y erupción volcánica. Daños causados directamente por ciclón, huracán, marejada, tornado, tempestad, granizada, vientos tempestuosos (superiores a grado 8 de la xxxxxx xx Xxxxxxxx), inundación, enfangamiento, hundimiento o deslizamiento del terreno, derrumbes y desprendimiento de tierra o rocas. Para los riesgos de ciclón, huracán, marejada, tornado, tempestad, granizada y vientos tempestuosos, solo se indemnizará si el Asegurado comprueba que el diseño cumple con los reglamentos de la localidad o del Distrito Federal de la Ciudad de México si no las hubiera vigentes al inicio de los trabajos y que ha respetado las especificaciones que rigen para las dimensiones y calidades de los materiales de construcción y mano de obra en las que se basa el respectivo diseño tanto de la obra civil como del montaje.

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Samples: Seguro Contra Todo Riesgo De Construcción

COBERTURAS ADICIONALES. Mediante aceptación expresa de la Compañía y de acuerdo a los límites rnáximos máximos de responsabilidad establecidos en la "Especificación de la póliza (coberturas)", así como la obligación del pago de la prima adicional correspondiente, la presente póliza puede extenderse a cubrir los riesgos que adelante se indican: 1. Que no implican un incremento en la suma asegurada de la cobertura principal A Daños causados directamente por por, terremoto, maremoto y erupción volcánica. Queda entendido y convenido que la Compañía indemnizará pérdidas y/o daños a los bienes asegurados, resultantes de un terremoto, maremoto y o erupción volcánica. Para los riesgos de terremoto sólo se indemnizará si el Asegurado comprueba que el diseño cumple con los reglamentos antisísmicos oficiales de la localidad en donde se está realizando el trabajo ode la Ciudad de México, si no las hubiera, vigentes al inicio de los trabajos y que ha respetado las especificaciones que rigen para las dimensiones y calidades de los materiales de construcción y mano de obra en las que se basa el respectivo diseño tanto del montaje como de la obra civil. La inclusión de esta cobertura no implica incremento en la suma asegurada total. Daños causados directamente por ciclón, huracán, marejada, tornado, tempestad, granizada, vientos tempestuosos (superiores a grado 8 de la xxxxxx xx Xxxxxxxx), inundación, enfangamiento, hundimiento o deslizamiento del terreno, derrumbes y desprendimiento de tierra o rocas. Para los riesgos de ciclón, huracán, marejada, tornado, tempestad, granizada y vientos tempestuosos, solo sólo se indemnizará si el Asegurado comprueba que el diseño cumple con los reglamentos de la localidad o del Distrito Federal de la Ciudad de México, si no las hubiera vigentes al inicio de los trabajos y que ha respetado las especificaciones que rigen para las dimensiones y calidades de los materiales de construcción y mano de obra en las que se basa el respectivo diseño tanto del montaje como de la obra civil como del montajecivil.

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Samples: Seguro Contra Todo Riesgo De Montaje

COBERTURAS ADICIONALES. Mediante aceptación expresa de la Compañía y de acuerdo a los límites rnáximos máximos de responsabilidad establecidos en la "Especificación de la póliza Póliza (coberturasCoberturas)", así como la obligación del pago de la prima adicional correspondiente, la presente póliza Póliza puede extenderse a cubrir los riesgos que adelante se indican: 1. Que no implican un incremento en la suma asegurada Suma Asegurada de la cobertura principal A Cobertura "B" Daños causados directamente por terremoto, maremoto y erupción volcánica. Queda entendido y convenido que la Compañía indemnizará pérdidas y/o daños a los bienes aseguradosAsegurados, resultantes de un terremoto, maremoto y erupción volcánica. Cobertura "C" Daños causados directamente por ciclón, huracán, marejada, tornado, tempestad, granizada, vientos tempestuosos (superiores a grado 8 de la xxxxxx xx Xxxxxxxx), inundación, enfangamiento, hundimiento o deslizamiento del terreno, derrumbes y desprendimiento de tierra o rocas. Para los riesgos de ciclón, huracán, marejada, tornado, tempestad, granizada y vientos tempestuosos, solo se indemnizará si el Asegurado comprueba que el diseño cumple con los reglamentos de la localidad o del Distrito Federal de la Ciudad de México si no las hubiera hubiera, vigentes al inicio de los trabajos y que ha respetado las especificaciones que rigen para las dimensiones y calidades de los materiales de construcción y mano de obra en las que se basa el respectivo diseño tanto de la obra civil como del montaje.

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Samples: Insurance Policy