PROPIEDAD DE LOS PRODUCTOS. 3.1 El Cliente y sus proveedores tendrán la plena propiedad de los Productos y dicha propiedad no será cedida bajo ninguna forma ni circunstancia al Prestador de Servicios.
3.2 El Prestador de Servicios no ejercerá ningún derecho de propiedad sobre los Productos y, por tanto, no arrendará, transferirá ni enajenará los Productos, con excepción de los derechos que se derivan de una garantía de pago de los Servicios conforme a lo establecido en este Contrato o de acuerdo a las instrucciones proporcionadas por escrito por el Cliente.
PROPIEDAD DE LOS PRODUCTOS. Durante el período de contratación, el MINSAL se atribuye todos los derechos de propiedad intelectual, incluidos sin limitación, las patentes, derechos de autor, nombres comerciales y marcas registradas respecto de productos o documentos y otros materiales que guardaren una relación directa con la ejecución del presente Contrato o que se hubieren creado o producido como consecuencia o en el curso de la ejecución del presente Contrato. Exceptuando la documentación de apoyo recopilada que pudiera pertenecer a otras personas u organismos, todos los productos relacionados con la presente consultoría, como informes, presentaciones y demás elementos, sin menoscabo del reconocimiento de los derechos xxxxxxx en cuanto a la autoría intelectual de la consultoría, serán propiedad xxx XXXXXX y serán publicados bajo licencia Creative Commons – Atribución – Compartir Igual, abreviada CC-BY-SA, en el caso de la documentación, y los productos de software bajo licencia GNU GPL versión 3 o posteriores.
PROPIEDAD DE LOS PRODUCTOS. Toda la información generada y recibida por el consultor, así como los productos resultados de la presente consultoría, serán propiedad intelectual del Poder Judicial de Honduras.
PROPIEDAD DE LOS PRODUCTOS. La propiedad material e intelectual de todos los informes, productos y datos derivados de la ejecución del convenio suscrito, será exclusivamente de la Subsecretaria del Trabajo.
PROPIEDAD DE LOS PRODUCTOS. 7.1. EXLABESA se reserva la plena propiedad de los PRODUCTOS vendidos hasta al pago total por el CLIENTE del precio e importes facturados, así como intereses y otros gastos eventuales en caso de demora en el pago. En consecuencia, hasta que no se efectúe el pago íntegro de las cantidades facturadas, el CLIENTE será un mero depositario de los PRODUCTOS, sin que ello suponga exoneración del régimen de responsabilidad derivado de la entrega y traspaso posesorio.
7.2. Hasta el pago completo, el CLIENTE se obliga a no enajenar, ni gravar en modo alguno el objeto de venta. Queda entendido que en caso de dejar de pagar uno de los plazos estipulados, en su caso, vencen inmediatamente todos los demás plazos y EXLABESA queda facultada, sin otro requisito, para tomar posesión de los PRODUCTOS vendidos, pudiendo a tal efecto entrar en el establecimiento del CLIENTE para retirarlos del mismo, y siendo los gastos originados por cuenta del CLIENTE.
PROPIEDAD DE LOS PRODUCTOS. Todos los productos entregados y/o resultantes del alcance de este proyecto quedarán en propiedad exclusiva de la OSI EEC, así como su propiedad intelectual, quedando el adjudicatario obligado a renunciar a cualquier derecho sobre estos conceptos. Por tanto el contratista no podrá conservarlos, ni hacer copia de los mismos o facilitarlos a terceros sin la expresa autorización de la OSI EEC, que la daría en su caso previa petición formal del contratista con expresión del fin.
PROPIEDAD DE LOS PRODUCTOS. Los productos que se originen como consecuencia del cumplimiento del contrato, pertenecerán exclusivamente ENARSA y serán para su uso exclusivo. La propiedad intelectual de los productos aquí mencionados pertenece a ENARSA. Se considerarán productos a los procedimientos, técnicas, manuales, informes, trabajos, estudios o análisis que sean susceptibles de ser protegidos por la ley de propiedad intelectual. Asimismo, los informes que se originen como consecuencia del cumplimiento del contrato, pertenecerán exclusivamente ENARSA y serán para su uso exclusivo. El Contratista no podrá disponer ni enajenar, donar, transferir, o proveer a terceros ningún derecho sobre los informes resultantes que haya realizado específicamente en el marco del contrato que resulte de este proceso de selección.
PROPIEDAD DE LOS PRODUCTOS. Los resultados o productos finales de este convenio será propiedad exclusiva del Ministerio. No podrá el personal contratado por el Colegio, reproducir por ningún medio físico o digital, dichos productos o lo que se realice, caso contrario, se procederá con la resolución contractual, con las sanciones civiles o penales correspondientes de nuestro ordenamiento jurídico y de la Ley N° 8968.
PROPIEDAD DE LOS PRODUCTOS. 45 8.1. Todos los documentos, correos electrónicos, diseños, mapas, fotografías, dibujos, bases 46 de datos, análisis, especificaciones y cualquier otra evidencia tangible del trabajo de Xx 47 CONSULTOR y en general, cualquier producto preparado por El CONSULTOR en conexión con 48 los servicios contratados mediante este instrumento se considerarán propiedad del 49 CONTRATANTE. Una vez finalizados los servicios, los documentos originales serán entregados 1 al CONTRATANTE. 2
PROPIEDAD DE LOS PRODUCTOS. El DEPOSITARIO reconoce al DEPOSITANTE su exclusiva propiedad sobre los PRODUCTOS y se compromete a mantenerlos a total y permanente disponibilidad del DEPOSITANTE en sus depósitos ubicados en , Provincia de