Common use of Competencias Clause in Contracts

Competencias. 1. El Comité Intercentros tendrá las siguientes competencias: 1.1 Recibir información facilitada trimestralmente al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la Empresa; sobre la situación de la producción y ventas de la Empresa; sobre su programa de producción y evolución probable del empleo en la Empresa. 1.2 Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y los demás documentos que se den a conocer a los socios y en las mismas condiciones que a éstos. 1.3 Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte de la Empresa, de las decisiones adoptadas por ésta sobre las siguientes cuestiones: 1.3.1 Reestructuración de plantilla y ceses totales o parciales o definitivos y temporales de aquélla siempre que afecten a más de un Centro de Trabajo. 1.3.2 Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de las instalaciones. 1.3.3 Planes de formación profesional de la Empresa. 1.3.4 Implantación o revisión de sistemas de organización y control del trabajo. 1.4 Emitir informe cuando la fusión, absorción o modificación del status jurídico de la Empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 Conocer trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismo, tanto por enfermedad como por accidente. 1.6 Conocer mensualmente el número de horas extraordinarias. cve: BOE-A-2016-1391 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx 1.7 Ejercer una labor de vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social y empleo, así como de los acuerdos en vigor alcanzados con el Comité Intercentros, formulando las reclamaciones oportunas ante la Representación Empresarial y efectuando las acciones legales correspondientes ante los organismos o tribunales competentes. 1.8 Participar en la gestión de obras sociales establecidas en la Empresa, según lo convenido por ambas partes, en beneficio de los trabajadores/as y/o sus familiares. 1.9 Proponer a la Empresa cuantas mejoras técnicas y de organización considere oportunas para mejorar la productividad y las condiciones de trabajo. 1.10 Ser los representantes directos de los trabajadores en las negociaciones colectivas con la R.E. 1.11 Informar a sus representados de todos los temas y cuestiones señalados en este número1, en cuanto directa o indirectamente, tengan o puedan tener repercusiones en las relaciones laborales. 2. Los informes que deba emitir el Comité Intercentros a tenor de las competencias reconocidas en los apartados 1.3 y 1.4, del número 1 anterior, deben elaborarse en el plazo de 15 días.

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Samples: Convenio Colectivo

Competencias. 1. El Comité Intercentros tendrá comité de empresa y las/os delegadas/os de perso- nal tendrán las siguientes competencias: 1.1 1.1. Recibir información facilitada trimestralmente que le será facilitada, trimestral- mente al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la Empresa; sobre la situación de la producción y ventas de la Empresa; sobre su programa de producción empresa, y evolución probable del empleo en de la Empresaempresa. 1.2 1.2. Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria me- moria y en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, de los demás documentos que se den a conocer a los socios y en las las- mismas condiciones que a éstos. 1.3 1.3. Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte de la Empresa, del empresario de las decisiones adoptadas por ésta este sobre las siguientes cuestiones: 1.3.1 Reestructuración a) Reestructuraciones de plantilla las plantillas y ceses totales o parciales parciales, definitivos o definitivos y temporales de aquélla siempre que afecten a más de un Centro de Trabajoaquellas. 1.3.2 b) Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de las instalaciones. 1.3.3 c) Planes de formación profesional de la Empresaempresa. 1.3.4 d) Implantación o revisión de sistemas de organización y control del trabajo. 1.4 e) Estudio de tiempos y valoración de puestos de trabajo. 1.4. Emitir informe cuando la fusión, absorción o modificación mo- dificación del status estatus jurídico de la Empresa empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 1.5. Conocer los modelos de contratos de trabajo escritos que se utilicen en la empresa, así como los documentos relativos a la terminación de la relación laboral. 1.6. Ser informado de todas las sanciones impuestas. 1.7. Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismoabsentismo y sus causas. Los acci- dentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, tanto por enfermedad como por accidentelos índices de siniestralidad, los estudios periódicos o especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizan. 1.6 Conocer mensualmente el número de horas extraordinarias1.8. cve: BOE-A-2016-1391 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx 1.7 Ejercer una labor de labor: a) De vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes xxxxx- tes en materia laboral, de seguridad social Seguridad Social y empleo, así como el resto de los acuerdos pactos, condiciones y usos de empresas en vigor alcanzados con el Comité Intercentrosvigor, formulando formulando, en su caso, las reclamaciones accio- nes legales oportunas ante la Representación Empresarial el empresario y efectuando las acciones legales correspondientes ante los organismos organis- mos o tribunales competentes. 1.8 Participar b) De vigencia y control de las condiciones de seguridad y salud en el desarrollo del trabajo en la empresa, con las particularidades previstas en este orden por el artículo 19del Estatuto de los Trabajadores. 1.9. Participar, como se determine por convenio colectivo, en la gestión de obras sociales establecidas en la Empresa, según lo convenido por ambas partes, empre- sa en beneficio de los trabajadores/as y/trabajadores o de sus familiares. 1.9 Proponer a 1.10. Colaboración con la Empresa dirección de la empresa para conseguir el establecimiento de cuantas mejoras técnicas medi- das procuren el mantenimiento y el incremento de organización considere oportunas para mejorar la productividad y las condiciones productividad, de trabajoacuerdo con lo pactado en los convenios colectivos. 1.10 Ser los representantes directos de los trabajadores en las negociaciones colectivas con la R.E. 1.11 1.11. Informar a sus representados de representantes en todos los temas y cuestiones señalados en este número1, número 1 en cuanto directa di- recta o indirectamente, indirectamente tengan o puedan tener repercusiones repercu- sión en las relaciones laborales. 2. Los informes que deba emitir el Comité Intercentros comité, a tenor de las competencias reconocidas en los apartados 1.3 y 1.4, del número 1 anterior1.4 de este artículo, deben elaborarse en el plazo de 15 quince días.

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Competencias. 1. El Comité Intercentros tendrá las siguientes competencias: 1.1 Recibir información facilitada trimestralmente al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la Empresa; sobre la situación de la producción y ventas de la Empresa; sobre su programa de producción y evolución probable del empleo en la Empresa. 1.2 Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y los demás documentos que se den a conocer a los socios y en las mismas condiciones que a éstos. 1.3 Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte de la Empresa, de las decisiones adoptadas por ésta sobre las siguientes cuestiones: 1.3.1 Reestructuración de plantilla y ceses totales o parciales o definitivos y temporales de aquélla siempre que afecten a más de un Centro centro de Trabajotrabajo. 1.3.2 Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de las instalaciones. 1.3.3 Planes de formación profesional de la Empresa. 1.3.4 Implantación o revisión de sistemas de organización y control del trabajo. 1.4 Emitir informe cuando la fusión, absorción o modificación del status jurídico de la Empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 Conocer trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismo, tanto por enfermedad como por accidente. 1.6 Conocer mensualmente el número de horas extraordinarias. cve: BOE-A-2016-1391 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx. 1.7 Ejercer una labor de vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social Seguridad Social y empleo, así como de los acuerdos en vigor alcanzados con el Comité Intercentros, formulando las reclamaciones oportunas ante la Representación Empresarial y efectuando las acciones legales correspondientes ante los organismos o tribunales competentes. 1.8 Participar en la gestión de obras sociales establecidas en la Empresa, según lo convenido por ambas partes, en beneficio de los trabajadores/as trabajadores y/o sus familiares. 1.9 Proponer a la Empresa cuantas mejoras técnicas y de organización considere oportunas para mejorar la productividad y las condiciones de trabajo. 1.10 Ser los representantes directos de los trabajadores en las negociaciones colectivas con la R.E. 1.11 Informar a sus representados de todos los temas y cuestiones señalados en este número1número 1, en cuanto directa o indirectamente, tengan o puedan tener repercusiones en las relaciones laborales. 2. Los informes que deba emitir el Comité Intercentros a tenor de las competencias reconocidas en los apartados 1.3 y 1.4, 1.4 del número 1 anterior, deben elaborarse en el plazo de 15 días.

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Samples: Convenio Colectivo

Competencias. 1. El Comité Intercentros tendrá Se requiere a un/a profesional o técnico que presente las siguientes competencias: 1.1 Recibir información facilitada trimestralmente (1) Interés y motivación por el trabajo en terreno con población en situación de extrema pobreza, pobreza y vulnerabilidad; lo que implica disposición para adecuar los horarios a los tiempos de las familias y grupos de familias. (2) Interés y compromiso con el trabajo con familias y grupos de familias en situación de extrema pobreza, pobreza y vulnerabilidad, motivando la participación de hombres y mujeres. (3) Compromiso con la superación de la pobreza. (4) Disposición al menoscambio y al conocimiento continúo. (5) Habilidades para establecer relaciones de trabajo positivas y colaborativas. (6) Habilidades para el trabajo en equipo. (7) Conocimiento de las redes institucionales locales, capacidad de generar nuevas redes dirigidas a familias y personas en situaciones de pobreza y de trabajar en la conexión de dichas redes con las familias. (8) Experiencia en el área social y conocimiento de las temáticas de las Modalidades de Acompañamiento Psicosocial y Sociolaboral. Para aquellas Municipalidades que adopten la entrevista grupal, deberán enviar previamente al FOSIS el procedimiento a desarrollar, el cual debe incorporar cada una de las competencias para el cargo, así como también los criterios de evaluación. El/la Jefe de la Unidad de Intervención Familiar, en conjunto con el/la Apoyo Provincial deberá planificar el desarrollo de las entrevistas a los/las postulantes elegibles o a los definidos según mecanismos de priorización. Estas entrevistas se deberán realizar en el plazo de una semana (según cantidad de postulantes) y realizarlas en la medida de lo posible en conjunto (Jefe/a de Unidad de Intervención Familiar y Apoyo Provincial, u otro representante del FOSIS en reemplazo de este último). Opcionalmente, la Municipalidad podrá definir un mecanismo adicional para complementar el proceso. Éste debe ser definido y planificado entre el/la Jefe de Unidad de Intervención Familiar y el/la Apoyo Provincial, previo al lanzamiento del llamado a concurso, junto con las orientaciones y los instrumentos para su aplicación, calificación y ponderación, la que además deberá ser informada en la convocatoria al cargo. 5) Proceso de cierre del Concurso Público: Una vez culminada la fase de entrevista, se deberán calcular los puntajes finales obtenidos, ponderando los puntajes de la Pauta de Evaluación Curricular con un valor del 40% y de la Pauta de Entrevista con un 60% respectivamente. Este puntaje determinará la nómina final de los/las postulantes para la selección 12 de la terna (en el caso que exista este número de candidatos/as elegibles), en la que se debe incluir a los mejores puntajes obtenidos en el proceso respetando el orden de prelación. En el caso de estar concursándose más de una vacante, el número de preseleccionados que pasan al proceso final deberán ser el número de vacantes a concursar más 2 personas de la lista de elegibles siguiendo el orden de prelación. El ordenamiento final de los/as postulantes que se incorporan en la nómina final, deberá quedar registrado en el Acta de Selección para el cargo correspondiente (formato adjunto en Anexo 1.5 del presente documento), la que incluirá los criterios que se tuvieron a la vista y los elementos que se consideraron para cada postulante de la nómina final. Dicha acta deberá ser presentada al Alcalde/sa respectivo, a fin de que tome la decisión final sobre la evolución general selección del sector económico al o los/as Apoyos Familiares a contratar, la que pertenece deberá quedar registrada en el Acta de Selección, la Empresa; sobre la situación que deberá firmar. Concluido el proceso, corresponderá informar y hacer llegar los antecedentes del concurso, mediante copia íntegra de la producción y ventas documentación, al Equipo Regional del FOSIS para su visación, la que debe proceder en un plazo máximo de 5 días hábiles. 6) Elaboración de Acta de Selección del Concurso Público Todo el proceso de concurso deberá quedar registrado en un Acta de Selección, la que tendrá una vigencia de 9 meses. En dicha acta se debe registrar lo siguiente: • Fecha de la Empresa; sobre su programa resolución del proceso de producción selección. • Nómina total de postulantes, indicando los postulantes admisibles y evolución probable del empleo no admisibles. • Nómina de postulantes elegibles o preseleccionados, en virtud de los resultados de la Empresa. 1.2 Conocer el balancePauta de Evaluación ordenados según prelación, de mayor a menor, indicando además la cuenta nómina de resultadospostulantes admisibles no elegibles (inferior al puntaje mínimo definido). • Detalle de la nómina final de postulantes seleccionados, con los criterios que se tuvieron a la memoria vista y los demás documentos elementos que se den consideraron para cada postulante. • Nombre(s) de candidatas(os) seleccionadas(os). Finalizado el proceso de selección, el Alcalde/sa deberá remitir vía oficio al FOSIS Regional el Acta de Selección, y documentación de respaldo solicitada. El/la Director/a conocer Regional del FOSIS tendrá un plazo no superior a 5 días hábiles, contados desde el momento en que recepciona la copia de los socios y en las mismas condiciones que a éstos. 1.3 Emitir informe con carácter previo a la ejecución antecedentes del concurso por parte de la EmpresaMunicipalidad o ejecutor, para aprobar el desarrollo de las decisiones adoptadas éste y su resultado. En caso de haber objeción al proceso, ésta deberá ser comunicada por ésta sobre las siguientes cuestiones: 1.3.1 Reestructuración de plantilla y ceses totales el/la Director/a Regional del FOSIS por escrito (oficio o parciales o definitivos y temporales de aquélla siempre que afecten a más de un Centro de Trabajo. 1.3.2 Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de las instalaciones. 1.3.3 Planes de formación profesional correo electrónico) al Alcalde/sa de la Empresa. 1.3.4 Implantación o revisión de sistemas de organización y control del trabajo. 1.4 Emitir informe cuando la fusión, absorción o modificación del status jurídico de la Empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 Conocer trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismo, tanto por enfermedad como por accidente. 1.6 Conocer mensualmente el número de horas extraordinarias. cve: BOE-A-2016-1391 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx 1.7 Ejercer una labor de vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social y empleo, así como de los acuerdos en vigor alcanzados con el Comité Intercentros, formulando las reclamaciones oportunas ante la Representación Empresarial y efectuando las acciones legales correspondientes ante los organismos o tribunales competentes. 1.8 Participar en la gestión de obras sociales establecidas en la Empresa, según lo convenido por ambas partes, en beneficio de los trabajadores/as y/o sus familiares. 1.9 Proponer a la Empresa cuantas mejoras técnicas y de organización considere oportunas para mejorar la productividad y las condiciones de trabajo. 1.10 Ser los representantes directos de los trabajadores en las negociaciones colectivas con la R.E. 1.11 Informar a sus representados de todos los temas y cuestiones señalados en este número1, en cuanto directa o indirectamente, tengan o puedan tener repercusiones en las relaciones laborales. 2. Los informes que deba emitir el Comité Intercentros a tenor de las competencias reconocidas en los apartados 1.3 y 1.4, del número 1 anterior, deben elaborarse Municipalidad en el plazo indicado. De no haber pronunciamiento de 15 díasparte del FOSIS en este plazo, se entiende como aprobado el resultado final del concurso público. Con la aprobación final del FOSIS, la Municipalidad o ejecutor procederá con los trámites conducentes a la contratación del/la Apoyo Familiarseleccionado. Dicha tramitación de contratación no deberá exceder a los 5 días hábiles, a fin de resguardar la continuidad de la intervención con las familias.

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Samples: Bases Administrativas Contratación Recurso Humano

Competencias. 1. El Comité Intercentros de Empresa tendrá las siguientes competencias: 1.1 Recibir información información, que le será facilitada trimestralmente trimestralmente, al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la Empresa; empresa, sobre la situación de la producción y ventas de la Empresa; sobre su programa de producción y evolución probable del empleo en la Empresaempresa. 1.2 Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y y, en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, de los demás documentos que se den a conocer a los socios y socios, en las mismas condiciones que a éstos. 1.3 Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte de la Empresa, del empresario de las decisiones adoptadas por ésta éste sobre las siguientes cuestiones: 1.3.1 Reestructuración a) Reestructuraciones de plantilla y ceses totales o parciales parciales, definitivos o definitivos y temporales de aquélla siempre que afecten a más de un Centro de Trabajoplantilla. 1.3.2 b) Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de las instalaciones. 1.3.3 c) Planes de formación profesional de en la Empresaempresa. 1.3.4 d) Implantación o revisión de sistemas de organización y control del de trabajo. e) Estudio de tiempos, establecimiento de sistemas xx xxxxxx o incentivos y valoración de puestos de trabajo. 1.4 Emitir informe informes cuando la fusión, absorción o modificación del status jurídico de la Empresa empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empresa, así como de los documentos relativos a la terminación de la relación laboral. 1.6 Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves. 1.7 Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismoabsentismo y sus causas, tanto por enfermedad como por accidentelos accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizan. 1.6 Conocer mensualmente el número de horas extraordinarias. cve: BOE-A-2016-1391 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx 1.7 1.8 Ejercer una labor de vigilancia de: a) Vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social y empleo, así como el resto de los acuerdos pactos, condiciones y usos de empresa en vigor alcanzados con el Comité Intercentrosvigor, formulando formulando, en su caso, las reclamaciones acciones legales oportunas ante la Representación Empresarial empresa y efectuando las acciones legales correspondientes ante los organismos o tribunales competentes. 1.8 Participar b) Vigilancia y control de las condiciones de seguridad e higiene en el desarrollo del trabajo en la empresa con las particularidades previstas en este orden por el artículo 19 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. 1.9 Participar, como se determine por Convenio colectivo, en la gestión de obras sociales establecidas en la Empresa, según lo convenido por ambas partes, empresa en beneficio de los los/as trabajadores/as y/o de sus familiares. 1.9 Proponer a la Empresa cuantas mejoras técnicas y de organización considere oportunas para mejorar la productividad y las condiciones de trabajo. 1.10 Ser los representantes directos de los trabajadores en las negociaciones colectivas Colaborar con la R.E.dirección de la empresa en conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento y el incremento de la productividad, de acuerdo con lo pactado en los Convenios colectivos. 1.11 Informar a sus representados de representantes en todos los temas y cuestiones señalados en este número1, número 1 en cuanto directa o indirectamente, indirectamente tengan o puedan pueden tener repercusiones repercusión en las relaciones laborales. 2. Los informes que deba emitir el Comité Intercentros a tenor de las competencias reconocidas en los apartados 1.3 y 1.4, del número 1 anterior, deben elaborarse en el plazo de 15 días.

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Samples: Convenio Colectivo

Competencias. 1. El Comité Intercentros tendrá las siguientes competencias: 1.1 Recibir información facilitada trimestralmente al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la Empresa; sobre la situación de la producción y ventas de la Empresa; sobre su programa de producción y evolución probable del empleo en la Empresa. 1.2 Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y los demás documentos que se den a conocer a los socios y en las mismas condiciones que a éstos. 1.3 Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte de la Empresa, de las decisiones adoptadas por ésta sobre las siguientes cuestiones: 1.3.1 Reestructuración de plantilla y ceses totales o parciales o definitivos y temporales de aquélla siempre que afecten a más de un Centro de Trabajo. 1.3.2 Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de las instalaciones. 1.3.3 Planes de formación profesional de la Empresa. 1.3.4 Implantación o revisión de sistemas de organización y control del trabajo. 1.4 Emitir informe cuando la fusión, absorción o modificación del status jurídico de la Empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 Conocer trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismo, tanto por enfermedad como por accidente. 1.6 Conocer mensualmente el número de horas extraordinarias. cve: BOE-A-2016A-2012-1391 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx2514 1.7 Ejercer una labor de vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social y empleo, así como de los acuerdos en vigor alcanzados con el Comité Intercentros, formulando las reclamaciones oportunas ante la Representación Empresarial y efectuando las acciones legales correspondientes ante los organismos o tribunales competentes. 1.8 Participar en la gestión de obras sociales establecidas en la Empresa, según lo convenido por ambas partes, en beneficio de los trabajadores/as trabajadores y/o sus familiares. 1.9 Proponer a la Empresa cuantas mejoras técnicas y de organización considere oportunas para mejorar la productividad y las condiciones de trabajo. 1.10 Ser los representantes directos de los trabajadores en las negociaciones colectivas con la R.E. 1.11 Informar a sus representados de todos los temas y cuestiones señalados en este número1número 1, en cuanto directa o indirectamente, tengan o puedan tener repercusiones en las relaciones laborales. 2. Los informes que deba emitir el Comité Intercentros a tenor de las competencias reconocidas en los apartados 1.3 y 1.4, del número 1 anterior, deben elaborarse en el plazo de 15 días.

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Samples: Convenio Colectivo

Competencias. 1Además de las que de forma concreta se les asigna en el Estatuto de los Trabajadores, con excepción de las que tenga asumidas el Comité Intercentros, dispondrán de las que a continuación se relacionan: Recibir informe mensual sobre horas extraordinarias realizadas y sus motivos. El Comité Intercentros tendrá las siguientes competencias: 1.1 Recibir información facilitada trimestralmente al menosEmitir informe previo con carácter preceptivo en los supuestos de modificación sustancial en materia de organización del trabajo, sobre con esta finalidad se comunicará con un plazo de antelación de una semana, como mínimo, la evolución general del sector económico al que pertenece modificación propuesta por la Empresa; sobre la situación de la producción y ventas Dirección de la Empresa; sobre su programa . Recibir información de producción y evolución probable del empleo en la Empresa. 1.2 Conocer el balance, la cuenta solución de resultados, la memoria y los demás documentos que se den a conocer a los socios y en las mismas condiciones que a éstos. 1.3 Emitir informe conflictos con carácter previo respecto a la ejecución evaluación del desempeño. La Empresa estará obligada a entregar copia básica de todos los contratos que deben realizarse por parte de la Empresa, de las decisiones adoptadas por ésta sobre las siguientes cuestiones: 1.3.1 Reestructuración de plantilla y ceses totales o parciales o definitivos y temporales de aquélla siempre que afecten a más de un Centro de Trabajo. 1.3.2 Reducciones de jornadaescrito, así como traslado total o parcial copia de las instalaciones. 1.3.3 Planes de formación profesional prórrogas que se efectúen y extinciones. La Dirección informará trimestralmente de la Empresa. 1.3.4 Implantación o revisión plantilla nominal existente por Centros de sistemas de organización y control del trabajo. 1.4 Emitir informe cuando la fusión, absorción o modificación del status jurídico de la Empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 Conocer trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismo, tanto por enfermedad como por accidente. 1.6 Conocer mensualmente el número de horas extraordinariasTrabajo. cve: BOE-A-2016A-2013-1391 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx 1.7 Ejercer una labor 6677 Dotación, medios y facilidades. Para el desarrollo de vigilancia la actividad propia de los Comités de Empresa y Delegados de Personal, la Empresa pondrá a disposición de éstos un local adecuado en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social que puedan desarrollar sus actividades y empleocomunicarse con los trabajadores, así como un tablón de anuncios. También serán dotados de una dirección de correo electrónico, para utilización exclusiva en su ámbito territorial de representación y dentro de sus competencias. La Representación de los acuerdos Trabajadores podrá expresar sus opiniones en vigor alcanzados con el Comité Intercentroslas materias concernientes a su ámbito de representación, formulando pudiendo publicar y distribuir las reclamaciones oportunas ante la Representación Empresarial y efectuando las acciones legales correspondientes ante los organismos informaciones de interés laboral o tribunales competentes. 1.8 Participar en la gestión de obras sociales establecidas en la Empresa, según lo convenido por ambas partes, en beneficio social a través de los trabajadores/as y/o sus familiares. 1.9 Proponer tablones de anuncios destinados a tal efecto. La Dirección de la Empresa cuantas mejoras técnicas autorizará el acceso a los Representantes de los Trabajadores a las dependencias de trabajo de su ámbito de representación, a cuyo fin se les facilitará la correspondiente acreditación. El número de horas sindicales mensuales para los miembros de los Comités de Empresa y Delegados de organización considere oportunas para mejorar Personal, estará en función del número de trabajadores del Centro y según la productividad y las condiciones siguiente tabla: Centros de hasta 100 trabajadores: 15 horas. Centros de 101 a 250 trabajadores: 20 horas. Centros de 251 a 500 trabajadores: 30 horas. Centros de 501 a 750 trabajadores: 35 horas. Centros de más de 750 trabajadores: 40 horas. A tal efecto el interesado comunicará a su jefe inmediato, con carácter previo, su ausencia del puesto de trabajo. 1.10 Ser los . Los representantes directos de los trabajadores podrán adoptar un sistema de acumulación de horas. Con las horas no utilizadas por los representantes legales se confeccionará una bolsa que será gestionada y administrada por los Órganos de Dirección Estatales de los sindicatos, y será distribuida por éstos según las necesidades de cada momento, entre sus respectivas representaciones sindical y unitaria. De acuerdo con lo anterior, las horas mensuales que no hayan sido consumidas por los representantes legales, pasarán de un mes a otro (de forma acumulativa con cierres trimestrales) a formar parte de la citada bolsa. Los miembros del Comité de Empresa o Delegados de Personal, no podrán ser discriminados en las negociaciones colectivas con su promoción económica o profesional, en razón al desempeño de su representación. Asimismo tendrán derecho a la R.E. 1.11 Informar a sus representados percepción de todos los temas complementos fijos inherentes a su puesto de trabajo. Podrán concertarse otras facilidades mediante acuerdos para casos concretos y cuestiones señalados en este número1, en cuanto directa o indirectamente, tengan o puedan tener repercusiones en las relaciones laboralesjustificados. 2. Los informes que deba emitir el Comité Intercentros a tenor de las competencias reconocidas en los apartados 1.3 y 1.4, del número 1 anterior, deben elaborarse en el plazo de 15 días.

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Competencias. 1. El Comité Intercentros tendrá las siguientes competencias: 1.1 Recibir información facilitada trimestralmente al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la Empresa; sobre la situación de la producción y ventas de la Empresa; sobre su programa de producción y evolución probable del empleo en la Empresa. 1.2 Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y los demás documentos que se den a conocer a los socios y en las mismas condiciones que a éstos. 1.3 Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte de la Empresa, de las decisiones adoptadas por ésta sobre las siguientes cuestiones: 1.3.1 Reestructuración de plantilla y ceses totales o parciales o definitivos y temporales de aquélla siempre que afecten a más de un Centro de Trabajo. 1.3.2 Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de las instalaciones. 1.3.3 Planes de formación profesional de la Empresa. 1.3.4 Implantación o revisión de sistemas de organización y control del trabajo. 1.4 Emitir informe cuando la fusión, absorción o modificación del status jurídico de la Empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 Conocer trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismo, tanto por enfermedad como por accidente. 1.6 Conocer mensualmente el número de horas extraordinarias. cve: BOE-A-2016-1391 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx. 1.7 Ejercer una labor de vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social y empleo, así como de los acuerdos en vigor alcanzados con el Comité Intercentros, formulando las reclamaciones oportunas ante la Representación Empresarial y efectuando las acciones legales correspondientes ante los organismos o tribunales competentes. 1.8 Participar en la gestión de obras sociales establecidas en la Empresa, según lo convenido por ambas partes, en beneficio de los trabajadores/as y/o sus familiares. 1.9 Proponer a la Empresa cuantas mejoras técnicas y de organización considere oportunas para mejorar la productividad y las condiciones de trabajo. 1.10 Ser los representantes directos de los trabajadores en las negociaciones colectivas con la R.E. 1.11 Informar a sus representados de todos los temas y cuestiones señalados en este número1, en cuanto directa o indirectamente, tengan o puedan tener repercusiones en las relaciones laborales. 2. Los informes que deba emitir el Comité Intercentros a tenor de las competencias reconocidas en los apartados 1.3 y 1.4, del número 1 anterior, deben elaborarse en el plazo de 15 días.

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Samples: Convenio Colectivo

Competencias. 1. El Comité Intercentros de Empresa tendrá las siguientes competencias: 1.1 Recibir información información, que le será facilitada trimestralmente trimestralmente, al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la Empresa; empresa, sobre la situación de la producción y ventas de la Empresa; sobre su programa de producción y evolución probable del empleo en la Empresaempresa. 1.2 Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y y, en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, de los demás documentos que se den a conocer a los socios y socios, en las mismas condiciones que a éstos. 1.3 Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte de la Empresa, del empresario de las decisiones adoptadas por ésta éste sobre las siguientes cuestiones: 1.3.1 Reestructuración a) Reestructuraciones de plantilla y ceses totales o parciales parciales, definitivos o definitivos y temporales de aquélla siempre que afecten a más de un Centro de Trabajoplantilla. 1.3.2 b) Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de las instalaciones. 1.3.3 c) Planes de formación profesional de en la Empresaempresa. 1.3.4 d) Implantación o revisión de sistemas de organización y control del de trabajo. e) Estudio de tiempos, establecimiento de sistemas xx xxxxxx o incentivos y valoración de puestos de trabajo. 1.4 Emitir informe informes cuando la fusión, absorción o modificación del «status jurídico jurídico» de la Empresa empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empresa, así como de los documentos relativos a la terminación de la relación laboral. 1.6 Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves. 1.7 Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismoabsentismo y sus causas, tanto por enfermedad como por accidentelos accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizan. 1.6 Conocer mensualmente el número de horas extraordinarias. cve: BOE-A-2016-1391 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx 1.7 1.8 Ejercer una labor de vigilancia de: a) Vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social y empleo, así como el resto de los acuerdos pactos, condiciones y usos de empresa en vigor alcanzados con el Comité Intercentrosvigor, formulando formulando, en su caso, las reclamaciones acciones legales oportunas ante la Representación Empresarial empresa y efectuando las acciones legales correspondientes ante los organismos o tribunales competentes. 1.8 Participar b) Vigilancia y control de las condiciones de seguridad e higiene en el desarrollo del trabajo en la empresa con las particularidades previstas en este orden por el artículo 19 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. 1.9 Participar, como se determine por convenio colectivo, en la gestión de obras sociales establecidas en la Empresa, según lo convenido por ambas partes, empresa en beneficio de los los/las trabajadores/as y/o de sus familiares. 1.9 Proponer a la Empresa cuantas mejoras técnicas y de organización considere oportunas para mejorar la productividad y las condiciones de trabajo. 1.10 Ser los representantes directos de los trabajadores en las negociaciones colectivas Colaborar con la R.E.dirección de la empresa en conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento y el incremento de la productividad, de acuerdo con lo pactado en los convenios colectivos. 1.11 Informar a sus representados de representantes en todos los temas y cuestiones señalados en este número1, número 1 en cuanto directa o indirectamente, indirectamente tengan o puedan pueden tener repercusiones repercusión en las relaciones laborales. 2. Los informes que deba emitir el Comité Intercentros a tenor de las competencias reconocidas en los apartados 1.3 y 1.4, del número 1 anterior, deben elaborarse en el plazo de 15 días.

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Samples: Convenio Colectivo

Competencias. 1. El Comité Intercentros de Empresa tendrá las siguientes competencias: 1.1 1.1. Recibir información información, que le será facilitada trimestralmente trimestralmente, al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la Empresa; empresa, sobre la situación de la producción y ventas de la Empresa; sobre su programa de producción y evolución probable del empleo en la Empresaempresa. 1.2 1.2. Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y y, en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, de los demás documentos que se den a conocer a los socios y socios, en las mismas condiciones que a éstosestos. 1.3 1.3. Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte de la Empresa, del empresario de las decisiones adoptadas por ésta este sobre las siguientes cuestiones: 1.3.1 Reestructuración a) Reestructuraciones de plantilla y ceses totales o parciales parciales, definitivos o definitivos y temporales de aquélla siempre que afecten a más de un Centro de Trabajoplantilla. 1.3.2 b) Reducciones de jornada, así como traslado traslados total o parcial de las instalaciones. 1.3.3 c) Planes de formación profesional de en la Empresaempresa. 1.3.4 d) Implantación o revisión de sistemas de organización y control del de trabajo. 1.4 e) Estudio de tiempos, establecimiento de sistemas xx xxxxxx o incentivos y valoración de puestos de trabajo. 1.4. Emitir informe informes cuando la fusión, absorción o modificación del "status jurídico jurídico" de la Empresa empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 1.5. Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empresa, así como de los documentos relativos a la terminación de la relación laboral. 1.6. Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves. 1.7. Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismoabsentismo y sus causas, tanto por enfermedad como por accidentelos accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizan. 1.6 Conocer mensualmente el número de horas extraordinarias1.8. cve: BOE-A-2016-1391 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx 1.7 Ejercer una labor de vigilancia de: a) Vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social y empleo, así como el resto de los acuerdos pactos, condiciones y usos de empresa en vigor alcanzados con el Comité Intercentrosvigor, formulando formulando, en su caso, las reclamaciones acciones legales oportunas ante la Representación Empresarial empresa y efectuando las acciones legales correspondientes ante los organismos o tribunales competentes. 1.8 Participar b) Vigilancia y control de las condiciones de seguridad e higiene en el desarrollo del trabajo en la empresa con las particularidades previstas en este orden por el artículo 19 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. 1.9. Participar, como se determine por convenio colectivo, en la gestión de obras sociales establecidas en la Empresa, según lo convenido por ambas partes, empresa en beneficio de los los/las trabajadores/as y/o de sus familiares. 1.9 Proponer a 1.10. Colaborar con la Empresa dirección de la empresa en conseguir el establecimiento de cuantas mejoras técnicas medidas procuren el mantenimiento y el incremento de organización considere oportunas para mejorar la productividad y las condiciones productividad, de trabajoacuerdo con lo pactado en los convenios colectivos. 1.10 Ser los representantes directos de los trabajadores en las negociaciones colectivas con la R.E. 1.11 1.11. Informar a sus representados de representantes en todos los temas y cuestiones señalados en este número1, número 1 en cuanto directa o indirectamente, indirectamente tengan o puedan pueden tener repercusiones repercusión en las relaciones laborales. 2. Los informes que deba emitir el Comité Intercentros a tenor de las competencias reconocidas en los apartados 1.3 y 1.4, del número 1 anterior, deben elaborarse en el plazo de 15 días.

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Samples: Convenio Colectivo Regional Del Campo

Competencias. 1. El Serán competencias del Comité Intercentros tendrá de Seguridad y Salud, velar por la debida protección de la vida, integri- dad física y salud de los trabajadores, procurar la co- operación activa de todos los estamentos de la Autori- dad Portuaria xx Xxxxxxxxx en la común tarea preventiva así como el resto de las siguientes competenciasfunciones atribuidas de acuerdo con la legislación vigente y, en especial: 1.1 Recibir información facilitada trimestralmente al menos, 1.- Promover tanto la observancia de las disposicio- nes legales y reglamentarias en materia de prevención de riesgos laborales como las iniciativas sobre métodos y pro- cedimientos para la evolución general del sector económico al que pertenece la Empresa; sobre la situación efectiva prevención de la producción y ventas de la Empresa; sobre su programa de producción y evolución probable del empleo en la Empresatales riesgos. 1.2 Conocer el balance, 2.- Ser informado del posible incremento xxx xxxx- go en los puestos de trabajo que la cuenta ampliación de resultados, la memoria ins- talaciones y los demás documentos que se den a conocer a los socios y en las mismas condiciones que a éstos. 1.3 Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte de la Empresa, de las decisiones adoptadas por ésta sobre las siguientes cuestiones: 1.3.1 Reestructuración de plantilla y ceses totales o parciales o definitivos y temporales de aquélla siempre que afecten a más de un Centro de Trabajo. 1.3.2 Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de las instalaciones. 1.3.3 Planes de formación profesional de la Empresa. 1.3.4 Implantación o revisión de sistemas de organización y control del trabajo. 1.4 Emitir informe cuando la fusión, absorción equipos o modificación del status jurídico proceso pro- ductivo puedan producir, elevando las consiguientes propuestas para su eliminación o disminución, y en el caso de que ello no pueda realizarse de forma inme- diata, velar por la adopción de medidas de protección personal con carácter transitorio. 3.- Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los programas anuales destinados a la protección de la Empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen salud y seguridad de empleolos trabajadores. 1.5 Conocer trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice 4.- Informar a los trabajadores de absentismo, tanto por enfermedad como por accidente. 1.6 Conocer mensualmente el número los riesgos es- pecíficos para la seguridad y la salud de horas extraordinarias. cve: BOE-A-2016-1391 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx 1.7 Ejercer una labor su puesto de vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social y empleotrabajo, así como de las medidas y actividades de pro- tección o prevención derivadas de los acuerdos en vigor alcanzados con el Comité Intercentros, formulando las reclamaciones oportunas ante la Representación Empresarial y efectuando las acciones legales correspondientes ante los organismos o tribunales competentesmismos. 1.8 Participar en 5.- Analizar con fines preventivos las causas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, una vez recibida la gestión preceptiva información periódica su- ministrada al efecto (parte de obras sociales establecidas en la Empresaaccidentes de trabajo y de enfermedades profesionales, según lo convenido por ambas partesresultados estadísticos de reconocimientos médicos, en beneficio de los trabajadores/as y/o sus familiaresetc.). 1.9 Proponer a la Empresa cuantas mejoras técnicas 6.- Cuidar de que todos los trabajadores reciban una formación suficiente y adecuada en materias de organización considere oportunas para mejorar la productividad Prevención y las condiciones Salud Laboral, que deberá impartirse en horario de trabajo. 1.10 Ser los representantes directos 7.- El Comité de los Salud Laboral propondrá a la Auto- ridad Portuaria xx Xxxxxxxxx la necesidad de establecer ayudas individualizadas (médicas y psicológicas) para aquellos trabajadores en las negociaciones colectivas con la R.E. 1.11 Informar a sus representados de todos los temas drogodependientes o alcohólicos, y cuestiones señalados en este número1que, en cuanto directa o indirectamentepor ellos, tengan o puedan tener repercusiones en las relaciones laboralessean libremente aceptadas. 2. Los informes 8.- Todas aquellas funciones que deba emitir el Comité Intercentros a tenor de las competencias reconocidas en los apartados 1.3 y 1.4, del número 1 anterior, deben elaborarse en el plazo de 15 díaslegalmente le sean conferidas.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Competencias. 1. El Comité Intercentros comité de empresa tendrá las siguientes si- guientes competencias: 1.1 1. Recibir información información, que le será facilitada trimestralmente trimestralmente, al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece per- tenece la Empresa; empresa, sobre la situación de la producción y ventas de la Empresa; entidad, sobre su programa de producción y evolución probable del empleo en la Empresaempresa, así como acerca de las previsiones del empre- sario sobre celebración de nuevos contratos, con indicación del nú- mero de estos y de las modalidades y tipos de contratos que serán utilizados y de los supuestos de subcontratación. 1.2 2. Recibir la copia básica de los contratos a que se refiere el pá- rrafo a) del apartado 3 del artículo 8 y la notificación de las prórro- gas y de las denuncias correspondientes a los mismos, en el plazo de los diez días siguientes a que tuvieran lugar. 3. Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y y, en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, de los demás documentos que se den a conocer a los socios socios, y en las mismas condiciones que a éstosestos. 1.3 4. Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte de la Empresa, del empresario de las decisiones adoptadas por ésta este sobre las siguientes si- guientes cuestiones: 1.3.1 Reestructuración a) Reestructuraciones de plantilla y ceses totales o parciales parciales, de- finitivos o definitivos y temporales de aquélla siempre que afecten a más de un Centro de Trabajoaquella. 1.3.2 b) Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de las instalaciones. 1.3.3 c) Planes de formación profesional de la Empresaempresa. 1.3.4 d) Implantación o revisión de sistemas de organización y control con- trol del trabajo. 1.4 e) Estudio de tiempos, establecimiento de sistemas xx xxxxxx o incentivos y valoración de puestos de trabajo. 5. Emitir informe cuando la fusión, absorción o modificación del status estatuto jurídico de la Empresa empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 6. Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se uti- licen en la empresa, así como de los documentos relativos a la ter- minación de la relación laboral. 7. Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves. 8. Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismoabsentismo y sus causas, tanto por enfermedad como por accidentelos accidentes de trabajo y enfer- medades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestra- lidad, los estudios periódicos o especiales del medio ambiente labo- ral y los mecanismos de prevención que se utilicen. 1.6 Conocer mensualmente el número de horas extraordinarias9. cve: BOE-A-2016-1391 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx 1.7 Ejercer una labor de labor: a) De vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social y empleo, así como el resto de los acuerdos pactos, condiciones y usos de empresa en vigor alcanzados con el Comité Intercentrosvigor, formulando las reclamaciones oportunas ante la Representación Empresarial y efectuando formulando, en su caso, las acciones legales correspondientes oportunas ante el empresario y los organismos o tribunales competentes. 1.8 Participar b) De vigilancia y control de las condiciones de seguridad e higie- ne en el desarrollo del trabajo en la empresa, con las particula- ridades previstas en este orden por el artículo 19 de esta Ley. 10. Participar, como se determine por convenio colectivo, en la gestión de obras sociales establecidas en la Empresa, según lo convenido por ambas partes, empresa en beneficio de los trabajadores/as y/trabajadores o de sus familiares. 1.9 Proponer a 11. Colaborar con la Empresa dirección de la empresa para conseguir el establecimiento de cuantas mejoras técnicas medidas procuren el mantenimiento y el incremento de organización considere oportunas para mejorar la productividad y las condiciones de trabajoproductividad. 1.10 Ser los representantes directos de los trabajadores en las negociaciones colectivas con la R.E. 1.11 12. Informar a sus representados de en todos los temas y cuestiones cuestio- nes señalados en este número1, número 1 en cuanto directa o indirectamente, indirectamente tengan o puedan tener repercusiones repercusión en las relaciones laborales. 2. Los informes que deba emitir el Comité Intercentros comité a tenor de las competencias competen- cias reconocidas en los apartados 1.3 cuarto y 1.4, quinto del número 1 anterioran- terior, deben elaborarse en el plazo de 15 quince días.

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Samples: Adjudicación De Contratos

Competencias. 1. El Comité Intercentros tendrá comité de empresa y las/os delegadas/os de perso- nal tendrán las siguientes competencias: 1.1 1.1. Recibir información facilitada trimestralmente que le será facilitada, trimes- tralmente al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la Empresa; sobre la situación de la producción y ventas de la Empresa; sobre su programa de producción empresa, y evolución probable del empleo en de la Empresaempresa. 1.2 1.2. Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participa- ciones, de los demás documentos que se den a conocer a los socios y en las mismas condiciones condicio- nes que a éstos. 1.3 1.3. Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte de la Empresa, del empresario de las decisiones adoptadas adop- tadas por ésta este sobre las siguientes cuestiones: 1.3.1 Reestructuración a) Reestructuraciones de plantilla las plantillas y ceses totales o parciales parciales, definitivos o definitivos y temporales de aquélla siempre que afecten a más de un Centro de Trabajoaquellas. 1.3.2 b) Reducciones de jornada, así como traslado total to- tal o parcial de las instalaciones. 1.3.3 c) Planes de formación profesional de la Empresaempresa. 1.3.4 d) Implantación o revisión de sistemas de organización orga- nización y control del trabajo. 1.4 e) Estudio de tiempos y valoración de puestos de trabajo. 1.4. Emitir informe cuando la fusión, absorción o modificación mo- dificación del status estatus jurídico de la Empresa suponga empresa su- ponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 1.5. Conocer los modelos de contratos de trabajo es- critos que se utilicen en la empresa, así como los documentos relativos a la terminación de la rela- ción laboral. 1.6. Ser informado de todas las sanciones impuestas. 1.7. Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas estadís- ticas sobre el índice de absentismoabsentismo y sus causas. Los accidentes de trabajo y enfermedades pro- fesionales y sus consecuencias, tanto por enfermedad como por accidentelos índices de si- niestralidad, los estudios periódicos o especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizan. 1.6 Conocer mensualmente el número de horas extraordinarias1.8. cve: BOE-A-2016-1391 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx 1.7 Ejercer una labor de labor: a) De vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social Seguridad So- cial y empleo, así como el resto de los acuerdos pactos, condiciones y usos de empresas en vigor alcanzados con el Comité Intercentrosvigor, formulando las reclamaciones oportunas ante la Representación Empresarial y efectuando for- mulando, en su caso, las acciones legales correspondientes opor- tunas ante el empresario y los organismos o tribunales competentes. 1.8 Participar b) De vigencia y control de las condiciones de seguri- dad y salud en el desarrollo del trabajo en la empre- sa, con las particularidades previstas en este orden por el artículo 19 del Estatuto de los Trabajadores. 1.9. Participar, como se determine por convenio co- lectivo, en la gestión de obras sociales establecidas estableci- das en la Empresa, según lo convenido por ambas partes, empresa en beneficio de los trabajadores/as y/trabajado- res o de sus familiares. 1.9 Proponer a 1.10. Colaboración con la Empresa dirección de la empresa para conseguir el establecimiento de cuantas mejoras técnicas medidas procuren el mantenimiento y el incre- mento de organización considere oportunas para mejorar la productividad y las condiciones productividad, de trabajoacuerdo con lo pactado en los convenios colectivos. 1.10 Ser los representantes directos de los trabajadores en las negociaciones colectivas con la R.E. 1.11 1.11. Informar a sus representados de representantes en todos los temas y cuestiones señalados en este número1, número 1 en cuanto cuan- to directa o indirectamente, indirectamente tengan o puedan tener repercusiones repercusión en las relaciones laborales. 2. Los informes que deba emitir el Comité Intercentros comité, a tenor de las competencias reconocidas en los apartados 1.3 y 1.4, del número 1 anterior1.4 de este artículo, deben elaborarse en el plazo de 15 quince días.

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Samples: Convenio Colectivo

Competencias. 1. El Comité Intercentros tendrá comité de empresa y las/os delegadas/os de personal tendrán las siguientes competencias: 1.1 1.1. Recibir información facilitada que le será facilitada, trimestralmente al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la Empresa; sobre la situación de la producción y ventas de la Empresa; sobre su programa de producción empresa, y evolución probable del empleo en de la Empresaempresa. 1.2 1.2. Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, de los demás documentos que se den a conocer a los socios y en las mismas condiciones que a éstos. 1.3 1.3. Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte de la Empresa, del empresario de las decisiones adoptadas por ésta este sobre las siguientes cuestiones: 1.3.1 Reestructuración a) Reestructuraciones de plantilla las plantillas y ceses totales o parciales parciales, definitivos o definitivos y temporales de aquélla siempre que afecten a más de un Centro de Trabajoaquellas. 1.3.2 b) Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de las instalaciones. 1.3.3 c) Planes de formación profesional de la Empresaempresa. 1.3.4 d) Implantación o revisión de sistemas de organización y control del trabajo. 1.4 e) Estudio de tiempos y valoración de puestos de trabajo. 1.4. Emitir informe cuando la fusión, absorción o modificación del status estatus jurídico de la Empresa empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 1.5. Conocer los modelos de contratos de trabajo escritos que se utilicen en la empresa, así como los documentos relativos a la terminación de la relación laboral. 1.6. Ser informado de todas las sanciones impuestas. 1.7. Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismoabsentismo y sus causas. Los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, tanto por enfermedad como por accidentelos índices de siniestralidad, los estudios periódicos o especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizan. 1.6 Conocer mensualmente el número de horas extraordinarias1.8. cve: BOE-A-2016-1391 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx 1.7 Ejercer una labor de labor: a) De vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social Seguridad Social y empleo, así como el resto de los acuerdos pactos, condiciones y usos de empresas en vigor alcanzados con el Comité Intercentrosvigor, formulando las reclamaciones oportunas ante la Representación Empresarial y efectuando formulando, en su caso, las acciones legales correspondientes oportunas ante el empresario y los organismos o tribunales competentes. 1.8 Participar b) De vigencia y control de las condiciones de seguridad y salud en el desarrollo del trabajo en la empresa, con las particularidades previstas en este orden por el artículo 19 del Estatuto de los Trabajadores. 1.9. Participar, como se determine por convenio colectivo, en la gestión de obras sociales establecidas en la Empresa, según lo convenido por ambas partes, empresa en beneficio de los trabajadores/as y/trabajadores o de sus familiares. 1.9 Proponer a 1.10. Colaboración con la Empresa dirección de la empresa para conseguir el establecimiento de cuantas mejoras técnicas medidas procuren el mantenimiento y el incremento de organización considere oportunas para mejorar la productividad y las condiciones productividad, de trabajoacuerdo con lo pactado en los convenios colectivos. 1.10 Ser los representantes directos de los trabajadores en las negociaciones colectivas con la R.E. 1.11 1.11. Informar a sus representados de representantes en todos los temas y cuestiones señalados en este número1, número 1 en cuanto directa o indirectamente, indirectamente tengan o puedan tener repercusiones repercusión en las relaciones laborales. 2. Los informes que deba emitir el Comité Intercentros comité, a tenor de las competencias reconocidas en los apartados 1.3 y 1.4, del número 1 anterior1.4 de este artículo, deben elaborarse en el plazo de 15 quince días.. BOCM-20181101-1

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Samples: Convenio Colectivo

Competencias. 1. El Comité Intercentros de Empresa tendrá las siguientes competencias: 1.1 1.1. Recibir información información, que le será facilitada trimestralmente trimestralmente, al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la Empresa; empresa, sobre la situación de la producción y ventas de la Empresa; sobre su programa de producción y evolución probable del empleo en la Empresaempresa. 1.2 1.2. Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y y, en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, de los demás documentos que se den a conocer a los socios y socios, en las mismas condiciones que a éstos. 1.3 1.3. Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte de la Empresa, del empresario de las decisiones adoptadas por ésta éste sobre las siguientes cuestiones: 1.3.1 Reestructuración a) Reestructuraciones de plantilla y ceses totales o parciales parciales, definitivos o definitivos y temporales de aquélla siempre que afecten a más de un Centro de Trabajoplantilla. 1.3.2 b) Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de las instalaciones. 1.3.3 c) Planes de formación profesional de en la Empresaempresa. 1.3.4 d) Implantación o revisión de sistemas de organización y control del de trabajo. 1.4 e) Estudio de tiempos, establecimiento de sistemas xx xxxxxx o incentivos y valoración de puestos de trabajo. 1.4. Emitir informe informes cuando la fusión, absorción o modificación del status jurídico de la Empresa empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 1.5. Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empresa, así como de los documentos relativos a la terminación de la relación laboral. 1.6. Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves. 1.7. Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismoabsentismo y sus causas, tanto por enfermedad como por accidentelos accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizan. 1.6 Conocer mensualmente el número de horas extraordinarias1.8. cve: BOE-A-2016-1391 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx 1.7 Ejercer una labor de vigilancia de: a) Vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social y empleo, así como el resto de los acuerdos pactos, condiciones y usos de empresa en vigor alcanzados con el Comité Intercentrosvigor, formulando formulando, en su caso, las reclamaciones acciones legales oportunas ante la Representación Empresarial empresa y efectuando las acciones legales correspondientes ante los organismos o tribunales competentes. 1.8 Participar b) Vigilancia y control de las condiciones de seguridad e higiene en el desarrollo del trabajo en la empresa con las particularidades previstas en este orden por el artículo 19 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. 1.9. Participar, como se determine por convenio colectivo, en la gestión de obras sociales establecidas en la Empresa, según lo convenido por ambas partes, empresa en beneficio de los los/las trabajadores/as y/o de sus familiares. 1.9 Proponer a 1.10. Colaborar con la Empresa dirección de la empresa en conseguir el establecimiento de cuantas mejoras técnicas medidas procuren el mantenimiento y el incremento de organización considere oportunas para mejorar la productividad y las condiciones productividad, de trabajoacuerdo con lo pactado en los convenios colectivos. 1.10 Ser los representantes directos de los trabajadores en las negociaciones colectivas con la R.E. 1.11 1.11. Informar a sus representados de representantes en todos los temas y cuestiones señalados en este número1, número 1 en cuanto directa o indirectamente, indirectamente tengan o puedan pueden tener repercusiones repercusión en las relaciones laborales. 2. Los informes que deba emitir el Comité Intercentros a tenor de las competencias reconocidas en los apartados 1.3 y 1.4, del número 1 anterior, deben elaborarse en el plazo de 15 días.

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Samples: Convenio Colectivo

Competencias. 1. El Comité Intercentros tendrá las siguientes competencias: 1.1 Recibir información facilitada trimestralmente al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la Empresa; sobre la situación de la producción y ventas de la Empresa; sobre su programa de producción y evolución probable del empleo en la Empresa. 1.2 Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y los demás documentos que se den a conocer a los socios y en las mismas condiciones que a éstos. 1.3 Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte de la Empresa, de las decisiones adoptadas por ésta sobre las siguientes cuestiones: 1.3.1 Reestructuración de plantilla y ceses totales o parciales o definitivos y temporales de aquélla siempre que afecten a más de un Centro de Trabajo. 1.3.2 Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de las instalaciones. 1.3.3 Planes de formación profesional de la Empresa. 1.3.4 Implantación o revisión de sistemas de organización y control del trabajo. 1.4 Emitir informe cuando la fusión, absorción o modificación del status jurídico de la Empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 Conocer trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismo, tanto por enfermedad como por accidente. 1.6 Conocer mensualmente el número de horas extraordinarias. cve: BOE-A-2016-1391 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx. 1.7 Ejercer una labor de vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social y empleo, así como de los acuerdos en vigor alcanzados con el Comité Intercentros, formulando las reclamaciones oportunas ante la Representación Empresarial y efectuando las acciones legales correspondientes ante los organismos o tribunales competentes. 1.8 Participar en la gestión de obras sociales establecidas en la Empresa, según lo convenido por ambas partes, en beneficio de los trabajadores/as trabajadores y/o sus familiares. 1.9 Proponer a la Empresa cuantas mejoras técnicas y de organización considere oportunas para mejorar la productividad y las condiciones de trabajo. 1.10 Ser los representantes directos de los trabajadores en las negociaciones colectivas con la R.E. 1.11 Informar a sus representados de todos los temas y cuestiones señalados en este número1, en cuanto directa o indirectamente, tengan o puedan tener repercusiones en las relaciones laborales. 2. Los informes que deba emitir el Comité Intercentros a tenor de las competencias reconocidas en los apartados 1.3 y 1.4, del número 1 anterior, deben elaborarse en el plazo de 15 días.

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Samples: Convenio Colectivo

Competencias. —Sin perjuicio de los derechos y facultades concedidos por las leyes, se reconoce a los delegados de personal y comités de empresa las siguientes funciones: 1. El Comité Intercentros tendrá las siguientes competencias: 1.1 Recibir información información, que le será facilitada trimestralmente trimestralmente, al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la Empresa; empresa, sobre la situación de la producción y ventas de la Empresa; entidad, sobre su programa de producción y evolución probable del empleo en la Empresaempresa, así como acerca de las previsiones del empresario sobre la celebración de nuevos contratos. 1.2 2. Recibir las copias básicas de los contratos a que se refiere el párrafo a) del apartado 3 del artículo 8 del Estatuto de los Trabajadores y la notificación de las prórrogas y de las denuncias correspondientes a los mismos, en el plazo de los diez días siguientes a que tuvieran lugar. 3. Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y y, en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, de los demás documentos que se den a conocer a los socios socios, y en las mismas condiciones que a éstosestos. 1.3 4. Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte de la Empresa, del empresario de las decisiones adoptadas por ésta este sobre las siguientes cuestiones: 1.3.1 Reestructuración a) Reestructuraciones de plantilla y ceses totales o parciales parciales, definitivos o definitivos y temporales de aquélla siempre que afecten a más de un Centro de Trabajoaquella. 1.3.2 b) Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de en las instalaciones.. BOCM-20230706-117 1.3.3 c) Planes de formación profesional de la Empresaempresa. 1.3.4 d) Implantación o revisión de sistemas de organización y control del trabajo. 1.4 e) Estudio de tiempos, establecimiento de sistemas xx xxxxxx o incentivos y valoración de puestos de trabajo. 5. Emitir informe cuando la fusión, absorción o modificación del status jurídico de la Empresa empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. B.O.C.M. Núm. 159 JUEVES 6 DE JULIO DE 2023 6. Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empresa, así como de los documentos relativos a la terminación de la relación laboral. 1.5 Conocer 7. Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves. 8. Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismoabsentismo y sus causas, tanto por enfermedad como por accidentelos accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos o especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilicen. 1.6 Conocer mensualmente el número de horas extraordinarias9. cve: BOE-A-2016-1391 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx 1.7 Ejercer una labor de labor: a) De vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social Seguridad Social y empleo, así como el resto de los acuerdos pactos, condiciones y usos de empresa en vigor alcanzados con el Comité Intercentrosvigor, formulando las reclamaciones oportunas ante la Representación Empresarial y efectuando formulando, en su caso, las acciones legales correspondientes oportunas ante el empresario y los organismos o tribunales competentes. 1.8 Participar b) De vigilancia y control de las condiciones de seguridad e higiene en el desarrollo del trabajo en la empresa, con las particularidades previstas en este orden por el artículo 19 del Estatuto de los Trabajadores. 10. Participar, como reglamentariamente se determine, en la gestión de obras sociales establecidas en la Empresa, según lo convenido por ambas partes, empresa en beneficio de los trabajadores/as y/las personas trabajadoras o de sus familiares. 1.9 Proponer a la Empresa cuantas mejoras técnicas y de organización considere oportunas para mejorar la productividad y las condiciones de trabajo. 1.10 Ser los representantes directos de los trabajadores en las negociaciones colectivas 11. Colaborar con la R.E. 1.11 Informar a sus representados dirección de todos los temas la empresa para conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento y cuestiones señalados en este número1, en cuanto directa o indirectamente, tengan o puedan tener repercusiones en las relaciones laboralesel incremento de la productividad. 2. Los informes que deba emitir el Comité Intercentros a tenor de las competencias reconocidas en los apartados 1.3 y 1.4, del número 1 anterior, deben elaborarse en el plazo de 15 días.

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Samples: Convenio Colectivo

Competencias. 1. El Comité Intercentros de Empresa tendrá las siguientes competencias: 1.1 1.1. Recibir información información, que le será facilitada trimestralmente trimestralmente, al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la Empresa; empresa, sobre la situación de la producción y ventas de la Empresa; sobre su programa de producción y evolución probable del empleo en la Empresaempresa. 1.2 1.2. Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y y, en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, de los demás documentos que se den a conocer a los socios y socios, en las mismas condiciones que a éstosestos. 1.3 1.3. Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte de la Empresa, del empresario de las decisiones adoptadas por ésta este sobre las siguientes cuestiones: 1.3.1 Reestructuración a) Reestructuraciones de plantilla y ceses totales o parciales parciales, definitivos o definitivos y temporales de aquélla siempre que afecten a más de un Centro de Trabajoplantilla. 1.3.2 b) Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de las instalaciones. 1.3.3 c) Planes de formación profesional de en la Empresaempresa. 1.3.4 d) Implantación o revisión de sistemas de organización y control del de trabajo. 1.4 e) Estudio de tiempos, establecimiento de sistemas xx xxxxxx o incentivos y valoración de puestos de trabajo. 1.4. Emitir informe informes cuando la fusión, absorción o modificación del status jurídico de la Empresa empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 1.5. Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empresa, así como de los documentos relativos a la terminación de la relación laboral. 1.6. Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves. 1.7. Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismoabsentismo y sus causas, tanto por enfermedad como por accidentelos accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizan. 1.6 Conocer mensualmente el número de horas extraordinarias1.8. cve: BOE-A-2016-1391 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx 1.7 Ejercer una labor de vigilancia de: a) Vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social y empleo, así como el resto de los acuerdos pactos, condiciones y usos de empresa en vigor alcanzados con el Comité Intercentrosvigor, formulando formulando, en su caso, las reclamaciones acciones legales oportunas ante la Representación Empresarial empresa y efectuando las acciones legales correspondientes ante los organismos o tribunales competentes. 1.8 Participar b) Vigilancia y control de las condiciones de seguridad e higiene en el desarrollo del trabajo en la empresa con las particularidades previstas en este orden por el artículo 19 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. 1.9. Participar, como se determine por convenio colectivo, en la gestión de obras sociales establecidas en la Empresa, según lo convenido por ambas partes, empresa en beneficio de los los/as trabajadores/as y/o de sus familiares. 1.9 Proponer a 1.10. Colaborar con la Empresa dirección de la empresa en conseguir el establecimiento de cuantas mejoras técnicas medidas procuren el mantenimiento y el incremento de organización considere oportunas para mejorar la productividad y las condiciones productividad, de trabajoacuerdo con lo pactado en los convenios colectivos. 1.10 Ser los representantes directos de los trabajadores en las negociaciones colectivas con la R.E. 1.11 1.11. Informar a sus representados de representantes en todos los temas y cuestiones señalados en este número1, número 1 en cuanto directa o indirectamente, indirectamente tengan o puedan pueden tener repercusiones repercusión en las relaciones laborales. 2. Los informes que deba emitir el Comité Intercentros a tenor de las competencias reconocidas en los apartados 1.3 y 1.4, del número 1 anterior, deben elaborarse en el plazo de 15 días.

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Samples: Prórroga Del Convenio Colectivo Regional Del Campo

Competencias. 1. El Comité Intercentros de Empresa tendrá las siguientes competencias: 1.1 Recibir información información, que le será facilitada trimestralmente trimestralmente, al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la Empresa; empresa, sobre la situación de la producción y ventas de la Empresa; sobre su programa de producción y evolución probable del empleo en la Empresaempresa. 1.2 Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y y, en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, de los demás documentos que se den a conocer a los socios y socios, en las mismas condiciones que a éstos. 1.3 Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte de la Empresa, del empresario de las decisiones adoptadas por ésta éste sobre las siguientes cuestiones: 1.3.1 Reestructuración a) Reestructuraciones de plantilla y ceses totales o parciales parciales, definitivos o definitivos y temporales de aquélla siempre que afecten a más de un Centro de Trabajoplantilla. 1.3.2 b) Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de las instalaciones. 1.3.3 c) Planes de formación profesional de en la Empresaempresa. 1.3.4 d) Implantación o revisión de sistemas de organización y control del de trabajo. e) Estudio de tiempos, establecimiento de sistemas xx xxxxxx o incentivos y valoración de puestos de trabajo. 1.4 Emitir informe informes cuando la fusión, absorción o modificación del status jurídico jurídico” de la Empresa empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empresa, así como de los documentos relativos a la terminación de la relación laboral. 1.6 Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves. 1.7 Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismoabsentismo y sus causas, tanto por enfermedad como por accidentelos accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizan. 1.6 Conocer mensualmente el número de horas extraordinarias. cve: BOE-A-2016-1391 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx 1.7 1.8 Ejercer una labor de vigilancia de: a) Vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social y empleo, así como el resto de los acuerdos pactos, condiciones y usos de empresa en vigor alcanzados con el Comité Intercentrosvigor, formulando formulando, en su caso, las reclamaciones acciones legales oportunas ante la Representación Empresarial empresa y efectuando las acciones legales correspondientes ante los organismos o tribunales competentes. 1.8 Participar b) Vigilancia y control de las condiciones de seguridad e higiene en el desarrollo del trabajo en la empresa con las particularidades previstas en este orden por el artículo 19 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. 1.9 Participar, como se determine por convenio colectivo, en la gestión de obras sociales establecidas en la Empresa, según lo convenido por ambas partes, empresa en beneficio de los los/las trabajadores/as y/o de sus familiares. 1.9 Proponer a la Empresa cuantas mejoras técnicas y de organización considere oportunas para mejorar la productividad y las condiciones de trabajo. 1.10 Ser los representantes directos de los trabajadores en las negociaciones colectivas Colaborar con la R.E.dirección de la empresa en conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento y el incremento de la productividad, de acuerdo con lo pactado en los convenios colectivos. 1.11 Informar a sus representados de representantes en todos los temas y cuestiones señalados en este número1, número 1 en cuanto directa o indirectamente, indirectamente tengan o puedan pueden tener repercusiones repercusión en las relaciones laborales. 2. Los informes que deba emitir el Comité Intercentros a tenor de las competencias reconocidas en los apartados 1.3 y 1.4, del número 1 anterior, deben elaborarse en el plazo de 15 días.

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Samples: Convenio Colectivo