Condiciones de carácter ambiental Cláusulas de Ejemplo

Condiciones de carácter ambiental.  Referentes a la gestión de los residuos: - Se evitará el consumo innecesario de materiales para evitar la generación de residuos. - Los residuos peligrosos, en caso de existir, se gestionarán de acuerdo a la reglamentación vigente para su correcto tratamiento mediante gestores autorizados de residuos. - En cuanto a los residuos no peligrosos derivados de los trabajos de reparación y sustitución, se garantizará la separación y se depositarán en los contenedores municipales (si son envases adheridos a Ecoembes o Ecovidrio), siempre de acuerdo a lo que establezcan las ordenanzas municipales. En el caso de otros residuos no peligrosos se gestionarán vía gestores autorizados. - Se dispondrán medidas de prevención y evitación de fugas o derrames de productos peligrosos, en especial en las operaciones de reposiciones de líquidos en las instalaciones y componentes a mantener. - El adjudicatario deberá mantener en su poder las acreditaciones (preferentemente certificados o albaranes, recibos, etc.) que demuestren la adecuada gestión de los residuos peligrosos y otros derivados de las operaciones de mantenimiento por si se le requiere desde el Consell d'Eivissa para realizar las comprobaciones necesarias para verificar que se está cumplimento con este punto. - Las comunicaciones por escrito entre el adjudicatario y el Consell d'Eivissa se efectuarán preferentemente en formato electrónico cuando sea posible o, al menos, en papel reciclado y a doble cara. Los licitadores deberán incorporar (en el "Sobre nº 1: Documentación general", según el modelo del anexo I) una declaración en la que se comprometan a cumplir con estas obligaciones, en caso de resultar adjudicatarios.
Condiciones de carácter ambiental. Referente características del vehículo del lote 3:
Condiciones de carácter ambiental. 1.1. Equipos Acreditación: La licitadora deberá presentar las fichas técnicas de los vehículos en las que se definan los niveles de emisión. En los vehículos en los que una mejora técnica haya permitido alcanzar el nivel de la norma EURO VI, las medi- das se deberán documentar y detallar en la oferta y deberán contar con la apro- bación de un tercero independiente. Acreditación: La licitadora deberá facilitar una relación de los nuevos vehículos que se vayan a utilizar en el servicio indicando los niveles de ruido de cada uno de ellos y el nivel medio de emisión de ruido. Cuadrilla xx Xxxxxxxxx-Rioja Ala- vesa se reserva el derecho de solicitar los documentos adecuados para com- probar la información una vez adjudicado el contrato. Acreditación: La adjudicataria deberá presentar una relación de los neumáticos que se utilizarán en las tareas de mantenimiento, junto con los resultados de los ensayos pertinentes (de acuerdo con la norma ISO 28580 o equivalente). 1.2. Sistemas de Información: Datos sobre el consumo de combustible 1.3. Formación de operarios/as 1.4. Gestión de residuos: Eliminación de aceites lubricantes y neumáticos 1.5. Mantenimiento, limpieza y legalización de equipos de recogida y transpor- te. Estaciones xx xxxxxx El proceso xx xxxxxx de los camiones se llevará a cabo en una estación de la- vado que tenga, al menos, un separador de lodos y aceite. Para la verificación, la adjudicataria presentará certificado de que la estación xx xxxxxx empleada dispone de separador de lodos y aceite antes del vertido de las aguas al sistema de alcantarillado o depuración general, o extracto del pro- grama de autocontrol. La adjudicataria deberá disponer de sistemas economizadores de agua para la limpieza de equipos de recogida y transporte. Para la verificación, la adjudicataria presentará un listado con los sistemas de ahorro de agua de los que dispone la estación xx xxxxxx. 1.6. Limpieza de contenedores Acreditación: Se considerará que cumplen estos criterios los productos que lle- ven la correspondiente etiqueta ecológica de tipo 1. Se admitirán como medios de prueba la presentación de los ingredientes enumerados en el etiquetado del producto, la ficha de datos de seguridad, el sitio web del fabricante y cuales- quiera otras fichas de datos técnicos pertinentes, junto con su número CAS (en su caso) y una declaración de que ninguno de los ingredientes enumerados se halla en una lista de sustancias candidatas. Acreditación: Se considerará que cumplen est...
Condiciones de carácter ambiental. El adjudicatario del contrato hará una gestión correcta de los residuos que genere en las actividades del contrato, especialmente en RAEE y residuos peligrosos. - Cuando haga falta desacerse de residuos, el adjudicatario los separará por fracciones. - Los residuos de papel/cartón, envases xx xxxxxx, envases y desechos se podrán depositar en los contenedores de la calle, siempre que no suponga su colapso. - En cuanto a la chatarra de pequeñas dimensiones (tornillos, clavos, pequeñas placas, etc.) y otros residuos pequeños no peligrosos, el adjudicatario los podrá acumular en sus instalaciones para su provecho o para su posterior entrega en alguna de las desecherías de la isla o a un gestor de residuos. En caso de duda, no se acumularàn sino que se gestionarán inmediatamente. Los residuos acumulados deberán entregarse al menos una vez cada periodo anual de contratación. - El resto de residuos se llevarán a alguna de las desecherías de la isla o al gestor autorizado que corresponda según su naturaleza. - La acreditación que deben llevarse a cabo correctamente estas prácticas será a través de una declaración responsable donde figurará cualquier problema que haya surgido en la gestión. Además, en la declaración figurarán, como mínimo, los elementos de los ascensores que se deban substituir y su destino (incluyendo el reaprovechamiento o acumulación y entrega posterior), o el hecho de que no se hayan producido substituciones. La declaración responsable se entregará finalizado cada año de contrato. - El adjudicatario obtendrá las acreditaciones de entrega de residuos que corresponda tal como las emitan sus destinatarios, y las tendrá que guardar al menos hasta tres meses después de la finalización del contrato y podrán ser requeridas por el responsable del contrato. Los licitadores deberán incorporar (en el SOBRE 1 DOCUMENTACIÓN GENERAL) una declaración en la que se comprometan a cumplir con estas obligaciones, en caso de resultar adjudicatarios A los efectos de comprobar el cumplimento, el responsable del contracto podrá hacer uso, cuando lo considere oportuno, de les facultades de comprobación de la declaración responsable, y requerir al efecto, si él considera necesario, la presentación de los correspondientes justificantes documentales, en los términos del artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Ante la comprobación de un incumplimiento, el responsable del contrato deberá iniciar ...
Condiciones de carácter ambiental. Previamente y analizando el actual sistema de mantenimiento y tratamiento de las aguas utilizado en las piscinas, mediante sistema de utilización de cloro y dado que este producto es el principal consumidor a suministrar, se podría valorar cambiar la metodología de mantenimiento y estudiar otra más sostenible a nivel ambiental. Existen alternativas al tratamiento con cloro como los sistemas de electrólisis salina u otros que resultaren ambientalmente más adecuados al no requerir del suministro de las cantidades y tipo de productos. En cuanto a esto, se considera que para procedes al cambio de sistema es necesario un cambio con sustitución de parte de las instalaciones de las piscinas que al no ser objeto del contrato no se propondrá como cláusula ambiental. En cuanto a los envases recogidos, la adjudicataria, si son envases adheridos a Ecoembes/Ecovidrio o sistemas SCRAP (Sistema colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor) se depositarán en los contenedores correspondientes, siempre de acuerdo con lo que establecen las ordenanzas municipales. En el caso de los envases no adheridos a Ecoembes/Ecovidrio o sistemas SCRAP se gestionarán vía gestores autorizados. Para este tipo de nevases el adjudicatario deberá obtener y mantener de cara a posibles verificaciones, las acreditaciones (preferentemente certificados o albaranes, recibos, etc.) que demuestren la adecuada disposición de este tipo de residuos. Durante el transporte se dispondrán de medidas de prevención y evitación de fugas o derrames de productos peligrosos. Las comunicaciones por escrito entre el adjudicatario y el Consell d'Eivissa se efectuarán preferentemente en formato electrónico cuando sea posible, o al menos en papel reciclado y a doble cara. Los licitadores deberán incorporar (en el SOBRE 1 DOCUMENTACIÓN GENERAL) una declaración en la que se comprometan a cumplir con estas obligaciones, en caso de resultar adjudicatarios.
Condiciones de carácter ambiental. Referente a la gestión de los residuos: Referente a la comunicación con el Consell d'Eivissa:
Condiciones de carácter ambiental. Gestión de los residuos
Condiciones de carácter ambiental. Las comunicaciones con el responsable del contrato del Consell Insular de Eivissa se realizarán en formato electrónico cuando sea posible. Los licitadores deberán incorporar (en el SOBRE 1 DOCUMENTACIÓN GENERAL) una declaración en la que se comprometan a cumplir con estas obligaciones, en caso de resultar adjudicatarios.
Condiciones de carácter ambiental 

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  • Condiciones de trabajo En aplicación del artículo 47 del Estatuto Básico del Empleado Público, se determina que la jornada laboral básica será de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas. La jornada básica no afectará a aquellos servicios o Puestos de trabajo que en el Complemento Específico tengan reconocida e incluida como factor económico la jornada superior. Durante la vigencia del “Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad”, se mantendrá la aplicación de la jornada laboral básica dispuesta en el Decreto de Alcaldía de fecha 13 de septiembre de 2012. A partir del 1 de enero de 2015, caso de mantenerse la vigencia del citado Real Decreto-ley 20/2012, el incremento de la jornada se aplicará de la misma forma para todos los trabajadores y trabajadoras, salvo acuerdo expreso de la Comisión de Vigilancia e Interpretación del Convenio. El personal docente, dispondrá de un máximo de 27,5 horas lectivas a la semana para las actividades académicas y 30 horas lectivas para los talleres. Éstas serán proporcionales a la jornada de trabajo regulada en el contrato de trabajo. El trabajador/a tendrá derecho a 30 minutos de descanso intermedio en jornada continuada, o a dos periodos de 15 minutos en jornada partida. Aquellos trabajadores/as que no deseen disfrutar de dicho descanso, podrán solicitar su compensación con la jornada de trabajo, al inicio o a la finalización de la misma. Dicho descanso no dejará desatendidos los servicios y se computará a todos los efectos como tiempo efectivo de trabajo. En caso de jornada reducida, el descanso intermedio será proporcional a la reducción de la misma. La distribución de la jornada de trabajo deberá respetar en todo caso los periodos mínimos de descanso diario y semanal previsto en este Convenio. Anualmente se elaborará por la Empresa el calendario laboral, debiendo exponerse un ejemplar del mismo en un lugar visible de cada centro de trabajo. Todos los trabajadores/as tendrán la obligación de fichar en el reloj de control de presencia, al comienzo y final de la jornada de trabajo, así como en toda ausencia y retorno durante la misma. La no justificación de dicho control se entenderá como ausencia del puesto de trabajo.

  • CONDICIONES DETALLES ✓ Lugar de prestación de servicio ✓ Oficina de Servicios Generales y Mantenimiento del Hospital III Xxxxxxxxx. ✓ Duración del contrato ✓ Inicio: Desde la fecha que se celebra el contrato, hasta por 01 mes. ✓ Remuneración mensual ✓ Remuneración S/ 1,044.50 soles + Incentivos. ✓ Referencia ✓ Manual de Organización y Funciones del Hospital III Xxxxxxxxx. ✓ Manual de Clasificador de Cargos del MINSA y perfil de puesto.

  • CONDICIONES DE LA ADQUISICIÓN GARANTÍA DE CALIDAD (TIEMPO): UN AÑO. PLAZO Y CONDICIONES DE PAGO: EL PAGO TOTAL SE EFECTUARÁ A LOS 30 DÍAS HÁBILES POSTERIORES DE LA ENTREGA TOTAL DE LOS BIENES Y A PLENA SATISFACCIÓN DEL ÁREA SOLICITANTE. LUGAR DE ENTREGA: SERÁ EN LA SECRETARÍA DE TURISMO Y CULTURA, UBICADO EN BOULEVARD XXXXXXXX XXXXXXX NÚMERO 202, COLONIA CUESCO EN PACHUCA, HIDALGO, EN HORARIO DE 08:30 A 15:00 HORAS DE LUNES A VIERNES. NOTA: ASENTAR EN LA FACTURA EL NÚMERO DEL PEDIDO/CONTRATO. PORCENTAJE DE ANTICIPO: % GARANTÍAS: PRESENTAR EN TRES DÍAS HÁBILES GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO POR EL 10% DEL MONTO TOTAL DEL PEDIDO/CONTRATO ANTES DE I.V.A. TIEMPO Y/O CONDICIONES DE ENTREGA: SERÁ DE 10 DÍAS HÁBILES A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN DEL PEDIDO/CONTRATO. NO SE ACEPTARÁ PRÓRROGA PARA LA ENTREGA. MODALIDAD DE FACTURACIÓN: NO APLICA.

  • Condiciones de aptitud 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que no estén incursas en prohibición de contratar. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras. 2. Los empresarios deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. 3. Tendrán capacidad para contratar con GHK, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga. 4. Podrán contratar con GHK las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. No obstante, dichos empresarios, desde la presentación de su oferta, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y la ejecución del contrato, como representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven hasta la extinción del mismo. 5. Todas las empresas que concurran a la licitación deberán presentar cumplimentado el Anexo I adjunto a este Pliego.

  • CONDICIONES DE EJECUCIÓN Conforme al artículo 188 de la LCSP, los efectos del presente contrato se regirán por las normas a que hace referencia el artículo 25.2 de la LCSP, por el presente PCAP, su CR y sus anexos, y, también por el PPT. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario, que estará obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva. El adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El adjudicatario, previamente al inicio de la actividad contratada, deberá aportar debidamente cumplimentado el anexo 5 de este pliego, en orden a coordinar los sistemas de prevención de riesgos laborales. Durante la ejecución del contrato el adjudicatario vendrá obligado a facilitar esta coordinación, teniendo esta obligación carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 211.f) de la LCSP. El adjudicatario estará obligado a presentar, una vez formalizado el contrato, un programa de trabajo, si así se exigiere en el apartado 8.2 del CR del PCAP y en el PPT, y con el contenido que se determine en éste, el cual será aprobado por el órgano de contratación. El adjudicatario procederá a la ejecución del contrato en los plazos y con la periodicidad y condiciones establecidas en el PPT y en el PCAP. Resultarán igualmente exigibles para el adjudicatario las instrucciones de la Administración para la interpretación del contrato, de acuerdo con lo previsto en el artículo 190 de la LCSP. El adjudicatario adquiere la obligación de comunicar cualquier variación de los datos relativos a su capacidad, personalidad, representación y solvencia. Las responsabilidades del adjudicatario frente a la Administración y frente a terceros por la ejecución del contrato serán las previstas en los artículos 192 al 197 de la LCSP. El adjudicatario se compromete a cumplir las obligaciones que le sean aplicables del Reglamento del MRR; del PRTR; del Real Decreto 959/2022, de 15 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a centros y fundaciones públicos de investigación y universidades públicas españolas para la realización de proyectos innovadores en el área de computación en la nube del Programa UNICO I+D Cloud, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU, y el resto de normativa de la Unión Europea o nacional que resulte aplicable a las ayudas y fondos otorgados con cargo al PRTR. En cumplimento de dichas disposiciones, el adjudicatario, entre otras obligaciones, quedará sujeto a: Las medidas de control y auditoría del Reglamento del MRR y, en particular, los controles de la Comisión Europea, la Oficina de Lucha Antifraude, el Tribunal de Cuentas Europeo y la Fiscalía Europea, debiendo permitir a estos órganos al acceso a la información sobre el contrato y garantizar la fiabilidad y seguimiento de la ejecución del contrato de manera que pueda conocerse en todo momento el nivel de consecución de cada actuación. El mantenimiento de una adecuada pista de auditoría de las actuaciones realizadas en el marco de este contrato y suministro de información en los términos que establezca el Ministerio de Hacienda de conformidad con la normativa nacional y comunitaria. El cumplimiento del plan de medidas antifraude y anticorrupción –incluyendo el conflicto de intereses, definido por el órgano de contratación. Las normas de conservación de la documentación previstas en el artículo 132 del Reglamento (UE Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018 sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión (Reglamento Financiero de la Unión). Los deberes en materia de información, comunicación y publicidad contemplados en el artículo 34 del del Reglamento del MRR, sobre la financiación comunitaria de las medidas incluidas en el PRTR. Las obligaciones que le sean aplicables en relación con las condiciones específicas de ejecución fijadas en el Anexo III del Real Decreto 959/2022, de 15 de noviembre. Los principios transversales y, en general, toda la normativa del MRR y PRTR.

  • CONDICIONES DE USO 2.1. Operaciones de recarga. El Contratante o el titular de la Tarjeta podrán realizar aportaciones de fondos destinados a la Tarjeta a través de la página web de “MoneyToPay”, xxx.xxxxxxxxxx.xxx o cualquier otro canal o dispositivo que se habilite a tal efecto. En tales casos, las aportaciones de fondos deberán instrumentarse a través de órdenes de pago cuyo identificador único consistirá en la numeración de la Tarjeta (número PAN). Cuando las operaciones de recarga se adeuden en una tarjeta bancaria del Contratante o del titular de la tarjeta, la ejecución y puesta a disposición del titular de los fondos se realizará de forma inmediata. El importe mínimo y máximo de las operaciones de recarga así como su frecuencia podrá limitarse en función de la modalidad de la Tarjeta y las políticas de admisión de clientes y ejecución de operaciones que “MoneyToPay” tenga implementadas para cumplir con la legislación vigente. Salvo que en las condiciones particulares se indique otra cosa, el importe mínimo de las operaciones de recarga será de 10 €. 2.2. Órdenes de pago iniciadas mediante la Tarjeta. Para iniciar órdenes de pago a cargo del dinero electrónico almacenado en la Tarjeta, el titular deberá facilitar la lectura de la Tarjeta por los dispositivos mecanizados (cajeros automáticos, datáfonos, etc.) que vayan a intervenir en su procesamiento, según el tipo de servicio que se desee obtener, e introducir personalmente el número de identificación personal (PIN) que “MoneyToPay” le haya facilitado, excepto en las modalidades que no lo requieran, cuyo tecleo tiene la consideración de autorización y aceptación de la operación de pago. En las órdenes de pago realizadas para adquirir bienes y servicios en establecimientos en los que no se requiera el PIN, además de presentar la Tarjeta para su lectura por un dispositivo mecanizado o para la copia de los datos relativos a la identificación de la Tarjeta, tratándose de dispositivos no mecanizados, el titular deberá acreditar su identidad mediante el documento oficial de identificación, si lo solicita el establecimiento, y firmar la factura extendida por éste. Cuando dichas operaciones se realicen para adquirir bienes y servicios mediante un sistema de contratación no presencial que no permita la lectura directa de la Tarjeta, será necesario que su titular facilite los datos relativos a la identificación de la Tarjeta que su proveedor de bienes y servicios le solicite (numeración, fecha de caducidad, código de verificación de la Tarjeta) y, en su caso, el tecleo personal del PIN o de las claves que “MoneyToPay” le facilite para realizar este tipo de operaciones.

  • CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN Los órganos de contratación podrán establecer condiciones especiales en relación con la ejecución del contrato, siempre que estén vinculadas a su objeto, en el sentido del artículo 145 LCSP, no sean directa o indirectamente discriminatorias y sean compatibles con el derecho comunitario. Las condiciones especiales de ejecución para este contrato se indican en el apartado 23 del Anexo I al presente pliego. Para el caso de incumplimiento de estas condiciones especiales de ejecución, deberán establecerse penalidades en el apartado 29 del Anexo I al presente pliego o atribuirles a estas condiciones el carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos señalados en la letra f) del artículo 211 LCSP. Todas las condiciones especiales de ejecución que formen parte del contrato serán exigidas igualmente a todos los subcontratistas que participen en la ejecución del mismo.

  • CONDICIONES DE ENTREGA 4.1 “LA ENTIDAD”, a través de la Dirección Técnica, durante la vigencia del contrato, efectuará las visitas que estime convenientes a “EL PROVEEDOR” para verificar el grado de avance de la producción y de surgir alguna observación o indicación, “EL PROVEEDOR” se compromete a subsanarla. 4.2 “EL PROVEEDOR” se compromete a informar al personal del Departamento de Control de Producción Externa de la Dirección Técnica el avance diario de producción de la partida asignada mediante archivo Excel en el formato que se incluye en el Anexo X del Anexo Técnico de la convocatoria, por medio de correo electrónico a las siguientes direcciones: xxxxx_xxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx y xxxxxxx_xxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx. 4.3 “EL PROVEEDOR” se obliga a mostrar sus registros a pie de máquina cuando le sean requeridos. 4.4 Previamente a la primera entrega de la producción en los almacenes de Producto Terminado de “LA ENTIDAD”, “EL PROVEEDOR” deberá entregar al Departamento de Calidad por la partida adjudicada cincuenta (50) muestras, sin costo alguno para “LA ENTIDAD” y una vez analizadas las muestras el Departamento de Calidad sellará de recibida la remisión que deberá presentar para el cobro. “EL PROVEEDOR” deberá realizar una cita vía telefónica al teléfono: 00 0000 0000 extensión 8426. 4.5 A solicitud de la Dirección de Distribución, los transportes en los que “EL PROVEEDOR” entregue la producción deberán cumplir con la sanitización y fumigación de las cajas secas de acuerdo con lo siguiente: Como medida protocolaria y preventiva ante cualquier tipo de virus y evitar que insectos destructores xx xxxxxx (plaga) se presenten durante la entrega de los materiales, “EL PROVEEDOR”, una vez concluida la carga en sus transportes, a través de un representante capacitado, deberá sanitizar y fumigar la caja completa de manera directa, es decir, sin diluir, utilizando el sistema de nebulización y termonebulización, en caso de ser necesario micronización o con equipos de ultra bajo volumen, dejando actuar el sistema aplicado durante al menos quince (15) minutos; se debe utilizar un desinfectante de PH neutro, además debe ser seguro al transportar, no causar irritación, no requerir enjuague, que no sea tóxico, que no dañe los insumos utilizados para el empaque los libros de texto y materiales educativos, que serán transportados. Al momento de la revisión y descarga de la producción, se deberá entregar al personal de recepción xxx Xxxxxxx de Producto Terminado la Constancia de Sanitización que acredite que se realizó dicha sanitización y fumigación, así como, la vigencia de la misma. De acuerdo con las Especificaciones Técnicas para Empaque (especificación ESP-MP-15, Anexo VI del Anexo Técnico de la Convocatoria), las tarimas para la entrega de los materiales deberán cumplir con las características descritas en dicha especificación técnica en cuanto a empaque. Así mismo, se informa que “LA ENTIDAD” no recibirá en sus almacenes empaques que contengan plagas. 4.6 A solicitud de la Dirección de Distribución las tarimas para la entrega de los materiales deberán cumplir con algún tratamiento a los cuales hace referencia la norma NOM-144-SEMARNAT-2017 para asegurar que no tengan ningún tipo de plaga.

  • Condiciones especiales de compatibilidad 1. Sin perjuicio de lo dispuesto en relación con la adjudicación de contratos a través de un procedimiento de diálogo competitivo, no podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras. 2. Los contratos que tengan por objeto la vigilancia, supervisión, control y dirección de la ejecución de obras e instalaciones no podrán adjudicarse a las mismas empresas adjudicatarias de los correspondientes contratos de obras, ni a las empresas a éstas vinculadas, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio.

  • CONDICIONES DEL SERVICIO El Banco prestará el servicio realizando por cuenta y orden del Cliente, y de acuerdo con las instrucciones dadas por el éste, transferencias de dinero desde la Cuenta Dispersora hacía la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos se sujetarán a: a) El Cliente deberá llenar de manera completa y correcta el layout de xxxx xx xxxxxxx que el Banco le proporcionará, para llevar al cabo el proceso de asignación de cuentas a los Terceros. b) El Tercero deberá firmar el contrato correspondiente a la apertura de la Cuenta xx Xxxxxxx, y acompañar toda la documentación necesaria para tal efecto. La cuenta deberá ser de depósito de dinero a la vista y estar previamente abierta en el Banco. El contrato que corresponda deberá de ser por lo menos el correspondiente a la cuenta básica de nómina, sin embargo, el Tercero en cualquier momento podrá solicitar al Banco firmar otro contrato para su cuenta de nómina y que ésta tenga servicios adicionales a la básica de nómina. Las condiciones y comisiones serán las que apliquen a cada producto, y están mencionadas en el contrato xxx Xxxxxxx. c) El Cliente será responsable de la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo los servicios de nómina objeto de este Apartado, por lo que el Banco no se hace responsable de cualquier reclamación o problema que se presente por dicho concepto, con excepción de los casos en que haya negligencia por parte del Banco. Por tanto el Banco no será responsable por las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven de ello. d) El Cliente tiene la obligación de notificar en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar dentro de los siguientes 15 (quince) días hábiles en que ocurra dicha separación. Las Cuentas de los Terceros mantendrán las características de Nómina siempre y cuando reciban periódicamente depósitos por el concepto de “pago de nómina”, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones de éste tipo de producto. e) Los errores insertados por el cliente en relación con la cuenta xx Xxxxxxx y con respecto al monto de la transferencia, así como la fecha de aplicación, son de su exclusiva responsabilidad.