COSTOS DE VINCULACIÓN Cláusulas de Ejemplo

COSTOS DE VINCULACIÓN. De acuerdo con el artículo 1.3.23.2 de la Resolución CRA 151 de 2001, en el cálculo de los costos de vinculación se incluyen todos los costos generados en el proceso de adaptación del sistema de facturación de la entidad concedente, a las condiciones generadas por el proceso de facturación conjunta. Implica la determinación de costos de actividades tales como: “• Elaboración del modelo de factura conjunta. Al respecto, se precisa que en la comunicación con radicado CRA 2014-321-004066-2 de 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000, xx xxxxxxx xxxxxxxxxxx Xxxxx y Aseo de Subachoque S.A. E.S.P., no establece ningún valor relacionado con el Costo de Vinculación, que permita su reconocimiento a la potencial concedente. Durante la práctica de la mencionada inspección ocular del Auto de Pruebas No 001 de 2015 adelantada el día 11 de noviembre de 2015 en las instalaciones de la empresa Aguas y Aseo de Subachoque S.A. E.S.P, teniendo en cuenta que para el proceso de facturación del servicio de acueducto prestado por la Asociación de Usuarios del Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xx Xxxxx - Asuavalle se utiliza en su sistema de facturación la factura proforma, la empresa de Aguas y Aseo de Subachoque S.A. E.S.P. informa que reconocerá unos costos de vinculación en los cuales debe incurrir la Asociación de Usuarios del Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xx Xxxxx - Asuavalle para ajustar en la factura las actividades del servicio público de aseo. En este sentido, la empresa solicitante precisa: • El Software de facturación que en la actualidad maneja Aguas y Aseo de Subachoque S.A. E.S.P. denominado “SINFA”, es un aplicativo que de acuerdo con la verificación efectuada se encuentra desarrollado en Microsoft Excel, Access y Visual Basic, y dado que dentro del contrato para el mantenimiento y actualización del software se encuentra comprendido la habilitación del módulo para facturar aseo, no habría que incurrir en ningún costo adicional para hacer esa actualización en el software. • De acuerdo con lo anterior, se asumiría el costo de la factura proforma por usuario con un valor aproximado de $286 por factura, para lo cual se entraría a conciliar con la Asociación de Usuarios el diseño y contenido de la misma. Así mismo, se revisaría dicho valor con el proveedor del sistema para prever la actualización de este costo. • Para el proceso de facturación se requiere del uso de un equipo de computación, para lo cual la empresa Aguas y Aseo de Subachoque S.A. E.S.P., precisa que “En caso que la empresa concedente n...
COSTOS DE VINCULACIÓN. Son los que se generan por vincular al sistema de facturación a la Empresa de servicios públicos solicitante. Se consideran costos de vinculación, los costos necesarios para modificar el sistema de facturación existente de la Empresa a la cual se solicita la vinculación. Estos costos sólo se cobrarán por una vez y no podrán incluir valores como primas o derechos de vinculación, entre otros. Dato Puntual. Es el registro realizado en una visita o el aforador de la producción de residuos presentados por el usuario y que constituya la base para determinar la producción semanal de residuos sólidos en el procedimiento de aforo. Distribución de la factura. Actividad que comprende la entrega domiciliaria de la facturación y de las comunicaciones inherentes al servicio, con al menos cinco (5) días de antelación a la fecha del pago oportuno señalada en la misma, garantizando la correspondencia entre factura y usuario.
COSTOS DE VINCULACIÓN. Al respecto, la empresa Acuacar ESP entregó en medio magnético un modelo donde determina los diversos costos en que considera incurre para adaptar el sistema de facturación del cual dispone, para atender la solicitud de facturación del servicio de aseo prestado por Pasacaribe ESP en la ciudad de Cartagena de Indias. Los costos propuestos alcanzan la suma de $ 496.932.511, que involucra los desarrollos para la entrega de información de los abonados, la implementación xx xxxxxxxxx de información, los procesos de emisión, impresión y reparto de las facturas, el recaudo y los procesos diarios de control. Desarrollos para entrega Información Abonados ACUACAR. 31.551.271 Desarrollos para implementación xx xxxxxxxxx de usuarios de Aseo: Altas, Bajas y Modificaciones de información de usuarios 74.934.267 Desarrollos para implementación de proceso de Emisión, Impresión y Reparto de Factura: 268.185.799 Desarrollos para implementación de proceso de Recaudos bajo el proyecto de Facturación Conjunta: 70.990.359 Desarrrollos para implementación de procesos diarios de control requeridos 51.270.815 Total Desarrollos Requeridos 496.932.511 Como soporte de los montos reportados para cada uno de los ítems considerados, la empresa aporta la desagregación de costos correspondientes y presenta como argumento la evaluación del costo por hora del equipo de trabajo estructurado por Acuacar E.S.P. para desarrollar las actividades que considera conducentes para adaptar el sistema actual de facturación, de forma tal que se pueda incluir la facturación del servicio de aseo, con un equipo integrado por la Jefe del Departamento de Desarrollo y Soporte ($34.478,51/hora), dos especialistas grado superior de información especializado (cada uno por $19.331,86/hora), así como la infraestructura tecnológica de la empresa, para la cual define también un costo por hora de dedicación ( $ 365.068,86/hora).
COSTOS DE VINCULACIÓN. (art. 1 Resolución CRA 271 de 2003) Son los que se generan por vincular al sistema de facturación a la persona prestadora de servicios públicos solicitante. Son los necesarios para modificar el sistema de facturación existente de la persona

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  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • PROHIBICIÓN DE CESIÓN Es prohibido al CONTRATISTA ceder el presente Contrato en forma total o parcial, sin la previa autorización por escrito de LA UNIVERSIDAD. No se consideran dentro de esta situación aquellos subcontratos que sean necesarios otorgar por parte del CONTRATISTA para la ejecución de las actividades pactadas.

  • INTERÉS ASEGURADO La puesta a disposición del Asegurado de un servicio de asesoramiento y trámite gratuíto de descargo en denuncias y recursos administrativos contra sanciones que se le impongan por las autoridades españolas, derivadas de la conducción de la motocicleta asegurada, por infracciones que se le atribuyan referidas al tráfico y que puedan llevar aparejadas sanciones económicas , privación del permiso de conducir o pérdida de puntos, exceptuando las denuncias por conducción bajo los efectos del alcohol, drogas o estupefacientes o por aparcamiento indebido.

  • CONTENIDO DE LA OFERTA La propuesta deberá contener:

  • CAMBIOS Previo a la entrega de los Bienes o a la terminación de la prestación de los Servicios WeWork podrá recalendarizar los Servicios, cambiar el destino de entrega de los Bienes cubiertos en cualquier Orden, cambiar los Servicios cubiertos de conformidad a cualquier Orden, o cancelar cualquier Orden, así como cambiar las especificaciones de dichos B&S, siempre y cuando se notifique al Proveedor por escrito (las “Órdenes de Cambio”), en cualquier caso, sin costo alguno para WeWork, salvo que los cambios solicitados por WeWork incrementen o disminuyan materialmente los costos para la entrega de los Bienes o para la prestación de los Servicios a WeWork, como requerir Servicios o materiales adicionales, las partes deberán negociar y ajustar de manera adecuada las obligaciones contenidas en la Orden, de conformidad con esta cláusula, antes que el Proveedor inicie con los trabajos en relación a dicha Orden de Cambio. El Proveedor aceptará cualquier cambio y deberá, si un cambio incrementa o disminuye los costos o tiempos requeridos para su cumplimiento, dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes contados a partir de haber recibido dicha Orden de Cambio, entregar a WeWork una propuesta firme reflejando cualquier incremento o disminución causada en consecuencia de dicha Orden de Cambio. En caso que WeWork acepte dicha propuesta, el Proveedor deberá proceder con los cambios en los servicios objeto de la propuesta de costos y bajo los términos y condiciones del presente Contrato. En el caso que WeWork no acepte los cambios propuestos podrá cancelar la orden respectiva. El Proveedor deberá notificar a WeWork, con a lo menos 2 (dos) días hábiles de anticipación a llevar a cabo cualquier cambio material o intencional, a los B&S, incluyendo sin limitar, cambios en la composición, especificaciones de calidad, procesos de manufacturación, etiquetado, funcionalidad, seguridad, ubicación de manufactura, y del uso de cualquier proveedor o subcontratista. Una vez notificado el cambio iniciado por el Proveedor, WeWork podrá cancelar dicha Orden. Cualquier revisión llevada a cabo por el Proveedor a una Orden, en relación al precio u otro elemento, deberá ser notificado por escrito y estar aprobado por WeWork. El Proveedor no podrá, en ningún caso, retener o retrasar el acuerdo de algún cambio de Orden solicitada por WeWork de manera irrazonable.

  • DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES La documentación requerida para materializar la oferta se incluirá en tres sobres. En uno se incluirá la documentación acreditativa de la concurrencia de los requisitos necesarios para contratar y en el segundo la documentación relativa a la oferta técnica y en el tercero la relativa a los criterios de adjudicación sujetos a valoración automática (precio y plazos de entrega). Cada uno de los sobres estará cerrado, sellado y firmado, con indicación de la empresa y de su contenido, haciendo constar en el mismo la referencia: Director del Departamento de Compras. Contratación del suministro de ropa de trabajo para el personal de la Imprenta de Billetes, S.A. (IMBISA) SOLPED1794 Toda la documentación se presentará sin grapar ni encuadernar, deberá estar firmada por el licitador o persona con poder bastante y redactada en lengua castellana o acompañada, en su caso, de una traducción oficial. En caso de certificados, acreditaciones y documentos públicos deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias debidamente compulsadas. Todos los documentos se presentarán en el orden establecido en esta cláusula. Los licitadores presentarán, en su caso, una declaración a incluir en cada sobre, según modelo que se facilita como anejo 1, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Sin perjuicio de las obligaciones en materia de publicidad e información a los candidatos y licitadores, los datos y documentos concretos podrán ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceras personas pueda afectar a sus intereses comerciales legítimos o perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector. La declaración de confidencialidad no puede afectar a la totalidad de la oferta. En caso de no aportarse dicha declaración, se considerará que ningún documento o dato posee carácter confidencial. En primer lugar los licitadores incluirán en este sobre la hoja de datos de la empresa y personas de contacto, según modelo que se facilita como anejo 2. A continuación, con el objeto de acreditar su capacidad de contratar con IMBISA, los licitadores deberán incluir en este sobre los documentos que se indican en los puntos siguientes. Estarán exentos de presentar la documentación a la que se refieren los puntos 1 y 2 de esta cláusula, aquellos licitadores que, habiendo resultado adjudicatarios de anteriores concursos convocados por IMBISA, la hubiesen remitido en su momento, habiendo sido declarada bastante, siempre y cuando no se hubiese producido ninguna modificación respecto de la misma ni de la persona o personas autorizadas para firmar, en su caso, el contrato objeto de la presente licitación. No obstante lo anterior, en el sobre se introducirá un documento (véase modelo en anejo 3), firmado por persona con poder bastante para actuar en nombre del licitador, en el que se especifique, de un lado, el concurso (n.º de expediente u objeto del mismo) en que resultó adjudicatario y, de otro, que el documento o documentos de que se trate no han sufrido variación desde la fecha de adjudicación. Con independencia de todo ello, IMBISA podrá, si lo estima conveniente, recabar la documentación que crea necesaria, debiendo los licitadores remitirla en el plazo que, a tal efecto, establezca. Económico Europeo, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este registro sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Fotocopias, legitimadas notarialmente o debidamente compulsadas con el original, de los siguientes documentos relativos al representante legal: Posteriormente se podrá requerir al adjudicatario la acreditación de la publicación en el BORME del poder del representante legal, en su caso. Para conseguir dicha acreditación pueden dirigirse al Registro Mercantil Central, x/ Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, 94, 28006 Madrid, teléfono 000 000 000, fax 000 000 000, donde les facilitarán el número del BORME en el que se publicó, y con este dato solicitar fotocopia al fax 000 000 000 o mediante correo electrónico a xxxx@xxx.xx del Servicio de Información Legislativa. Asimismo, el dato sobre la fecha de publicación en el BORME y número de anuncio se puede obtener en la página web del Registro Mercantil Central xxx.xxx.xx. Cuando dos o más empresas concurran a una licitación agrupados en Unión Temporal de Empresas, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar, además, en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, y la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a IMBISA. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión temporal. En caso de estar exento del Impuesto sobre Actividades Económicas, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable. Los documentos a que se refieren los apartados b, c y d podrán sustituirse por una declaración responsable, firmada por persona con poder bastante, de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, seguida del compromiso de aportar los certificados correspondientes en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la comunicación de IMBISA, en el caso de ser propuesto como adjudicatario.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.

  • TERMINACIÓN BILATERAL Las partes Contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a LA CONTRATISTA y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del Contrato, sin mas responsabilidad que la que corresponda a la de los bienes entregados y recibidos. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: