Common use of Cumplimiento Clause in Contracts

Cumplimiento. El Cliente garantiza a IBERIA que, ni él ni ninguno de los consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas ha cometido antes de suscribir este Contrato ninguna ofensa bajo las siguientes leyes: la Bribery Act 2010, el Código Penal Español de 1995 o cualquier otra ley aplicable en materia de sobornos o actos fraudulentos o corruptos (la “Legislación de Sobornos”). El Cliente asimismo garantiza a IBERIA que no está suscribiendo este Contrato con el conocimiento de que se haya pagado o se vaya a pagar a cualquier persona trabajando para o contratada por IBERIA o cualquier miembro del Grupo IBERIA o que se haya llegado a un acuerdo a esos efectos, salvo que se hayan revelado por escrito detalles de dicho acuerdo por escrito a IBERIA antes de la fecha de este Contrato. El Cliente se compromete a, durante cualquier momento después de suscribir este Contrato, no, y procurar que sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas no: (i) Cometan ninguna ofensa bajo la Legislación de Sobornos; o (ii) Provoquen que los consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas de IBERIA y/o a cualquier afiliada de IBERIA cometan una ofensa bajo la Legislación de Sobornos. Si en cualquier momento el Cliente (incluyendo cualquiera de sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas, actuando con o sin el conocimiento de IBERIA o cualquier miembro del Grupo IBERIA) incumpliese esta cláusula, IBERIA podrá terminar este Contrato de forma inmediata enviando notificación por escrito. El Cliente deberá tener en vigor procedimientos adecuados para prevenir que cualquier persona que trabaje para o haya sido contratada por el Cliente o por cualquier otro tercero relacionado de alguna forma con este Contrato cometa infracciones en materia de corrupción o soborno. El Cliente deberá mantener un registro de todo el entretenimiento, regalos de bienvenida y regalos en general que entreguen o reciban de un tercero ya sea en el desempeño directo o indirecto de sus obligaciones bajo este Contrato y proveerá con una copia actualizada de dicho registro a IBERIA cuando se le solicite. Si en cualquier momento el Cliente (o cualquiera de sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas) incumple cualquiera de sus obligaciones bajo esta Cláusula, el Cliente deberá indemnizar y mantener indemne a IBERIA frente a cualquier pérdida, responsabilidad, multa, daño, costes y gastos incluyendo honorarios legales y costes de investigación, litigación, acuerdo, juicio, intereses y multas en los que IBERIA pueda incurrir como consecuencia de dicho incumplimiento.

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Samples: Commercial Contract, Commercial Contract

Cumplimiento. a. El Cliente Vendedor garantiza que todos los bienes y/o servicios suministrados en lo sucesivo se habrán fabricados de conformidad con, y el Vendedor acepta regirse por las, leyes aplicables y las órdenes gubernamentales, decretos, reglas o regulaciones pertinentes en cada jurisdicción en la que realiza sus negocios. b. El Comprador espera que los Vendedores con los que trabaja cumplan con la ley y se adhieran a IBERIA que, ni él ni ninguno la versión actual del Código de los consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas ha cometido antes Conducta de suscribir este Contrato ninguna ofensa bajo las siguientes leyes: la Bribery Act 2010, Terceros xx Xxxxx (el Código Penal Español de 1995 o cualquier otra ley aplicable “Código”) que se encuentra disponible en materia de sobornos o actos fraudulentos o corruptos (la “Legislación de Sobornos”)xxxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxxx- us/responsible-business-practice. El Cliente asimismo garantiza a IBERIA que no está suscribiendo este Contrato con el conocimiento de que se haya pagado o se vaya a pagar a cualquier persona trabajando para o contratada por IBERIA o cualquier miembro del Grupo IBERIA o que se haya llegado a un acuerdo a esos efectos, salvo que se hayan revelado por escrito detalles de dicho acuerdo por escrito a IBERIA antes de la fecha de este Contrato. El Cliente se compromete a, durante cualquier momento después de suscribir este Contrato, no, y procurar que sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas noVendedor deberá: (i) Cometan ninguna ofensa bajo la Legislación de Sobornosfamiliarizarse y cumplir con los requisitos del Código; o (ii) Provoquen que proporcionar información a solicitud del Comprador sobre el cumplimiento del Código; (iii) permitir al Comprador (o sus terceros expertos designados) un acceso adecuado para efectos de auditar el cumplimiento del Código; y (iv) realizar sus mejores esfuerzos para rectificar el incumplimiento del Código e informar al Comprador sobre el progreso de la remediación cuando así se lo solicite. A discreción del Comprador, el incumplimiento del Código dará derecho al Comprador a terminar la Orden de Compra sin compensación alguna. c. Con respecto a los consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas de IBERIA y/o a cualquier afiliada de IBERIA cometan una ofensa bienes vendidos por el Vendedor al Comprador bajo la Legislación Orden de Sobornos. Si Compra, y en cualquier momento futuros suministros, el Cliente (incluyendo cualquiera Vendedor acepta proporcionar al Comprador dicha información, incluido un certificado de sus consejerosorigen apropiado u otros acuerdos comerciales o programas de preferencias arancelarias respectivos, empleadosya sean actuales o futuros, agentes, representantes, contratistas y permitirá al Comprador determinar el país de origen en virtud de dichos acuerdos comerciales o subcontratistas, actuando con o sin programas de preferencias arancelarias. d. En el conocimiento caso de IBERIA o cualquier miembro del Grupo IBERIA) incumpliese esta cláusula, IBERIA podrá terminar este Contrato de forma inmediata enviando notificación por escrito. El Cliente deberá tener en vigor procedimientos adecuados para prevenir que cualquier persona que trabaje para o haya sido contratada por el Cliente o por cualquier otro tercero relacionado de alguna forma con este Contrato cometa infracciones en materia de corrupción o soborno. El Cliente deberá mantener un registro de todo el entretenimiento, regalos de bienvenida y regalos en general que entreguen o reciban una investigación como resultado de un tercero ya sea en el desempeño directo incidente con un producto o indirecto de sus obligaciones bajo este Contrato y proveerá con una copia actualizada de dicho registro a IBERIA cuando se le solicite. Si en cualquier momento el Cliente (o cualquiera de sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas) incumple cualquiera de sus obligaciones bajo esta Cláusulaun retiro xxx xxxxxxx, el Cliente deberá indemnizar Vendedor otorgará a las agencias regulatorias u órganos competentes o ministerios reconocidos y mantener indemne organizaciones designadas para evaluar la conformidad de los productos antes de su comercialización acceso a IBERIA frente las instalaciones del Vendedor y a cualquier pérdidalos registros del sistema de calidad, responsabilidad, multa, daño, costes y gastos incluyendo honorarios legales y costes de investigación, litigación, acuerdo, juicio, intereses y multas en los que IBERIA pueda incurrir como consecuencia de dicho incumplimientosegún se lo soliciten.

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Samples: Términos Y Condiciones Generales De Compra, Términos Y Condiciones Generales De Compra

Cumplimiento. El Cliente garantiza contratista, con una antelación de 30 días naturales, comunicará por escrito al Responsable del Contrato la fecha prevista para la terminación o ejecución del contrato, a IBERIA que, ni él ni ninguno de los consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas ha cometido antes de suscribir este Contrato ninguna ofensa bajo las siguientes leyes: la Bribery Act 2010, el Código Penal Español de 1995 o cualquier otra ley aplicable en materia de sobornos o actos fraudulentos o corruptos (la “Legislación de Sobornos”). El Cliente asimismo garantiza a IBERIA que no está suscribiendo este Contrato con el conocimiento efectos de que se pueda realizar su recepción. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando este haya pagado o realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de IFTSA, la totalidad de su objeto. Producida la terminación de los trabajos y suministros contemplados en este pliego y en el proyecto técnico base de licitación, se vaya procederá a pagar su constatación mediante acto formal de recepción, dentro del mes siguiente de haberse producido dicha terminación. A dicho acto concurrirá un facultativo designado por IFTSA representante de esta y el Responsable del contrato si procede y el contratista. Si el suministro ejecutado se encuentra en buen estado y con arreglo a cualquier persona trabajando para o contratada las prescripciones previstas, el Responsable de Contrato designado por IBERIA o cualquier miembro IFTSA si hubiere y representante de ésta las dará por recibidas, levantándose la correspondiente acta por cuadruplicado, que deberá ser firmada por los concurrentes a la recepción, entregándose un ejemplar al responsable supervisor si hubiere de IFTSA, otro al Responsable del Grupo IBERIA o que se haya llegado a un acuerdo a esos efectosContrato, salvo que se hayan revelado por escrito detalles de dicho acuerdo por escrito a IBERIA antes el tercero representante de la fecha intervención y el cuarto al contratista, comenzando entonces el plazo de este Contratogarantía. El Cliente se compromete a, durante cualquier momento después contratista tiene obligación de suscribir este Contrato, no, y procurar que sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas no: (i) Cometan ninguna ofensa bajo la Legislación asistir al acto de Sobornos; o (ii) Provoquen que los consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas de IBERIA y/o a cualquier afiliada de IBERIA cometan una ofensa bajo la Legislación de Sobornosrecepción. Si por causas que le sean imputables no cumple esta obligación, el representante de IFTSA le remitirá un ejemplar del acta para que, en cualquier momento el Cliente (incluyendo cualquiera plazo xx xxxx días, formule las alegaciones que considere oportunas, sobre las que resolverá el órgano de sus consejeroscontratación. Por el contrario, empleadoscuando la prestación suministrada y ejecutada no se halle en estado de ser recibidas se hará constar así en el acta y el Responsable de Contrato señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquellos, agentessi transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiere efectuado, representantespodrá concedérsele otro nuevo plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato, contratistas por causas imputables al contratista. Siempre que por razones excepcionales de interés público debidamente motivadas en el expediente el órgano de contratación acuerde la ocupación efectiva de los elementos suministrados, e instalados, o subcontratistassu puesta en servicio para el uso público, actuando con o aún sin el conocimiento cumplimiento del acto formal de IBERIA o cualquier miembro recepción, desde que concurran dichas circunstancias se producirán los efectos y consecuencias propios del Grupo IBERIA) incumpliese esta cláusula, IBERIA podrá terminar este Contrato acto de forma inmediata enviando notificación por escrito. El Cliente deberá tener recepción de la suministro en vigor procedimientos adecuados para prevenir que cualquier persona que trabaje para o haya sido contratada por el Cliente o por cualquier otro tercero relacionado de alguna forma con este Contrato cometa infracciones en materia de corrupción o soborno. El Cliente deberá mantener un registro de todo el entretenimiento, regalos de bienvenida y regalos en general que entreguen o reciban de un tercero ya sea los términos establecidos en el desempeño directo o indirecto de sus obligaciones bajo este Contrato y proveerá con una copia actualizada de dicho registro a IBERIA cuando se le solicite. Si en cualquier momento el Cliente (o cualquiera de sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas) incumple cualquiera de sus obligaciones bajo esta Cláusula, el Cliente deberá indemnizar y mantener indemne a IBERIA frente a cualquier pérdida, responsabilidad, multa, daño, costes y gastos incluyendo honorarios legales y costes de investigación, litigación, acuerdo, juicio, intereses y multas en los que IBERIA pueda incurrir como consecuencia de dicho incumplimientoartículo 168 del reglamento.

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Samples: Contrato De Suministro

Cumplimiento. a. ETICA. El Cliente Vendedor deberá en todo momento durante el cumplimiento de sus obligaciones enumeradas en este documento adaptarse a las prácticas comerciales éticas de conformidad con las disposiciones legislativas, normativas y reglamentarias vigentes y en sus prácticas comerciales deberá fomentar los valores de honestidad, integridad, responsabilidad social y derechos humanos. El Vendedor no podrá, sin previo consentimiento por escrito del Comprador, participar en algún negocio donde, por ventaja, se pudiese hacer uso de la información, del conocimiento o de una relación que surja de esta Orden de Compra o donde dicha participación pudiese discrepar de los intereses del Comprador. El Vendedor por el presente garantiza a IBERIA que, respecto a esta Orden de Compra y al asunto objeto de este documento: (i) ni él el Vendedor ni ninguno alguna de los consejerossus filiales ni alguno de sus empleados; (ii) según su xxxx saber y entender, empleadosni alguno de sus asesores, agentes, representantesrepresentantes ni otras personas contratadas o relacionadas de otra manera con el Vendedor, contratistas haya ofrecido u ofrecerá, o subcontratistas ha cometido antes haya hecho ofrecer o hará ofrecer o haya dado o dará o haya hecho dar o hará dar algo de suscribir este Contrato ninguna ofensa bajo las siguientes leyes: la Bribery Act 2010valor (lo que incluye pero no se limita a dinero u obsequios) de forma directa o indirecta a algún funcionario del gobierno, el Código Penal Español algún partido o candidato político o a algún miembro de 1995 sus respectivas familias o cualquier otra ley aplicable en materia para que alguno de sobornos o actos fraudulentos o corruptos (la “Legislación ellos haga uso de Sobornos”)éste. El Cliente asimismo garantiza Vendedor está de acuerdo con incorporar términos similares a IBERIA aquellos establecidos en el presente a todos o algunos contratos firmados por el Vendedor respecto a esta Orden de Compra y al asunto objeto de este documento. b. BOICOT. Ninguna disposición de esta Orden de Compra será interpretada o aplicada lo cual exigiría que no está suscribiendo este Contrato con el conocimiento de que se haya pagado alguna las Partes cometa o se vaya a pagar a abstenga de cometer cualquier persona trabajando para o contratada por IBERIA o acto que pudiese constituir una violación de cualquier miembro del Grupo IBERIA ley anti-boicot x xxx de exportación, o que de como resultado una pérdida de beneficio económico bajo dichas leyes, lo que incluye pero no se haya llegado limita a un acuerdo dichas disposiciones legislativas de EE.UU. c. CONFLICTO DE INTERESES. El Vendedor no ofrecerá a esos efectoslos empleados del Comprador ningún obsequio, salvo que se hayan revelado por escrito detalles de dicho acuerdo por escrito a IBERIA antes entretenimiento ni cualquier otro favor más allá de la fecha de este Contratocortesía común usualmente relacionada con las prácticas comerciales. El Cliente se compromete aVendedor no pagará ninguna comisión u honorario ni otorgará ningún reembolso u otra remuneración o gratificación monetaria a algún empleado, durante cualquier momento después agente o representante del Comprador. Ni el Vendedor ni sus subcontratistas no podrá otorgar remuneraciones en secreto, uno al otro, ni pagar ninguna comisión u honorario a los empleados o funcionarios del otro. d. CUMPLIMIENTO NORMATIVO. El Vendedor garantiza, en nombre suyo y en el de suscribir este Contrato, no, y procurar que sus consejeros, empleados, agentesagentes y subcontratistas, representantes, contratistas o subcontratistas no: que (i) Cometan ninguna ofensa bajo la Legislación no son funcionarios de Sobornosgobierno extranjeros ni están afiliados a algún funcionario de gobierno extranjero; o (ii) Provoquen que entienden la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de Estados Unidos de 1997 enmendada (15 Codificación normativa de XX.XX.00xx-0, 00xx-0, 78m (1998)) y la Ley contra el Soborno del Reino Unido de 2010 (las “Leyes”), incluyendo todas las enmiendas adicionales hechas durante el período contractual; (iii) que previamente no han cometido actos que pudiesen violar las Leyes si hubieran estado sujetos a alguna de ellas; (iv) que no cometerán actos en el futuro que pudiesen violar las Leyes si están sujetos a alguna de ellas; y (v) que no harán que el Comprador viole alguna de estas Leyes. El Vendedor deberá asegurar que se implementarán procedimientos para prevenir actos que pudiesen violar alguna de estas Leyes. e. DERECHOS HUMANOS. El Vendedor deberá actuar en todo momento de un modo que respete los consejerosderechos humanos, empleadoscumpla con la legislación vigente y que sea coherente con los estándares y principios que figuran en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, agentesen los Principios Voluntarios en Seguridad y Derechos Humanos, representantesPacto Mundial de las Naciones Unidas, contratistas en la Iniciativa de transparencia de las industrias extractivas, en la Declaración de la OIT sobre los Principios y Derechos Fundamentales del Trabajo de 1998, en el Código de Ética y Conducta xx Xxxx, en la Política sobre Derechos Humanos xx Xxxx y en la Política de Responsabilidad Social Corporativa xx Xxxx. El Vendedor deberá respetar los derechos humanos de sus empleados y tratarlos con dignidad y respeto. El Vendedor no puede emplear o subcontratistas utilizar servicios de IBERIA algún subcontratista verosímilmente implicado en abusos de derechos humanos. El Comprador se reserva el derecho de rescindir esta Orden de Compra si el Vendedor y/o alguno de subcontratistas no cumple con los derechos humanos fundamentales y los derechos del trabajador o si a cualquier afiliada sabiendas contrata o retiene a presuntos abusadores de IBERIA cometan una ofensa bajo la Legislación de Sobornos. Si en cualquier momento el Cliente (incluyendo cualquiera de sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas, actuando con o sin el conocimiento de IBERIA o cualquier miembro del Grupo IBERIA) incumpliese esta cláusula, IBERIA podrá terminar este Contrato de forma inmediata enviando notificación por escrito. El Cliente deberá tener en vigor procedimientos adecuados para prevenir que cualquier persona que trabaje para o haya sido contratada por el Cliente o por cualquier otro tercero relacionado de alguna forma con este Contrato cometa infracciones en materia de corrupción o soborno. El Cliente deberá mantener un registro de todo el entretenimiento, regalos de bienvenida y regalos en general que entreguen o reciban de un tercero ya sea en el desempeño directo o indirecto de sus obligaciones bajo este Contrato y proveerá con una copia actualizada de dicho registro a IBERIA cuando se le solicite. Si en cualquier momento el Cliente (o cualquiera de sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas) incumple cualquiera de sus obligaciones bajo esta Cláusula, el Cliente deberá indemnizar y mantener indemne a IBERIA frente a cualquier pérdida, responsabilidad, multa, daño, costes y gastos incluyendo honorarios legales y costes de investigación, litigación, acuerdo, juicio, intereses y multas en los que IBERIA pueda incurrir como consecuencia de dicho incumplimientoderechos humanos.

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Samples: Términos Y Condiciones De Compra

Cumplimiento. a. El Cliente Vendedor garantiza que todos los bienes y/o servicios suministrados en lo sucesivo se habrán fabricados de conformidad con, y el Vendedor acepta regirse por las, leyes aplicables y las órdenes gubernamentales, decretos, reglas o regulaciones pertinentes en cada jurisdicción en la que realiza sus negocios. b. El Comprador espera que los Vendedores con los que trabaja cumplan con la ley y se adhieran a IBERIA que, ni él ni ninguno la versión actual del Código de los consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas ha cometido antes Conducta de suscribir este Contrato ninguna ofensa bajo las siguientes leyes: la Bribery Act 2010, Terceros xx Xxxxx (el Código Penal Español de 1995 o cualquier otra ley aplicable “Código”) que se encuentra disponible en materia de sobornos o actos fraudulentos o corruptos (la “Legislación de Sobornos”)xxxxx://xxx.xxxxx.xxx/xx . El Cliente asimismo garantiza a IBERIA que no está suscribiendo este Contrato con el conocimiento de que se haya pagado o se vaya a pagar a cualquier persona trabajando para o contratada por IBERIA o cualquier miembro del Grupo IBERIA o que se haya llegado a un acuerdo a esos efectos, salvo que se hayan revelado por escrito detalles de dicho acuerdo por escrito a IBERIA antes de la fecha de este Contrato. El Cliente se compromete a, durante cualquier momento después de suscribir este Contrato, no, y procurar que sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas no: Vendedor deberá: (i) Cometan ninguna ofensa bajo la Legislación de Sobornosfamiliarizarse y cumplir con los requisitos del Código; o (ii) Provoquen que proporcionar información a solicitud del Comprador sobre el cumplimiento del Código; (iii) permitir al Comprador (o sus terceros expertos designados) un acceso adecuado para efectos de auditar el cumplimiento del Código; y (iv) realizar sus mejores esfuerzos para rectificar el incumplimiento del Código e informar al Comprador sobre el progreso de la remediación cuando así se lo solicite. A discreción del Comprador, el incumplimiento del Código dará derecho al Comprador a terminar la Orden de Compra sin compensación alguna. c. Con respecto a los consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas de IBERIA y/o a cualquier afiliada de IBERIA cometan una ofensa bienes vendidos por el Vendedor al Comprador bajo la Legislación Orden de Sobornos. Si Compra, y en cualquier momento futuros suministros, el Cliente (incluyendo cualquiera Vendedor acepta proporcionar al Comprador dicha información, incluido un certificado de sus consejerosorigen apropiado u otros acuerdos comerciales o programas de preferencias arancelarias respectivos, empleadosya sean actuales o futuros, agentes, representantes, contratistas y permitirá al Comprador determinar el país de origen en virtud de dichos acuerdos comerciales o subcontratistas, actuando con o sin programas de preferencias arancelarias. d. En el conocimiento caso de IBERIA o cualquier miembro del Grupo IBERIA) incumpliese esta cláusula, IBERIA podrá terminar este Contrato de forma inmediata enviando notificación por escrito. El Cliente deberá tener en vigor procedimientos adecuados para prevenir que cualquier persona que trabaje para o haya sido contratada por el Cliente o por cualquier otro tercero relacionado de alguna forma con este Contrato cometa infracciones en materia de corrupción o soborno. El Cliente deberá mantener un registro de todo el entretenimiento, regalos de bienvenida y regalos en general que entreguen o reciban una investigación como resultado de un tercero ya sea en el desempeño directo incidente con un producto o indirecto de sus obligaciones bajo este Contrato y proveerá con una copia actualizada de dicho registro a IBERIA cuando se le solicite. Si en cualquier momento el Cliente (o cualquiera de sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas) incumple cualquiera de sus obligaciones bajo esta Cláusulaun retiro xxx xxxxxxx, el Cliente deberá indemnizar Vendedor otorgará a las agencias regulatorias o ministerios reconocidos y mantener indemne organizaciones designadas para evaluar la conformidad de los productos antes de su comercialización acceso a IBERIA frente las instalaciones del Vendedor y a cualquier pérdidalos registros del sistema de calidad, responsabilidad, multa, daño, costes y gastos incluyendo honorarios legales y costes de investigación, litigación, acuerdo, juicio, intereses y multas en los que IBERIA pueda incurrir como consecuencia de dicho incumplimientosegún se lo soliciten.

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Samples: Términos Y Condiciones Generales De Compra

Cumplimiento. El Cliente garantiza Vendedor debe cumplir, y asegurar que los Productos cumplan con todas las leyes aplicables y las cláusulas del Código de Conducta del Comprador (disponible en <xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxx/xxxx_xx_xxxxxxx/>), con sus correspondientes modificaciones, o del Código del Vendedor siempre que sea sustancialmente similar al del Comprador. A menos que el Contrato prevea lo contrario, el Vendedor obtendrá permisos, licencias, autorizaciones y derechos similares necesarios para que cualquier autoridad estatal autorice a IBERIA quellevar a cabo las obligaciones del Vendedor, ni él ni ninguno incluida cualquier importación o exportación de Productos. El Vendedor es responsable de la registración y, cuando sea necesario, de la autorización o notificación respecto a las sustancias químicas que contengan los Productos, de conformidad con los requerimientos de la Ley aplicable (por ejemplo: El Reglamento de Registro, Evaluación, Autorización y Restricción de Sustancias Químicas, REACh, por sus siglas en Inglés). A pedido del Comprador, el Vendedor brindará, en la medida que el Comprador razonablemente le solicite: (a) certificación del cumplimiento del Vendedor de las leyes aplicables, (b) información adicional que le permita al Comprador cumplir o exigir derechos en virtud de la ley aplicable, o (c) información suficiente para permitirle al Comprador o a sus Clientes cumplir con los requerimientos de manera eficaz, y responder a solicitudes de divulgación y/o auditorías y requerimientos relativos a los ingredientes y materiales utilizados en los Productos, incluidos los enumerados en la ley de “minerales conflictivos”. En caso de que el Comprador lo solicite, el Vendedor llevará a cabo las investigaciones y debida diligencia de los consejerosproveedores del Vendedor (y obtendrá certificaciones escritas de dichos proveedores) identificando los ingredientes y materiales de los Productos y el país de origen de dichos ingredientes y materiales (o, empleadosademás de la investigación y la debida diligencia, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas ha cometido antes información respecto a por qué el país de suscribir este Contrato ninguna ofensa bajo las siguientes leyes: la Bribery Act 2010, el Código Penal Español de 1995 o cualquier otra ley aplicable en materia de sobornos o actos fraudulentos o corruptos (la “Legislación de Sobornos”origen no puede identificarse). El Cliente asimismo Vendedor manifiesta y garantiza a IBERIA que no está suscribiendo se encuentra bajo la jurisdicción de ningún país que este Contrato con el conocimiento de que se haya pagado o se vaya a pagar a cualquier persona trabajando para o contratada por IBERIA o cualquier miembro del Grupo IBERIA o que se haya llegado sujeto a un acuerdo embargo general de Estados Unidos y no está designado o asociado a esos efectosninguna parte designada en ninguna de las listas de partes restringidas por los Estados Unidos o las Naciones Unidas, salvo que se hayan revelado por escrito detalles de dicho acuerdo por escrito a IBERIA antes de la fecha de este Contrato. El Cliente se compromete a, durante cualquier momento después de suscribir este Contrato, no, y procurar que sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas no: (i) Cometan ninguna ofensa bajo la Legislación de Sobornos; o (ii) Provoquen que los consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas de IBERIA y/o a cualquier afiliada de IBERIA cometan una ofensa bajo la Legislación de Sobornos. Si en cualquier momento el Cliente (incluyendo cualquiera de sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas, actuando con o sin el conocimiento de IBERIA o cualquier miembro del Grupo IBERIA) incumpliese esta cláusula, IBERIA podrá terminar este Contrato de forma inmediata enviando notificación por escrito. El Cliente deberá tener en vigor procedimientos adecuados para prevenir que cualquier persona que trabaje para o haya sido contratada por el Cliente o por cualquier otro tercero relacionado de alguna forma con este Contrato cometa infracciones en materia de corrupción o soborno. El Cliente deberá mantener un registro de todo el entretenimiento, regalos de bienvenida y regalos en general que entreguen o reciban de un tercero ya sea en el desempeño directo o indirecto de sus obligaciones bajo este Contrato y proveerá con una copia actualizada de dicho registro a IBERIA cuando se le solicite. Si en cualquier momento el Cliente (o cualquiera de sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas) incumple cualquiera de sus obligaciones bajo esta Cláusula, el Cliente deberá indemnizar y mantener indemne a IBERIA frente a cualquier pérdida, responsabilidad, multa, daño, costes y gastos incluyendo honorarios legales y costes de investigación, litigación, acuerdo, juicio, intereses y multas en los que IBERIA pueda incurrir como consecuencia de dicho incumplimientorespectivamente.

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Samples: Términos Y Condiciones Generales De Compra

Cumplimiento. 22.1 El Cliente Proveedor declara y garantiza el cumplimiento de todas las leyes aplicables en lo que se refiere a IBERIA quelas actividades contempladas en el Contrato, ni él ni ninguno incluidas de los consejerosforma no limitativa, empleadoslas leyes y normas relativas a la fiscalidad, agentescontrol de cambios y requisitos específicos, representantes, contratistas o subcontratistas ha cometido antes además de suscribir este Contrato ninguna ofensa bajo las siguientes leyes: la Bribery Act 2010, el Código Penal Español de 1995 o cualquier otra ley aplicable contra la corrupción, antimonopolio, contra el blanqueo de dinero, sanciones u otras leyes, reglas o normas penales aplicables. De manera particular, el Proveedor debe cumplir plenamente tanto con la Ley contra el soborno de 2010 xxx Xxxxx Unido como con la Ley de prácticas corruptas en materia el extranjero de sobornos o actos fraudulentos o corruptos (la “Legislación de Sobornos”)EE. El Cliente asimismo UU., y declara y garantiza a IBERIA que no está suscribiendo este Contrato hará nada que pueda contravenir la Ley contra el soborno de 2010 ni la Ley de prácticas corruptas en el extranjero o provocar que el Comprador contravenga dichas leyes. Además, el Proveedor declara y garantiza que no ofrecerá ni recibirá ningún soborno o incentivo de ningún empleado, agente, oficial o fiduciario, o de ninguna tercera parte con la intención de influir en la conducta de cualquier persona o cliente en relación con la compra de los Bienes. 22.2 El Proveedor reconoce que el Comprador ha adoptado el Código de conducta para socios comerciales («COC» por sus siglas en inglés) que rige, entre otras cosas, la relación del Comprador con los proveedores. Por el presente, el Proveedor acuerda actuar en sus negociaciones con el conocimiento Comprador en todo momento de acuerdo a dicho COC y de una forma coherente y que se haya pagado facilite el cumplimiento de dicho COC. A petición del Comprador, el Proveedor debe certificar por escrito su conformidad con lo anterior. Puede consultar el COC del Comprador aquí: 22.3 El Proveedor y cualquiera de los productos o se vaya a pagar a cualquier persona trabajando para o contratada por IBERIA o cualquier miembro los otros servicios que suministre el Proveedor, deben cumplir con todas las leyes, reglas, normas, leyes de control de las exportaciones, órdenes, convenios, ordenanzas y estándares aplicables en el país del Grupo IBERIA Proveedor, el país del Comprador y en el(los) país(es) de destino, los que sean más exigentes, o que se haya llegado a un acuerdo a esos efectosestén relacionados con la fabricación, salvo que se hayan revelado por escrito detalles etiquetado, transporte, importación, exportación, uso, funcionamiento, concesión, aprobación o certificación de dicho acuerdo por escrito a IBERIA antes los Bienes o el Trabajo, incluidos de la fecha forma no limitativa aquellos relacionados con los temas medioambientales, seguridad del producto, salarios, horas y condiciones de este Contrato. El Cliente se compromete aempleo, durante cualquier momento después selección de suscribir este Contrato, no, y procurar que sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas no: (i) Cometan ninguna ofensa bajo la Legislación de Sobornos; o (ii) Provoquen que los consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas de IBERIA y/o a cualquier afiliada de IBERIA cometan una ofensa bajo la Legislación de Sobornos. Si en cualquier momento el Cliente (incluyendo cualquiera de sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas, actuando con o sin el conocimiento discriminación, salud y seguridad laboral, seguridad de IBERIA o cualquier miembro del Grupo IBERIA) incumpliese esta cláusula, IBERIA podrá terminar este Contrato los vehículos a motor y la Ley de forma inmediata enviando notificación por escrito. El Cliente deberá tener en vigor procedimientos adecuados para prevenir que cualquier persona que trabaje para o haya sido contratada por el Cliente o por cualquier otro tercero relacionado esclavitud moderna de alguna forma con este Contrato cometa infracciones en materia de corrupción o soborno. El Cliente deberá mantener un registro de todo el entretenimiento, regalos de bienvenida y regalos en general que entreguen o reciban de un tercero ya sea en el desempeño directo o indirecto de sus obligaciones bajo este Contrato y proveerá con una copia actualizada de dicho registro a IBERIA cuando se le solicite. Si en cualquier momento el Cliente (o cualquiera de sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas) incumple cualquiera de sus obligaciones bajo esta Cláusula, el Cliente deberá indemnizar y mantener indemne a IBERIA frente a cualquier pérdida, responsabilidad, multa, daño, costes y gastos incluyendo honorarios legales y costes de investigación, litigación, acuerdo, juicio, intereses y multas en los que IBERIA pueda incurrir como consecuencia de dicho incumplimiento2015 xxx Xxxxx Unido.

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Samples: Supply Agreement

Cumplimiento. 27.1 El Cliente vendedor acepta, declara, se compromete y garantiza que él y todas las personas que actúen bajo su dirección, autoridad o control, incluido su personal, entidades afiliadas y terceros ("Representantes del vendedor"), cumplirán todas las leyes y normativas aplicables, incluidas, entre otras, todas las leyes y normativas de importación/exportación, antimonopolio, contra el blanqueo de dinero, contra el soborno y contra la corrupción, como la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de Estados Unidos y la Ley de Soborno del Reino Unido. Además, el vendedor y sus representantes nunca realizarán, ofrecerán o solicitarán pagos indebidos a IBERIA quecambio de negocios ni permitirán que se realicen, ni él ni ninguno ofrezcan o soliciten dichos pagos a través de terceros. 27.2 En caso de cualquier violación o sospecha de violación de esta sección, o del Código de Conducta del Proveedor por parte del Vendedor o de sus representantes, el Vendedor notificará inmediatamente a DN la violación o sospecha de violación. 27.3 El vendedor y sus representantes aceptan, se comprometen, declaran y garantizan que cumplirán con todas las leyes, reglamentos, tratados y otros requisitos aplicables a la venta, el envío, la importación, la exportación y la reexportación de cualquier producto o servicio proporcionado en virtud de este acuerdo a cualquier país en el que se pueda utilizar, las leyes y reglamentos comerciales de EE. UU. (colectivamente, "Leyes comerciales"). Dichas Leyes Comerciales pueden prohibir la transferencia de los consejerosproductos a países, empleadosentidades o personas, agentesincluyendo actualmente a Cuba, representantesIrán, contratistas Siria, Crimea y Xxxxx del Norte, y a las personas que figuran en las listas de Partes o subcontratistas ha cometido antes Entidades Denegadas de suscribir este Contrato ninguna ofensa bajo las siguientes leyes: EAR o en las listas de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas de la Bribery Act 2010OFAC o de Evasores de Sanciones Extranjeras o de Identificación de Sanciones Sectoriales, el Código Penal Español de 1995 o cualquier otra ley aplicable en materia de sobornos o actos fraudulentos o corruptos (para aplicaciones relacionadas con la “Legislación de Sobornos”)proliferación. El Cliente asimismo garantiza a IBERIA que no está suscribiendo este Contrato con el conocimiento de que se haya pagado o se vaya a pagar a cualquier persona trabajando para o contratada por IBERIA o cualquier miembro vendedor debe consultar los sitios web del Grupo IBERIA o que se haya llegado a un acuerdo a esos efectos, salvo que se hayan revelado por escrito detalles de dicho acuerdo por escrito a IBERIA antes BIS (xxxx://xxx.xxx.xxx.xxx) y de la fecha de este Contrato. OFAC (xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx/xxxxxxxx-xxxxxx/xxxxxxxxx/Xxxxx/xxxxxxx.xxxx) para obtener más información. 27.4 El Cliente vendedor también acepta, se compromete acompromete, durante cualquier momento después de suscribir este Contrato, no, representa y procurar que sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas nogarantiza que: (ia) Cometan ninguna ofensa bajo La empresa y todas las entidades relacionadas con ella están en regla en todas las jurisdicciones en las que se han constituido, hacen negocios o pretenden hacer negocios, tal y como exige la Legislación de Sobornos; olegislación aplicable; (iib) Provoquen que los consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas El Vendedor llevará a cabo la debida diligencia anticorrupción de IBERIA cualquier tercero antes de contratarlo en relación con el Acuerdo y/o estos Términos y Condiciones, y obtendrá una garantía razonable por escrito xxx xxxxxxx de que entiende y acepta cumplir con todas las Leyes anticorrupción aplicables y las políticas xx Xxxxxxx Xxxxxxx, y de que el tercero cuenta con suficientes políticas, procesos y controles para garantizar dicho cumplimiento. 27.5 El Vendedor será el único responsable del cumplimiento de esta sección e indemnizará y eximirá a DN de cualquier afiliada de IBERIA cometan una ofensa bajo la Legislación de Sobornos. Si en cualquier momento el Cliente (incluyendo cualquiera de sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas, actuando con o sin el conocimiento de IBERIA o cualquier miembro del Grupo IBERIA) incumpliese esta cláusula, IBERIA podrá terminar este Contrato de forma inmediata enviando notificación por escrito. El Cliente deberá tener en vigor procedimientos adecuados para prevenir que cualquier persona que trabaje para o haya sido contratada por el Cliente o por cualquier otro tercero relacionado de alguna forma con este Contrato cometa infracciones en materia de corrupción o soborno. El Cliente deberá mantener un registro de todo el entretenimiento, regalos de bienvenida y regalos en general que entreguen o reciban de un tercero ya sea en el desempeño directo o indirecto de sus obligaciones bajo este Contrato y proveerá con una copia actualizada de dicho registro a IBERIA cuando se le solicite. Si en cualquier momento el Cliente (o cualquiera de sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas) incumple cualquiera de sus obligaciones bajo esta Cláusula, el Cliente deberá indemnizar y mantener indemne a IBERIA frente a cualquier pérdida, responsabilidadsanción, multa, daño, costes y gastos incluyendo honorarios legales y costes confiscación u otra acción gubernamental que resulte del incumplimiento de investigación, litigación, acuerdo, juicio, intereses y multas en los que IBERIA pueda incurrir como consecuencia la sección por parte del Vendedor o de dicho incumplimientosus representantes.

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Samples: Condiciones De Compra

Cumplimiento. El Cliente garantiza a IBERIA que, ni él ni ninguno de los consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas ha cometido antes de suscribir este Contrato ninguna ofensa bajo las siguientes leyes: la Bribery Act 2010, el Código Penal Español de 1995 o cualquier otra ley aplicable en materia de sobornos o actos fraudulentos o corruptos (la “Legislación de Sobornos”). El Cliente asimismo garantiza a IBERIA que no está suscribiendo este Contrato con el conocimiento de que se haya pagado o se vaya a pagar a cualquier persona trabajando para o contratada por IBERIA o cualquier miembro del Grupo IBERIA o que se haya llegado a un acuerdo a esos efectos, salvo que se hayan revelado por escrito detalles de dicho acuerdo por escrito a IBERIA antes de la fecha de este Contrato. El Cliente se compromete a, durante cualquier momento después de suscribir este Contrato, no, y procurar que sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas no: (i) Cometan ninguna ofensa bajo la Legislación de Sobornos; o (ii) Provoquen que los consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas de IBERIA Los Productos y/o a cualquier afiliada Servicios se fabricarán en conformidad con las leyes, normas y normativas aplicables del país de IBERIA cometan una ofensa bajo la Legislación origen del Vendedor, así como los países de Sobornos. Si en cualquier momento el Cliente (incluyendo cualquiera entrega y de sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas, actuando con o sin el conocimiento de IBERIA o cualquier miembro del Grupo IBERIA) incumpliese esta cláusula, IBERIA podrá terminar este Contrato de forma inmediata enviando notificación destino final especificados por escritoXxxxxxxx. El Cliente deberá tener Vendedor garantiza que la legislación (UE) aplicable en vigor procedimientos adecuados no restringe ninguna asistencia futura, (re-)venta, uso o tratamiento de los Productos y/o Servicios. Además, el Vendedor garantiza que siempre que el Pedido de compra requiera la presencia del Vendedor en las instalaciones, el Vendedor cumplirá con todas las normativas de seguridad, higiene y medio ambiente aplicables, incluidas las políticas o el código de conducta locales del Propietario o Yokogawa, u otros requisitos aplicables al Sitio e implementará con diligencia las instrucciones dadas por Xxxxxxxx y/o el Propietario en este respecto. Cualquier Producto y/o Servicio, que pueda calificarse como elemento xx Xxxxx Uso o Tecnología según las Resoluciones CSNU sobre no proliferación xx xxxxx de destrucción masiva y/o que aparezca listado como tal en la Normativa CE 1232/2011 (o su sucesora lógica) deberá ser especificada claramente como tal por el Vendedor en el Presupuesto. El Vendedor garantiza que no ha realizado ni ofrecido ni realizará ni ofrecerá ningún pago, regalo, promesa u otra ventaja, ya sea directamente o a través de intermediarios, a o para prevenir que el uso de cualquier funcionario público (es decir, cualquier persona que trabaje tenga un cargo legislativo, administrativo o judicial, incluidas aquellas personas que ejerzan una función pública para una institución pública, empresa pública u organización internacional pública) o haya sido contratada por de cualquier partido político, oficial o candidato, o a cualquier funcionario, empleado, agente o consultor de Xxxxxxxx, en cuyo caso dicho pago, regalo, promesa o ventaja infringiría las leyes del país de origen de Yokogawa, las leyes del país de origen del Vendedor, o los principios descritos en el Cliente o por cualquier otro tercero relacionado Convenio de alguna forma con este Contrato cometa infracciones Lucha contra la Corrupción de Agentes Públicos Extranjeros en Transacciones comerciales internacionales, firmado en París el 17 de diciembre de 1997, la ley “Foreign Corrupt Practises Act” (FCPA), la ley “UK Bribery Act” del año 2010, la Convención Anti-soborno de la OCDE del 21 de noviembre de 1997 y el Convenio del Consejo de Europa sobre Derecho Penal y Derecho Civil en materia de corrupción del 27 de enero de 1999 y del 4 de noviembre de 1999 y/o sobornocualquier otra disposición específica de otro país de los miembros estados de la UE en asuntos similares o comparables a los contenidos en la FCPA. El Cliente deberá mantener un registro Durante la ejecución de todo el entretenimiento, regalos de bienvenida y regalos en general que entreguen o reciban de un tercero ya sea las actividades fijadas en el desempeño directo o indirecto marco de sus obligaciones bajo este Contrato y proveerá con una copia actualizada de dicho registro a IBERIA cuando se le solicite. Si en cualquier momento el Cliente (o cualquiera de sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas) incumple cualquiera de sus obligaciones bajo esta Cláusulaestas condiciones, el Cliente deberá indemnizar y mantener indemne Vendedor se compromete a IBERIA frente a cualquier pérdidacumplir con el Código de conducta de Xxxxxxxx, responsabilidadque será suministrado bajo petición, multao con un Código de conducta de, dañocomo mínimo, costes y gastos incluyendo honorarios legales y costes de investigación, litigación, acuerdo, juicio, intereses y multas en los que IBERIA pueda incurrir como consecuencia de dicho incumplimientoel mismo estándar ético.

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Samples: Condiciones Generales De Compra

Cumplimiento. El Cliente declara y garantiza a IBERIA queque cada uno de los siguientes puntos es verdadero, completo y exacto: (i) no ha violado ni violará ninguna ley anticorrupción aplicable, incluyendo sin limitación la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de EE. UU. de 1977 y la Ley de Soborno xxx Xxxxx Unido de 2010, así como las leyes y normativas que rigen el soborno y la corrupciónen las jurisdicciones en las que Emergent hace negocios; (ii) no ha violado ni violará, ni él hará que Emergent viole, ninguna ley de sanciones aplicable, incluyendo sin limitación todas las leyes, normativas y Órdenes Ejecutivas administradas por la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento xxx Xxxxxx de EE. UU. ("OFAC"), el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, la Autoridad del Xxxxxx xxx Xxxxx Unido, la Unión Europea, o cualquier otra jurisdicción que haya emitido o emita en el futuro una ley comercial restrictiva aplicable al Cliente; (iii) no ha violado ni ninguno violará ninguna ley aplicable contra el lavado de dinero; (iv) dispone de controles eficaces que son suficientes para ofrecer garantías razonables de que se impedirán las infracciones de las leyes y reglamentos aplicables en materia de lucha contra la corrupción, sanciones y lavado de dinero; (v) cumple todas las normativas sanitarias y de salud mexicanas aplicables, todos los consejerospermisos y autorizaciones, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas ha cometido antes así como las disposiciones contenidas en el Código de suscribir este Contrato ninguna ofensa bajo las siguientes leyes: la Bribery Act 2010Comercio mexicano y el Código Civil Federal mexicano, el Código Penal Español Federal mexicano, Códigos Penales de 1995 o cada una de las Entidades Federativas de México y de la Ciudad de México, la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita de México y cualquier otra ley aplicable xxx, xxxxx, reglamento, regulación, disposición, lineamiento y ordenamiento en materia de sobornos combate a la corrupción o actos fraudulentos o corruptos actividades xx xxxxxx de dinero y financiamiento al terrorismo que hayan sido promulgados y se encuentren vigentes en México; (la “Legislación de Sobornos”). El Cliente asimismo garantiza a IBERIA que no está suscribiendo este Contrato con el conocimiento de que se haya pagado o se vaya a pagar a cualquier persona trabajando para o contratada por IBERIA o cualquier miembro del Grupo IBERIA o que se haya llegado a un acuerdo a esos efectos, salvo que se hayan revelado por escrito detalles de dicho acuerdo por escrito a IBERIA antes de la fecha de este Contrato. El Cliente se compromete a, durante cualquier momento después de suscribir este Contrato, no, y procurar que sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas no: (ivi) Cometan ninguna ofensa bajo la Legislación de Sobornos; o (ii) Provoquen que los consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas de IBERIA y/o a cualquier afiliada de IBERIA cometan una ofensa bajo la Legislación de Sobornos. Si en cualquier momento el Cliente (incluyendo cualquiera de sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas, actuando con o sin el conocimiento de IBERIA o cualquier miembro del Grupo IBERIA) incumpliese esta cláusula, IBERIA podrá terminar este Contrato notificará de forma inmediata enviando notificación a Emergent de cualquier infracción o posible infracción de las leyes aplicables y será responsable de cualquier daño a Emergent derivado de la infracción o posibleinfracción de dichas leyes por escrito. El Cliente deberá tener en vigor procedimientos adecuados para prevenir que cualquier persona que trabaje para o haya sido contratada por el parte del Cliente o por cualquier otro tercero relacionado sus agentes; (vii) ha revisado el Código de alguna forma Conducta de Emergent y se compromete a cumplir sus términos en relación con este Contrato cometa infracciones todos los tratos en materia nombre de corrupción o soborno. El Cliente deberá mantener un registro de todo el entretenimiento, regalos de bienvenida y regalos en general que entreguen o reciban de un tercero ya sea en el desempeño directo o indirecto de sus obligaciones bajo este Contrato y proveerá con una copia actualizada de dicho registro a IBERIA cuando se le solicite. Si en cualquier momento el Cliente (o cualquiera de sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas) incumple cualquiera de sus obligaciones bajo esta Cláusula, el Cliente deberá indemnizar y mantener indemne a IBERIA frente a cualquier pérdida, responsabilidad, multa, daño, costes y gastos incluyendo honorarios legales y costes de investigación, litigación, acuerdo, juicio, intereses y multas en los que IBERIA pueda incurrir como consecuencia de dicho incumplimientoEmergent.

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Samples: Términos Y Condiciones Generales De Almacenamiento

Cumplimiento. 9.1 El Cliente garantiza Proveedor cumplirá todas las leyes y las normativas aplicables, incluyendo las relativas a IBERIA quematerias laborales, ni él ni ninguno seguridad y salud, y/o medioambientales, y en la medida en que el Proveedor deba llevar a cabo trabajos en el interior de los consejeroscentros de trabajo de la Sociedad, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas ha cometido antes de suscribir este Contrato ninguna ofensa bajo cumplirá todas las siguientes leyes: la Bribery Act 2010, el Código Penal Español de 1995 o cualquier otra ley aplicable instrucciones internas y las estipulaciones en materia de sobornos o actos fraudulentos o corruptos (la “Legislación de Sobornos”). El Cliente asimismo garantiza a IBERIA que no está suscribiendo este Contrato con el conocimiento de seguridad y salud y medioambientales que se haya pagado o se vaya a pagar a cualquier persona trabajando para o contratada por IBERIA o cualquier miembro encuentren vigentes en cada uno de los centros y, cuando resulte necesario, obtendrá todos los permisos pertinentes. 9.2 El Proveedor reconoce que las obligaciones del Grupo IBERIA o que se haya llegado a un acuerdo a esos efectos, salvo que se hayan revelado por escrito detalles apartado 9.1 constituirán obligaciones contractuales de dicho acuerdo por escrito a IBERIA antes carácter esencial. 9.3 El Proveedor deberá cumplir todas las normas internas de la fecha Sociedad relativas a ética, medidas de este Contrato. El Cliente se compromete aaceptación social y sobre sostenibilidad medioambiental, durante cualquier momento después de suscribir este Contratoya hayan sido solicitadas dichas obligaciones por la Sociedad, no, y procurar que sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas no: (i) Cometan ninguna ofensa bajo la Legislación de Sobornos; o (ii) Provoquen que los consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas de IBERIA y/o a cualquier afiliada de IBERIA cometan una ofensa bajo la Legislación de Sobornos. Si en cualquier momento el Cliente (incluyendo cualquiera de sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas, actuando con o sin el conocimiento de IBERIA o cualquier miembro del Grupo IBERIA) incumpliese esta cláusula, IBERIA podrá terminar este Contrato de forma inmediata enviando notificación por escrito. El Cliente deberá tener en vigor procedimientos adecuados para prevenir que cualquier persona que trabaje para o haya sido contratada por el Cliente o hayan sido acordadas por cualquier otro tercero relacionado ambos. 9.4 Siempre que resulte legalmente aceptable, el Proveedor se compromete asimismo a cumplir el “Código Ético de alguna forma Faurecia” y el “Código de Conducta de Faurecia” y se compromete a cumplirlos en sus relaciones contractuales con este Contrato cometa infracciones sus propios proveedores, subcontratistas y proveedores de servicios. El Proveedor ha recibido el Código ético de Faurecia, que también está disponible en xxxx://xxxxx-xx.xxxxxxxx.xxx/xx/xxxxxxxx. Si el Proveedor considerase que un empleado de Faurecia no ha actuado con arreglo a los estándares del Código Ético de Faurecia, el Proveedor informará de ello a la Sociedad. 9.5 El Proveedor garantiza en todo momento el cumplimiento de todas las leyes, tratados y las normativas en materia de corrupción anticorrupción, prevención del blanqueo de capitales, fraude o sobornoactividades similares que les sean de aplicación, nacionales o internacionales, incluyendo, entre otras, la Ley estadounidense de Prácticas Corruptas en el Extranjero (Foreign Corrupt Practices Act), la Ley británica anticorrupción (Bribery Act) y la ley xxxxxxxx Xxx Xxxxx 2. El Cliente deberá mantener un registro de todo el entretenimiento, regalos de bienvenida Proveedor manifiesta y regalos en general garantiza que entreguen o reciban de un tercero ya sea en el desempeño directo o indirecto ni él mismo ni ninguna de sus obligaciones bajo este Contrato y proveerá con Sociedades del Grupo participa ni participará en modo alguno, directa o indirectamente a través de una copia actualizada persona interpuesta, en ninguna forma de dicho registro soborno, ni ofrecerá ni concederá a IBERIA cuando se le solicite. Si en cualquier momento el Cliente (o cualquiera de sus consejerosdirectivos, administradores, empleados, agentesfuncionarios o colaboradores de una sociedad, representantesasociación, contratistas fundación, administración pública, organismo público o cualesquiera otras entidades, un beneficio o ventaja de cualquier naturaleza no justificados para que le favorezca a éste o a un tercero frente a otros. Será responsabilidad del Proveedor ordenar que sus subcontratistas) incumple cualquiera , sus distribuidores, sus agentes u otros terceros asociados actúen conforme a esta disposición. A petición de sus obligaciones bajo esta Cláusulala Sociedad, el Cliente deberá Proveedor certificará por escrito, sin demoras indebidas, el cumplimiento de lo antedicho. En caso de incumplimiento de la presente cláusula 9.5, la Sociedad tendrá derecho a resolver el Contrato, incluyendo todas las operaciones legales existentes con el Proveedor. El Proveedor indemnizará y mantendrá indemne a la Sociedad frente a todas y cada una de las responsabilidades, las reclamaciones, las exigencias o los gastos (incluyendo, entre otras cosas, los honorarios jurídicos u otros honorarios profesionales) que se deriven del incumplimiento del Proveedor o que estén relacionados con el mismo. 9.6 Previa petición, el Proveedor tomará parte en la iniciativa “Faurecia Buy Beyond” y llevará a cabo la evaluación de la responsabilidad social corporativa haciendo uso de la plataforma online facilitada por Faurecia. 9.7 El Proveedor será plenamente responsable de cualquier daño, coste o responsabilidad en que incurra o en la que intervenga la Sociedad como consecuencia de cualquier incumplimiento de los deberes contractuales que se indican en los apartados 9.1, 9.4 y 9.5. El Proveedor estará obligado a indemnizar cualquier daño o coste sufrido (incluyendo los honorarios legales) y a mantener indemne a IBERIA la Sociedad frente a cualquier pérdida, responsabilidad, multa, daño, costes y gastos incluyendo honorarios legales y costes todas las reclamaciones de investigación, litigación, acuerdo, juicio, intereses y multas en los terceros que IBERIA pueda incurrir como consecuencia de dicho incumplimientoestén relacionados con ello.

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Samples: Términos Y Condiciones Generales De Compra

Cumplimiento. La Compañía refiere explícitamente al “Código de Conducta para proveedores de WintershallDea” que puede ser leído en español, inglés, alemán, noruego, portugués, árabe y ruso en el sitio de internet de la Sociedad xxxxx://xxxxxxxxxxxxxx.xxx/xx/xxxxxxxxxxx. La Compañía espera que el Contratista respalde el cumplimiento de las normas y principios, además que se adhiera a los estándares descritos y expresados en el Código de Conducta para proveedores de WintershallDea. Así mismo, la Compañía solicita al Contratista que se asegure de que todos sus subcontratistas de cualquier nivel se adhieran igualmente a los estándares del Código de Conducta de proveedores de Wintershall Dea. La Compañía tendrá derecho a verificar el cumplimiento del Código de Conducta para proveedores de Wintershall Dea, ya sea por si misma o por medio de terceros, con previo aviso. El Cliente Contratista declara y garantiza a IBERIA queque él y cualquier persona que actúe para el Contratista o que actúe en su nombre, ni él ni ninguno en todas las acciones y asuntos relacionados con el cumplimiento de las obligaciones de acuerdo con estos términos y condiciones, han cumplido y cumplen con todas las leyes aplicables, en particular todas las leyes y reglamentos contra la corrupción (de manera enunciativa y no limitativa, la Ley de Prácticas de Corrupción en el Extranjero (Foreign Corrupt Practices Act) de los consejerosEstados Unidos de América, empleadosla Ley contra el Soborno del Reino Unido (United Kingdom Bribery Act) y la Ley General de Responsabilidades Administrativas de México. El Contratista también declara y garantiza que informará inmediatamente al personal del área de Cumplimiento de la Sociedad sobre cualquier promesa, agentesoferta y cualquier solicitud respecto de cualquier ventaja financiera para el Contratista en relación con la ejecución de este convenio, representantessi la promesa, contratistas oferta y cualquier solicitud respecto de cualquier ventaja financiera, o subcontratistas ha cometido antes la entrega o recepción de suscribir este Contrato ninguna ofensa bajo las siguientes leyes: la Bribery Act 2010, el Código Penal Español de 1995 ventaja violaría cualquier ley o cualquier otra ley aplicable regulación en materia de sobornos o actos fraudulentos o corruptos (combate a la “Legislación de Sobornos”)corrupción. El Cliente incumplimiento de esta Sección 13 da derecho a la Sociedad a rescindir el contrato y rescindir cualquier Orden de Compra sin responsabilidades para la Sociedad, asimismo garantiza le da derecho a IBERIA que no está suscribiendo este Contrato con la misma para reclamar daños y perjuicios como consecuencia del incumplimiento. Además, el conocimiento Contratista indemnizará, defenderá y mantendrá libre de que se haya pagado o se vaya responsabilidad a pagar a cualquier persona trabajando para o contratada por IBERIA o cualquier miembro del Grupo IBERIA o que se haya llegado a un acuerdo a esos efectosla Sociedad, salvo que se hayan revelado por escrito detalles de dicho acuerdo por escrito a IBERIA antes de la fecha de este Contrato. El Cliente se compromete a, durante cualquier momento después de suscribir este Contrato, no, y procurar que sus consejeros, empleados, agentesdirectores y funcionarios de todas y cada una de las responsabilidades, representantes, contratistas o subcontratistas no: (i) Cometan ninguna ofensa bajo la Legislación costos y daños que resulten del incumplimiento de Sobornos; o (ii) Provoquen que los consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas de IBERIA y/o a cualquier afiliada de IBERIA cometan una ofensa bajo la Legislación de Sobornos. Si en cualquier momento el Cliente (incluyendo cualquiera de sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas, actuando con o sin el conocimiento de IBERIA o cualquier miembro del Grupo IBERIA) incumpliese esta cláusula, IBERIA podrá terminar este Contrato de forma inmediata enviando notificación por escrito. El Cliente deberá tener en vigor procedimientos adecuados para prevenir que cualquier persona que trabaje para o haya sido contratada por el Cliente o por cualquier otro tercero relacionado de alguna forma con este Contrato cometa infracciones en materia de corrupción o soborno. El Cliente deberá mantener un registro de todo el entretenimiento, regalos de bienvenida y regalos en general que entreguen o reciban de un tercero ya sea en el desempeño directo o indirecto de sus obligaciones bajo este Contrato y proveerá con una copia actualizada de dicho registro a IBERIA cuando se le solicite. Si en cualquier momento el Cliente (o cualquiera de sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas) incumple cualquiera de sus obligaciones bajo esta Cláusula, el Cliente deberá indemnizar y mantener indemne a IBERIA frente a cualquier pérdida, responsabilidad, multa, daño, costes y gastos incluyendo honorarios legales y costes de investigación, litigación, acuerdo, juicio, intereses y multas en los que IBERIA pueda incurrir como consecuencia de dicho incumplimientoSección 13.

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Samples: General Terms and Conditions

Cumplimiento. 11.1. Examen y recepción o recusación de la prestación. El Cliente garantiza cumplimiento del contrato se ajustará a IBERIA quelo dispuesto en los artículos 222 y 307 del TRLCSP y en los artículos 198 a 204 del RGLCAP. El examen de la prestación realizada comprobará su adecuación a lo previsto en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas, ni él ni ninguno a las instrucciones dadas en interpretación de éste y a la normativa aplicable a su ejecución. Si del referido examen resultara que el contrato se ha cumplido en su totalidad, de acuerdo con los consejerostérminos del mismo y a satisfacción de esta Administración, empleadosse levantará el acta de recepción o se expedirá el certificado de ejecución y empezará a computar el plazo de garantía. Si, agentespor el contrario, representantesuna vez efectuado el examen, contratistas se advierten insuficiencias, errores, defectos, infracciones de la normativa o subcontratistas ha cometido antes cualquier otro incumplimiento parcial del contrato imputable al contratista, se le concederá un plazo para que proceda a su subsanación. Si transcurrido dicho plazo persiste el incumplimiento o la naturaleza de suscribir este Contrato ninguna ofensa bajo las siguientes leyes: la Bribery Act 2010prestación contratada no admite subsanación, se le impondrá al contratista una penalidad económica que consistirá en detraer una determinada cantidad del precio de adjudicación del contrato que no podrá exceder del 10 %. Xxxxx xxx Xxxxxxx, 0 - 00000 XXXXXXXXXX Teléfono 000 00 00 00 - Fax 000 00 00 00 xxxx://xxx.xxxxx.xxxx.xx/xxxxxxxx/xx/xxxxxxxxxxxx Dicha detracción será determinada en cada caso concreto en función del alcance económico del incumplimiento, siendo necesario para la imposición de esta penalidad la tramitación de un procedimiento contradictorio que se resolverá por el órgano de contratación previa audiencia del contratista y en el que deberá acreditarse su incumplimiento. Si el incumplimiento de la prestación por el contratista fuese total o hiciese inservible el servicio contratado por no permitir alcanzar los objetivos del contrato, el Código Penal Español órgano de 1995 o cualquier otra ley aplicable en materia de sobornos o actos fraudulentos o corruptos (contratación rechazará la “Legislación de Sobornos”). El Cliente asimismo garantiza a IBERIA que no está suscribiendo este Contrato con el conocimiento de que se haya pagado o se vaya a pagar a cualquier persona trabajando para o contratada por IBERIA o cualquier miembro del Grupo IBERIA o que se haya llegado a un acuerdo a esos efectos, salvo que se hayan revelado por escrito detalles de dicho acuerdo por escrito a IBERIA antes prestación quedando exento de la fecha obligación de este Contratopago o tendrá derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. El Cliente se compromete aA la Intervención General de la Junta xx Xxxxxxxx y León le será notificado el acto formal de la recepción por si, durante cualquier momento después potestativamente, designa un representante para su asistencia a la recepción, en sus funciones de suscribir este Contrato, no, y procurar que sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas no: (i) Cometan ninguna ofensa bajo comprobación de la Legislación de Sobornos; o (ii) Provoquen que los consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas de IBERIA y/o a cualquier afiliada de IBERIA cometan una ofensa bajo la Legislación de Sobornos. Si en cualquier momento el Cliente (incluyendo cualquiera de sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas, actuando con o sin el conocimiento de IBERIA o cualquier miembro del Grupo IBERIA) incumpliese esta cláusula, IBERIA podrá terminar este Contrato de forma inmediata enviando notificación por escrito. El Cliente deberá tener en vigor procedimientos adecuados para prevenir que cualquier persona que trabaje para o haya sido contratada por el Cliente o por cualquier otro tercero relacionado de alguna forma con este Contrato cometa infracciones en materia de corrupción o soborno. El Cliente deberá mantener un registro de todo el entretenimiento, regalos de bienvenida y regalos en general que entreguen o reciban de un tercero ya sea en el desempeño directo o indirecto de sus obligaciones bajo este Contrato y proveerá con una copia actualizada de dicho registro a IBERIA cuando se le solicite. Si en cualquier momento el Cliente (o cualquiera de sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas) incumple cualquiera de sus obligaciones bajo esta Cláusula, el Cliente deberá indemnizar y mantener indemne a IBERIA frente a cualquier pérdida, responsabilidad, multa, daño, costes y gastos incluyendo honorarios legales y costes de investigación, litigación, acuerdo, juicio, intereses y multas en los que IBERIA pueda incurrir como consecuencia de dicho incumplimientoinversión.

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Samples: Contrato De Servicios

Cumplimiento. El Cliente garantiza 1. Cada parte contratante tendrá la responsabilidad recíproca de garantizar a IBERIA quelas demás el cumplimiento del presente título y de reparar los daños causados por el incumplimiento de sus disposiciones. 2. De conformidad con las normas, ni él ni ninguno las leyes o los reglamentos que les sean aplicables, las partes contratantes tomarán las medidas pertinentes para lograr lo siguiente: a) evitar y detectar la divulgación a personas no autorizadas de información o de documentos amparados por la obligación xx xxxxxxx profesional que se manejen en el marco del presente acuerdo; b) cumplir las instrucciones reguladoras de la gestión de la información o de los consejerosdocumentos amparados por la obligación xx xxxxxxx profesional que se manejen en el marco del presente acuerdo; c) evitar, empleadosdetectar y suprimir los conflictos de intereses que puedan surgir en la ejecución del presente acuerdo. cve: BOE-A-2015-6873 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx 3. Las partes contratantes notificarán sin demora al comité director de la adquisición conjunta a través de todo incumplimiento del presente título y todos aquellos casos en los que se hayan perdido o gestionado indebidamente información o documentos amparados por el presente título desde el mismo momento en que tengan conocimiento de dicho incumplimiento, agentes, representantes, contratistas pérdida o subcontratistas ha cometido antes gestión indebida. Cuando haya motivos razonables de suscribir este Contrato ninguna ofensa bajo las siguientes leyes: la Bribery Act 2010, el Código Penal Español de 1995 sospecha o cualquier otra ley aplicable en materia de sobornos o actos fraudulentos o corruptos (la “Legislación de Sobornos”). El Cliente asimismo garantiza a IBERIA que no está suscribiendo este Contrato con el se tenga conocimiento de que se haya pagado han perdido o se vaya a pagar a cualquier persona trabajando para han sido gestionados indebidamente la información o contratada los documentos amparados por IBERIA la obligación xx xxxxxxx profesional manejados en el marco del presente acuerdo, la parte contratante interesada investigará, sin mayor dilación y de conformidad con las normas, las leyes o cualquier miembro los reglamentos que le sean aplicables, el incumplimiento, la pérdida o la gestión indebida de dicha información o de dichos documentos. La parte contratante informará al comité director de la adquisición conjunta de los resultados de su investigación. Sin perjuicio de lo dispuesto en las normas, las leyes o los reglamentos que les sean aplicables, las partes contratantes cooperarán en la investigación de todo incumplimiento del Grupo IBERIA presente título o que se haya llegado a un acuerdo a esos efectos, salvo que de todos aquellos casos en los se hayan revelado perdido o gestionado indebidamente la información o los documentos amparados por escrito detalles el presente título. Sin perjuicio de dicho acuerdo por escrito a IBERIA antes lo dispuesto en el párrafo quinto, las partes contratantes cooperarán en la búsqueda de soluciones adecuadas para eliminar, corregir o mitigar el impacto de todo incumplimiento del presente título. Las partes contratantes seguirán teniendo la responsabilidad de eliminar, corregir o mitigar el impacto de todo incumplimiento del presente título incluso después de haber consultado al comité director de la fecha de este Contrato. El Cliente se compromete a, durante cualquier momento después de suscribir este Contrato, no, y procurar que sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas no: (i) Cometan ninguna ofensa bajo la Legislación de Sobornos; o (ii) Provoquen que los consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas de IBERIA y/o a cualquier afiliada de IBERIA cometan una ofensa bajo la Legislación de Sobornos. Si en cualquier momento el Cliente (incluyendo cualquiera de sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas, actuando con o sin el conocimiento de IBERIA o cualquier miembro del Grupo IBERIA) incumpliese esta cláusula, IBERIA podrá terminar este Contrato de forma inmediata enviando notificación por escrito. El Cliente deberá tener en vigor procedimientos adecuados para prevenir que cualquier persona que trabaje para o haya sido contratada por el Cliente o por cualquier otro tercero relacionado de alguna forma con este Contrato cometa infracciones en materia de corrupción o soborno. El Cliente deberá mantener un registro de todo el entretenimiento, regalos de bienvenida y regalos en general que entreguen o reciban de un tercero ya sea en el desempeño directo o indirecto de sus obligaciones bajo este Contrato y proveerá con una copia actualizada de dicho registro a IBERIA cuando se le solicite. Si en cualquier momento el Cliente (o cualquiera de sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas) incumple cualquiera de sus obligaciones bajo esta Cláusula, el Cliente deberá indemnizar y mantener indemne a IBERIA frente a cualquier pérdida, responsabilidad, multa, daño, costes y gastos incluyendo honorarios legales y costes de investigación, litigación, acuerdo, juicio, intereses y multas en los que IBERIA pueda incurrir como consecuencia de dicho incumplimientoadquisición conjunta.

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Samples: Acuerdo De Adquisición Conjunta De Contramedidas Médicas

Cumplimiento. El Cliente garantiza a IBERIA que, ni él ni ninguno En los casos de transacciones en efectivo que igualen o superen los Quince Mil Dólares de los consejerosEstados Unidos de América con 00/100 (US$15,000.00) o su equivalente en pesos dominicanos, empleadosEL CLIENTE deberá sustentar o suministrar información satisfactoria sobre el origen de los referidos fondos. En este sentido, EL CLIENTE autoriza a EL BANCO a que en caso de transacciones en efectivo que superen los Quince Mil Dólares de los Estados Unidos de América con 00/100 (US$15,000.00) o su equivalente en pesos dominicanos, este proceda a enviar los informes correspondientes a las autoridades pertinentes y a la emisión de la documentación correspondiente, conforme a lo establecido por la Ley y por las Normas y Reglamentos Bancarios. De igual modo, EL CLIENTE otorga su consentimiento para que Banesco Banco Múltiple, S.A., su casa matriz, sociedades relacionadas, filiales o subsidiarias, y los apoderados, dignatarios, agentes, representantesfuncionarios, contratistas ejecutivos o subcontratistas ha cometido antes empleados de suscribir todas estas (todos referidos para los fines de este Contrato acápite como “EL BANCO”) a título de EL BANCO revele cualquier información de cualquier naturaleza relacionada con EL CLIENTE y las Cuentas que mantenga o haya mantenido con El BANCO, incluyendo pero sin limitarse a cuentas bancarias y/o cuentas de inversión, cuando dicha revelación sea requerida por autoridades competentes y/o en cumplimiento de cualquier obligación contractual o legal que tenga EL BANCO con las autoridades del Servicio de Impuestos Internos (Internal Revenue Services, IRS) o el Departamento xxx Xxxxxx (Department of the Treasury) de los Estados Unidos de América, conforme lo dispone la Ley para el Cumplimiento Fiscal de Cuentas en el Extranjero de dicho país (Foreign Account Tax Compliance Act, FATCA). EL CLIENTE renuncia expresamente a cualquier reclamo de cualquier naturaleza en cualquier jurisdicción en contra de EL BANCO en atención a cualquier revelación para la cual se haya otorgado el presente consentimiento. EL CLIENTE declara bajo la fe del juramento: a) que los fondos que entrega en depósito a EL BANCO provienen xx xxxxxxx lícitas y que por lo tanto no tienen ninguna ofensa bajo relación directa o indirecta con fondos provenientes de actividades ilícitas en general, y específicamente, que no provienen de ninguna actividad ilícita de las siguientes leyes: contempladas en la Bribery Act 2010Ley sobre Drogas y Sustancias Controladas, el Código Penal Español de 1995 y demás leyes penales vigentes en la República Dominicana o en cualquier otra ley aplicable o disposición que las modifique o complemente; b) que se obliga a mantener un seguimiento a los depósitos realizados por terceras personas ajenas a esta relación contractual, con el fin de evitar que se efectúen depósitos en materia sus Cuentas con fondos provenientes de sobornos actividades ilícitas en general o actos fraudulentos actividades consideradas como delitos por las leyes penales vigentes, o corruptos (la “Legislación de Sobornos”). El Cliente asimismo garantiza a IBERIA en cualquier otra ley o disposición que las modifique o complemente; y c) que no está suscribiendo este Contrato utilizará los servicios que ofrece EL BANCO para efectuar operaciones con fondos provenientes de actividades ilícitas o a favor de personas naturales o jurídicas relacionadas directa o indirectamente con actividades ilícitas. De ser necesario, EL BANCO solicitará sustentos, documentación y ampliación de información de cualquier tipo relacionada con el conocimiento uso de que se haya pagado los productos de EL CLIENTE, sus relacionados o se vaya con la operación, según su necesidad. En caso de no recibir la información EL BANCO, podrá restringir el acceso a pagar a cualquier persona trabajando para o contratada por IBERIA o cualquier miembro del Grupo IBERIA o que se haya llegado a un acuerdo a esos efectos, salvo que se hayan revelado por escrito detalles de dicho acuerdo por escrito a IBERIA antes de la fecha de este Contrato. El Cliente se compromete a, durante cualquier momento después de suscribir este Contrato, no, y procurar que sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas no: (i) Cometan ninguna ofensa bajo la Legislación de Sobornos; o (ii) Provoquen que los consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas de IBERIA servicios y/o a cualquier afiliada Cuentas y de IBERIA cometan una ofensa bajo considerarlo necesario se podría dar por terminada la Legislación de Sobornos. Si en cualquier momento el Cliente (incluyendo cualquiera de sus consejerosrelación comercial, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas, actuando con o sin el conocimiento de IBERIA o cualquier miembro del Grupo IBERIA) incumpliese esta cláusula, IBERIA podrá terminar tal cual lo estipula este Contrato de forma inmediata enviando notificación por escrito. El Cliente deberá tener en vigor procedimientos adecuados para prevenir que cualquier persona que trabaje para o haya sido contratada por el Cliente o por cualquier otro tercero relacionado de alguna forma con este Contrato cometa infracciones en materia de corrupción o soborno. El Cliente deberá mantener un registro de todo el entretenimiento, regalos de bienvenida y regalos en general que entreguen o reciban de un tercero ya sea en el desempeño directo o indirecto de sus obligaciones bajo este Contrato y proveerá con una copia actualizada de dicho registro a IBERIA cuando se le solicite. Si en cualquier momento el Cliente (o cualquiera de sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas) incumple cualquiera de sus obligaciones bajo esta Cláusula, el Cliente deberá indemnizar y mantener indemne a IBERIA frente a cualquier pérdida, responsabilidad, multa, daño, costes y gastos incluyendo honorarios legales y costes de investigación, litigación, acuerdo, juicio, intereses y multas en los que IBERIA pueda incurrir como consecuencia de dicho incumplimientocontrato.

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Samples: Contrato Único Para Cuentas Corrientes Y De Ahorro

Cumplimiento. 27.1 El Cliente vendedor acepta, declara, se compromete y garantiza que él y todas las personas que actúen bajo su dirección, autoridad o control, incluido su personal, entidades afiliadas y terceros ("Representantes del vendedor"), cumplirán todas las leyes y normativas aplicables, incluidas, entre otras, todas las leyes y normativas de importación/exportación, antimonopolio, contra el blanqueo de dinero, contra el soborno y contra la corrupción, como la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de Estados Unidos y la Ley de Soborno del Reino Unido. Además, el vendedor y sus representantes nunca realizarán, ofrecerán o solicitarán pagos indebidos a IBERIA quecambio de negocios ni permitirán que se realicen, ni él ni ninguno ofrezcan o soliciten dichos pagos a través de terceros. 27.2 En caso de cualquier violación o sospecha de violación de esta sección, o del Código de Conducta del Proveedor por parte del Vendedor o de sus representantes, el Vendedor notificará inmediatamente a DN la violación o sospecha de violación. 27.3 El vendedor y sus representantes aceptan, se comprometen, declaran y garantizan que cumplirán con todas las leyes, reglamentos, tratados y otros requisitos aplicables a la venta, el envío, la importación, la exportación y la reexportación de cualquier producto o servicio proporcionado en virtud de este acuerdo a cualquier país en el que se pueda utilizar, las leyes y reglamentos comerciales de EE. UU. (colectivamente, "Leyes comerciales"). Dichas Leyes Comerciales pueden prohibir la transferencia de los consejerosproductos a países, empleadosentidades o personas, agentesincluyendo actualmente a Cuba, representantesIrán, contratistas Siria, Crimea y Xxxxx del Norte, y a las personas que figuran en las listas de Partes o subcontratistas ha cometido antes Entidades Denegadas de suscribir este Contrato ninguna ofensa bajo las siguientes leyes: EAR o en las listas de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas de la Bribery Act 2010OFAC o de Evasores de Sanciones Extranjeras o de Identificación de Sanciones Sectoriales, el Código Penal Español de 1995 o cualquier otra ley aplicable en materia de sobornos o actos fraudulentos o corruptos (para aplicaciones relacionadas con la “Legislación de Sobornos”)proliferación. El Cliente asimismo garantiza a IBERIA que no está suscribiendo este Contrato con el conocimiento de que se haya pagado o se vaya a pagar a cualquier persona trabajando para o contratada por IBERIA o cualquier miembro vendedor debe consultar los sitios web del Grupo IBERIA o que se haya llegado a un acuerdo a esos efectos, salvo que se hayan revelado por escrito detalles de dicho acuerdo por escrito a IBERIA antes BIS (xxxx://xxx.xxx.xxx.xxx) y de la fecha de este Contrato. OFAC (xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx/xxxxxxxx-xxxxxx/xxxxxxxxx/Xxxxx/xxxxxxx.xxxx) para obtener más información. 27.4 El Cliente vendedor también acepta, se compromete acompromete, durante cualquier momento después de suscribir este Contrato, no, representa y procurar que sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas nogarantiza que: (ia) Cometan ninguna ofensa bajo La empresa y todas las entidades relacionadas con ella están en regla en todas las jurisdicciones en las que se han constituido, hacen negocios o pretenden hacer negocios, tal y como exige la Legislación de Sobornos; o (ii) Provoquen que los consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas de IBERIA y/o a cualquier afiliada de IBERIA cometan una ofensa bajo la Legislación de Sobornos. Si en cualquier momento el Cliente (incluyendo cualquiera de sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas, actuando con o sin el conocimiento de IBERIA o cualquier miembro del Grupo IBERIA) incumpliese esta cláusula, IBERIA podrá terminar este Contrato de forma inmediata enviando notificación por escrito. El Cliente deberá tener en vigor procedimientos adecuados para prevenir que cualquier persona que trabaje para o haya sido contratada por el Cliente o por cualquier otro tercero relacionado de alguna forma con este Contrato cometa infracciones en materia de corrupción o soborno. El Cliente deberá mantener un registro de todo el entretenimiento, regalos de bienvenida y regalos en general que entreguen o reciban de un tercero ya sea en el desempeño directo o indirecto de sus obligaciones bajo este Contrato y proveerá con una copia actualizada de dicho registro a IBERIA cuando se le solicite. Si en cualquier momento el Cliente (o cualquiera de sus consejeros, empleados, agentes, representantes, contratistas o subcontratistas) incumple cualquiera de sus obligaciones bajo esta Cláusula, el Cliente deberá indemnizar y mantener indemne a IBERIA frente a cualquier pérdida, responsabilidad, multa, daño, costes y gastos incluyendo honorarios legales y costes de investigación, litigación, acuerdo, juicio, intereses y multas en los que IBERIA pueda incurrir como consecuencia de dicho incumplimiento.legislación aplicable;

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Samples: Condiciones De Compra