DEL CUMPLIMIENTO AL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

DEL CUMPLIMIENTO AL CONTRATO. EL PROVEEDOR, PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DEBERÁ CONSTITUIR FIANZA EXPEDIDA POR AFIANZADORA DEBIDAMENTE CONSTITUIDA EN TÉRMINOS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, A NOMBRE DE COMISIÓN ESTATAL DE SERVICIOS PÚBLICOS DE TIJUANA/ GOBIERNO DEL ESTADO DE B.C., POR UN IMPORTE DEL 15% DEL MONTO MÁXIMO TOTAL DEL CONTRATO, SIN CONSIDERAR EL I.V.A. A FAVOR DE C.E.S.P.T; LA CUAL DEBERÁ PRESENTARSE A MAS TARDAR DENTRO DE LOS 12 DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FIRMA DEL CONTRATO.
DEL CUMPLIMIENTO AL CONTRATO. LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DEBERÁ PRESENTARSE MEDIANTE OFICIO A MAS TARDAR DENTRO DE LOS DIEZ DÍAS NATURALES SIGUIENTES AL DE LA FIRMA DEL CONTRATO. EL PROVEEDOR, PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DEBERÁ OTORGAR CHEQUE CERTIFICADO O DE CAJA POR UN IMPORTE DEL 10% DEL MONTO TOTAL DEL CONTRATO SIEMPRE QUE ESTE NO SEA SUPERIOR A $ 100,000.00 PESOS, EN CASO DE REBASAR ESTA CANTIDAD DEBERÁ CONSTITUIR FIANZA EXPEDIDA POR AFIANZADORA DEBIDAMENTE CONSTITUIDA EN TÉRMINOS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, POR UN IMPORTE DEL 10% DEL MONTO TOTAL DEL CONTRATO, SIN CONSIDERAR EL I. V. A., A FAVOR DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, DELEGACIÓN ESTATAL GUERRERO. LA PÓLIZA DE FIANZA DEBERÁ CONTENER, ADEMÁS DE LAS CLAUSULAS QUE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS ESTABLEZCA Y LO QUE ESTABLECE LAS POLÍTICAS, BASES Y LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES Y SERVICIOS DEL ISSSTE ASÍ COMO LO SIGUIENTE:
DEL CUMPLIMIENTO AL CONTRATO. La garantía relativa al cumplimiento del contrato deberá constituirse por el proveedor, en los términos del artículo 103 del RLAASSP, mediante fianza, efectivo, cheque de caja o cheque certificado. Cabe señalar que en caso de fianza deberá ser expedida por una institución debidamente autorizada a nombre del CONACYT y conforme al texto del Anexo X; por el 10% (diez por ciento) del monto total del contrato, sin incluir el impuesto al valor agregado, misma que deberá ser entregada dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del contrato. (Artículo 48 de la LAASSP) En caso de que el CONACYT otorgue ampliación al contrato, el proveedor deberá gestionar el endoso correspondiente que ampare la ampliación. Esta garantía estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se resulte resolución definitiva, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o en cualquier otra circunstancia. Asimismo, esta fianza permanecerá en vigor aún en los casos en que el CONACYT, otorgue prórroga o esperas al proveedor o fiado para el cumplimiento de sus obligaciones. La institución de fianzas deberá aceptar expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 95 bis del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.
DEL CUMPLIMIENTO AL CONTRATO. EL PROVEEDOR, PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DEBERÁ OTORGAR CHEQUE CERTIFICADO O DE CAJA POR UN IMPORTE DEL 10% DEL MONTO TOTAL DEL CONTRATO ANTES DEL I.V.A. SIEMPRE QUE ESTE NO SEA SUPERIOR A $300,000.00, EN CASO DE REBASAR ESTA CANTIDAD DEBERÁ CONSTITUIR FIANZA EXPEDIDA POR AFIANZADORA DEBIDAMENTE CONSTITUIDA EN TÉRMINOS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, POR UN IMPORTE DEL 10% DEL MONTO TOTAL DEL CONTRATO, SIN CONSIDERAR EL I.V.A. A FAVOR DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CANCUN. LA PÓLIZA DE FIANZA DEBERÁ CONTENER, ADEMÁS DE LAS CLÁUSULAS QUE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS ESTABLEZCA, LO SIGUIENTE: QUE LA FIANZA SE OTORGA PARA GARANTIZAR TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO QUE SE DERIVE DEL PROCEDIMIENTO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LA-923055981-E1-2019.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.