Common use of Competencias Clause in Contracts

Competencias. El Comité de Empresa tendrá las siguientes competencias: 1.1 Recibir información, que le será facilitada trimestralmente, al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la empresa, sobre la situación de la producción y evolución probable del empleo en la empresa. 1.2 Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y, en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, de los demás documentos que se den a conocer a los socios, en las mismas condiciones que éstos. 1.3 Emitir informe con carácter previo a la ejecución del empresario de las decisiones adoptadas por éste sobre las siguientes cuestiones: a) Reestructuraciones de plantilla y ceses totales o parciales, definitivos o temporales de plantilla. b) Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de instalaciones. c) Planes de formación profesional en la empresa. d) Implantación o revisión de sistemas de organización y control de trabajo. e) Estudio de tiempos, establecimiento de sistemas xx xxxxxx o incentivos y valoración de puestos de trabajo. 1.4 Emitir informes cuando la fusión, absorción o modificación del «status jurídico» de la empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empresa, así como de los documentos relativos a la terminación de la relación laboral. 1.6 Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves. 1.7 Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causas, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizan. 1.8 Ejercer una labor de: a) Vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia de seguridad social y empleo, así como el resto de los pactos, condiciones y usos de empresa en vigor, formulando, en su caso, las acciones legales oportunas ante la empresa y los organismos o tribunales competentes. b) Vigilancia y control de las condiciones de seguridad e higiene en el desarrollo del trabajo en la empresa con las particularidades previstas en este orden por el artículo 19 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. 1.9 Participar, como se determine por convenio colectivo, en la gestión de obras sociales establecidas en la empresa en beneficio de los/las trabajadores/as o de sus familiares. 1.10 Colaborar con la dirección de la empresa en conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento y el incremento de la productividad, de acuerdo con lo pactado en los convenios colectivos. 1.11 Informar a sus representantes en todos los temas y cuestiones señalados en este número 1 en cuanto directa o indirectamente tengan o pueden tener repercusión en las relaciones laborales.

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Samples: Convenio Colectivo

Competencias. El Comité comité de Empresa empresa tendrá las siguientes si- guientes competencias: 1.1 1. Recibir información, que le será facilitada trimestralmente, al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece per- tenece la empresa, sobre la situación de la producción y ventas de la entidad, sobre su programa de producción y evolución probable del empleo en la empresa, así como acerca de las previsiones del empre- sario sobre celebración de nuevos contratos, con indicación del nú- mero de estos y de las modalidades y tipos de contratos que serán utilizados y de los supuestos de subcontratación. 1.2 2. Recibir la copia básica de los contratos a que se refiere el pá- rrafo a) del apartado 3 del artículo 8 y la notificación de las prórro- gas y de las denuncias correspondientes a los mismos, en el plazo de los diez días siguientes a que tuvieran lugar. 3. Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y, en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, de los demás documentos que se den a conocer a los socios, y en las mismas condiciones que éstosa estos. 1.3 4. Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte del empresario de las decisiones adoptadas por éste este sobre las siguientes si- guientes cuestiones: a) Reestructuraciones de plantilla y ceses totales o parciales, definitivos de- finitivos o temporales de plantillaaquella. b) Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de las instalaciones. c) Planes de formación profesional en de la empresa. d) Implantación o revisión de sistemas de organización y control de con- trol del trabajo. e) Estudio de tiempos, establecimiento de sistemas xx xxxxxx o incentivos y valoración de puestos de trabajo. 1.4 5. Emitir informes informe cuando la fusión, absorción o modificación del «status jurídico» estatuto jurídico de la empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 6. Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen uti- licen en la empresa, así como de los documentos relativos a la terminación ter- minación de la relación laboral. 1.6 7. Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves. 1.7 8. Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causas, los accidentes de trabajo y enfermedades enfer- medades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidadsiniestra- lidad, los estudios periódicos o especiales del medio ambiente laboral labo- ral y los mecanismos de prevención que se utilizanutilicen. 1.8 9. Ejercer una labor delabor: a) Vigilancia De vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social y empleo, así como el resto de los pactos, condiciones y usos de empresa en vigor, formulando, en su caso, las acciones legales oportunas ante la empresa el empresario y los organismos o tribunales competentes. b) Vigilancia De vigilancia y control de las condiciones de seguridad e higiene higie- ne en el desarrollo del trabajo en la empresa empresa, con las particularidades particula- ridades previstas en este orden por el artículo 19 de la Ley del Estatuto de los Trabajadoresesta Ley. 1.9 10. Participar, como se determine por convenio colectivo, en la gestión de obras sociales establecidas en la empresa en beneficio de los/las trabajadores/as los trabajadores o de sus familiares. 1.10 11. Colaborar con la dirección de la empresa en para conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento y el incremento de la productividad, de acuerdo con lo pactado en los convenios colectivos. 1.11 12. Informar a sus representantes representados en todos los temas y cuestiones cuestio- nes señalados en este número 1 en cuanto directa o indirectamente tengan o pueden puedan tener repercusión en las relaciones laborales. Los informes que deba emitir el comité a tenor de las competen- cias reconocidas en los apartados cuarto y quinto del número 1 an- terior, deben elaborarse en el plazo de quince días.

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Samples: Adjudicación De Contratos

Competencias. El Comité comité de Empresa tendrá empresa y las/os delegadas/os de perso- nal tendrán las siguientes competencias: 1.1 1.1. Recibir información, información que le será facilitada trimestralmentefacilitada, trimestral- mente al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la empresa, sobre la situación de la producción y evolución probable del empleo en de la empresa. 1.2 1.2. Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y, me- moria y en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, de los demás documentos que se den a conocer a los socios, socios y en las las- mismas condiciones que a éstos. 1.3 1.3. Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte del empresario de las decisiones adoptadas por éste este sobre las siguientes cuestiones: a) Reestructuraciones de plantilla las plantillas y ceses totales o parciales, definitivos o temporales de plantillaaquellas. b) Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de las instalaciones. c) Planes de formación profesional en de la empresa. d) Implantación o revisión de sistemas de organización y control de del trabajo. e) Estudio de tiempos, establecimiento de sistemas xx xxxxxx o incentivos tiempos y valoración de puestos de trabajo. 1.4 1.4. Emitir informes informe cuando la fusión, absorción o modificación mo- dificación del «status jurídico» estatus jurídico de la empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 1.5. Conocer los modelos de contrato contratos de trabajo escrito escritos que se utilicen en la empresa, así como de los documentos relativos a la terminación de la relación laboral. 1.6 1.6. Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy gravesimpuestas. 1.7 1.7. Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causas, los accidentes . Los acci- dentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos o especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizan. 1.8 1.8. Ejercer una labor delabor: a) Vigilancia De vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes xxxxx- tes en materia laboral, de seguridad social Seguridad Social y empleo, así como el resto de los pactos, condiciones y usos de empresa empresas en vigor, formulando, en su caso, las acciones accio- nes legales oportunas ante la empresa el empresario y los organismos organis- mos o tribunales competentes. b) Vigilancia De vigencia y control de las condiciones de seguridad e higiene y salud en el desarrollo del trabajo en la empresa empresa, con las particularidades previstas en este orden por el artículo 19 de la Ley del 19del Estatuto de los Trabajadores. 1.9 1.9. Participar, como se determine por convenio colectivo, en la gestión de obras sociales establecidas en la empresa empre- sa en beneficio de los/las trabajadores/as los trabajadores o de sus familiares. 1.10 Colaborar 1.10. Colaboración con la dirección de la empresa en para conseguir el establecimiento de cuantas medidas medi- das procuren el mantenimiento y el incremento de la productividad, de acuerdo con lo pactado en los convenios colectivos. 1.11 1.11. Informar a sus representantes en todos los temas y cuestiones señalados en este número 1 en cuanto directa di- recta o indirectamente tengan o pueden puedan tener repercusión repercu- sión en las relaciones laborales. Los informes que deba emitir el comité, a tenor de las competencias reconocidas en los apartados 1.3 y 1.4 de este artículo, deben elaborarse en el plazo de quince días.

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Samples: Convenio Colectivo

Competencias. El Comité comité de Empresa tendrá empresa y las/os delegadas/os de perso- nal tendrán las siguientes competencias: 1.1 1.1. Recibir información, información que le será facilitada trimestralmentefacilitada, trimes- tralmente al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la empresa, sobre la situación de la producción y evolución probable del empleo en de la empresa. 1.2 1.2. Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y, y en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participacionesparticipa- ciones, de los demás documentos que se den a conocer a los socios, socios y en las mismas condiciones condicio- nes que a éstos. 1.3 1.3. Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte del empresario de las decisiones adoptadas adop- tadas por éste este sobre las siguientes cuestiones: a) Reestructuraciones de plantilla las plantillas y ceses totales o parciales, definitivos o temporales de plantillaaquellas. b) Reducciones de jornada, así como traslado total to- tal o parcial de las instalaciones. c) Planes de formación profesional en de la empresa. d) Implantación o revisión de sistemas de organización orga- nización y control de del trabajo. e) Estudio de tiempos, establecimiento de sistemas xx xxxxxx o incentivos tiempos y valoración de puestos de trabajo. 1.4 1.4. Emitir informes informe cuando la fusión, absorción o modificación mo- dificación del «status jurídico» estatus jurídico de la empresa suponga su- ponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 1.5. Conocer los modelos de contrato contratos de trabajo escrito es- critos que se utilicen en la empresa, así como de los documentos relativos a la terminación de la relación rela- ción laboral. 1.6 1.6. Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy gravesimpuestas. 1.7 1.7. Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas estadís- ticas sobre el índice de absentismo y sus causas, los . Los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales pro- fesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidadsi- niestralidad, los estudios periódicos o especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizan. 1.8 1.8. Ejercer una labor delabor: a) Vigilancia De vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social Seguridad So- cial y empleo, así como el resto de los pactos, condiciones y usos de empresa empresas en vigor, formulandofor- mulando, en su caso, las acciones legales oportunas opor- tunas ante la empresa el empresario y los organismos o tribunales competentes. b) Vigilancia De vigencia y control de las condiciones de seguridad e higiene seguri- dad y salud en el desarrollo del trabajo en la empresa empre- sa, con las particularidades previstas en este orden por el artículo 19 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. 1.9 1.9. Participar, como se determine por convenio colectivoco- lectivo, en la gestión de obras sociales establecidas estableci- das en la empresa en beneficio de los/las trabajadores/as los trabajado- res o de sus familiares. 1.10 Colaborar 1.10. Colaboración con la dirección de la empresa en para conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento y el incremento incre- mento de la productividad, de acuerdo con lo pactado en los convenios colectivos. 1.11 1.11. Informar a sus representantes en todos los temas y cuestiones señalados en este número 1 en cuanto cuan- to directa o indirectamente tengan o pueden puedan tener repercusión en las relaciones laborales. Los informes que deba emitir el comité, a tenor de las competencias reconocidas en los apartados 1.3 y 1.4 de este artículo, deben elaborarse en el plazo de quince días.

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Samples: Convenio Colectivo

Competencias. El Comité de Empresa tendrá las siguientes competencias: 1.1 Recibir información, que le será facilitada trimestralmente, al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la empresa, sobre la situación de la producción y evolución probable del empleo en la empresa. 1.2 Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y, en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, de los demás documentos que se den a conocer a los socios, en las mismas condiciones que éstos. 1.3 Emitir informe con carácter previo a la ejecución del empresario de las decisiones adoptadas por éste sobre las siguientes cuestiones: a) Reestructuraciones de plantilla y ceses totales o parciales, definitivos o temporales de plantilla. b) Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de instalaciones. c) Planes de formación profesional en la empresa. d) Implantación o revisión de sistemas de organización y control de trabajo. e) Estudio de tiempos, establecimiento de sistemas xx xxxxxx o incentivos y valoración de puestos de trabajo. 1.4 Emitir informes cuando la fusión, absorción o modificación del «status jurídico» de la empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empresa, así como de los documentos relativos a la terminación de la relación laboral. 1.6 Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves. 1.7 Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causas, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizan. 1.8 Ejercer una labor de: a) Vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia de seguridad social y empleo, así como el resto de los pactos, condiciones y usos de empresa en vigor, formulando, en su caso, las acciones legales oportunas ante la empresa y los organismos o tribunales competentes. b) Vigilancia y control de las condiciones de seguridad e higiene en el desarrollo del trabajo en la empresa con las particularidades previstas en este orden por el artículo 19 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. 1.9 Participar, como se determine por convenio colectivo, en la gestión de obras sociales establecidas en la empresa en beneficio de los/las trabajadores/as o de sus familiares. 1.10 Colaborar con la dirección de la empresa en conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento y el incremento de la productividad, de acuerdo con lo pactado en los convenios colectivos. 1.11 Informar a sus representantes en todos los temas y cuestiones señalados en este número 1 en cuanto directa o indirectamente tengan o pueden tener repercusión en las relaciones laborales.

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Samples: Convenio Colectivo

Competencias. 1. El Comité de Empresa Intercentros tendrá las siguientes competencias: 1.1 Recibir información, que le será información facilitada trimestralmente, trimestralmente al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la empresa, Empresa; sobre la situación de la producción y ventas de la Empresa; sobre su programa de producción y evolución probable del empleo en la empresaEmpresa. 1.2 Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y, en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, de y los demás documentos que se den a conocer a los socios, socios y en las mismas condiciones que a éstos. 1.3 Emitir informe con carácter previo a la ejecución del empresario por parte de la Empresa, de las decisiones adoptadas por éste ésta sobre las siguientes cuestiones: a) Reestructuraciones 1.3.1 Reestructuración de plantilla y ceses totales o parciales, parciales o definitivos o y temporales de plantillaaquélla siempre que afecten a más de un centro de trabajo. b) 1.3.2 Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de las instalaciones. c) 1.3.3 Planes de formación profesional en de la empresaEmpresa. d) 1.3.4 Implantación o revisión de sistemas de organización y control de trabajo. e) Estudio de tiempos, establecimiento de sistemas xx xxxxxx o incentivos y valoración de puestos de del trabajo. 1.4 Emitir informes informe cuando la fusión, absorción o modificación del «status jurídico» jurídico de la empresa Empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empresa, así como de los documentos relativos a la terminación de la relación laboral. 1.6 Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves. 1.7 Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causasabsentismo, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizantanto por enfermedad como por accidente. 1.8 1.6 Conocer mensualmente el número de horas extraordinarias. 1.7 Ejercer una labor de: a) Vigilancia de vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social Seguridad Social y empleo, así como el resto de los pactosacuerdos en vigor alcanzados con el Comité Intercentros, condiciones formulando las reclamaciones oportunas ante la Representación Empresarial y usos de empresa en vigor, formulando, en su caso, efectuando las acciones legales oportunas correspondientes ante la empresa y los organismos o tribunales competentes. b) Vigilancia y control de las condiciones de seguridad e higiene en el desarrollo del trabajo en la empresa con las particularidades previstas en este orden por el artículo 19 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. 1.9 Participar, como se determine por convenio colectivo, 1.8 Participar en la gestión de obras sociales establecidas en la empresa Empresa, según lo convenido por ambas partes, en beneficio de loslos trabajadores y/las trabajadores/as o de sus familiares. 1.9 Proponer a la Empresa cuantas mejoras técnicas y de organización considere oportunas para mejorar la productividad y las condiciones de trabajo. 1.10 Colaborar Ser los representantes directos de los trabajadores en las negociaciones colectivas con la dirección de la empresa en conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento y el incremento de la productividad, de acuerdo con lo pactado en los convenios colectivos.R.E. 1.11 Informar a sus representantes en representados de todos los temas y cuestiones señalados en este número 1 1, en cuanto directa o indirectamente indirectamente, tengan o pueden puedan tener repercusión repercusiones en las relaciones laborales. 2. Los informes que deba emitir el Comité Intercentros a tenor de las competencias reconocidas en los apartados 1.3 y 1.4 del número 1 anterior, deben elaborarse en el plazo de 15 días.

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Samples: Convenio Colectivo

Competencias. 1. El Comité de Empresa Intercentros tendrá las siguientes competencias: 1.1 Recibir información, que le será información facilitada trimestralmente, trimestralmente al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la empresa, Empresa; sobre la situación de la producción y ventas de la Empresa; sobre su programa de producción y evolución probable del empleo en la empresaEmpresa. 1.2 Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y, en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, de y los demás documentos que se den a conocer a los socios, socios y en las mismas condiciones que a éstos. 1.3 Emitir informe con carácter previo a la ejecución del empresario por parte de la Empresa, de las decisiones adoptadas por éste ésta sobre las siguientes cuestiones: a) Reestructuraciones 1.3.1 Reestructuración de plantilla y ceses totales o parciales, parciales o definitivos o y temporales de plantillaaquélla siempre que afecten a más de un Centro de Trabajo. b) 1.3.2 Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de las instalaciones. c) 1.3.3 Planes de formación profesional en de la empresaEmpresa. d) 1.3.4 Implantación o revisión de sistemas de organización y control de trabajo. e) Estudio de tiempos, establecimiento de sistemas xx xxxxxx o incentivos y valoración de puestos de del trabajo. 1.4 Emitir informes informe cuando la fusión, absorción o modificación del «status jurídico» jurídico de la empresa Empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empresa, así como de los documentos relativos a la terminación de la relación laboral. 1.6 Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves. 1.7 Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causasabsentismo, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizantanto por enfermedad como por accidente. 1.8 1.6 Conocer mensualmente el número de horas extraordinarias. 1.7 Ejercer una labor de: a) Vigilancia de vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social y empleo, así como el resto de los pactosacuerdos en vigor alcanzados con el Comité Intercentros, condiciones formulando las reclamaciones oportunas ante la Representación Empresarial y usos de empresa en vigor, formulando, en su caso, efectuando las acciones legales oportunas correspondientes ante la empresa y los organismos o tribunales competentes. b) Vigilancia y control de las condiciones de seguridad e higiene en el desarrollo del trabajo en la empresa con las particularidades previstas en este orden por el artículo 19 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. 1.9 Participar, como se determine por convenio colectivo, 1.8 Participar en la gestión de obras sociales establecidas en la empresa Empresa, según lo convenido por ambas partes, en beneficio de loslos trabajadores y/las trabajadores/as o de sus familiares. 1.9 Proponer a la Empresa cuantas mejoras técnicas y de organización considere oportunas para mejorar la productividad y las condiciones de trabajo. 1.10 Colaborar Ser los representantes directos de los trabajadores en las negociaciones colectivas con la dirección de la empresa en conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento y el incremento de la productividad, de acuerdo con lo pactado en los convenios colectivos.R.E. 1.11 Informar a sus representantes en representados de todos los temas y cuestiones señalados en este número 1 número1, en cuanto directa o indirectamente indirectamente, tengan o pueden puedan tener repercusión repercusiones en las relaciones laborales. 2. Los informes que deba emitir el Comité Intercentros a tenor de las competencias reconocidas en los apartados 1.3 y 1.4, del número 1 anterior, deben elaborarse en el plazo de 15 días.

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Samples: Convenio Colectivo

Competencias. El Comité de Empresa tendrá las siguientes competencias: 1.1 1.1. Recibir información, que le será facilitada trimestralmente, al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la empresa, sobre la situación de la producción y evolución probable del empleo en la empresa. 1.2 1.2. Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y, en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, de los demás documentos que se den a conocer a los socios, en las mismas condiciones que éstosestos. 1.3 1.3. Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte del empresario de las decisiones adoptadas por éste este sobre las siguientes cuestiones: a) Reestructuraciones de plantilla y ceses totales o parciales, definitivos o temporales de plantilla. b) Reducciones de jornada, así como traslado traslados total o parcial de instalaciones. c) Planes de formación profesional en la empresa. d) Implantación o revisión de sistemas de organización y control de trabajo. e) Estudio de tiempos, establecimiento de sistemas xx xxxxxx o incentivos y valoración de puestos de trabajo. 1.4 1.4. Emitir informes cuando la fusión, absorción o modificación del «"status jurídico» " de la empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 1.5. Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empresa, así como de los documentos relativos a la terminación de la relación laboral. 1.6 1.6. Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves. 1.7 1.7. Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causas, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizan. 1.8 1.8. Ejercer una labor de: a) Vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia de seguridad social y empleo, así como el resto de los pactos, condiciones y usos de empresa en vigor, formulando, en su caso, las acciones legales oportunas ante la empresa y los organismos o tribunales competentes. b) Vigilancia y control de las condiciones de seguridad e higiene en el desarrollo del trabajo en la empresa con las particularidades previstas en este orden por el artículo 19 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. 1.9 1.9. Participar, como se determine por convenio colectivo, en la gestión de obras sociales establecidas en la empresa en beneficio de los/las trabajadores/as o de sus familiares. 1.10 1.10. Colaborar con la dirección de la empresa en conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento y el incremento de la productividad, de acuerdo con lo pactado en los convenios colectivos. 1.11 1.11. Informar a sus representantes en todos los temas y cuestiones señalados en este número 1 en cuanto directa o indirectamente tengan o pueden tener repercusión en las relaciones laborales.

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Samples: Convenio Colectivo Regional Del Campo

Competencias. El Comité comité de Empresa tendrá empresa y las/os delegadas/os de personal tendrán las siguientes competencias: 1.1 1.1. Recibir información, información que le será facilitada trimestralmentefacilitada, trimestralmente al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la empresa, sobre la situación de la producción y evolución probable del empleo en de la empresa. 1.2 1.2. Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y, y en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, de los demás documentos que se den a conocer a los socios, socios y en las mismas condiciones que a éstos. 1.3 1.3. Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte del empresario de las decisiones adoptadas por éste este sobre las siguientes cuestiones: a) Reestructuraciones de plantilla las plantillas y ceses totales o parciales, definitivos o temporales de plantillaaquellas. b) Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de las instalaciones. c) Planes de formación profesional en de la empresa. d) Implantación o revisión de sistemas de organización y control de del trabajo. e) Estudio de tiempos, establecimiento de sistemas xx xxxxxx o incentivos tiempos y valoración de puestos de trabajo. 1.4 1.4. Emitir informes informe cuando la fusión, absorción o modificación del «status jurídico» estatus jurídico de la empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 1.5. Conocer los modelos de contrato contratos de trabajo escrito escritos que se utilicen en la empresa, así como de los documentos relativos a la terminación de la relación laboral. 1.6 1.6. Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy gravesimpuestas. 1.7 1.7. Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causas, los . Los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos o especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizan. 1.8 1.8. Ejercer una labor delabor: a) Vigilancia De vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social Seguridad Social y empleo, así como el resto de los pactos, condiciones y usos de empresa empresas en vigor, formulando, en su caso, las acciones legales oportunas ante la empresa el empresario y los organismos o tribunales competentes. b) Vigilancia De vigencia y control de las condiciones de seguridad e higiene y salud en el desarrollo del trabajo en la empresa empresa, con las particularidades previstas en este orden por el artículo 19 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. 1.9 1.9. Participar, como se determine por convenio colectivo, en la gestión de obras sociales establecidas en la empresa en beneficio de los/las trabajadores/as los trabajadores o de sus familiares. 1.10 Colaborar 1.10. Colaboración con la dirección de la empresa en para conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento y el incremento de la productividad, de acuerdo con lo pactado en los convenios colectivos. 1.11 1.11. Informar a sus representantes en todos los temas y cuestiones señalados en este número 1 en cuanto directa o indirectamente tengan o pueden puedan tener repercusión en las relaciones laborales.. Los informes que deba emitir el comité, a tenor de las competencias reconocidas en los apartados 1.3 y 1.4 de este artículo, deben elaborarse en el plazo de quince días. BOCM-20181101-1

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Samples: Convenio Colectivo

Competencias. 1. El Comité de Empresa Intercentros tendrá las siguientes competencias: 1.1 Recibir información, que le será información facilitada trimestralmente, trimestralmente al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la empresa, Empresa; sobre la situación de la producción y ventas de la Empresa; sobre su programa de producción y evolución probable del empleo en la empresaEmpresa. 1.2 Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y, en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, de y los demás documentos que se den a conocer a los socios, socios y en las mismas condiciones que a éstos. 1.3 Emitir informe con carácter previo a la ejecución del empresario por parte de la Empresa, de las decisiones adoptadas por éste ésta sobre las siguientes cuestiones: a) Reestructuraciones 1.3.1 Reestructuración de plantilla y ceses totales o parciales, parciales o definitivos o y temporales de plantillaaquélla siempre que afecten a más de un Centro de Trabajo. b) 1.3.2 Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de las instalaciones. c) 1.3.3 Planes de formación profesional en de la empresaEmpresa. d) 1.3.4 Implantación o revisión de sistemas de organización y control de trabajo. e) Estudio de tiempos, establecimiento de sistemas xx xxxxxx o incentivos y valoración de puestos de del trabajo. 1.4 Emitir informes informe cuando la fusión, absorción o modificación del «status jurídico» jurídico de la empresa Empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empresa, así como de los documentos relativos a la terminación de la relación laboral. 1.6 Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves. 1.7 Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causasabsentismo, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizantanto por enfermedad como por accidente. 1.8 1.6 Conocer mensualmente el número de horas extraordinarias. cve: BOE-A-2012-2514 1.7 Ejercer una labor de: a) Vigilancia de vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social y empleo, así como el resto de los pactosacuerdos en vigor alcanzados con el Comité Intercentros, condiciones formulando las reclamaciones oportunas ante la Representación Empresarial y usos de empresa en vigor, formulando, en su caso, efectuando las acciones legales oportunas correspondientes ante la empresa y los organismos o tribunales competentes. b) Vigilancia y control de las condiciones de seguridad e higiene en el desarrollo del trabajo en la empresa con las particularidades previstas en este orden por el artículo 19 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. 1.9 Participar, como se determine por convenio colectivo, 1.8 Participar en la gestión de obras sociales establecidas en la empresa Empresa, según lo convenido por ambas partes, en beneficio de loslos trabajadores y/las trabajadores/as o de sus familiares. 1.9 Proponer a la Empresa cuantas mejoras técnicas y de organización considere oportunas para mejorar la productividad y las condiciones de trabajo. 1.10 Colaborar Ser los representantes directos de los trabajadores en las negociaciones colectivas con la dirección de la empresa en conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento y el incremento de la productividad, de acuerdo con lo pactado en los convenios colectivos.R.E. 1.11 Informar a sus representantes en representados de todos los temas y cuestiones señalados en este número 1 1, en cuanto directa o indirectamente indirectamente, tengan o pueden puedan tener repercusión repercusiones en las relaciones laborales. 2. Los informes que deba emitir el Comité Intercentros a tenor de las competencias reconocidas en los apartados 1.3 y 1.4, del número 1 anterior, deben elaborarse en el plazo de 15 días.

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Samples: Convenio Colectivo

Competencias. El Comité —Sin perjuicio de Empresa tendrá los derechos y facultades concedidos por las leyes, se reconoce a los delegados de personal y comités de empresa las siguientes competenciasfunciones: 1.1 1. Recibir información, que le será facilitada trimestralmente, al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la empresa, sobre la situación de la producción y ventas de la entidad, sobre su programa de producción y evolución probable del empleo en la empresa, así como acerca de las previsiones del empresario sobre la celebración de nuevos contratos. 1.2 2. Recibir las copias básicas de los contratos a que se refiere el párrafo a) del apartado 3 del artículo 8 del Estatuto de los Trabajadores y la notificación de las prórrogas y de las denuncias correspondientes a los mismos, en el plazo de los diez días siguientes a que tuvieran lugar. 3. Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y, en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, de los demás documentos que se den a conocer a los socios, y en las mismas condiciones que éstosa estos. 1.3 4. Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte del empresario de las decisiones adoptadas por éste este sobre las siguientes cuestiones: a) Reestructuraciones de plantilla y ceses totales o parciales, definitivos o temporales de plantillaaquella. b) Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de en las instalaciones.. BOCM-20230706-117 c) Planes de formación profesional en de la empresa. d) Implantación o revisión de sistemas de organización y control de del trabajo. e) Estudio de tiempos, establecimiento de sistemas xx xxxxxx o incentivos y valoración de puestos de trabajo. 1.4 5. Emitir informes informe cuando la fusión, absorción o modificación del «status jurídico» jurídico de la empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo.. B.O.C.M. Núm. 159 JUEVES 6 DE JULIO DE 2023 1.5 6. Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empresa, así como de los documentos relativos a la terminación de la relación laboral. 1.6 7. Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves. 1.7 8. Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causas, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos o especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizanutilicen. 1.8 9. Ejercer una labor delabor: a) Vigilancia De vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social Seguridad Social y empleo, así como el resto de los pactos, condiciones y usos de empresa en vigor, formulando, en su caso, las acciones legales oportunas ante la empresa el empresario y los organismos o tribunales competentes. b) Vigilancia De vigilancia y control de las condiciones de seguridad e higiene en el desarrollo del trabajo en la empresa empresa, con las particularidades previstas en este orden por el artículo 19 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. 1.9 10. Participar, como reglamentariamente se determine por convenio colectivodetermine, en la gestión de obras sociales establecidas en la empresa en beneficio de los/las trabajadores/as personas trabajadoras o de sus familiares. 1.10 11. Colaborar con la dirección de la empresa en para conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento y el incremento de la productividad, de acuerdo con lo pactado en los convenios colectivos. 1.11 Informar a sus representantes en todos los temas y cuestiones señalados en este número 1 en cuanto directa o indirectamente tengan o pueden tener repercusión en las relaciones laborales.

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Samples: Convenio Colectivo

Competencias. El Comité de Empresa tendrá las siguientes competencias: 1.1 1.1. Recibir información, que le será facilitada trimestralmente, al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la empresa, sobre la situación de la producción y evolución probable del empleo en la empresa. 1.2 1.2. Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y, en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, de los demás documentos que se den a conocer a los socios, en las mismas condiciones que éstosestos. 1.3 1.3. Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte del empresario de las decisiones adoptadas por éste este sobre las siguientes cuestiones: a) Reestructuraciones de plantilla y ceses totales o parciales, definitivos o temporales de plantilla. b) Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de instalaciones. c) Planes de formación profesional en la empresa. d) Implantación o revisión de sistemas de organización y control de trabajo. e) Estudio de tiempos, establecimiento de sistemas xx xxxxxx o incentivos y valoración de puestos de trabajo. 1.4 1.4. Emitir informes cuando la fusión, absorción o modificación del «status jurídico» jurídico “de la empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 1.5. Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empresa, así como de los documentos relativos a la terminación de la relación laboral. 1.6 1.6. Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves. 1.7 1.7. Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causas, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizan. 1.8 1.8. Ejercer una labor de: a) Vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia de seguridad social y empleo, así como el resto de los pactos, condiciones y usos de empresa en vigor, formulando, en su caso, las acciones legales oportunas ante la empresa y los organismos o tribunales competentes. b) Vigilancia y control de las condiciones de seguridad e higiene en el desarrollo del trabajo en la empresa con las particularidades previstas en este orden por el artículo 19 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. 1.9 1.9. Participar, como se determine por convenio colectivo, en la gestión de obras sociales establecidas en la empresa en beneficio de los/las as trabajadores/as o de sus familiares. 1.10 1.10. Colaborar con la dirección de la empresa en conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento y el incremento de la productividad, de acuerdo con lo pactado en los convenios colectivos. 1.11 1.11. Informar a sus representantes en todos los temas y cuestiones señalados en este número 1 en cuanto directa o indirectamente tengan o pueden tener repercusión en las relaciones laborales.

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Samples: Prórroga Del Convenio Colectivo Regional Del Campo

Competencias. El Comité de Empresa tendrá las siguientes competencias: 1.1 1.1. Recibir información, que le será facilitada trimestralmente, al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la empresa, sobre la situación de la producción y evolución probable del empleo en la empresa. 1.2 1.2. Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y, en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, de los demás documentos que se den a conocer a los socios, en las mismas condiciones que éstos. 1.3 1.3. Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte del empresario de las decisiones adoptadas por éste sobre las siguientes cuestiones: a) Reestructuraciones de plantilla y ceses totales o parciales, definitivos o temporales de plantilla. b) Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de instalaciones. c) Planes de formación profesional en la empresa. d) Implantación o revisión de sistemas de organización y control de trabajo. e) Estudio de tiempos, establecimiento de sistemas xx xxxxxx o incentivos y valoración de puestos de trabajo. 1.4 1.4. Emitir informes cuando la fusión, absorción o modificación del «status jurídico» jurídico “de la empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 1.5. Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empresa, así como de los documentos relativos a la terminación de la relación laboral. 1.6 1.6. Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves. 1.7 1.7. Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causas, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizan. 1.8 1.8. Ejercer una labor de: a) Vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia de seguridad social y empleo, así como el resto de los pactos, condiciones y usos de empresa en vigor, formulando, en su caso, las acciones legales oportunas ante la empresa y los organismos o tribunales competentes. b) Vigilancia y control de las condiciones de seguridad e higiene en el desarrollo del trabajo en la empresa con las particularidades previstas en este orden por el artículo 19 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. 1.9 1.9. Participar, como se determine por convenio colectivo, en la gestión de obras sociales establecidas en la empresa en beneficio de los/las trabajadores/as o de sus familiares. 1.10 1.10. Colaborar con la dirección de la empresa en conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento y el incremento de la productividad, de acuerdo con lo pactado en los convenios colectivos. 1.11 1.11. Informar a sus representantes en todos los temas y cuestiones señalados en este número 1 en cuanto directa o indirectamente tengan o pueden tener repercusión en las relaciones laborales.

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Samples: Convenio Colectivo

Competencias. El Comité de Empresa tendrá las siguientes competencias: 1.1 Recibir información, que le será facilitada trimestralmente, al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la empresa, sobre la situación de la producción y evolución probable del empleo en la empresa. 1.2 Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y, en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, de los demás documentos que se den a conocer a los socios, en las mismas condiciones que éstos. 1.3 Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte del empresario de las decisiones adoptadas por éste sobre las siguientes cuestiones: a) Reestructuraciones de plantilla y ceses totales o parciales, definitivos o temporales de plantilla. b) Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de instalaciones. c) Planes de formación profesional en la empresa. d) Implantación o revisión de sistemas de organización y control de trabajo. e) Estudio de tiempos, establecimiento de sistemas xx xxxxxx o incentivos y valoración de puestos de trabajo. 1.4 Emitir informes cuando la fusión, absorción o modificación del «status jurídico» jurídico de la empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empresa, así como de los documentos relativos a la terminación de la relación laboral. 1.6 Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves. 1.7 Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causas, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizan. 1.8 Ejercer una labor de: a) Vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia de seguridad social y empleo, así como el resto de los pactos, condiciones y usos de empresa en vigor, formulando, en su caso, las acciones legales oportunas ante la empresa y los organismos o tribunales competentes. b) Vigilancia y control de las condiciones de seguridad e higiene en el desarrollo del trabajo en la empresa con las particularidades previstas en este orden por el artículo 19 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. 1.9 Participar, como se determine por convenio Convenio colectivo, en la gestión de obras sociales establecidas en la empresa en beneficio de los/las as trabajadores/as o de sus familiares. 1.10 Colaborar con la dirección de la empresa en conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento y el incremento de la productividad, de acuerdo con lo pactado en los convenios Convenios colectivos. 1.11 Informar a sus representantes en todos los temas y cuestiones señalados en este número 1 en cuanto directa o indirectamente tengan o pueden tener repercusión en las relaciones laborales.

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Samples: Convenio Colectivo

Competencias. El Los delegados de personal y el Comité de Empresa tendrá tendrán las siguientes competencias: 1.1 : CVE-2010-782 — Recibir información, información que le les será facilitada trimestralmente, al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la empresa, sobre la situación de la producción y ventas de la entidad, sobre programa de producción y evolución probable del empleo en la empresa. 1.2 . — Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y, en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad Sociedad por acciones o participaciones, de los demás documentos que se den a conocer a los socios, socios y en las mismas condiciones que a éstos. 1.3 . — Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte del empresario de las decisiones adoptadas por éste sobre las siguientes cuestiones: a) : — Reestructuraciones de plantilla y ceses totales o parciales, definitivos o temporales de plantilla. b) aquellas. — Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de las instalaciones. c) . — Planes de formación profesional en Formación Profesional de la empresa. d) Empresa. — Implantación o revisión de sistemas de organización y control de trabajo. e) Estudio . — Estudios de tiempostiempo, establecimiento de sistemas xx xxxxxx o incentivos y valoración de puestos de trabajo. 1.4 . — Emitir informes informe cuando la fusión, absorción o modificación del «status jurídico» jurídico de la empresa suponga su- ponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 . — Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empresa, así como de los documentos relativos a la terminación de la relación laboral. 1.6 . — Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves. 1.7 Conocer, . — Conocer trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causas, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidadsiniestra- lidad, los estudios periódicos o especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizanutilicen. 1.8 Ejercer una labor de: a) Vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia de seguridad social y empleo, así como el resto de los pactos, condiciones y usos de empresa en vigor, formulando, en su caso, las acciones legales oportunas ante la empresa y los organismos o tribunales competentes. b) Vigilancia y control de las condiciones de seguridad e higiene en el desarrollo del trabajo en la empresa con las particularidades previstas en este orden por el artículo 19 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. 1.9 Participar, como se determine por convenio colectivo, en la gestión de obras sociales establecidas en la empresa en beneficio de los/las trabajadores/as o de sus familiares. 1.10 Colaborar con la dirección de la empresa en conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento y el incremento de la productividad, de acuerdo con lo pactado en los convenios colectivos. 1.11 Informar a sus representantes en todos los temas y cuestiones señalados en este número 1 en cuanto directa o indirectamente tengan o pueden tener repercusión en las relaciones laborales.

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Samples: Convenio Colectivo

Competencias. 1. El Comité de Empresa Intercentros tendrá las siguientes competencias: 1.1 Recibir información, que le será información facilitada trimestralmente, trimestralmente al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la empresa, Empresa; sobre la situación de la producción y ventas de la Empresa; sobre su programa de producción y evolución probable del empleo en la empresaEmpresa. 1.2 Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y, en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, de y los demás documentos que se den a conocer a los socios, socios y en las mismas condiciones que a éstos. 1.3 Emitir informe con carácter previo a la ejecución del empresario por parte de la Empresa, de las decisiones adoptadas por éste ésta sobre las siguientes cuestiones: a) Reestructuraciones 1.3.1 Reestructuración de plantilla y ceses totales o parciales, parciales o definitivos o y temporales de plantillaaquélla siempre que afecten a más de un Centro de Trabajo. b) 1.3.2 Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de las instalaciones. c) 1.3.3 Planes de formación profesional en de la empresaEmpresa. d) 1.3.4 Implantación o revisión de sistemas de organización y control de trabajo. e) Estudio de tiempos, establecimiento de sistemas xx xxxxxx o incentivos y valoración de puestos de del trabajo. 1.4 Emitir informes informe cuando la fusión, absorción o modificación del «status jurídico» jurídico de la empresa Empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empresa, así como de los documentos relativos a la terminación de la relación laboral. 1.6 Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves. 1.7 Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causasabsentismo, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizantanto por enfermedad como por accidente. 1.8 1.6 Conocer mensualmente el número de horas extraordinarias. 1.7 Ejercer una labor de: a) Vigilancia de vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social y empleo, así como el resto de los pactosacuerdos en vigor alcanzados con el Comité Intercentros, condiciones formulando las reclamaciones oportunas ante la Representación Empresarial y usos de empresa en vigor, formulando, en su caso, efectuando las acciones legales oportunas correspondientes ante la empresa y los organismos o tribunales competentes. b) Vigilancia y control de las condiciones de seguridad e higiene en el desarrollo del trabajo en la empresa con las particularidades previstas en este orden por el artículo 19 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. 1.9 Participar, como se determine por convenio colectivo, 1.8 Participar en la gestión de obras sociales establecidas en la empresa Empresa, según lo convenido por ambas partes, en beneficio de los/las los trabajadores/as y/o de sus familiares. 1.9 Proponer a la Empresa cuantas mejoras técnicas y de organización considere oportunas para mejorar la productividad y las condiciones de trabajo. 1.10 Colaborar Ser los representantes directos de los trabajadores en las negociaciones colectivas con la dirección de la empresa en conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento y el incremento de la productividad, de acuerdo con lo pactado en los convenios colectivos.R.E. 1.11 Informar a sus representantes en representados de todos los temas y cuestiones señalados en este número 1 número1, en cuanto directa o indirectamente indirectamente, tengan o pueden puedan tener repercusión repercusiones en las relaciones laborales. 2. Los informes que deba emitir el Comité Intercentros a tenor de las competencias reconocidas en los apartados 1.3 y 1.4, del número 1 anterior, deben elaborarse en el plazo de 15 días.

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Samples: Convenio Colectivo

Competencias. 1. El Comité de Empresa Intercentros tendrá las siguientes competencias: 1.1 Recibir información, que le será información facilitada trimestralmente, trimestralmente al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la empresa, Empresa; sobre la situación de la producción y ventas de la Empresa; sobre su programa de producción y evolución probable del empleo en la empresaEmpresa. 1.2 Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y, en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, de y los demás documentos que se den a conocer a los socios, socios y en las mismas condiciones que a éstos. 1.3 Emitir informe con carácter previo a la ejecución del empresario por parte de la Empresa, de las decisiones adoptadas por éste ésta sobre las siguientes cuestiones: a) Reestructuraciones 1.3.1 Reestructuración de plantilla y ceses totales o parciales, parciales o definitivos o y temporales de plantillaaquélla siempre que afecten a más de un Centro de Trabajo. b) 1.3.2 Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de las instalaciones. c) 1.3.3 Planes de formación profesional en de la empresaEmpresa. d) 1.3.4 Implantación o revisión de sistemas de organización y control de trabajo. e) Estudio de tiempos, establecimiento de sistemas xx xxxxxx o incentivos y valoración de puestos de del trabajo. 1.4 Emitir informes informe cuando la fusión, absorción o modificación del «status jurídico» jurídico de la empresa Empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empresa, así como de los documentos relativos a la terminación de la relación laboral. 1.6 Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves. 1.7 Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causasabsentismo, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizantanto por enfermedad como por accidente. 1.8 1.6 Conocer mensualmente el número de horas extraordinarias. cve: BOE-A-2016-1391 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx 1.7 Ejercer una labor de: a) Vigilancia de vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social y empleo, así como el resto de los pactosacuerdos en vigor alcanzados con el Comité Intercentros, condiciones formulando las reclamaciones oportunas ante la Representación Empresarial y usos de empresa en vigor, formulando, en su caso, efectuando las acciones legales oportunas correspondientes ante la empresa y los organismos o tribunales competentes. b) Vigilancia y control de las condiciones de seguridad e higiene en el desarrollo del trabajo en la empresa con las particularidades previstas en este orden por el artículo 19 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. 1.9 Participar, como se determine por convenio colectivo, 1.8 Participar en la gestión de obras sociales establecidas en la empresa Empresa, según lo convenido por ambas partes, en beneficio de los/las los trabajadores/as y/o de sus familiares. 1.9 Proponer a la Empresa cuantas mejoras técnicas y de organización considere oportunas para mejorar la productividad y las condiciones de trabajo. 1.10 Colaborar Ser los representantes directos de los trabajadores en las negociaciones colectivas con la dirección de la empresa en conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento y el incremento de la productividad, de acuerdo con lo pactado en los convenios colectivos.R.E. 1.11 Informar a sus representantes en representados de todos los temas y cuestiones señalados en este número 1 número1, en cuanto directa o indirectamente indirectamente, tengan o pueden puedan tener repercusión repercusiones en las relaciones laborales. 2. Los informes que deba emitir el Comité Intercentros a tenor de las competencias reconocidas en los apartados 1.3 y 1.4, del número 1 anterior, deben elaborarse en el plazo de 15 días.

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Samples: Convenio Colectivo

Competencias. El Serán competencias del Comité de Empresa tendrá Seguridad y Salud, velar por la debida protección de la vida, integri- dad física y salud de los trabajadores, procurar la co- operación activa de todos los estamentos de la Autori- dad Portuaria xx Xxxxxxxxx en la común tarea preventiva así como el resto de las siguientes competenciasfunciones atribuidas de acuerdo con la legislación vigente y, en especial: 1.1 Recibir información, que le será facilitada trimestralmente, al menos, 1.- Promover tanto la observancia de las disposicio- nes legales y reglamentarias en materia de prevención de riesgos laborales como las iniciativas sobre métodos y pro- cedimientos para la evolución general del sector económico al que pertenece la empresa, sobre la situación efectiva prevención de la producción y evolución probable del empleo en la empresatales riesgos. 1.2 Conocer el balance2.- Ser informado del posible incremento xxx xxxx- go en los puestos de trabajo que la ampliación de ins- talaciones y equipos o modificación del proceso pro- ductivo puedan producir, la cuenta de resultadoselevando las consiguientes propuestas para su eliminación o disminución, la memoria y, y en el caso de que ello no pueda realizarse de forma inme- diata, velar por la empresa revista adopción de medidas de protección personal con carácter transitorio. 3.- Participar en la forma de sociedad por acciones o participacioneselaboración, puesta en práctica y evaluación de los demás documentos que se den programas anuales destinados a conocer la protección de la salud y seguridad de los trabajadores. 4.- Informar a los socios, en las mismas condiciones que éstos. 1.3 Emitir informe con carácter previo a trabajadores de los riesgos es- pecíficos para la ejecución del empresario seguridad y la salud de las decisiones adoptadas por éste sobre las siguientes cuestiones: a) Reestructuraciones de plantilla y ceses totales o parciales, definitivos o temporales de plantilla. b) Reducciones de jornada, así como traslado total o parcial de instalaciones. c) Planes de formación profesional en la empresa. d) Implantación o revisión de sistemas de organización y control su puesto de trabajo. e) Estudio de tiempos, establecimiento de sistemas xx xxxxxx o incentivos y valoración de puestos de trabajo. 1.4 Emitir informes cuando la fusión, absorción o modificación del «status jurídico» de la empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5 Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empresa, así como de las medidas y actividades de pro- tección o prevención derivadas de los documentos relativos a la terminación de la relación laboralmismos. 1.6 Ser informado 5.- Analizar con fines preventivos las causas de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves. 1.7 Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causas, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales profesionales, una vez recibida la preceptiva información periódica su- ministrada al efecto (parte de accidentes de trabajo y sus consecuenciasde enfermedades profesionales, los índices resultados estadísticos de siniestralidadreconocimientos médicos, los estudios periódicos especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizanetc.). 1.8 Ejercer 6.- Cuidar de que todos los trabajadores reciban una labor de: a) Vigilancia formación suficiente y adecuada en el cumplimiento materias de las normas vigentes Prevención y Salud Laboral, que deberá impartirse en materia horario de seguridad social y empleo, así como el resto de los pactos, condiciones y usos de empresa en vigor, formulando, en su caso, las acciones legales oportunas ante la empresa y los organismos o tribunales competentestrabajo. b7.- El Comité de Salud Laboral propondrá a la Auto- ridad Portuaria xx Xxxxxxxxx la necesidad de establecer ayudas individualizadas (médicas y psicológicas) Vigilancia para aquellos trabajadores drogodependientes o alcohólicos, y control de las condiciones de seguridad e higiene en el desarrollo del trabajo en la empresa con las particularidades previstas en este orden que, por el artículo 19 de la Ley del Estatuto de los Trabajadoresellos, sean libremente aceptadas. 1.9 Participar, como se determine por convenio colectivo, en la gestión de obras sociales establecidas en la empresa en beneficio de los/las trabajadores/as o de sus familiares8.- Todas aquellas funciones que legalmente le sean conferidas. 1.10 Colaborar con la dirección de la empresa en conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento y el incremento de la productividad, de acuerdo con lo pactado en los convenios colectivos. 1.11 Informar a sus representantes en todos los temas y cuestiones señalados en este número 1 en cuanto directa o indirectamente tengan o pueden tener repercusión en las relaciones laborales.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo