DEDUCCIONES. El HOSPITAL aplicará las deducciones al pago del SERVICIO con motivo del incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir el PROVEEDOR respecto a la partida o conceptos que integran el CONTRATO, estableciéndose en dicha sección, el límite del incumplimiento a partir del cual se podrán cancelar total o parcialmente las partidas y/o agrupación de partidas o conceptos no entregados, o bien iniciar el procedimiento de rescisión el CONTRATO. De conformidad con el Artículo 53 bis de la LEY, se aplicarán las deducciones por los SERVICIOS prestados de manera parcial o deficiente de conformidad con lo establecido en la siguiente tabla por periodo de facturación: 0.5% sobre el importe total de la prima (antes de I.V.A) de la póliza afectada, por cada día hábil de no presentar el total de las pólizas iníciales dentro de los siguiente 15(QUINCE) días hábiles, contados a partir del fallo. 0.5% sobre el importe total de la prima (antes de I.V.A) de la póliza afectada por cada día hábil de no presentar los endosos tipos A, B y D, dentro de los siguientes 7 días hábiles a partir de recibida la solicitud por escrito. 1% por cada día hábil de por no presentar las notas de crédito, comprobantes de deducibles y los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet originales de bienes indemnizados en especie, dentro de los siguientes 10 días hábiles a partir de recibida la solicitud por escrito. 1% por cada día hábil Por no presentar el Convenio de valoración de pérdidas dentro de los 15 días hábiles a partir de la recepción de la reclamación, para revisión y firma de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios. 1% por cada día hábil por no presentar el pago de la indemnización del siniestro, o en su caso el pago en especie, dentro de los siguientes 15 días naturales, a partir de que la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios, dé el visto bueno al Convenio de valoración de pérdidas y haya efectuado el pago del deducible. 1% por cada día hábil por no presentar el anticipo para daños (no automóviles) dentro de los 10 días hábiles siguientes al que se realice la petición por anticipo hasta por el 50% del importe estimado de pérdida, una vez declarado procedente y se cuente con la documentación que soporte el importe correspondiente al anticipo. $300.00 M. N. por cada día hábil por no presentar los reportes de siniestralidad mensual, dentro de los siguientes 15 días naturales a partir del término del mes, al que se trate, con los conceptos solicitados en estas bases NOTA: Las deducciones no excederán del 20% del importe máximo del total el Contrato. El licitante expresa su conformidad de que las cantidades que resulten por deducciones por concepto xx xxxx convencional, les serán descontadas por el Hospital, de los CFDI´s (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet) presentados para su pago. Las penalizaciones señaladas en el presente numeral, no podrán rebasar individual o acumulativamente durante la vigencia del contrato el equivalente al monto de la garantía de cumplimiento de contrato, ya que de lo contrario se iniciará el procedimiento de rescisión del contrato. Las deducciones al pago de bienes o servicios previstos en el artículo 53 bis de la LEY serán determinadas en función de los bienes entregados o servicios prestados de manera parcial o deficiente. Dichas deducciones deberán calcularse hasta la fecha en que materialmente se cumpla la obligación y sin que cada concepto de deducciones exceda a la parte proporcional de la garantía de cumplimiento que le corresponda del monto total del contrato. Los montos a deducir se deberán aplicar en la factura que el PROVEEDOR presente para su cobro, inmediatamente después de que el área requirente tenga cuantificada la deducción correspondiente de conformidad a lo establecido en el artículo 97 del REGLAMENTO de la LEY.
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DEDUCCIONES. El HOSPITAL aplicará las deducciones al pago del SERVICIO con motivo En caso del incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir el EL PROVEEDOR respecto a la partida las partidas o conceptos que integran el CONTRATOpresente instrumento, estableciéndose en dicha sección, LA COMISIÓN podrá efectuar deducciones al pago hasta por el 20% (VEINTE PORCIENTO) del importe del Contrato; límite del incumplimiento a partir del cual se podrán cancelar total o parcialmente las partidas y/o agrupación de partidas o conceptos no entregados, o bien LA COMISIÓN podrá iniciar el procedimiento de rescisión el CONTRATOrescisión. De conformidad con el Artículo 53 bis Las deducciones consistirán en: - XXXXXX XX XX XXXXXXX XXX XXXXXXXX, XXXXXXX XX XXX 00 HORAS ESTIPULADAS EN EL ANEXO 1 DE LA CONVOCATORIA (HORAS) CANTIDAD DE HORAS DEDUCCIÓN APLICABLE AL IMPORTE DE CADA FACTURA COMENTARIO
A) 1 minuto a 6:00 horas de la LEY, se aplicarán las deducciones por los SERVICIOS prestados de manera parcial o deficiente de conformidad con lo establecido en la siguiente tabla por periodo de facturación: 0.5% sobre el importe total de la prima (antes de I.V.A) de la póliza afectada, por cada día hábil de no presentar el total de las pólizas iníciales dentro de los siguiente 15(QUINCE) días hábiles, contados a partir del fallo. 0.5% sobre el importe total de la prima (antes de I.V.A) de la póliza afectada por cada día hábil de no presentar los endosos tipos A, B y D, dentro de los siguientes 7 días hábiles a partir de recibida la solicitud por escrito. retraso 1% por cada día hábil de por no presentar las notas de crédito, comprobantes de deducibles y los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet originales de bienes indemnizados en especie, dentro de los siguientes 10 días hábiles a partir de recibida la solicitud por escrito. 1% por cada día hábil Por no presentar el Convenio de valoración de pérdidas dentro de los 15 días hábiles a partir de la recepción de la reclamación, para revisión y firma de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios. 1% por cada día hábil por no presentar el pago de la indemnización del siniestro, o en su caso el pago en especie, dentro de los siguientes 15 días naturales, a partir de que la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios, dé el visto bueno al Convenio de valoración de pérdidas y haya efectuado el pago del deducible. 1% por cada día hábil por no presentar el anticipo para daños (no automóviles) dentro de los 10 días hábiles siguientes al que se realice la petición por anticipo hasta por el 50% del importe estimado de pérdida, una vez declarado procedente y se cuente con la documentación que soporte el importe correspondiente al anticipo. $300.00 M. N. por cada día hábil por no presentar los reportes de siniestralidad mensual, dentro de los siguientes 15 días naturales a partir del término del mes, al que se trate, con los conceptos solicitados en estas bases NOTA: Las deducciones no excederán del 20% del importe máximo del total el Contrato. El licitante expresa su conformidad de que las cantidades que resulten por deducciones por concepto xx xxxx convencional, les serán descontadas por el Hospital, de los CFDI´s (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet) presentados para su pago. Las penalizaciones señaladas incurrir diez veces en el presente numeral, no podrán rebasar individual o acumulativamente durante la vigencia supuesto de retraso del contrato el equivalente al monto de la garantía de cumplimiento de contrato, ya que de lo contrario se iniciará el procedimiento inciso D) será motivo de rescisión del contrato en términos de la clausula decima novena del presente contrato
B) 6:01 a 12:00 horas de retraso 2% C)12:01 a 18:00 horas de retraso 3% D)18:01 a 23:59 horas de retraso 4% - En caso de incumplimiento en los tiempos señalados en el inciso a) de los mantenimientos correctivos del Anexo 1 de la convocatoria, se aplicará el 2.5% por día de atraso. Las - En caso de incumplir con los tiempos indicados en el punto 34.2.13 de la convocatoria, para la entrega de la estimación completa por unidad se aplicará el 5% por día de atraso. La aplicación de las penas convencionales es independiente de la aplicación de las deducciones establecidas. En caso que EL PROVEEDOR incurra en atraso en la prestación de servicios o incurra en algún supuesto que amerite deducciones al pago de bienes pago, acepta que LA COMISIÓN descuente la pena convencional o servicios previstos en el artículo 53 bis de la LEY serán determinadas en función de los bienes entregados o servicios prestados de manera parcial o deficiente. Dichas deducciones deberán calcularse hasta la fecha en que materialmente se cumpla la obligación y sin que cada concepto de deducciones exceda a la parte proporcional de la garantía de cumplimiento que le corresponda del monto total del contrato. Los montos a deducir se deberán aplicar en la factura que el PROVEEDOR presente para su cobro, inmediatamente después de que el área requirente tenga cuantificada la deducción correspondiente de conformidad a lo establecido en el artículo 97 del REGLAMENTO de la LEYfacturación.
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Samples: Licitación Pública Internacional
DEDUCCIONES. El HOSPITAL En caso de que “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato, la convocatoria y sus anexos, así como la propuesta técnica y el requerimiento asociado a ésta, “LA ENTIDAD” por conducto del administrador del contrato aplicará las deducciones en términos del punto 2.12 denominado “Deducciones” de LA INVITACIÓN del presente contrato, desde el 5% (cinco por ciento) sobre el monto total de los servicios prestados en forma parcial o deficientemente, los montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que “EL PROVEEDOR” presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago, conforme a lo siguiente: Telefonía Celular Tiempo Aire 12 Horas 5% Por cada 2 hrs adicionales sin servicio. (Renta mensual de la línea) * (N° líneas con indisponibilidad) * (% correspondiente a cada NS) Servicio de Datos Tiempo Aire Servicio de Datos 12 Horas 5% Por cada 2 hrs adicionales sin servicio. (Renta mensual de la línea * N° líneas con indisponibilidad) * (%correspondiente a cada NS) Falla o Descompostura De Teléfono Diagnóstico 5 Días Hábiles a partir de la notificación al pago proveedor xx xxxxx. 10% Por cada 2 hrs adicionales sin servicio. (Renta mensual de la línea * líneas con indisponibilidad) * (No. De días sin Servicio) * 10% Reparación Sustitución 10 Días Hábiles a partir de la notificación al proveedor xx xxxxx. 10% Por cada 2 hrs adicionales sin servicio. (Renta mensual de la línea * líneas con descompostura) * (No. De días sin Servicio) * 10% Las deducciones a la factura correspondiente deberán ser descontadas de la parte proporcional por el (los) concepto (s) que corresponda (n) de la facturación del SERVICIO con motivo del mes en el que se hubiera generado el incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir el PROVEEDOR respecto por parte de "EL PROVEEDOR", de acuerdo a la partida o conceptos notificación que integran emita "LA ENTIDAD". Lo anterior, en el CONTRATO, estableciéndose en dicha sección, el límite del incumplimiento a partir del cual entendido de que se podrán cancelar total o parcialmente las partidas y/o agrupación de partidas o conceptos no entregados, o bien iniciar el procedimiento de rescisión el CONTRATO. De conformidad cumpla con el Artículo 53 bis objeto de la LEYeste contrato de forma inmediata, se aplicarán las deducciones por los SERVICIOS prestados de manera parcial o deficiente de conformidad con conforme a lo establecido acordado. En caso contrario, “LA ENTIDAD” podrá iniciar en la siguiente tabla por periodo de facturación: 0.5% sobre el importe total de la prima (antes de I.V.A) de la póliza afectadacualquier momento posterior al incumplimiento, por cada día hábil de no presentar el total de las pólizas iníciales dentro de los siguiente 15(QUINCE) días hábiles, contados a partir del fallo. 0.5% sobre el importe total de la prima (antes de I.V.A) de la póliza afectada por cada día hábil de no presentar los endosos tipos A, B y D, dentro de los siguientes 7 días hábiles a partir de recibida la solicitud por escrito. 1% por cada día hábil de por no presentar las notas de crédito, comprobantes de deducibles y los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet originales de bienes indemnizados en especie, dentro de los siguientes 10 días hábiles a partir de recibida la solicitud por escrito. 1% por cada día hábil Por no presentar el Convenio de valoración de pérdidas dentro de los 15 días hábiles a partir de la recepción de la reclamación, para revisión y firma de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios. 1% por cada día hábil por no presentar el pago de la indemnización del siniestro, o en su caso el pago en especie, dentro de los siguientes 15 días naturales, a partir de que la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios, dé el visto bueno al Convenio de valoración de pérdidas y haya efectuado el pago del deducible. 1% por cada día hábil por no presentar el anticipo para daños (no automóviles) dentro de los 10 días hábiles siguientes al que se realice la petición por anticipo hasta por el 50% del importe estimado de pérdida, una vez declarado procedente y se cuente con la documentación que soporte el importe correspondiente al anticipo. $300.00 M. N. por cada día hábil por no presentar los reportes de siniestralidad mensual, dentro de los siguientes 15 días naturales a partir del término del mes, al que se trate, con los conceptos solicitados en estas bases NOTA: Las deducciones no excederán del 20% del importe máximo del total el Contrato. El licitante expresa su conformidad de que las cantidades que resulten por deducciones por concepto xx xxxx convencional, les serán descontadas por el Hospital, de los CFDI´s (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet) presentados para su pago. Las penalizaciones señaladas en el presente numeral, no podrán rebasar individual o acumulativamente durante la vigencia del contrato el equivalente al monto de la garantía de cumplimiento de contrato, ya que de lo contrario se iniciará el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por “LA ENTIDAD”. Las deducciones al pago económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el IVA. La notificación y cálculo de bienes o servicios previstos en las deducciones correspondientes las realizará el artículo 53 bis administrador del contrato de la LEY serán determinadas en función “LA ENTIDAD”. Cuando el monto total de los bienes entregados o servicios prestados de manera parcial o deficiente. Dichas deducciones deberán calcularse hasta la fecha en que materialmente se cumpla la obligación y sin que cada concepto aplicación de deducciones exceda a la parte proporcional de la garantía de cumplimiento que le corresponda alcance el 10% (diez por ciento) del monto máximo total del contrato. Los montos a deducir , se deberán aplicar en la factura que iniciará el PROVEEDOR presente para su cobro, inmediatamente después procedimiento de que el área requirente tenga cuantificada la deducción correspondiente de conformidad a lo establecido en el artículo 97 del REGLAMENTO de la LEYrescisión.
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Samples: Telecommunications
DEDUCCIONES. El HOSPITAL En caso de que “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la propuesta técnica y el requerimiento asociado a ésta, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” por conducto del administrador del contrato aplicará las deducciones en términos del punto 2.12 denominado “Deducciones” de LA INVITACIÓN del presente contrato, desde el 5% (cinco por ciento) sobre el monto de “LOS SERVICIOS” prestados en forma parcial o deficientemente, los montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que “EL PROVEEDOR” presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago, conforme a lo siguiente: Telefonía Celular Tiempo Aire 12 Horas 5% Por cada 2 hrs adicionales sin servicio. (Renta mensual de la línea) * (N° líneas con indisponibilidad) * (% correspondiente a cada NS) Servicio de Datos Tiempo Aire Servicio de Datos 12 Horas 5% Por cada 2 hrs adicionales sin servicio. (Renta mensual de la línea * N° líneas con indisponibilidad) * (%correspondiente a cada NS) Falla o Descompostura De Teléfono Diagnóstico 5 Días Hábiles a partir de la notificación al pago proveedor xx xxxxx. 10% Por cada 2 hrs adicionales sin servicio. (Renta mensual de la línea * líneas con indisponibilidad) * (No. De días sin Servicio) * 10% Reparación Sustitución 10 Días Hábiles a partir de la notificación al proveedor xx xxxxx. 10% Por cada 2 hrs adicionales sin servicio. (Renta mensual de la línea * líneas con descompostura) * (No. De días sin Servicio) * 10% Las deducciones a la factura correspondiente deberán ser descontadas de la parte proporcional por el (los) concepto (s) que corresponda (n) de la facturación del SERVICIO con motivo del mes en el que se hubiera generado el incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir el PROVEEDOR respecto por parte de "EL PROVEEDOR", de acuerdo a la partida o conceptos notificación que integran emita "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD". La notificación y cálculo de las deducciones correspondientes las realizará el CONTRATO, estableciéndose en dicha sección, el límite del incumplimiento a partir del cual se podrán cancelar total o parcialmente las partidas y/o agrupación de partidas o conceptos no entregados, o bien iniciar el procedimiento de rescisión el CONTRATO. De conformidad con el Artículo 53 bis servidor público responsable de la LEY, se aplicarán administración del contrato de "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD". La sumatoria de las deducciones por los SERVICIOS prestados de manera parcial o deficiente de conformidad con lo establecido en la siguiente tabla por periodo de facturación: 0.5% sobre el importe total de la prima (antes de I.V.A) de la póliza afectada, por cada día hábil de no presentar el total de las pólizas iníciales dentro de los siguiente 15(QUINCE) días hábiles, contados a partir del fallo. 0.5% sobre el importe total de la prima (antes de I.V.A) de la póliza afectada por cada día hábil de no presentar los endosos tipos A, B y D, dentro de los siguientes 7 días hábiles a partir de recibida la solicitud por escrito. 1% por cada día hábil de por no presentar las notas de crédito, comprobantes de deducibles y los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet originales de bienes indemnizados en especie, dentro de los siguientes 10 días hábiles a partir de recibida la solicitud por escrito. 1% por cada día hábil Por no presentar el Convenio de valoración de pérdidas dentro de los 15 días hábiles a partir de la recepción de la reclamación, para revisión y firma de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios. 1% por cada día hábil por no presentar el pago de la indemnización del siniestro, o en su caso el pago en especie, dentro de los siguientes 15 días naturales, a partir de que la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios, dé el visto bueno al Convenio de valoración de pérdidas y haya efectuado el pago del deducible. 1% por cada día hábil por no presentar el anticipo para daños (no automóviles) dentro de los 10 días hábiles siguientes al que se realice refiere la petición por anticipo hasta por el 50% del importe estimado de pérdida, una vez declarado procedente y se cuente con la documentación que soporte el importe correspondiente al anticipo. $300.00 M. N. por cada día hábil por no presentar los reportes de siniestralidad mensual, dentro de los siguientes 15 días naturales a partir del término del mes, al que se trate, con los conceptos solicitados en estas bases NOTA: Las deducciones no excederán del 20% del importe máximo del total el Contrato. El licitante expresa su conformidad de que las cantidades que resulten por deducciones por concepto xx xxxx convencional, les serán descontadas por el Hospital, de los CFDI´s (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet) presentados para su pago. Las penalizaciones señaladas en el presente numeralcláusula, no podrán rebasar el 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato establecido en la cláusula SEGUNDA de este contrato en forma individual o acumulativamente durante la vigencia del contrato conjunta, y en el equivalente al monto evento de la garantía de cumplimiento de que "EL PROVEEDOR" alcance dicho porcentaje, "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD" podrá rescindir el presente contrato, ya en cuyo caso se aplicará la pena por incumplimiento señalada en la cláusula de este contrato denominada PENA POR INCUMPLIMIENTO. Lo anterior, en el entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo contrario se iniciará acordado. En caso contrario, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”. Las deducciones al pago económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el IVA. La notificación y cálculo de bienes o servicios previstos en las deducciones correspondientes las realizará el artículo 53 bis administrador del contrato de la LEY serán determinadas en función “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”. Cuando el monto total de los bienes entregados o servicios prestados de manera parcial o deficiente. Dichas deducciones deberán calcularse hasta la fecha en que materialmente se cumpla la obligación y sin que cada concepto aplicación de deducciones exceda a la parte proporcional de la garantía de cumplimiento que le corresponda alcance el 10% (diez por ciento) del monto máximo total del contrato. Los montos a deducir , se deberán aplicar en la factura que iniciará el PROVEEDOR presente para su cobro, inmediatamente después procedimiento de que el área requirente tenga cuantificada la deducción correspondiente de conformidad a lo establecido en el artículo 97 del REGLAMENTO de la LEYrescisión.
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Samples: Telecommunications
DEDUCCIONES. El HOSPITAL aplicará las deducciones al pago del SERVICIO con motivo del incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir el PROVEEDOR respecto a la partida o conceptos que integran el CONTRATO, estableciéndose en dicha sección, el límite del incumplimiento a partir del cual se podrán cancelar total o parcialmente las partidas y/o agrupación de partidas o conceptos no entregados, o bien iniciar el procedimiento de rescisión el CONTRATO. De conformidad con el Artículo 53 bis de la LEY, se aplicarán las deducciones por los SERVICIOS prestados de manera parcial o deficiente de conformidad con lo establecido en la siguiente tabla por periodo de facturación: 0.5% sobre el importe total de la prima (antes de I.V.A) de la póliza afectada, por cada día hábil de no presentar el total de las pólizas iníciales dentro de los siguiente 15(QUINCE) días hábiles, contados a partir del fallo. 0.5% sobre el importe total de la prima (antes de I.V.A) de la póliza afectada por cada día hábil de no presentar los endosos tipos A, B y D, dentro de los siguientes 7 días hábiles a partir de recibida la solicitud por escrito. 1% por cada día hábil de por no presentar las notas de crédito, comprobantes de deducibles y los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet originales de bienes indemnizados en especie, dentro de los siguientes 10 días hábiles a partir de recibida la solicitud por escrito. 1% por cada día hábil Por no presentar el Convenio de valoración de pérdidas dentro de los 15 días hábiles a partir de la recepción de la reclamación, para revisión y firma de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios. 1% por cada día hábil por no presentar el pago de la indemnización del siniestro, o en su caso el pago en especie, dentro de los siguientes 15 días naturales, a partir de que la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios, dé el visto bueno al Convenio de valoración de pérdidas y haya efectuado el pago del deducible. 1% por cada día hábil por no presentar el anticipo para daños (no automóviles) dentro de los 10 días hábiles siguientes al que se realice la petición por anticipo hasta por el 50% del importe estimado de pérdida, una vez declarado procedente y se cuente con la documentación que soporte el importe correspondiente al anticipo. $300.00 M. N. por cada día hábil por no presentar los reportes de siniestralidad mensual, dentro de los siguientes 15 días naturales a partir del término del mes, al que se trate, con los conceptos solicitados en estas bases $500.00 M. N. por no presentarse el día y hora acordado el ejecutivo de cuenta en el Hospital Juárez de México el día y hora acordado. NOTA: Las deducciones no excederán del 20% del importe máximo del total el Contrato. El licitante expresa su conformidad de que las cantidades que resulten por deducciones por concepto xx xxxx convencional, les serán descontadas por el Hospital, de los CFDI´s (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet) presentados para su pago. Las penalizaciones señaladas en el presente numeral, no podrán rebasar individual o acumulativamente durante la vigencia del contrato el equivalente al monto de la garantía de cumplimiento de contrato, ya que de lo contrario se iniciará el procedimiento de rescisión del contrato. Las deducciones al pago de bienes o servicios previstos en el artículo 53 bis de la LEY serán determinadas en función de los bienes entregados o servicios prestados de manera parcial o deficiente. Dichas deducciones deberán calcularse hasta la fecha en que materialmente se cumpla la obligación y sin que cada concepto de deducciones exceda a la parte proporcional de la garantía de cumplimiento que le corresponda del monto total del contrato. Los montos a deducir se deberán aplicar en la factura que el PROVEEDOR presente para su cobro, inmediatamente después de que el área requirente tenga cuantificada la deducción correspondiente de conformidad a lo establecido en el artículo 97 del REGLAMENTO de la LEY.
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Samples: Contratación Del Aseguramiento Integral De Bienes Patrimoniales
DEDUCCIONES. El HOSPITAL EL CENACE" aplicará las a “EL PROVEEDOR” deducciones al pago del SERVICIO de "LOS SERVICIOS" con motivo del incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir el PROVEEDOR haya incurrido respecto a la partida o los conceptos que integran el CONTRATO. Lo anterior, estableciéndose en dicha sección, el límite del incumplimiento a partir del cual se podrán cancelar total o parcialmente las partidas y/o agrupación de partidas o conceptos no entregados, o bien iniciar el procedimiento de rescisión el CONTRATO. De conformidad con el Artículo 53 bis de la LEY, se aplicarán las deducciones por los SERVICIOS prestados de manera parcial o deficiente de conformidad con lo establecido en la siguiente tabla por periodo de facturación: 0.5% sobre el importe total artículo 53 Bis de la prima (antes Ley de I.V.A) Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y 97 de su Reglamento, en los términos siguientes: SI NO * 3%, si se presenta una inasistencia de entre el 3% y hasta el 10 % del total del personal. Se considerará como parcial o deficiente “EL SERVICIO”, si se presenta con una plantilla incompleta. X * 7%, si se presenta una inasistencia de entre el 10.1% y hasta el 20% del total del personal. * 10%, si se presenta una inasistencia de más del 20.1% del total del personal. Sobre la factura mensual presentada. Para efecto de su determinación, se contabilizará por mes y se obtendrá de la póliza afectadacompulsa entre el control de asistencia de Xxxxxx, S.A. de C.V. y el “Administrador del Contrato”, considerando que el personal que registró su entrada después de la tolerancia por más de dos veces en el mes que corresponda se considerará como falta. Plantilla Incompleta Administrador del Contrato X * 3%, si el resultado se encuentra entre el 99% y el 90%. * 7%, si el resultado se encuentra entre el 89% y el 80% El “Administrador del Contrato” y el Supervisor de Asbiin, S.A. de C.V. conjuntamente elaborarán un reporte de evaluación mensual de “EL SERVICIO”, el resultado de la evaluación tendrá calificaciones de “excelente”, “regular” o “mal”. Incumplimiento de las actividades Administrador del Contrato * 10%, si el resultado fuese menor o igual al 79%. Sobre la factura mensual presentada. En caso de que el resultado de la evaluación sea “regular” o “mal”, se procederá a aplicar una deducción. X $50.00 Por cada día hábil natural de retraso, en el caso de que no presentar el total entregue de las pólizas iníciales dentro manera mensual al ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, los listados del Sistema Único de los siguiente 15(QUINCE) días hábilesAutodeterminación (SUA), contados a partir del fallo. 0.5% sobre el importe total así como su concerniente comprobante de la prima (antes de I.V.A) de la póliza afectada por cada día hábil de no presentar los endosos tipos Apago debidamente efectuado, B y Desto, dentro de los siguientes 7 tres días hábiles a partir de recibida la solicitud por escrito. 1% por cada día hábil de por no presentar las notas de crédito, comprobantes de deducibles y los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet originales de bienes indemnizados en especie, dentro de los siguientes 10 días hábiles a partir de recibida la solicitud por escrito. 1% por cada día hábil Por no presentar posteriores al vencimiento del plazo que concede el Convenio de valoración de pérdidas dentro de los 15 días hábiles a partir de la recepción de la reclamación, IMSS para revisión y firma de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios. 1% por cada día hábil por no presentar el pago respectivo; dicho comprobante de la indemnización del siniestro, o en su caso el pago en especie, dentro de los siguientes 15 días naturales, a partir de que la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios, dé el visto bueno al Convenio de valoración de pérdidas y haya efectuado el pago del deducible. 1% por cada día hábil por no presentar el anticipo para daños (no automóviles) dentro de los 10 días hábiles siguientes al que se realice la petición por anticipo hasta por el 50% del importe estimado de pérdida, una vez declarado procedente y se cuente con la documentación que soporte el importe correspondiente al anticipo. $300.00 M. N. por cada día hábil por no presentar los reportes de siniestralidad mensual, dentro de los siguientes 15 días naturales a partir del término del mes, al que se trate, con los conceptos solicitados en estas bases NOTA: Las deducciones no excederán del 20% del importe máximo del total el Contrato. El licitante expresa su conformidad de que deberá reflejar las cantidades que resulten por deducciones liquidaciones efectuadas tanto por concepto xx xxxx convencionalde cuotas obrero patronales al IMSS, les serán descontadas por el HospitalAfore y/o cuenta individual, de los CFDI´s (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet) presentados para su pago. Las penalizaciones señaladas en el presente numeral, no podrán rebasar individual o acumulativamente durante la vigencia así Incumplan con las obligaciones patronales Administrador del contrato el equivalente al monto de la garantía de cumplimiento de contrato, ya que de lo contrario se iniciará el procedimiento de rescisión del contrato. Las deducciones al pago de bienes o servicios previstos en el artículo 53 bis de la LEY serán determinadas en función de los bienes entregados o servicios prestados de manera parcial o deficiente. Dichas deducciones deberán calcularse hasta la fecha en que materialmente se cumpla la obligación y sin que cada concepto de deducciones exceda a la parte proporcional de la garantía de cumplimiento que le corresponda del monto total del contrato. Los montos a deducir se deberán aplicar en la factura que el PROVEEDOR presente para su cobro, inmediatamente después de que el área requirente tenga cuantificada la deducción correspondiente de conformidad a lo establecido en el artículo 97 del REGLAMENTO de la LEY.Contrato
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Samples: Servicio Integral De Limpieza
DEDUCCIONES. El HOSPITAL aplicará las deducciones al pago del SERVICIO con motivo del Con fundamento en el Artículo 53 Bis de la Ley, en caso de que el proveedor incurra en incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir el PROVEEDOR respecto a la partida o conceptos que integran el CONTRATO, estableciéndose los Servicios objeto del presente procedimiento con base en dicha sección, el límite del incumplimiento a partir del cual se podrán cancelar total o parcialmente las partidas los Anexo 1 y/o agrupación de partidas o cláusulas y conceptos no entregados, o bien iniciar que integren el procedimiento de rescisión el CONTRATO. De conformidad con el Artículo 53 bis de la LEYcontrato, se aplicarán las deducciones aplicará una deducción del 5% (cinco por los SERVICIOS prestados de manera parcial o deficiente de conformidad con lo establecido en la siguiente tabla por periodo de facturación: 0.5% ciento) sobre el importe total de la prima (antes de I.V.A) de la póliza afectada, por cada día hábil de no presentar el total de las pólizas iníciales dentro valor de los siguiente 15(QUINCEservicios realizados deficientemente (Inasistencia del personal o retardos que generen) quedando obligado a realizarlos sin cargo adicional para Diconsa en un plazo máximo de 5 días hábiles, contados a partir del fallo. 0.5% sobre el importe total de la prima (antes de I.V.A) de la póliza afectada por cada día hábil de no presentar los endosos tipos A, B y D, dentro de los siguientes 7 días hábiles a partir de recibida la solicitud por escrito. 1% por cada día hábil de por no presentar las notas de crédito, comprobantes de deducibles y los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet originales de bienes indemnizados en especie, dentro de los siguientes 10 días hábiles a partir de recibida la solicitud por escrito. 1% por cada día hábil Por no presentar el Convenio de valoración de pérdidas dentro de los 15 días hábiles a partir de la recepción de la reclamación, para revisión y firma de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios. 1% por cada día hábil por no presentar el pago de la indemnización del siniestro, o en su caso el pago en especie, dentro de los siguientes 15 días naturales, a partir de que la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios, dé el visto bueno al Convenio de valoración de pérdidas y haya efectuado el pago del deducible. 1% por cada día hábil por no presentar el anticipo para daños (no automóviles) dentro de los 10 días hábiles siguientes al que se realice la petición por anticipo hasta por el 50% del importe estimado de pérdida, una vez declarado procedente y se cuente con la documentación que soporte el importe correspondiente al anticipo. $300.00 M. N. por cada día hábil por no presentar los reportes de siniestralidad mensual, dentro de los siguientes 15 días naturales a partir del término del mes, al que se trate, con los conceptos solicitados en estas bases NOTA: Las deducciones no excederán del 20% del importe máximo del total el Contrato. El licitante expresa su conformidad de que las cantidades que resulten por deducciones por concepto xx xxxx convencional, les serán descontadas por el Hospital, de los CFDI´s (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet) presentados para su pago. Las penalizaciones señaladas en el presente numeral, no podrán rebasar individual o acumulativamente durante la vigencia del contrato el equivalente al monto de la garantía de cumplimiento de contrato, ya que de lo contrario se iniciará el procedimiento de rescisión del contrato. Las deducciones al pago de bienes o servicios previstos en el artículo 53 bis de la LEY serán determinadas en función de los bienes entregados o servicios prestados de manera parcial o deficiente. Dichas dichas deducciones deberán calcularse hasta la fecha en que materialmente se cumpla la obligación obligación, el pago de las deducciones deberá efectuarse mediante Nota de Crédito, en el entendido que de forma inmediata se cumpla con la prestación del servicio conforme a lo acordado; en caso contrario, Diconsa podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y sin los daños y perjuicios que cada concepto de deducciones exceda el mismo pudiera ocasionar a la parte proporcional los intereses de la garantía de cumplimiento que le corresponda misma; esta deducción no podrá exceder del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato. Los montos o los retardos que generen. Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el IVA. El cálculo de las deducciones correspondientes, la realizará la C.P. Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Coordinadora de Administración de Diconsa como área administradora del contrato, y la dará a deducir se deberán aplicar conocer por escrito al proveedor. De conformidad con el Artículo 84, penúltimo párrafo del Reglamento, Diconsa a través de la Coordinación de Administración, administrarán en la factura que todo momento y vigilará el PROVEEDOR presente para su cobrocumplimiento del contrato adjudicado, inmediatamente después por lo que, en caso de que el área requirente tenga cuantificada la deducción correspondiente de conformidad a lo establecido incumplimientos parciales o totales en el artículo 97 del REGLAMENTO mismo, lo notificarán al prestador de servicio para efectos de subsanar la LEYdeficiencia identificada.
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Samples: Convocatoria a La Invitación a Cuando Menos Tres Personas
DEDUCCIONES. El HOSPITAL aplicará las deducciones al pago 12.1 100% (CIEN POR CIENTO) del SERVICIO valor total de la reposición de los bienes devueltos, que no se hayan realizado el cambio físico s olicitado o por haber detectado defectos de calidad
12.2 100% (CIEN POR CIENTO) Del total de la reparación de los daños o deterioro que se cause a “EL HOSPITAL” con motivo del incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir el PROVEEDOR respecto a la partida o conceptos que integran el CONTRATO, estableciéndose en dicha sección, el límite del incumplimiento a partir del cual se podrán cancelar total o parcialmente las partidas y/o agrupación de partidas o conceptos no entregados, o bien iniciar el procedimiento de rescisión el CONTRATO. De conformidad con el Artículo 53 bis de la LEYejec ución de la instalación de los equipos en comodato, servicios preventivos y correctivos a los mismos y que causen daños a los objetos o a las instalaciones de “EL HOSPITAL”.
12.3 20% (VEINTE POR CIENTO) Del total del valor de los materiales necesarios para el correcto funcionamiento del equipo automatiz ado en comodato que no se aplicarán las deducciones por los SERVICIOS prestados de manera parcial proporcionen o deficiente de conformidad que se entreguen con lo establecido en la siguiente tabla por periodo de facturación: atraso.
12.4 0.5% sobre Sobre el importe total de la prima (antes de I.V.A) de la póliza afectadaanual máximo del paquete que cotice, por cada día hábil en que no se realice la entrega del 100 por ci ento del equipo en comodato y su programa de no presentar el total mantenimiento preventivo, correctivo y en su caso calibración del(os) equipo(s) en comodato, cuyo plazo de las pólizas iníciales entrega deberá de ser, dentro de los siguiente 15(QUINCE) primeros 30 días hábilesnaturales contados a partir de la notificación del fallo.
12.5 0.5% Sobre el importe total anual máximo del paquete que cotice, por cada día en que no proporcione el equipo acorde para la utilización de los bienes adquiridos. Estos deberán ser FUNCIONALES y con un máximo de 60 MESES de antigüedad, contados a partir de la publicación de la presente Convocatoria yen óptimas condiciones de funcionamiento para su uso por parte del fallo. 0.5HOSPITAL.
12.6 0.1% sobre Sobre el importe total de la prima (antes de I.V.A) de la póliza afectada anual máximo del paquete que cotice, por cada día hábil en que no proporcione el manual de no presentar los endosos tipos Aoperación, B m anual de servicio y Den su caso calibración del(os) equipo(s) en comodato, dentro así como todas las instrucciones, folletos, indicaciones, codificaciones u otros documentos proporcionados por el fabricante, necesarias para la correcta operación de los siguientes 7 días hábiles a partir equipo, así como interpretación de recibida la solicitud por escrito. 1resultados, mismos que deberán estar en idioma español.
12.7 0.5% Sobre el importe total anual máximo del paquete que cotice, por cada día hábil en que no proporcione todos los accesorios, adi tamentos, soluciones, controles, calibradores, diluyentes, conjugados, sustratos y otros reactivos necesarios para el correcto funcionamiento del equipo automatizado, así como para realizar adecuadamente los mantenimientos preventivos, y en su caso calibración del(os) equipo(s) en comodato a los que se sujete el equipo, de por no presentar las notas acuerdo con su manual de créditooperación.
12.8 0.1% Sobre el importe total anual máximo del paquete que cotice, comprobantes de deducibles y los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet originales de bienes indemnizados en especie, dentro de los siguientes 10 días hábiles a partir de recibida la solicitud por escrito. 1% por cada día hábil Por en que no presentar proporcione el Convenio material y equipo nece sario de valoración papelería para el correcto funcionamiento del auto analizador incluyendo cuando aplique: tinta para impresión (tóners o cartuchos), impresora, papel de pérdidas dentro de los 15 días hábiles a partir de la recepción de la reclamaciónimpresión para losresultados u otros.
12.9 0.1% Sobre el importe total anual máximo del paquete que cotice, para revisión y firma de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios. 1% por cada día hábil en que no proporcione una fuente de poder de p otencia ininterrumpida con regulador integrado, que evite alteraciones de resultados debido a descargas de energía eléctrica y que soporte hasta 30 minutos de trabajo sin energía eléctrica suministrada y garantice el adecuado funcionamiento de los equipos.
12.10 0.1% Sobre el importe total anual máximo del paquete que cotice, por cada día en que no proporcione un equipo de respaldo con la misma tecnología y tenga el mismo alcance
12.11 0.5% Sobre el importe total anual máximo del paquete que cotice, por cada día en que no proporcione por cada lote de: reactivo, controles, diluyentes, conjugados, sustratos y otros reactivos incluidos, el proveedor deberá presentar una copia del certificado analítico de calidad de cada uno (proporcionadopor el pago fabricante), donde se indique la aprobación de este.
12.12 0.1% Sobre el importe total anual máximo del paquete que cotice, por cada día en que no proporcione la indemnización reposición los estuches de reactivos e insumos que no cumplan con las especificaciones de calidad (de acuerdo con el certificado analítico de calidad) y la caducidad solicitada. También deberán reponerse las pruebas invalidadas que sean consecuencia de algún problema del siniestrosistema y/o equipo y hasta la resolución de este.
12.13 0.1% Sobre el importe total anual máximo del paquete que cotice, o por cada día en que no proporcione el programa de mantenimiento preventivo y calibración cuando aplique; así
12.14 0.1% Sobre el importe total anual máximo del paquete que cotice, por cada día en que no proporcione el personal técnico pararealizar los servicios de mantenimiento preventivo y en su caso calibración del(os) equipo(s) en comodato y/o verificación; el pago cual al momento de presentarse en especie, dentro de los siguientes 15 días naturales, a partir el HOSPITAL deberá proporcionar evidencia documental de que cuenta con la Subdirección de Recursos Materiales experiencia y Servicioscapacitación para realizar dichos servicios.
12.15 0.1% Sobre el importe total anual máximo del paquete que cotice, dé el visto bueno al Convenio de valoración de pérdidas y haya efectuado el pago del deducible. 1% por cada día hábil por en que no presentar el anticipo para daños (no automóviles) dentro proporcione, un reporte al final de los 10 días hábiles siguientes al servicios de mantenimiento preventivo y en su caso calibración del(os) equipo(s) en comodato, a través de su personal técnico, en el que se realice la petición por anticipo hasta por especifique los datos del equipo analizador, tales como: número de serie, modelo, descripción del servicio, cambio de partes, recomendaciones para su correcto uso, así como datos de los instrumentos de referencia utilizadosdurante el 50servicio (nombre, marca, núm. de serie, modelo).
12.16 0.1% del importe estimado de pérdida, una vez declarado procedente y se cuente con la documentación que soporte Sobre el importe correspondiente al anticipo. $300.00 M. N. total anual máximo del paquete que cotice, por cada día hábil que los instrumentos, sustancias o filtros quese utilicen para proporcionar mantenimiento preventivo y en su caso calibración del(os) equipo(s) en comodato y/o verificación, no estar calibrados o certificados.
12.17 0.1% Sobre el importe total anual máximo del paquete que cotice, por cada día que no presentar los reportes se realice el cambio de siniestralidad mensualpiezas, dentro accesorios, empaques o de más aditamentos que incluya el
12.18 0.1% Sobre el importe total anual máximo del paquete que cotice, por cada día que no proporcione lo necesario para el funcionamiento de los siguientes 15 días naturales equipos ya sea accesorios, consumibles, sistemas de apoyo técnico, tecnológico e informático.
12.19 0.1% Sobre el importe total anual máximo del paquete que cotice, por cada día que no realice el cambio de piezas, accesorios,empaques o demás aditamentos que incluya el
12.20 0.1% Sobre el importe total anual máximo del paquete que cotice, por cada día que no proporcione la capacitación inicial y cuando sea requerida por el personal del HOSPITAL, para el manejo, uso, interpretación de resultados, precauciones especiales, limpieza y en su caso calibración del(os) equipo(s) en comodato que requiera el equipo o demás precauciones que sean necesarias para el correcto manejo y operación del auto analizador, sus aditamentos e instrumentos; lo anterior de acuerdo con el manual de uso y operación del equipo.
12.21 0.1% Sobre el importe total anual máximo del paquete que cotice, por cada día que no proporcione el estuche de reactivos de arranque para la capacitación del personal designado
12.22 0.1% Sobre el importe total anual máximo del paquete que cotice, por cada día que no designe al personal técnico calificado ycapacitado, proporcionando evidencia documentada POR PARTE DEL PROVEEDOR NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL: CARGO: FIRMA DE CONFORMIDAD: IDENTIFICACIÓN: EL PROVEEDOR ACREDITA SU EXISTENCIA LEGAL Y FACULTADES DE SU REPRESENTANTE LEGAL MEDIANTE:
13.1 Será responsabilidad de “El Proveedor” si infringe patentes, o altera los registros de derechos de autor o derechos inherentes a partir del término del mesla propiedad intelectual, al suministrar el bien objeto del presente Contrato, liberando a “El Hospital” de cualquier responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole. No se aceptarán por parte de “El Hospital” opciones, ni modificaciones que se tratedemeriten las especificaciones y calidad de lo contratado. Asimismo, con los conceptos solicitados en estas bases NOTA: Las deducciones no excederán del 20% del importe máximo del total el Contrato. El licitante expresa su conformidad caso de que las cantidades que resulten por deducciones por concepto xx xxxx convencional"El Proveedor", les serán descontadas por cuente con patentes, registros o licencias para el Hospital, de los CFDI´s (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet) presentados para su pago. Las penalizaciones señaladas en el presente numeral, no podrán rebasar individual o acumulativamente durante la vigencia del contrato el equivalente al monto de la garantía de cumplimiento de contratolas obligaciones contractuales, ya que de lo contrario se iniciará el procedimiento de rescisión deberá exhibirlas a más tardar a la firma del contrato. Las deducciones al pago 13.2 "El Proveedor", asume la responsabilidad en caso de bienes presentarse algún reclamo o servicios previstos en el artículo 53 bis de la LEY serán determinadas en función de los bienes entregados o servicios prestados de manera parcial o deficiente. Dichas deducciones deberán calcularse hasta la fecha en que materialmente se cumpla la obligación y sin que cada concepto de deducciones exceda a la parte proporcional de la garantía de cumplimiento que le corresponda demanda, derivado del monto total del contrato. Los montos a deducir se deberán aplicar en la factura que el PROVEEDOR presente para su cobro, inmediatamente después de que el área requirente tenga cuantificada la deducción correspondiente de conformidad a lo establecido en el artículo 97 del REGLAMENTO de la LEYpunto anterior.
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Samples: Acquisition of Goods Contract
DEDUCCIONES. Las deductivas por incumplimiento de los niveles de servicio establecidos en el Anexo 1 denominado “Anexo Técnico”, Apartado 5 “Niveles de Servicio”, las cuales serán para la implementación, transición y operación de los servicios. “El HOSPITAL aplicará las INBAL” establece deducciones al pago del SERVICIO de los servicios no prestados oportunamente con motivo del incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir el PROVEEDOR proveedor respecto a del objeto de la partida o conceptos que integran presente adjudicación, para lo cual se establecerá como límite de incumplimiento 10 deducciones durante el CONTRATO, estableciéndose en dicha sección, el límite periodo de vigencia del incumplimiento servicio a partir del cual se podrán cancelar total o parcialmente las partidas y/o agrupación de partidas o conceptos no entregadospodrá rescindir el instrumento jurídico respectivo, o bien iniciar el procedimiento de rescisión el CONTRATO. De conformidad con el Artículo 53 bis de la LEY, se aplicarán las deducciones por los SERVICIOS prestados de manera parcial o deficiente de conformidad con lo establecido en la siguiente tabla por periodo de facturación: 0.5% sobre el importe total los Artículos 53 Bis de la prima (antes “LAASSP” y 97 del “RLAASSP”. Componente Tiempo máximo de I.V.A) atención de la póliza afectada, por cada día hábil de no presentar el total de las pólizas iníciales dentro de los siguiente 15(QUINCE) días hábiles, contados a partir del fallo. 0.5% sobre el importe total de la prima (antes de I.V.A) de la póliza afectada por cada día hábil de no presentar los endosos tipos A, B y D, dentro de los siguientes 7 días hábiles a partir de recibida la solicitud por escrito. 1% por cada día hábil de por no presentar las notas de crédito, comprobantes de deducibles y los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet originales de bienes indemnizados en especie, dentro de los siguientes 10 días hábiles a partir de recibida la solicitud por escrito. 1% por cada día hábil incidente Por no presentar el Convenio de valoración de pérdidas dentro de los 15 días hábiles a partir de la recepción de la reclamación, para revisión y firma de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios. 1% por cada día hábil por no presentar el pago de la indemnización del siniestro, o en su caso el pago en especie, dentro de los siguientes 15 días naturales, a partir de que la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios, dé el visto bueno al Convenio de valoración de pérdidas y haya efectuado el pago del deducible. 1% por cada día hábil por no presentar el anticipo para daños (no automóviles) dentro de los 10 días hábiles siguientes al que se realice la petición por anticipo hasta por el 50% del importe estimado de pérdida, una vez declarado procedente y se cuente con la documentación que soporte el importe correspondiente al anticipo. $300.00 M. N. por cada día hábil por no presentar los reportes de siniestralidad mensual, dentro de los siguientes 15 días naturales a partir del término del mes, al que se trate, con los conceptos solicitados en estas bases NOTA: Las deducciones no excederán del 20% del importe máximo del total el Contrato. El licitante expresa su conformidad de que las cantidades que resulten por deducciones por concepto xx xxxx convencional, les serán descontadas por el Hospital, de los CFDI´s (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet) presentados para su pago. Las penalizaciones señaladas incumplimiento en el presente numeral, no podrán rebasar individual o acumulativamente durante la vigencia del contrato el equivalente al monto tiempo máximo de la garantía atención de cumplimiento de contrato, ya que de lo contrario se iniciará el procedimiento de rescisión del contrato. Las deducciones al pago de bienes o servicios previstos en el artículo 53 bis de la LEY serán determinadas en función de los bienes entregados o servicios prestados de manera parcial o deficiente. Dichas deducciones deberán calcularse hasta la fecha en que materialmente se cumpla la obligación y sin que cada concepto de deducciones exceda a la parte proporcional de la garantía de cumplimiento que le corresponda del monto total del contrato. Los montos a deducir se deberán aplicar en la factura que el PROVEEDOR presente para su cobro, inmediatamente después de que el área requirente tenga cuantificada la deducción correspondiente de conformidad incidente ECP’S De acuerdo a lo establecido en el artículo 97 del REGLAMENTO apartado 5 5% sobre el precio unitario mensual por cada ECP afectado y por cada hora o fracción de atraso Licitación Pública de Carácter Nacional Electrónica No. LA-048E00995-E898-2019 Página 12 de 113 Componente Tiempo máximo de solución de incidente Por incumplimiento en el tiempo máximo de atención de incidente ECP’S De acuerdo a lo establecido en el apartado 5 5% sobre el precio unitario mensual por cada ECP afectado y por cada hora o fracción de atraso ECP’S De acuerdo a lo establecido en el apartado 5 5% sobre el precio unitario mensual por cada ECP afectado y por cada hora o fracción de atraso Disponibilidad Componente Total de horas hábiles de disponibilidad mensuales mínimas esperadas Por incumplimiento en la disponibilidad Administración de servicios De acuerdo a lo establecido en el apartado 5.1.4.2 5% sobre el precio unitario mensual de la LEY.herramienta de administración por hora de no disponibilidad
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Samples: Servicios Administrados De Cómputo
DEDUCCIONES. El HOSPITAL aplicará De conformidad con lo establecido en los artículos 53 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 2 fracción III Bis y 97 de su Reglamento, el Administrador del contrato determinará la aplicación y el cálculo de las deducciones al pago del SERVICIO con motivo del incumplimiento parcial o deficiente pago, en caso de que pudiera incurrir el PROVEEDOR respecto a la partida o conceptos que integran el CONTRATO, estableciéndose “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” incurra en dicha sección, el límite del incumplimiento a partir del cual se podrán cancelar total o parcialmente las partidas y/o agrupación alguno de partidas o conceptos no entregados, o bien iniciar el procedimiento de rescisión el CONTRATO. De conformidad con el Artículo 53 bis de la LEY, se aplicarán las deducciones por los SERVICIOS prestados siguientes supuestos:
a) Cuando preste de manera parcial o deficiente el servicio de conformidad con acuerdo a lo establecido señalado en la siguiente tabla por periodo de facturación: el Anexo Técnico inserto en el Anexo Uno del presente contrato, se le aplicará una deducción al pago correspondiente al 0.5% sobre el importe total de la prima (antes de I.V.A) de la póliza afectadacero punto cinco por ciento), por cada día hábil natural en que persista el incumplimiento y hasta que materialmente cumpla con la obligación, calculado sobre el monto de no presentar la facturación del mes inmediato anterior.
b) Cuando entregue los consumibles señalados en el total Anexo Técnico inserto en el Anexo Uno del presente contrato de las pólizas iníciales dentro de los siguiente 15(QUINCE) días hábilesmanera parcial o deficiente, contados a partir del fallo. se le aplicará una deducción al pago correspondiente al 0.5% sobre el importe total de la prima (antes de I.V.A) de la póliza afectada cero punto cinco por ciento), por cada día hábil natural en que persista el incumplimiento y hasta que materialmente cumpla con la obligación, calculado sobre el monto de la facturación del mes inmediato anterior.
c) Cuando los equipos no presentar sean reparados o sustituidos en los endosos tipos Atérminos y plazos establecidos en el Anexo Técnico inserto en el Anexo Uno del presente contrato, B y Dse le aplicará una deducción al pago correspondiente al 0.5% (cero punto cinco por ciento), dentro de los siguientes 7 días hábiles a partir de recibida la solicitud por escrito. 1% por cada día hábil natural en que persista el incumplimiento y hasta que materialmente cumpla con la obligación, calculado sobre el monto de la facturación del mes inmediato anterior.
d) Cuando incumpla de manera parcial o deficiente en los tiempos de atención y solución xx xxxxxx o la petición de la reasignación o reubicación de equipos, así como en los niveles del servicio señalados en el numeral “12. NIVELES DE SERVICIO” del Anexo Técnico inserto en el Anexo Uno del presente contrato, se le aplicará una deducción al pago correspondiente al 0.5% (cero punto cinco por no presentar las notas de créditociento), comprobantes de deducibles y los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet originales de bienes indemnizados en especie, dentro de los siguientes 10 días hábiles a partir de recibida la solicitud por escrito. 1% por cada día hábil Por no presentar natural en que persista el Convenio incumplimiento y hasta que materialmente cumpla con la obligación, calculado sobre el monto de valoración la facturación del mes inmediato anterior. Xxxxx Xxxxxx 00, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, C.P. 06010, Ciudad de pérdidas dentro México. Tel:(00) 00000000 xxx.xxx.xx/xxx CONTRATO SRE/DGBIRM/C-ITP-003/2024
e) Cuando el servicio se suspenda por cualquier causa injustificada, esto es fuera de los 15 días hábiles a partir casos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente acreditado y documentado en términos de la recepción de la reclamaciónnormatividad aplicable, para revisión y firma de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios. 1se le aplicará una deducción al pago correspondiente al 0.5% (cero punto cinco por ciento), por cada día hábil por no presentar natural en que persista el pago incumplimiento y hasta que materialmente cumpla con la obligación, calculado sobre el monto de la indemnización facturación del siniestromes inmediato anterior Se entenderá por deficiente que el servicio o entregables sean presentados o prestados con características, información, datos y/o especificaciones diferentes a las requeridas en su caso el pago Anexo Técnico inserto en especieel Anexo Uno del presente contrato. Se entenderá por parcial que el servicio o entregables sean prestado o presentados, dentro de los siguientes 15 días naturales, en cantidades menores a partir de que la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios, dé el visto bueno al Convenio de valoración de pérdidas y haya efectuado el pago del deducible. 1% por cada día hábil por no presentar el anticipo para daños (no automóviles) dentro de los 10 días hábiles siguientes al que se realice la petición por anticipo hasta por el 50% del importe estimado de pérdida, una vez declarado procedente y se cuente con la documentación que soporte el importe correspondiente al anticipo. $300.00 M. N. por cada día hábil por no presentar los reportes de siniestralidad mensual, dentro de los siguientes 15 días naturales a partir del término del mes, al que se trate, con los conceptos solicitados en estas bases NOTA: Las deducciones no excederán del 20% del importe máximo del total el Contrato. El licitante expresa su conformidad de que las cantidades que resulten por deducciones por concepto xx xxxx convencional, les serán descontadas por el Hospital, de los CFDI´s (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet) presentados para su pago. Las penalizaciones señaladas requeridas en el presente numeralAnexo Técnico inserto en el Anexo Uno del presente contrato. Una vez que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” actualice alguno de los supuestos descritos con anterioridad, no podrán rebasar individual o acumulativamente durante el Administrador del contrato, notificará por escrito a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” a más tardar al día hábil siguiente a aquel en que se determinen los incumplimientos y el monto de la vigencia deducción del contrato el equivalente pago. El monto máximo que se puede aplicar a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” por concepto de deducciones al pago es igual al monto de la garantía de cumplimiento de del presente contrato, ya es decir, que no podrá exceder individual o acumulativamente el 10% (diez por ciento) del presupuesto máximo del presente contrato sin considerar el Impuesto al Valor Agregado y para el caso de lo contrario que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” exceda dicho monto, “LA SECRETARÍA” podrá rescindir el presente contrato. Las cantidades a deducir se iniciará aplicarán en el procedimiento CFDI o factura electrónica que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. De no existir pagos pendientes, se requerirá a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” que realice el pago de rescisión la deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA’s), a favor de la Tesorería de la Federación. En caso de negativa se procederá a hacer efectiva la garantía de cumplimiento del presente contrato. Las deducciones al pago de bienes o servicios previstos en el artículo 53 bis se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir impuestos. Independientemente de la LEY serán determinadas en función aplicación de los bienes entregados o servicios prestados de manera parcial o deficientededucciones al pago, “LA SECRETARÍA” podrá optar por rescindir administrativamente el presente contrato. Dichas deducciones deberán calcularse hasta la fecha en que materialmente se cumpla la obligación y sin que cada En ningún caso el pago por concepto de deducciones exceda a la parte proporcional podrá negociarse en especie. Xxxxx Xxxxxx 00, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, C.P. 06010, Ciudad de la garantía de cumplimiento que le corresponda del monto total del contratoMéxico. Los montos a deducir se deberán aplicar en la factura que el PROVEEDOR presente para su cobro, inmediatamente después de que el área requirente tenga cuantificada la deducción correspondiente de conformidad a lo establecido en el artículo 97 del REGLAMENTO de la LEY.Tel:(00) 00000000 xxx.xxx.xx/xxx CONTRATO SRE/DGBIRM/C-ITP-003/2024
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Samples: Contrato Específico Abierto