CONDICIONES TÉCNICAS OBLIGATORIAS MÍNIMAS Cláusulas de Ejemplo

CONDICIONES TÉCNICAS OBLIGATORIAS MÍNIMAS. Todos los servicios y requerimientos descritos en el presente numeral, son de obligatorio cumplimiento para la prestación del servicio, las propuestas que no cumplan con la totalidad de los requerimientos, así como las que no cumplan con la capacidad técnica no se tendrán en cuenta en el proceso de selección, por lo tanto, no serán calificadas. Los oferentes aceptan íntegramente las condiciones y obligaciones establecidas en los presentes pliegos de condiciones, sus adendas o aclaraciones formarán parte integrante del contrato a celebrar. Si el proponente tiene otras condiciones que quiera incluir en el contrato y que no se encuentren incluidas en el pliego de condiciones, por favor relacionarlas expresamente en la propuesta, de lo contrario se entenderá que estas son las únicas condiciones propuestas por parte del proponente seleccionado.
CONDICIONES TÉCNICAS OBLIGATORIAS MÍNIMAS. Todos los servicios y requerimientos descritos en el presente numeral, son de obligatorio cumplimiento para la prestación del servicio, las propuestas que no cumplan con la totalidad de los requerimientos, así como las que no cumplan con la capacidad técnica, no se tendrán en cuenta en el proceso de selección. Los proponentes aceptan íntegramente las condiciones y obligaciones establecidas en los presentes pliegos de condiciones, sus adendas o aclaraciones formarán parte integrante del contrato a celebrar. Se debe indicar por parte del proponente el cumplimiento (cumple/no cumple) de cada una de los numerales descritos en este capítulo; así mismo, la información que se solicita anexar, deberá estar referenciada con su respectivo numeral.
CONDICIONES TÉCNICAS OBLIGATORIAS MÍNIMAS. Sin perjuicio de las demás obligaciones que se desprendan de la Constitución Política de la República de Colombia, del derecho civil y comercial y demás normas que la modifican, adicionen o complementen, de las particulares que correspondan a la naturaleza del contrato a celebrar, de aquellas contenidas en otros apartes xxx xxxxxx de condiciones y su complemento y de las consignadas específicamente en el contenido del contrato, EL PROPONENTE asume, entre otras, las siguientes: EL PROPONENTE seleccionado tendrá acceso al sistema de pagos de LA PREVISORA S.A., con el fin de que sea el responsable de la elaboración de las órdenes de pago que surjan de la operación del servicio. Estas órdenes de pago serán entregadas a LA PREVISORA S.A. para su revisión y aprobación respectiva. Igualmente debe ofrecer el software, la plataforma tecnológica, hardware, canal de comunicación y Data Center requeridos para la implementación y puesta en marcha de la solución integral de información de acuerdo con el modelo establecido por LA PREVISORA S.A. y descritos en los aspectos técnicos para el fortalecimiento de la estrategia del área xx xxxxxxx humano, incluida su parametrización, implementación, capacitación y acompañamiento
CONDICIONES TÉCNICAS OBLIGATORIAS MÍNIMAS. A continuación, se describen los aspectos técnicos mínimos que deberá contener la propuesta presentada por EL PROPONENTE considerando el objeto del documento de condiciones definitivas EL PROPONENTE deberá tener claro que en la ejecución del contrato la prestación de los servicios será conforme a lo solicitado por LA PREVISORA S.A. en cada uno de sus requerimientos técnicos todos los servicios y requerimientos descritos en el presente numeral son de obligatorio cumplimiento para la prestación del servicio y no generarán costos adicionales a LA PREVISORA S.A. Las propuestas que no cumplan con la totalidad de los requerimientos, no se tendrán en cuenta en el proceso de selección. LOS PROPONENTE aceptan íntegramente con la presentación de su propuesta las condiciones y obligaciones establecidas en el presente proceso, sus adendas o aclaraciones formarán parte integrante del contrato a celebrar. Se debe indicar de manera expresa por parte de EL PROPONENTE en su propuesta, una manifestación sobre su cumplimiento (cumple/no cumple) para cada uno de los siguientes requerimientos técnicos: Todos los servicios y requerimientos descritos en el presente numeral son de obligatorio cumplimiento para la prestación del servicio, las propuestas que no cumplan con la totalidad de los requerimientos, así como las que no cumplan con la experiencia y el perfil de personal requerido, no se tendrán en cuenta en el proceso de selección, por lo tanto, no serán calificadas. A continuación, se describe gráficamente el modelo de atención que la compañía requiere contratar para realizar todo el proceso de análisis y definición de las reclamaciones que son presentadas a LA PREVISORA Imagen # 1 – Representación gráfica del proceso de auditoría de cuentas – SOAT y AP <.. image(Interfaz de usuario gráfica, Aplicación, Tabla Descripción generada automáticamente) removed ..> De acuerdo con la reglamentación que tiene particularmente el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito – SOAT, los prestadores de servicios de salud deben avisar la reclamación a través del SIRAS (Sistema de Información de Reporte de Atenciones en Salud a víctimas de accidentes de tránsito), sistema que permite a los prestadores de servicios de salud (inscritos en el REPS) y a los Centros Reguladores de Urgencias, Emergencias y Desastres – CRUE, reportar la atención en salud brindada a las víctimas de accidentes de tránsito y la información del transporte al primer sitio de atención, respectivamente, y a los otros ...

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.