DERECHOS DEL PROVEEDOR. El PROVEEDOR, tiene el derecho de plantear los reclamos que considere correctos, por cualquier omisión de la ENTIDAD, por falta de pago por la prestación del SERVICIO conforme los alcances del presente contrato o por cualquier otro aspecto consignado en el mismo. Tales reclamos deberán ser planteados por escrito con el respaldo correspondiente, al FISCAL, hasta veinte (20) días hábiles posteriores al suceso. El FISCAL, dentro del lapso impostergable de cinco (5) días hábiles, tomará conocimiento, analizará el reclamo y emitirá su respuesta de forma sustentada al PROVEEDOR aceptando o rechazando el reclamo. Dentro de este plazo, el FISCAL podrá solicitar las aclaraciones respectivas al PROVEEDOR, para sustentar su decisión. En los casos que así corresponda por la complejidad del reclamo, el FISCAL, podrá solicitar en el plazo de cinco (5) días adicionales, la emisión de informe a las dependencias técnica, financiera y/o legal de la ENTIDAD, según corresponda, a objeto de fundamentar la respuesta que se deba emitir para responder al PROVEEDOR. Todo proceso de respuesta a reclamos, no deberá exceder los diez (10) días hábiles, computables desde la recepción del reclamo documentado por el FISCAL. (Si el plazo de prestación del servicio es corto, el plazo previsto puede ser reducido en concordancia con el plazo de contrato). En caso de que no se dé respuesta dentro del plazo señalado precedentemente, se entenderá la plena aceptación de la solicitud del PROVEEDOR considerando para el efecto el Silencio Administrativo Positivo. El FISCAL y la ENTIDAD, no atenderán reclamos presentados fuera del plazo establecido en esta cláusula.
DERECHOS DEL PROVEEDOR. El PROVEEDOR, tiene derecho a plantear los reclamos que considere correctos, por cualquier omisión de la ENTIDAD, por falta de pago de la adquisición efectuada, o por cualquier otro aspecto consignado en el presente Contrato. Tales reclamos deberán ser planteados por escrito y con los respaldos correspondientes, a la ENTIDAD, hasta veinte (20) días hábiles, posteriores al suceso. La ENTIDAD, dentro del lapso de cinco (5) días hábiles de recibido el reclamo, deberá emitir su respuesta de forma sustentada al PROVEEDOR aceptando o rechazando el reclamo. Dentro de este plazo, la ENTIDAD podrá solicitar las aclaraciones respectivas al PROVEEDOR, para sustentar su decisión. En caso que el reclamo sea complejo la ENTIDAD podrá, en el plazo adicional de cinco (5) días hábiles, solicitar el análisis del reclamo y la emisión de informes de recomendación a las dependencias técnica, financiera o legal, según corresponda, a objeto de dar respuesta. Todo proceso de respuesta a reclamo, no deberá exceder los diez (10) días hábiles, computables desde la recepción del reclamo por la ENTIDAD. La ENTIDAD no atenderá reclamos presentados fuera del plazo establecido en esta Cláusula.
DERECHOS DEL PROVEEDOR. El PROVEEDOR, tiene derecho a plantear los reclamos que considere correctos, por cualquier omisión de la ENTIDAD, por falta de pago de la adquisición efectuada, o por cualquier otro aspecto consignado en el presente Contrato. Tales reclamos deberán ser planteados por escrito y de forma documentada, a la ENTIDAD, hasta treinta (30) días hábiles posteriores al suceso. La ENTIDAD, dentro del lapso impostergable xx xxxx (10) días hábiles deberá emitir su respuesta de forma sustentada al PROVEEDOR, para que tome conocimiento y analice la respuesta a objeto de aceptar la misma, o en su caso asumir la acción legal respectiva. La ENTIDAD no atenderá reclamos presentados fuera del plazo establecido en esta cláusula.
DERECHOS DEL PROVEEDOR. Estipulaciones Sobre Impuestos
DERECHOS DEL PROVEEDOR. El Proveedor tendrá los derechos contractuales que resulten del contrato celebrado, así como:
1. Plena ejecución de lo pactado, salvo modificación, suspensión, resolución y rescisión unilateral ejecutadas de conformidad a las prerrogativas consignadas en Ley de Contrataciones.
2. Al pago conforme lo convenido en este contrato.
3. A la terminación anticipada del contrato por causas imputables a El Comprador.
4. Solicitar la recepción final de los bienes y servicios conexos objeto del contrato.
5. Al pago de intereses convencionales o legales y al reconocimiento de la tasa de deslizamiento oficial de la moneda, en caso que El Comprador incurran en xxxx en el pago del valor del contrato. Sin necesidad de requerimiento administrativo o judicial de pago, El Comprador incurrirá en xxxx cuando no haya pagado el valor del contrato, quince (15) días después de ser exigible la obligación.
DERECHOS DEL PROVEEDOR. 3.1. FSD S.A.S. podrá exigir la suscripción de un título valor o la constitución de una garantía permitida por la ley, a fin de garantizar el pago por los conceptos derivados del SERVICIO y demás rubros de que trata el presente documento, de acuerdo con el plan escogido por el Usuario.
3.2. Facturar mes presente el Servicio de Acceso a Internet prestado y demás valores relacionados con el mismo. Lo anterior es buscar que la cartera sea mínima.
3.3. Facturar y enviar al Usuario dentro de los primeros 20 días calendario de cada mes la factura correspondiente al mes en curso, cuyo su vencimiento será el día 03 del siguiente mes.
3.4. En caso de no pago de la FACTURA por parte del Usuario dentro de la fecha límite indicada como plazo máximo para evitar la suspensión o en la que se haya acordado con el Usuario, el SERVICIO será interrumpido en forma inmediata. Una vez el Usuario cancele lo adeudado, se reactivará el servicio lo más pronto posible ya sea a las 12:00 m o a las 6:00 p.m. Si el Usuario no cancela dicha FACTURA, FSD S.A.S. terminará unilateralmente el CONTRATO y procederá al corte del SERVICIO; como consecuencia, las conexiones serán retiradas. En este evento, si el Usuario desea volver a obtener el SERVICIO deberá tramitar una nueva solicitud, caso en el cual será estudiada por FSD S.A.S.
3.5. El incumplimiento en el pago oportuno de las FACTURAS por parte del Usuario dará lugar al cobro de intereses moratorios de acuerdo con la tasa máxima permitida por la ley, al igual que de los costos por el cobro prejurídico y jurídico de tales obligaciones, en los términos del artículo 1629 del código civil.
3.6. Suspender el servicio el día 04 calendario del mes siguiente al facturado en el evento en que no se realice el pago o que el mismo no sea reportado oportunamente a la empresa.
3.7. FSD S.A.S. no responderá por los contenidos o la información que el Usuario curse a través del SERVICIO, de manera que por su pérdida o daño, no se generan obligaciones para FSD S.A.S. y no se le será imputable responsabilidad alguna frente a terceros por daños directos o indirectos, imprevisibles, eventuales o consecuenciales, por fallas en la prestación del SERVICIO. La responsabilidad de FSD S.A.S. se limita al valor del SERVICIO.
3.8. FSD S.A.S. se reserva el derecho de controlar o verificar el uso que el Usuario haga del SERVICIO y de denunciar las actividades ilegales que detecte ante las autoridades correspondientes.
3.9. Recibir el pago oportuno de las facturas gen...
DERECHOS DEL PROVEEDOR. El PROVEEDOR, tiene derecho a
DERECHOS DEL PROVEEDOR. Son derechos del PROVEEDOR los siguientes:
1. Mantener una presencia constante en la base de datos de BANCO SABADELL, en su calidad de proveedor dado de alta.
2. Recibir peticiones de ofertas en virtud de las normas establecidas.
DERECHOS DEL PROVEEDOR. El PROVEEDOR, tiene derecho a plantear las reclamaciones que considere correctas, las mismas que deberán ser comunicadas por escrito y de forma documentada a la CSBP, hasta quince (15) días calendario, posteriores a la fecha en que sucedió el hecho que da lugar al reclamo. Vencido este plazo, la CSBP no atenderá reclamación alguna. La CSBP responderá por escrito a la reclamación planteada por el PROVEEDOR, en un plazo máximo de quince (15) días calendario, computables a partir de la fecha de ingreso en los registros de la CSBP.
DERECHOS DEL PROVEEDOR. El PROVEEDOR, tiene derecho a plantear los reclamos que considere correctos, por cualquier omisión de ENDE S.A., por falta de pago de la adquisición efectuada, o por cualquier otro aspecto consignado en el presente Contrato. Tales reclamos deberán ser planteados por escrito y de forma documentada, a ENDE S.A., hasta treinta (30) días hábiles posteriores al suceso. ENDE S.A., dentro del lapso impostergable xx xxxx (10) días hábiles siguientes, tomará conocimiento y analizará el reclamo, debiendo emitir su respuesta de forma sustentada al PROVEEDOR, para que tome conocimiento y analice la respuesta a objeto de aceptar la misma, o en su caso asumir la acción legal respectiva. Todo proceso de respuesta a reclamos, no deberá exceder los veinte (20) días hábiles, computables desde la recepción del reclamo documentado por ENDE S.A.. (Si el plazo de adquisición de los BIENES es corto, el plazo previsto puede ser reducido en concordancia con el plazo de contrato).