DERECHOS DEL PROVEEDOR Cláusulas de Ejemplo

DERECHOS DEL PROVEEDOR. El PROVEEDOR, tiene el derecho de plantear los reclamos que considere correctos, por cualquier omisión de la ENTIDAD, por falta de pago por la prestación del SERVICIO conforme los alcances del presente contrato o por cualquier otro aspecto consignado en el mismo. Tales reclamos deberán ser planteados por escrito con el respaldo correspondiente, al FISCAL, hasta veinte (20) días hábiles posteriores al suceso. El FISCAL, dentro del lapso impostergable de cinco (5) días hábiles, tomará conocimiento, analizará el reclamo y emitirá su respuesta de forma sustentada al PROVEEDOR aceptando o rechazando el reclamo. Dentro de este plazo, el FISCAL podrá solicitar las aclaraciones respectivas al PROVEEDOR, para sustentar su decisión. En los casos que así corresponda por la complejidad del reclamo, el FISCAL, podrá solicitar en el plazo de cinco (5) días adicionales, la emisión de informe a las dependencias técnica, financiera y/o legal de la ENTIDAD, según corresponda, a objeto de fundamentar la respuesta que se deba emitir para responder al PROVEEDOR. Todo proceso de respuesta a reclamos, no deberá exceder los diez (10) días hábiles, computables desde la recepción del reclamo documentado por el FISCAL. (Si el plazo de prestación del servicio es corto, el plazo previsto puede ser reducido en concordancia con el plazo de contrato). En caso de que no se dé respuesta dentro del plazo señalado precedentemente, se entenderá la plena aceptación de la solicitud del PROVEEDOR considerando para el efecto el Silencio Administrativo Positivo. El FISCAL y la ENTIDAD, no atenderán reclamos presentados fuera del plazo establecido en esta cláusula.
DERECHOS DEL PROVEEDOR. El PROVEEDOR, tiene derecho a plantear los reclamos que considere correctos, por cualquier omisión de la ENTIDAD, por falta de pago de la adquisición efectuada, o por cualquier otro aspecto consignado en el presente Contrato. Tales reclamos deberán ser planteados por escrito y con los respaldos correspondientes, a la ENTIDAD, hasta veinte (20) días hábiles, posteriores al suceso. La ENTIDAD, dentro del lapso de cinco (5) días hábiles de recibido el reclamo, deberá emitir su respuesta de forma sustentada al PROVEEDOR aceptando o rechazando el reclamo. Dentro de este plazo, la ENTIDAD podrá solicitar las aclaraciones respectivas al PROVEEDOR, para sustentar su decisión. En caso que el reclamo sea complejo la ENTIDAD podrá, en el plazo adicional de cinco (5) días hábiles, solicitar el análisis del reclamo y la emisión de informes de recomendación a las dependencias técnica, financiera o legal, según corresponda, a objeto de dar respuesta. Todo proceso de respuesta a reclamo, no deberá exceder los diez (10) días hábiles, computables desde la recepción del reclamo por la ENTIDAD. La ENTIDAD no atenderá reclamos presentados fuera del plazo establecido en esta cláusula.
DERECHOS DEL PROVEEDOR. El PROVEEDOR, tiene derecho a plantear los reclamos que considere correctos, por cualquier omisión del COMPRADOR, por falta de pago de la adquisición efectuada, o por cualquier otro aspecto consignado en el presente Contrato. Tales reclamos deberán ser planteados por escrito y de forma documentada, al COMPRADOR, hasta treinta (30) días hábiles posteriores al suceso. EL COMPRADOR, dentro del lapso impostergable xx xxxx (10) días hábiles siguientes, tomará conocimiento y analizará el reclamo, debiendo emitir su respuesta de forma sustentada al PROVEEDOR, para que tome conocimiento y analice la respuesta a objeto de aceptar la misma, o en su caso asumir la acción legal respectiva. Todo proceso de respuesta a reclamos, no deberá exceder los veinte (20) días hábiles, computables desde la recepción del reclamo documentado por el COMPRADOR. (Si el plazo de adquisición de los BIENES es corto, el plazo previsto puede ser reducido en concordancia con el plazo de contrato). El COMPRADOR no atenderá reclamos presentados fuera del plazo establecido en esta cláusula.
DERECHOS DEL PROVEEDOR. El PROVEEDOR, tiene derecho a plantear los reclamos que considere correctos, por cualquier omisión de la ENTIDAD, por falta de pago de la adquisición efectuada, o por cualquier otro aspecto consignado en el presente Contrato. Tales reclamos deberán ser planteados por escrito y de forma documentada, a la ENTIDAD, hasta treinta (30) días hábiles posteriores al suceso. La ENTIDAD, dentro del lapso impostergable xx xxxx (10) días hábiles deberá emitir su respuesta de forma sustentada al PROVEEDOR, para que tome conocimiento y analice la respuesta a objeto de aceptar la misma, o en su caso asumir la acción legal respectiva. La ENTIDAD no atenderá reclamos presentados fuera del plazo establecido en esta cláusula.
DERECHOS DEL PROVEEDOR. 3.1. FSD S.A.S. podrá exigir la suscripción de un título valor o la constitución de una garantía permitida por la ley, a fin de garantizar el pago por los conceptos derivados del SERVICIO y demás rubros de que trata el presente documento, de acuerdo con el plan escogido por el Usuario.
DERECHOS DEL PROVEEDOR. DECIMA CUARTA Estipulaciones Sobre Impuestos
DERECHOS DEL PROVEEDOR. El Proveedor tendrá los derechos contractuales que resulten del contrato celebrado, así como:
DERECHOS DEL PROVEEDOR. El PROVEEDOR, tiene derecho a
DERECHOS DEL PROVEEDOR. El PROVEEDOR, tiene derecho a plantear los reclamos que considere correctos, por cualquier omisión del COMPRADOR, por falta de pago de la adquisición efectuada, o por cualquier otro aspecto consignado en el presente Contrato. Tales reclamos deberán ser planteados por escrito y con los respaldos correspondientes, al El COMPRADOR, dentro del lapso de cinco (5) días hábiles de recibido el reclamo, deberá emitir su respuesta de forma sustentada al PROVEEDOR aceptando o rechazando el reclamo. Dentro de este plazo, el COMPRADOR podrá solicitar las aclaraciones respectivas al PROVEEDOR, para sustentar su decisión. En caso que el reclamo sea complejo el COMPRADOR podrá, en el plazo adicional de cinco (5) días hábiles, solicitar el análisis del reclamo y la emisión de informes de recomendación a las dependencias técnica, financiera o legal, según corresponda, a objeto de dar respuesta. Todo proceso de respuesta a reclamo, no deberá exceder los diez (10) días hábiles, computables desde la recepción del reclamo por el COMPRADOR. En caso de que no se dé respuesta dentro del plazo señalado precedentemente, se entenderá la plena aceptación de la solicitud del PROVEEDOR considerando para el efecto el Silencio Administrativo Positivo. El COMPRADOR no atenderá reclamos presentados fuera del plazo establecido en esta cláusula. Correrá por cuenta del PROVEEDOR el pago de todos los impuestos vigentes en el país, a la fecha de presentación de la propuesta. En caso de que posteriormente, el Estado Plurinacional de Bolivia implantara impuestos adicionales, disminuyera o incrementara los vigentes, mediante disposición legal expresa, el PROVEEDOR deberá acogerse a su cumplimiento desde la fecha de vigencia de dicha normativa. (v. septiembre 2020) 58 SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS El COMPRADOR interpondrá sus mejores oficios para que el PROVEEDOR se beneficie con el mayor alcance posible de cualquier exención impositiva, concesiones, o privilegios legales que pudiesen aplicar al PROVEEDOR en el país del COMPRADOR. Sin perjuicio de lo anteriormente citado, si después de la fecha de catorce (14) días antes de la presentación de cotizaciones, cualquier ley, reglamento, decreto, ordenanza o estatuto con carácter xx xxx entrase en vigencia, se promulgase, abrogase o se modificase en el lugar del país del COMPRADOR donde está ubicado el Proyecto (incluyendo cualquier cambio en interpretación o aplicación por las autoridades competentes) y que afecte posteriormente la fec...
DERECHOS DEL PROVEEDOR. El PROVEEDOR, tiene derecho a plantear las reclamaciones que considere correctas, las mismas que deberán ser comunicadas por escrito y de forma documentada a la CSBP, hasta quince (15) días calendario, posteriores a la fecha en que sucedió el hecho que da lugar al reclamo. Vencido este plazo, la CSBP no atenderá reclamación alguna. La CSBP responderá por escrito a la reclamación planteada por el PROVEEDOR, en un plazo máximo de quince (15) días calendario, computables a partir de la fecha de ingreso en los registros de la CSBP.