Common use of DE LOS SEGUROS Clause in Contracts

DE LOS SEGUROS. El CLIENTE se obliga a contratar y mantener vigente durante el plazo del crédito, a satisfacción del BANCO, los seguros a que se refieren los numerales 8.1 y 8.2 de esta cláusula, los mismos que podrán ser el seguro de desgravamen o seguro de vida y el seguro contra todo riesgo ofrecidos por el BANCO u otros que el CLIENTE contrate con terceros, siempre y cuando cumplan –a satisfacción del BANCO- con las condiciones previamente informadas por este a través de su página web (xxx.xxxxxx.xxx).Cabe recalcar que, si el CLIENTE presenta al BANCO el seguro de desgravamen y el seguro contra todo riesgo o seguro de vida previamente contratado con terceros, no será necesario que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCO. Los seguros deberán ser contratados con una compañía de seguros de calificación no inferior a "B". Si el CLIENTE acreditase ante el BANCO haber contratado por su cuenta un seguro que brinde cobertura similar o mayor al seguro ofrecido por este, y por plazo igual o mayor, el CLIENTE no estará obligado a tomar el seguro ofrecido por el BANCO, pero deberá endosar a favor del BANCO el seguro que haya contratado por su cuenta, de conformidad con las condiciones que el BANCO establezca, comprometiéndose al pago puntual de las primas que genera esta póliza. En este caso, será de aplicación la Comisión por Evaluación de Póliza de Seguro Endosada indicada en la Hoja Resumen en la medida que la normativa vigente no lo restrinja. Si el CLIENTE no cumpliera con renovar, mantener vigente y endosar a favor del BANCO el seguro a que se refiere este párrafo, el BANCO queda autorizado a contratarlo por cuenta y cargo del CLIENTE. En caso el CLIENTE tome el seguro ofrecido por el BANCO, este último será el responsable la renovación de los mismos; manteniéndose el CLIENTE como el único obligado al pago. Sin perjuicio de la obligación que asume el CLIENTE, ante su incumplimiento, el BANCO podrá contratar, renovar y/o mantener vigente la respectiva póliza de seguro y, en tal caso, el CLIENTE deberá reembolsarle de inmediato los pagos realizados; o, en caso de que el BANCO aceptara financiarla, el CLIENTE autoriza al BANCO -con su firma puesta en el Contrato- a incluir dentro de las cuotas xxx Xxxxxxxx el monto correspondiente a los pagos realizados por dicho concepto, siempre que el Contrato esté vigente y el CLIENTE no se encuentre en xxxx en el pago xxx Xxxxxxxx. En el supuesto de incumplimiento del CLIENTE a que se refiere este párrafo, la falta de contratación o renovación de la póliza de seguro por parte del BANCO no genera para éste responsabilidad alguna, aun cuando el BANCO haya renovado previamente la póliza. En el caso de seguros ofrecidos por el BANCO, las condiciones de ambas pólizas, cuyo único beneficiario será el BANCO, con el detalle de los riesgos y causales de exclusión, constan en la Póliza de Xxxxxx que el CLIENTE declara conocer y aceptar y cuya copia le será enviada de manera electrónica al correo electrónico que el cliente consigna. En caso que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCO, El CLIENTE declara conocer y aceptar las condiciones de ambas pólizas de seguro, con el detalle de las sumas aseguradas, los riesgos no cubiertos o excluidos y que imponen el pago por cuenta del CLIENTE de una franquicia deducible en el evento de siniestro, por lo que en caso de ocurrir un siniestro no amparado por las pólizas contratadas o de limitaciones o exclusiones impuestas por la compañía de seguros, el BANCO no asume ninguna responsabilidad. Todo riesgo no cubierto, cualquiera que fuere quien contrató el seguro, así como todo incumplimiento o negativa de pago o cobertura parcial por parte de la compañía de seguros, será asumido por el CLIENTE o por la masa o herederos del CLIENTE, según corresponda. Si los seguros tomados por el BANCO fueren modificados o suprimidos, el BANCO lo informará al CLIENTE a través de los medios de comunicación directos establecidos en la cláusula décima quinta del Contrato tan pronto como tenga conocimiento de ello, con la finalidad de que el CLIENTE tome debida nota de tales modificaciones o supresiones y de sus consecuencias. Si las variaciones consistieran en nuevos requerimientos a ser cumplidos por el CLIENTE, nuevos riesgos excluidos u otros aspectos similares, el CLIENTE se obliga a satisfacerlos, en cuyo defecto quedará desprotegido del seguro correspondiente.

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Samples: Contrato De Préstamo Hipotecario, www.viabcp.com

DE LOS SEGUROS. El CLIENTE se obliga a contratar Es condición xxx xxxxxxxx la contratación de un Seguro de Desgravamen, y mantener vigente durante según la política de riesgos, un Seguro Multiriesgo u otro(s), cuya(s) póliza(s) deberá(n) estar vigente(s) por el plazo del créditoxxx xxxxxxxx. En caso de incumplimiento, MIBANCO queda facultado, mas no obligado, a satisfacción del BANCOcontratar/renovar la(s) póliza(s), cargando los seguros a que se refieren los numerales 8.1 y 8.2 gastos de esta cláusula, los mismos que podrán ser el seguro de desgravamen o seguro de vida y el seguro contra todo riesgo ofrecidos por el BANCO u otros que el CLIENTE contrate con terceros, siempre y cuando cumplan –a satisfacción del BANCO- con las condiciones previamente informadas por este a través de su página web (xxx.xxxxxx.xxx).Cabe recalcar que, si el CLIENTE presenta la(s) prima(s) al BANCO el seguro de desgravamen y el seguro contra todo riesgo o seguro de vida previamente contratado con terceros, no será necesario que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCO. Los seguros deberán ser contratados con una compañía de seguros de calificación no inferior a "B"monto xxx xxxxxxxx. Si el CLIENTE acreditase ante el BANCO haber contratado por contrata este(os) seguro(s) con la aseguradora de su cuenta un seguro que brinde cobertura similar o mayor al seguro ofrecido por esteelección, la(s) póliza(s) deberá(n) cumplir con las características mínimas establecidas en la web xxx.xxxxxxx.xxx.xx y por plazo igual o mayor, el CLIENTE no estará obligado endosarla(s) a tomar el seguro ofrecido satisfacción de MIBANCO hasta por el BANCO, pero deberá endosar monto del saldo adeudado y ser comunicado a favor del BANCO MIBANCO en un plazo no mayor a 30 días antes de la vigencia de la póliza vigente. Para asegurar el seguro pago de la(s) póliza(s) MIBANCO podrá requerirle que haya contratado por su cuenta, de conformidad con las condiciones que el BANCO establezca, comprometiéndose se adicione al pago puntual de las primas que genera esta póliza. En este caso, será de aplicación la Comisión por Evaluación de Póliza de Seguro Endosada indicada en la Hoja Resumen en la medida que la normativa vigente no lo restrinjamonto xxx xxxxxxxx. Si el CLIENTE no cumpliera contrata este(os) seguro(s) obligatorio(s) o cualquier otro seguro opcional a su elección con renovar, mantener vigente y endosar a favor del BANCO el seguro a que se refiere este párrafo, el BANCO queda autorizado a contratarlo por cuenta y cargo del CLIENTE. En caso el CLIENTE tome el seguro ofrecido por el BANCO, este último será el responsable la renovación de los mismos; manteniéndose el CLIENTE como el único obligado al pago. Sin perjuicio de la obligación que asume el CLIENTE, ante su incumplimiento, el BANCO podrá contratar, renovar y/o mantener vigente la respectiva póliza de seguro y, en tal caso, el CLIENTE deberá reembolsarle de inmediato los pagos realizados; o, en caso de que el BANCO aceptara financiarla, el CLIENTE autoriza al BANCO -con su firma puesta en el Contrato- a incluir dentro de las cuotas xxx Xxxxxxxx el monto correspondiente a los pagos realizados por dicho concepto, siempre que el Contrato esté vigente y el CLIENTE no se encuentre en xxxx en el pago xxx Xxxxxxxx. En el supuesto de incumplimiento del CLIENTE a que se refiere este párrafo, la falta de contratación o renovación de la póliza de seguro por parte del BANCO no genera para éste responsabilidad alguna, aun cuando el BANCO haya renovado previamente la póliza. En el caso de seguros ofrecidos por el BANCOMIBANCO, las condiciones de ambas pólizasla(s) póliza(s), cuyo único beneficiario será el BANCO, constarán en el(los) Certificado(s) del(los) Xxxxxx(s) contratado(s) que le será(n) entregado(s) con el detalle de los gastos, condiciones, riesgos y causales de exclusión, constan en la Póliza de Xxxxxx que el CLIENTE declara conocer y aceptar y cuya copia le será enviada de manera electrónica al correo electrónico que el cliente consigna. En caso que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCO, El CLIENTE declara conocer y aceptar las condiciones de ambas pólizas de seguro, con el detalle de las sumas aseguradas, los riesgos no cubiertos o excluidos y que imponen el pago por cuenta del CLIENTE de una franquicia deducible en el evento de siniestro, por lo que en caso de ocurrir un siniestro no amparado por a las pólizas contratadas o de limitaciones o exclusiones impuestas por la compañía de seguros, el BANCO no asume ninguna responsabilidadcuales quedará sujeto. Todo riesgo no cubierto, cualquiera que fuere quien contrató el seguro, así como todo incumplimiento o negativa de pago o cobertura parcial por parte de la compañía de seguros, será asumido por el CLIENTE o por la masa o herederos del CLIENTE, según corresponda. Si Cuando los seguros tomados por el BANCO fueren modificados o suprimidos, el BANCO lo informará al CLIENTE obligatorios u opcionales se contraten a través de los medios MIBANCO, el importe total de comunicación directos establecidos la(s) prima(s) correspondiente(s) será cargado al monto xxx xxxxxxxx y constará(n) detallada(s) en la cláusula décima quinta HOJA RESUMEN. Si el CLIENTE cancela anticipadamente su préstamo, podrá solicitar la devolución del Contrato tan pronto como tenga conocimiento de ellomonto proporcional a los meses en los que no aplicaría la cobertura del(los) seguro(s) contratado(s), con según la finalidad póliza correspondiente. En estos casos, MIBANCO trasladará la solicitud a la compañía aseguradora a efectos de que el CLIENTE tome debida nota de tales modificaciones o supresiones y de sus consecuencias. Si las variaciones consistieran en nuevos requerimientos a ser cumplidos por el CLIENTE, nuevos riesgos excluidos u otros aspectos similares, el CLIENTE se obliga a satisfacerlos, en cuyo defecto quedará desprotegido del seguro esta realice la evaluación correspondiente.

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Samples: www.mibanco.com.pe

DE LOS SEGUROS. El CLIENTE se obliga a contratar y mantener vigente durante el plazo del créditovigente, a satisfacción del BANCO, los seguros a que se refieren los numerales 8.1 10.1 y 8.2 10.2 de esta cláusula, los mismos que podrán ser el seguro de desgravamen o seguro de vida contra todo riesgo y el seguro contra todo riesgo de desgravamen ofrecidos por el BANCO u otros que el CLIENTE contrate con terceros, siempre y cuando cumplan cumpla –a satisfacción del BANCO- con las condiciones previamente informadas por este a través de su página web (xxx.xxxxxx.xxx).Cabe recalcar que, si el CLIENTE presenta al BANCO el seguro de desgravamen y el seguro contra todo riesgo o seguro de vida previamente contratado con terceros, no será necesario que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCOxxx.xxxxxx.xxx). Los seguros deberán ser contratados con una compañía de seguros de calificación no inferior a "B". .... Si el CLIENTE acreditase ante el BANCO haber contratado por su cuenta un seguro que brinde cobertura similar o mayor al seguro ofrecido por este, y por plazo igual o mayor, el CLIENTE no estará obligado a tomar el seguro ofrecido por el BANCO, pero deberá endosar a favor del BANCO el seguro que haya contratado por su cuenta, de conformidad con las condiciones que el BANCO establezca, comprometiéndose al pago puntual de las primas que genera esta póliza. En este caso, será de aplicación la Comisión por Evaluación de Póliza de Seguro Endosada indicada en la Hoja Resumen en la medida que la normativa vigente no lo restrinjaResumen. Si el CLIENTE no cumpliera con renovar, mantener vigente y endosar endosado a favor del BANCO el seguro a que se refiere este párrafo, el BANCO queda autorizado a contratarlo por cuenta y cargo del CLIENTE. En caso el CLIENTE tome el seguro ofrecido por el BANCO, este último será el responsable la renovación de los mismos; manteniéndose el CLIENTE como el único obligado al pago. Sin perjuicio de la obligación que asume el CLIENTE, ante su incumplimiento, el BANCO podrá contratar, renovar y/o mantener vigente la respectiva póliza de seguro y, en tal caso, el CLIENTE deberá reembolsarle de inmediato los pagos realizados; o, en caso de que el BANCO aceptara financiarla, el CLIENTE autoriza al BANCO -con su firma puesta en el Contrato- a incluir dentro de las cuotas xxx Xxxxxxxx el monto correspondiente a los pagos realizados por dicho concepto, siempre que el Contrato esté vigente y el CLIENTE no se encuentre en xxxx en el pago xxx Xxxxxxxx. En el supuesto de incumplimiento del CLIENTE a que se refiere este párrafo, la falta de contratación o renovación de la póliza de seguro por parte del BANCO no genera para éste responsabilidad alguna, aun cuando el BANCO haya renovado previamente la póliza. En el caso de seguros ofrecidos por el BANCO, las Las condiciones de ambas pólizaspólizas de seguro, cuyo único beneficiario será el BANCO, con el detalle de los riesgos y causales de exclusión, constan en la Póliza de Xxxxxx que el CLIENTE declara conocer y aceptar y cuya copia le será enviada de manera electrónica al correo electrónico que el cliente consignarecibe a la firma del Contrato. En caso que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCO, El CLIENTE declara conocer y aceptar las condiciones de ambas pólizas de seguro, con el detalle de las sumas aseguradas, los riesgos no cubiertos o excluidos y que imponen el pago por cuenta del CLIENTE de una franquicia deducible en el evento de siniestro, por lo que en caso de ocurrir un siniestro no amparado por las pólizas contratadas o de limitaciones o exclusiones impuestas por la compañía de seguros, el BANCO no asume ninguna responsabilidad. Todo riesgo no cubierto, cualquiera que fuere quien contrató el seguro, así como todo incumplimiento o negativa de pago o cobertura parcial por parte de la compañía de seguros, será asumido por el CLIENTE o por la masa o herederos del CLIENTE, según corresponda. Si los seguros tomados por el BANCO fueren modificados o suprimidos, el BANCO lo informará al CLIENTE a través de los medios de comunicación directos establecidos en la cláusula décima quinta séptima del Contrato tan pronto como tenga conocimiento de ello, con la finalidad de que el CLIENTE tome debida nota de tales modificaciones o supresiones y de sus consecuencias. Si las variaciones consistieran en nuevos requerimientos a ser cumplidos por el CLIENTE, nuevos riesgos excluidos u otros aspectos similares, el CLIENTE se obliga a satisfacerlos, en cuyo defecto quedará desprotegido del seguro correspondiente.

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Samples: Contrato De Préstamo Hipotecario Nuevo Crédito

DE LOS SEGUROS. El CLIENTE se obliga a contratar y mantener vigente durante el plazo del crédito, a satisfacción del BANCO, los seguros a En relación con la hipoteca que se refieren otorga por el presente contrato, LA SEGUNDA PARTE DEUDORA, previa presentación de las tres (03) opciones existentes, ha tomado las siguientes pólizas de seguros que más adelante se consignan, con la aprobación de LA PRIMERA PARTE ACREEDORA, mediante la firma de los numerales 8.1 documentos previstos a tal efecto, entregando LA PRIMERA PARTE ACREEDORA en manos de LA SEGUNDA PARTE DEUDORA un ejemplar de las pólizas y 8.2 los documentos relativos a su contratación. Póliza de esta cláusulaseguro contra incendio y terremoto No.________________, los mismos que podrán ser el seguro emitida por _____________________________, por la suma de desgravamen RD$______________ Así mismo dicha póliza de incendio y terremoto cubre: 1) Daños por agua de lluvia a consecuencia de huracán; 2) Colapso y/o derrumbe y/o rotura y/o reventamiento de edificios, tanques, y/o silos de almacenamiento, pagando cuotas mensuales ascendentes a la suma de RD$____________. Póliza de seguro de vida No._____________, emitida por ____________________, pagando cuotas mensuales ascendentes a la suma de RD$_________________. La cual tiene como finalidad garantizar el saldo de las obligaciones asumidas por LA SEGUNDA PARTE DEUDORA en caso de que ocurra su muerte natural o su incapacidad total y permanente. PARRAFO I: Las preindicadas pólizas son delegadas a favor de LA PRIMERA PARTE-ACREEDORA y han sido convenidas para proteger el seguro contra todo riesgo ofrecidos inmueble, las mejoras y demás objetos que se describen en este contrato, así como para garantizar el pago de la deuda aquí contraída, entendiéndose que en la misma se hará constar la delegación operada, así como su aceptación por la aseguradora. LA SEGUNDA PARTE-DEUDORA, se compromete a mantener la vigencia de la referida póliza o a obtener otra equivalente hasta la terminación de la presente hipoteca, y a asumir cualquier alza o disminución que en sus precios se opere con la aprobación de la autoridad competente. LA PRIMERA PARTE ACREEDORA notificará a LA SEGUNDA PARTE – DEUDORA con treinta (30) de antelación a su pago el BANCO u otros alza o disminución experimentada por la prima. Las pólizas descritas más arriba serán efectiva luego de que sean aceptadas por la compañía aseguradora señalada en el CLIENTE contrate con tercerosmismo, siempre y lo que significa que aun cuando cumplan –a satisfacción del BANCO- con las condiciones previamente informadas por este a través LA PRIMERA PARTE-ACREEDORA haya recibido el pago de su página web (xxx.xxxxxx.xxx).Cabe recalcar quedicha prima, como simple intermediaria de la aseguradora, si el CLIENTE presenta al BANCO el ésta rechaza o demora la aceptación del seguro solicitado, quedará liberada de desgravamen y el seguro contra todo riesgo o seguro pleno derecho de vida previamente contratado con terceros, no será necesario que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCO. Los seguros deberán ser contratados con una compañía de seguros de calificación no inferior a "B". Si el CLIENTE acreditase ante el BANCO haber contratado por su cuenta un seguro que brinde cobertura similar o mayor al seguro ofrecido por este, y por plazo igual o mayor, el CLIENTE no estará obligado a tomar el seguro ofrecido por el BANCO, pero deberá endosar a favor del BANCO el seguro que haya contratado por su cuenta, de conformidad con las condiciones que el BANCO establezca, comprometiéndose al pago puntual de las primas que genera esta póliza. En este caso, será de aplicación la Comisión por Evaluación de Póliza de Seguro Endosada indicada en la Hoja Resumen en la medida que la normativa vigente no lo restrinja. Si el CLIENTE no cumpliera con renovar, mantener vigente y endosar a favor del BANCO el seguro a que se refiere este párrafo, el BANCO queda autorizado a contratarlo por cuenta y cargo del CLIENTE. En caso el CLIENTE tome el seguro ofrecido por el BANCO, este último será el responsable la renovación de los mismos; manteniéndose el CLIENTE como el único obligado al pago. Sin perjuicio de la obligación que asume el CLIENTE, ante su incumplimiento, el BANCO podrá contratar, renovar y/o mantener vigente la respectiva póliza de seguro y, en tal caso, el CLIENTE deberá reembolsarle de inmediato los pagos realizados; otoda responsabilidad, en caso de que durante el BANCO aceptara financiarlatiempo de la aceptación por la compañía, se produjere el CLIENTE autoriza al BANCO -con su firma puesta deterioro, por cualquier contingencia, del inmueble asegurado, quedando obligada únicamente a la devolución del importe recibido para el pago de dichos seguros. El incumplimiento de cualesquiera de los compromisos aquí contraídos por LA SEGUNDA PARTE DEUDORA, dará origen a las caducidades y consecuencias previstas en este contrato. PARRAFO II: Las partes convienen en que si una vez transcurrido el Contrato- plazo de los treinta (30) días de la fecha de este contrato LA SEGUNDA PARTE-DEUDORA no haya satisfecho los requisitos exigidos por las aseguradoras, tales como: Examen médico, declaración jurada, etc., equivale a incluir dentro de las cuotas xxx Xxxxxxxx el monto correspondiente una renuncia expresa a los pagos realizados seguros, corriendo por dicho conceptosu propia cuenta cualquier eventualidad, siempre que el Contrato esté vigente y el CLIENTE no se encuentre en xxxx en el pago xxx Xxxxxxxx. En el supuesto de incumplimiento del CLIENTE a que se refiere este párrafo, tal como la falta de contratación o renovación de la póliza muerte, destrucción, etc. Liberando a LA PRIMERA PARTE-ACREEDORA de seguro responsabilidad, debiendo los herederos o causahabientes de LA SEGUNDA PARTE-DEUDORA asumir los compromisos dejados por parte del BANCO no genera para éste responsabilidad alguna, aun cuando el BANCO haya renovado previamente la pólizaésta con LA PRIMERA PARTE-ACREEDORA. PARRAFO III: En el caso de seguros ofrecidos que dicha SEGUNDA PARTE-DEUDORA no califique o no le sea aceptado el seguro de vida, o no haya cumplido con los documentos exigidos por el BANCOlas aseguradoras, las condiciones de ambas pólizascomo son exámenes médicos, cuyo único beneficiario será el BANCOetc., con el detalle de los riesgos y causales de exclusión, constan en la Póliza de Xxxxxx que el CLIENTE declara conocer y aceptar y cuya copia le será enviada de manera electrónica al correo electrónico que el cliente consigna. En caso que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCO, El CLIENTE declara conocer y aceptar las condiciones de ambas pólizas de seguro, con el detalle de las sumas aseguradas, los riesgos no cubiertos o excluidos y que imponen el pago por cuenta del CLIENTE de una franquicia deducible en el evento de siniestro, por lo queda entendido que en caso de ocurrir un siniestro no amparado por las pólizas contratadas muerte, sus herederos deberán satisfacer la deuda o le será ejecutada la hipoteca en la persona de limitaciones todos o exclusiones impuestas por la compañía de seguros, el BANCO no asume ninguna responsabilidad. Todo riesgo no cubierto, cualquiera que fuere quien contrató el seguro, así como todo incumplimiento o negativa de pago o cobertura parcial por parte de la compañía de seguros, será asumido por el CLIENTE o por la masa o herederos del CLIENTE, según corresponda. Si los seguros tomados por el BANCO fueren modificados o suprimidos, el BANCO lo informará al CLIENTE a través solo uno de los medios herederos de comunicación directos establecidos en la cláusula décima quinta del Contrato tan pronto como tenga conocimiento de ello, con la finalidad de que el CLIENTE tome debida nota de tales modificaciones o supresiones y de sus consecuencias. Si las variaciones consistieran en nuevos requerimientos a ser cumplidos por el CLIENTE, nuevos riesgos excluidos u otros aspectos similares, el CLIENTE se obliga a satisfacerlos, en cuyo defecto quedará desprotegido del seguro correspondientedicha parte.

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Samples: Contrato De Linea De Credito Para Invertir en Capital De Trabajo Con Garantia Hipotecaria

DE LOS SEGUROS. El CLIENTE FRANQUICIATARIO se obliga a contratar y mantener vigente el término del presente Contrato, seguros por incendio, terremoto, responsabilidad civil, robo con o sin violencia y de responsabilidad general. Dichos seguros deberán cubrir el inventario, maquinaria y equipo. Las sumas aseguradas y las cantidades de deducibles y todas las pólizas de seguros correspondientes serán presentadas para revisión y aprobación del FRANQUICIANTE, antes de la fecha programada de apertura. En todo caso, el FRANQUICIANTE será designado como beneficiario en las pólizas respectivas y de las cantidades recuperadas se pagará en primer término cualquier saldo insoluto a favor del FRANQUICIANTE y el resto deberá destinarse a la readecuación de la FRANQUICIA y para el caso de que se requieran aportaciones adicionales, el FRANQUICIATARIO estará obligado a realizarlas. Las partes revisarán todas las pólizas de seguros al final de cada año calendario durante la vigencia del presente instrumento, y el plazo del créditoFRANQUICIATARIO conviene en incrementar las sumas aseguradas y a modificar de cualquier otra forma dicho seguro, a satisfacción del BANCO, los si así se lo solicita el FRANQUICIANTE. El FRANQUICIATARIO proporcionará al FRANQUICIANTE certificados de seguros a efecto de probar que la cobertura correspondiente se refieren encuentra en vigor, tanto antes de la inauguración de la FRANQUICIA como dentro de los numerales 8.1 y 8.2 __ (____) días posteriores a la fecha de esta cláusula, los mismos que podrán ser el seguro renovación de desgravamen o seguro de vida y el seguro contra todo riesgo ofrecidos por el BANCO u otros que el CLIENTE contrate con terceros, siempre y cuando cumplan –a satisfacción del BANCO- con las condiciones previamente informadas por este a través de su página web (xxx.xxxxxx.xxx).Cabe recalcar que, si el CLIENTE presenta al BANCO el seguro de desgravamen y el seguro contra todo riesgo o seguro de vida previamente contratado con terceros, no será necesario que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCO. Los seguros deberán ser contratados con una compañía de seguros de calificación no inferior a "B"cada póliza. Si el CLIENTE acreditase ante el BANCO haber contratado por FRANQUICIATARIO en cualquier momento incumpliere con su cuenta un seguro que brinde cobertura similar o mayor al seguro ofrecido por este, y por plazo igual o mayorobligación de mantener vigentes los seguros requeridos, el CLIENTE no estará obligado FRANQUICIANTE podrá obtener cobertura en representación del FRANQUICIATARIO y cargar el costo correspondiente a tomar el seguro ofrecido este último. El FRANQUICIATARIO conviene en rembolsar al FRANQUICIANTE por el BANCOlas primas en que incurra para obtener dicha cobertura, pero deberá endosar más los respectivos intereses que lleguen a favor del BANCO el seguro que haya contratado por su cuentagenerarse, dentro de conformidad con las condiciones los __ (____) días posteriores a la fecha en que el BANCO establezca, comprometiéndose al pago puntual FRANQUICIANTE le entregue el estado de las primas que genera esta póliza. En este caso, será de aplicación la Comisión por Evaluación de Póliza de Seguro Endosada indicada en la Hoja Resumen en la medida que la normativa vigente no lo restrinja. Si el CLIENTE no cumpliera con renovar, mantener vigente y endosar a favor del BANCO el seguro a que se refiere este párrafo, el BANCO queda autorizado a contratarlo por cuenta y cargo del CLIENTE. En caso el CLIENTE tome el seguro ofrecido por el BANCO, este último será el responsable la renovación de los mismos; manteniéndose el CLIENTE como el único obligado al pago. Sin perjuicio de la obligación que asume el CLIENTE, ante su incumplimiento, el BANCO podrá contratar, renovar y/o mantener vigente la respectiva póliza de seguro y, en tal caso, el CLIENTE deberá reembolsarle de inmediato los pagos realizados; o, en caso de que el BANCO aceptara financiarla, el CLIENTE autoriza al BANCO -con su firma puesta en el Contrato- a incluir dentro de las cuotas xxx Xxxxxxxx el monto correspondiente a los pagos realizados por dicho concepto, siempre que el Contrato esté vigente y el CLIENTE no se encuentre en xxxx en el pago xxx Xxxxxxxx. En el supuesto de incumplimiento del CLIENTE a que se refiere este párrafo, la falta de contratación o renovación de la póliza de seguro por parte del BANCO no genera para éste responsabilidad alguna, aun cuando el BANCO haya renovado previamente la póliza. En el caso de seguros ofrecidos por el BANCO, las condiciones de ambas pólizas, cuyo único beneficiario será el BANCO, con el detalle de los riesgos y causales de exclusión, constan en la Póliza de Xxxxxx que el CLIENTE declara conocer y aceptar y cuya copia le será enviada de manera electrónica al correo electrónico que el cliente consigna. En caso que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCO, El CLIENTE declara conocer y aceptar las condiciones de ambas pólizas de seguro, con el detalle de las sumas aseguradas, los riesgos no cubiertos o excluidos y que imponen el pago por cuenta del CLIENTE de una franquicia deducible en el evento de siniestro, por lo que en caso de ocurrir un siniestro no amparado por las pólizas contratadas o de limitaciones o exclusiones impuestas por la compañía de seguros, el BANCO no asume ninguna responsabilidad. Todo riesgo no cubierto, cualquiera que fuere quien contrató el seguro, así como todo incumplimiento o negativa de pago o cobertura parcial por parte de la compañía de seguros, será asumido por el CLIENTE o por la masa o herederos del CLIENTE, según corresponda. Si los seguros tomados por el BANCO fueren modificados o suprimidos, el BANCO lo informará al CLIENTE a través de los medios de comunicación directos establecidos en la cláusula décima quinta del Contrato tan pronto como tenga conocimiento de ello, con la finalidad de que el CLIENTE tome debida nota de tales modificaciones o supresiones y de sus consecuencias. Si las variaciones consistieran en nuevos requerimientos a ser cumplidos por el CLIENTE, nuevos riesgos excluidos u otros aspectos similares, el CLIENTE se obliga a satisfacerlos, en cuyo defecto quedará desprotegido del seguro correspondientegastos.

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Samples: Contrato De Franquicia Comercial

DE LOS SEGUROS. El CLIENTE se obliga a contratar y mantener vigente durante el plazo del créditovigente, a satisfacción del BANCO, los seguros a que se refieren los numerales 8.1 9.1 y 8.2 9.2 de esta cláusula, los mismos que podrán ser el seguro contra todo riesgo y el seguro de desgravamen o seguro de vida y el seguro contra todo riesgo ofrecidos por el BANCO u otros que el CLIENTE contrate con terceros, siempre y cuando cumplan cumpla –a satisfacción del BANCO- con las condiciones previamente informadas por este a través de su página web (xxx.xxxxxx.xxx).Cabe xxx.xxxxxx.xxx). Cabe recalcar que, si el CLIENTE presenta al BANCO el seguro de desgravamen y el seguro contra todo riesgo o seguro de vida previamente contratado con terceros, no será necesario que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCO. Los seguros deberán ser contratados con una compañía de seguros de calificación no inferior a "B". Si el CLIENTE acreditase ante el BANCO haber contratado por su cuenta un seguro que brinde cobertura similar o mayor al seguro ofrecido por este, y por plazo igual o mayor, el CLIENTE no estará obligado a tomar el seguro ofrecido por el BANCO, pero deberá endosar a favor del BANCO el seguro que haya contratado por su cuenta, de conformidad con las condiciones que el BANCO establezca, comprometiéndose al pago puntual de las primas que genera esta póliza. En este caso, será de aplicación la Comisión por Evaluación de Póliza de Seguro Endosada indicada en la Hoja Resumen en la medida que la normativa vigente no lo restrinja. Si el CLIENTE no cumpliera con renovar, mantener vigente y endosar endosado a favor del BANCO el seguro a que se refiere este párrafo, el BANCO queda autorizado a contratarlo por cuenta y cargo del CLIENTE. En caso el CLIENTE tome el seguro ofrecido por el BANCO, este último será el responsable la renovación de los mismos; manteniéndose el CLIENTE como el único obligado al pago. Sin perjuicio de la obligación que asume el CLIENTE, ante su incumplimiento, el BANCO podrá contratar, renovar y/o mantener vigente la respectiva póliza de seguro y, en tal caso, el CLIENTE deberá reembolsarle de inmediato los pagos realizados; o, en caso de que el BANCO aceptara financiarla, el CLIENTE autoriza al BANCO -con su firma puesta en el Contrato- a incluir dentro de las cuotas xxx Xxxxxxxx el monto correspondiente a los pagos realizados por dicho concepto, siempre que el Contrato esté vigente y el CLIENTE no se encuentre en xxxx en el pago xxx Xxxxxxxx. En el supuesto de incumplimiento del CLIENTE a que se refiere este párrafo, la falta de contratación o renovación de la póliza de seguro por parte del BANCO no genera para éste responsabilidad alguna, aun cuando el BANCO haya renovado previamente la póliza. En el caso de seguros ofrecidos por el BANCO, las condiciones de ambas pólizaspólizas de seguro, cuyo único beneficiario será el BANCO, con el detalle de los riesgos y causales de exclusión, constan en la Póliza de Xxxxxx que el CLIENTE declara conocer y aceptar y cuya copia le será enviada de manera electrónica al correo electrónico que el cliente consignaconsigne. En caso que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCO, El CLIENTE declara conocer y aceptar las condiciones de ambas pólizas de seguro, con el detalle de las sumas aseguradas, los riesgos no cubiertos o excluidos y que imponen el pago por cuenta del CLIENTE de una franquicia deducible en el evento de siniestro, por lo que en caso de ocurrir un siniestro no amparado por las pólizas contratadas o de limitaciones o exclusiones impuestas por la compañía de seguros, el BANCO no asume ninguna responsabilidad. Todo riesgo no cubierto, cualquiera que fuere quien contrató el seguro, así como todo incumplimiento o negativa de pago o cobertura parcial por parte de la compañía de seguros, será asumido por el CLIENTE o por la masa o herederos del CLIENTE, según corresponda. Si los seguros tomados por el BANCO fueren modificados o suprimidos, el BANCO lo informará al CLIENTE a través de los medios de comunicación directos establecidos en la cláusula décima quinta sexta del Contrato tan pronto como tenga conocimiento de ello, con la finalidad de que el CLIENTE tome debida nota de tales modificaciones o supresiones y de sus consecuencias. Si las variaciones consistieran en nuevos requerimientos a ser cumplidos por el CLIENTE, nuevos riesgos excluidos u otros aspectos similares, el CLIENTE se obliga a satisfacerlos, en cuyo defecto quedará desprotegido del seguro correspondiente.

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Samples: Contrato De Préstamo Hipotecario Nuevo Crédito Mivivienda Aprobado Por Resolución SBS

DE LOS SEGUROS. El CLIENTE se obliga a contratar y mantener vigente durante el plazo del créditovigente, a satisfacción del BANCO, los seguros a que se refieren los numerales 8.1 10.1 y 8.2 10.2 de esta cláusula, los mismos que podrán ser el seguro de desgravamen o seguro de vida y el seguro contra todo riesgo ofrecidos por el BANCO u otros que el CLIENTE contrate con terceros, siempre y cuando cumplan –a satisfacción del BANCO- con las condiciones previamente informadas por este a través de su página web (xxx.xxxxxx.xxx).Cabe recalcar que, si el CLIENTE presenta al BANCO el seguro de desgravamen y el seguro contra todo riesgo o seguro de vida previamente contratado con terceros, no será necesario que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCOxxx.xxxxxx.xxx). Los seguros deberán ser contratados con una compañía de seguros de calificación no inferior a "B". Si el CLIENTE acreditase ante el BANCO haber contratado por su cuenta un seguro que brinde cobertura similar o mayor al seguro ofrecido por esteéste, y por plazo igual o mayor, el CLIENTE no estará obligado a tomar el seguro ofrecido por el BANCO, pero deberá endosar a favor del BANCO el seguro que haya contratado por su cuenta, de conformidad con las condiciones que el BANCO establezca, comprometiéndose al pago puntual de las primas que genera esta póliza. En este caso, será de aplicación la Comisión comisión por Evaluación evaluación de Póliza póliza de Seguro Endosada seguro endosada indicada en la Hoja Resumen en la medida que la normativa vigente no lo restrinjaResumen. Si el CLIENTE no cumpliera con renovar, mantener vigente y endosar endosado a favor del BANCO el seguro a que se refiere este párrafo, el BANCO queda autorizado a contratarlo por cuenta y cargo del CLIENTE. En caso el CLIENTE tome el seguro ofrecido por el BANCO, este último será el responsable la renovación de los mismos; manteniéndose el CLIENTE como el único obligado al pago. Sin perjuicio de la obligación que asume el CLIENTE, ante su incumplimiento, el BANCO podrá contratar, renovar y/o mantener vigente la respectiva póliza de seguro y, en tal caso, el CLIENTE deberá reembolsarle de inmediato los pagos realizados; o, en caso de que el BANCO aceptara financiarla, el CLIENTE autoriza al BANCO -con su firma puesta en el Contrato- a incluir dentro de las cuotas xxx Xxxxxxxx del Crédito con GAHI nuevo el monto correspondiente a los pagos realizados por dicho concepto, siempre que el Contrato esté vigente y el CLIENTE no se encuentre en xxxx en el pago xxx Xxxxxxxxdel Crédito con GAHI nuevo. En el supuesto de incumplimiento del CLIENTE a que se refiere este párrafo, la falta de contratación o renovación de la póliza de seguro por parte del BANCO no genera para éste responsabilidad alguna, aun cuando el BANCO haya renovado previamente la póliza. En el caso de seguros ofrecidos por el BANCO, las Las condiciones de ambas pólizas, cuyo único beneficiario será el BANCO, con el detalle de los riesgos y causales de exclusión, constan en la Póliza de Xxxxxx que el CLIENTE declara conocer y aceptar y cuya copia le será enviada de manera electrónica al correo electrónico que el cliente consignarecibe a la firma del Contrato. En caso que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCO, El CLIENTE declara conocer y aceptar las condiciones de ambas pólizas de seguro, con el detalle de las sumas aseguradas, los riesgos no cubiertos o excluidos y que imponen el pago por cuenta del CLIENTE de una franquicia deducible en el evento de siniestro, por lo que en caso de ocurrir un siniestro no amparado por las pólizas contratadas o de limitaciones o exclusiones impuestas por la compañía de seguros, el BANCO no asume ninguna responsabilidad. Todo riesgo no cubierto, cualquiera que fuere quien contrató el seguro, así como todo incumplimiento o negativa de pago o cobertura parcial por parte de la compañía de seguros, será asumido por el CLIENTE o por la masa o herederos del CLIENTE, según corresponda. Si los seguros tomados contratados por el BANCO fueren fueran modificados o suprimidos, el BANCO lo informará al CLIENTE a través de los medios de comunicación directos establecidos en el quinto párrafo de la cláusula décima quinta cuarta del Contrato Contrato, tan pronto como tenga conocimiento de ello, con la finalidad de que el CLIENTE tome debida nota de tales modificaciones o supresiones y de sus consecuencias. Si las variaciones consistieran en nuevos requerimientos a ser cumplidos por el CLIENTE, nuevos riesgos excluidos u otros aspectos similares, el CLIENTE se obliga a satisfacerlos, en cuyo defecto quedará desprotegido del seguro correspondiente.

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Samples: Contrato De Crédito Efectivo Con Constitución De Garantía Hipotecaria

DE LOS SEGUROS. El (i) EL CLIENTE se obliga a contratar y mantener vigente durante el plazo un seguro de desgravamen, siendo beneficiario del mismo exclusivamente EL BANCO, quien en caso de fallecimiento o invalidez total y permanente de EL CLIENTE y/o de las personas aseguradas, cobrará directamente la indemnización correspondiente para aplicarlo al pago del saldo impago del crédito. Asimismo, EL BANCO pondrá a satisfacción del disposición folletos informativos en su red de agencias y oficinas especiales, cuyas condiciones de contratación se consignarán en la Página Web de EL BANCO, los seguros a que se refieren los numerales 8.1 y 8.2 de esta cláusula, los mismos que podrán ser . EL BANCO podrá contratar y/o renovar el seguro antes señalado ante el incumplimiento de desgravamen o seguro EL CLIENTE, por cuenta y costo de vida y el seguro contra todo riesgo ofrecidos por el BANCO u otros que el CLIENTE contrate éste, con terceros, siempre y cuando cumplan –a satisfacción del BANCO- con las condiciones previamente informadas por este a través de su página web (xxx.xxxxxx.xxx).Cabe recalcar que, si el CLIENTE presenta al BANCO el seguro de desgravamen y el seguro contra todo riesgo o seguro de vida previamente contratado con terceros, no será necesario que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCO. Los seguros deberán ser contratados con una la compañía de seguros y condiciones más favorables para EL CLIENTE. Ante el supuesto que EL BANCO renueve oportunamente el seguro a nombre de calificación no inferior a "B"EL CLIENTE, éste asumirá la responsabilidad de dicha contratación. Si el El CLIENTE acreditase ante el BANCO acepta que este seguro sólo pagará los conceptos expresamente incluidos en la suma asegurada, siendo de cargo de EL CLIENTE o la masa hereditaria, las demás obligaciones derivadas de este Contrato. En caso EL CLIENTE acredite haber contratado por su cuenta un seguro seguros que brinde cobertura similar o mayor al seguro ofrecido por este, y por plazo igual o mayor, el CLIENTE no estará obligado a tomar el seguro ofrecido por el BANCO, pero deberá endosar a favor del BANCO el seguro que haya contratado por su cuenta, de conformidad con las condiciones que el BANCO establezca, comprometiéndose al pago puntual de las primas que genera esta póliza. En este caso, será de aplicación la Comisión por Evaluación de Póliza de Seguro Endosada indicada en la Hoja Resumen en la medida que la normativa vigente no lo restrinja. Si el CLIENTE no cumpliera con renovar, mantener vigente y endosar a favor del BANCO el seguro a que se refiere este párrafo, el BANCO queda autorizado a contratarlo por cuenta y cargo del CLIENTE. En caso el CLIENTE tome el seguro ofrecido por el BANCO, este último será el responsable la renovación de los mismos; manteniéndose el CLIENTE como el único obligado al pago. Sin perjuicio de la obligación que asume el CLIENTE, ante su incumplimiento, el BANCO podrá contratar, renovar y/o mantener vigente la respectiva póliza de seguro y, en tal caso, el CLIENTE deberá reembolsarle de inmediato los pagos realizados; o, en caso de que el BANCO aceptara financiarla, el CLIENTE autoriza al BANCO -con su firma puesta en el Contrato- a incluir dentro de las cuotas xxx Xxxxxxxx el monto correspondiente a los pagos realizados por dicho concepto, siempre que el Contrato esté vigente y el CLIENTE no se encuentre en xxxx en el pago xxx Xxxxxxxx. En el supuesto de incumplimiento del CLIENTE a que se refiere este párrafo, la falta de contratación o renovación de la póliza de seguro por parte del BANCO no genera para éste responsabilidad alguna, aun cuando el BANCO haya renovado previamente la póliza. En el caso de seguros ofrecidos por el BANCO, las condiciones de ambas pólizas, cuyo único beneficiario será el BANCO, con el detalle de los riesgos y causales de exclusión, constan en la Póliza de Xxxxxx que el CLIENTE declara conocer y aceptar y cuya copia le será enviada de manera electrónica al correo electrónico que el cliente consigna. En caso que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por EL BANCO y por plazos iguales o mayores, EL BANCO podrá convenir con EL CLIENTE su utilización para el BANCOcrédito, El CLIENTE declara conocer y aceptar las condiciones en sustitución de ambas pólizas de seguro, con el detalle de las sumas aseguradas, los riesgos no cubiertos o excluidos y que imponen el pago por cuenta del CLIENTE de una franquicia deducible en el evento de siniestro, por lo que en caso de ocurrir un siniestro no amparado por las pólizas contratadas o de limitaciones o exclusiones impuestas por la compañía de seguros, el BANCO no asume ninguna responsabilidad. Todo riesgo no cubierto, cualquiera que fuere quien contrató el seguro, así como todo incumplimiento o negativa de pago o cobertura parcial por parte de la compañía de seguros, será asumido por el CLIENTE o por la masa o herederos del CLIENTE, según corresponda. Si los seguros tomados por el BANCO fueren modificados o suprimidos, el BANCO lo informará al CLIENTE ofrecidos a través de los medios EL BANCO siendo necesario que éste cumpla con las condiciones establecidas. En tal sentido, el seguro deberá ser endosado a favor de comunicación directos establecidos en EL BANCO hasta por el monto del saldo adeudado. EL BANCO podrá pactar con EL CLIENTE que el pago de la cláusula décima quinta prima del Contrato tan pronto como tenga conocimiento seguro se adicione al pago de ellolas cuotas periódicas previamente pactadas por el crédito, con la finalidad de que garantizar la vigencia de la póliza hasta concluir con el CLIENTE tome debida nota de tales modificaciones o supresiones y de sus consecuencias. Si las variaciones consistieran en nuevos requerimientos a ser cumplidos por el CLIENTE, nuevos riesgos excluidos u otros aspectos similares, el CLIENTE se obliga a satisfacerlos, en cuyo defecto quedará desprotegido pago del seguro correspondientecrédito.

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Samples: www.bancomercio.com

DE LOS SEGUROS. El CLIENTE desembolso del crédito según el giro del negocio y/o forma de contratación, podría estar supeditado a la contratación de un Seguro de Desgravamen y/o a un Seguro Multiriesgo u otro(s) que COMPARTAMOS tenga establecido, para lo cual EL(LOS) CLIENTE(S) se obliga obligara(n) a contratar y mantener vigente durante y de ser el caso endosar la póliza correspondiente a favor de COMPARTAMOS. Para aquellos créditos con garantía, el desembolso podría estar supeditado a la contratación de un Seguro Multiriesgo. En caso se requiera de la contratación de un Seguro de Desgravamen y/o Multiriesgo u otros, EL(LOS) CLIENTE(S) podrá optar por: 14.1. Contratar el seguro que ofrece COMPARTAMOS. Al respecto EL(LOS) CLIENTE(S) declara(n) haber recibido información sobre los términos y condiciones de la póliza de seguro que adquiere. El certificado de la póliza del seguro o póliza del seguro contratado, con el detalle de la cobertura, exclusiones y limitaciones de dicho seguro, a las cuales expresamente se sujeta, es entregado a EL(LOS) CLIENTE(S), declarando tener pleno conocimiento de los riesgos cubiertos, monto de la prima, las exclusiones del seguro y el plazo para efectuar reclamos. La póliza de seguro o certificado será entregado a EL(LOS) CLIENTE(S) al momento de los desembolsos del crédito, a satisfacción . En este caso la renovación del BANCO, los seguros a que se refieren los numerales 8.1 y 8.2 seguro será responsabilidad de esta cláusula, los mismos que podrán ser el COMPARTAMOS. 14.2. Contratar un seguro de desgravamen o seguro de vida y el seguro contra todo riesgo ofrecidos por el BANCO u otros que el CLIENTE contrate con terceros, siempre y cuando cumplan –a satisfacción del BANCO- con las condiciones previamente informadas por este a través la empresa de su página web (xxx.xxxxxx.xxx).Cabe recalcar que, si el CLIENTE presenta al BANCO el seguro de desgravamen y el seguro contra todo riesgo o seguro de vida previamente contratado con terceros, no será necesario que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCO. Los seguros deberán ser contratados con una compañía de seguros de calificación no inferior a "B". Si el CLIENTE acreditase ante el BANCO haber contratado por su cuenta un seguro elección que brinde cobertura similar o mayor al seguro ofrecido por este, COMPARTAMOS y por plazo igual plazos iguales o mayormayores, el CLIENTE no estará obligado a tomar el seguro ofrecido por el BANCO, pero deberá endosar a favor del BANCO el seguro que haya contratado por su cuenta, de conformidad con las condiciones que el BANCO establezca, comprometiéndose al pago puntual de las primas que genera esta póliza. En en este caso, será EL(LOS) CLIENTE(S), deberá(n) endosar la póliza favor de aplicación COMPARTAMOS, hasta por el monto del saldo adeudado, en un plazo no mayor a cinco (05) días hábiles de suscrito el contrato. En el endoso deberá constar la Comisión declaración de la compañía de seguros en el sentido que, COMPARTAMOS es el único beneficiario de la indemnización hasta por Evaluación de Póliza de Seguro Endosada indicada el monto pendiente del pago total del crédito otorgado en virtud del presente contrato. La información sobre las condiciones mínimas que debe tener el seguro contratado por EL(LOS) CLIENTE(S) se encuentra en la Hoja Resumen en página web de COMPARTAMOS. Los seguros deben permanecer vigentes durante todo el plazo del contrato incluido el plazo de sus refinanciaciones; debiendo ser renovados por EL(LOS) CLIENTE(S) las veces que sea necesario. EL(LOS) CLIENTE(S) puede(n) solicitar a COMPARTAMOS realice la medida que gestión para la normativa vigente no lo restrinjacontratación y/o renovación de los seguros requeridos a su cargo. Si el CLIENTE no cumpliera En dicho caso, COMPARTAMOS elegirá a la Compañía de Seguros con renovar, mantener vigente y endosar a favor del BANCO el seguro a que la cual se refiere este párrafo, el BANCO queda autorizado a contratarlo por cuenta y cargo del CLIENTEmantendrá la cobertura de EL PRÉSTAMO. En caso el CLIENTE tome el seguro ofrecido por el BANCO, este último será el responsable la renovación Seguro de los mismos; manteniéndose el CLIENTE como el único obligado al pago. Sin perjuicio de la obligación que asume el CLIENTE, ante su incumplimiento, el BANCO podrá contratar, renovar Desgravamen y/o mantener vigente la respectiva póliza Seguro Multiriesgo elegido por EL(LOS) CLIENTE(S) sea el ofrecido por COMPARTAMOS, EL(LOS) CLIENTE(S) autoriza(n) en forma irrevocable a COMPARTAMOS a cargar el importe de seguro las primas correspondientes a estos seguros en el(los) monto(s) de las cuotas del(los) créditos) que se otorgue(n) y, /o cualquiera de las que EL(LOS) CLIENTE(S) pudiera tener en tal caso, el CLIENTE deberá reembolsarle COMPARTAMOS. Todos los alcances de inmediato los pagos realizados; o, esta cláusula serán aplicables también en caso de que el BANCO aceptara financiarla, el CLIENTE autoriza al BANCO -con su firma puesta en el Contrato- a incluir dentro de las cuotas xxx Xxxxxxxx el monto correspondiente a los pagos realizados por dicho concepto, siempre que el Contrato esté vigente renovaciones y el CLIENTE no se encuentre en xxxx en el pago xxx Xxxxxxxx. En el supuesto de incumplimiento del CLIENTE a que se refiere este párrafo, la falta de contratación o renovación ampliaciones de la póliza de seguro por parte o certificado del BANCO no genera para éste responsabilidad alguna, aun cuando el BANCO haya renovado previamente la póliza. En el caso de seguros ofrecidos por el BANCO, las condiciones de ambas pólizas, cuyo único beneficiario será el BANCO, con el detalle de los riesgos y causales de exclusión, constan en la Póliza de Xxxxxx que el CLIENTE declara conocer y aceptar y cuya copia le será enviada de manera electrónica al correo electrónico que el cliente consigna. En caso que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCO, El CLIENTE declara conocer y aceptar las condiciones de ambas pólizas de seguro, con el detalle de las sumas aseguradas, los riesgos no cubiertos o excluidos y que imponen el pago por cuenta del CLIENTE de una franquicia deducible en el evento de siniestro, por lo que en caso de ocurrir un siniestro no amparado por las pólizas contratadas o de limitaciones o exclusiones impuestas por la compañía de seguros, el BANCO no asume ninguna responsabilidad. Todo riesgo no cubierto, cualquiera que fuere quien contrató el seguro, así como todo incumplimiento o negativa de pago o cobertura parcial por parte de la compañía de seguros, será asumido por el CLIENTE o por la masa o herederos del CLIENTE, según corresponda. Si los seguros tomados por el BANCO fueren modificados o suprimidos, el BANCO lo informará al CLIENTE a través de los medios de comunicación directos establecidos en la cláusula décima quinta del Contrato tan pronto como tenga conocimiento de ello, con la finalidad de que el CLIENTE tome debida nota de tales modificaciones o supresiones y de sus consecuencias. Si las variaciones consistieran en nuevos requerimientos a ser cumplidos por el CLIENTE, nuevos riesgos excluidos u otros aspectos similares, el CLIENTE se obliga a satisfacerlos, en cuyo defecto quedará desprotegido del seguro correspondiente.

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Samples: www.compartamos.com.pe

DE LOS SEGUROS. El CLIENTE se obliga a contratar y mantener vigente durante el plazo del crédito, a satisfacción del BANCO, los seguros a En relación con la hipoteca que se refieren otorga por el presente contrato, LA SEGUNDA PARTE DEUDORA, previa presentación de las tres (03) opciones existentes, ha tomado las siguientes pólizas de seguros que más adelante se consignan, con la aprobación de LA PRIMERA PARTE ACREEDORA, mediante la firma de los numerales 8.1 documentos previstos a tal efecto, entregando LA PRIMERA PARTE ACREEDORA en manos de LA SEGUNDA PARTE DEUDORA un ejemplar de las pólizas y 8.2 los documentos relativos a su contratación. Póliza de esta cláusulaseguro contra incendio No.___________________, los mismos que podrán ser el seguro emitida por _______________________, por la suma de desgravamen RD$_____________, Así mismo dicha póliza de incendio y terremoto cubre: 1) Daños por agua de lluvia a consecuencia de huracán; 2) Colapso y/o derrumbe y/o rotura y/o reventamiento de edificios, tanques, y/o silos de almacenamiento, pagando cuotas mensuales ascendentes a la suma de RD$_______________. Póliza de seguro de vida No._____________, emitida por ____________________, pagando cuotas mensuales ascendentes a la suma de RD$_________________. La cual tiene como finalidad garantizar el saldo de las obligaciones asumidas por LA SEGUNDA PARTE DEUDORA en caso de que ocurra su muerte natural o su incapacidad total y permanente. PARRAFO I: Las preindicadas pólizas es delegada a favor de LA PRIMERA PARTE-ACREEDORA y ha sido convenida para proteger el seguro contra todo riesgo ofrecidos inmueble, las mejoras y demás objetos que se describen en la cláusula decimo octavo, así como para garantizar el pago de la deuda aquí contraída, entendiéndose que en la misma se hará constar la delegación operada, así como su aceptación por la aseguradora. LA SEGUNDA PARTE-DEUDORA, se compromete a mantener la vigencia de la referida póliza o a obtener otra equivalente hasta la terminación de la presente hipoteca, y a asumir cualquier alza o disminución que en sus precios se opere con la aprobación de la autoridad competente. LA PRIMERA PARTE ACREEDORA notificará a LA SEGUNDA PARTE – DEUDORA con treinta (30) de antelación a su pago el BANCO u otros alza o disminución experimentada por la prima. La póliza descrita más arriba será efectivas luego de que sea aceptada por la compañía aseguradora señalada en el CLIENTE contrate con tercerosmismo, siempre y lo que significa que aun cuando cumplan –a satisfacción del BANCO- con las condiciones previamente informadas por este a través LA PRIMERA PARTE-ACREEDORA haya recibido el pago de su página web (xxx.xxxxxx.xxx).Cabe recalcar quedicha prima, como simple intermediaria de la aseguradora, si el CLIENTE presenta al BANCO el ésta rechaza o demora la aceptación del seguro solicitado, quedará liberada de desgravamen y el seguro contra todo riesgo o seguro pleno derecho de vida previamente contratado con terceros, no será necesario que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCO. Los seguros deberán ser contratados con una compañía de seguros de calificación no inferior a "B". Si el CLIENTE acreditase ante el BANCO haber contratado por su cuenta un seguro que brinde cobertura similar o mayor al seguro ofrecido por este, y por plazo igual o mayor, el CLIENTE no estará obligado a tomar el seguro ofrecido por el BANCO, pero deberá endosar a favor del BANCO el seguro que haya contratado por su cuenta, de conformidad con las condiciones que el BANCO establezca, comprometiéndose al pago puntual de las primas que genera esta póliza. En este caso, será de aplicación la Comisión por Evaluación de Póliza de Seguro Endosada indicada en la Hoja Resumen en la medida que la normativa vigente no lo restrinja. Si el CLIENTE no cumpliera con renovar, mantener vigente y endosar a favor del BANCO el seguro a que se refiere este párrafo, el BANCO queda autorizado a contratarlo por cuenta y cargo del CLIENTE. En caso el CLIENTE tome el seguro ofrecido por el BANCO, este último será el responsable la renovación de los mismos; manteniéndose el CLIENTE como el único obligado al pago. Sin perjuicio de la obligación que asume el CLIENTE, ante su incumplimiento, el BANCO podrá contratar, renovar y/o mantener vigente la respectiva póliza de seguro y, en tal caso, el CLIENTE deberá reembolsarle de inmediato los pagos realizados; otoda responsabilidad, en caso de que durante el BANCO aceptara financiarlatiempo de la aceptación por la compañía, se produjere el CLIENTE autoriza al BANCO -con su firma puesta deterioro, por cualquier contingencia, del inmueble asegurado, quedando obligada únicamente a la devolución del importe recibido para el pago de dichos seguros. El incumplimiento de cualquiera de los compromisos aquí contraídos por LA SEGUNDA PARTE DEUDORA, dará origen a las caducidades y consecuencias previstas en este contrato. PARRAFO II: Las partes convienen en que si una vez transcurrido el Contrato- plazo de los treinta (30) días de la fecha de este contrato LA SEGUNDA PARTE-DEUDORA no ha satisfecho los requisitos exigidos por la aseguradora, tales como declaración jurada, exámenes médicos, planos, etc., equivale a incluir dentro de las cuotas xxx Xxxxxxxx el monto correspondiente una renuncia expresa a los pagos realizados seguros, corriendo por dicho conceptosu propia cuenta cualquier eventualidad, siempre que el Contrato esté vigente y el CLIENTE no se encuentre en xxxx en el pago xxx Xxxxxxxx. En el supuesto de incumplimiento del CLIENTE a que se refiere este párrafotal como, la falta destrucción, un colapso, la muerte, etc., liberando a LA PRIMERA PARTE- ACREEDORA de contratación responsabilidad, debiendo los herederos o renovación causahabientes de la póliza de seguro LA SEGUNDA PARTE-DEUDORA asumir los compromisos dejados por parte del BANCO no genera para éste responsabilidad alguna, aun cuando el BANCO haya renovado previamente la pólizaésta con LA PRIMERA PARTE- ACREEDORA. PARRAFO III: En el caso de seguros ofrecidos que dicha SEGUNDA PARTE-DEUDORA no califique o no le sea aceptado el seguro de vida, o no haya cumplido con los documentos exigidos por el BANCOlas aseguradoras, las condiciones de ambas pólizascomo son exámenes médicos, cuyo único beneficiario será el BANCOetc., con el detalle de los riesgos y causales de exclusión, constan en la Póliza de Xxxxxx que el CLIENTE declara conocer y aceptar y cuya copia le será enviada de manera electrónica al correo electrónico que el cliente consigna. En caso que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCO, El CLIENTE declara conocer y aceptar las condiciones de ambas pólizas de seguro, con el detalle de las sumas aseguradas, los riesgos no cubiertos o excluidos y que imponen el pago por cuenta del CLIENTE de una franquicia deducible en el evento de siniestro, por lo queda entendido que en caso de ocurrir un siniestro no amparado por las pólizas contratadas muerte, sus herederos deberán satisfacer la deuda o le será ejecutada la hipoteca en la persona de limitaciones todos o exclusiones impuestas por la compañía de seguros, el BANCO no asume ninguna responsabilidad. Todo riesgo no cubierto, cualquiera que fuere quien contrató el seguro, así como todo incumplimiento o negativa de pago o cobertura parcial por parte de la compañía de seguros, será asumido por el CLIENTE o por la masa o herederos del CLIENTE, según corresponda. Si los seguros tomados por el BANCO fueren modificados o suprimidos, el BANCO lo informará al CLIENTE a través solo uno de los medios herederos de comunicación directos establecidos en la cláusula décima quinta del Contrato tan pronto como tenga conocimiento de ello, con la finalidad de que el CLIENTE tome debida nota de tales modificaciones o supresiones y de sus consecuencias. Si las variaciones consistieran en nuevos requerimientos a ser cumplidos por el CLIENTE, nuevos riesgos excluidos u otros aspectos similares, el CLIENTE se obliga a satisfacerlos, en cuyo defecto quedará desprotegido del seguro correspondientedicha parte.

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Samples: Contrato Bipartita De Prestamo

DE LOS SEGUROS. El CLIENTE Cliente tiene derecho a elegir entre la contratación del seguro ofrecido por Compartamos o un seguro contratado directamente por el Cliente con una Compañía de Seguros. Durante la vigencia del Contrato, El Cliente se obliga a contratar y mantener vigente durante el plazo del crédito, a satisfacción del BANCO, los seguros a que se refieren los numerales 8.1 y 8.2 de esta cláusula, los mismos que podrán ser el un seguro de desgravamen o seguro de vida y el seguro contra todo riesgo ofrecidos por el BANCO u otros que el CLIENTE contrate con terceros, siempre y cuando cumplan –a satisfacción del BANCO- con las condiciones previamente informadas por este a través de su página web (xxx.xxxxxx.xxx).Cabe recalcar que, si el CLIENTE presenta al BANCO el seguro de desgravamen y el seguro contra todo riesgo o seguro de vida previamente contratado con terceros, no será necesario que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCO. Los seguros deberán ser contratados con una compañía de seguros de calificación no inferior a "B". Si el CLIENTE acreditase ante el BANCO haber contratado por su cuenta un seguro que brinde cobertura similar o mayor al seguro ofrecido por este, y por plazo igual o mayor, el CLIENTE no estará obligado cual puede ser con rescate o devolución, o sin dichos beneficios, a tomar el seguro ofrecido por el BANCOelección del Cliente, pero deberá endosar a favor del BANCO el seguro que haya contratado por su cuenta, siendo beneficiario de conformidad con las condiciones que el BANCO establezca, comprometiéndose al pago puntual de las primas que genera esta póliza. En este caso, será de aplicación la Comisión por Evaluación de Póliza póliza de Seguro Endosada indicada Desgravamen exclusivamente Compartamos, quien en caso de fallecimiento o invalidez total y permanente del Cliente cobrará directamente la Hoja Resumen en indemnización que deba pagar la medida que Compañía de Seguros para aplicarlo hasta donde alcance la normativa vigente no amortización y/o cancelación de lo restrinja. Si el CLIENTE no cumpliera con renovar, mantener vigente y endosar a favor del BANCO el seguro a que se refiere este párrafo, el BANCO queda autorizado a contratarlo por cuenta y cargo del CLIENTE. En caso el CLIENTE tome el seguro ofrecido por el BANCO, este último será el responsable la renovación de los mismos; manteniéndose el CLIENTE como el único obligado al pagoadeudado. Sin perjuicio de la obligación que asume el CLIENTE, ante su incumplimiento, el BANCO podrá contratar, renovar y/o Cliente Compartamos podrá: 1) mantener vigente la respectiva póliza de seguro de desgravamen antes señalada ante el incumplimiento del Cliente (falta de renovación, incumplimiento de pago, etc.) y, en tal caso, el CLIENTE éste deberá reembolsarle reembolsar a Compartamos de inmediato los pagos realizados; o, o 2) en caso de que el BANCO aceptara financiarlaCliente financie el seguro con Compartamos, el CLIENTE Cliente autoriza al BANCO -con su firma puesta a Compartamos a incluir el costo total de la póliza en el Contrato- Cronograma de Pagos. El Cliente declara conocer que la responsabilidad de contratación o renovación de la póliza de seguro le corresponde únicamente a incluir dentro de las cuotas xxx Xxxxxxxx el monto correspondiente él, por lo que, a los pagos realizados por dicho concepto, siempre que el Contrato esté vigente y el CLIENTE no se encuentre en xxxx en el pago xxx Xxxxxxxx. En el supuesto de incumplimiento del CLIENTE a que se refiere este párrafo, la falta de contratación o renovación de la póliza de seguro por parte del BANCO seguro, no genera para éste responsabilidad algunaa Compartamos, aun cuando al ser un seguro contratado directa y voluntariamente por el BANCO haya renovado previamente propio Cliente. En caso Compartamos sea el contratante, se hará responsable de la renovación de la póliza. En La Compañía de Seguros con la que el caso Cliente haya contratado, sea o no a través de seguros ofrecidos por el BANCOCompartamos deberá informarle de cualquier cambio, variación, modificación o supresión de las condiciones de ambas pólizassu seguro contratado, cuyo único beneficiario será el BANCOCompartamos no está obligada a, con el detalle de los riesgos y causales de exclusión, constan en la Póliza de Xxxxxx que el CLIENTE declara conocer y aceptar y cuya copia le será enviada de manera electrónica al correo electrónico que el cliente consigna. En caso que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCO, El CLIENTE declara conocer y aceptar las condiciones de ambas pólizas de seguro, con el detalle de las sumas aseguradas, los riesgos no cubiertos o excluidos y que imponen el pago por cuenta del CLIENTE de una franquicia deducible en el evento de siniestro, por lo que en caso de ocurrir un siniestro no amparado por las pólizas contratadas o de limitaciones o exclusiones impuestas por la compañía de seguros, el BANCO no asume ninguna responsabilidad. Todo riesgo no cubierto, cualquiera que fuere quien contrató el seguro, así como todo incumplimiento o negativa de pago o cobertura parcial por parte de la compañía de seguros, será asumido por el CLIENTE o por la masa o herederos del CLIENTE, según corresponda. Si los seguros tomados por el BANCO fueren modificados o suprimidos, el BANCO lo informará al CLIENTE a través de los medios de comunicación directos establecidos en la cláusula décima quinta del Contrato tan pronto como tenga conocimiento de ello, con la finalidad de que el CLIENTE tome debida nota realizar notificaciones de tales modificaciones cambios y/o supresiones y de todas sus implicancias y consecuencias; siempre que Compartamos no sea el contratante. Si Además, si las variaciones consistieran en nuevos requerimientos a ser cumplidos o presentados por el CLIENTECliente, nuevos riesgos excluidos u otros aspectos similaresotros, el CLIENTE Cliente se obliga a satisfacerlossatisfacerlos y/o a cumplirlos, en cuyo defecto quedará bajo su exclusiva decisión y responsabilidad de quedar desprotegido del seguro correspondiente. De acuerdo con lo señalado, Compartamos pone a disposición del Cliente información relevante respecto a los seguros ofrecidos por ésta, el derecho de endoso de seguros contratados directamente por el Cliente con Compañía de Seguros. En caso Compartamos acepte una póliza de vida endosada en sustitución del Seguro Desgravamen, que brinde cobertura y plazo mayores a la ofrecida por Compartamos. El procedimiento aplicable a dicho endoso, entre otros se encuentran en xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx o mediante los medios de comunicación establecidos en la cláusula Décimo Tercero. Si la solicitud de endoso es rechazada por Compartamos, ésta deberá comunicar al Cliente de este hecho y el motivo asociado, a través de los medios de comunicación directos conforme a lo señalado en la cláusula Décimo Segundo, dentro de los veinte (20) días posteriores a la presentación de la solicitud con la documentación completa. Si el Cliente opta por contratar el seguro de desgravamen con una Compañía de Seguros independiente de Compartamos o endosar un seguro de vida también contratado por El Cliente con una Compañía de Seguros diferente de la ofrecida por Compartamos ello no generará comisión o gasto adicional para el Cliente. En este caso, el Cliente deberá endosar la póliza a favor de Compartamos a más tardar al día hábil siguiente a la entrada en vigencia del Contrato. En el endoso deberá constar la declaración de la Compañía de Seguros en el sentido que Compartamos es el único beneficiario de la indemnización hasta por el Saldo Deudor. Sin perjuicio de la obligación que asume el Cliente, Compartamos podrá, pero no estará obligada a, mantener vigente –pagar, renovar, entre otros- dicha póliza de seguro, toda vez que es el beneficiario. Para tales efectos, el Cliente se obliga a instruir a sus familiares a fin de que comuniquen oportunamente a Compartamos y/o a la Compañía de Seguros correspondiente, de ser el caso, del fallecimiento o invalidez total y permanente del Cliente (tratándose este último de un seguro de desgravamen con rescate o devolución), obligándose a presentar la documentación solicitada por la Compañía de Seguros correspondiente para la aplicación del seguro de desgravamen. Las condiciones de la póliza de desgravamen cuyo único beneficiario será Compartamos - por el Saldo Deudor-, con el detalle de los beneficios y exclusiones, constan en la póliza que el Cliente declara conocer y aceptar. Sin perjuicio de lo indicado en la presente cláusula, ante eventuales variaciones en la conformación de los costos asociados a las pólizas de seguro, dichas variaciones serán informados por la aseguradora conforme a la normativa que le resulte aplicable.

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Samples: Contrato De Crédito Individual

DE LOS SEGUROS. El CLIENTE se obliga Es condición del(los) préstamo(s) con cargo a contratar y mantener vigente durante la línea la contratación de un Seguro de Desgravamen y; según política de riesgos, un Seguro Multiriesgo u otro(s) que MIBANCO tenga establecido(s) para sus operaciones, cuya(s) póliza(s) deberá(n) estar vigente(s) por el plazo del créditodel(los) préstamo(s) relacionado(s) con dicha cobertura. En caso de incumplimiento, MIBANCO queda facultado, mas no obligado a satisfacción del BANCOcontratar/renovar la póliza, cargando los seguros a que se refieren los numerales 8.1 y 8.2 gastos de esta cláusula, los mismos que podrán ser el seguro de desgravamen o seguro de vida y el seguro contra todo riesgo ofrecidos por el BANCO u otros que el CLIENTE contrate con terceros, siempre y cuando cumplan –a satisfacción del BANCO- con las condiciones previamente informadas por este a través de su página web (xxx.xxxxxx.xxx).Cabe recalcar que, si el CLIENTE presenta la(s) prima(s) al BANCO el seguro de desgravamen y el seguro contra todo riesgo o seguro de vida previamente contratado con terceros, no será necesario que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCO. Los seguros deberán ser contratados con una compañía de seguros de calificación no inferior a "B"monto del(los) préstamo(s) respectivo(s). Si el CLIENTE acreditase ante el BANCO haber contratado por contrata este(os) seguro(s) con la aseguradora de su cuenta un seguro que brinde cobertura similar o mayor al seguro ofrecido por esteelección, la(s) póliza(s) deberá(n) cumplir con las características mínimas establecidas en la web xxx.xxxxxxx.xxx.xx y por plazo igual o mayor, el CLIENTE no estará obligado endosarla(s) a tomar el seguro ofrecido satisfacción de MIBANCO hasta por el BANCO, pero deberá endosar monto del saldo adeudado del(los) préstamo(s) respectivo(s) y ser comunicado a favor del BANCO MIBANCO en un plazo no mayor a 30 días antes de la vigencia de la póliza vigente. Para asegurar el seguro pago de la(s) póliza(s) MIBANCO podrá requerirle que haya contratado por su cuenta, de conformidad con las condiciones que el BANCO establezca, comprometiéndose se adicione al pago puntual de las primas que genera esta póliza. En este caso, será de aplicación la Comisión por Evaluación de Póliza de Seguro Endosada indicada en la Hoja Resumen en la medida que la normativa vigente no lo restrinjamonto xxx xxxxxxxx respectivo. Si el CLIENTE no cumpliera contrata este(os) seguro(s) o cualquier otro seguro opcional a su elección con renovar, mantener vigente y endosar a favor del BANCO el seguro a que se refiere este párrafo, el BANCO queda autorizado a contratarlo por cuenta y cargo del CLIENTE. En caso el CLIENTE tome el seguro ofrecido por el BANCO, este último será el responsable la renovación de los mismos; manteniéndose el CLIENTE como el único obligado al pago. Sin perjuicio de la obligación que asume el CLIENTE, ante su incumplimiento, el BANCO podrá contratar, renovar y/o mantener vigente la respectiva póliza de seguro y, en tal caso, el CLIENTE deberá reembolsarle de inmediato los pagos realizados; o, en caso de que el BANCO aceptara financiarla, el CLIENTE autoriza al BANCO -con su firma puesta en el Contrato- a incluir dentro de las cuotas xxx Xxxxxxxx el monto correspondiente a los pagos realizados por dicho concepto, siempre que el Contrato esté vigente y el CLIENTE no se encuentre en xxxx en el pago xxx Xxxxxxxx. En el supuesto de incumplimiento del CLIENTE a que se refiere este párrafo, la falta de contratación o renovación de la póliza de seguro por parte del BANCO no genera para éste responsabilidad alguna, aun cuando el BANCO haya renovado previamente la póliza. En el caso de seguros ofrecidos por el BANCOMIBANCO, las condiciones de ambas pólizasla(s) póliza(s), cuyo único beneficiario será el BANCO, constarán en el(los) Certificado(s) del(los) Xxxxxx(s) contratado(s) que le será(n) entregado(s) con el detalle de los gastos, condiciones, riesgos y causales de exclusión, constan en la Póliza de Xxxxxx que el CLIENTE declara conocer y aceptar y cuya copia le será enviada de manera electrónica al correo electrónico que el cliente consigna. En caso que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCO, El CLIENTE declara conocer y aceptar las condiciones de ambas pólizas de seguro, con el detalle de las sumas aseguradas, los riesgos no cubiertos o excluidos y que imponen el pago por cuenta del CLIENTE de una franquicia deducible en el evento de siniestro, por lo que en caso de ocurrir un siniestro no amparado por a las pólizas contratadas o de limitaciones o exclusiones impuestas por la compañía de seguros, el BANCO no asume ninguna responsabilidadcuales quedará sujeto. Todo riesgo no cubierto, cualquiera que fuere quien contrató el seguro, así como todo incumplimiento o negativa de pago o cobertura parcial por parte de la compañía de seguros, será asumido por el CLIENTE o por la masa o herederos del CLIENTE, según corresponda. Si Cuando los seguros tomados por el BANCO fueren modificados o suprimidos, el BANCO lo informará al CLIENTE obligatorios u opcionales se contraten a través de los medios MIBANCO, el importe total de comunicación directos establecidos la(s) prima(s) correspondiente(s) será cargado al monto xxx xxxxxxxx respectivo y constará(n) detallada(s) en la cláusula décima quinta HOJA RESUMEN. Si el CLIENTE cancela anticipadamente su(s) préstamo(s), podrá solicitar la devolución del Contrato tan pronto como tenga conocimiento de ellomonto proporcional a los meses en los que no aplicaría la cobertura del(los) seguro(s) contratado(s), con según la finalidad póliza correspondiente. En estos casos, MIBANCO trasladará la solicitud a la compañía aseguradora a efectos de que el CLIENTE tome debida nota de tales modificaciones o supresiones y de sus consecuencias. Si las variaciones consistieran en nuevos requerimientos a ser cumplidos por el CLIENTE, nuevos riesgos excluidos u otros aspectos similares, el CLIENTE se obliga a satisfacerlos, en cuyo defecto quedará desprotegido del seguro esta realice la evaluación correspondiente.

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Samples: Contrato De Línea De Crédito

DE LOS SEGUROS. El CLIENTE se obliga a contratar y mantener vigente durante el plazo del crédito, a satisfacción del BANCO, los seguros a En relación con la hipoteca que se refieren otorga por el presente contrato, LA SEGUNDA PARTE COMPRADORA-DEUDORA, previa presentación de las tres (03) opciones existentes, ha tomado las siguientes pólizas de seguros que más adelante se consignan, con la aprobación de LA PRIMERA PARTE ACREEDORA, mediante la firma de los numerales 8.1 documentos previstos a tal efecto, entregando LA PRIMERA PARTE ACREEDORA en manos de LA SEGUNDA PARTE COMPRADORA - DEUDORA un ejemplar de las pólizas y 8.2 los documentos relativos a su contratación. Póliza de esta cláusulaseguro contra incendio y terremoto No._________________, los mismos que podrán ser el seguro emitida por _________________________________., por la suma de desgravamen RD$________________, Así mismo dicha póliza de incendio y terremoto cubre: 1) Daños por agua de lluvia a consecuencia de huracán; 2) Colapso y/o derrumbe y/o rotura y/o reventamiento de edificios, tanques, y/o silos de almacenamiento, pagando cuotas mensuales ascendentes a la suma de RD$__________. Póliza de seguro de vida No._____________, emitida por ____________________, pagando cuotas mensuales ascendentes a la suma de RD$_________________. La cual tiene como finalidad garantizar el saldo de las obligaciones asumidas por LA SEGUNDA PARTE COMPRADORA - DEUDORA en caso de que ocurra su muerte natural o su incapacidad total y permanente. Las preindicadas pólizas son delegadas a favor de LA PRIMERA PARTE ACREEDORA y han sido convenidas para proteger las mejoras, los inmuebles y demás objetos que se describen en la cláusula primera, entendiéndose que en dichas pólizas se hará constar la delegación operada, así como su aceptación por las aseguradoras, LA SEGUNDA PARTE COMPRADORA-DEUDORA se compromete a mantener la vigencia de las referidas pólizas u obtener otras equivalentes hasta la terminación de la presente hipoteca, y asumir cualquier alza o disminución que en su precio se opere con la aprobación de la autoridad competente. LA PRIMERA PARTE ACREEDORA notificará a LA SEGUNDA PARTE COMPRADORA – DEUDORA con treinta (30) de antelación a su pago el seguro contra todo riesgo ofrecidos alza o disminución experimentada por la prima. Las pólizas enumeradas en el BANCO u otros párrafo decimo séptimo serán efectivas luego que sean aceptadas por las compañías aseguradoras indicadas en el CLIENTE contrate con tercerosmismo, siempre y lo que significa que aún cuando cumplan –a satisfacción del BANCO- con LA PRIMERA PARTE ACREEDORA haya recibido el pago de dichas primas, como simple intermediaria de las condiciones previamente informadas por este a través de su página web (xxx.xxxxxx.xxx).Cabe recalcar queaseguradoras, si el CLIENTE presenta al BANCO el seguro estas rechazan o demoran la aceptación de desgravamen y el seguro contra todo riesgo o seguro de vida previamente contratado con terceros, no será necesario que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCO. Los seguros deberán ser contratados con una compañía solicitados, queda liberada de seguros pleno derecho de calificación no inferior a "B". Si el CLIENTE acreditase ante el BANCO haber contratado por su cuenta un seguro que brinde cobertura similar o mayor al seguro ofrecido por este, y por plazo igual o mayor, el CLIENTE no estará obligado a tomar el seguro ofrecido por el BANCO, pero deberá endosar a favor del BANCO el seguro que haya contratado por su cuenta, de conformidad con las condiciones que el BANCO establezca, comprometiéndose al pago puntual de las primas que genera esta póliza. En este caso, será de aplicación la Comisión por Evaluación de Póliza de Seguro Endosada indicada en la Hoja Resumen en la medida que la normativa vigente no lo restrinja. Si el CLIENTE no cumpliera con renovar, mantener vigente y endosar a favor del BANCO el seguro a que se refiere este párrafo, el BANCO queda autorizado a contratarlo por cuenta y cargo del CLIENTE. En caso el CLIENTE tome el seguro ofrecido por el BANCO, este último será el responsable la renovación de los mismos; manteniéndose el CLIENTE como el único obligado al pago. Sin perjuicio de la obligación que asume el CLIENTE, ante su incumplimiento, el BANCO podrá contratar, renovar y/o mantener vigente la respectiva póliza de seguro y, en tal caso, el CLIENTE deberá reembolsarle de inmediato los pagos realizados; otoda responsabilidad, en caso de que durante el BANCO aceptara financiarlatiempo de la aceptación por las compañías, se produjere una muerte o deterioro por cualquier contingencia del inmueble asegurado, quedando obligada únicamente a la devolución del importe recibido para el CLIENTE autoriza al BANCO -con su firma puesta pago de éstos y dicho seguro. El incumplimiento de cualesquiera de los compromisos aquí contraído por LA SEGUNDA PARTE COMPRADORA-DEUDORA, da origen a las caducidades y consecuencias previstas en este contrato. PARRAFO I: Las partes convienen en que si una vez transcurrido el Contrato- plazo de los treinta (30) días de la fecha de este contrato LA SEGUNDA PARTE COMPRADORA-DEUDORA no haya satisfecho los requisitos exigidos por las aseguradoras, tales como: Examen médico, declaración jurada, etc., equivale a incluir dentro de las cuotas xxx Xxxxxxxx el monto correspondiente una renuncia expresa a los pagos realizados seguros, corriendo por dicho conceptosu propia cuenta cualquier eventualidad, siempre que el Contrato esté vigente y el CLIENTE no se encuentre en xxxx en el pago xxx Xxxxxxxx. En el supuesto de incumplimiento del CLIENTE a que se refiere este párrafo, tal como la falta de contratación o renovación de la póliza muerte, destrucción, etc. Liberando a LA PRIMERA PARTE ACREEDORA de seguro responsabilidad, debiendo los herederos o causahabientes de LA SEGUNDA PARTE COMPRADORA-DEUDORA asumir los compromisos dejados por parte del BANCO no genera para éste responsabilidad alguna, aun cuando el BANCO haya renovado previamente la pólizacon LA PRIMERA PARTE ACREEDORA. PARRAFO II: En el caso de seguros ofrecidos que dicha SEGUNDA PARTE COMPRADORA-DEUDORA no califiquen o no le sea aceptado el seguro de vida, o no haya cumplido con los documentos exigidos por el BANCOlas aseguradoras, las condiciones de ambas pólizascomo son exámenes médicos, cuyo único beneficiario será el BANCOetc., con el detalle de los riesgos y causales de exclusión, constan en la Póliza de Xxxxxx que el CLIENTE declara conocer y aceptar y cuya copia le será enviada de manera electrónica al correo electrónico que el cliente consigna. En caso que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCO, El CLIENTE declara conocer y aceptar las condiciones de ambas pólizas de seguro, con el detalle de las sumas aseguradas, los riesgos no cubiertos o excluidos y que imponen el pago por cuenta del CLIENTE de una franquicia deducible en el evento de siniestro, por lo queda entendido que en caso de ocurrir un siniestro no amparado por las pólizas contratadas muerte, sus herederos deberán satisfacer la deuda o le será ejecutada la hipoteca en la persona de limitaciones todos o exclusiones impuestas por la compañía de seguros, el BANCO no asume ninguna responsabilidad. Todo riesgo no cubierto, cualquiera que fuere quien contrató el seguro, así como todo incumplimiento o negativa de pago o cobertura parcial por parte de la compañía de seguros, será asumido por el CLIENTE o por la masa o herederos del CLIENTE, según corresponda. Si los seguros tomados por el BANCO fueren modificados o suprimidos, el BANCO lo informará al CLIENTE a través solo uno de los medios herederos de comunicación directos establecidos en la cláusula décima quinta del Contrato tan pronto como tenga conocimiento de ello, con la finalidad de que el CLIENTE tome debida nota de tales modificaciones o supresiones y de sus consecuencias. Si las variaciones consistieran en nuevos requerimientos a ser cumplidos por el CLIENTE, nuevos riesgos excluidos u otros aspectos similares, el CLIENTE se obliga a satisfacerlos, en cuyo defecto quedará desprotegido del seguro correspondientedicha parte.

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Samples: Contrato Tripartito De Venta

DE LOS SEGUROS. El desembolso xxx xxxxxxxx estará supeditado a la contratación obligatoria de un Seguro de Desgravamen y; según el giro del negocio, un Seguro Multiriesgo, Microseguro u otro(s) que CAJA LOS ANDES tenga establecido(s) para sus operaciones, los cuales, si fuera el caso su contratación, constarán en la Hoja Resumen correspondiente y página web de CAJA LOS ANDES. EL CLIENTE se obliga a contratar y mantener vigente durante todo el plazo periodo del créditopresente contrato dicho(s) seguro(s) obligatorio (condición para contratar). De no hacerlo, CAJA LOS ANDES quedará facultada a satisfacción contratar y/ renovar la póliza del BANCOseguro, cargando los gastos de la prima al monto xxx xxxxxxxx. EL CLIENTE tiene derecho a contratar estos seguros directamente con la aseguradora de su elección o contratar los seguros a que se refieren los numerales 8.1 y 8.2 de esta cláusula, los mismos que podrán ser el seguro de desgravamen o seguro de vida y el seguro contra todo riesgo ofrecidos por el BANCO u otros que el CLIENTE contrate con terceros, siempre y cuando cumplan –a satisfacción del BANCO- con las condiciones previamente informadas por este a través de su página web (xxx.xxxxxx.xxx).Cabe recalcar que, si el CLIENTE presenta al BANCO el seguro de desgravamen y el seguro contra todo riesgo o seguro de vida previamente contratado con terceros, no será necesario que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCO. Los seguros deberán ser contratados con una compañía de seguros de calificación no inferior a "B". Si el CLIENTE acreditase ante el BANCO haber contratado por su cuenta un seguro que brinde cobertura similar o mayor al seguro ofrecido por este, y por plazo igual o mayor, el CLIENTE no estará obligado a tomar el seguro ofrecido por el BANCO, pero deberá endosar a favor del BANCO el seguro que haya contratado por su cuenta, de conformidad con las condiciones que el BANCO establezca, comprometiéndose al pago puntual de las primas que genera esta pólizaCAJA LOS ANDES comercializa. En este caso, será de aplicación la Comisión por Evaluación de Póliza de Seguro Endosada indicada en la Hoja Resumen en la medida que la normativa vigente no lo restrinja. Si el CLIENTE no cumpliera con renovar, mantener vigente y endosar a favor del BANCO el seguro a que se refiere este párrafo, el BANCO queda autorizado a contratarlo por cuenta y cargo del CLIENTE. En último caso el CLIENTE tome el seguro ofrecido por el BANCO, este último será el responsable la renovación de los mismos; manteniéndose el CLIENTE como el único obligado al pago. Sin perjuicio de la obligación que asume el CLIENTE, ante su incumplimiento, el BANCO podrá contratar, renovar y/o mantener vigente la respectiva póliza de seguro y, en tal caso, el CLIENTE deberá reembolsarle de inmediato los pagos realizados; o, en caso de que el BANCO aceptara financiarla, el CLIENTE autoriza al BANCO -con su firma puesta en el Contrato- a incluir dentro de las cuotas xxx Xxxxxxxx el monto correspondiente a los pagos realizados por dicho concepto, siempre que el Contrato esté vigente y el CLIENTE no se encuentre en xxxx en el pago xxx Xxxxxxxx. En el supuesto de incumplimiento del CLIENTE a que se refiere este párrafo, la falta de contratación o renovación de la póliza de seguro por parte del BANCO no genera para éste responsabilidad alguna, aun cuando el BANCO haya renovado previamente la póliza. En el caso de seguros ofrecidos por el BANCO, las condiciones de ambas pólizasla(s) póliza(s) donde el beneficiario, cuyo único beneficiario será el BANCOCAJA LOS ANDES, con el detalle de los gastos, condiciones, riesgos y causales cubiertos o excluidos a las cuales se sujeta EL CLIENTE, constarán en el(los) Certificado(s) del(los) Seguro(s) contratado(s) que le será(n) entregado(s) con cargo de exclusión, constan en la Póliza de Xxxxxx que el recepción. EL CLIENTE declara conocer y aceptar y cuya copia le será enviada de manera electrónica al correo electrónico que el cliente consigna. En caso que el CLIENTE contrate no estará obligado a contratar los seguros ofrecidos a través de CAJA LOS ANDES, siempre que acredite haber contratado un seguro con las características mínimas establecidas en la página web www.CAJA LOS XXXXX.xxx.xx, seguros obligatorios que serán condición para contratar , debiendo, previo al desembolso, endosarlo a CAJA LOS ANDES hasta por el BANCO, El CLIENTE declara conocer monto del saldo adeudado y aceptar las condiciones de ambas pólizas de seguro, con el detalle de las sumas aseguradas, los riesgos no cubiertos o excluidos y que imponen el así asegurar su pago por cuenta del CLIENTE de una franquicia deducible en el evento de siniestro, por lo que en caso de ocurrir un siniestro no amparado siniestro, pudiendo CAJA LOS ANDES requerir a EL CLIENTE en caso sea necesario que el importe correspondiente al pago del seguro sea adicionado al monto xxx xxxxxxxx financiado por las pólizas contratadas o CAJA LOS ANDES, para los efectos de limitaciones o exclusiones impuestas por garantizar la compañía vigencia de segurosla póliza hasta el vencimiento xxx xxxxxxxx. En caso, EL CLIENTE contrate un seguro con la aseguradora de su elección, el BANCO endoso a favor de CAJA LOS ANDES, deberá serle comunicado a este en un plazo no asume ninguna responsabilidad. Todo riesgo no cubierto, cualquiera que fuere quien contrató el seguro, así como todo incumplimiento o negativa mayor de pago o cobertura parcial por parte treinta (30) días antes del vencimiento de la compañía vigencia de seguros, será asumido por el la póliza vigente. Otros Seguros: EL CLIENTE o por la masa o herederos del CLIENTE, según corresponda. Si los seguros tomados por el BANCO fueren modificados o suprimidos, el BANCO lo informará al CLIENTE podrá contratar a través de CAJA LOS ANDES seguros adicionales a su elección, cuya cobertura, exclusiones, vigencia y demás condiciones constarán en el (los) respectivo(s) Certificado(s) de Seguros que le será(n) entregado(s) con cargo de recepción. Tratándose de los medios seguros contratados a través de comunicación directos CAJA LOS ANDES, sean obligatorios u opcionales. Bajo este supuesto CAJA LOS ANDES será responsable de la renovación de los mismos en su calidad de contratante. Es política de CAJA LOS ANDES que EL CLIENTE efectúe la contratación de un seguro obligatorio como condición para contratar, en los productos agrícola y pyme, según los lineamientos establecidos por CAJA LOS ANDES, obligándose a mantenerla vigente hasta la cancelación del o los crédito(s) que se otorguen. Las condiciones requeridas por CAJA LOS ANDES serán informadas al CLIENTE al momento de la solicitud de crédito, ello sin perjuicio de su publicación en la cláusula décima quinta página web (xxx.xxxxxxxxxxxx.xx). La Póliza de Seguro contratada deberá mantener las mismas condiciones por un plazo, por lo menos igual, al plazo del Contrato tan pronto como tenga conocimiento crédito que se otorga, salvo que la Póliza contratada admita el pago fraccionado en cuotas mensuales, en cuyo caso para efectos del pago del seguro CAJA LOS ANDES podrá, de elloaceptarlo así EL CLIENTE, adicionar el monto de las primas mensuales del seguro a las cuotas del crédito, con la finalidad de garantizar la vigencia de la póliza hasta la cancelación del crédito. La Póliza deberá ser entregada a CAJA LOS ANDES antes de la fecha prevista para el desembolso del crédito, debidamente endosada según el modelo de endoso establecido por CAJA LOS ANDES el mismo que será difundido a través, de su página web, incluyéndose como condición que el CLIENTE tome debida nota contrato de tales modificaciones o supresiones y seguro no será resuelto por falta de sus consecuenciaspago sin antes haber sido previamente comunicado a CAJA LOS ANDES. Si por algún motivo EL CLIENTE no hacen entrega a CAJA LOS ANDES de la póliza de seguro que corresponda, se suspenderá el desembolso del crédito correspondiente hasta que se satisfaga dicha exigencia, de lo contrario CAJA LOS ANDES podrá resolver el contrato de crédito que se trate sin responsabilidad alguna. En el caso de las variaciones consistieran en nuevos requerimientos a ser cumplidos pólizas que no admiten pagos fraccionados mensuales CAJA LOS ANDES requerirá Al CLIENTE su renovación por el CLIENTEperiodo de un año y el pago de la prima del siguiente periodo, nuevos riesgos excluidos u otros aspectos similaressegún corresponda, con sesenta (60) días de anticipación al vencimiento de la póliza, ello se aplicará siempre que se trate de una póliza que haya contratado directamente el cliente, con la finalidad de tener la seguridad de que el bien no se halle sin cobertura en ningún momento pues es obligación de EL CLIENTE se obliga mantener la vigencia de la póliza durante todo el plazo del crédito. Cuando EL CLIENTE no cumpla con renovar la Póliza o pagar las primas anuales con una anticipación de por lo menos quince (15) días antes del vencimiento de la Póliza, CAJA LOS ANDES renovará la póliza pagando el monto de las primas directamente a satisfacerlos, en cuyo defecto quedará desprotegido del seguro correspondientela Compañía de Seguros o contratará una nueva Póliza.

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Samples: Contrato De Creditos

DE LOS SEGUROS. El CLIENTE EL LOCATARIO por tener la guarda material y jurídica de EL (LOS) BIEN(ES) se obliga compromete durante la vigencia del contrato a contratar y mantener vigente(s) la(s) póliza(s) de seguro descrita(s) en el Anexo de iniciación del Plazo y aquellas necesarias para la debida protección de EL (LOS) BIEN(ES). De la misma forma se compromete a pagar las primas generadas al contratar y renovar dichas pólizas. La beneficiaria única de la(s) póliza(s) deberá ser BANCOLOMBIA y en responsabilidad civil los beneficiarios deberán ser también los terceros afectados. BANCOLOMBIA podrá rechazar la póliza individual endosada por EL LOCATARIO invocando la falta de cumplimiento de los requisitos consagrados en la normatividad vigente o porque BANCOLOMBIA de seguros no cumpla con la calificación y las políticas publicadas por BANCOLOMBIA en la página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx. En el evento en que EL LOCATARIO no acredite a BANCOLOMBIA, la contratación, renovación y vigencia de las anteriores pólizas, BANCOLOMBIA como propietaria de EL (LOS) BIEN(ES) estará facultada durante la vigencia del Contrato de ARRENDAMIENTO FINANCIERO LEASING para incluir(los) en la póliza colectiva que tiene contratada para el plazo del créditoefecto, a satisfacción del BANCO, los seguros a que y cuyas características se refieren los numerales 8.1 y 8.2 de esta cláusula, los mismos que podrán ser el seguro de desgravamen o seguro de vida y el seguro contra todo riesgo ofrecidos por el BANCO u otros que el CLIENTE contrate con tercerosencuentran publicadas en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx, siempre y cuando cumplan –EL LOCATARIO y/o EL (LOS) BIEN(ES) cumpla(n) con los requisitos exigidos por la aseguradora. BANCOLOMBIA podrá cubrir con cargo a satisfacción EL LOCATARIO el valor de la(s) prima(s) y desde el momento del BANCO- pago EL LOCATARIO deberá reembolsarle dicho valor a BANCOLOMBIA y éste lo pagará en la fecha informada en la cuenta de cobro. EL LOCATARIO mantendrá actualizados los valores de EL (LOS) BIEN(ES) durante la vigencia de la(s) póliza(s) para evitar el infraseguro. EL LOCATARIO tendrá derecho en cualquier momento a contratar otra aseguradora, cumpliendo con las condiciones los requisitos previamente informadas por este a través de su página web (xxx.xxxxxx.xxx).Cabe recalcar que, si el CLIENTE presenta al BANCO el seguro de desgravamen y el seguro contra todo riesgo o seguro de vida previamente contratado con tercerosmencionados, no será necesario obstante deberá dar aviso inmediato a BANCOLOMBIA sobre cualquier cambio. Con el fin de que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCO. Los seguros deberán ser contratados con una compañía de seguros de calificación no inferior a "B". Si el CLIENTE acreditase ante el BANCO haber contratado por su cuenta un seguro que brinde cobertura similar o mayor al seguro ofrecido por este, y por plazo igual o mayor, el CLIENTE no estará obligado a tomar el seguro ofrecido por el BANCO, pero deberá endosar a favor EL LOCATARIO tenga conocimiento del BANCO el seguro que haya contratado por su cuenta, de conformidad con las condiciones que el BANCO establezca, comprometiéndose al pago puntual clausulado de las primas que genera esta pólizapólizas mencionadas en el contrato, BANCOLOMBIA le hará entrega de una copia de las mismas en el momento de la asegurabilidad de EL (LOS) BIEN(ES). En este caso, será de aplicación la Comisión por Evaluación de Póliza de Seguro Endosada indicada en la Hoja Resumen en la medida que la normativa vigente no lo restrinja. Si el CLIENTE no cumpliera con renovar, mantener vigente y endosar a favor del BANCO el seguro a que se refiere este párrafo, el BANCO queda autorizado a contratarlo por cuenta y cargo del CLIENTEFALTANTES. En caso de siniestro parcial o total, EL LOCATARIO quedará obligado a pagar el CLIENTE tome deducible o la franquicia, según corresponda. Igualmente éste se obliga a pagar a BANCOLOMBIA el seguro ofrecido por valor faltante para el BANCO, este último será el responsable la renovación costo de los mismos; manteniéndose el CLIENTE como el único obligado al pago. Sin perjuicio de la obligación que asume el CLIENTE, ante su incumplimiento, el BANCO podrá contratar, renovar las reparaciones y/o mantener vigente la respectiva póliza reposición de seguro EL (LOS) BIEN(ES) o sus partes, y el valor no cubierto por infraseguro. INDEMNIZACIONES. En caso de pérdida total, BANCOLOMBIA imputará la indemnización recibida al saldo que en virtud del ARRENDAMIENTO FINANCIERO LEASING estuviese pendiente de pago. Si efectuada esta operación EL LOCATARIO quedare debiendo alguna suma de dinero a BANCOLOMBIA, deberá pagársela dentro del plazo consagrado en una de la(s) siguiente(s) cuenta(s) de cobro. Si sobra alguna suma de dinero, se destinará así: i) si existen obligaciones pendientes de pago a cargo de EL LOCATARIO podrá aplicarse según el orden de imputación de pagos consagrado en el contrato; o ii) si no existen obligaciones pendientes de pago a cargo de EL LOCATARIO, se le entregarán a éste dichas sumas de dinero. Las sumas que llegare a recibir EL LOCATARIO por indemnización de una pérdida parcial, deberán ser destinadas exclusivamente por éste, a la reparación de EL (LOS) BIEN(ES). caso que la aseguradora no estuviera obligada a pagar el valor de las pérdidas o daños, u objetare la reclamación, o que EL (LOS) BIEN(ES) no se encuentre(n) asegurado(s), estará a cargo de EL LOCATARIO la reposición o reparación de EL(LOS) BIEN(ES) y/o la indemnización de terceros. En caso de pérdidas totales, la reposición de EL (LOS) BIEN(ES) se hará pagando el saldo a capital incluyendo el valor de la opción de compra, más los intereses causados pendientes de pago a la fecha del siniestro, liquidados a la tasa indicada en el Anexo 1- Iniciación del Plazo. PARÁGRAFO CUARTO. En caso de requerirse un proceso de importación, bajo los términos de negociación (Inconterms), en tal caso, el CLIENTE deberá reembolsarle los cuales EL(LOS) PROVEEDOR(ES) es(son) responsable(s) de inmediato los pagos realizados; o, en caso de que el BANCO aceptara financiarla, el CLIENTE autoriza al BANCO -con su firma puesta en el Contrato- a incluir dentro de las cuotas xxx Xxxxxxxx el monto correspondiente a los pagos realizados por dicho concepto, siempre que el Contrato esté vigente y el CLIENTE no se encuentre en xxxx en el pago xxx Xxxxxxxx. En el supuesto de incumplimiento del CLIENTE a que se refiere este párrafo, la falta de contratación o renovación de contratar la póliza de seguro por parte del BANCO no genera para éste responsabilidad algunatransporte, aun cuando el BANCO haya renovado previamente la pólizaEL LOCATARIO deberá presentar a BANCOLOMBIA dicha póliza cuya beneficiaria única es BANCOLOMBIA. En el caso de seguros ofrecidos por el BANCO, las condiciones de ambas pólizas, cuyo único beneficiario será el BANCO, con el detalle de los riesgos y causales de exclusión, constan en la Póliza de Xxxxxx que el CLIENTE declara conocer y aceptar y cuya copia le será enviada de manera electrónica al correo electrónico que el cliente consignaPARÁGRAFO QUINTO. En caso que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCOEL (LOS) BIEN(ES) objeto del proceso de importación se asegure(n) en la póliza colectiva de transporte de BANCOLOMBIA, El CLIENTE declara conocer y aceptar las condiciones de ambas pólizas de segurose le hará entrega a EL LOCATARIO, con el detalle de las sumas aseguradaspara su conocimiento, los riesgos no cubiertos o excluidos y que imponen el pago por cuenta del CLIENTE de una franquicia deducible en el evento de siniestro, por lo que en caso de ocurrir un siniestro no amparado por las pólizas contratadas o de limitaciones o exclusiones impuestas por la compañía de seguros, el BANCO no asume ninguna responsabilidad. Todo riesgo no cubierto, cualquiera que fuere quien contrató el seguro, así como todo incumplimiento o negativa de pago o cobertura parcial por parte de la compañía copia del clausulado de seguros, será asumido por el CLIENTE o por la masa o herederos del CLIENTE, según corresponda. Si los seguros tomados por el BANCO fueren modificados o suprimidos, el BANCO lo informará al CLIENTE a través de los medios de comunicación directos establecidos en la cláusula décima quinta del Contrato tan pronto como tenga conocimiento de ello, con la finalidad de que el CLIENTE tome debida nota de tales modificaciones o supresiones y de sus consecuencias. Si las variaciones consistieran en nuevos requerimientos a ser cumplidos por el CLIENTE, nuevos riesgos excluidos u otros aspectos similares, el CLIENTE se obliga a satisfacerlos, en cuyo defecto quedará desprotegido del seguro correspondientepóliza mencionada.

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Samples: eaav.gov.co

DE LOS SEGUROS. El CLIENTE Dentro de los dos (2) días calendarios siguientes a la firma de este contrato, el DEUDOR se obliga a contratar y mantener vigente durante el plazo del crédito, a satisfacción del BANCO, los seguros a que se refieren los numerales 8.1 y 8.2 de esta cláusula, los mismos que podrán ser el seguro de desgravamen o seguro de vida y el seguro contra todo riesgo ofrecidos por el BANCO u otros que el CLIENTE contrate con terceros, siempre y cuando cumplan –a satisfacción del BANCO- con las condiciones previamente informadas por este a través de su página web (xxx.xxxxxx.xxx).Cabe recalcar que, si el CLIENTE presenta al BANCO el seguro de desgravamen y el seguro contra todo riesgo o seguro de vida previamente contratado con terceros, no será necesario que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCO. Los seguros deberán ser contratados con una compañía de seguros de calificación no inferior a "B". Si el CLIENTE acreditase ante el BANCO haber contratado por su cuenta un seguro que brinde cobertura similar o mayor al seguro ofrecido por este, y por plazo igual o mayor, el CLIENTE no estará obligado a tomar el seguro ofrecido por el BANCO, pero deberá endosar a favor del BANCO el seguro que haya contratado por su cuenta, de conformidad con las condiciones que el BANCO establezca, comprometiéndose al pago puntual de las primas que genera esta póliza. En este caso, será de aplicación la Comisión por Evaluación de Póliza de Seguro Endosada indicada en la Hoja Resumen en la medida que la normativa vigente no lo restrinja. Si el CLIENTE no cumpliera con renovar, mantener vigente entregar y endosar a favor del BANCO una póliza de seguro contra “Todo Riesgo” que coberture el seguro BIEN hasta por la suma indicada en la Cláusula 20.3, la cual deberá ser emitida por una empresa de seguros de primera categoría, y contener términos y condiciones a satisfacción del BANCO. Dichas pólizas y endosos deberán contar con la respectiva Cláusula de Indemnización a favor del BANCO El importe inicial de la póliza será igual al señalado en la factura respectiva del BIEN otorgado en GARANTIA MOBILIARIA. Para las renovaciones sucesivas este importe será rebajado de acuerdo a los valores que tienen establecidos las compañías de seguros y que el DEUDOR declara conocer y aceptar. Si el DEUDOR no entrega y endosa la póliza de seguros señalada, dentro del plazo indicado en el primer párrafo, así como de las renovaciones a que se refiere este párrafohubiera lugar, el BANCO queda autorizado a contratarlo quedará irrevocablemente facultado para que, en nombre y representación del DEUDOR, contrate o renueve dichas pólizas y obtenga, si fuera el caso, la ampliación necesaria para cubrir el BIEN contra otros riesgos adicionales. Los costos y gastos en que incurra el BANCO por cuenta estos conceptos, serán cargados en cualquiera de las cuentas que el DEUDOR tenga o pudiera tener en el BANCO, sin necesidad de nueva autorización ni confirmación posterior por parte de aquél. Es responsabilidad exclusiva del DEUDOR la contratación, renovación, reemplazo, alcance de las coberturas, términos y cargo cumplimiento de las condiciones que deberá contener dicha póliza de seguro. El BANCO no asumirá responsabilidad alguna por la no contratación de las pólizas, deficiencias de coberturas, desfase de valores, cancelación de cobertura o insolvencia del CLIENTEasegurador. En caso que la póliza fuera contratada en moneda nacional, las sumas aseguradas de las mismas se deberán reajustar periódicamente mediante la introducción de la Cláusula de Reajuste Automático por variaciones cambiarias, oficialmente aprobada por la Asociación Peruana de Empresas de Seguros, mediante la cual se permite reajustar automáticamente las sumas aseguradas hasta un máximo de 20%, de acuerdo al porcentaje de la devaluación durante el CLIENTE tome período de vigencia de la póliza. Si el seguro ofrecido por porcentaje de devaluación supera este 20%, el BANCO, este último será el responsable la renovación DEUDOR se obliga a reajustar las sumas aseguradas en función de los mismos; manteniéndose nuevos porcentajes de devaluación, manteniendo vigente la Cláusula mencionada en el CLIENTE como el único obligado al pago. Sin perjuicio párrafo anterior, con la finalidad de la obligación que asume el CLIENTEcoberturar las Obligaciones Garantizadas y evitar situaciones de infraseguro, ante su incumplimientoEl BANCO está facultado a requerir, en cualquier momento, el BANCO podrá contratar, renovar y/o mantener vigente la respectiva póliza de seguro y, en tal caso, el CLIENTE deberá reembolsarle de inmediato los pagos realizados; o, en caso de que el BANCO aceptara financiarla, el CLIENTE autoriza al BANCO -con su firma puesta en el Contrato- a incluir dentro de las cuotas xxx Xxxxxxxx el monto correspondiente a los pagos realizados por dicho concepto, siempre que el Contrato esté vigente y el CLIENTE no se encuentre en xxxx en el pago xxx Xxxxxxxx. En el supuesto de incumplimiento del CLIENTE a que se refiere este párrafo, la falta de contratación o renovación endoso de la póliza de seguro por parte del BANCO no genera para éste responsabilidad alguna, aun cuando el BANCO haya renovado previamente la póliza. En el caso de seguros ofrecidos por el BANCO, las condiciones de ambas pólizas, cuyo único beneficiario será el BANCO, con el detalle de los riesgos y causales de exclusión, constan en la Póliza de Xxxxxx que el CLIENTE declara conocer y aceptar y cuya copia le será enviada de manera electrónica al correo electrónico que el cliente consigna. En caso que el CLIENTE contrate los seguros ofrecidos por el BANCO, El CLIENTE declara conocer y aceptar las condiciones de ambas pólizas de seguro, con el detalle se incluya la modificación de las sumas aseguradas, verificando la correcta evolución de tales sumas con relación a la devaluación sufrida como consecuencia de las variaciones cambiarias. Si el DEUDOR, aún contando con una póliza con los riesgos que el BANCO obliga a asegurar, no cubiertos o excluidos y que imponen cumpliera con la adecuación de la Cláusula de Reajuste Automático por Variaciones Cambiarias antes mencionada, el pago BANCO por cuenta y costo del CLIENTE DEUDOR estará facultado a contratar una póliza que cubra el BIEN contra “Todo Riesgo”, debiendo el DEUDOR asumir el monto de una franquicia deducible los desembolsos que por estos conceptos hiciera el BANCO..A fin de evitar el doble seguro sobre un mismo bien y sus repercusiones que pudiera tener en el evento caso de siniestro, por el DEUDOR deberá alcanzar al BANCO en un plazo no mayor de ocho (8) días calendario desde que sea requerido para ello, el correspondiente endoso de exclusión del BIEN. El BANCO se encuentra facultado para solicitar al DEUDOR las renovaciones de la póliza de seguro a fin de que éstas se mantengan vigentes hasta la cancelación de todas y cada una de las Obligaciones Garantizadas. En la eventualidad de que ocurriera un siniestro, el BANCO conforme lo considere conveniente determinará si la indemnización correspondiente al seguro será aplicada a la amortización de lo que adeudase el DEUDOR o a la reparación y/o refacción del BIEN conforme el BANCO lo considere conveniente. El convenio de Ajuste en caso de ocurrir un siniestro no amparado deberá previamente ser sometido a la aprobación del BANCO, antes de la aceptación por las pólizas contratadas o de limitaciones o exclusiones impuestas por la compañía de seguros, parte del DEUDOR. Las partes acuerdan expresamente que el BANCO no asume ninguna responsabilidad. Todo riesgo no cubierto, cualquiera estará facultado a cargar cualquier importe que fuere quien contrató el seguro, así como todo incumplimiento o negativa de pago o cobertura parcial éste haya incurrido por parte de la compañía de seguros, será asumido por el CLIENTE o por la masa o herederos del CLIENTE, según corresponda. Si los seguros tomados por el BANCO fueren modificados o suprimidos, el BANCO lo informará al CLIENTE a través de los medios de comunicación directos conceptos establecidos en la cláusula décima quinta presente cláusula, por cuenta y costo del Contrato tan pronto como tenga conocimiento de ello, con la finalidad de que el CLIENTE tome debida nota de tales modificaciones o supresiones y de sus consecuencias. Si las variaciones consistieran en nuevos requerimientos a ser cumplidos por el CLIENTE, nuevos riesgos excluidos u otros aspectos similares, el CLIENTE se obliga a satisfacerlosDEUDOR, en cuyo defecto quedará desprotegido del seguro correspondientecualquiera de las cuentas que éste tenga o pudiera tener en el BANCO.

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Samples: Contrato De Constitución De Garantia Mobiliaria Vehicular